Nacional: 07 de agosto, 2025

Page 1


HAY VACANTES, PERO NO SON OCUPADAS

La encuesta de Demanda de Habilidades Laborales, desarrollada por el Ministerio del Trabajo con apoyo del BID, revela una paradoja que afecta a los dos mayores polos económicos del país. Mientras que el empleo adecuado apenas alcanzaba al 35% de los trabajadores, más del 15% de las empresas en Quito y el 10% en Guayaquil tienen vacantes sin cubrir. ¿Por qué no se ocupan? 5

La eliminación del Cpccs se va diluyendo a las pocas horas 3

El sector turístico pone todo para la diversión de los visitantes 8

Jueces piden celeridad a la CC para detener la emergencia judicial 4

¿Existen razas de perros prohibidas en Ecuador?

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

SOFÍA CORDERO @sofirula

Populismo punitivo

Lasseñales de alerta están ahí. Avanzamos —quizás sin plena conciencia— por el resbaladizo camino del populismo punitivo: una estrategia que disfraza de política contra el crimen lo que en realidad es propaganda. No se trata de negar la urgencia de enfrentar a la criminalidad, sino de advertir que el uso simbólico y emocional de las leyes, sin rigor técnico ni respeto institucional, es una receta peligrosa para cualquier democracia.

En las últimas semanas, varias leyes han sido cuestionadas por su inconstitucionalidad y finalmente, la Corte Constitucional ha suspendido algunos de sus artículos. La respuesta del gobierno: montar un video oficial donde dos altas autoridades —flanqueadas por policías y militares— acusan a la Corte de frenar la lucha contra la delincuencia. La escena instala la lógica del enemigo interno, sugiere que quien no respalda al poder, colabora con el crimen. Esa es la médula del populismo punitivo: convertir la justicia en espectáculo y la discrepancia en traición.

Se avecina una consulta popular que debería incluir preguntas acertadas y urgentes para el país. Sin embargo, una de ellas plantea que los jueces de la Corte Constitucional puedan ser sometidos a juicio político. Esto implicaría un golpe al sistema de garantías. Porque la Corte es el órgano que custodia la Constitución, el límite que impide que el poder haga lo que quiera, incluso cuando lo hace “en nombre del pueblo”. El populismo punitivo no trae seguridad: destruye instituciones, silencia el disenso y socava el Estado de derecho. Convierte al juez en enemigo y al castigo en teatro. Lo más frustrante es que ya estuvimos ahí. Una década de populismo autoritario nos dejó esta cultura de concentración del poder, desprecio por los límites y erosión de la ética pública. Más que una reforma constitucional apurada o manipulada, lo que el país necesita —con urgencia— es una revolución ética. Una que nos permita exigir cambios institucionales sin repetir los errores del pasado, y, sobre todo, sin normalizar otra vez la inmoralidad como si fuera destino.

RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com

Populismo

Psicopatología de la

política

Desde

la invención del poder jerárquico, surgieron figuras como reyes, magos y dictadores que, sin pudor, se proclamaron “elegidos” para gobernar y dominar pueblos enteros, con discur-

EDITORIAL

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec

Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XLI No. 14.174

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

El mundo nos ve

El presidente Daniel Noboa emprende una batalla contra la Corte Constitucional, encabezada por los poderes Ejecutivo y Legislativo, que ya controla. La intensidad de la arremetida incrementa y ahora sobrepasa las críticas a decisiones y fallos de los jueces.

La herramienta de la estigmatización es vieja y peligrosa. Llamar a los jueces “enemigos del pueblo” al tiempo de proponer una pregunta en la consulta popular que autorizaría a la Asamblea a interpelar y removerlos de la Corte mediante juicio político, se suma al pronunciamiento conjunto de la ministra de Gobierno, Zaida Rovira, y el presidente la Asamblea, Niels Olsen, rodeados de policías y militares para cuestionar sus decisiones.

Esto último llamó la atención internacional, en especial de la relatora de la ONU para la independencia judicial, Margaret Satterhwaite. Ella alertó que las decisiones judiciales “pueden y deben debatirse por vías legales, pero las amenazas son inaceptables”.

Esta advertencia nos recuerda la peor arremetida contra la democracia que ha vivido Ecuador en las últimas cuatro décadas. En la época de la revolución ciudadana, su líder se autoconsagró el jefe de todas las funciones del Estado e intentó eliminar a todo el que se cruzaba en su camino, incluyendo jueces. Al contrario de mejorar la calidad democrática o la situación del país, dejó deudas en derechos humanos, economía, control de la corrupción, libertad de expresión e inversión privada nacional y extranjera.

Es inaudito que el país busque repetir la misma fórmula, ya fracasada. La Corte Constitucional no es infalible. Sus fallos han alterado la paz nacional, como el que provocó la muerte cruzada, pero los límites democráticos deben ser respetados y quien tenga la voluntad política de limpiar al Estado de corrupción y crimen organizado, deberá hacerlo mediante el ordenamiento jurídico existente y respetando la doctrina internacional, pues ambas contienen normas que lo permiten.

sos mesiánicos que prometen redención, a menudo en nombre de ideologías que dicen combatir la opresión. Sin embargo, esta necesidad de dar órdenes y ejercer control revela, más que liderazgo auténtico, un profundo complejo de inferioridad disfrazado de autoridad moral o divina.

El poder ejercido sin legitimidad ni participación ha sido uno de los mayores mecanismos de deshumanización. Se anula la libertad de elegir y se impone un sistema de obediencia ciega. Cada ser humano nace con el

mismo valor y dignidad; nadie está por encima de otro por designio celestial, linaje o fuerza. La noción de “gobernantes elegidos por Dios” es una construcción arcaica sostenida por modelos donde la capacidad de mandar se convierte en un fin en sí mismo. El orden jerárquico, lejos de organizar el bienestar colectivo, perpetúa la dominación de una élite que disfruta de los privilegios del poder. La creencia de que algunos están “llamados” a gobernar responde, en muchos casos, a una necesidad narcisista

ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net

El legado de un hombre visionario

Eltiempo aquilata y nos da la verdadera dimensión de los hechos y de las personas, cuando tenemos la perspectiva de los espacios, de los tiempos transcurridos y como la vida de un individuo ha impactado no solamente en su familia y en su entorno cercano, sino que va mucho más allá, puesto que sus ejecutorias se sintieron y continúan ejerciendo su influencia en un radio de acción mucho más amplio. Estas ideas surgen precisamente en torno a la personalidad de un constructor, idealista, que proviene del interior de la provincia de Loja y que impacta con su trabajo, sus iniciativas y su visión en las diversas geografías del país, nos referimos a Julio Hidalgo González, quien supera las dificultades de una niñez y de unos primeros años nada fáciles, en los que el trabajo es parte de sus actividades diarias, combinado con el estudio y luego con aprendizajes y emprendimientos que le impulsan a sentar las bases de un grupo empresarial poderoso, consciente de su rol en el desarrollo del país y que ha extendido su accionar a diversos países del continente americano. Ese empuje y trabajo es secundado de manera firme y amorosa por su esposa Olvia Barahona, con quien no solamente conforma una familia, sino que también forjan el emprendimiento que dará inicio al despegue de una robusta empresa constructora. He visto el trabajo de la empresa Hidalgo & Hidalgo constructores, una empresa generadora de empleo y de bienestar, solidaria con sectores a los que ha llegado con su influjo benéfico, protectora de las artes, la educación la cultura, tanto en la provincia natal de la que surge el patriarca, como también en diversos sectores del país, lo que habla bien de los miembros de la familia Hidalgo Barahona y de quienes son parte de su entorno empresarial.

Pero hay también otro elemento que quiero destacar, y es que, bajo el liderazgo de Juan Francisco Hidalgo, ya en esta segunda generación que se hace cargo de la empresa, prima un amor filial, un reconocimiento de la valía de los progenitores que son quienes inician la saga familiar y cuya memoria cultivan con un afán encomiable y que habla tan bien de esta familia que desciende de un tronco robusto, excepcional. En tiempos como los actuales, duros, difíciles, vale la pena resaltar los valores familiares, empresariales, ciudadanos, que en este caso, dieron inicio con la figura y la personalidad de Julio Hidalgo González, en cuya memoria escribimos estas palabras, como un homenaje al centenario de su nacimiento.

de afirmación personal más que a una vocación de servicio. Esta adicción al mando revela la verdadera psicopatología del poder. Cuando un individuo, embriagado por el control, empieza a creerse superior a los demás, la libertad se convierte en un obstáculo, y el poder, en una enfermedad que prioriza los instintos sobre la razón. Es en ese escenario donde se originan los regímenes autoritarios, la servidumbre moderna y la corrupción estructural. El populismo, por ejemplo, revela esta fragilidad psicoló-

gica. Esta patología política ha causado innumerables guerras, persecuciones y masacres a lo largo de la historia, en nombre del control absoluto y la necesidad de someter a la sociedad a los caprichos del líder de turno. Hoy más que nunca, es urgente repensar el poder no como dominación, sino como responsabilidad compartida. La salud de la democracia está en su capacidad de proteger la igualdad y reconocer que la autoridad legítima solo nace de la ética, el consenso y el respeto a la dignidad humana.

¿El Gobierno podrá eliminar el Cpccs?

Terminar con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), institución encargada de designar altas autoridades, está entre las preguntas de la próxima consulta popular. Pero su eliminación está en duda, ya que expertos observan inconvenientes jurídicos.

El Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social (Cpccs) arrastra períodos cuestionados por la falta de celeridad en los procesos para designar autoridades, así como por las alineaciones políticas de sus vocales.

El periodo actual, liderado por Andrés Fantoni, no escapa a esas críticas, aunque el 6 de agosto de 2025 defendió la gestión.

El Cpccs tiene en sus manos, por ejemplo, el proceso para designar a la nueva autoridad para la Fiscalía General del Estado y a vocales del Consejo de la Judicatura

Eliminar al Cpccs es uno de los temas planteados en la próxima consulta popular del presidente Daniel Noboa. Sin embargo, no es una propuesta nueva. Esto fue planteado en 2019 por parte del Comité por la Institucionalización Democrática, pero la iniciativa no fue aprobada por la Asamblea

Nacional de ese entonces.

El expresidente Guillermo Lasso, en 2023, también incluyó dos preguntas de referéndum para eliminar la facultad de designación del Cpccs y cambiar la forma de elección de sus vocales, pero tampoco fueron aprobadas en las urnas.

Antecedentes jurídicos en la Corte Constitucional

La pregunta propuesta para la consulta popular de Noboa es: ¿Está usted de acuerdo con eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), y transferir sus deberes y atribuciones a la Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo y Contraloría General del Estado, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

El constitucionalista Carlos De Tomaso recuerda que la Corte Constitucional (CC) ya estableció, en un dic-

tamen previo el 21 de agosto de 2019, que “la eliminación del Cpccs tiene que ser por reforma parcial ”. Por eso, el jurista considera que “es muy probable que la Corte ratifique su criterio”.

En ese dictamen consta que “respecto de la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, este Pleno de la Corte Constitucional ya se pronunció mediante Dictamen N° 3-19-RC/19, en el sentido de que es pertinente el procedimiento de reforma parcial”.

Sin embargo, “la Corte sí admitió como enmienda el traslado de competencias del Cpccs a la Asamblea Nacional. Por lo que, si la pregunta cambia, sí podría ser aprobada como enmienda”, apunta De Tomaso.

