Los Ríos: 31 de octubre, 2025

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“No hay garantías de que el país tenga un Fiscal General independiente”. 6

Los Ríos impulsa la agro exportación del Ecuador

La provincia de Los Ríos se consolida como un referente agrícola del Ecuador, ocupando los primeros lugares en producción de cultivos destinados a la exportación, como banano, cacao, arroz, camarón y maíz. 4

Nace el primer cártel ecuatoriano: Nueva Generación 10

Puebloviejo: cabalgata, rodeo y baile por sus 179 años de vida política 3

Subsidios alimentaron a la informalidad laboral 9

VIERNES 31 DE OCTUBRE DE 2025
Los Ríos
PAÚL OCAÑA, PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE PICHINCHA.

Los “medrosos”

Nicolás Maduro y Correa

Enmi niñez mi abuela y mi mamá Gladys me decían: no salgas a la calle porque por ahí están unos medrosos, ten cuidado.

Solo de pensarlo me da escalofrío. Al escuchar esa palabra “medroso” ( el que infunde o causa miedo), me imaginaba lo peor. El medroso tenía que ser una persona con muy mal aspecto; si lo veías, tenías que pasarte a la otra vereda para que no te robe o te mate.

Desde hace algunos años, se ven con frecuencia en la política ecuatoriana y regional, algunos “medrosos”

Nicolás Maduro: es el referente de lo que es ser un “medroso”. Un tipo enorme, con aspecto de matón de barrio, violento. Pero este sujeto no solamente es “medroso” sino que, en serio, es un tipo peligroso que ha destruido Venezuela y, que hoy, lidera el cartel de los Soles.

El “Medroso” Rafael Correa fue transformándose en un “medroso” por sus traumas, complejos, resentimientos, odios y venganzas. Rafael Correa es el bacancito del barrio, el abusivo, el que insulta al que pasa, el que patea a los panas y a los enemigos.

Los “medrosos” violentos de la Conaie secuestraron a la población de Otavalo y Cotacachi. Obligaron a que los comerciantes cierren sus negocios, destruyeron carros, motos, buses. Incendiaron un destacamento policial en Otavalo y provocaron el caos total en las dos ciudades de Imbabura. Estos “medrosos” fueron apoyados por la minería ilegal

Los “medrosos” que convocan a marchas, esos que ensucian la ciudad, pintan y destruyen el patrimonio, esos que no dejan trabajar.

Los “medrosos” que asaltan, roban, los narcotraficantes, los mineros ilegales, los asesinos. Basta de “medrosos” que no dejan que la gente viva en paz. Cuando los “medrosos” se unen, la cosa es grave. La gente odia, rechaza y quiere desaparecer a los mal encarados, a los lacrados, a los cholos grandotes, los espaldones, los maduros, los correas, los violentos del movimiento indígena, los sindicalistas con olor a guardado, los mineros ilegales.

La gente no quiere más a los “medrosos”, quiere salir al barrio a divertirse en paz.

wtoyos@gmail.com

¿Origen criminal?

Los peros diversos a la consulta para convocar o no a la Asamblea

Constituyente unen a sectores populistas íntimos con desvalorizar civismo, política, justicia, seguridad, bienestar ciudadano, conectados con la Constitución del 2008.

EDITORIAL

Las preguntas de la consulta

Las primeras encuestas sobre el referéndum y la consulta popular coinciden en que la población tiene un alto desconocimiento de las preguntas que deberá responder en la votación del 16 de noviembre.

Este es el tercer proceso electoral de este año, antes fue la primera y segunda vuelta presidencial, junto a la elección de asambleístas.

Las cuatro preguntas, tres de referéndum y una de consulta popular, tienen implicaciones serias para el Estado y la vida pública, incluso una de ellas permite la instalación de una Asamblea Constituyente para cambiar la Constitución, luego de 17 años, aunque para sus creadores debía durar 300 años.

Aunque puede existir un hartazgo del votante por acudir tan seguido a las urnas, los asuntos que se van a tratar son trascendentales.

Por esto, los cuatro días de feriado son idóneos para conocer las preguntas y reflexionar, en el seno familiar, sobre las mejores respuestas. Es mejor hacerlo con anticipación, antes que decidir el día de la elección o hacerlo según la imagen que tenga el votante sobre el convocante, el presidente Daniel Noboa, o la oposición.

LA HORA ofrece varios reportajes y artículos de opinión con información y enfoques útiles

En estos días, los ecuatorianos tienen un valioso espacio para analizar cada pregunta, incluso decidir. Las opciones de voto son Sí, No, Blanco o Nulo para la autorización de fuerzas militares extranjeras en nuestro territorio, reducción del número de asambleístas, retiro de financiamiento estatal a los partidos políticos y la redacción de una nueva constitución.

La Constitución es adversa a su ortodoxia: no es clara ni precisa, ensambla embrollos para definir estructura y administración del Estado, forma de gobierno, derechos y deberes ciudadanos, uso de recursos naturales.

¿Por qué aprobar la convocatoria a una Constituyente?, porque el país no puede seguir en marasmo con una normatividad espuria, fruto de fraude, desarmonizadora de derechos civiles, de desarrollo económico, social, étnico, participa-

ción democrática. Amalgama preceptos antípodas, como definir al Ecuador como Estado “unitario” adosada la “plurinacional”; perora “vida decorosa”, que el trabajo es derecho y deber social, pero reprime a quienes intenten potenciar desarrollo en su íntimo hábitat: la naturaleza.

Si no se reemplaza la Constitución del 2008, el país seguirá con el INRI del sufrimiento, observando cómo depredadores informa-

Terapia intensiva

Nohablamos de la situación del país pero si de una parte, salud y medicina. El “negocio” de la salud es muy redituable para muchos que ejercen el oficio y renunciaron al juramento hipocrático convirtiendo el servicio en mecanismo de enriquecimiento.

Casos reales, una clínica hoy hospital asociado al Seguro Social, opera para facturar sin que la condición del paciente requiera. Una persona tenía cáncer estaba en sus últimos días, un evento de vómito dio margen para convencer a la familia que era necesaria una tomografía y luego operarlo, conociendo que no había horizonte alguno, pero sirvió para incrementar la factura, el paciente murió en dos días. Otro conocido hospital de nivel medio, recibió una paciente con un cuadro de infección, la trataron con práctica poco eficiente, la operaron pasándola luego a “terapia intensiva”, cuando pudo haber sido tratada en habitación normal, se la mantuvo por cuatro días, luego vino la factura cercana a tres decenas de miles, para una familia de menores recursos fue una tragedia resolver el problema económico pese al aporte del IESS.

Otra pequeña clínica hoy luce como hospital, gracias a las ganancias obtenidas con las facturas a la Seguridad Social, operaba de igual forma toda señora que iba a dar a luz tenía que ser con “cesárea”, así subía la factura y facilitarles ampliar un piso y llamarse hospital. Hechos que muestran la moral del país, donde todo es “negocio” y nada humanidad, razón por la que deberá cambiarse el sistema de relación del Seguro Social con estos locales que, pese a servir la emergencia no son solución. Un funcionario señaló que el IESS pagó mil millones a estos socios en todo el país y comentó que con ese dinero se pudo construir dos o tres grandes y buenos hospitales, parece clave que el IESS revise el sistema, en la capital hay hospitales a más de Solca, que ofrecen servicio eficiente: el Andrade Marín, el IESS del sur, el Eugenio Espejo y el Pablo Arturo Suarez.

les desgarran enormes riquezas, mientras a los formales se acumulan cargas impositivas, deudas para capear déficits fiscales generados por populismos y obesas e ineficientes burocracias, gérmenes de corrupción. Esas marañas reflejarían el origen espurio de la Constitución del 2008. Lo dijeron los entonces constituyentes Pablo Lucio Paredes y León Roldós. Lucio lo narró en su libro “En Busca de la Constitución pérdida”: “Nos

llega el nuevo texto (…), hoy votaremos una Constitución que NO hemos leído”. El 26 de agosto del 2008, Roldós dijo a la Agencia Efe, tener pruebas de que “el texto que ha distribuido la Asamblea (…) no es el mismo que consta en las actas del proceso de redacción”, el que fue votado “es un fraude declarado”. Lo denunció al entonces fiscal general para que “proceda conforme a derecho”. Hubo y hay silencio; ¿es criminal el origen de la Constitución?

Puebloviejo celebra sus 179 años con una gran fiesta montubia

Esta será la segunda edición de la Fiesta Montubia, que promete superar las expectativas de los asistentes con un espectáculo lleno de música, baile y tradiciones.

PUEBLOVIEJO. Con motivo de los 179 años de parroquialización, San Juan de Puebloviejo se prepara para vivir una jornada llena de alegría, tradición y cultura con la gran Fiesta Montubia, que incluirá una cabalgata, rodeo montubio, feria gastronómica y baile popular.

El evento se desarrollará este domingo 9 de noviembre a partir de las 09:00 de la mañana, iniciando con la apertura de la feria gastronómica, donde los visitantes podrán disfrutar de una variada oferta de platos típicos y bebidas tradicionales elaboradas por emprendedores locales.

Cabalgata y rodeo montubio

A las 11:00, la alegría montubia tomará las calles con la Gran Cabalgata, que contará con la participación de diversas haciendas del país. Posteriormente, se realizará el rodeo montubio, el tradicional caracoleo, la elección de la Criolla Bonita, y otras actividades que reflejarán la esencia cultural del pueblo. La alcaldesa del cantón, Elsi Ospina, destacó que este evento “forma parte de la conmemoración por los 179 años de parroquialización de esta querida parroquia y celebra con orgullo la identidad y el espíritu del pueblo montubio”.

Esta será la segunda edición de la Fiesta Montubia, que promete superar las expectativas de los asistentes con un espectáculo lleno de música, baile y tradiciones. La jornada culminará con un gran baile popular frente a Dole, en un ambiente familiar y festivo.

Evento gratuito y con seguridad garantizada La entrada será totalmente gratuita, y se espera la llegada de numerosos turistas.

Habitantes como Gladys Troya manifestaron que estos eventos representan una oportunidad para que la comunidad emprenda y genere ingresos mediante la venta de productos locales. Por su parte, Miriam Guerrero expresó que la parroquia ha vivido momentos difíciles debido a los hechos de inseguridad registrados en la zona, por lo que espera que esta celebración “ayude a mejorar el ánimo de la gente y se pueda disfrutar sin inconvenientes”.

En esa misma línea, Juanita Álvarez pidió a los asistentes disfrutar con precaución y cautela, recordando las fiestas de antaño en las que San Juan se vestía de alegría y unión. Las autoridades locales

confirmaron que el evento contará con un amplio operativo de seguridad, con presencia policial y militar, para garantizar el orden y el bienestar de todos los asistentes. El objetivo principal de esta fiesta es fortalecer la identidad cultural montubia, fomentar la integración comunitaria y rendir homenaje al legado que caracteriza a la parroquia San Juan de Puebloviejo. (KAT)

Las bailoterapias continúan desarrollándose con éxito

QUEVEDO. Las bailoterapias organizadas por la Dirección de Turismo, Fomento al Deporte, Arte y Cultura de la Alcaldía de Quevedo, con el respaldo del alcalde Alexis Matute, continúan desarrollándose con éxito en los distintos sectores de la ciudad.

Este proyecto, denominado “Baila por tu salud”, tiene como objetivo mejorar la salud de los ciudadanos a través del baile, reduciendo así los niveles de sedentarismo y promoviendo un espacio de integración social.

Janeth Chávez, de 62 años, quien lleva tres años participando en la bailoterapia comentó su alegría de estar en este proyecto.

“Me siento bien, es una felicidad estar aquí, nos distraemos mucho y nos olvidamos de todo”. Por su parte, Marlon Astudillo, director del departamento de Turismo, Deporte, Arte y Cultura, manifestó que, además de realizar bailoterapias, los participantes también reciben un plan nutricional antes, durante y después de cada jornada recreativa.

EVENTO. La tradición montubia se vivirá con fuerza durante el rodeo que forma parte de las fiestas de San Juan de Puebloviejo.
PARTICIPACIÓN. Ciudadanas disfrutando de una clase de bailoterapia.

Los Ríos produce el 40% de los cultivos de exportación del Ecuador

Esta provincia fortalece la economía nacional gracias a su destacada producción agrícola orientada a la exportación.

LOS RÍOS. La provincia de Los Ríos se consolida como un referente agrícola del Ecuador, ocupando los primeros lugares en producción de cultivos destinados a la exportación, como banano, cacao, arroz, camarón y maíz, principalmente en cantones como Quevedo, Babahoyo y Buena Fe.

El banano, del tipo Cavendish, es de calidad premium y apto para mercados internacionales por su firmeza y contenido de sólidos. El cacao fino de aroma es utilizado en chocolates gourmet, mientras que el arroz, largo fino y extra largo, se exporta pulido o semi-pulido, con bajo índice de granos quebrados.

