LEY Nº 20.500 SOBRE CONSEJOS COMUNALES DE ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL. MAFIL. 1.- CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL. Presidido por el Alcaldes en el proceso de asegurar la participación de la comunidad local en el Progreso de la Comuna. 2.-Formado por representantes de Organizaciones territoriales y funcionales de la comuna. Juntas de Vecinos, Clubes Adulto mayor; Clubes Deportivos ,Agrupaciones Culturales, Agrupación de Mujeres. 3.-Tiene las funciones de Pronunciarse respecto a la Cuenta Pública que efectúe el Alcalde en su Gestión Anual. La cobertura y eficiencia de los servicios municipales. PROCESO DE ELECCION EN MAFIL. Inscripciones de Candidatos al 27 De Enero 2012 en Secretaria Municipal .Votación : Día Miércoles 01 de Febrero 2012 de las 9,00 Horas en la sala de Concejo Municipal.