Fallas en el planteamiento de la pregunta

La pregunta de Noboa realmente contiene dos pregun-

tas, observa De Tomaso: eliminar al Cpccs y transferir funciones.

“Es muy probable que la parte de eliminar la vete la CC y diga que debe ser tramitada en la Asamblea como reforma parcial. Respecto del traslado de funciones, la CC debería aprobarlo para que vaya a consulta bajo la figura de enmienda constitucional”, expone el jurista.

Si la CC ratifica la vía de la reforma parcial, la pregunta de eliminar al Cpccs tiene que ser enviada a la Asamblea para su trámite (como ocurrió con la reforma parcial para poder establecer bases militares extranjeras) y no entraría en la consulta popular de finales de este año.

“Si va a la Asamblea, la Constitución establece que entre el primer y segundo debate debe pasar 90 días y luego ir a referéndum”, recuerda De Tomaso.

“Hoy el país no tiene preguntas. Hoy el país tiene un anuncio. No se conocen los anexos”, recalca, por su parte, el constitucionalista José Chalco. Por lo tanto, no se conocen las dimensiones de las propuestas anunciadas, añade. Hasta la tarde del 6 agosto, la CC no recibió las preguntas.

“La Constitución puede llegar a ser coqueta para el presidente (Noboa). Plantea esta tercera pregunta, donde lo que anuncia tiene algo deseable para el país. Hay consenso, que es el eliminar el Cpccs , pero está mal presentada. Yo he sido uno de los más categóricos en decir: elimínese el engendro del Cpccs , pero elimínese bien”, cuestiona Chalco.

competencias”, señala. Así, el Cpccs como institución seguirá existiendo.

¿Qué alternativas quedan?

Para Chalco, el cambio constitucional deseable implica tener un bicameralismo . Es decir, eliminar el Cpccs y dar paso un bicameralismo. “Una Cámara Baja que se encargue de leyes y un Senado que se encargue de la designación de autoridades más importantes del Estado. Esa es la posibilidad más coherente y responsable con el país. ¿Cómo se hace eso? Con una reforma parcial”. Chalco observa dos actitudes del Gobierno: “Ataca la CC por la suspensión provisional de normas , pero también le va a enviar las preguntas para que se pronuncie sobre una consulta popular”. Eso es confianza en la institucionalidad, según el experto.

Mientras tanto, Noboa alista una marcha hacia la CC para defender la vigencia de las leyes impulsadas por su Gobierno. Chalco recuerda que el mandatario o cualquier persona tienen derecho de marchar, pero recalca que la decisión de la CC es una decisión jurídica en la cual no se debe montar ningún espectáculo político, ideológico, ni de oposición, ni del Gobierno.

El analista político Lolo Echeverría también ve una “ambigüedad” en el contenido de la pregunta 3 y avizora que la CC no la aceptará porque “el procedimiento es equivocado”, y así no podría avanzar el trámite.

El “castrar” al Cpccs no servirá, según el analista. Plantea identificar la fórmula de evitar que incumplan sus obligaciones y responsabilidades, pero no eliminarlo. “Lo que debe cambiar es que los políticos no metan mano y no controlen este organismo. El daño está en que los vocales que van al Cpccs no representan a los ciudadanos, sino a los partidos políticos. Ese es el daño fundamental. Eso es lo que hay que corregir”. (KSQ)

Coincide con De Tomaso en que el problema es que en la pregunta de Noboa hay dos contenidos. “El anuncio (de Noboa) en la red social X dice que esto se haga vía enmienda. Ese es el error que existe. La eliminación requiere otro trámite (la reforma parcial). Indiscutiblemente, el trámite que requiere es más largo, por eso se dijo desde hace meses: presidente, hágalo, desmonte el Cpccs con reforma parcial. Pero se ha demorado y solamente quedará (para la consulta popular) la segunda parte, que es el transferir Te puede interesar: www.lahora.com.ec

ENTIDAD. Uno de los vocales del Cpccs, Gonzalo Albán, respalda la propuesta del presidente Daniel Noboa para eliminar la institución, lo que está en duda debido a la formulación de la pregunta. (Foto: Cpccs).

ENTIDAD.

Justicia: Piden a la Corte Constitucional detener declaratoria de emergencia

Desde la Asociación de Magistrados y Jueces del Ecuador (Aemaj) se cree que lo que se pretende con la declaratoria de emergencia al sistema judicial es poner jueces afines al régimen.

La Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces del Ecuador (Aemaj) pide a los jueces de la Corte Constitucional (CC) celeridad, admitir a trámite y dar tratamiento a su demanda de inconstitucionalidad planteada en contra de la vigencia de la Ley de Integridad Pública.

La acción legal, que fue presentada en la CC el 16 de julio de 2025, incluyó una solicitud de medida cautelar de suspensión temporal de la reforma al artículo 269 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), que abre la puerta a un procedimiento excepcional para la declaratoria de

emergencia en la Justicia, el cual incluye:

1Establecer un régimen especial y expedito de ingreso a la carrera judicial.

2Reasignar y requerir recursos presupuestarios para atender la emergencia.

3Realizar evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales, afectando la carrera y la independencia judicial.

4Realizar las contrataciones por emergencia.

La facultad para declarar la emergencia le corresponde al Consejo de la Judicatura (CJ), como máximo organismo de administración y disciplina de la Función Judicial.

Nuevos vocales del Consejo de la Judicatura

° A los actuales vocales del CJ, Mario Godoy, Yolanda Yupangui y Solanda Goyes, en funciones desde enero de 2025, les quedan pocas semanas de gestión. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) avanza en la designación de sus reemplazos que ejercerán el periodo constitucional 2025-2031. Los nuevos vocales serán elegidos de ternas de candidatos propuestos por la Presidencia de la

Sin embargo, la Aemaj advierte que es necesario detener su aplicación para que “no genere daños que pueden ser irreversibles para el sistema judicial y la democracia, evitando la escalada de un conflicto social”.

Luis Ávila , vocero de la Aemaj, explica que el ingreso súbito de servidores judiciales y, al mismo tiempo, la evaluación intempestiva aplicando nuevas reglas para la evaluación, generaría la ruptura de la carrera judicial, precarización del trabajo y la pérdida y afectación de la independencia judicial en favor de los usuarios del sistema.

“Se pronostica una grave-

República, la Asamblea Nacional, la Fiscalía General del Estado, Defensoría Pública y Corte Nacional de Justicia (CNJ).

De esta manera, lo más seguro es que sean las nuevas autoridades, que podrían ser designadas hasta antes de que finalice agosto de 2025, quienes adopten la decisión de declarar la emergencia judicial.

Desde que la reforma al Código Orgánico de la Función Judicial se aprobó en la Asamblea, el 24 de junio, varios han sido los intentos por detener su ejecución y frenar la decisión.

dad inminente y la dificultad de reparación en caso de que se aplique la emergencia”, remarcó Ávila.

Alertó que, incluso, no estaría descartado hacer constar en el nuevo reglamento de evaluación herramientas subjetivas o mecanismos como pruebas de confianza con la aplicación del polígrafo y otras evaluaciones psicológicas

“Lastimosamente se buscaría utilizarlo en el país para excluir a personal o removerlo”, dijo.

Según señaló, en otros países se usa este mecanismo, pero para determinar qué otras funciones podría cumplir un servidor público o privado, mas no para removerlo o para impedir que participe en un concurso público.

“Esto no daría oportunidad a los servidores judiciales a ser evaluados correctamente”, remarcó Ávila.

¿Se pretende intervenir en el poder judicial? Luis Ávila coincidió con otros sectores de que, con

la “declaratoria ficticia de la emergencia”, se pretendería básicamente intervenir en el poder judicial, restarle autonomía al sistema de Justicia y poner jueces que corresponden al régimen.

Considera que, con esto, si la declaratoria de emergencia no se suspende, “básicamente se afectaría la estabilidad democrática del país”.

Adelantó que en caso de que la CC no lo decida y no haya las condiciones para que se suspenda la emergencia, los jueces acudirán a instancias internacionales como el Sistema Interamericano de Derechos para solicitar medidas provisionales.

Ávila expone que la decisión de ir a una “emergencia” responde a una crisis del sistema judicial porque, entre otros temas, se ha reducido el presupuesto del Estado.

Además, se ha reportado inestabilidad en el poder judicial , mencionando que por el Consejo de la Judicatura han pasado cinco presidentes en los últimos cinco años. Y de los cinco vocales, apenas tres están en funciones.

“Con este contexto, precarizar aún más el poder judicial y exponer a los jueces a ser removidos con procedimientos que no observan los derechos, llevará a un empeoramiento de la crisis política”, enfatiza. (SC)

La Asociación de Magistrados y Jueces del Ecuador (Aemaj) funciona en la Corte Nacional de Justicia (CNJ). (Foto: Archivo)

Dilema laboral: hay vacantes, pero faltan habilidades

La Encuesta de Demanda de Habilidades Laborales, desarrollada por el Ministerio del Trabajo con apoyo del BID, revela una paradoja que afecta a los dos mayores polos económicos del país. Mientras el empleo adecuado apenas alcanzaba al 35% de los trabajadores, más del 15% de las empresas en Quito y el 10% en Guayaquil tienen vacantes sin cubrir.

En las calles de Quito y Guayaquil , miles de personas buscan trabajo. Sin embargo, dentro de oficinas, talleres y almacenes , muchos empleadores siguen esperando al candidato adecuado. No es que falte gente: lo que escasea son las habilidades que el mercado necesita.

La Encuesta de Demanda de Habilidades Laborales , desarrollada por el Ministerio del Trabajo con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), revela una paradoja que afecta a los dos mayores polos económicos del Ecuador. Mientras que el empleo adecuado apenas alcanzaba al 35% de los trabajadores a nivel nacional, más del 15% de las empresas en Quito y el 10% en Guayaquil tenían vacantes sin cubrir.

¿Qué buscan en Quito y Guayaquil?

La composición del empleo refleja las diferencias entre la capital y el puerto principal. En Quito, predominan los técnicos y profesionales de nivel medio , así como el personal administrativo En Guayaquil, en cambio, las ocupaciones más comunes son las elementales: trabajos manuales, rutinarios y físicamente exigentes. Esto condiciona también las vacantes. Las empresas quiteñas tienen más dificultades para contratar operarios especializados . Mientras que en las guayaquileñas, el problema está en los cargos de gerencia y dirección, que exigen experiencia y competencias específicas. Pero también hay coincidencias claras. Tanto en Quito como en Guayaquil, los empleadores priorizan tres tipos de habilidades:

• Competencias técnicas específicas de la

ocupación.

• Habilidades digitales básicas e intermedias (como Excel, manejo de internet y correo).

• Comunicación clara, trabajo en equipo y liderazgo.

Sin embargo, no siempre las encuentran. Casi el 41% de las empresas reconoció enfrentar problemas para cubrir vacantes , principalmente por falta de experiencia y carencia de formación técnica.

Así el panorama, el tiempo promedio para cubrir un puesto supera las tres semanas y pueden llegar a varios meses.

Además, la forma en que se busca personal varía: en Guayaquil predomina el “boca a boca” (recomendaciones personales), mientras que en Quito destacan las redes sociales corporativas.

