Demanda de senadores tema salarios

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Demanda de Inconstitucionalidad

Acción

de

Promoventes: Treinta y tres por ciento de los integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. Asunto: Escrito inicial de demanda

MINISTROS INTEGRANTES DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. P R E S E N T E S.

Los suscritos Senadores de la República integrantes de la LXIV Legislatura, personalidad que acreditamos en términos de las constancias expedidas por la Secretaría de Servicios Parlamentarios del órgano legislativo; con fundamento en lo dispuesto en la fracción I, inciso b) del artículo 105 de la Constitución Federal, así como los artículos 59, 60, 61 y demás aplicables de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante, Ley Reglamentaria), en tiempo y forma respetuosamente comparecemos para promover DEMANDA DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD en contra del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona el Código Penal Federal, aprobado por el Congreso de la Unión el 13 de septiembre de 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 05 de noviembre de 2018, por actualizar las normas referidas diversas contradicciones con el texto constitucional. Ahora bien, en términos de lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 62 de la Ley Reglamentaria, se designan como representantes comunes, a efecto de que puedan actuar conjunta o separadamente durante el trámite del presente asunto, a los Senadores Miguel Ángel Osorio Chong y Rafael Moreno Valle Rosas. En tal sentido, se señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, el inmueble ubicado en Montes Urales, número 754, piso 3, Colonia Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal número 11000, Ciudad de México; señalando como Delegados con la suma de facultades a que se refiere el párrafo segundo, del artículo 62 de la Ley Reglamentaria a los Abogados Luisa Conesa Labastida (con cédula profesional número 5198466), Sergio Enrique Sánchez Curiel Guzmán (con cédula profesional número 7233596), Diana Gamboa Aguirre (con cédula profesional número 11015473) y Jorge Carlos Peniche Baqueiro (con cédula profesional número 09273770), Miguel García y García (con cédula profesional 915122), Felipe García Estrada (con cédula profesional 4565447), Luis Javier Hernández Jiménez (con cédula profesional 4641561), Maribel Trigo Aja (con cédula profesional 4049020), 1


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