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PROPONEN QUE ALUMNOS DE COLEGIOS PARTICULARES PUEDAN ACCEDER A TEXTOS DEL MINEDUC
from 11-10-2020
A FIN DE ALIVIAR PARTE DE LOS ALTOS GASTOS QUE HABITUALMENTE SE DESEMBOLSAN EN MARZO
Proponen que alumnos de colegios particulares puedan acceder a textos escolares del Mineduc
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Postura. Diputado Celso Morales aseguró que la crisis económica también ha impactado a muchas familias de clase media, cuyos hijos pertenecen a establecimientos privados.
VALPARAÍSO. Consciente de los graves efectos económicos que ha traído la pandemia del Covid-19 en miles de familias del país, el diputado por el distrito 17, Celso Morales (UDI), le solicitó al Ejecutivo que a contar del próximo año los alumnos pertenecientes a colegios particulares, también puedan acceder a los textos que otorga el Ministerio de Educación (Mineduc). La iniciativa, explicó el parlamentario, surge a partir del alto costo que deben desembolsar los padres y apoderados para adquirir los textos que venden las editoriales particulares, cuyo valor varía entre los 25 mil y 35 mil pesos, en circunstancias que los establecimientos suelen solicitar cerca de cinco unidades o incluso más por cada alumno, afectando considerablemente los ingresos de las familias chilenas,
“La única forma de disminuir los niveles de deserción escolar, es justamente aliviando los bolsillos de las familias chilenas”, indicó el diputado.

en especial las de clase media. “Todos sabemos los graves efectos económicos y laborales que ha provocado esta pandemia, que aún no termina y que amenaza con seguir afectando a los chilenos. Por lo mismo, de cara al próximo año, tenemos que buscar todas las alternativas que existan para aliviar el bolsillo de los padres y apoderados, que en marzo suelen gastar una enormidad de recursos entre uniformes, matrículas, útiles, transporte y, sobre todo, textos escolares, para quienes pertenecen a un colegio donde se les exigen libros distintos a los que entrega el Mineduc”, acotó Morales. En esa línea, el diputado UDI insistió en que “el ministerio debe abrirse a dicha posibilidad y ampliar el presupuesto que tiene para adquirir estos textos y entregarlos de manera gratuita, porque de esa forma también evitaremos que una vez más las editoriales se aprovechen de esta situación estableciendo precios que son irrisorios para las condiciones actuales del país”.
LLAMADO
En tal contexto, Morales formuló un llamado al Mineduc para que los colegios particulares subvencionados, que suelen rechazar los textos del ministerio, “los acepten por esta vez”, evitando así que exista una discriminación entre los alumnos que pueden adquirir los libros de otras editoriales y quienes no pueden hacerlo. “Sabemos que las familias están haciendo un esfuerzo tremendo para asegurar la educación de sus hijos y que no tengan que retirarse o cambiarse de colegio por la crisis. Por lo tanto, es indispensable que los colegios subvencionados acepten los libros escolares que otorga el Mineduc, que tienen los mismos contenidos que los que venden las editoriales, y también que se amplíe la cobertura para los establecimientos particulares. La única forma de disminuir los niveles de deserción escolar, es justamente aliviando los bolsillos de las familias chilenas”, concluyó el parlamentario.
MARÍA IGNACIA CEPEDA, REPRESENTANTE GRUPO DE TRABAJO MUJERES CCHC TALCA
TALCA. Uno de los ejes de trabajo de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), es el aumento de la participación femenina en el sector, debido a que la presencia de las mujeres en esta industria alcanza solo el 7%. Es por eso, que a nivel nacional se formó el Grupo de Trabajo de Mujeres de la CChC, el cual ha replicado esta iniciativa en todas las regiones del país. En el caso de Talca, la ingeniera Comercial con mención en Marketing y socia del gremio, María Ignacia Cepeda, liderará esta iniciativa, que tiene tres líneas de acción: comprender la realidad actual de la mujer en la construcción; potenciar, visibilizar e impulsar el crecimiento profesional de líderes ejecutivas de las empresas socias y aumentar la participación de mujeres en las instancias gremiales.
¿Cómo evalúas la participación de la mujer en la industria de la construcción en nuestra región?