Si se analiza por sectores económicos, incluso en los más dinámicos existen pro-

blemas para cubrir todas las vacantes

En Quito, las vacantes difíciles de cubrir se concentran en construcción (36%), comercio (27%) y servicios (26%). En Guayaquil, la mayor dificultad está en comercio (36%), seguido por servicios (27%) y construcción (22%).

En cuanto a ocupaciones específicas, en Quito las más difíciles de llenar son operarios como soldadores, técnicos de mantenimiento, mecánicos y conductores . En Guayaquil, el desafío está en encontrar profesionales calificados para puestos directivos, lo que sugiere una escasez de liderazgo capacitado.

“Quito tiene el talento técnico, pero le falta músculo operativo. Guayaquil tiene el músculo, pero le falta cabeza estratégica. Esa brecha entre oferta laboral y demanda empresarial no se resuelve con más hojas de vida, sino con formación pertinente y experiencia real”, apuntó Eduar-

Guayaquil brindaron algún tipo de formación en 2023, especialmente las grandes. Sin embargo, muchas otras alegan falta de presupuesto para capacitar a sus trabajadores.

La encuesta sugiere varios caminos para revertir esta desconexión entre quienes buscan empleo y quienes lo ofrecen:

Fortalecer las políticas de capacitación técnica, alineándolas con las necesidades de sectores clave como comercio, servicios y construcción.

Difundir mejor a las plataformas como Encuentra Empleo y el Secap, poco conocidas entre empleadores, pero fundamentales para conectar talentos y necesidades.

Fomentar certificaciones por competencias, especialmente en ocupaciones donde la experiencia pesa más que los títulos.

Incluir habilidades blandas y digitales en los programas de formación , no solo técnicas.

do Ortega, economista y emprendedor. Añade que la reforma laboral que necesita el país va más allá de modalidades de contratación, sino también de formación y facilidades para formalización , porque considera que la brecha se profundiza en la mayoría de tejido empresarial informal que tiene el país.

Formación no se adapta al mercado laboral

Un dato revelador es que, aunque el 79% de los trabajadores en Quito y el 82% en Guayaquil son considerados competentes por sus empleadores, persisten brechas importantes, especialmente en vendedores, trabajadores de servicios y agricultores. Es decir, aunque muchas personas ya están empleadas, no tienen todas las habilidades que exige su cargo. Por eso, la capacitación aparece como una estrategia crítica. El 78% de las empresas en Quito y el 66% en

La encuesta también revela que el uso de plataformas públicas como Encuentra Empleo es mínimo , donde solo el 7% de las empresas las conocen y han utilizado. Esto representa una oportunidad desaprovechada para mejorar la intermediación laboral y conectar con perfiles capacitados, especialmente en ciudades donde los canales de reclutamiento son informales.

La inclusión laboral aún es baja

Uno de los objetivos de la encuesta fue detectar barreras para la inserción de grupos vulnerables. Sin embargo, los resultados muestran que la mayoría de las empresas aún no ha tomado medidas activas para contratarlos, revelando lo siguiente:

Solo el 15% de las empresas ha contratado personas migrantes en los últimos dos años.

Apenas el 10% ha incorporado personas con discapacidad. La presencia femenina en cargos de liderazgo sigue siendo baja, especialmente en Guayaquil, donde los hombres ocupan el 90% de estos cargos. (JS)

HECHO. Muchos ecuatorianos buscan empleo, pero no todos tienen las habilidades que buscan las empresas.

¿Existen razas de perros prohibidas en Ecuador?

En lo que va de 2025, 9.236 personas fueron mordidas por perros. Existen países que prohíben la tenencia de determinadas razas. ¿Qué pasa en Ecuador?

El ataque de un perro a una niña de cuatro años de edad quedó registrado en video. Ocurrió el 29 de julio de 2025, en Guayaquil, donde el can – de raza Pitbull, que estaba suelto– se abalanzó contra la menor y mordió su cabeza.

En el mundo existen países con razas de perros consideradas potencialmente peligrosas, cuya tenencia está normada o prohibida.

En Irlanda, por ejemplo, desde febrero de 2025, la posesión de la raza bully XL solo es posible de tener con un certificado de exención. Además, está prohibida su cría, venta, importación y realojo (dar en adopción).

Mientras que, en Reino Unido, la Ley de Perros Peligrosos prohíbe la tenencia de razas: pitbull terrier, el tosa inu, el dogo argentino y el fila brasileiro.

Bajo estos ejemplos internacionales, es importante preguntarse: ¿qué pasa en Ecuador?

¿Hay prohibición de razas de perros en Ecuador?

En Ecuador, en lo que va del 2025, 9.236 personas fueron mordidas por perros, lo que supera a todo el año 2021, cuando hubo 9.063 casos.

En medio de estas estadísticas, el país no cuenta con una ley nacional que prohíba específicamente ciertas razas de perros. Sin embargo, sí existen regulaciones y ordenanzas locales emitidas por cada municipio donde se establecen normas para la tenencia responsable de perros y cómo – por ejemplo–pasear a un can considerado peligroso.

Quienes viven en Quito, en particular, deben pasear con bozal a los perros que hayan sido diagnosticados como peligrosos. Esto suele hacerse lue-

MASCOTAS. La agresividad de un perro no está determinada por su raza.

go de que un perro haya atacado o presente comportamientos peligrosos. La evaluación la hace un profesional.

La ordenanza de la capital señala que circular con perros diagnosticados como peligrosos en el espacio público o comunitario, exceptuando los lugares de esparcimiento infantil, se debe hacer con un arnés en ‘H’ y una traílla que garantice la sujeción. Además, estas mascotas deberán usar un bozal de canasta o collar de cabeza, y un collar visible de color rojo.

En el Registro Metropolitano de Fauna Urbana (Remetfu) deben estar inscritos los perros diagnosticados, en la categoría especializada para animales de compañía calificados como peligrosos.

En cuanto a razas específicas, existen organizaciones que puedan guiar a los dueños de los canes sobre las normas de tenencia. Por ejemplo, la Asociación de Criadores de Perros Rottweiler del Ecuador (Asoro) tiene protocolos sobre la crianza y reproducción.

Munic ipios como el de Durán (Guayas) tienen una ordenanza que regula la tenencia de perros peligrosos y potencialmente peligrosos, de acuerdo con su peso. “Se consideran perros peligrosos aquellos que por sus características morfológicas tienen gran fuerza, un peso mínimo de 20 kg, tienen cuerpos musculosos, cabezas grandes con mandíbulas potentes, poseen gran resistencia al dolor y se supone que agresividad o valor por encima de la media”.

En estos casos, la norma municipal indica que los dueños deben tener a sus perros (sin que se especifique una raza), en un lugar seguro. En caso de pasearlos, deben salir sujetados con collar y un bozal. (AVV)

Cannabis: buscan legalizar el autocultivo y el consumo comercial

El proyecto de ley busca fomentar el uso responsable del cannabis a través de políticas públicas que promuevan la regularización, la capacitación y eviten la criminalización.

La iniciativa de generar una propuesta de proyecto de ley que regularice el uso del cannabis en Ecuador surgió en 2022, a partir de un movimiento ciudadano, pero el objetivo de implementarlo ya existía hace más de 10 años.

Sin embargo, fue en enero de 2025 que el Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó la recolección de firmas de respaldo para la iniciativa popular normativa del “Proyecto de ley orgánica para la regulación integral del uso responsable de cannabis en Ecuador”. Las firmas necesarias corresponden al 0,25% del registro electoral nacional, que representa alrededor de 35.000 rúbricas para que proceda a tratarse en

CANNABIS. Las condiciones climáticas de Ecuador permiten que el país sea competitivo a nivel internacional en la producción de materia prima y productos terminados. (Foto referencial)

la Asamblea Nacional (ver recuadro).

¿Qué incluye la propuesta de ley?

La propuesta está enfocada en una regulación integral del cannabis. Es decir, del uso completo de la planta, enfocada en el cuidado y regularización desde su consumo, su producción hasta la educación al respecto. Así lo explica Daniela Onofre, vocera de la Red de Acción Cannábica del Ecuador (Redcann), una agrupación que reúne a organizaciones cannábicas, profesionales, activistas y usuarios a nivel nacional.

De igual manera, Cristina Martínez, vicepresidenta de la Fundación Ecuatoriana de Medicina Cannábica (Femca), indica que el proyecto tiene como prioridad la prevención del uso problemático en niños y jóvenes que inician a una temprana edad en el consumo de sustancias psicoactivas.

Además, la promoción de un producto de calidad regularizado que evite el consumo de sustancias contaminadas, tóxicas, o que puedan generar problemas de salud mental.

Autocultivo y consumo comercial

El proyecto incluye dos tipos de producción: el autocultivo y el consumo comercial

En el primero, el autocultivo es sin fines comerciales, es decir personas usuarias que podrán cultivar en sus hogares para uso propio. “Se proponen 30 plantas por hogar, organización, etc., que va de la mano de espacios seguros de consumo”, que estarían destinados a personas adultas consumidoras, señala Onofre.

En relación al cultivo comercial, el objetivo es crear una industria regularizada en cuanto al uso medicinal. Daniela explica que el reglamento actual permite el uso medicinal bajo receta médica, pero existe un vacío en cuanto a la producción.

20.000 de 35.000 firmas recolectadas

° A principios de agosto de este año se venció el plazo de seis meses para la recolección de firmas, con un total de 20.000 recolectadas a través de la autogestión de la comunidad cannábica y sin ningún presupuesto.

Frente a este escenario, Onofre explicó que actualmente están exigiendo una prórroga, después de que recién en esta semana el CNE informara que debían acudir a la Asamblea Nacional en primera instancia.

“Pensamos que nos están poniendo trabas; sin embargo, queremos aprovechar la oportunidad y pedir a la Asamblea que nos dé más tiempo para completar las firmas, pero a la par presentar esta propuesta a las diferentes comisiones y esperar que alguien se interese en este proyecto”, indica Daniela. Explica que este proyecto podría significar la solución a temas problemáticos en Ecuador relacionados con la salud, la justicia social, la economía, el tema ambiental e incluso la crisis de las cárceles.

estándares, sin uso de agroquímicos y a un precio justo, son otras de las propuestas que el proyecto presenta.

Este punto también se enfoca en un “consumo basado en evidencias científicas y el acceso terapéutico”, expresa Martínez.

Los extractos de esta planta se investigan en el tratamiento de enfermedades como la epilepsia, el cáncer, el Parkinson y el Alzheimer, así como para aliviar dolores musculares, mejorar el apetito en personas con VIH, reducir la ansiedad, entre otros.

Uso recreativo o ‘uso adulto’

Este uso lúdico de la planta, catalogado como ‘uso adulto responsable’ dentro del proyecto, permite el consumo de cannabis por personas adultas bajo supervisión de expertos, como médicos y psicólogos, para evitar el uso problemático o que sean criminalizados por su consumo.

Los clubes y tiendas con regulaciones y controles de segu-

La propuesta incluye a personas desde los 18 años, pero se espera aumentar esta edad a los 21 años.

ridad permitirían un consumo responsable desde la concentración de cada compuesto en las semillas. “El acompañamiento es importante para reducir daños”, explica Martínez.

Educación y reducción de daños

La propuesta de ley incluye la creación de un instituto nacional de regulación del cannabis como entidad de regularización, control de cultivo, supervisión y comercialización, en conjunto con el Ministerio de Salud.