El camarón blanco (Litopenaeus vannamei) se cultiva en estanques con control sanitario, de tamaño uniforme y apto para exportación. Por su parte, el maíz amarillo se destina tanto al consumo industrial como humano, seco, limpio y con bajo contenido de humedad, ideal para harinas y alimentos balanceados.

Banano, cacao y arroz fortalecen la economía provincial Los Ríos ocupa el primer

PRODUCCIÓN. La banana es el cultivo más representativo de la provincia de Los Ríos.

lugar en producción nacional de cacao, con 122.716 toneladas cosechadas y un rendimiento promedio de 1,04 toneladas por hectárea, según datos del Sistema de Información Pública Agropecuaria (SIPA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Esta cifra representa el 30,4% de la producción nacional, marcando un antes y un después en la historia agrícola de la provincia.

La provincia cuenta con una superficie agropecuaria total de 465.671 hectáreas y destaca también en la producción de palma africana (758.445 toneladas métricas) y arroz en cáscara (540.103 toneladas). Este dinamismo se complementa con la actividad

pecuaria, que registra 51.331 cabezas de ganado vacuno, 17.150 porcinos y 4.425 caballares.

Consolida su liderazgo en el agro nacional

Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, invita a las personas interesadas al concurso de ofertas en sobre cerrado para el remate de un (1) vehículo de la Institución, detallado a continuación:

El vehículo podrá ser inspeccionado a partir de la presente publicación en los exteriores de la Delegación Provincial Electoral de Los Ríos, ubicada en la Cdla. El Mamey, Av. Universitaria y Calle 1 NE de la ciudad de Babahoyo - Los Ríos, de lunes a viernes en horario de 08h30 a 17h00.

BASES

Valor base del remate: USD$ 1,500.00

Los interesados podrán presentar su oferta en sobre cerrado en la Secretaría de la Junta de Remates, en la Delegación Provincial Electoral de Los Ríos de lunes a viernes de 08h30 a 17h00, el cual deberá contener lo siguiente:

a)Valor de la oferta en forma clara y precisa

b)Postura de al menos el 10% del valor del avalúo

c) Datos del ofertante

d) Determinación expresa de que la postura es incondicional y al contado

Fecha límite de presentación de ofertas: Hasta las 10h30 del 11 de noviembre de 2025. Una vez concluido el tiempo de presentación de ofertas en sobre cerrado, a las 11h00 del 11 de noviembre de 2025, la junta de remates procederá a abrir los sobres en presencia de los interesados, leerá las propuestas y adjudicará el bien al mejor postor. AVISO DE REMATE DE VEHÍCULO

Presidente de la Junta de Remates del CNE Los Ríos e) Copia de cédula de identidad y certificado de votación f) Dirección del domicilio del ofertante g) Firma del ofertante.

Juan Francisco Cevallos

El prefecto de Los Ríos, Johnny Terán, subrayó que “Los Ríos se ha consolidado como la primera provincia en producción agrícola del país. Aquí nace el 40% de lo que el Ecuador exporta al mundo”. Destacó además que la labor de la Prefectura no se limita a la entrega de insumos, sino que busca garantizar procesos sostenibles, rentables y con visión de futuro mediante acompañamiento integral, asistencia técnica y capacitación a asociaciones campesinas

legalmente constituidas. El banano, además, se posiciona como el cuarto cultivo alimenticio más importante a nivel global, después del maíz, arroz y trigo, consolidando a Los Ríos como el principal centro bananero de Sudamérica. Con su capacidad productiva, innovación agrícola y presencia internacional, la provincia no solo lidera el cultivo de banano en Ecuador, sino que también fortalece la economía nacional y marca la ruta del desarrollo agroexportador del país.

Cultivos clave De acuerdo con un boletín técnico de la Encuesta de Superficie y Producción Agropecuaria Continua (Espac), elaborada anualmente

por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), esta herramienta resulta fundamental para la formulación de políticas agrícolas y la planificación del desarrollo rural.

• Banano: es el cultivo más representativo de Los Ríos, con una participación que oscila entre el 38% y el 40% de la producción nacional.

• Cacao fino de aroma: la provincia es la principal productora del país, con más de 120.000 toneladas métricas anuales.

• Maíz: aporta el 43,8% de la producción nacional, especialmente en determinados cantones. También destacan el arroz, la palma africana y diversas frutas tropicales destinadas a la exportación. (LL)

Quitar recursos estatales a tiendas políticas, motivos para votar Sí

Algunos dirigentes exponen las razones para respaldar la eliminación del financiamiento que el Estado actualmente destina a las organizaciones políticas. Unos alistan su campaña por el Sí.

Recursos económicos estatales y su utilización en las organizaciones políticas, eso está en juego con la propuesta del Gobierno de Daniel Noboa que busca reformar la Constitución

La pregunta B que aparecerá en la papeleta el 16 de noviembre de 2025 es: ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Si esta pregunta se aprueba en las urnas, se modificará el artículo 110 de la Constitución eliminando esta frase: “En la medida en que cumplan con los requisitos que establezca la ley, los partidos políticos recibirán asignaciones del Estado sujetas a control”.

Organizaciones que harán campaña por el Sí

En los registros del Consejo Nacional Electoral (CNE) constan tres organizaciones políticas y una social, calificadas para hacer campaña por la pregunta B del referéndum. Estas son:

• Acción Democrática Nacional (ADN).

• Movimiento Creando Oportunidades (CREO).

• Movimiento Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (Amigo).

• Confederación Intercultural de Pueblos y Nacionalidades del Ecuador (Amaru).

Respaldo sin campaña

“No nos inscribimos por coherencia. Estamos a favor de que se elimine el fondo de promoción electoral y el fondo partidario. Votamos por eso en la Asamblea Nacional”, declara Alfredo Serrano, presidente del Partido Social Cristiano (PSC) y asambleísta.

De paso, cuestiona al Gobierno y a su movimiento ADN. “El

PARLAMENTO. Pleno de la Asamblea Nacional, donde confluyen las fuerzas que representan a las organizaciones políticas. (Foto: Asamblea Nacional).

inscribirse en el CNE significa tener derecho a franjas publicitarias. Mire la incoherencia, el Gobierno promueve eliminar el fondo, sin embargo, se inscribe. Propongo que se elimine y no se entregue plata a las organizaciones políticas, pero me inscribo para que me den plata. Esa contradicción no la queremos cometer nosotros. Por eso no nos inscribimos. Se puede hacer campaña por el Sí, por el No, sin ningún problema, no necesita inscribirse en ninguna parte”, expresa.

Reitera que, sin acceder a esa asignación por inscribirse, se puede hacer promoción en redes sociales, con meeting, caravanas, no así en medios de comunicación ni en vallas publicitarias. Pero el PSC no hará ninguna: “No vamos a participar en la campaña ni por el Sí, ni por el No. Vamos a dejar que el pueblo decida”.

Sin embargo, Serrano ratifica que la postura del PSC es la misma que expresó Jaime Nebot, líder del partido, el 25 de octubre de 2025 en El Oro: “Personalmente, siempre he dicho que no debe subsistir. Habrá que volver a lo de antes, a que el partido se gane la cola-

boración económica de la gente que lo apoya porque cree en lo que un partido está proponiendo (…). No creo que debe seguirse dando dinero a los partidos políticos”, exclamó.

Serrano recalca que hay dos fuentes de financiamiento público que da el CNE a las organizaciones políticas: el Fondo Partidario Permanente (FPP) y la asignación para la promoción electoral

“El FPP es el que está llevándose a consulta (en el referéndum) y el fondo de promoción electoral es el que financia las campañas políticas. Este no está en la consulta, eso no se ha tocado. El FPP es solamente para organizaciones políticas de carácter nacional, siempre y cuando cumplan con unos requisitos. No todas las 17 organizaciones políticas de carácter nacional reciben el fondo partidario”, apunta.

En la Asamblea sí se tramitó la eliminación de ambos fondos públicos, pero la Corte Constitucional en su dictamen del 11 de septiembre excluyó de la propuesta de referéndum al artículo 115 de la Constitución. Ese artículo hace referencia a la promoción electoral, que no

La campaña electoral para promover el Sí y el No sobre las cuatro preguntas arrancará el sábado 1 de noviembre.

Inscribirse en el CNE significa tener derecho a franjas publicitarias El Gobierno promueve eliminar el fondo, sin embargo, se inscribe. Esa contradicción no la queremos cometer”

bajando como un movimiento totalmente independiente, posicionando una idea para ayudar a que el Sí gane. Esto no se trata de si estamos a favor o en contra del Presidente de la República. Estamos pensando en el país”, enfatiza.

Un cambio para redirigir el presupuesto LA HORA buscó a Víctor Bravo, representante de Amigo, para conocer los motivos de la postura y la campaña, pero no hubo respuesta.

está planteada en la pregunta B.

CREO cuestiona manejo de recursos

Eitel Zambrano, presidente de CREO, dice que su organización apoya quitar el FPP, para que esos recursos se inviertan en otros sectores.

“Muchas organizaciones políticas han demostrado que no han podido utilizar de manera eficiente esos recursos y han fallado. Consideramos que esos recursos pueden ser mejor invertidos en otro sector. Nosotros hemos cumplido con todo. De ese fondo, una parte es para algo administrativo (30%) y el grueso (el 70%) es para que hagan formación política dentro de sus organizaciones y no lo han podido hacer”, observa. Así consta en el artículo 331 del Código de la Democracia.

Zambrano menciona que la reforma al art. 110 hará que “las organizaciones políticas se organicen, busquen recursos lícitos”.

CREO espera que inicie el periodo de campaña para difundir mensajes en sus plataformas digitales, medios tradicionales, en provincias con activaciones de los dirigentes. “Estamos tra-

Juan Iván Cueva fue candidato presidencial de Amigo en las elecciones de febrero de 2025. También apoya el Sí a la pregunta B.

“En este momento de mucha escasez de ingresos, todos los recursos que tiene el Estado deben ser colocados en la parte más sensible de la sociedad. Se tiene que mejorar el manejo de los recursos para que sean redirigidos a temas de educación, deporte, infraestructura. Eliminar el fondo a los partidos es prioritario porque han sido incluso mal usados”, argumenta.

Espera que al quitar ese financiamiento haya ventajas como una “mayor competencia democrática” porque las organizaciones se esforzarán en formar candidatos de “mayor calidad, más preparados”. Y también que los impuestos de los ciudadanos sean usados “para fortalecer la educación, salud, seguridad, y en ayudar a las comunidades más vulnerables”.(KSQ)

ALFREDO SERRANO, PRESIDENTE DEL PSC.

Paúl Ocaña Merino , presidente reelecto del Colegio de Abogados de Pichincha (CAP) y de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador (Fenade), que se desarrolla en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), opinó que el concurso para elegir Fiscal General del Estado podría concluir en febrero o marzo de 2027. En una entrevista con LA HORA, el titular de la Comisión Cívica de Seguimiento para dicho concurso, cree que podría haber unas 500 personas interesadas en ocupar el cargo.

P ¿Cómo se observa desde la comisión cívica el avance del concurso?

Lamentablemente, este concurso está demorado. Para el 9 de abril de 2025 ya debimos tener un Fiscal o una Fiscal designada. Ya vamos más de un año de retraso. El 9 de abril, cuando la entonces fiscal Diana Salazar cumplía su encargo (de seis años) se subrogó en funciones. El 20 de mayo renunció al cargo y, el 21 de mayo, su dimisión fue aceptada por la Asamblea Nacional. Esto implicó que el Cpccs arranque de manera inmediata con el concurso. Mientras tanto, asumió el fiscal Wilson Toainga y ahora está el encargado del encargado, el doctor Carlos Alarcón.

P. ¿Es clave la forma en que debe conformarse la comisión de selección que elegirá al nuevo Fiscal?

La conformación del comité de selección es lo más importante dentro de este proceso que concluirá con la designación de un fiscal

P ¿Por qué?

A cargo o responsabilidad de este comité estarán todas las fases del concurso; fijación de límites, parámetros y reglas. Pero es esencial e imprescindible que los integrantes del comité cumplan los mismos requisitos que los candidatos que se postularán para Fiscal. Por ejemplo, deben ser abogados, luego, tener conocimiento en derecho penal, litigación oral, procesal penal, mínimo 10 años de experiencia. Solo así podrían ser parte de la comisión de selección.

‘EL PUESTO DE FISCAL ES EL MÁS IMPORTANTE

QUE TIENE EL PAÍS’

Paúl Ocaña Merino, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha y de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador, opina que el concurso para seleccionar Fiscal General del Estado podría concluir en febrero o marzo de 2027.

P ¿La comisión cívica hizo cuestionamientos a esta fase del proceso?