“Creo que todavía queda mucho por hacer para potenciar el trabajo y la inclusión de mujeres en nuestra industria transversalmente en todos los niveles y eso es buenísimo también motivante para este grupo de trabajo. La mujer en las industrias toma cada vez más fuerza y esto en la construcción es algo que debemos ser capaces de desarrollar, mantener y proyectarlo en el tiempo. Las mujeres tenemos capacidades de perfeccionar y potenciar la integración en nuestros equipos de trabajo, si logramos darle un rol más protagónico, es algo que solo traerá beneficios ya que complementará para bien los equipos que ya existen”. La ingeniera Comercial con mención en Marketing, María Ignacia Cepeda, liderará en Talca el Grupo de Trabajo de Mujeres de la CChC.

¿Qué expectativas tienes del Grupo de Trabajo de Mujeres de la CChC?
“Que de alguna forma podamos disminuir la brecha de género que existe en el mundo de la construcción, contribuir en desmasculinizar una industria donde el género femenino puede ser participante y sobresalir. Es importante que esta mesa vaya generando espacios para que esto ocurra, entregar herramientas y experiencias para que se atrevan a entrar, también sean aceptadas y bienvenidas”.
¿Cuáles piensas que son las principales dificultades o trabas con las que se encuentran las mujeres al momento de postular a un trabajo en nuestro rubro?
“Yo pienso que la confianza que una mujer pueda tener o el empoderamiento que esta tiene a la hora de querer ingresar al rubro de la construcción, son el primer obstáculo al que se enfrentan. Esta situación yo siento que hasta puede frenar a muchas a querer postular. Considero también que a pesar de la generación que vivimos y los avances en cuanto a imagen femenina en el mundo laboral actual, aún se sigue viendo débil o no se tiene confianza en que desempeñarán una buena labor y eso lo perciben quienes quieren entrar al mundo laboral en esta industria, pero es solo una “mala imagen” que se proyecta y percibe desde mi opinión”.
¿De qué manera crees que se puede motivar la participación femenina en el sector?
“ Creo que, transmitiendo experiencias personales de quienes somos parte de este mundo, fomentar que las mujeres no queden fuera de procesos de selección, generación de

puestos de trabajo. También entregando herramientas para potenciar sus capacidades como capacitaciones de oficios o de otras habilidades. La idea es que también quienes se integren estén empoderadas y no se sientan inseguras en un mundo tachado como masculino, sino que, por el contrario, que se sientan que pueden y son buenas haciéndolo”.
RECORDANDO A DANTE ALIGHIERI EN EL VII CENTENARIO DE SU MUERTE
El limbo y el noble castillo
Dante es despertado por un grave trueno. Ha atravesado misteriosamente el río y se encuentra sobre el borde del Abismo del valle doloroso, que acoge los infinitos lamentos de los condenados. Virgilio resulta pálido en el rostro no por temor, sino por la piedad para con las almas condenadas. Descienden en el primer círculo donde se escuchan los suspiros de infantes, mujeres y hombres. Son los espíritus de aquéllos que no han pecado, pero no tuvieron bautismo. En ese limbo habita el mismo Virgilio y –aunque ahí se encuentran personas de mucho valor– viven en deseo sin esperanza. Dante quiere saber si alguien ha salido alguna vez y su guía responde que sí. Él dice que había llegado poco antes (porque murió el 19 antes de Cristo) cuando vio llegar a “un Poderoso coronado con signo de victoria” que se llevó a los patriarcas del pueblo judío: se trata de Jesús que descendió a los Infiernos. Atravesando una selva de espíritus, ve un fuego que vence el hemisferio de tinieblas y discierne gente honorable. Virgilio explica que se trata de personas cuyo nombre resuena en el mundo. Es la sede de almas ilustres, que gozan de la luz que con su ciencia y arte irradiaron el mundo. Se escucha una voz misteriosa que exclama: -«¡Honrad al altísimo Poeta! ¡Su sombra, que había partido, regresa!». Cav. Prof. José Blanco Jiménez Membro Benemerito della Società Dantesca Italiana

Aparecen Homero, Horacio, Ovidio y Lucano. Son la “bella escuela” y acogen a Dante, que se siente “sexto entre tanta sensatez”, y con él entran en un noble castillo, cercado por siete altas murallas y un bello riachuelo, que pasan como tierra dura. Tal vez son símbolos de las siete artes liberales y de la disposición del intelecto humano a la ciencia y dentro se encuentra una gran cantidad de personajes ilustres de la historia antigua, además de filósofos como Aristóteles (“maestro de aquéllos que saben”) y científicos. Tienen los ojos “tardíos y graves”, gran autoridad en sus semblantes y hablan “rara vez, con voces suaves”. Se advierte el problema de la gracia y de la salvación. Es el conflicto entre el amor por la Antigüedad clásica, que abría los horizontes del intelecto, y la fe cristiana. No por nada, ha escogido como guía y como maestro a un pagano, que de todas maneras había preanunciado al Cristo en una égloga. Pero el viaje debe proseguir y tienen que entrar en una parte donde el aire tiembla y donde no hay nada que tenga luz.