Con la educación como pilar, el proyecto impulsa talleres y capacitaciones para reducción de riesgos y daños. Se propone la inversión del Estado en campañas de educación con el fin de prevenir el uso temprano de cannabis en niños, niñas, jóvenes, así como poblaciones vulnerables y para las personas que ya presentan un uso problemático. (CPL)

“Como paciente, no sabes a dónde acudir para comprar tu medicina o qué productor va a ofrecerte el producto”, menciona.

La propuesta, entonces, incluye esta regulación al igual que la que tiene el CBD, pero con licencias accesibles y a precios justos para nuevos productores.

“Ecuador es uno de los países más importantes en abastecer materia prima a otros países, lo que quiere decir que funcionó la regulación del CBD. Entonces de esa misma forma queremos que sea el THC”, afirma.

Expertos y dispensarios autorizados

El uso medicinal del cannabis bajo una receta médica emitida por un profesional experto en el sistema endocannabinoide, la implementación de dispensarios médicos que aseguren una buena calidad de producto con

NOTARIO(A) VERONICA KATERINE ARMIJOS AGURTO NOTARIA TERCERA DEL CANTON LOJA

AVISO NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE BIENES EN UNIÓN DE HECHO

De conformidad en lo dispuesto en el numeral 23 del Artículo 18 de la Ley Notarial, se pone en conocimiento del público en general que se va a proceder a la inscripción de la Liquidación de la sociedad de bienes en unión de hecho habida entre los señores ROSA ELVIRA MINGA SARANGO Y ANGEL BENIGNO LOZANO LOZANO, convenio celebrado mediante escritura pública otorgada en la Notaría Tercera del cantón Loja, el día trece de junio de dos mil veinticinco, y que comprende lote de terreno signado con el número SEIS (6), de la Manzana "K" del plano de subdivisión, ubicado en el barrio Jipiro, parroquia El Valle, cantón y provincia de Loja, lote de terreno signado con el número VEINTIUNO (21), de la manzana "J" del plano de subdivisión, ubicado en el barrio Jipiro, parroquia El Valle, cantón y provincia de Loja; y, lote de terreno número uno (1), hoy con construcción, ubicado en la Zona Pie de Milla, parroquia San Lucas, cantón y provincia de Loja. Particular que comunico para los fines legales consiguientes y de no existir oposición en el término de veinte días contados desde la publicación del presente extracto se dispondrá dicha Inscripción.Loja, 13 de junio de 2025

Dra. Verónica Armijos Agurto NOTARIA TERCERA DEL CANTÓN LOJA

Quito alista un feriado con luces, sabor y cultura

Del 8 al 11 de agosto de 2025, Quito ofrecerá más de 12 eventos que activan el turismo urbano y rural: mapping patrimonial, globos aerostáticos, ferias gastronómicas y rutas rurales invitan a disfrutar el feriado del Primer Grito de Independencia.

Del 8 al 11 de agosto de 2025, Quito vivirá un feriado lleno de actividades turísticas, culturales y recreativas que buscan dinamizar la economía, atraer visitantes y posicionar a la capital como un destino urbano y rural de alto valor.

Más de 12 eventos están programados en distintos puntos de la ciudad y las parroquias rurales, con énfasis en el Centro Histórico, los parques metropolitanos y zonas naturales de la ruralidad quiteña.

Uno de los principales atractivos será la segunda edición del Festival de Mapping Quito, Luz de América, que iluminará siete espacios emblemáticos con historias tradicionales, leyendas y elementos patrimoniales.

Este evento se realizará del 8 al 10 de agosto, de 19:00 a 23:00, con proyecciones artísticas en la Iglesia San Francisco, el Teatro Nacional Sucre, la Basílica del Voto Nacional y la Iglesia de Santo Domingo.

A estas se suman activaciones lumínicas en el parque La Alameda y La Carolina, así como una experiencia inmersiva en el Jardín Botánico bajo el concepto “Noches de Luz”.

Según Alejandra Ordóñez, gerente de Quito Turismo, en 2024 este evento recibió 280.000 visitantes en los tres días, generando un gasto aproximado de $1,9 millones por parte de los asistentes, principalmente en alojamiento, alimentación y transporte.

Para 2025, la expectativa es mantener e incluso superar esa cifra. “Esperamos 5.000 personas por cada punto de mapping, distribuidas en las distintas rutas”, indicó.

La edición 2025 también crece en cobertura: pasa de cinco espacios mapeados del Centro Histórico en 2024, a siete este año, lo que permite una experiencia más amplia y diversa.

Además de las proyecciones, se realizan ferias artesanales y gastronómicas en los alrededores.

Sector turístico con expectativas

° La reducción del IVA del 15% al 8%, vigente para establecimientos con registro turístico, también impulsa el movimiento económico. Diego Vivero, presidente de la Agremiación de Restaurantes de Pichincha, destacó que este incentivo es clave para aumentar el consumo en restaurantes, hoteles y operadores turísticos durante el feriado.

Sandra Cisneros, presidenta de la Asociación de Hoteles de Pichincha, señaló que al ser un feriado previo al regreso a clases, la ocupación hotelera tiende a disminuir, pero cree que el Centro Histórico será una excepción gracias a la afluencia generada por el festival de mapping.

“Buscamos contar historias tradicionales quiteñas en las fachadas patrimoniales y posicionar este festival como un producto turístico estacional, con demanda local, nacional e internacional”, explicó Ordóñez.

En 2024, según datos levantados por Quito Turismo, asistieron 63.000 visitantes nacionales y extranjeros, entre ellos 24.000 turistas internacionales.

Sabores y globos para todos En paralelo, Quito acogerá el Hueca Fest 2025, del 8 al 11 de agosto, que reunirá a más de 130 huecas bajo el lema “Sabe a Ecuador”. La gastronomía será el eje central de esta feria, que también incluirá expresiones culturales como la Mama Negra de Latacunga y la Diablada de Píllaro, así como la presencia de embajadas invitadas de Perú, Colombia y Cuba.

Otro evento destacado será el Festival Internacional del

esa oferta”, señaló Ordóñez. En Puembo, por ejemplo, se puede visitar The Happy Farm, un parque agro-educativo con paseos a caballo, siembra en huerto, carreta, alimentación de animales y exploración del entorno natural.

Además, caminar por los caminos de chaquiñanes hacia los cañones de los ríos Chiche, Guambi y Guayllabamba, es ideal si disfrutas del senderismo y miradores espectaculares. Visitar Yaruquí y realizar trekking o camping en el cerro Cotourco, con vistas 360° y aire puro de la Sierra, es otra de las opciones; así como conocer la destilería de agave Adean Agave, degustando el ‘chawarmishki’ ancestral e interactuando con los cultivos.

El Museo Eco-Cultural Ñukanchik Yuyay, donde se explora arte, medicina ancestral, costumbres y gastronomía local, está dentro del ‘menú’ para el feriado; además de explorar la mística Gruta del Niño de El Tejar y las 700 gradas al límite con Pifo.

En Lloa, al subir al Santuario de la Virgen del Cinto, hay un mirador con vistas a picos volcánicos como el Guagua Pichincha. O aventúrate hasta el volcán Guagua Pichincha, acampando cerca del refugio, ideal para senderismo avanzado.

Globo, que se desarrollará en la Ciudad Mitad del Mundo, con el respaldo de la Prefectura de Pichincha. Desde las 05:30 hasta las 08:00, se elevarán 20 globos aerostáticos cada día. Y por las tardes habrá presentaciones musicales con artistas como Aterciopelados, Trueno, Herbert Vargas y Widinson.

Turismo rural y naturaleza para explorar

Quito Turismo también incentiva a que los quiteños y visitantes exploren las parroquias rurales del Distrito Metropolitano, como Puembo, Yaruquí, Lloa, Calacalí y Alangasí, donde se pueden realizar caminatas, visitas agroturísticas, rutas gastronómicas y más, en escenarios naturales dentro de la reserva de biósfera del Chocó Andino. “La ciudad tiene una atractividad natural impresionante. Las zonas rurales ofrecen biodiversidad, cultura y experiencias únicas. Este feriado es una oportunidad para redescubrir

Relájate en las aguas termales y cascadas de Urauco, combinadas con senderos naturales y turismo vivencial.

En Calacalí puedes visitar el Monumento original de la Mitad del Mundo, punto histórico de referencia geodésica anterior al actual. Entra al Museo Casa de Carlota Jaramillo, dedicado a la Reina del Pasillo, con música, decoración y objetos de la artista.

Realiza ecoturismo, caminata, ciclismo, canopy, camping y avistamiento de aves en la Reserva Geobotánica del Pululahua y alrededores. Y no te puedes ir sin probar buñuelos, hornado, fritada y espumilla en el entorno local.

En Alangasí sube al cerro Ilaló para disfrutar de su cruzmirador y vistas panorámicas del valle y varios volcanes como el Cotopaxi, Antisana y Pasochoa. Relájate en el balneario termal El Tingo o en el complejo Angamarca/La Chorrera, que ofrecen piscinas, toboganes, sauna, hidromasaje y comida típica. (EC)

EVENTOS. Quito se prepara para un feriado largo con muchas actividades. (Foto: Quito Turismo)

Brasil acude a la OMC ante los aranceles de Trump

A pesar de que el Gobierno de Brasil ha reiterado su “disposición para negociar”, la situación con Estados Unidos escala a la Organización Mundial del Comercio (OMC).

El Gobierno de Brasil ha presentado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) una petición de consultas con Estados Unidos en relación a los aranceles indiscriminados de hasta el 50% impuestos por el presidente Donald Trump y que, a juicio del país sudamericano, “violan flagrantemente” los compromisos suscritos por Washington.

El Ministerio de Exteriores brasileño ha advertido en

un comunicado de que una “amplia gama” de productos se verán afectados por las tasas aplicadas desde este 6 de agosto de 2025, que según Brasil incumplen, por ejemplo, los límites arancelarios negociados bajo el paraguas de la OMC.

El Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva ha reiterado su “disposición para negociar”, para lo cual aspira a entablar consultas bilaterales con el país norteameri-

cano con vistas a encontrar una “solución”, si bien el mecanismo que busca activar Brasil no es inmediato.

Disputa a la vista

Ante la situación, las partes deberían pactar “en las próximas semanas” la fecha

Brasil admite la posibilidad de incluir minerales y tierras raras en las negociaciones

° El ministro de Hacienda, Fernando Haddad, ha confirmado la posibilidad de incluir minerales críticos y tierras raras en las negociaciones arancelarias con Estados Unidos para alcanzar un acuerdo entre ambos países y evitar así la tasa del 50% anunciada por el presidente estadounidense, Donald Trump, a las importaciones brasileñas.

“Tenemos minerales críticos y tierras raras. Estados Unidos no es rico en estos minerales. Podemos establecer acuerdos de cooperación para producir baterías más eficientes”, declaró Haddad en una entrevista con la radio local BandNews.

Otros sectores estratégicos destacados por

y el lugar de esas supuestas consultas. Sin embargo, en caso de que Estados Unidos no aceptara, Brasil se reserva el derecho de solicitar la puesta en marcha de un panel encargado de dirimir en esta disputa.

La semana pasada, tras el anuncio de Trump, Lula se mostró también “abierto al diálogo”, pero avisó de que las autoridades brasileñas trabajarían para proteger la economía nacional y dar respuesta a los nuevos aranceles, atribuidos a razones de índole política.