Nuestra comisión cívica ha realizado varios cuestionamientos por la forma en cómo se va desarrollando el proceso. Imagínese. De los cinco titulares y cinco suplentes de las funciones del Estado (que integrarán la co misión de selección), solo una postulante cumplió los requisitos, los nueve restan tes, no. Deberían cambiarse a los nueve que no cumplieron los requisitos y postular a otros.

PERSONAJE. Paúl Ocaña Merino, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha (CAP). Foto La Hora

P ¿Cuándo podría quedar conformada la comisión de selección?

Una vez que esté conformada la comisión, que podría ser la segunda semana de noviembre, el concurso para nombrar un Fiscal iniciará formalmente con la convocatoria a los interesados en ocupar el cargo. Serán 30 días para que las personas postulen al cargo de Fiscal y presenten su documentación para entrar a la fase de méritos, que tendrán una calificación de 50 puntos en función de su carpeta (ser abogado, tener conocimiento en derecho penal, litigación oral, procesal penal, etc). Luego vendrá la fase de recalificación si alguien no está de acuerdo con la decisión que adopte la Comisión.

P ¿Cuántas personas estarán interesadas en postular?

Entiendo que no habrá menos de unas 200 o 300 como mínimo, y no sé si rebasarán las 500 personas que estén interesadas en el cargo. El puesto de Fiscal es el más

importante que tiene el país. Entonces, una vez que pase el primer filtro (de méritos), la siguiente etapa es de oposición donde se rinde una prueba escrita y una exposición oral. En la primera se evalúan los conocimientos, a través de preguntas que elaborarán expertos o académicos. De los mejores puntuados en esta fase, vendrá una etapa más fuerte: la prueba oral será calificada sobre 20 puntos.

P ¿Cómo se evaluará la prueba oral?

Lamentablemente debo decirlo. Esta calificación tendrá un tema subjetivo.

P ¿Cuál es la preocupación?

¿Cómo se puede determinar si un candidato hizo un buen alegato o una buena argumentación durante la prueba oral? Podría dar que la comisión de selección califique a un candidato con 20 puntos, a otro con 5 y a otro con 19. El problema es que, como la calificación es tan amplia y sub-

postulantes a Fiscal. Pero, ¿Cómo se determina la probidad? A mi criterio puede ser en el tema económico, profesional y político. Por ejemplo, si alguien tiene afinidad política no puede, ni debería participar, debe haber independencia judicial. O si fue candidato de un partido político o ha defendido a cierto grupo político, no debería participar.

jetiva, puede llevar a que esta sea la fase decisiva del concurso. Por ejemplo, me invento, si un candidato no le agradó o no le cayó bien a los integrantes de la comisión, le califican con 5 puntos a pesar que su exposición fue brillante. Y a otro candidato, a pesar de que su exposición no fue brillante, le califican con 20 puntos. Entonces, finalmente, el fiscal designado es el que le parezca más simpático o el que le haya caído bien a la comisión o al que le interese. Este tema es subjetivo.

P ¿El Reglamento para la designación del Fiscal que aprobó el Cpccs adolece de fallas?

A mi criterio, el Reglamento lo debieron elaborar de tal forma que el valor de la calificación en la fase de la prueba oral no sea tan alto que permita tener subjetividades al momento de designar.

P ¿Cuál es la alternativa?

El Reglamento ya no se puede reformar. ¿Cómo se puede sanear? Que el concurso sea transparente, público y saber qué calificación se da a los postulantes. Si los aspirantes que sintieron que fueron mal calificados, recurren a acciones de protección o plantean apelaciones, el proceso se dilatará, quedará en suspenso.

P ¿Qué garantías hay de que a la comisión y a la Fiscalía no llegarán personas con vínculos políticos?

Cuando asistí al Pleno del Cpccs y argumenté lo que debería constar en el Reglamento, hacía referencia a la probidad que debería tener la comisión de selección y los

P ¿Esto debería tomarse en cuenta en el Cpccs? No, porque eso no pusieron en el Reglamento. Nosotros (el Colegio de Abogados) dijimos (que se incluya en el reglamento). Pero (el 20 de junio de 2025, en el Cpccs) solo aceptaron derogar un artículo (el numeral 21 del artículo 22 que prohibía la participación en el concurso a los abogados que hayan ejercido patrocinio como defensor técnico en 39 tipos de delitos). Pero yo sí planteé el tema de la probidad, idoneidad que debía estar en el Reglamento como la única forma de que sea ejecutado, pero si no está en el Reglamento…

P ¿Todos pueden ser candidatos a fiscal; políticos, exministros como José de la Gasca, cercanos al poder, al Ejecutivo, todos?

Claro, si

P ¿Entonces, no hay garantías de que el país tenga un Fiscal independiente? Ya no hay garantías. Normativamente ya no hay esa garantía porque no está en el Reglamento que define las reglas en las que se va a entrar a un concurso. Pero, si eso no está normado dentro del Reglamento, no existe. ¿Cómo se le cuestiona al exministro (de Gobierno, José de la Gasca si va a postularse? No hay una prohibición.

P ¿Cómo se conformó la comisión cívica de seguimiento al concurso?

La Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD) toma el liderazgo y dice: agrupemos a las instituciones vinculadas con el derecho y conformamos una comisión para dar transparencia al concurso. (SC)

El subsidio a los combustibles frenó la formalidad laboral

Durante décadas, Ecuador sostuvo un modelo económico en el que los subsidios a los combustibles y las ayudas sociales distorsionaron el mercado laboral. Estas políticas redujeron los incentivos para trabajar formalmente.

El Banco Mundial identifica a los subsidios energéticos y las transferencias sociales no contributivas como uno de los factores estructurales más persistentes detrás de la alta informalidad laboral en Ecuador, que supera el 52% de la población ocupada.

Estas políticas, explica el organismo a través de su informe ‘(In)formalizar empleos en América Latina y el Caribe: impuestos, beneficios e incentivos en el mercado laboral’, “han sido esenciales para proteger a los hogares más pobres , pero también han creado incentivos para permanecer fuera del sistema formal”.

Según el Banco Mundial, la coexistencia de subsidios y bonos sociales genera una dualidad que desincentiva la afiliación al sistema contributivo, especialmente entre los trabajadores de bajos ingresos y los independientes

“Cuando los beneficios no contributivos se superponen con la cobertura contributiva, los trabajadores enfrentan señales contradictorias: pueden recibir apoyo estatal sin necesidad de registrarse o cotizar, lo que debilita la cultura contributiva y ero-

siona la base fiscal”.

Durante más de cinco décadas, el Estado ecuatoriano destinó entre el 2% y el 4% del PIB anual a subsidiar combustibles, un gasto que, según el organismo, “distorsionó precios relativos, redujo la competitividad de las empresas formales y drenó recursos públicos que podrían haberse invertido en educación, salud o protección social contributiva (beneficios a cambio de una contraparte)”.

Solo entre 2007 y 2024, el subsidio a los combustibles costó más de $72.000 millones; o el equivalente al 86% de todo el endeudamiento público contratado en ese periodo

En este contexto, el fin del subsidio al diésel en septiembre de 2025, y la eliminación de los subsidios a las gasolinas extra y ecopaís en 2024, son, de acuerdo con Andrés Rodríguez, economista, “reformas necesarias para mejorar la eficiencia del gasto y restablecer los incentivos al trabajo formal”.

El Banco Mundial recalca que los subsidios a los combustibles favorecían de manera desproporcionada a los sectores de mayores ingre-

sos y a actividades informales de baja productividad, mientras que el costo fiscal

Formalización progresiva

° El Banco Mundial plantea una estrategia de “formalización progresiva” basada en incentivos graduales y coordinación interinstitucional. Entre sus propuestas está:

° Unificar los sistemas tributarios y de protección social, de modo que cada contribución fiscal se traduzca en derechos efectivos (salud, pensión, licencias).

° Reducir la carga administrativa y los costos de cumplimiento, con sistemas digitales y aportes proporcionales a los ingresos.

° Focalizar mejor los subsidios y bonos, vinculando la asistencia social con la inserción productiva y el registro formal.

° Premiar la formalidad con acceso a crédito, formación laboral y beneficios tributarios temporales.

° Fortalecer la confianza en las instituciones, ya que “la formalización no ocurre solo por coerción, sino cuando la ciudadanía percibe valor y justicia en sus contribuciones”.

presas”, advierte el informe sobre Ecuador.

debilitaba la capacidad del Estado para sostener programas sociales mejor focalizados.

No se propone eliminar los bonos sociales, sino reorientarlos: “Los programas de transferencias no contributivas deben mantenerse, pero con un enfoque más preciso en los hogares que realmente los necesitan, y vinculándolos gradualmente a mecanismos de inclusión productiva y formalización laboral”.

Entre enero y septiembre de 2025, según el Observatorio de la Política Social, se gastaron $994 millones en bonos sociales. Hasta finales de este año, el monto llegará a los $1.323 millones.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) está de acuerdo con fortalecer el sistema de protección social, e incluso con los bonos y compensaciones temporales que ha establecido el Gobierno de Noboa, pero solo si a la par se impulsan reformas para hacer más productivo, generar más empleo y atraer más inversiones al Ecuador.

Otras causas de la informalidad

Además de los subsidios, el Banco Mundial identifica tres pilares que explican por qué Ecuador está atrapado en “una trampa de informalidad estructural”.

1Altos costos laborales no salariales. El estudio señala que los aportes al IESS y las contribuciones patronales se encuentran entre los más complejos y elevados de la región, lo que desincentiva la contratación formal.

“Los costos laborales no salariales, como las contribuciones obligatorias a la seguridad social y los impuestos sobre la nómina, actúan como un impuesto a la formalización, especialmente para micro y pequeñas em-

Esto afecta particularmente a los trabajadores por cuenta propia, que enfrentan una estructura rígida de aportes desvinculada de su capacidad real de generar ingresos. El resultado es un mercado dual: empresas que formalizan por obligación y una gran masa de microemprendedores que optan por la informalidad como mecanismo de supervivencia.

2Diseño limitado del régimen Rimpe. El Régimen Impositivo para Microempresas (Rimpe) , creado para ampliar la base tributaria, ha tenido un impacto marginal en la formalización, señala el Banco Mundial.

“Simplificar la tributación no basta si el sistema no integra la afiliación a la seguridad social ni ofrece beneficios tangibles por cumplir con la ley.”

El organismo recomienda unificar los regímenes simplificados con los sistemas de protección social y ofrecer beneficios graduales (como acceso a crédito o salud) a medida que los contribuyentes cumplan metas de aportes. Sin esa conexión entre impuestos y bienestar, advierte, “la formalización se percibe como un costo sin recompensa”.

3Trabas regulatorias y débil coordinación institucional. El informe dedica especial atención a la fragmentación institucional que enfrenta Ecuador.

“La falta de coordinación entre las agencias tributarias, de seguridad social y municipales genera duplicidades, costos administrativos y amplios márgenes de evasión.”

El Banco Mundial subraya que la interoperabilidad de datos entre el SRI, el IESS y los municipios sería clave para ampliar la base contributiva y reducir la evasión, al tiempo que permitiría automatizar el registro y la supervisión de los trabajadores. También destaca que los procedimientos actuales, que son largos, presenciales y poco digitales, “desincentivan el cumplimiento y alimentan la desconfianza hacia el Estado”. (JS)

CRISIS. La alta informalidad perpetúa la pobreza y la baja productividad en Ecuador

UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MENDIETA POSLIGUA NIXON ROGER

SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso ORDINARIO COBRO DE DINERO No. 12331-202500069 presentada por los señores Ab. Washington Fidel Dávila Pazmiño, y Ab. Luis Fernando Hinostroza Quezada, en sus calidades de procuradores judiciales del Banco Pichincha C.A, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:

ACTOR: Ab. Washington Fidel Dávila Pazmiño, Ab. Luis Fernando Hinostroza Quezada, y Jennifer Elizabeth Hinojosa Valdiviezo en sus calidades de procuradores judiciales del Banco Pichincha C.A.

DEMANDADO: MENDIETA POSLIGUA NIXON ROGER.

OBJETO DE LA DEMANDA:

El accionante manifiesta: Señor juez solicito, mediante sentencia, su Autoridad establezca el derecho del Banco Pichincha C.A., al cobro de la obligación pendiente que mantiene

el señor NIXON ROGER MENDIETA POSLIGUA, por los consumos realizados con la tarjeta de crédito VISA PLATINUM RECOMP SPMX No. 4454460002388402, por la cantidad de TRES MIL NUEVE dólares con SETENTA Y OCHO centavos de los Estados Unidos de América ($ 3.009,78), constante en la liquidación de tarjeta de crédito de fecha 18 de Diciembre del año 2024; El pago de CUARENTA Y SEIS dólares con CINCUENTA Y SIETE centavos de los Estados Unidos de América ($46,57) interés diferido; CIENTO SETENTA Y SIETE dólares con VEINTE Y SIETE centavos de los Estados Unidos de América ($177,27) interés de mora OCHENTA Y CINCO dólares con TREINTA centavos de los Estados Unidos de América ($85,30) costos operativos . Al pago de los gastos judiciales y extrajudiciales, que se hayan realizado para la recuperación de la obligación, y de costas procesales que se sigan generando hasta la recuperación efectiva del pago de la obligación como intereses legales y demora que se generen hasta el cumplimiento de la obligación total; y, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 285, inciso segundo del código

orgánico general de procesos al pago de honorarios profesionales .- Fundamento mi demanda de conformidad a lo dispuesto en el Art. 289 y siguientes del COGEP, Art. 194 del Código Monetario Financiero, así como, en el numeral 9 del art. 3 del Código de Comercio; y al tenor de lo dispuesto en el Art. 1567 numeral 1, del Código Civil.

