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1.2 ¿Ante cual Departamento del MEP se debe tramitar una solicitud de transporte estudiantil?

1.1 ¿En qué consiste el Programa de Transporte Estudiantil?

El Programa de Transporte Estudiantil (PTE) tiene por finalidad brindar beneficios económicos mediante la asignación de subsidios diarios a favor de estudiantes que requieren trasladarse al Centro Educativo Público (CE) en el que cursarán sus estudios. Dicha ayuda asiste al estudiantado al cual se le dificulta su traslado a la institución educativa, debido a factores como distancia, complejidades geográficas, falta de acceso a los medios de transporte público, entre otros.

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Dicha ayuda social se dirige a estudiantes, en los cuales el grupo familiar tenga una condición socioeconómica de Pobreza Extrema, Pobreza Básica o Vulnerabilidad y se les dificulta costear el transporte del estudiante.

El beneficio de transporte estudiantil, se constituye como un mecanismo para garantizar el derecho fundamental a la educación, en el marco del Principio del Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente mediante instrumentos de equidad que permitan avanzar hacia una cobertura universal de acceso y permanencia a un sistema educativo público de calidad y debe ser solicitado únicamente por el Centro Educativo, esto de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil (Decreto N° 42907-MEP).

1.2 ¿Ante cual Departamento del MEP se debe tramitar una solicitud de transporte estudiantil?

Ante el Departamento de Transporte Estudiantil (DTE) de la Dirección de Programas de Equidad, correspondiente al Viceministerio Administrativo del MEP.

Es este Departamento por competencia y norma, es el encargado de gestionar y autorizar las solicitudes de nuevos ingresos al programa, efectuadas por los centros educativos, a favor de los estudiantes que desean optar por el beneficio (postulantes) de transporte estudiantil para cada curso lectivo.

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