Precisamente, Trump anunció hace una semana la implementación de un arancel adicional del 40% sobre las importaciones brasileñas, elevando así la tasa hasta el 50%, para “enfrentar las recientes políticas” que el gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva está llevando a cabo, en especial el procesamiento “por motivos políticos” del expresidente brasileño, Jair Bolsonaro.

el ministro en los que ambos países podrían colaborar fueron las energías renovables o la tecnología.

Respecto al impacto inmediato de los aranceles, Haddad aseguró que Estados Unidos representaba el 25% de las exportaciones brasileñas, pero que esta cifra se ha reducido hasta el 12%. El Gobierno brasileño ya ha elaborado un plan de contingencia con medidas crediticias y apoyos de emergencia que será adaptado a la situación específica de cada sector.

Sin embargo, el titular de Hacienda ha reconocido que algunas empresas deberán invertir en nuevos equipos y reorientar su producción. En esos casos, “la solución podría ser una línea de crédito subsidiada”, apuntó.

Con todo, el representante gubernamental expresó su confianza en alcanzar un acuerdo con Estados Unidos, puesto que existen “muchas oportunidades de beneficio mutuo que se están bloqueando sin motivo alguno”. (Europa Press)

Con Gabriela Vivanco

Planificación patrimonial: organiza tus bienes y hereda sin conflictos

DISPUTA. Los aranceles estadounidenses sobre productos brasileños aumentaron oficialmente desde este miércoles 6 de agosto de 2025.

EE.UU. cancela contratos para desarrollar vacunas de ARNm

No obstante, el Departamento de Salud ayudará a investigaciones para vacunas que sirvan pese a las mutaciones de los virus.

El Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos (HHS, por sus siglas en inglés) anunció la

cancelación de 22 contratos para el desarrollo de vacunas basadas en ARN mensajero (ARNm), por un valor su-

perior a $500 millones, tras realizar una investigación que determina que tienen “más riesgos que beneficios” frente a los virus respiratorios.

“Los datos muestran que estas vacunas no protegen eficazmente contra infecciones de las vías respiratorias superiores como la Covid-19 y la gripe”, ha señalado el secretario de Salud de EEUU, Robert F. Kennedy Jr., quien ha anunciado en redes sociales la rescisión de los contratos y el traspaso de la cuantía que se dedicaba a su financiación a otras plataformas de vacunas “más seguras”.

Según ha detallado, la pandemia ya demostró la “ineficacia” de las vacunas de ARNm. “El problema es que el ARNm solo codifica una pequeña parte de las proteínas virales, generalmente un solo antígeno. Una sola mutación puede hacer que la vacuna pierda su eficacia”, según ha explicado, de tal forma que el HHS priorizará inversiones en aquellas soluciones que sí puedan mantener su eficacia incluso con las mutaciones del virus.

Desde el HHS han informado de que la cancelación de estos contratos afecta a proyectos de vacunas basadas en ácidos nucleicos con AAHI, AstraZeneca , HDT Bio y Moderna/UTMB. También supondrá el fin de los contratos con la Universidad Emory (Atlanta) y Tiba Biotech.

Además, reducirá el alcance del trabajo relacionado con el ARNm en los contra tos existentes con Luminary Labs, ModeX y Seqirus, y supondrá la cancelación de múltiples solicitudes de preadjudicación, incluidas

propuestas de Pfizer, Sanofi Pasteur, CSL Seqirus, Gritstone y otros.

Aunque el Departamento de Salud y Servicios Humanos ha precisado que algunos contratos que se encuentran en fase final sí podrán continuar su curso, para preservar la inversión previa realizada por los contribuyentes, ha aseverado que no se iniciarán nuevos proyectos basados en ARNm Con esta acción, el HHS pretende avanzar hacia un cambio de rumbo, que tiene como objetivo basar sus decisiones en plataformas con registros de seguridad más sólidos y prácticas transparentes de datos clínicos y de

fabricación. Así, las tecnologías que se financiaron durante la fase de emergencia, pero que no cumplen con los estándares científicos actuales, se eliminarán gradualmente en favor de soluciones “basadas en la evidencia y con fundamento ético ”, como las vacunas de virus completo y las nuevas plataformas.

“Seré absolutamente claro: el HHS apoya vacunas seguras y eficaces para todos los estadounidenses que las deseen. Por eso estamos superando las limitaciones del ARNm e invirtiendo en mejores soluciones”, ha destacado el secretario Kennedy. (Europa Press)

EXTRACTO

NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI: Cumplo en poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública, otorgada ante mi Doctor DIEGO XAVIER CHIRIBOGA PAZMIÑO, NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN RUMIÑAHUL, el día cuatro de agosto del año dos mil veinticinco, los ex cónyuges señores VICTOR SABINO GUAYASAMIN TOPÓN, portador de cédula de ciudadanía número: uno siete cero seis dos cinco cinco siete uno seis (1706255716), de estado civil divorciado; y, MARIA MAGDALENA TIPANTA CANTUÑA, portadora de cédula de ciudadanía número: uno siete cero cuatro seis dos nueve siete siete uno (1704629771), de estado civil divorciada; procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fue disuelta mediante divorcio de mutuo acuerdo el vínculo matrimonial existente entre ellos, en la Notaría Sexta del Cantón Ibarra, con fecha quince de diciembre de dos mil veintidós, debidamente marginada en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador, con fecha diecinueve de diciembre de dos mil veintidós.

La adjudicación del patrimonio se encuentran detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante la presente publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores VICTOR SABINO GUAYASAMIN TOPÓN y MARIA MAGDALENA TIPANTA CANTUÑA, de estado civil divorciados, otorgada mediante escritura pública el día cuatro de agosto del año dos mil veinticinco, ante mi Doctor Diego Xavier Chiriboga Pazmiño, Notario Primero del Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales

Sangolquí, a 04 de agosto del 2025.

DR. DIEGO XAVIER CHIRIBOGA PAZMIÑO NOTARIO PRIMERO DEL CANTON RUMIÑAHUI

SALUD. Robert Kennedy Jr., secretario de Salud de EE.UU. (Foto: EP)

Activan proceso de depuración y control por irregularidades en Movidelnor

Movidelnor enfrenta una crisis institucional tras revelarse desmantelamientos de vehículos y falsificaciones, lo que obligó a activar una serie de reformas internas y denuncias penales.

IMBABURA.- La Empresa Pública de Movilidad del Norte (Movidelnor), encargada de regular el tránsito y transporte en 15 cantones de Imbabura, Carchi, Esmeraldas y el norte de Pichincha, atraviesa una de sus etapas más críticas tras la detección de irregularidades graves en sus operaciones.

Entre los hechos más delicados que han salido a la luz se encuentran el desmantelamiento de al menos 145 vehículos en los patios de retención vehicular, como lo expuso LA HORA en julio de 2025, así como la falsificación de stickers oficiales de revisión y matriculación.

Estas anomalías han motivado una respuesta institucional urgente, que incluye investigaciones internas, colaboración con la Fiscalía y el inicio de reformas operativas.

Casos que encendieron las alarmas

El gerente general de Movidelnor, Santiago Chiriboga, confirmó que las irregularidades detectadas no se generaron en su administración, pero advirtió que han heredado múltiples problemas institucionales que requieren atención inmediata.

“No son uno, dos, tres problemas. Son muchos proble-

DECLARACIONES. Santiago Chiriboga (centro), gerente de Movidelnor, reconoció que la institución enfrenta múltiples problemas heredados de administraciones pasadas.

mas, pero aquí estamos con toda la capacidad para asumirlos”, afirmó.

Sobre los vehículos desmantelados en patios de retención, Chiriboga enfatizó en que estos hechos han sido denunciados desde el año 2024 ante la Fiscalía General del Estado, donde las investigaciones preliminares indican que los casos vienen ocurriendo desde administraciones anteriores, sumando más de un centenar de vehículos afectados hasta agosto de 2025.

En ese contexto, dijo que la administración actual solicitó informes técnicos y jurídicos, además de mantener reuniones con el fiscal provincial de Imbabura para impulsar las indaga-

ciones. También anunció una petición formal a la Contraloría General del Estado para realizar un examen especial a los procedimientos administrativos y de custodia en los patios de retención.

Dentro de ello, una de las medidas adoptadas fue la exoneración del pago de tasas administrativas y de garaje para los propietarios de los vehículos afectados, mientras se avanza en el proceso de investigación y depuración.

Falsificaciones y estafas en matriculación

Otro foco de atención se centra en la falsificación de documentos para la revisión y matriculación vehicular. Según

grafía de 360°, lo que permitirá tener un control más riguroso de los procesos, que por alrededor de 10 años se hicieron de forma manual.

“Lastimosamente los procesos se los llevaba de manera un poco manual (...). Hoy debemos manejar toda la tecnología a nuestro favor”, señaló Chiriboga, quien también advirtió que hay una “directriz clara” de depurar al personal que incurra en prácticas irregulares, aunque defendió que la mayoría de agentes y funcionarios “son comprometidos con la ciudadanía”.

No más “cuotas” de multas Otro de los aspectos abordados por el gerente fue la existencia previa de “cuotas diarias” de multas para los agentes civiles de tránsito, una práctica que confirmó tras asumir funciones. “Me dijeron: ‘¿Cuál va a ser nuestra cuota ahora que está usted?’. Les contesté: ‘Aquí no hay cuota para nadie, porque no salimos a perseguir al ciudadano’”, relató.

Chiriboga, se han detectado al menos 89 casos de ciudadanos que acudieron con papeles adulterados.

“Vienen los ciudadanos a querer matricular y revisar su vehículo con documentos de otros municipios, pero al momento de verificar en nuestros sistemas, esas revisiones nunca fueron realizadas”, explicó.

La situación llevó también a denunciar estos hechos ante la Fiscalía y a señalar la presencia de tramitadores ilegales en las afueras de los centros de revisión. Como acción preventiva, Movidelnor implementará un sistema de pago interno en sus instalaciones, a través de una empresa externa, con el objetivo de que los usuarios puedan hacer todos sus trámites sin depender de intermediarios.

Reestructuración y nuevas tecnologías

En respuesta a la situación, la institución inició una reestructuración interna que incluye el cambio de la mayoría de los jefes y subjefes de los agentes de tránsito, así como de los custodios en los centros de retención.

Se plantea también la implementación de tecnología para automatizar los registros de ingreso y salida de vehículos con cámaras infrarrojas y foto-

Aunque reiteró que el control en las vías se mantiene, aclaró que el principal enfoque es prevenir accidentes y fiscalizar infracciones graves, como el conducir en estado de embriaguez. “Queremos evitar que haya muertes en las carreteras”, subrayó.

Desde la presidencia de la Mancomunidad de Tránsito del Norte, que agrupa a los 15 municipios miembros, también se respaldó el proceso de limpieza institucional. Su presidente y alcalde de San Lorenzo (Esmeraldas), Gustavo Samaniego, afirmó que “no habrá espacio para la impunidad”, destacando que gracias a las denuncias internas se ha podido actuar a tiempo.

Samaniego comparó la situación de Movidelnor con casos más graves de corrupción detectados en agencias de tránsito de otros municipios del país, como Manta o Durán, enfatizando en que aún se mantienen exentos de investigaciones internas por parte del Ministerio del Interior o de intervenciones policiales.