CUANTÍA: $5.000

TRÁMITE: ORDINARIO.

JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Willam Patricio Panchi Chancusig; En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil de Quevedo, avoco conocimiento de la presente demanda de ORDINARIA por COBRO DE DINERO, presentada Banco Pichincha S.A., por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas en el artículo 289 y siguientes del COGEP, en contra de señor MENDIETA POSLIGUA NIXON ROGER en calidad de deudora dis-

pongo: (...) ordeno CITAR a la demandada señor MENDIETA POSLIGUA NIXON ROGER en calidad de deudora, (...) OTRA PROVIDENCIA : Forme parte del proceso el acta de declaración bajo juramento de imposibilidad que ha efectuado el actor, en atención al mismo y habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado en decreto precedente, conforme determinan el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos cítese a la demandada señor MENDIETA POSLIGUA NIXON ROGER, mediante tres publicaciones por la prensa, en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de este cantón, para cuyo acto la actuaria del despacho elabore el extracto correspondiente y proceda a entregar a la parte accionante para su cumplimiento.- HÁGASE SABER Y CÚMPLASE.-

Quevedo, 29 de septiembre de 2025

Ab. María Lorena

Rodríguez Salinas Secretaria

P-996-01-72

Juicio No. 12309-202400877

UNIDAD JUDICIAL

MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS, Ventanas, viernes 24 de octubre del 2025, a las 14h13. FUNCIÓN JUDICIAL

EXTRACTO DE CITACIÓN

JUICIO EJECUTIVOCOBRO DE PAGARÉ N° 12309-2024-00877

A: BARBOTO ARANA

HORFITA MARISOL

ACTORA: AIDA

DOLORES URBANO

BORJA, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO METROPOLIS LTDA. JUEZ DE LA CAUSA: AB. EDUARDO OSMANER

PEÑARRETA JADAN

FUNDAMENTO DE HECHO: Su Usía del pagaré a la orden N°5614 que acompaño en una foja útil, suscrito en el Cantón Quinsaloma, el 13 de diciembre del 2021, demuestro que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Metrópolis Ltda., concedió un préstamo por la suma de $4.100,00 (CUATRO MIL CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 00/100), a favor de los

cónyuges Manuel de Jesús Zambrano Wong y Horfita Marisol Barboto Arana en calidad de deudores. Dicho valor fue entregado de manera personal al señor Manuel de Jesús Zambrano Wong, a través de la orden de pago N°016224 documento que anexo donde consta la firma del deudor en la parte pertinente de recibí conforme, monto que recibió satisfactoriamente comprometiéndose a pagar la obligación en un plazo de 730 días vista, en veinticuatro dividendos mensuales constantes en el pagaré a la orden, obligándose también a pagar dicho préstamo con una tasa de interés nominal del 19,00% anual sobre el saldo del capital, desde la fecha del visto bueno hasta el vencimiento del plazo y pago de interés por mora en caso de incumplimiento de la obligación, conviniendo que en caso de mora en el pago de cualquiera de las cantidades señaladas, sea una o varias cuotas de capital o de una fracción de cuota, pagaría la tasa máxima de mora vigente a la fecha del vencimiento respectivo, facultando que en caso de mora, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Metrópolis Ltda., por su sola voluntad declarará de plazo vencido y exigirá la cancelación del pago de todo el capital e intereses, conforme se encuentra estipulado en el pagaré a la orden. Eximiendo al acreedor y al endosatario de obligación de presentación para el pago y aviso por falta del mismo, conforme consta detallado en el título ejecutivo.

Por lo que el señor Manuel de Jesús Zambrano Wong y Horfita Marisol Barboto Arana, en calidad de deudores no han cumplido con el pago de los veinticuatro dividendos detallados en la tabla de amortización que anexo a la presente, es decir se encuentra vencido y en mora desde el dividendo trece señalado al pago para el 13 de enero del 2023.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Se fundamenta esta demanda con base legal en los Arts. 362, 363, 364, 370 del Código Orgánico General de Procesos; Arts. 1, 8 del Código Comercio; Arts. 1567, 1583, 2099, 2309, 2315 del Código Civil y todas las demás normas que fueren aplicables.

OBJETO DE LA PRETENSIÓN: Con los

antecedentes expuestos, comparezco ante usted en mi calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Metropolis Ltda., amparado en los Arts. 363 numeral 10, 364 y 370 del Código Orgánico General de Procesos a solicitar la Ejecución de Escritura de Hipoteca suscrito por los cónyuges Manuel de Jesús Zambrano Wong; y Horfita Marisol Barboto Arana en su calidad de deudores hipotecarios.

Como consecuencia de ello, solicito a su autoridad se sirva designar un perito para la liquidación de capital, intereses y costas para luego expedir el correspondiente mandamiento de ejecución y, finalmente se ordene el embargo de los inmuebles materia de la mencionada escritura hipotecaria para lo cual se contará con el auxilio de la fuerza pública y, posteriormente dispondrá la venta en subasta pública del bien previo avalúo. El producto del remate deberá ser imputado a la deuda a la fecha incumplida que la parte ejecutada, deudores hipotecarios, caucionaron para con mi representada, la cual asciende a $2.240,01 (DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 01/100), cuyo valor total será conocido mediante pericia de liquidación que comprenderá: La totalidad del saldo del capital adeudado en el Pagaré a la Orden; El pago del interés pactado en el título ejecutivo pagaré a la orden, calculados a la tasa de interés nominal del 19,00% anual fija, desde la fecha de su aceptación hasta su vencimiento; El pago de los intereses corrientes y de mora devengados, vencidos y no pagados en la obligación, hasta la cancelación total de la misma, calculados a la tasa máxima regulada para las obligaciones vencidas; El pago de las costas procesales en las que se deberá incluir los honorarios profesionales del abogado que me patrocina que se regularán de acuerdo a la ley de Federación de Abogados; Todos los porcentajes y recargos que sean procedentes, según lo estipulado en leyes especiales aplicables a la materia. SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE:

AUTO: El Suscrito Ab. Eduardo Osmaner Peñarreta Jadan Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de la Ciudad de Ventanas, mediante Auto de sustanciación de fecha lunes 20 de octubre del 2025, a las 18h04; dispone de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se cite por la prensa a la demandada BARBOTO ARANA

HORFITA MARISOL; a efecto de que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos. Previniendo que de no comparecer en veinte días después de la última publicación podrá ser considerado o declarado en rebeldía. Cítese y Hágase Saber. Particular que comunico para los fines de ley. Ventanas, 24 de octubre del 2025 AB. JESSENIA PILAR PAZMIÑO VALDIVIEZO SECRETARIA

P-996-01-72

AL PÚBLICO

EL BANCO DE MACHALA

S.A a solicitud del girador Sr. (a): YOLANDA LINA MONTIEL GONZALEZ, comunica al público: Por suspensión de Pago, por Revocatoria, por Anulación de Cheques, por dejar sin efecto Cheque Certificado, al cheque N.- 24854 hasta 24863 de la cuenta corriente N.- 1120101923 por la suma de U$$. Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse. QUEVEDO

AL PÚBLICO

EL BANCO DE MACHALA

S.A a solicitud del girador Sr. (a): YOLANDA LINA MONTIEL GONZALEZ, comunica al público: Por suspensión de Pago, por Revocatoria, por Anulación de Cheques, por dejar sin efecto Cheque Certificado, al cheque N.- 24864, 24865 de la cuenta corriente N.- 1120101923 por la suma de U$$. Dicho cheque será anulado en caso de no presentarse. QUEVEDO

El subsidio a los combustibles frenó la formalidad laboral

Durante décadas, Ecuador sostuvo un modelo económico en el que los subsidios a los combustibles y las ayudas sociales distorsionaron el mercado laboral. Estas políticas redujeron los incentivos para trabajar formalmente.

El Banco Mundial identifica a los subsidios energéticos y las transferencias sociales no contributivas como uno de los factores estructurales más persistentes detrás de la alta informalidad laboral en Ecuador, que supera el 52% de la población ocupada.

Estas políticas, explica el organismo a través de su informe ‘(In)formalizar empleos en América Latina y el Caribe: impuestos, beneficios e incentivos en el mercado laboral’, “han sido esenciales para proteger a los hogares más pobres , pero también han creado incentivos para permanecer fuera del sistema formal”.

Según el Banco Mundial, la coexistencia de subsidios y bonos sociales genera una dualidad que desincentiva la afiliación al sistema contributivo, especialmente entre los trabajadores de bajos ingresos y los independientes

“Cuando los beneficios no contributivos se superponen con la cobertura contributiva, los trabajadores enfrentan señales contradictorias: pueden recibir apoyo estatal sin necesidad de registrarse o cotizar, lo que debilita la cultura contributiva y ero-

siona la base fiscal”.

Durante más de cinco décadas, el Estado ecuatoriano destinó entre el 2% y el 4% del PIB anual a subsidiar combustibles, un gasto que, según el organismo, “distorsionó precios relativos, redujo la competitividad de las empresas formales y drenó recursos públicos que podrían haberse invertido en educación, salud o protección social contributiva (beneficios a cambio de una contraparte)”.

Solo entre 2007 y 2024, el subsidio a los combustibles costó más de $72.000 millones; o el equivalente al 86% de todo el endeudamiento público contratado en ese periodo

En este contexto, el fin del subsidio al diésel en septiembre de 2025, y la eliminación de los subsidios a las gasolinas extra y ecopaís en 2024, son, de acuerdo con Andrés Rodríguez, economista, “reformas necesarias para mejorar la eficiencia del gasto y restablecer los incentivos al trabajo formal”.

El Banco Mundial recalca que los subsidios a los combustibles favorecían de manera desproporcionada a los sectores de mayores ingre-

sos y a actividades informales de baja productividad, mientras que el costo fiscal

Formalización progresiva

° El Banco Mundial plantea una estrategia de “formalización progresiva” basada en incentivos graduales y coordinación interinstitucional. Entre sus propuestas está:

° Unificar los sistemas tributarios y de protección social, de modo que cada contribución fiscal se traduzca en derechos efectivos (salud, pensión, licencias).

° Reducir la carga administrativa y los costos de cumplimiento, con sistemas digitales y aportes proporcionales a los ingresos.

° Focalizar mejor los subsidios y bonos, vinculando la asistencia social con la inserción productiva y el registro formal.

° Premiar la formalidad con acceso a crédito, formación laboral y beneficios tributarios temporales.

° Fortalecer la confianza en las instituciones, ya que “la formalización no ocurre solo por coerción, sino cuando la ciudadanía percibe valor y justicia en sus contribuciones”.

presas”, advierte el informe sobre Ecuador.

debilitaba la capacidad del Estado para sostener programas sociales mejor focalizados.

No se propone eliminar los bonos sociales, sino reorientarlos: “Los programas de transferencias no contributivas deben mantenerse, pero con un enfoque más preciso en los hogares que realmente los necesitan, y vinculándolos gradualmente a mecanismos de inclusión productiva y formalización laboral”.

Entre enero y septiembre de 2025, según el Observatorio de la Política Social, se gastaron $994 millones en bonos sociales. Hasta finales de este año, el monto llegará a los $1.323 millones.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) está de acuerdo con fortalecer el sistema de protección social, e incluso con los bonos y compensaciones temporales que ha establecido el Gobierno de Noboa, pero solo si a la par se impulsan reformas para hacer más productivo, generar más empleo y atraer más inversiones al Ecuador.

Otras causas de la informalidad

Además de los subsidios, el Banco Mundial identifica tres pilares que explican por qué Ecuador está atrapado en “una trampa de informalidad estructural”.

1Altos costos laborales no salariales. El estudio señala que los aportes al IESS y las contribuciones patronales se encuentran entre los más complejos y elevados de la región, lo que desincentiva la contratación formal.

“Los costos laborales no salariales, como las contribuciones obligatorias a la seguridad social y los impuestos sobre la nómina, actúan como un impuesto a la formalización, especialmente para micro y pequeñas em-

Esto afecta particularmente a los trabajadores por cuenta propia, que enfrentan una estructura rígida de aportes desvinculada de su capacidad real de generar ingresos. El resultado es un mercado dual: empresas que formalizan por obligación y una gran masa de microemprendedores que optan por la informalidad como mecanismo de supervivencia.