El noble castillo y la “bella escuela” (@Catalina Blanco Neira).

JUDICIALES
NOTIFICACIÓN Ante 1º Juzgado de Letras de Talca, causa Rol C – 4201 - 2019, “ScotiabankChile con B y S Vegetales”, DANIEL OCAMPO MIÑO, abogado, mandatario judicial en representación convencional de SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima bancaria, y también en su calidad de continuador legal del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile; cuyo gerente general es don Francisco Sardón de Taboada, abogado, todos domiciliados en calle Morandé N° 226, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, a V.S. con respeto digo: En la representación que invisto, interpongo demanda ejecutiva en contra de la sociedad B Y S VEGETALES SpA, del giro de comercialización de productos y corretaje agrícola, representada por doña Blanca González Troncoso, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados Pasaje Dos Norte Nº 3643 y/o PasajeDos ½ Norte Nº 3643, Parque Universitario, Comuna de Talca, y en calle Uno Sur esquina Uno Poniente N° 690, Oficina N° 815, Comuna de Talca, en su calidad de deudora principal; y en contra de la sociedad AGROANDINA S.A., del giro de comercialización de productos agrícolas, representada por doña María Ortiz Espinoza, ignoro profesión u oficio, de los mismos domicilios que la deudora principal; de la sociedad MARÍA ORTIZ Y COMPAÑÍA, del giro de comercialización de productos, representada por doña María Ortiz Espinoza, ya individualizada; y de doña MARÍA ORTIZ ESPINOZA, ya individualizada, y con domicilio además en calle Dos Norte N° 3643, Comuna de Talca, en sus calidades de avalistas, fiadores y codeudores solidarios de la deudoraprincipal, por las sumas que a su respecto se indicarán, en razón de ser deudores vencidos de los siguientes pagarés: 1. Pagaré de Línea de Crédito de Importaciones, suscrito con fecha 15 de marzo de 2018, por la suma de U.S. $ 103.187,25.- por concepto de capital, pagadero el día 15 de marzo de2019. En caso de mora o simple retardo en el pago íntegro y oportuno del capital y/o de los intereses de este pagaré, el Banco quedará facultado para hacer exigible el total adeudado, en cuyo caso la obligación se entenderá como plazo vencido y por haberse hecho exigible anticipadamente dicho pago,según se establece en este instrumento, en su caso, se capitalizarán los intereses en conformidad al artículo 9 de la Ley 18.010 y se devengará un interés penal diario igual a la tasa Libo que esté vigente durante la mora o simple retardo, más 5 puntos porcentuales anuales. El interés penal se calculará sobre el nuevo capital adeudado y correrá desde la mora o simple retardo y hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado, todo ello sin perjuicio de otros derechos del beneficiario. El Banco queda facultado para exigir el pago del total de lo adeudado, como si fuere de plazo vencido, en los términos antes indicados, si cualquiera de los obligados al pago del presente pagaré, cesare en el pago de cualquier obligación contraída con el Banco, sus filiales o terceros. Llegada la fecha de pago del pagaré, esto es el día 15 de marzo de 2019, éste no fue pagado, razón por la cual se adeuda de capital por el presente pagaré la suma de U.S. $ 103.187,25.- más los intereses pactados y penales estipulados. En el referido pagaré las sociedades Agroandina S.A. y María Ortiz Y Compañía, ambas ya individualizadas, se constituyeron en avalistas de la deudora principal, razón por la cual responden al pago de dicho pagaré, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 18.092. 2. Pagaré N° 827791, suscrito con fecha 26 de noviembre de 2018, por la suma de U.S. $ 200.000.- por concepto de capital, y la suma de U.S. $ 1.375.