“Gracias a Dios nuestra empresa aún no está enlodada con grupos de delincuencia organizada”, sostuvo, aunque dijo que “no podemos tapar el sol con un dedo”, refiriéndose a los problemas antes mencionados dentro de Movidelnor. (FV)

PROBLEMA. Los patios de retención vehicular de Movidelnor fueron escenario de desmantelamientos de alrededor de 145 vehículos.

SANTO DOMINGO 12

Dos comerciantes y un albañil se suman a las víctimas de muertes violentas

Siete personas han sido asesinadas en los primeros días de agosto. Entre las víctimas hay dos cuerpos calcinados e irreconocibles.

La seguidilla de muertes violentas generan preocupación en los habitantes de Santo Domingo de los Tsáchilas, a pesar de que las autoridades locales reafirman que existe una disminución delictiva.

Siete personas han sido asesinadas durante los primeros días de agosto. Entre las víctimas hay dos cuerpos que permanecen sin identificar, ya que fueron encontrados calcinados en la cajuela de un taxi.

Horas de violencia

El martes 5 de agosto fue especialmente sangriento en Santo Domingo, porque en pocas horas acribillaron a tres personas en diferentes sectores de la ciudad.

La primera víctima fue Fabián Cedeño, comerciante que sufrió un asalto bajo la modalidad de sacapintas y falleció a con-

secuencia de un disparo en la zona abdominal.

Horas después, se registró otro asesinato en la avenida Los Colonos, baipás Chone – Quevedo. Sicarios armados atacaron a Alex Antonio Jaramillo Cedeño, de 28 años, comerciante de motocicletas, cuando conducía su automóvil por el ingreso a la cooperativa Luz del Día.

En la escena, agentes policiales encontraron nueve indicios balísticos calibre 5.56, que corresponden a armas largas tipo fusil, y cinco vainas percutidas calibre 9 milímetros.

Asesinan a un albañil Cerca de las 22:00 del mismo martes, la Policía Nacional se movilizó hasta el asentamiento El Paraíso, donde ocurrió otra muerte violenta.

La víctima fue identificada como José Luis Flores Manobanda, de 20 años, quien fue atacado a tiros en

EL DATO

Pese al repunte de crímenes, las autoridades aseguran que en la provincia Tsáchila existe una reducción del 20% en los índices delictivos.

Trabajo

° Henry Acosta, jefe de operaciones de la Policía Nacional en la provincia, dijo que los casos están en investigación. En cuanto al asesinato de Fabián Cedeño, confirmó que dos de los presuntos sacapintas fueron detenidos en flagrancia y puestos a órdenes de las autoridades judiciales.

los exteriores de su domicilio. Sujetos armados llegaron a bordo de un vehículo, dispararon a quemarropa y huyeron del lugar. Se recabaron 22 indicios balísticos , evidencias que quedaron en cadena de custodia. José Luis trabaja ba como albañil. (JD)

ASESINATOS. Las víctimas han sido atacadas con armas largas y cortas.

Da clic para estar siempre informado

NUEVO PLÁSTICO A BASE DE ALGAS TOTALMENTE RECICLABLE

Expertos de Virginia Tech han sido pioneros en un nuevo enfoque para crear plásticos resistentes totalmente reciclables a partir de algas de células completas y componentes químicos comunes. El nuevo plástico híbrido es robusto y altamente adaptable. Puede remodelarse fácilmente en nuevas formas o incluso descomponerse por completo. (Europa Press)

REVISTA JUDICIAL

IMPRESCRIPTIBILIDAD: DELITOS DE GRAVES

AUTORES: DR. VICENTE

ARIAS MONTERO Y AB.

CRISTHIAN LEONARDO

RAMÍREZ TOAPANTA.

Introducción

Dentro del presente estudio académico analizamos la instituciones jurídicas de la imprescriptibilidad, dentro del contexto de garantizar una efectiva protección para sancionar delitos considerados como graves violaciones a los derechos humanos, generándose un debate con esta institución de la prescripción, que en determinadas circunstancias, puede contribuir a la impunidad, violentado el derecho a una tutela judicial efectiva, en este contexto se analizará lo normado en nuestro sistema procesal penal y constitucional y los aportes

que brinda la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en varias sentencias que tienen relación a los sistemas de administración de justicia de distintos países de Latinoamérica, incluido Ecuador, pasando por examinar un caso local de detención ilegal, tortura y muerte sucedido en Machala, parroquia Puerto Bolívar en 1985, conocido como caso Cañola, quedando en primera instancia el caso en la impunidad, iniciándose un segundo proceso penal en el año 2016. Dentro del presente trabajo se logra exponer los hechos del caso Cañola con claridad y se transmite la importancia de la excepción a la aplicación de principios legales fundamentales como es la prescripción.

Sobre le Imprescriptibilidad

¿Por qué hablamos de Imprescriptibilidad?

Dentro de las conductas que se analizan sobre graves violaciones a los derechos humanos, existe un tema de discusión ineludible, por ello es necesario reflexionar sobre esta institución jurídica de la imprescriptibilidad.

Existe una premisa procesal conocida como prescripción, que beneficia a la persona investigada, cuando el poder punitivo del estado no llega a cumplirse con el transcurso de determinado tiempo, no existe una sentencia o proceso penal alguno, entonces el ejercicio de la acción penal prescribe, es

decir no se puede realizar una imputación o formulación de cargos o cesa la ya iniciada, que normalmente puede avanzar hasta el auto de llamamiento a juicio. El tiempo depende de la legislación de cada país. Con excepción de los delitos que se consideran imprescriptibles; en la Constitución del 2008, en su Art. 80 señala “... Las acciones y penas por delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán imprescriptibles...”; luego en el Art. 233, también indica: “...Delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescripti-

CONSULTA PENAL

¿En qué momento procesal se debe anunciar

la totalidad de la prueba en materia penal?

RESPUESTA

El anuncio de pruebas está sometido a los principios, entre otros, de: oportunidad, inmediación, contradicción, exclusión, igualdad de oportunidades. Siendo así se debe proceder en el momento procesal oportuno, es decir en la audiencia preparatoria de juicio, concluida la intervención de los sujetos procesales, y si es que no ha existido causa que anule el proceso, en esa oportunidad cada uno de los sujetos procesales deben anunciar la totalidad de las pruebas que serán presentadas en la audiencia de juicio, de forma detallada, una por una, con el fin de que los demás la contradigan, y así de creerlo pertinente, realicen solicitudes, objeciones o planteamientos; soliciten la exclusión, rechazo o inadmisibilidad de los medios de prueba que estén encaminadas a probar hechos notorios o que por otro motivo no requieren prueba. Solamente cuando se ha sometido a contradicción el anuncio de toda la prueba que será presentada en el juicio, escuchados todos los sujetos procesales en igualdad de condiciones, la o el juez puede, de ser el caso, rechazar o aceptar la objeción y en este último caso declarar qué evidencias son ineficaces hasta ese momento procesal; excluir la práctica de medios de prueba ilegales, incluyendo los que se han obtenido o practicado con violación de los requisitos formales, las normas y garantías previstas en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos, la Constitución y en el COIP.

En la audiencia preparatoria de juicio, cada uno de los sujetos procesales debe anunciar la totalidad de las pruebas que serán presentadas en la audiencia de juicio, de forma detallada, una por una, con el fin de que los demás, en igualdad de condiciones, la contradigan, y así la o el juez pueda resolver lo que estime pertinente.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR

bles y en estos casos, los juicios se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de las personas acusadas...”.

también debemos anotar que en el último inciso del Art. 396 se indicada: “Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles.”; siguiendo estos enunciados, estos delitos serían las únicas conductas imprescriptibles, el resto de conductas penalmente relevantes si prescriben.

Esta premisa pierde fuerza y se destruye cuando se investiga delitos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos.

Es necesario despejar las dudas sobre el tema de la imprescriptibilidad de la acción penal en este suceso de grave violación a los derechos humanos, sucedido el 27 de febrero de 1985. A la presente fecha ha transcurrido más de treinta años, y que de conformidad a las reglas de prescripción de la acción penal en la legislación ecuatoriano puede parecer que ha transcurrido el tiempo necesario para aplicar esta institución jurídica de la prescripción.

De acuerdo al COIP el Art. 417, señala: “... El ejercicio público de la acción prescribe en el mismo tiempo del máximo de la pena de privación de libertad prevista en el tipo penal, contado desde que el delito es cometido. En ningún caso, el ejercicio público de la acción

prescribirá en menos de cinco años”. Es decir que el tiempo máximo, en la actualidad en el Ecuador es de treinta años y de acuerdo al Código Penal vigente en el año 1985, era de quince años.

Se deja constancia de lo que dice la Constitución de la República (1979). En su Art, 44 expresaba: “...El Estado garantiza a todos los individuos, hombres o mujeres que se hallen sujetos a su jurisdicción, el libre y eficaz ejercicio y goce de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, enunciados en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes”; Que la misma norma suprema en su Art, 3.- señala “….El Estado ecuatoriano acata los principios del derecho internacional:”.

En la actual constitución Art. 417, capítulo segundo de los Tratados Internacionales indica: “En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución”.

Luego el Art, 424 expresa: “Que la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder públi-

co”. Dentro del presente caso, es necesario considerar que las concurrencias de delitos cometidos en contra de la víctima O. Cañola, (privación ilegal de libertad, tortura y muerte), que en forma individual cada uno son prescriptibles, pero al ser calificadas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, estas conductas penales se consideran en el ámbito del Derecho Penal Internacional como ¡Imprescriptibles! Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Latinoamérica. Caso Almonacid vs Chile (2007)

El hecho que sustenta la acción penal es el delito de homicidio cometido en contra del señor Almonacid Arellano de 42 años de edad, que el 16 de septiembre del año 1973 fue detenido en su domicilio ubicado en la población Manso de Velasco, de la república de Chile, por carabineros, quienes le dispararon, en presencia de su familia, a la salida de su casa. Falleció en el Hospital Regional de Rancagua el día 17 de septiembre de 1973, era el inicio del gobierno de Agusto Pinochet, quien había derrocado al presidente Sal vador Allende en Chile, desde este momento empezaron las acciones legales para conseguir sanciones a los responsables de este delito contra la vida, fueron varias las resoluciones que se dictaron, en la justicia chilena se discutía el fuero de los res

ponsables por ser miembros de la “fuerza pública”. Finalmente, la Justicia chilena resolvió el 11 de noviembre de 1998 declarar el archivo del expediente, en conclusión, no hubo sanción a los responsables. Se inició, entonces, la reclamación internacional, median-

te una denuncia presentada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, teniendo como parte demandada al Estado de Chile, y la Corte IDH emite su sentencia el 26 de Septiembre del 2006, que en su párrafo 151 señala1: El Estado no podrá argüir

ninguna ley ni disposición de derecho interno para eximirse de la orden de la Corte de investigar y sancionar penalmente a los responsables de la muerte del señor Almonacid Arellano. Chile no podrá volver a aplicar el Decreto Ley No. 2.191, por todas las consideraciones dadas en la presente Sentencia, en especial las contenidas en el párrafo 145. Pero, además, el Estado no podrá argumentar prescripción, irretroactividad de la ley penal, ni el principio no bis in idem, así como cualquier excluyente similar de responsabilidad, para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables. (pág. 60)

Como se puede observar, la Corte Interamericana fue clara frente a estas conductas penalmente relevantes de Graves Violaciones de Derechos Humanos, en el sentido que no se podría aplicar la prescripción, ya que al no existir una independencia judicial el resultado final fue dejar en la impunidad este hecho. Por ello la CIDH en su sentencia ordenó que la justicia chilena inicie una nueva investigación, como efectivamente aconteció.