2Diseño limitado del régimen Rimpe. El Régimen Impositivo para Microempresas (Rimpe) , creado para ampliar la base tributaria, ha tenido un impacto marginal en la formalización, señala el Banco Mundial.

“Simplificar la tributación no basta si el sistema no integra la afiliación a la seguridad social ni ofrece beneficios tangibles por cumplir con la ley.”

El organismo recomienda unificar los regímenes simplificados con los sistemas de protección social y ofrecer beneficios graduales (como acceso a crédito o salud) a medida que los contribuyentes cumplan metas de aportes. Sin esa conexión entre impuestos y bienestar, advierte, “la formalización se percibe como un costo sin recompensa”.

3Trabas regulatorias y débil coordinación institucional. El informe dedica especial atención a la fragmentación institucional que enfrenta Ecuador.

“La falta de coordinación entre las agencias tributarias, de seguridad social y municipales genera duplicidades, costos administrativos y amplios márgenes de evasión.”

El Banco Mundial subraya que la interoperabilidad de datos entre el SRI, el IESS y los municipios sería clave para ampliar la base contributiva y reducir la evasión, al tiempo que permitiría automatizar el registro y la supervisión de los trabajadores. También destaca que los procedimientos actuales, que son largos, presenciales y poco digitales, “desincentivan el cumplimiento y alimentan la desconfianza hacia el Estado”. (JS)

CRISIS. La alta informalidad perpetúa la pobreza y la baja productividad en Ecuador

Ecuador ya tiene un cartel del narcotráfico al estilo mexicano

En la escala del crimen organizado uno de los niveles más altos son los carteles. Ecuador ya tiene uno, según el exjefe de Inteligencia militar, Mario Pazmiño. Tres bandas conforman este cartel que, al estilo mexicano, controla más territorio y más rutas de narcotráfico. Conozca cuál es.

En Ecuador, tres bandas narco delincuenciales se han unido para formar un cártel, lo que significa que han alcanzado un nivel superior al de los grupos que aún operan como microcárteles o megabandas

Mario Pazmiño, exjefe de Inteligencia militar, señala que el cartel ecuatoriano se llama Nueva Generación. “Existe desde hace varios años, pero nadie le prestó mucha atención. Su nombre aparecía en rótulos y pancartas dentro de la Penitenciaría, pero sus integrantes no estaban unidos. Cada uno de ellos operaba por separado dentro de esa estructura”.

Antes de detallar las bandas que conforman esta nueva organización criminal, Pazmiño considera importante entender la pirámide del crimen organizado, que se compone de siete niveles (ver gráfico).

En las últimas dos décadas, Ecuador ha pasado del nivel siete al nivel cinco en la escala del crimen organizado.

Esto ha provocado que la violencia y los homicidios (ver recuadro) se disparen a niveles nunca antes vistos en el país

Por ejemplo, la tasa de

muertes violentas aumentó de 15,29 por cada 100.000 habitantes en 2011, a más de 50 homicidios por cada 100.000 habitantes en 2025.

Bandas que se unieron

Ls grupos de inteligencia policial han identificado tres microcárteles: los Choneros, los Lobos y los Tiguerones. Estas organizaciones alcanzan la categoría de microcárteles cuando traspasan la jurisdicción nacional y comienzan a operar internacionalmente. Según la Policía Nacional, los Choneros, los Lobos y los Tiguerones ya tienen presencia en Colombia, Perú y Chile

Los cárteles son mucho más poderosos — explica Mario Pazmiño—, pues alcanzan niveles que antes parecían lejanos

para el país, comparables con los carteles de Jalisco o Sinaloa, considerados los más influyentes de Occidente.

De acuerdo con el estudio ‘La guerra contra el narcotráfico en México: Homicidios y muertes por desesperación, 2000-2020’, durante ese periodo se registraron cerca de 400.000 homicidios atribuidos a los carteles, aunque el documento advierte la existencia de un subregistro. Tal como ocurrió en México, en Ecuador la violencia también se ha disparado a medida que los carteles crecen.

Pazmiño añade que tres organizaciones ecuatorianas los Lobos, los Tiguerones y los Chone Killers— se habrían unido para conformar un nuevo cártel

Las implicaciones

Pazmiño advierte que las principales bandas del país “unen esfuerzos ” para controlar más territorio, rutas y obtener supremacía. Este nuevo cartel, señala, no tendría un solo líder, sino que responde a varias cabezas

“El tema central es que, al unirse, pueden ampliarse operativamente, aunque cada grupo mantenga el control de su propia zona”, explica Pazmiño.

Fuentes policiales consultadas por LA HORA confirmaron que conocen la existencia del cártel Nueva Generación y su vínculo con narco organizaciones mexicanas, especialmente con el Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG) Las mismas fuentes recordaron que todas estas estructuras criminales, sin importar su nivel dentro de la pirámide delictiva, han sido catalogadas por el Gobierno como organizaciones terroristas, lo que permite al Estado “atacar todo tipo de estructura”.

Según Pazmiño, un cartel tiene mayor capacidad operativa, control territorial y poder financiero, ya que puede

mover hasta tres veces más droga que otras organizaciones delictivas.

“Es una fuerza mucho más grande. Tienen dominio sobre zonas portuarias estratégicas, lo que les facilita sacar la droga del país”, enfatiza el exoficial. Tanto Pazmiño como agentes de Inteligencia coinciden en que Ecuador necesita reforzar sus capacidades de inteligencia y vigilar el sistema financiero para evitar el lavado de activos, una de las principales fuentes de financiamiento del crimen organizado.

“Otro elemento clave es recuperar los territorios ocupados por estas organizaciones. Es un trabajo colosal para el Estado, porque cedió espacios y ahora debe recuperarlos”, concluye Pazmiño. (DLH)

Carteles vs. bandas

° Los cárteles son más poderosos que las bandas criminales por razones estructurales, económicas y políticas:

1Estructura

jerárquica: Los cárteles funcionan como verdaderas empresas criminales. Tienen líderes, mandos intermedios, encargados de logística, finanzas, seguridad y relaciones internacionales. Las pandillas, en cambio, suelen ser más desorganizadas y locales.

2Control

delnarcotráfico: El narcotráfico mueve enormes cantidades de dinero. Esa fuente de ingresos constante y global les da poder para corromper autoridades, comprar armas, reclutar personal y expandirse territorialmente.

3Redes internacionales: Los cárteles no se limitan a un solo país. Controlan rutas internacionales de producción, transporte y distribución de drogas, lo que les permite influir en varios gobiernos y economías.

4Infiltración:

Con tanto dinero, los cárteles pueden comprar protección política, policial y judicial, algo que las pandillas locales difícilmente logran.

5Uso de la violencia: Aunque ambos usan la violencia, los cárteles lo hacen de forma instrumental y planificada. Las pandillas son más reactivas o territoriales.

Fuente: Ministerio de Interior, Fiscalía, Policía Nacional.
*Los últimos tres gobiernos han atribuido la escalada de muertes violentas al narcotráfico en Ecuador.

ROBOS. Las víctimas fueron intimidadas con armas de fuego para que entreguen sus vehículos.

Asaltan a dos conductores en medio de sus recorridos

Dos personas que se movilizaban en sus medios de transportes por diferentes sectores de Santo Domingo fueron blanco de grupos delictivos

Los casos ocurrieron durante las últimas horas y la Policía Nacional fue alertada para que tome los procedimientos correspondientes, pero los antisociales no han sido localizados.

Utilizaron armas de fuego El primer caso ocurrió cuando el conductor de una camioneta circulaba por la avenida principal de la cooperativa de vivienda Paquisha y fue interceptado por sujetos que se movilizaban en moto. Los delincuentes lo apuntaron y amenazaron para que frene la marcha. Inmediatamente lo bajaron del volante y escaparon en el transporte con dirección al sector de la 16 de Marzo.

Personal de la Policía Nacional desplegó un operativo por la Santa Martha, Los Arroyos y demás puntos colindantes para tratar de localizarlos, sin resultados positivos.

El segundo hecho se registró en la vía Aventura. La víctima, un motorizado que se dirigía desde el recinto La Carchense hacia el centro poblado de Julio Moreno, fue interceptada por dos sujetos en moto. Uno de ellos le apuntó con un arma de fuego para obligarlo a frenar. El perjudicado entregó su motocicleta, pues temía por su vida. (JD)

EL DATO

Los delincuentes hicieron transferencias de las bancas móviles.

VERIFICACIÓN. La Policía Nacional hizo patrullajes para tratar de localizar a los delincuentes.

Asaltan vivienda y sustraen dinero desde cuentas virtuales

Cinco delincuentes armados irrumpieron en una casa ubicada cerca de la avenida

La Lorena y amenazaron a sus moradores para robar dinero y artículos de valor.

Delincuentes armados irrumpieron en una vivienda privada de manera sorpresiva e intimidaron a los propietarios para robar varios artículos de valor.

El hecho ocurrió en un sector cercano a la avenida La Lorena, en Santo Domingo, y hasta el momento la Policía Nacional no ha podido identificar

a los responsables del delito. Con un arma de fuego amenazaron a las víctimas, a quienes les arrebataron sus celulares y también aprovecharon para transferirse alrededor de 4.000 dólares desde las bancas virtuales.

Rostro cubierto

Este robo a mano armada se

Accidente deja heridos a dos médicos, una

embarazada

Dos médicos sufrieron un accidente de tránsito mientras se movilizaban en un vehículo tipo jeep por la vía Paralelo Cero , en el cantón La Concordia . Por causas aún no esclarecidas, el medio de transporte perdió pista y volcó a un costado de la red estatal, en el tramo La Villegas – Monterrey. El hecho ocurrió aproximadamente a las 09:00 de ayer, jueves 30 de octubre, y dejó a los ocupantes con heridas mientras se dirigían a prestar servicios profesionales en una comunidad cercana.

Mujer embarazada

Entre los afectados se encuentra una doctora en estado de

El accidente ocurrió en el sector La Paz, tramo La Villegas –Monterrey.

gestación, quien sufrió complicaciones por los golpes. Tanto ella como su compañero fueron auxiliados por los uniformados de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), y trasladados en un patrullero al centro de salud, debido a la falta de señal para solicitar una ambulancia.

registró aproximadamente a las 20:00 del miércoles 29 de octubre, cuando la familia afectada ya se encontraba en la vivienda tras cumplir la jornada laboral.

Cinco serían los delincuentes que participaron en el hecho vandálico, a quienes no se los pudo identificar porque tenían el rostro cubierto con pasamontañas. Los individuos también se llevaron algunos artículos que estaban en la vivienda y posteriormente huyeron con rumbo

desconocido para no ser atrapados.

Minutos después, la Policía Nacional fue alertada del caso y un grupo de uniformados se movilizó al lugar de los hechos para verificar que las víctimas se encuentren a buen recaudo. Posteriormente, los gendarmes recabaron información preliminar de lo acontecido y desplegaron la búsqueda de los sospechosos por sectores aledaños. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición no habían sido localizados. (JD)

ACCIDENTE. Los profesionales de la salud resultaron heridos tras el volcamiento del vehículo.

Felipe Fuentes, jefe de la CTE en La Concordia , detalló que la mujer presentó más complicaciones que el hombre, pero ambas personas quedaron bajo observación médica para ser estabilizadas. El oficial añadió que se investigan las causas del accidente, aunque preliminarmente se presume que hubo una pérdida de carril y volcamiento del vehículo particular, cuya carrocería quedó destruida. (JD/JAR)

El Salvador suma 44 extensiones del estado de excepción

El Gobierno de El Salvador volvió a extender el estado de excepción, el número 44 desde su entrada en vigor hace más de tres años.

MODELO. Más de 90.000 personas han sido detenidas en El Salvador durante los últimos años, bajo acusaciones vinculadas a la actividad de las pandillas. EUROPA PRESS

MADRID. El Parlamento de El Salvador ha aprobado extender de nuevo el estado de excepción , en esta ocasión la prórroga número 44 de una medida que, desde que entró en vigor en marzo de 2022, ha conducido a la detención de cerca de 90.000 personas bajo acusaciones vinculadas a la actividad de las pandillas en el país centroamericano. Desde su inicio, esta medida ha generado un debate creciente sobre derechos humanos y gobernabilidad.

La iniciativa ha salido adelante una vez más con el apoyo de 57 diputados del total de 60 que tiene la cámara y amplía el régimen de excepción desde el 2 de noviembre hasta el 1 de diciembre.

Medida polémica

El partido del presidente salvadoreño, Nayib Bukele, ha defendido la extensión de la medida alegando que aún quedan “remanentes que no se han capturado” y ha asegurado la ausencia de homicidios en 932 días del estado de excepción y

89.875 detenidos en el marco de estas operaciones.