- por concepto de intereses, pagadero el día 10 de enero de 2019. El capital devengaba intereses desde la fecha de suscripción y hasta lade su vencimiento, a tasa del 5,50% anual, los cuales se capitalizaban en caso de no pago. Se estipuló que el no pago íntegro y oportuno del pagaré, devengará desde el día de la mora o simple retardo y hasta el de su completo y efectivo pago, se devengará un interés penal igual al máximo convencional vigente en la fecha de su suscripción de este pagaré para este tipo de operaciones de crédito de dinero, o a la tasa que rija durante la mora o simple retardo, si esta última fuese superior a la primera, interés que se calculará y pagará sobre el saldo adeudado. Los intereses que no fueren pagados se capitalizarán cada 30 días y, sin necesidad de demanda judicial, devengarán nuevos intereses, los que se calcularán y pagarán a una tasa igual a la del interés penal antes referido. Llegada la fecha de pago del pagaré, esto es eldía 10 de enero de 2019, éste no fue pagado, razón por la cual se adeuda de capital por el presente pagaré la suma de U.S. $ 200.000.- más los intereses pactados y penales estipulados. En el referido pagaré la sociedad María Ortizy Compañía y doña María Ortiz Espinoza, ya individualizadas, se constituyeron en avalistas, fiadores y codeudores solidarios de la deudora principal, razón por la cual responden al pago de dicho pagaré, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 18.092, artículos 1511 y siguientes y 2358 Nº 2 del Código Civil. Tratándose de deudas líquidas, actualmente exigibles, no prescritas y que constan de título ejecutivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 434 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, es procedente que V.S. ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en contra de los ejecutados. POR TANTO, en virtud de lo expuesto y de lo prescrito en los artículos 254, 434 Nº 2 y N° 4 siguientes del Código de Procedimiento Civil, Ley 18.092 y demás normas legales aplicables, A V.S.PIDO: Tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de B Y SVEGETALES SpA, representada por doña Blanca González Troncoso, en sucalidad de deudora principal; y en contra de la sociedad AGROANDINA S.A., representada por doña María Ortiz Espinoza; de la sociedad MARÍA ORTIZ YCOMPAÑÍA, representada por doña María Ortiz Espinoza; y de doña MARÍA ORTIZ ESPINOZA, en sus calidades de avalistas, fiadores y codeudores solidarios de la deudora principal; y, A) Ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra de la deudora principal B Y S VEGETALES SpA y de la avalista MARÍA ORTIZ Y COMPAÑÍA, representada por don Raúl Humberto Calderón Tejos, por la cantidad de U.S. $ 303.187,25.- (trescientostres mil ciento ochenta y siete coma veinticinco dólares de Estados Unidos de Norteamérica), equivalentes al día 28 de noviembre de 2019 a la suma de $244.459.880.- más los intereses pactados y penales estipulados, de acuerdo a la forma señalada en el cuerpo de la demanda; B) Ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra de la avalista AGROANDINAS.A., representada por don Raúl Humberto Calderón Tejos, por la cantidad deU.S. $103.187,25.- (ciento tres mil ciento ochenta y siete coma veinticinco dólares de Estados Unidos de Norteamérica), equivalentes al día 28 de noviembre de 2019 a la suma $83.199.880.- más los intereses pactados y penales estipulados, de acuerdo a la forma señalada en el cuerpo de la demanda; y, finalmente, C) Ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra de la avalista señora Ortiz Espinoza, por la cantidad de U.S. $200.000.- (doscientos mil dólares de Estados Unidos de Norteamérica), equivalentes al día 28 de noviembre de 2019 a la suma $ 161.260.000.- más los intereses pactados y penales estipulados, todos de acuerdo a la forma señalada en la demanda. Y en definitiva, acoger la demanda a tramitación, y disponer se siga adelante la ejecución hasta hacer a mi representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas de la causa. (Valor dólar observado al día 28/11/2019: $ 806,30.-) 1º otrosí, acompaña documento en la forma legal, y solicita custodia. 2º otrosí, señala bienes para la traba del embargo.3º otrosí, depositario. 4º otrosí, se tenga presente. 5º otrosí, personería. 6º otrosí, patrocinio y poder. Resolución 22 de enero de 2020. A lo principal, por interpuesta la demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad de U.S. $ 303.187,25.- equi-
DESTACADOS
SE ArrIEnDA LoCAL ComErCIAL en pleno centro de Curicó, Montt 249. Fono 984604896
10-11 -79062

rEmATE JUDICIAL En TALCA
LUnES, 19 DE oCTUbrE 2020 En 13 orIEnTE nº 814 CAmIonETA AÑo 2018, CombUST. DIESEL moDELo: rICH DCAb 2,5 CoLor: bLAnCA
