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Escribanía de Cámara y de Gobierno y Sección de Tierras

Según el artículo 17 del Acuerdo Gubernativos 635-2007, Reglamento Orgánico del Ministerio de Gobernación, La Escribanía de Cámara y de Gobierno y Sección de Tierras, es la notaría del Estado cuya función consiste en recibir, interpretar y dar forma legal a la voluntad de las partes siempre que intervenga el Estado de Guatemala, sus entidades autónomas y descentralizadas, redactando los instrumentos adecuados a ese fin y confiriéndoles autenticidad.

Funciones

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• Autorizar los instrumentos públicos que documenten los actos o contratos que sean ordenados a través de Acuerdo Ministerial o Acuerdo Gubernativo;

• Prestar asesoría al Estado, sus entidades autónomas y descentralizadas en todos los actos y contratos sometidos a su consideración, sobre los negocios Jurídicos a celebrar;

• Analizar, revisar y aprobar todos los documentos que conforman los expedientes que ingresan a la dependencia.

Resultados relevantes

• La Escribanía de Cámara y Gobierno realizó estudios, revisiones y análisis de 100 expedientes administrativos en el año, catalogados como “Nuevo ingreso” o “Reingreso”, los cuales fueron remitidos para el fraccionamiento de escrituras públicas en cumplimiento a lo ordenado mediante Decretos, Acuerdos Gubernativos, leyes ordinarias e individualizadas, resoluciones o cualquier otra disposición legal, lo cual permitió darle certeza jurídica a todos los actos y contratos en donde el Estado de Guatemala intervino como parte, mediante dichos instrumentos públicos ordenados mediante Decretos, leyes ordinarias e individualizadas, Acuerdos Gubernativos, Resoluciones u otra Disposición Legal, se coadyuvo a las diferentes instituciones del Estado para el fortalecimiento de sus proyectos a consolidarse de acuerdo a la Política Nacional de Gobierno, específicamente en las áreas de salud, educación, seguridad, infraestructura y vivienda.

• Se realizaron 85 asesorías legales en el ámbito notarial a diferentes unidades o entidades del Estado.

• Se procedió a la realización de estudio, trámite y resolución de las solicitudes presentadas ante la Sección de Tierras hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, relacionadas con denuncias de excesos, medidas legales, remedidas legales, divisiones, apeos, deslindes, amojonamiento y avivamiento de linderos.

• Se realizó el acercamiento con el Viceministro de Tecnología para plantear la necesidad de la digitalización de los protocolos que datan del año 1718, así como del acervo documental, incluyendo planos de la Escribanía de Cámara y de Gobierno.