Durante el período de excepción, el Gobierno salvadoreño queda capacitado para suspender ciertas libertades y garantías con el objetivo de facilitar el despliegue de militares y policías en las calles y en los municipios donde se registran homicidios.

Durante estos años, el Gobierno de Bukele ha reportado una caída significativa en los índices de violencia, aunque organismos independientes cuestionan la veracidad de las cifras y denuncian abusos. Diversos analistas y organizaciones han señalado que las ampliaciones del estado de excepción han sido usadas para acallar voces críticas, con reportes de detenciones arbitrarias, torturas y falta de debido proceso.

El uso prolongado del estado de excepción también ha generado preocupaciones sobre el debilitamiento de la institucionalidad democrática. También ha incrementado la polarización, pues mientras una parte de la po-

blación respalda la medida por la mejora en seguridad, otra expresa temor ante la represión y la falta de transparencia.

Las organizaciones Lgbti, por ejemplo, denuncian persecución, falta de derechos e invisibilización en medio de una creciente deriva conservadora del Gobierno.

Bukele decretó el estado de excepción en marzo de 2022, cuando se registró en tan solo un día 62 muertes violentas , todo un récord para una pequeña nación acostumbrada a copar las cabeceras de la crónica roja. Está vigente desde entonces y si bien el crimen ha caído a índices históricos, los abusos a su amparo son constantes, como ha reconocido hace poco el Tribunal Supremo salvadoreño.

A pesar de estas polémicas, el modelo salvadoreño se ha convertido en referencia para otros gobiernos latinoamericanos que enfrentan problemas similares de violencia, aunque con advertencias sobre los riesgos de autoritarismo. (EUROPA PRESS/AGENCIAS)

REPUBLICA DEL ECUADOR

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LUIS ANDRÉS PALACIOS ORTEGA

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el  Juicio No. 09201-202200910 de  EJECUCIÓN ACTA DE MEDIACIÓN presentada por la señora  KAREN TATIANA MEDINA CORDERO  en contra de LUIS ANDRÉS PALACIOS ORTEGA.-

OBJETO DE LA DEMANDA: Se solicita se ejecute el acta de mediación y se dicte mandamiento de ejecución.-

UNIDAD JUDICIAL NORTE 2 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. Miércoles 27 de Abril del 2022, a las 09h50. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de fecha 25 de Abril del 2022 presentado por la parte accionante. En virtud de la razón actuarial que antecede en la que consta que el accionante ha completado la demanda dentro del término de ley se considera lo siguiente: PARTES: En ejercicio de su derecho al acceso a la Justicia establecido en el Art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Art. 75 de la Constitución de la República del Ecuador, comparece KAREN TATIANA MEDINA CORDERO y demanda a LUIS ANDRÉS PALACIOS ORTEGA la ejecución de un acta de mediación. NARRACIÓN DE HECHOS: Indica que suscribió el 2 de Agosto del 2017 una acta de mediación y que en la actualidad tiene pendientes de pago 14 pensiones alimenticias. FUNDAMENTO DE DERECHO: lo establecido en los artículos 137, 363.3 y 370, en concordancia con los artículos innumerados 2, 4, 5, 6 y 25 del Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. PRETENSIÓN: Se ejecute el acta de mediación y se dicte el mandamiento de ejecución. ADMISIÓN A TRÁMITE: Por ser clara, precisa y por reunir los requisitos previos en los artículos 370, 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en el Acta de Mediación 090102-2017-00992 del Centro de Mediación de la Fundición Judicial documento que constituye título de ejecución, al tenor de lo previsto en el Artículo 363 del mismo código; y se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN. CITACIÓN: De conformidad a lo establecido en los Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos y siguientes cítese al ejecutado LUIS ANDRÉS PALACIOS ORTEGA, para lo cual, remítase atento Deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Santo Domingo; para lo cual, la actuaria del despacho remita las boletas correspondientes. Notifíquese también al correo electrónico del accionado. DISPOSICIONES GENERALES: Palacios Ortega Luis Andrés cumpla con el pago de la pensión alimenticia determinada en el Acta de Mediación en la cantidad de $ 150.00 mensuales conforme consta en el Acta de Mediación; para lo cual, la actuaria del despacho remita el expediente al Departamento de Pagaduría a fin de que actualice el código supa asignado en el acta de mediación En virtud de lo expuesto, se procede a ejecutar el acuerdo constante en el acta de mediación ya referida, para lo cual una vez citado el ejecutado la Pagadora de esta Unidad Judicial realizará la liquidación de los valores que por pensiones alimenticias se encuentra adeudando el alimentante; por lo que, el ejecutado tendrá el término de 5 días a efectos de que se pronuncie sobre esa liquidación. Actúe la Abg. Taryn Almeida Delgado en calidad de Secretaria del despacho.- CÍTESE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE.-ado patrocinador.Intervenga la Abogada, Taryn Almeida Delgado, como secretaria del despacho. Notifíquese y Cúmplase.-

Miércoles 15 de enero del 2025, a las 17h01. VISTOS: Agréguense a los autos el acta de declaración juramentada de desconocimiento del domicilio de la demandada y el escrito del 10 de enero de 2025. En lo principal: 1) Se ordena la citación a la demandada LUIS ANDRES PALACIOS ORTEGA, se la citará mediante tres publicaciones, por la PRENSA, tal como lo estipula el Art. 56, numeral 1, primera parte, del COGEP, en uno de los diarios de mayor circulación, de esta ciudad de Guayaquil, en tres fechas distintas.- 2) La actuaria del despacho, cumpla con realizar el extracto correspondiente.- 3) Una vez citada a la parte demandada, conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de 10 días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151. Intervenga la Ab. Taryn Zuleika Almeida Delgado, en calidad de secretaria titular del despacho.- Notifíquese

Martes 9 de septiembre del 2025, a las 12h10. VISTOS: Atendiendo el escrito que antecede, y constando en acta el reconocimiento del desconocimiento del paradero de PALACIOS ORTEGA LUIS ANDRÉS, así como la imposibilidad de determinar la individualidad y domicilio de sus herederos presuntos o desconocidos, SE DISPONE: Por intermedio de Secretaría, elabórense los extractos de citación por la prensa, conforme a lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), para su publicación en tres (3) días distintos en uno de los periódicos de amplia circulación que se editen en la capital de la provincia del Guayas. Sin perjuicio de lo anterior, la parte interesada podrá gestionar dichas publicaciones en diarios de mayor circulación a nivel nacional, dejándose la constancia de las inserciones respectivas en autos. Una vez practicadas las publicaciones, incorpórese a los autos los ejemplares o certificaciones de los medios impresos que acrediten su realización, a efectos de computar los términos procesales correspondientes. Intervenga la abogada Taryn Zuleika Almeida Delgado, secretaria titular de este despacho. Notifíquese y cúmplase.

CUANTÍA: LA CUANTÍA ES DE $2.208,95 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHO 95/100).

JUEZ DE LA CAUSA: AB. RONALD LEONARDO CEVALLOS BRAVO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL; SIGUE CERTIFICACIÓN, AB. TARYN ZULEIKA ALMEIDA DELGADO, SECRETARIA DEL DESPACHO.Guayaquil, 6 de Octubre  del 2025

COMERCIO. Desde que inició su mandato, el presidente de EE.UU. ha presionado a otros países con los aranceles. Foto

Senado de EE.UU. vota por derogar los aranceles de Trump

El Senado de Estados Unidos ha votado a favor de derogar los aranceles globales de la administración de Donald Trump.

El Senado de Estados Unidos ha votado este 30 de octubre de 2025 a favor de derogar los elevados aranceles indiscriminados impuestos por la Administración de Donald Trump a parte de sus tradicionales socios internacionales, con el apoyo de cuatro republicanos, un día después de que ya hiciera lo propio para levantar las tasas a Brasil y Canadá.

En esta ocasión, los votos de estos cuatro senadores cuatro republicanos

Rand Paul, Mitch McConnell, Susan Collins y Lisa Murkowski -- han servido también para avalar una resolución que pretende dejar sin efecto los aranceles aplicados a aliados como Japón, Corea del Sur, o la Unión Europea, informa el portal The Hill. Es la segunda vez que el

texto pasa por el Senado, después de la fallida votación de abril, en la que el vicepresidente JD Vance, en calidad de presidente de la Cámara Alta, impidió con su voto en contra que la iniciativa siguiera adelante en una Cámara de Representantes, en la que no tiene visos de avanzar.

Momento clave

La votación ha tenido lugar

poco después de que Donald Trump y el presidente chino, Xi Jinping, acordaran una reducción del 10 por ciento a los aranceles impuestos a Pekín, a quien responsabiliza del tráfico de fentanilo.

En la víspera, el Senado votó en contra de los aranceles del 50 por ciento a los productos brasileños, gracias también al respaldo de cinco republicanos, ape -

nas unos días después del esperado encuentro entre Trump y el presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva.

Estados Unidos anunció a finales del mes de julio la implementación de un arancel adicional del 40% sobre los productos brasileños importados, hasta una tasa total del 50%, para “enfrentar las recientes políticas” del Gobierno de Lula. En concreto, la medida se impuso en represalia al procesamiento “por motivos políticos” del expresidente brasileño, Jair Bolsonaro, quien fue condenado a más de 27 años de prisión por su rol en el intento de golpe de Estado contra Lula. (EUROPA PRESS)

tomada de la cuenta de X de la Casa Blanca

Petro denuncia que EE.UU. le “humilló”

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, denunció que Estados Unidos le “humilló” al impedir a su avión reabastecer combustible en su viaje a Qatar.

DIPLOMACIA. El presidente de Colombia, Gustavo Petro. EUROPA PRESS

MADRID. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha denunciado haber sido víctima de una “humillación” de la Administración Trump, después de que al avión en el que viajaba hacia Qatar, como parte de una gira por Oriente Próximo , se le negara el abastecimiento en Cabo Verde por culpa de su inclusión en la ‘Lista Clinton’.

Petro ha desmentido de esta manera unas informaciones que han aparecido este jueves en la prensa colombiana en las que se lee que fue en el aeropuerto de Madrid, donde al avión se le negó el combustible para continuar con su viaje.

“La humillación no la pusieron en el aeropuerto de Madrid, no digan más mentiras”, ha desmentido el presidente colombiano, actualmente en Arabia Saudí, en un mensaje en su cuenta de X, en el que ha destacado que España le ayudó.

‘Trump me persigue’ Así, Petro ha responsabilizado de lo ocurrido a la empresa estadounidense con la que la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) contrató el suministro de gasolina y ha explicado que fue en Cabo Verde, un archipiélago frente a las costas sene -

galesas, donde se le negó el reabastecimiento al avión presidencial.

Aquel acuerdo con la empresa estadounidense “nunca debió ocurrir”, ha dicho Petro, quien ha adelantado que “se romperá el contrato”.

“ El mundo sabe que me persigue Trump porque me opuse al genocidio en Gaza y al crimen en el Caribe”, ha dicho el presidente colombiano, quien se ha burlado de las teorías que le relacionan con el narcotráfico.

El presidente colombiano, su familia, y el ministro del Interior, Armando Benedetti, fueron incluidos en la llamada ‘Lista Clinton’ del Departamento del Tesoro de Estados Unidos que apunta hacia personas y empresas con supuestos vínculos con el narcotráfico, convirtiéndose en el primer jefe de Estado colombiano en entrar desde que se elaboró por primera vez a mediados de la década de los 90. (EUROPA PRESS)

Tamara Garcés Almeida Notaría Sexta Quito DM.

EXTRACTO

NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mi Tamara Garcés Almeida, Notaria Sexta del Cantón Quito, el 22 de octubre de 2025, los señores PABLO ESTEBAN CARRION AVILES y MARÍA AUGUSTA ROBALINO AVILES, por sus propios derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal.

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación parcial de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Artículo 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, en un diario de circulación nacional, el extracto de la liquidación parcial del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores PABLO ESTEBAN CARRION AVILES y MARÍA AUGUSTA ROBALINO AVILES, otorgada mediante escritura pública de 22 de octubre de 2025, ante mi Tamara Garcés Almeida, Notaria Sexta del cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación parcial puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, D.M., 22 de octubre de 2025.

CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO EXTRACTO

ACTORA: INDUSTRIA LICORERA EMBOTELLADORA DE PICHINCHA S. A. ILEPSA

DEMANDADO: JHON JAIRO AMO QUIÑONES

ASUNTO: ACTA TRANSACCIONAL

CUANTÍA: USD $ 22.646,76

“CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACION DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO

INDUSTRIA LICORERA EMBOTELLADORA DE PICHINCHA S.A. ILEPSA C.