Caso Barrios Altos vs Perú El caso “barrios altos vs Perú” 2, es una sentencia que detalla la responsabilidad internacional de Perú por la masacre en “Barrios Altos” por parte de agentes militares, así como la falta de investigación y sanción por parte del gobierno peruano a los agentes que cometieron estos delitos.

Los hechos acontecieron el 3 de noviembre de 1991, cuando seis individuos armados irrumpieron en el inmueble ubicado en Jirón Huanta del vecindario conocido como Barrios Altos de la ciudad de Lima. Los atacantes llegaron al sitio en dos vehículos que portaban luces y sirenas policiales, que fueron apagadas al llegar al lugar de los hechos. Estos individuos se cubrieron el rostro con pasamontañas y obligaron a las presuntas víctimas a arrojarse al suelo, para posterior a ello dispararles indiscriminadamente, matando a 15 personas e hiriendo a otras cuatro. Luego de estos acontecimientos los atacantes huyeron en dos vehículos.

El 14 de Julio de 1995, la Undécima Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima decidió dentro del caso de “Barrios Altos”, archivar el proceso definitivamente. Es decir, el delito, dentro de la justicia interna, quedó en la impunidad. Finalmente, con fecha 14 de

marzo de 2001 la Corte IDH3 emite una sentencia de fondo que en su parte pertinente respecto a la prescripción de delitos contra los derechos humanos se pronuncia de la siguiente manera:

13. La tipificación de esas conductas y el procesamiento y sanción de sus autores, constituye una obligación de los Estados, que no puede eludirse a través de medidas tales como la amnistía, la prescripción, la admisión de causas excluyentes de incriminación y otras que pudieran llevar a los mismos resultados y determinar la impunidad de actos que ofenden gravemente esos bienes jurídicos primordiales”. (Barrios Altos Vs. Perú, pág. 3)

Es necesario considerar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tiene ju-

risdicción internacional sobre todos los Estados que forman partes de los pactos y convenios internacionales de protección de derechos humanos. En este sentido sus sentencias son vinculantes y de cumplimiento obligatorio. De esta forma la CIDH, para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones, realiza la respectiva supervisión de cumplimiento de sentencia debiéndose indicar que de conformidad a la resolución de fecha 30 de mayo de 2018 sobre el caso “barrios altos” y “cantuta” vs Perú; se indica que el Estado peruano no ha terminado de cumplir con la totalidad de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las Graves Violaciones a los Derechos Humanos determinada en la Sentencia.

COMPAÑIA NACIONAL DE GAS CONGAS C.A. EN LIQUIDACION

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA NACIONAL DE GAS CONGAS C.A. EN LIQUIDACION

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, Reglamento Sobre Juntas Generales, y el Estatuto Social de la compañía, se convoca a los señores accionistas de la Compañía Nacional de Gas CONGAS C.A. EN LIQUIDACION, a la reunión de Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día viernes 15 de agosto del 2025, a las 10H00 horas, en la sala de sesiones de CONGAS, ubicada en la avenida 10 de Agosto N31-162 y Mariana de Jesús, Edificio Metrocar, 3er piso, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:

1.- Conocimiento y resolución sobre la reactivación de la Compañía Nacional de Gas CONGAS C.A., EN LIQUIDACION.

Se convoca de manera especial e individual al señor Comisario Principal Ing. Juan Carlos Muñoz, domiciliado en Ave. Gil Ramírez Dávalos 5-32 y Armenillas de la ciudad de Cuenca.

Para los accionistas que decidan acceder a la reunión por medios telemáticos, se indica que la información de la plataforma y las credenciales de acceso son los siguientes:

PLATAFORMA: ZOOM ID:84319843935

LINK:https://us06web.zoom.us/j/84319843935?pwd=URzcExg9d7HAvIhb4 5n2YGv3M9WH07.1

El correo electrónico legal@congasca.com podrá ser utilizado por los accionistas que se conecten vía telemática y emitan su voto a distancia o deseen enviar instrumento de representación por medio del cual se encargue a otra persona que lo represente en la junta general, para lo cual se indica que el mecanismo de votación es el siguiente: a) Propuesta la moción y puesta a consideración de la Junta, el accionista deberá remitir de manera exclusiva la expresión “de acuerdo” en caso de aceptar la misma; o, la expresión “no estoy de acuerdo”, en caso de rechazarla, mediante el correo electrónico legal@congasca.com; b) El Secretario designado para la Junta, dejará constancia de los votos recibidos por correo electrónico en el acta. Se recuerda a los accionistas sobre su derecho a solicitar información relacionada con los puntos objeto de la convocatoria e incluir putos en el orden del día hasta 72 horas antes a la fecha de celebración de la junta, dirigiendo la apetición al correo electrónico: legal@congasca.com

Se deja constancia de que la asistencia a la Junta General de Accionistas podrá ser alternativamente a elección de cada accionista, tanto presencial como por el medio telemático antes señalado. En caso de ser requerida esta información, favor comunicarse al correo electrónico: legal@ congasca.com

Quito, 05 de agosto del 2025

Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Ecuador Caso Albán Cornejo vs Ecuador

En el Ecuador tenemos algunos casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que hacen referencia a delitos de Graves Violaciones a los Derecho Humanos entre los que podemos anotar: Albán Cornejo y otros vs. Ecuador (2007) 4, donde refiere que no procede la prescripción en delitos de Graves Violaciones de los Derechos Humanos. Los acontecimientos versan sobre la historia de Laura Susana Albán Cornejo, quien ingresó el 13 de diciembre de 1987 al Hospital Metropolitano, insti-

tución de salud de carácter privado, situada en Quito, debido a un cuadro clínico de meningitis bacteriana. El 17 de diciembre de 1987 durante la noche, la víctima sufrió un fuerte dolor. El médico residente le prescribió una inyección de diez miligramos de morfina. El 18 de diciembre de ese mismo año, mientras permanecía bajo tratamiento médico, la señorita Albán Cornejo murió. Desde entonces sus familiares inician una serie de acciones legales buscando sanciones en contra de sus responsables de este homicidio culposo -mala práctica médica. Transcurrido el tiempo y sin respuesta de la justicia, se concluye el proceso penal con

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA ECOVIVICONT S.A., EN LIQUIDACIÓN

Quito, 06 de agosto de 2025

En virtud de lo establecido en la Ley de Compañías, artículos: 233; 236; 237 y, artículo décimo noveno, numeral tres, del Estatuto Social de la Compañía, se convoca a los Accionistas de la Compañía ECOVIVICONT S.A. EN LIQUIDACIÓN, a Segunda Junta General Extraordinaria, que se llevará a cabo el día lunes 18 de agosto del año 2025 a las 15h00, en las oficinas de la Compañía ubicadas en la Av. América N35-79 y Mañosca, del Distrito Metropolitano de Quito, de manera presencial o vía telemática al enlace de Zoom: https://us06web.zoom.us/j/85315262032?pwd=JoxJ8VJA1ORkujpXbVbaAfQosbCXM f.1 ; en la que se tratarán los siguientes puntos del ORDEN DEL DÍA:

1. Constatación del quórum

2. Poner en conocimiento el Oficio No. SCVS-IRCVSQ-DRGDA-2025-00074133O de fecha 24 de junio de 2025, donde se notifica la Resolución de la Superintendencia de Compañías No. SCVS-IRCVSQ-DRASD-2025-00024299 MASIVA de fecha 13 de junio de 2025 en donde se declara disuelta de oficio a la Compañía Ecovivicont S.A.

3. Conocimiento y aprobación del informe del Presidente Ejecutivo al ejercicio económico correspondiente al año 2023

4. Conocimiento y aprobación del informe de Auditoría externa correspondiente al año 2023

5. Conocimiento y aprobación del informe de Comisario a los estados financieros correspondientes al año 2023

6. Conocimiento y aprobación de los balances correspondientes al ejercicio económico del año 2023

7. Conocimiento y aprobación del informe del Presidente Ejecutivo al ejercicio económico correspondiente al año 2024.

8. Conocimiento y aprobación del informe de Auditoría externa correspondiente al año 2024.

9. Conocimiento y aprobación del informe de Comisario a los estados financieros correspondientes al año 2024.

10. Conocimiento y aprobación del balance correspondiente al ejercicio económico del año 2024.

11. Convalidación de la designación de Auditoria Externa, correspondiente al ejercicio económico del año 2024

12. Convalidación de la designación de Comisario para los ejercicios económicos correspondientes a los años 2023 y 2024.

13. Aprobación y autorización al Presidente Ejecutivo de la Compañía para la realización del trámite legal de reactivación de la Compañía, ante el ente regulador.

14. Convalidación de la designación del oficial de cumplimento para la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

De manera especial e individualmente se convoca al Comisario Principal Lcdo. Francisco Cevallos y a la firma de Auditores Externos Aliado Contable Matuberm Cía. Ltda.

Se informa además a los señores Accionistas que, todos los documentos que se tratarán en el orden del día, se encuentran en exhibición y a disposición de los accionistas en las oficinas de la Compañía, de conformidad a lo que establece el Art. 292 de la Ley de Compañías

Por tratarse de segunda convocatoria, la Junta se reunirá con el número de accionistas presentes, según el Art.237 de la Ley de Compañías codificada, inciso tercero.

Atentamente,

Arq. Bolívar Yerovi Herbozo

PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL ECOVIVICONT S.A.

el auto de prescripción de la acción penal. En conclusión, el delito quedó impune. Los familiares de Susana Cornejo presentaron su denuncia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego del trámite respectivo, la CIDH, en su sentencia dictada el 22 de noviembre del 2007 5, declara la responsabilidad del Estado ecuatoriano, y en su párrafo 111. Dice:

La prescripción en materia penal determina la extinción de la pretensión punitiva por el transcurso del tiempo, y generalmente, limita el poder punitivo del Estado para perseguir la conducta ilícita y sancionar a sus autores. Esta es una garantía que debe ser observada debidamente por el juzgador para todo imputado de un delito. Sin perjuicio de lo anterior, la prescripción de la acción penal es inadmisible e inaplicable cuando se trata de muy graves violaciones a los derechos humanos en los términos del Derecho Internacional. La jurisprudencia constante y uniforme de la Corte así lo ha señalado. En el presente caso no opera la exclusión de prescripción, porque no se satisfacen los supuestos de imprescriptibilidad reconocidos en instrumentos internacionales.

Esta sentencia abre la puerta a que los delitos donde se observa que ha existido una Grave Vulneración a los Derechos Humanos no queden impunes, más por lo contrario se dispone que el Estado realice una investigación seria para esclarecer los hechos ocurridos y dar justicia a las víctimas y sus familiares. Volviéndose indispensable que se garantice la justicia dentro de estos delitos, y que se prohíba las alegaciones de instituciones jurídicas que pretendan dejar en la impunidad estos crímenes.

La Imprescriptibilidad dentro del Caso Cañola Como consecuencia de lo expuesto a lo largo del presente estudio académico, se ha podido demostrar que en la mayoría de los casos los Estados no reconocen su responsabilidad en estas conductas de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. En particular dentro del caso Cañola de la revisión del proceso se anota que, el 18 de septiembre del 2009, se dicta auto de prescripción de la acción penal a favor de los agentes de policías acusados, el mismo que es confirmado el 17 de junio del 2010, por la Sala de lo Penal y Tránsito de la

Corte Provincial de Justicia de El Oro, es decir que el sistema de administración de justici a en esta primera instancia incumplió con su deber de otorgar una tutela judicial efectiva, una investigación objetiva, responsable, y este actuar contribuyó para que las personas responsables de esta conducta no reciban una sentencia justa.

De la misma manera se ha demostrado que la prescripción de los delitos no opera dentro del caso Cañola, toda vez que, al ser consideradas estas conductas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, la obligación de los Estados que forman parte de los convenios y tratados internacionales, es de perseguir y sancionar todo delito que atente contra la dignidad y vida de todo ser humano.

Con estos argumento es retomado el caso Cañola por la Comisión de la verdad, se recopilan nuevos elementos probatorios, se destruye el argumento del linchamiento popular, que fue el sustento legal del primer proceso, y se evidencia que el señor Cañola es aprehendido sin orden judicial el 27 de febrero de 1985, que ingresa al recinto policial sin golpes, así constan varias versiones, en la investigación efectuada por los agentes del SIC, sufre lesiones en su cuerpo, luego es traslado al HTD de Machala, donde fallece el mismo día.

Con estos nuevos elementos la Fiscalía General del Estado, sustentando que nos encontramos en un caso de Graves Violaciones a los Derechos Humanos, y en aplicación a la Constitución de la República, Tratados Internacionales, vigentes al momento que sucedieron los hechos, y además en consideración a la Jurisprudencia Internacional emitida por la CIDH, y de la propia Corte Nacional de Justicia del Ecuador, concluye que no son aplicables las instituciones jurídicas de prescripción y prohibición de doble juzgamiento.

Es importante mencionar que el caso Cañola termino con una sentencia condenatoria en contra de dos ex policías que participaron en los hechos en 1985, por ende y conforme lo “proclama el Art. 169 de nuestra Constitución: El sistema procesal es un medio para la realización de la JUSTICIA”, en esta ocasión luego de 32 años se ha conseguido justicia para los familiares de O. Cañola. “La justicia tarda, pero llega”. (Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro 2016)

Autores: Dr. Vicente Arias Montero y Profesor Titular de

la Universidad Técnica de Machala. Magister en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional – Universidad de Guayaquil.

Ab. Cristhian Leonardo Ramírez Toapanta: Magister en Derecho Mención Estudios Judiciales – Instituto de Altos Estudios Nacionales.

REFERENCIA BIBLIOGRAFÍCA.

Asamblea Nacional Constituyente. 2014. Codigo Organico Integral Penal. Ecuador.

Asamblea Nacional del Ecuador. 2008. Constitucion de La Republica Del Ecuador 2008. Comisión de la Verdad. 2010. “Relatos de Casos. Período 19882008.” Pp. 1–360 in Informe de la Comisión de la Verdad, edited by Ediecuatorial. Quito.

Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2001. Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001.

Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2007. Almonacid Arellano y Otros vs. Chile. Vol. 2006. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.

ANULACIÓN DE PÓLIZA

QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000190000056010 Cliente

NOLIVOS HUILCAPI PABLO

MEDARDO Cédula de Ciudadanía Nro. 0600437818 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

“Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el extravío del certificado de depósito a plazo N° 05201DPV012671-7 emitido por el Banco Bolivariano C.A. con vencimiento 14/07/2025”.

001-005-2536

001-003-5841

2007. Caso Albán Cornejo y Otros vs. Ecuador. Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007.

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 2015. CASO ALBÁN CORNEJO Y OTROS VS. ECUADOR. Supervision de Cumplimento de Sentencia de 28 de Agosto de 2015. DERECHOS HUMANOS. 1948. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. HOMBRE, DERECHOS Y. DEBERES DEL. 1948. DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE. ONU. 1984. “Convención Contra La Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos

o Degradantes.” Naciones Unidas 42799(1):1–10.

Tratados Internacionales. 1969. Pacto de San José de Costa Rica Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro. 2016. Caso Cañola

1.Almonacid Arellano y otros vs. Chile., 2006 Revista de Derecho: Publicación de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Uruguay 217 (2007). https://doi.org/10.22235/rd.v0i2.852

2.Corte IDH (2001), Caso Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001

3.Corte IDH (2001), Caso Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001, párr. 13, pág. 3.

4.Corte IDH (2007), Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador, Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007

5.Corte IDH (2007), Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador, Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007, párr. 111.

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL SAN PEDRO DEL VALLE

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte Educación Física Y recreación y su Reglamento General vigente se CONVOCA a los clubes filiales DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL “SAN PEDRO DEL VALLE a la Asamblea General de elecciones que se celebrará en la sede de la Liga ubicada en el barrio San Pedro del Valle, calle San Pedro y Manuela Sáenz parroquia Nayón del cantón Quito, provincia de Pichincha, de Pichincha del cantón Quito, provincia de Pichincha, para el día 26 de agosto del 2025 a partir de las 19 horas con el objeto de conocer el siguiente orden del día:

1.- Constatación del quórum.

2.- elecciones de LIGA DEPORTIVA BARRIAL “SAN PEDRO DEL VALLE periodo 2025-2029

3.- Toma del juramento, Posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio

ANULACIÓN

Se pone en conocimiento público en general, la anulación por robo del documento deposito a plazo fijo número 010POL0D244122D14 perteneciente a Gloria Marina Iza Clavon con documento de ideidentidad # 1705420766 de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO Maquita Cushunchic

Particular que se comunica al público en general, para los fines pertinentes.

001-004-5808

ANULACIÓN DE TÍTULO

Se comunica al público en general la anulación del Título de Servicio número 5298 perteneciente a Blanca Piedad Ulloa Alvarez , por pérdida/ extravío

Cualquier información, favor comunicarse al número: 0999393234

Quito,06 de Agosto del 2025

001-004-5800

Quito, 07 de agosto del 2025

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PARA EL PROCESO DE SUBROGACIÓN Y ELECCIÓN DE VACANTES DISPONIBLES EN EL DIRECTORIO AÑO 2023 -2027, DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL Y PARROQUIAL PANAMERICANA SUR “EL BLANQUEADO”

Se convoca a los socios a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PARA EL PROCESO DE SUBROGACIÓN Y ELECCIÓN DE VACANTES DISPONIBLES EN EL DIRECTORIO AÑO 2023 -2027 DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL Y PARROQUIAL PANAMERICANA SUR “EL BLANQUEADO”, que se celebrará el día 23 de agosto de 2025, a partir de las 16:00:00 en la dirección: Calle E3A SN S43, Barrio SALVADOR ALLENDE PB, Parroquia QUITUMBE, CANTON QUITO, PROVINCIA PICHINCHA, para tratar el siguiente Orden del día: 1.- Constatación de Quórum; 2.- Lectura de la renuncia del cargo; 3.- Proceso para la subrogación y elección de vacantes disponibles de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL Y PARROQUIAL PANAMERICANA SUR “EL BLANQUEADO”, para el periodo restante de cuatro años, hasta el 01 de diciembre de 2027; 4.- Toma de juramento, posesión y elaboración de nombramientos del nuevo directorio.

GUADALUPE CAZAR PAUL MEDARDO DARQUEA RUIZ ANTONIO VICE PRESIDENTE/A SECRETARIO/A

Sr. GUALLICHICOMIN SOTALIN ANGEL RUBEN Sra. PALATE JUIÑA CARMEN LEONELA Presidente Provisional. Secretaria Provisional
1710454933

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE SENIORTECH SOCIEDAD CIVIL COMERCIAL

CONVOCATORIA

Se convoca a Junta General Extraordinaria de SENIORTECH SOCIEDAD CIVIL COMERCIAL que se llevará a cabo el día jueves 21 de agosto de 2025 a las 11h00 en el local social situado en la Shyris N36-152 y Naciones Unidas, Edificio Alfil, Oficina 71:

ORDEN DEL DÍA

Elección de Gerente General Elección de Presidente

*Quito 7 de agosto de 2025*

Requisitos para participar:

-Los socios deberán identificarse adecuadamente y proporcionar su número de participaciones.

-Presentar su cédula de identidad.

-Podrán participar en la deliberación y votación de los puntos del orden

-En caso que uno de los socios desee encargar a otra persona que lo represente en la mencionada Junta General Extraordinaria, el representante deberá llevar su cédula de identidad, la Carta Poder debidamente suscrita por el socio y dirigida al Gerente General.

Jorge Elías Molina Ordoñez Gerente General SENIORTECH SOCIEDAD CIVIL COMERCIAL

Juicio No. 17233-2024-07446

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 28 de mayo del 2025, a las 10h05.

CASILLERO JUDICIAL No.

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

Juicio: No: 17233-2024-07446

CITESE INÉS ELIZABETH LEÓN PLAZA CC 1718484551

Inicio: 23 de agosto del 2024.

Seguido por: LUIS ALBERTO GRANIZO ROSAS CC 0603002726.

Jueza: AB. DIANA CAROLINA ALVARADO NOLIVOS.

Secretario: AB. CARLOS HUILCA AGUILAR.

AUTOS:

AUTO GENERAL

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- en su parte pertinente dice: 27/02/2025 16:00CALIFICACION DE SOLICITUD Y/O DEMANDA.

VISTOS: Agréguese al expeidente el acta de juramento y escrito que antecede presentado por la parte actora y en lo principal.- Al haber dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto anterior en lo principal dispongo.-CALIFICACIÓN La demanda presentada por LUIS ALBERTO GRANIZO ROSAS CC 0603002726, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO.DILIGENCIAS.-Cítese a la demandada INÉS ELIZABETH LEÓN PLAZA CC 1718484551, para cumplimiento de esta diligencia se la citara de conformidad con el art. 56 del COGEP,

262285493-DFE

Juicio No. 17233-2024-07446

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 28 de mayo del 2025, a las 10h05.

CASILLERO JUDICIAL No.

Firmado por CARLOS MESIAS HUILCA AGUILAR C=EC L=QUITO CI 0201731718

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

Juicio: No: 17233-2024-07446

CITESE INÉS ELIZABETH LEÓN PLAZA CC 1718484551

Inicio: 23 de agosto del 2024.

Seguido por: LUIS ALBERTO GRANIZO ROSAS CC 0603002726.

Jueza: AB. DIANA CAROLINA ALVARADO NOLIVOS.

Secretario: AB. CARLOS HUILCA AGUILAR.

AUTOS:

AUTO GENERAL

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- en su parte pertinente dice: 27/02/2025 16:00CALIFICACION DE SOLICITUD Y/O DEMANDA.

VISTOS: Agréguese al expeidente el acta de juramento y escrito que antecede presentado por la parte actora y en lo principal.- Al haber dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto anterior en lo principal dispongo.-CALIFICACIÓN La demanda presentada por LUIS ALBERTO GRANIZO ROSAS CC 0603002726, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO.DILIGENCIAS.-Cítese a la demandada INÉS ELIZABETH LEÓN PLAZA CC 1718484551, para cumplimiento de esta diligencia se la citara de conformidad con el art. 56 del COGEP,

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.