MAYORES DETALLESAVISOS PROx. 17 Y 18 DELPTE. MARIO BRAVO T. MARTILLERO PúBL. R.N.M. 204

valentes al día 28 de noviembre de2019 a la suma de $244.459.880.-, más intereses y costas; al primer otrosí, téngase por acompañado bajo el apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil y guárdese en custodia; al segundo otrosí,téngase por señalado el bien para embargar; al tercer, cuarto, quinto y sexto otrosí, téngase presente y por acompañado con citación. Mandamiento de fecha 26 de febrero de 2020. Requiérase B Y S VEGETALES SpA en calidad de deudora principal representada por doña Blanca González Troncoso, ambos domiciliados Pasaje Dos Norte Nº 3643 y/o Pasaje Dos ½ Norte Nº 3643, JorGE rUZ VÁSQUEZ
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09-10-11 -79059
ExTRACTO NOTIFICACION Y REQUERIMIENTO DE PAGO ante el 1º Juzgado de Letras de Talca en causa ROL Nº 925-2020 Se presenta JOSE ANTONIO VARGAS GUANGUA, abogado, mandatario de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente Ltda. también Oriencoop Ltda., y demanda ejecutivamente a Don JUAN ANTONIO CONTRERAS ESPINOZA, domiciliado en 29 Sur 10 y media Oriente N° 1154, Villa Brisas del Maule, de la Comuna de Talca, quien suscibió pagaré N° 06-001-0476948-7, suscrito con fecha de 26 de Febrero de 2019, por la suma de $ 2.290.159.-, a la orden de Oriencoop Ltda., donde se obligó a pagar 36 cuotas mensuales iguales y sucesivas de $ 90.009.- donde

se encuentran comprendidos los intereses de 1,9300% mensual y con vencimiento cada una de dichas cuotas el día 10 de cada mes a contar de Abril de 2019. Es del caso señalar que el pagaré se encuentra impago desde la cuota 07 inclusive, correspondiente al día 10 Enero 2020. Con fecha 17 Diciembre 2019, señalado deudor, con inteción postergar cuotas correspondientes mese Octubre, Noviembre y Diciembre, suscribe hoja de modificación y prórroga de pagaré N° 06-001-0476948-7, prorrogando pago de las 03 cuotas señaladas correspondientes a: Fecha vencimiento Valor cuota, 10-10-2019 $ 90.009, 11-11-2019 $ 90.009., 10-12-2019 $ 90.009, La cuotas anteriormente prorrogadas quedan de la siguiente forma: Fecha vencimiento valor cuota: 11-04-2022 $ 90.009, 10-05-2022 $ 90.009, 10-06-2022 $ 156.385.- En dichos documento se establece que desde fecha de suscripción de las hojas modificación y prórroga pagaré y hasta nuevo vencimiento de cuotas diferidas, se devenga un interés por prorroga equivalente al 0,5000% que será pagado junto al valor de últimas cuotas prorrogadas. Así mismo establece que los cobros correspondientes a los gastos moratorios de las mismas cuotas que se prorrogan, serán cargados a las útimas cuotas prorrogadas. Adicionalmente en mismo documento se deja constancia que le serán aplicables al pago esta suma demás condiciones y modalidades establecidas en pagaré prorrogado, y que dicha prorroga se efectúa sin ánimo novar. En todo lo no modificado por esta hoja modificación y prórroga pagaré, quedan plenamente vigentes todas y cada una condiciones y términos contenidos en pagaré que por esta acto se modifica, del cual se entiende formar parte integrante. Es el caso señalar que pagaré y su hoja modificación y prórroga se encuentran impagos desde cuota 7 inclusive, correspondiente al 10 de Enero de 2020. En consecuencia demandado adeuda 27 cuotas normales de de $ 90.009.- 02 cuotas prorrogadas de $ 90.009 y una cuota prorrogada de $ 156.385. Así este pagaré se debe suma de $ 2.766.646 (Dos millones setecientos sesenta y seis mil seiscientos cuarenta y seis pesos). Conforme con cláusulas pagaré mencionado, toda la deuda se podrá considerar exigible y de plazo vencidos por el simple atraso o no pago oportuno total o parte de cualesquiera de las cuotas referidas, sin perjucio interés penal pactado. Según cláusula segunda por tratarse de una estipulación de caducidad del plazo enteramente a favor de la Cooperativa , esta podrá esperar el vencimiento última cuota para demandar total lo adeudado, contándose desde esta última tiempo exigido por la ley para que opere eventual prescripción. La firma suscriptor este pagaré y su hoja modificación y prórroga de pagaré fue autorizada por Notario Público, razón por la que de conformidad lo dispuesto en artículo 434 N° 4 del código de proc. civil, tiene mérito ejecutivo. La deuda es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO en mérito de lo expuesto y artículos 254,434 N°4 y siguientes del Código de procedimiento Civil y la Ley 18.092; RUEGO A US., tener por deducida demanda ejecutiva en contra de Don JUAN ANTONIO CONTRERAS ESPINOZA, ya individualizado, acogerla en todas sus partes, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 2.766.646.