JHON JAIRO AMO QUIÑONES

28 de octubre de 2025

Considerandos:

Proceso No. 133-25

1. Que el 17 de octubre de 2025, el actor presentó un escrito el mismo que se agrega al proceso, adjunto una declaración juramenta que señala: “e) En consecuencia, manifiesto bajo juramento que desconozco cualquier otro domicilio o residencia del demandado, señor JHON JAIRO AMO QUIÑONES, razón por la cual realizo la presente Declaración Juramentada para que la misma sea utilizada para los fines de ley, en especial para solicitar la citación por la prensa dentro del proceso Arbitral número UNO TRES TRES GUION DOS CINCO (No. 133-25?”.

2. Que el artículo 11 de la Ley de Arbitraje y Mediación dispone en su parte pertinente: “(...) Si al actor le fuere imposible determinar el domicilio del demandado, la citación se hará mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación en el lugar en donde se sigue el arbitraje y en el domicilio del demandado. Si el demandado no compareciere en el término de diez (10) días después de la última publicación, este hecho se tendrá como negativa pura y simple de los fundamentos de la demanda (...)”.

Por lo expuesto:

I.- Cítese con la demanda al señor JHON JAIRO AMO QUIÑONES, mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación en el lugar en donde se sigue el arbitraje. Para el efecto de la citación por la prensa, entréguese el extracto correspondiente al actor.

II.- A la parte demandada le corresponde, de acuerdo al artículo 12 de la Ley de Arbitraje y Mediación, el término extraordinario de quince días para contestar la demanda, adjuntar pruebas y solicitar la práctica de las diligencias probatorias que justifiquen lo aducido en su contestación a la demanda, además señalará domicilio electrónico para futuras notificaciones. En el evento de que la parte demandada presente reconvención a la demanda, la misma deberá ser ingresada en un documento independiente/ separado al de la contestación a la demanda.-

III.- Incorpórense al proceso los anexos con que se acompaña la demanda, según consta en la fe de presentación correspondiente. - Es responsabilidad de la parte demandada el obtener copias de la documentación que se adjunte a la demanda.

IV.- Toda vez que la parte actora ha señalado dirección de correo electrónico de la parte demandada, póngase en conocimiento la demanda y la presente orden procesal mediante correo electrónico.-

V.- Una vez realizadas las publicaciones por la prensa, la parte actora, en el término de tres días, deberá presentar ante este Centro los ejemplares correspondientes. - Notifíquese.-” f) Ab. Francisco González Pazmiño, Director.-”

Maduro retirará nacionalidad a quienes apoyen una invasión

El dictador de Venezuela, Nicolás Maduro, ordenó al Tribunal Supremo retirar la nacionalidad a todo venezolano que apoye una invasión de su país.

MADRID. El dictador venezolano, Nicolás Maduro, ha ordenado retirar la nacionalidad a aquellos ciudadanos que apoyen una invasión estadounidense del país, un extremo para el que ha solicitado autorización al Tribunal Supremo, días después de que Caracas haya abierto un pro-

ceso en este sentido contra el dirigente opositor Leopoldo López, residente en España, al que ha retirado el pasaporte.

“He elevado al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una consideración constitucional en base al Artículo 130 para que, a gente vende patria que se suma a un Ejército

extranjero imperialista para invadir a Venezuela, el TSJ autorice proceder y quitarle la nacionalidad venezolana, toda la documentación y todo lo que haya que quitarle de acuerdo a la ley y la Constitución”, ha declarado durante un acto en la localidad de Petare, del que se ha hecho eco

la cadena Globovisión.

Las consideraciones de Maduro

El mencionado punto de la Carta Magna establece que los venezolanos “tienen el deber de honrar y defender a la patria” además de “resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la nación”, si bien el artículo 35 del mismo texto señala que solo la nacionalidad concedida por naturalización podrá ser revocada, mediante sentencia judicial, un extremo por tanto no aplicado a los venezolanos de nacimiento.

El mandatario ha acusado a López de estar “pidiendo que el Ejército gringo (estadounidense) se meta” en el país latinoamericano. “Vi-

viendo en Madrid, Leopoldo López, una mansión, 16 ha bitaciones, cinco pisos, en el barrio donde viven los multimillonarios, desde allá, pide que ataquen Petare, La Guaira”, ha criticado. El opositor ha reiterado esta semana su apoyo a “cualquier intervención”, incluida la militar por parte de Estados Unidos, para sacar del poder a Maduro, al que ha tachado de “cabeza del narcotráfico”, y ha insistido en que “no es una operación contra los venezolanos, sino contra el Tren de Aragua y el Cártel de los Soles”, después de que el Ejecutivo venezolano haya retirado de manera inmediata su pasaporte e iniciado un proceso para quitarle asimismo la nacionalidad.

López vive en España desde octubre de 2020 tras pasar casi siete años encarcelado en Venezuela y ha defendido abiertamente en diversas ocasiones una intervención militar de Washington en territorio venezolano, un escenario que considera “absolutamente legítimo”, teniendo en cuenta el “golpe de Estado” que, en su opinión, perpetró Maduro en las elecciones de julio de 2024. (EUROPA PRESS)

PODER. El dictador de Venezuela, Nicolás Maduro.

Sergio Sacoto es uno de los principales exponentes de la música nacional. Su trayectoria ha sido un viaje por el rock, el bolero, la salsa y ahora la cumbia fusión con su nuevo sencillo junto a Bacilos ‘Ya no quiero morir de amor’.

El arte estuvo presente en su vida desde muy pequeño. Y aunque sus primeros años empezaron con pinturas y dibujos, al final el arte plástico no fue una opción. La música finalmente lo cautivó y ya no hubo vuelta atrás.

Al igual que varios músicos jóvenes, se inició con una banda en la secundaria en la que tocaban covers de grupos como Black Sabbath o The Police.

De padre ecuatoriano y madre argentina, a los 18 años dejó su banda y fue obligado a cumplir la conscripción en Argentina. En otras tierras, lejos del ruido, lejos de la cotidianidad y de su entorno conocido fue cuando se encontró de verdad con la música y compuso su primera canción.

Un artesano de la música

En más de 30 años de trayectoria, Sergio Sacoto se define como “un artesano de la música” que está presente durante todo el proceso de creación de una canción. “No me gusta desprenderme, me gusta saber que cuando yo deje una canción ante los oídos de alguien, lo que está escuchando es una fabricación 100% mía”.

Desde la composición, el primer demo, la producción hasta la grabación y la edición. Para Sacoto estar durante todo el proceso es lo que lo convierte en algo satisfactorio. Hoy ha ido soltando algunas cosas, entre ellas la mezcla en estudio; sin embargo, aunque no lo hace personalmente, está ahí durante todo ese paso

Es en este sentido que trabajar por su propia cuenta le ha resultado más llevadero. A diferencia de cuando formaba parte de una banda, en donde además de estar a cargo de todo el proceso, tenía que rendir cuentas y apoyarse en la interpretación de otras personas.

Las canciones llegan a Sergio a través de melodías, acompañadas de una base que determina si va a ser salsa, funk, pop o rock. En ocasiones las graba y trabaja en ellas de inmediato, y a veces también las deja reposar meses o incluso

años.

A estas melodías les siguen palabras o frases que luego se trabajan como rimas, y finalmente el arreglo. Aunque disfruta de la composición y la letra, la mejor parte es la armonía, que es “lo principal de la canción”, explica.

La música, su gran amor Aunque pararse en un gran escenario frente a miles de personas suena intimidante, Sacoto admite que en realidad ha sentido más nervios en lugares pequeños en los que las personas están mucho más cerca y el ambiente es más íntimo. “¿Les gusta?”, “¿no les gusta?” es lo que cruza por su mente cuando ha tenido a personas viéndolo fijamente a solo dos metros de distancia, a diferencia del “ente” en el que se convierten los públicos gigantescos.

Para él, cada proyecto ha significado un aprendizaje, y lo han marcado de alguna manera para convertirse en la “persona escénica” que es en la actualidad.

Su música, así como él, está en constante cambio. Nunca se queda quieta. “Voy moviéndome, mis gustos cambian. Lo que escucho ahora no tiene nada que

ver con lo que escuchaba el año pasado”, comenta. Aunque sus inicios fueron en el rock, confiesa que ahora se siente muy lejano del concepto y la idea de este género musical o de ser rockero. “Más bien me siento músico, y más atado hacia los sentimientos y las emociones”.

A pesar de que no tuvo una influencia musical directa en su infancia, admite que la música se ha manifestado siempre en él. “Es lo primero en lo que pienso en la mañana y lo último que pienso al acostarme”. La música es el gran amor de Sergio Sacoto y lo acompaña como sustento, como hobby, como una pasión.

Ya no quiero morir de amor Cumbia fusión que mezcla música popular latinoamericana con ritmos contemporáneos, así es la nueva propuesta de Sergio Sacoto junto a la reconocida agrupación Bacilos.

‘Ya no quiero morir de amor’ es una canción que usa analogías para comparar el final de las relaciones amorosas con la muerte. De cómo ‘quema’ una pareja muy fogosa y pasional, de sufrir un coma diabético por una pareja demasiado dulce, o de cómo morir ‘envenenado’ por la toxicidad de la otra persona. Como protagonista de esta historia, explica Sacoto, “llego a la conclusión de que la única forma de evitar sentir que me estoy muriendo con cada relación que termina es arrancarme el corazón”.

Esta historia bailable es una producción internacional compuesta y producida por Sacoto en su estudio Malanga Producciones, en cuya grabación participan Jorge Villamizar y André Lopes de Bacilos, además de los músicos de la banda de Sacoto: Ernesto Karolys, César González, Marco Paredes y Vico Rodríguez.

Esta canción llega con un videoclip animado con los músicos como protagonistas. Con este trabajo, Sacoto cumple también el sueño de tener su propio corto de animación. (CPL)

TRAYECTORIA. La obra musical de Sergio Sacoto está compuesta por 10 álbumes de estudio, dos discos en vivo, un DVD, dos álbumes recopilatorios y colaboraciones con artistas.

Arenas y 10 de

VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694

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PERSONAS DE DOBLE VULNERABILIDAD

Introducción

Con la entrada en vigencia de la Constitución de Montecristi, el Estado ecuatoriano normó a través de la norma supra los mecanismos necesarios para asegurar la protección de los derechos humanos, estos mecanismos nacen o surgen de la necesidad de otorgar a las personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad aquella reparación a sus afectaciones jurídicas, de ahí que las que se encuentran en una doble vulneración pasan a ser los más importantes a la hora de proteger y cuidar sus derechos. De ahí que tengamos que los mecanismos de protección se originan como una base fundamental de apoyo normativo que se hace presente ante una posible vulneración de Derechos y como una garantía de cumplimiento normativo.

A la actualidad, los mecanismos de protección ganan amplio terreno y su enfoque va más allá, generando así mayor amplitud y fortalecimiento en su aplicación. Es por ello que, las personas de doble vulnerabilidad, entiéndase por estas aquellas que la Constitución de la República del Ecuador,1 así las reconoce en su artículo 35, se encuentran inmersas en aquella esfera de una igualdad que posiblemente se vea quebrantada, en razón de su situación de vulnerabilidad. Llegado a este punto debemos aclarar el concepto de vulnerabilidad, de manera que la comprensión y la dirección que pretende tomar los mecanismos de protección sea evidente y precisa. En tal sentido, tenemos que

la vulnerabilidad2 es el origen de un riesgo, amenaza o peligro, pero no es solo la presencia de este riesgo la que determina el que un sujeto sea vulnerable o no, sino la falta –o disminuciónde capacidad de respuesta, protección, abrigo o defensa frente a ese riesgo, o de mitigar o evitar sus consecuencias. De esta base conceptual nace dos tipos de vulnerabilidad:

1. Vulnerabilidad antropológica (esencial, inmanente a la especie o condición): Comprende la finitud y la fragilidad de la vida en que se funda la posibilidad y necesidad de toda moral, estrechando lazos directos con la dignidad de las personas.

2. Vulnerabilidad específica (contingente, variable y selectiva): Este segundo tipo es la que recae sobre las personas que sufren de cierto tipo de acontecimiento sea voluntario o no y de la cual nace un riesgo particular.

Ámbito e identificación de vulnerabilidad sobre las personas.

Es menester indicar ciertas características inmersas en la vulnerabilidad de una persona,

puesto que a partir de ellas podemos notar la presencia autónoma o mixta de una persona realmente en situación de vulnerabilidad. Atendemos a los siguientes elementos traídos por Manuel Pacheco3 :

• Social: Que si bien tenemos un articulado (Art. 66 de la Constitución) que pretende exterminar la creencia de que aún existen clases sociales, la realidad es totalmente contraria, por ello el ámbito social es una característica clara al apego de la existencia de una estructura social y su relación entre ellas.

• Socioeconómica: Ataca directamente al factor económico que genera el bienestar para una persona, puesto que sin ello el problema de la migración es la principal vía de solución para estas personas, a falta de un sistema de gobierno que erradique este problema.

