de Testamento; Reconocimiento de Derechos Hereditarios, Aceptación de Herencia; Nombramiento de Heredera; Nombramiento y Aceptación al Cargo de Albacea de Lázaro Gómez García, a solicitud de Lina Rosa Gómez Oscoy, en su carácter de Única y Universal Heredera y Albacea, quien otorgó su consentimiento para que dicha Sucesión se tramitará ante esta notaría a mi cargo, y que no tiene conocimiento que, además de ella, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México. ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México
Tlalnepantla de Baz, México, a 10 de noviembre de 2025. AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN Lic. Lorena Gárate Mejía, en mi carácter de Titular de la Notaría 189 del Estado de México, señalando como domicilio
Av. De las Fuentes número uno, planta alta, Colonia Jardines de Bellavista, C.P. 54054, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por escritura pública número 14500, volumen 130, de fecha siete de noviembre de dos mil veinticinco, otorgada ante la Suscrita Notaria, se hizo constar: Radicación de la Sucesión Testamentaria; Reconocimiento de Validez de Testamento; Reconocimiento de Derechos Hereditarios, Aceptación de Herencia; Nombramiento de Heredero; Nombramiento y Aceptación al Cargo de Albacea de Juana Luciano Martínez, a solicitud de Manuel Téllez Luciano, en su carácter de Único y Universal Heredero y Albacea, quien otorgó su consentimiento para que dicha Sucesión se tramitará ante esta notaría a mi cargo, y que no tiene conocimiento que, además de él, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México. ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen
EDICTO
En el procedimiento ordinario laboral 608/2024, promovido Guarino Vázquez Cortes, se ordena emplazar a juicio por edictos a la tercera interesada María del Carmen Córdova Rodríguez en representación de la persona menor de edad de iniciales J. V. C., en virtud de que se desconoce su domicilio, a quien se hace saber que cuenta con el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, para que acuda a este Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen, ubicado en calle Caballito de Mar, número 34 A, colonia Playa Norte, Ciudad del Carconvenga respecto la demanda que motiva el procedimiento; en dicho escrito, además, deberá acreditar su personalidad y ofrecer las pruebas que a su interés corresponda, bajo apercibimiento que, de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por precluido su derecho y se estará al resultado del presente juicio; de igual manera, se le requiere para que proporcione domicilio dentro del lugar de residencia de este Tribunal, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, las ulteriores a 18 de noviembre de 2025.
Benito Flores Bello
Juez de Distrito adscrito al Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen
AGENDA JUDICIAL
Editorial
L AS DESERCIONES DE juzgadores continúa, el rezago judicial también.
Estado vs estado
RICARDO GUZMÁN WOLFFER
ANTE LA NOTICIA reciente de que el ejecutivo federal y los empresarios nacionales formaron una comisión para aumentar la inversión en el país, casi termina el año y miles de contribuyentes siguen sin recibir la devolución total de los deducibles en impuestos que debió hacerse hace más de medio año.
ENTRE LOS FACTORES que aumentan la inversión extranjera y nacional, no puede dejar de considerarse que uno importante es que el Estado facilite el pago de impuestos y que garantice la devolución de aquellos que cumplan con los requisitos legales.
PARA INCENTIVAR LA inversión y para reforzar el cumplimiento de tal obligación ciudadana, el SAT debe cumplir con la obligación estatal de devolver impuestos. Tal omisión es dolosa. Muchos contribuyentes se asesoran para dar continuidad
EDICTOS Y AVISOS NOTARIALES
Tlalnepantla de Baz, México, a 10 de noviembre de 2025. AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN
Lic. Lorena Gárate Mejía, en mi carácter de Titular de la Notaría 189 del Estado de México, señalando como domicilio
Av. De las Fuentes número uno, planta alta, Colonia Jardines de Bellavista, C.P. 54054, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por escritura pública número 14513, volumen 123, de fecha siete de noviembre de dos mil veinticinco, ante la suscrita notaria, se hizo constar la Radicación de la Sucesión
Intestamentaria a bienes de Romualdo Juárez Hernández, a solicitud de Ana María Navarro Salinas; Martha Angélica y Juan Carlos, de apellidos Juárez Navarro, en su carácter de cónyuge supérstite e hijos, por su propio derecho, en su carácter de presuntos herederos, quienes otorgaron su consentimiento para que dicha sucesión se tramitara ante esta notaría a mi cargo, manifestando que no tiene conocimiento que, además de ellos, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México.
ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México
Tlalnepantla de Baz, México, a 14 de noviembre de 2025. AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN Lic. Lorena Gárate Mejía, en mi carácter de Titular de la Notaría 189 del Estado de México, señalando como domien Av. de las Fuentes número uno, planta alta, Colonia Jardines de Bellavista, CP. 54054, Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por escritura pública número 14539, volumen 129 deta notaria, se hizo constar la Radicación de la Sucesión Testamentaria a bienes de Catarina Morales Matías, a solicitud de Alicia, José Luis, J Rubén y Ma. Guadalupe, de apellidos Marcelino Morales; Verónica, Armando y Leticia, de apellidos Bruno Marcelino, quienes comparecen por su propio derecho, en su carácter de Únicos y Universales Herederos, Legatarios y Albacea, respectivamente, quienes otorgaron su consentimiento para que dicha Sucesión se tramitará ante esta notaría a mi cargo, y que no tienen conocimiento que, además ellos, exista alguna persona con igual o mejor derecho a heredar. Lo anterior para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la Ley de Notariado vigente para el Estado de México. ATENTAMENTE, Lic. Lorena Gárate Mejía Notaria número 189 Estado de México
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen
EDICTO
En el procedimiento ordinario laboral 553/2024-I, promovido por Asunción del Carmen Moreno Morales, se ordena emplazar a juicio por edictos a la demandada Alternative Well Intervention Offshore LLC, en virtud de que se desconoce su domicilio, a quien se le hace saber que cuenta con el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, para que acuda a este Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen, ubicado en calle Caballito de Mar, número 34 A, colonia Playa Norte, Ciudad del Carmen, Campeche, código postal 24115, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, ofrecer pruebas, oponer excepciones y, de ser el caso, reconvenir, bajo apercibimiento que, en caso de no desahogar el citado requerimiento en el plazo concedido, este Tribunal tendrá por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, y perdido su derecho para ofrecer pruebas y formular reconvención; de igual manera, se les requiere para que proporcionen domicilio dentro del lugar de residencia de este Tribunal, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, las ulteriores
José Daniel Nápoles Flores
Juez de Distrito adscrito al Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen
Era más fácil corregir al mínimo porcentaje de jueces incomodos políticamente, que dar la espalda a los ciudadanos necesitados del servicio público judicial.
al trámite que permita recuperar ese dinero y realizan requerimientos al SAT o promueven los recursos respectivos, de modo que los encargados del SAT no pueden desconocer qué contribuyentes siguen sin recibir la devolución de impuestos.
EL QUE NO se hagan devoluciones, o se hagan parciales, a pesar de las peticiones de los contribuyentes, es conocido dentro y fuera del país. Esto solo puede explicarse por manipulaciones en los sistemas financieros estatales, hechas con ese fin específico, o por incompetencia de los operadores. En el discurso público, se habla de finanzas sanas, de modo que los recursos ahí están. Técnicamente, ni siquiera son del estado, son los pagos hechos por los contribuyentes. La tenencia de los mismos no transmite el origen. Tales omisiones son pésima publicidad en el extranjero y al interior, especialmente si se analiza junto con la aparente superioridad jurídica empresarial en los litigios tribu-
Sugerencias
tarios (algunos contribuyentes alargan los juicios durante años para no pagar impuestos: en el imaginario público, le ganan al estado al conseguir la demora) que llevó a cambios en la ley de amparo (para establecer candados) y a la reforma judicial (se modificó la constitución para establecer como referente en las resoluciones judiciales el interés público). Hoy parece que el interés público es no devolver impuestos y resulta poco probable que los nuevos jueces de amparo obliguen a ese SAT incumplido a devolver los pagos deducibles de impuestos, ante el peligro de quedar mal con el órgano de administración judicial.
