2 minute read

Cuadro N°34: Certificado de aprendizajes adquiridos

Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa

calificación obtenida a ambos periodos (en el primero y en el segundo del curso).

Advertisement

Una vez aprobado el curso libre, el IPEC emite un Certificado de aprendizajes adquiridos y al reverso del mismo debe anotarse los conocimientos o habilidades adquiridas, para lo cual debe existir un libro de actas en cada institución para tener un control sobre la emisión de certificados, donde se registre, duración, número de horas efectivas, calificación y las fechas en que se impartió.

Es relevante que exista un único libro por centro educativo y no uno por satélite.

Para efectos de certificación se sugiere utilizar el siguiente formato:

Cuadro N°34: Certificado de aprendizajes adquiridos

LOGO DEL MEP REPÚBLICA DE COSTA RICA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Nombre del Centro Educativo ESCUDO DE LA INSTITUCIÓN

POR CUANTO ________________ (nombre del estudiante) _________________ CÉDULA _______ (NÚMERO) ______________

Por haber cumplido con éxito los requisitos del curso:

NOMBRE DEL CURSO Con una duración de (número) de horas, participación efectiva de (número) y calificación de (número) Impartido del (fecha) al (fecha).

Dado en la ciudad de _______________, a los (letras) días, del año (número). Registrado en el libro de actas

_____________________________________ FIRMA DEL DOCENTE DEL CURSO ______________________________________ FIRMA DEL DIRECTOR DEL CENTRO EDUCATIVO

Tel.: (506) 2257-3964 • Ext.: 2370 San José, IV piso, Edificio Raventós, Calle 6, Avenida 0 y 2 educacionjovenesyadultos@mep.go.cr www.mep.go.cr

Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa

Una vez aprobado un curso libre, la persona estudiante no podrá volver a matricular el mismo curso que aprobó.

El Plan de Estudios de Educación de Adultos que imparte el IPEC, se desarrolla únicamente en la sede y en los satélites autorizados. Por ningún motivo, se deben disponer lecciones en lugares no autorizadas por el Departamento de Desarrollo de Servicios Educativos de la Dirección de Planificación Institucional.

El centro educativo no debe convalidar créditos de Módulos Opcionales cuando una persona estudiante se encuentre matriculada tanto en la Oferta Convencional como en los Cursos Libres simultáneamente; sino hasta que presente el Certificado de aprendizajes adquiridos del curso aprobado.

Asimismo, los IPEC que implementan los Cursos Libres, pueden solicitar la autorización respectiva, para el funcionamiento de la jornada de los días no hábiles (sábado o domingo), a las autoridades competentes. Para tal efecto, el procedimiento es el siguiente:  La persona directora del centro educativo, envía una carta a la Supervisión de

Centros Educativos solicitando el permiso para laborar en la jornada de los días no hábiles (sábado o domingo), en la que se indica todos los mecanismos de supervisión para el buen funcionamiento de la oferta.  La persona supervisora de Centros Educativos, envía las cartas recibidas al

Consejo Asesor Regional (CAR), para su respectivo análisis.  El CAR envía el informe con la decisión tomada a partir del análisis a la

Supervisión de Centros Educativos y esta oficina lo envía a las personas directoras.

Tel.: (506) 2257-3964 • Ext.: 2370 San José, IV piso, Edificio Raventós, Calle 6, Avenida 0 y 2 educacionjovenesyadultos@mep.go.cr www.mep.go.cr

This article is from: