
4 minute read
LETRA DE CAMBIO
Definicion
Ser un documento al alcance de todos
Advertisement
Su valor causa una obligación
Su forma causa un compromiso
Puede formar historial crediticio
Elementos
La letra de cambio es un título de crédito por el que una persona llamada librador, crea una obligación cambiaria que debe pagarse a su vencimiento en la cantidad dineraria que se indique y a la persona que se designe en el título o a la que resulte legitimada para cobrarla

Librador Girado
Se llama girador o creador del título. Es la persona que suscribe el documento, o sea quien lo crea Su firma es fundamental para la existencia del título (ART 386 INCISO 5º DEL C DE C)
Con este nombre lo identifica nuestro derecho, pero en la práctica se conoce como librado Es la persona a quien se le ordena el pago de letra, o sea contra quien se crea la letra, su nombre debe aparecer en el contexto del título (ART 441 INCISO 2º . DEL C. DE C).
Beneficiario
Es la persona en cuyo favor se crea la letra; a su orden existe la obligación cambiaria
El nombre del beneficiario es elemento esencial en la literalidad del documento porque por tratarse de un título a la orden, debe expresar quien es el beneficiario (ART 418 del C DE C )
Formas de Vencimiento
A la vista
A cierto tiempo vista
A cierto tiempo fecha
A día fijo
• El título de crédito por medio del cual un sujeto llamado librador, ordena a otro llamado librado o girado, que pague una cantidad de dinero al sujeto que en la misma se indique o sea el tomador o beneficiario o a la persona que en última instancia la tenga en su poder y con derecho a cobrarla.

Formalidades/Requisitos
441 ° C. de C.
Orden incondicional de pagar una suma de dinero
Nombre del Girado
Forma de Vencimiento
IMPORTANTE: los sujetos antes nombrados son necesarios para la creación de la letra; es una trilogía que no puede faltar Pero, en la circulación del título pueden aparecer otros , entre los que podemos señalar los siguientes: avalista, o sea la persona que garantiza el pago del documento mediante el aval: portador y poseedor actual, es la persona que tiene en su poder la letra al momento en que se cobra porque se la han endosado y está legitimado para recibir el pago
490 ° C. de C.
Requisitos
Nombre del título.
Promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero Nombre de la persona a quien debe hacerse el pago. (Nominativo)
Suma determinada de dinero que se va a pagar (esa suma puede pactarse que se pagará mediante amortizaciones sucesivas)
Lugar y fecha del cumplimiento de la obligación o ejercicio de los derechos que genere el título
Otros derechos que el título incorpore (pueden ser los intereses, el vencimiento del plazo o incluso la renuncia al fuero domiciliar)
Lugar y fecha de creación. Firma del creador o librador
Elementos
Creador o Librador (quien promete el pago incondicional de una suma de dinero)
Beneficiario (a favor de quien se promete pagar)
Diferencias
Letra de cambio:
Pagaré SE ORDENA EL PAGO SE PROMETE EL PAGO
Definicion
Es un título de crédito mediante el cual el sujeto que lo libra promete pagar una cantidad de dinero al beneficiario que se indique, sin que pueda sujetarse la obligación a condición alguna. el pagaré es de poco uso en el comercio común y corriente; pero en relaciones de crédito, sobre todo en los bancos, se acostumbra a otorgar crédito mediante el llamado “pagaré bancario en el mismo se introducen una serie de formalidades que establece el código de comercio.

El pagaré es utilizado comúnmente en transacciones comerciales y financieras, y puede ser utilizado como una forma de obtener financiamiento o extender un plazo de pago. Además, el pagaré es un título de crédito negociable, lo que significa que puede ser transferido de una persona a otra mediante el endoso, otorgando al nuevo tenedor los derechos de cobro.
PARTICULARIDADES: es necesario redactar en primera persona porque la promesa es personal debe principiarse por consignar el nombre del creador para el caso de firmas ilegibles. los intereses sólo se consignan si así se conviene. cambiaría la redacción sise permitieran pagos parciales
Se incluiría la cláusula “libre de protesto” si se quiere obligación de protestarlo.
IMPORTANTE: Puede ser Avalado por ser representativo de dinero

Principios Básicos del Cheque
Solo puede ser librado contra una entidad bancaria

Solo se puede redactar en formularios impresos y suministrados por el banco
Puede ser creado a la orden o al portador
Para poder librar cheques es necesaria la provisión de fondos
Tipos de Cheques
CHEQUE CRUZADO
CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA
CHEQUE CERTIFICADO
CHEQUE DE CAJA
CHEQUE DE VIAJERO
CHEQUE CON PROVISION DE FONDOS
CHEQUE CON TALON PARA RECIBO
Sujetos del Cheque
Librador
Quien crea el Cheque
Librado
El Banco o institución financiera
Tenedor
Es la persona a favor de quien se crea el cheque
Definicion
El cheque es uno de los títulos de crédito cuyo origen se estudia dentro de la rama del derecho-bancario, pues comúnmente se asocia su institucionalidad al fortalecimiento de esa actividad económica
Actualmente nuestro código de comercio exige en el artículo 494° que ese titulo sea librado contra un banco y en formularios que este proporciona, por lo que el librado siempre será un banco
El cheque es una forma de pago segura y conveniente, ya que permite a la persona o entidad libradora transferir fondos desde su cuenta bancaria al beneficiario sin la necesidad de usar efectivo. El cheque incluye información como la cantidad en números y letras, la fecha de emisión, el nombre del beneficiario, la firma del librador y los datos de la cuenta bancaria.
Requisitos
4495 C. de C.
Orden incondicional de pagar una suma de dinero
El nombre del Banco Girado
´
PARTICULARIDADES: El cheque siempre será pagadero a la vista, dentro de los quince días calendario de su creación.
El girar un cheque sin provisión de fondos, constituye una acción típica, antijuridica y punible que corresponde al delito de Estafa mediante Cheque.

Cheque Cruzado
El cheque cruzado es un tipo de cheque que tiene dos líneas diagonales paralelas en su anverso, generalmente en la esquina superior izquierda del documento Estas líneas cruzadas indican que el cheque solo puede ser depositado en una cuenta bancaria y no puede ser cobrado en efectivo en la ventanilla del banco

Además, existe una variante del cheque cruzado llamada "cheque cruzado especial", que agrega las iniciales de un banco entre las dos líneas diagonales. Esto indica que el cheque solo puede ser depositado en una cuenta específica en ese banco en particular.