- más intereses moratorios pactados en el pagaré y su hoja de modificación y prórroga de pagaré de autos y que se siga adelante con la ejecución hasta obtener entero y cumplido pago adeudado, con expresa condenación en costas.- PRIMER OTROSI, Señala para traba embargo todos los bienes muebles que guarnecen domicilio deudor, automóviles y bienes raíces, solicitando se designe como depositario provisional a propio ejecutado; SEGUNDO OTROSI: acompaña con conocimiento bajo apercibimiento artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil, pagaré ya individualizado que solicita sea guardado en custodia; TERCERO OTROSI: Acredita personería; CUARTO OTROSI: Pide se tenga por exhibida escritura pública de mandato judicial, donde consta personería; QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder; SExTO OTROSÍ: Ruego a US. se autorice desde ya al Ministro de Fe practicar notificación personal subsidiaria que regula el art. 44 del Cód. de Proc. Civil, Tribunal Proveyó: Talca 30 de Marzo de 2020.- Por cumplido con lo ordenado téngase por acompañado el documento en la forma indicada y se provee: A lo principal por interpuesta demanda, despáchese mandamiento ejecución y embargo por la suma de $ 2.766.646, más intereses y costas; primer otrosí, téngase por señalado bien para embargar, segundo otrosí, téngase por acompañado bajo el apercibimiento del art. 346 N° 3 del Código de Proc. Civil y guárdese en custodia, al tercer, cuarto y quinto otrosí, téngase presente y por acompañado con citación. Al sexto otrosí, solicítese en su oportunidad procesal. firmado Don Jorge Gabriel Muñoz Escobar Juez Subrogante y Juan Guillermo Montecinos Vergara, Secretario Subrogante.- MANDAMIENTO, Talca, treinta de Marzo de dos mil veinte. Requiérase a Don JUAN ANTONIO CONTRERAS ESPINOZA, domiciliado en 29 Sur 10 y Media Ote. N° 1154, Villa Brisas del Maule, de la comuna de Talca. Ordena despachar mandamiento, para que pague a COOP. DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LTDA., la suma de $2.766.646, mas intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. Dicha especie quedará en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.Firmado Don Jorge Gabriel Muñoz Escobar, Juez Subrogante y Don Juan Montecinos Vergara, Secretario Subrogante.- Notificación por avisos y domicilio bajo apercibimiento, JOSE ANTONIO VARGAS GUANGUA solicita notificar demanda y requerir de pago mediante avisos extractados designando periódico en que deberán hacerse y número de ellas, conforme artículo 54 Código de Procedimiento Civil, Tribunal resuelve: Talca 02 de Septiembre de 2020. Atendido lo señalado por el ejecutante, ha lugar a la notificación por avisos por Diario La Prensa la que deberá hacerse por tres veces y por 1 vez en el Diario Oficial de la República, los días primero o quince de cualquier mes o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas mediante extracto redactado por el Señor Secretario del Tribunal y se fija el requerimiento de pago que debe ser realizado por el Receptor que corresponda, para el segundo día hábil siguiente de practicada la última publicación a las 8,30 horas en el recinto del Tribunal.- firmado Gerardo Favio Bernales Rojas Juez Titular y Sandra Mireya Rojo Arenas Secretaria Subrogante. SECRETARIA
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JEFE COMUNAL NO ESCONDIÓ PREOCUPACIÓN POR AUMENTO EN EL INGRESO Y SALIDA DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS
Sagrada Familia: mantienen los controles en accesos y se potenciarán ante inicio de movimiento agrícola
Prevención. “Gracias a estos controles y al trabajo en diversos frentes, es que hemos mantenido a la baja las cifras de casos activos (de Covid-19) en toda la comuna, los que hoy no superan los cinco”, dijo el alcalde Martín Arriagada.
