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ciento tres, sótano tres, del edificio para estacionamiento vehicular identificado como Torre “C”, del complejo habitacional Parque Once ubicado en la nomenclatura municipal que se identifica con el número trece guion ochenta de la veintidós calle de la zona once municipio de Guatemala departamento de Guatemala que tiene un área de doce punto doscientos cincuenta metros cuadrados. MEDIDAS Y COLINDANCIAS: (i) de la estación cero al punto de observación uno, con rumbo suroeste y un azimut de doscientos doce grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos, con una distancia recta de dos punto cuatrocientos cincuenta metros, colindando con área común de circulación vehicular; (ii) de la estación uno al punto de observación dos, con rumbo sureste y un azimut de ciento veintidós grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos con una distancia recta de cinco punto cero cero cero metros, colindando con parqueo P dos, torre B, nivel cero dos, apartamento cero doscientos tres; (iii) de la estación dos al punto de observación tres, con rumbo noreste y un azimut de treinta y dos grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos, con una distancia recta de dos punto cuatrocientos cincuenta metros, colindando con subsuelo finca matriz, área común de por medio; y (iv) de la estación tres al punto de observación cero, con rumbo noroeste y un azimut de trescientos dos grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos con una distancia recta de cinco punto cero cero cero metros, colindando con parqueo S tres guion uno, área común de por medio. LIMITA-

CIONES: Derechos Reales. Dominio. Inscripción Número Dos:

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Téngase transcrita(s) la(s) treceava inscripción(es) de derechos reales de la finca matriz, relativa a servidumbre de conducción de energía eléctrica que soporta. Inscripción número 3: esta finca soporta la servidumbre de uso de tuberías y ductería de servicios generales, que refiere la tercera inscripción de derechos reales de la finca filial número cuatro mil novecientos veintiocho folio cuatrocientos veintiocho libro doscientos noventa e de Propiedad Horizontal de Guatemala. ANOTACIONES PREVENTIVAS: Inscripción Letra A: el juez(a) Quinto de Primera Instancia del ramo Civil de Guatemala en resolución veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve decretó el embargo precautorio de esta finca, dentro del juicio número cero un mil ciento sesenta y cinco – dos mil diecinueve – cero mil ciento cincuenta y nueve oficial segundo seguido por Banco G&T Continental, Sociedad Anónima, en contra de distribuidora Mercedes, Sociedad Anónima y la ejecutada. Inscripción Letra B: Se rectifica(n) la(s) anotación(es) letra(s) “A” de esta finca en el sentido siguiente: que el nombre correcto de el juzgado que emitió el despacho es Juzgado décimo Quinto de Primera Instancia del ramo Civil de Guatemala, y no como se consignó. C) Finca número cinco mil ciento sesenta y nueve folio ciento sesenta y nueve del libro doscientos noventa y uno e de Propiedad Horizontal Guatemala. Propiedad horizontalmente, consistente en parqueo P dos, torre B, nivel cero uno, apartamento cero ciento tres, sótano tres, del edificio para estacionamiento vehicular identificado como torre “C”, del complejo habitacional Parque Once ubicado en la nomenclatura municipal que se identifica con el número trece guion ochenta de la veintidós calle de la zona once municipio de Guatemala departamento de Guatemala que tiene un área de doce punto doscientos cincuenta metros cuadrados. MEDIDAS Y COLINDANCIAS: (i) de la estación cero al punto de observación uno, con rumbo suroeste y un azimut de doscientos doce grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos, con una distancia recta de dos punto cuatrocientos cincuenta metros, colindando con área común de circulación vehicular; (ii) de la estación uno al punto de observación dos, con rumbo sureste y un azimut de ciento veintidós grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos con una distancia recta de cinco punto cero cero cero metros, colindando con área común; (iii) de la estación dos al punto de observación tres, con rumbo noreste y un azimut de treinta y dos grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos, con una distancia recta de dos punto cuatrocientos cincuenta metros, colindando con ducto trece TBS tres guion L cuatro, área común de por medio; y (iv) de la estación tres al punto de observación cero, con rumbo noroeste, y un azimut de trescientos dos grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y ocho segundos con una distancia recta de cinco punto cero cero cero metros, colindando con parqueo S tres guion dos, área común de por medio. LIMITACIONES: Derechos Reales. Dominio. Inscripción Número Dos: Téngase transcrita(s) la(s) trece inscripción(es) de derechos reales de la finca matriz, relativa a servidumbre de conducción de energía eléctrica que soporta. Inscripción número 3: esta finca soporta la servidumbre de uso de tuberías y ductería de servicios generales, que refiere la tercera inscripción de derechos reales de la finca filial número cuatro mil novecientos veintiocho folio cuatrocientos veintiocho libro doscientos noventa e de Propiedad Horizontal de Guatemala. ANOTACIONES PREVENTIVAS: Inscripción Letra A: el juez(a) Quinto de Primera Instancia del ramo Civil de Guatemala en resolución veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve decretó el embargo precautorio de esta finca, dentro del juicio número cero un mil ciento sesenta y cinco – dos mil diecinueve – cero mil ciento cincuenta y nueve oficial segundo seguido por Banco G&T Continental, Sociedad Anónima, en contra de distribuidora Mercedes, Sociedad Anónima y la ejecutada. Inscripción Letra B: Se rectifica(n) la(s) anotación(es) letra(s) “A” de esta finca en el sentido siguiente: que el nombre correcto de el juzgado que emitió el despacho es Juzgado décimo Quinto de Primera Instancia del ramo Civil de Guatemala, y no como se consignó. GRAVÁMENES HIPOTECARIOS: A las fincas relacionadas les aparece únicamente el que motiva la presente ejecución promovida por BAnCO IndUSTrIAL, SOCIedAd AnÓnIMA a través de su Mandatario especial Judicial con representación, para lograr el pago de la cantidad de SETECIENTOS TRECE MIL