SI EL ESTADO está necesitado de más ingreso, de generar más empleos, de ampliar la planta productiva y de fortalecer la infraestructura, debe mostrar un sector tributario sólido, confiable y cumplido. No uno que falle con los contribuyentes pagadores: es una parte esencial de su función (la devolución de impuestos acreditados). Si por razones políticas se han reducido las vías de defensa legal y limi-
EDICTO JOSE ARTURO LOZANO ORTIZ Disposición Juez Octavo Especializado en Materia Mercantil de los de esta Capital dentro del expediente número 754/2021 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por Martha del Toro Novoa en contra de José Arturo Lozano Ortiz y José Arturo Rafael Lozano Caltenco autos de fechas dos de diciembre de dos mil veinticinco y veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, se ordena EMPLAZAR a la parte demandada JOSE ARTURO LOZANO ORTIZ, mediante tres edictos consecutivos en un periódico de circulación amplia y cobertura nacional “LA JORNADA” y en un periódico local del Estado “INTOLERANCIA” para que el actor y el demandado comparezcan ante el Diligenciario adscrito a este JuzgaHORAS del día TRES DE MARZO DE DOS parte demandada el pronto y ejecutivo pagoNAL, por concepto de suerte principal, máscientes de su propiedad para garantizar el pago de las prestaciones reclamadas, de no hacerlo, ese derecho será trasladado al actor. Se hace saber a la parte demandada que el terminó para contestar la demanda comienza a transcurrirá partir del ultimo edicto publicado, por lo tanto se le concede el termino de TREINTA DIAS, siguientes de la publicación del ultimo edicto, proceda a dar contestación a la demanda, con el apercibimiento que de no hacerlo, sin necesidad de acusar su rebeldía, el juicio seguirá su curso y se le tendrá por perdido el derecho que debió ejercer dentro del termino correspondiente y de no señalar domicilioles se le harán por lista. Indicándose que el otorgamiento del término aludido. para dar cumplimiento, obedece a que al realizarse el emplazamiento a través de medios periodísticos, no se tiene certeza de que la demandada se enterará del juicio el mismo día de alguna de las publicaciones o con posterioridad, lo que hace necesario contar con un plazo ampliado para contestar la demanda, en apego al numeral 315 del Código Federal de procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al 1054 del Código de Comercio. Lo anterior atiende al deber que tiene esta juzgadora de tutelar los derechos de las partes, siendo en el caso que nos ocupa los derechos humanos de administración de justicia, seguridad jurídica y legalidad, quedando a su disposición el traslado correspondiente en treinta y dos fojas, en la diligenciaría de este juzgado.
Puebla, Pue, a dos de diciembre de dos mil veinticinco
LIC. SANTIAGO GOMEZ MORENO DILIGENCIARIO
tado la sujeción a la ley para que los juzgadores ya no resuelvan a favor de los ciudadanos que deberían recibir esta devolución, al menos debe haber un SAT amigable con los ciudadanos que pagan impuestos y evitarles la necesidad de buscar vías legales para recuperar el dinero deducible de los impuestos. Muchos ciudadanos cuentan con ese reingreso para pagos esenciales (medicinas, deudas, etc).
EL ESTADO INCUMPLIDO reduce la posibilidad de que el estado con mínimo crecimiento económico para el 2026 tenga ingresos suficientes para cumplir con sus muchas tareas. Es el estado contra el estado.
“EN CAMINO A Leo” de Ana Claudia Bárcenas Torres (México, 2025) es una película sobre la transición de una estudiante de 17 años a su identidad masculina, con la remoción de los senos. Ante la firmeza de la hija trans, su madre se obliga a enfrentar sus miedos personales y su propia historia familiar. Una
muestra de la dificultad materna en la comprensión de los hijos en cualquier tema. Una recomendable película que habla de la intimidad en las familias y de la necesidad social por informar sobre la minoría transexual. Una prueba de la importancia del IMCINE y del FOCINE, aquí al coadyuvar en la educación sobre la comunidad trans.
ESCUCHE LOS PODCASTS “Corrupción gringa a granel” e “Infierno en la nube” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.