SAGRADA FAMILIA. Pese a que algunas personas suponen que se encuentran en vigencia los permisos interregionales de tránsito entre comunas, de igual forma en Sagrada Familia, durante el fin de semana, se han mantenido los controles preventivos desarrollados por funcionarios municipales, los que tienen como objetivo mantener bajas las cifras de contagios de Coronavirus y con ello también de casos activos. Entre el miércoles y jueves reciente, la autoridad del Gobierno reiteró que durante este fin de semana largo no regirán los permisos interregionales, por lo que se reforzó el llamado a no programar, ni realizar viajes para evitar posibles aumentos de contagios de Covid-19. Es por ello que, en Sagrada Familia pese a este llamado, y al cansancio existente, se reforzaron los controles en los accesos a la comuna.
AGOTADORES
“Hay mucha gente que piensa o considera que estos permisos interregionales están en operaciones, pero la autoridad sanitaria ha sido bien clara en cuanto a que no es así, es todo lo contrario, especialmente en este fin de semana largo, porque la idea es que el virus no siga trasladándose”, explicó el alcalde de Sagrada Familia, Martín Arriagada, agregando que “por ello nos mantendremos con los controles tal como lo hemos hecho todos estos meses”. El jefe comunal reconoció que “este trabajo, que no se ha detenido, en los accesos a la comuna, ha sido agotador para los funcionarios municipales y sabemos que mucha gente hace caso omiso, nos lanza unos garabatos, pero también sabemos, que, en gran medida gracias a estos controles, y al trabajo en diversos frentes es que hemos mantenido a la baja las cifras de casos activos en toda la comuna, los que hoy no superan los cinco contagios”. Arriagada indicó que los controles este fin de semana están orientado a medir temperaturas, a sanitizar los vehículos que entran a la comuna por alguno de los accesos a Sagrada Familia y Villa Prat. “Además este fin de semana vamos a contar con el apoyo de inspectores de la Seremi de Salud, para respaldar el llamado a la gente, que en lo posible no se traslade a otras comunas y así evitar el movimiento del contagio”.
TEMPORADA AGRÍCOLA
De paso el alcalde manifestó su preocupación por el flujo de vehículos y trabajadores, que “paulatinamente comienza a subir en nuestra comuna y que corresponde a los trabajos agrícolas de temporada, de la época de la cereza y de El objetivo de los controles es evitar el ingreso de personas con algún síntoma de Coronavirus.

otros cultivos, por lo que evidentemente vamos a tener más movimiento en el ingreso y salida, vamos a controlar que la gente no presente algunos de los síntomas, que los vehículos y transportistas cumplan con las condiciones”. Martín Arriagada reiteró que el trabajo ha sido extenuante en estos controles, “pero no bajaremos los brazos, en este sentido, y más ahora con la temporada de cosechas que se viene, en que seremos rigurosos en los controles a los trabajadores, a los transportistas, tomaremos temperaturas y persona que observemos que pudiera estar enferma, la derivaremos a donde corresponda, porque no queremos que las cifras de activos aumenten”, puntualizó.

Fotonoticia

Incendio en sector surponiente de Curicó
CURICÓ. Voluntarios de Bomberos se trasladaron ayer por la tarde hasta el sector surponiente de la ciudad, a fin de combatir un siniestro que afectó al menos a tres viviendas. La emergencia se presentó en el pasaje La Quirigua, a escasos metros del SAR Aguas Negras, donde uno de los tres domicilios resultó con su segundo piso “totalmente destruido”, dejando al menos a dos personas damnificadas. En el caso de las otras dos viviendas, el fuego generó “daños menores” (imagen de Twitter, cuenta @Cuartacurico).