QUINIENTOS NOVENTA Y TRES QUETZALES CON NUEVE CEN-

TAVOS, más intereses, gastos y costas procesales, y sobre ello se aceptarán las posturas para el día del remate. Y para los efectos legales se hace la presente publicación de conformidad con los datos que aparecen en las certificaciones extendidas por el registro General de la Propiedad que obran en autos. en la ciudad de Guatemala, el veintitrés de julio del dos mil veintiuno. JUZGADO DÉCIMO TER-

CERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. JORGE ALEJANDRO ALVARADO OCHOA –SECRETARIO–.

FL-5878 2, 9, 17 agosto 2021

Edicto dE rEmatE

EJECUCIÓN EN VÍA DE APREMIO 01041-2021-00252 Of

4º. este Juzgado señaló audiencia de remate para el día

VEINTICINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO a

las NUEVE HORAS, para la venta en pública subasta de las fincas inscritas en el registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número A) Finca 1410, folio 410, libro 963e de Guatemala, finca rústica consistente en LOTe nÚMerO CInCUenTA UBICAdO en LA SÉPTIMA CALLe O BOULeVArd SAn nICOLAS 17-05 ZOnA 4, ubicada en el municipio de Mixco, departamento de Guatemala, de 129.860000 metros cuadrados, y de acuerdo al título ejecutivo consiste en lote número CInCUenTA del condominio “Vistas del naranjo” ubicado en séptima calle o Boulevard San nicolás diecisiete guion cero cinco de la zona cuatro de Mixco, municipio de Mixco, departamento de Guatemala, con las medidas siguientes: de la estación cero al punto observado uno, distancia de siete punto cero ocho metros, colinda con calle de la lotificación; de la estación uno al punto observado dos, distancia de dieciocho punto veintiséis metros, colinda con lote número cuarenta y nueve, que se desmembra en esta escritura; de la estación dos al punto observado tres, una distancia de siete punto cero cinco metros, colinda con área verde de la lotificación; de la estación tres al punto observado cero, distancia de dieciocho punto cincuenta y siete metros, colinda con lote número cincuenta y uno. DERECHOS REALES. Dominio. Inscripción Número: 2. Téngase transcrita(s) la (s) 2 inscripción de derechos reales de la finca matriz, relativa a servidumbre de camino carretero que goza, camino carretero que goza, perpetuas y continuas de paso, drenaje acueducto, conducción de electricidad, teléfono, televisión y cable que goza, de desfogue de aguas pluviales que soporta, de desfogue de aguas pluviales; que soporta, de paso, conducción de agua y conducción de energía eléctrica que goza; de construcción de drenajes y de constitución de servidumbre para conducción de aguas servida, aguas pluviales y energía eléctrica sujeta a condición expresa que soporta; modificación de servidumbres de paso de drenaje de aguas pluviales; modificación de servidumbre de paso de drenaje de aguas pluviales; de paso de peatones y vehículos, drenaje, conducción de energía eléctrica, conducción de tubería de agua, conducción de telefonía, televisión e internet sujeta a condición que soporta; conducción de energía eléctrica a perpetuidad que soporta, especial de drenaje que soporta; modificación de servidumbre especial de drenaje; de paso de vehículos y personas, drenajes, ductos y conducción de agua Teléfono, cable y electricidad, así como para conducir energía eléctrica para el funcionamiento de plantas de tratamiento de aguas servidas y pluviales; que goza. Inscripción Número: 3. Se constituye sobre esta finca el régimen de Copropiedad denominado reGLAMenTO de COPrOPIedAd, COndOMInIO Y AdMInISTrACIÓn deL COndOMInIO “VISTAS deL nArAnJO”, cuyo reglamento forma parte de esta inscripción, como se expresa en la inscripción número cinco de derechos reales de la Finca 9951 Folio 451 Libro 940e de Guatemala. Inscripción Número: 4: Se rectifica la inscripción número uno de dominio de esta finca en el sentido siguiente: la presente finca pertenece al COndOMInIO “VISTAS deL nArAnJO” con base en solicitud de fecha dos de noviembre del año dos mil diecisiete. Inscripción Número: 5. Se rectifica la inscripción número dos de dominio de esta finca en el sentido siguiente: se consignó incorrectamente la frase modificación de servidumbres, se omitió la transcripción de un servidumbre que establece: modificación de servidumbres de paso de drenajes de aguas pluviales y cuando se refiere a la servidumbre de conducción de telefonía, televisión, internet y demás, se omitió consignar que también se refiere a cable. Inscripción Número: 6. La ejecutada por compra es dueña de esta finca. escritura no. 1 autorizada 7 de enero de 2019 por el notario edGAr renATO CHenG TABArInI. HIPOTECAS. Inscripción Número: 2. La ejecutada propietario(a)(s) de esta finca y los derechos que cita la escritura constituye(n) hipoteca cedularia sobre la misma, bajo el sistema FHA. La cédula que será única, se emite al portador. esta hipoteca ocupa el PrIMer lugar. escritura(s) número(s) 2 autorizada el 7 de enero de 2019 por el(los) notario(s) edGAr renATO CHenG TABArInI. B) 1/148ava parte de la Finca número 9951, Folio 451, libro 940e de Guatemala. dereCHOS reALeS Inscripción Número: 1. finca rústica consistente en FrACCIÓn de LA FInCA eL nArAnJO, ubicada en el municipio de Mixco, departamento de Guatemala, de 45,167.450000 metros cuadrados, con las medidas y colindancias que le aparecen en la inscripción registral respectiva. Inscripción Número: 122. La ejecutada por compra es dueña de 1/148ava parte de derechos de esta finca y la finca que cita la escritura. escritura no. 1 autorizada 7 de enero de 2019 por el notario edGAr renATO CHenG TABArInI. HIPOTECAS. Inscripción Número 104. La ejecutada propietario(a)(s) de 1/148ava parte de derechos en esta finca y la totalidad de derechos que cita la escritura constituye(n) hipoteca cedularia sobre la misma, bajo el sistema FHA. esta hipoteca ocupa el PrIMer lugar. escritura(s) número(s) 2 autorizada 7 de enero de 2019 por el(los) notario(s) edGAr renATO CHenG TABArInI. Siendo las inscripciones hipotecarias números dos y ciento cuatro las que motivan la presente ejecución promovida por BAnCO IndUSTrIAL, SOCIedAd AnÓnIMA, por medio de su Mandatario especial Judicial con representación, para lograr el pago de Un MILLÓn CIenTO TreS MIL TreSCIenTOS OCHenTA Y SeIS QUeTZALeS COn dIeCIOCHO CenTAVOS (Q.1,103,386.18) más intereses, gastos y costas procesales. Guatemala, treinta de julio de dos mil veintiuno. Licenciada Luisa Marilú Aguilar Alfaro, Secretaria. Juzgado Cuarto de Primera Instancia del ramo Civil. FL-6157 17, 19, 23 agosto 2021

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