• Cultura: Como el principal problema que hoy en día los Estados plurinacionales enfrentan en el campo de la educación, trabajo, sector público y privado. El racismo etnocentrista4 se encuentra latente en menor medida, pero latente.

• Física y Psicológica: Inmerso en la integridad de la

persona, específicamente aquel derecho a la integridad personal y lo que incluye este (Art. 66 numeral 3) como característica principal del cual se puede desprender las antes mencionadas. De estas características fundamentales es como se estructura o se llega a estructurar una evidente persona en situación de doble vulnerabilidad, y por ende necesitada de mecanismos que protejan su integridad personal.

A la actualidad, se incrementarían las personas en situación de doble vulnerabilidad es evidente, en razón de la pandemia originada producto del Covid-19, tomando como ejemplo a la Organización Panamericana de Salud (OPS) y Organización Mundial de la Salud (OMS) en San José, Costa Rica se desarrolló un proyecto de fortalecimiento de poblaciones vulnerables y personas en situación de exposición al Covid-19. La activación de este tipo de mecanismos de protección es fundamental en este caso, su finalidad siempre estará enfocada a atender a aquellas personas que contagiadas del virus puede resultar muy difícil que su derecho a la salud se vea otorgado en forma eficiente, ya que como bien es sabido los hospitales y el sistema de salud en general colapso. En estos casos se buscan alternativas de prevención para intentar remediar esta situación y evitar que los derechos de las personas en situación de doble vulnerabilidad se vean afectados en estricto sentido, puesto que la responsabilidad recaerá sobre el Estado como el garante de prestar atención prioritaria a la misma y no hacerlo. Sin embargo, la contradicción a la nor-

CONSULTA LABORAL

¿Los Municipios tienen responsabilidad solidaria cuando se presenta las demandas en contra de empresas públicas metropolitanas y solidariamente al municipio?

RESPUESTA

Los gobiernos regionales autónomos, como los municipios, para el ejercicio de sus competencias, podrán crear, mediante ordenanza, empresas públicas municipales.

Estas empresas son autónomas en su gestión financiera, económica y administrativa; por tanto las decisiones y responsabilidades respecto de sus trabajadores son de exclusiva competencia de sus órganos de gobierno y administración.

Por lo tanto, el municipio, organismo al que pertenece la empresa, no es solidariamente responsable de las obligaciones de las empresas públicas municipales con respecto de sus trabajadores porque no se configura el caso de solidaridad prevista en el Art.36 del Código del Trabajo.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

ma estará presente, que, si bien la Constitución reconoce un amplio catálogo de derechos, la realidad puede ser otra. Solo hasta diciembre del 2019 se registró alrededor de 1.050.638 5 niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, dato alarmante, aún cuando desconocemos el extenso número que podría llegar a ser si se identificaran a todas las personas en situación ya no solo de vulnerabilidad, sino de doble vulnerabilidad, sería una cifra tan amplia, que solo reflejaría la ineficacia de un plan organizacional que tiene un Estado, y

Director
DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Editor FRANCISCO LÓPEZ MURILLO
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Agosto,
UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
AUTORES: YANDRY M. LOOR LOOR Y BYRON ESPINOZA GUILLÉN.
La Hora LOS RÍOS, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
VIERNES, 31 DE OCTUBRE DE 2025

la inobservancia de una Constitución que lamentablemente no cobra sentido hacia quienes en verdad así lo requieren. En esta parte, lo único que cobra sentido es la viveza de ciertas personas en el país para aprovecharse de su “situación de vulnerabilidad” y ser beneficiados de las exoneraciones tributarias (abordaremos más adelante) que por ley se otorga a quienes padecen cierta discapacidad, un caso más que quedara en el olvido del Estado y en el recuerdo de todo un pueblo que verdaderamente requiere y necesita de exoneraciones tributarias.

La falta de políticas públicas eficaces dirigidas hacia este grupo es el origen de la viveza de ciertas personas. Por lo tanto, es necesario estructurar las bases de un sistema de gobierno que ignora el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador para poder observar la activación eficaz de mecanismos de protección que rezan sobre las personas en trato, de manera que ese sentido formal de la Constitución del cual habla e indica lo siguiente Víctor Valladolid 6 se vea cumplido: “Es la idea original del constitucionalismo la plasmación de la Constitución en documento escrito. Busca garantizar la seguridad y evitar equívocos en la aplicación de la norma (…)”

Mecanismos de protección ante vulneración de derechos a

personas de doble vulnerabilidad.

El amparo o acción de protección reconocido en el artículo 98 de la Constitución, podría decir que es una de las garantías jurisdiccionales con estricta observancia a la aplicación sobre personas de doble vulnerabilidad. Entiéndase por acción de protección aquel mecanismo de protección que tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución. De manera que las personas de doble vulnerabilidad poseen esta garantía jurisdiccional fundamental como símbolo de reclamo ante la inobservancia de su situación, pero sobre todo ante la vulneración de derechos constitucionales que al recaer sobre personas de este grupo prioritario no han sido garantizadas de manera eficaz, especial y con prioridad. No obstante, es importante observar y atender al objeto de cada una de las garantías jurisdiccionales, en tal sentido la acción de protección no implica el único mecanismo de defensa de las personas en situación de doble vulnerabilidad, sino también gozan de otras garantías jurisdiccionales reconocidas en la Constitución (Hábeas Corpus, Hábeas Data, Acción de acceso a la información pública, acción por incumplimiento, acción de incumplimiento y acción extraordinaria de protección) siempre que se configure el objeto de la misma.

Por lo tanto, las garantías jurisdiccionales son un mecanismo jurídico que posee un alcance preventivo teórico, puesto que su puesta en escena será ante la existencia verídica de vulneración de derechos constitucionales, teniendo como consecuencia final una reparación integral a la persona en situación de doble vulnerabilidad quien se convierte en víctima especial al encontrarse dentro del grupo de atención prioritaria.

Dentro del contexto jurídico, en cuanto al no cumplimiento de la acción de amparo cuando esta haya buscado la protección inmediata de los derechos de las personas vulnerables o doblemente vulnerables, tendremos a su vez a la acción extraordinaria de protección se trata, tenemos que la Corte Interamericana, en el marco de lo que determina el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o CADH se ha referido así al amparo directo – como se le conoce en algunos países – o acción extraordinaria de protección como le conocemos nosotros de acuerdo a lo determinado en nuestra legislación que: artículo 25.1 de la Convención es una disposición de carácter general que recoge la institución procesal del amparo, como procedimiento sencillo y breve que tiene por objeto la tutela de los derechos fundamentales […].

Es en ello, y de acuerdo a lo que nos establece este artículo,

que en aplicación igualmente en términos amplios, consta la obligación a cargo de los Estados de ofrecer de manera eficaz y eficiente, a todas las personas que se encuentran ya sea por ser naturales de ese estado, o por otra circunstancia y que se hallan sometido a su jurisdicción, a la protección mediante un recurso judicial efectivo contra actos violatorios de sus derechos fundamentales, que sean cometidos por cualquier persona o por omisión de alguna de estas, y que dicho amparo será de manera directa, procurando así generar los mecanismos tendientes a eliminar las barreras de protección tal.

De ahí que se dispone, además, que la garantía que se encuentra consagrada se aplica no solo respecto de los derechos contenidos en la Convención, sino también de aquellos que estén reconocidos por la Constitución o por la ley. 7

Por otra parte, y aterrizando en lo que determinar nuestra normativa interna, tenemos que la norma suprema en su artículo 86 señala que las garantías jurisdiccionales, y entre las cuales se encuentra la acción extraordinaria de protección, deberán en su sentencia deter-

NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA DE DEPENDENCIA DE CONFORMIDAD CON G.L. c. 119, § 39M

minar las formas de reparación del derecho y las autoridades responsables de su ejecución, y así mismo los jueces podrán determinar otros mecanismos para ejercer la reparación de dichos derechos constitucionales que se encuentran violentados, o que fueron violados en su momento tal, de acuerdo a como lo sostuve en mi artículo sobre la reparación integral en materia constitucional.

De ahí que ese hecho o hilo conductor en el cual “coinciden con la CADH y con la CorteIDH” en decir que estas garantías deben ser sencillas, rápidas y efectivas, y es que, permitir que la vulneración de dichos derechos se mantenga, solo harán que existan daños constantes a los derechos constitucionales como tal.

Por todas estas características se puede determinar que la institución de la acción extraordinaria de protección, más allá de que la LOGJCC determine que es un recurso, este procedimiento extraordinario de protección de los derechos, no es otra cosa que una acción y no un recurso, ya que conoce de una situación diferente a las de la jurisdicción ordinaria, no cono-

Ivan S Cajilema Quijosaca , Demandante Vs Maria E Quijosaca , Demandada “Padre Uno”

Si aplicable: Salvador Cajilema Paltan Demandado “Padre Dos”

Corte de Sucesiones y Familia de Worcester

Al Demandado o Demandados arriba mencionados: Ivan S Cajilema Quijosaca Demandante, ha presentado una Demanda de Dependencia ante el Tribunal de Sucesiones y Familia de Worcester nombrándole a usted como Demandado

Usted tiene el derecho de responder a esta demanda completando una Respuesta a la Demanda por Dependencia (CJP 42), presentándola ante el tribunal, y enviando una copia a la Demandante a la dirección indicada abajo dentro de 20 días de haber recibido esta citación

Puede presentar la Contestación a la Demanda de Dependencia presentándola en el juzgado en persona o enviándola por correo a:

Y enviando por correo entregando en mano o enviando por correo electrónico la Contestación a la Demanda por Dependencia a:

Tribunal de Familia y Sucesiones de Worcester 225 Main Street Worcester MA 01608

Abogada Caitlyn Burgess Cuya oficina se encuentra en:

MacMurray and Associates Two Center Plaza Suite 605 Boston, MA 02108

Si usted no presenta y notifica una Contestación a la Demanda de Dependencia o si presenta una Contestación a la Demanda de Dependencia admitiendo las alegaciones de la Demanda de Dependencia, el tribunal podrá resolver administrativamente esta Demanda de Dependencia

Si usted presenta y notifica una Respuesta a la Demanda por Dependencia, el tribunal programará una audiencia

Testigo Hon. Leilah A Keamy, Primer Magistrado de esta Corte.

Fecha: Octubre 14, 2025 [Firma] Registro de Sucesiones

ce el fondo de lo que se discutió sino si la administración de justicia tuteló o no tuteló los derechos fundamentales si existió o no violación del derecho al debido proceso, y a su vez determinar quién es responsable de dichas vulneraciones, y siendo el Estado (mediante la administración de justicia) es este quien debe reparar la violación, y es ahí donde debe de determinarse los mecanismos de reparación para eliminar las afectaciones jurídicas a las que hubieron lugar.

De ahí que tengamos, por su parte, en sentencia No. 011-09-SEP-CC, Caso No. 0038-08-EP, publicado en el R.O.S. 637 del 20-julio-2009, donde la Corte Constitucional ha explicado la diferencia entre admisión y procedibilidad de la acción extraordinaria de protección, determinando entre otras cuestiones dentro de sus consideraciones que “… este órgano constitucional debe revisar para su admisión si se cumple con dos requisitos que son: 1.- Que se trate de fallo, vale decir sentencias, autos y resoluciones firmes y ejecutoriadas; y, 2.- Que el accionante demuestre que, en el juzgamiento, ya sea por acción u omisión, se ha violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.

Beneficios tributarios.

En Ecuador los beneficios tributarios para las personas de doble vulnerabilidad se encuentran reconocidos en la Constitución y en el Reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades 8 . Esta denominación (personas con discapacidad) ha sido eliminada, ya que ahora se les denomina; personas con capacidades especiales. Taxativamente la Constitución establece lo siguiente en su artículo 47 numeral 4: “El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las

personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a: (…) 4. Exenciones en el régimen tributario. (…)”

Principios

El principio de mayor resalte sobre este asunto es el de; legalidad constitucional, debido a que en materia tributaria es uno de los más importantes, pues representa la base en la que descansa todo el sistema tributario.

Este principio establece que el Estado a través de la ley es quien se encarga del cobro y la exoneración de impuestos, garantizándole al ciudadano la confianza jurídica y respetando a demás, el principio de reserva de ley. En otras palabras, lo que se pretende mediante la aplicación de este principio es la de garantizar los derechos que se encuentran plasmados dentro de la Constitución, mediante los cuales se busca la igualdad y la equidad, garantizando así que una persona de doble vulnerabilidad pueda gozar de los beneficios que la ley le otorga.

Porcentaje de Beneficios Tributarios

Aplicable para personas con capacidades especiales (vulnerables)

En cuanto a la exención de impuestos la ley ha interpuesto un nivel de porcentaje de exoneración tributaria en base a al grado de discapacidad que posee la persona, es por esta razón que el Reglamento a Ley Orgánica de Discapacidades nos indica cuáles son esos porcentajes:

• Si una persona posee una discapacidad del 30% al 49% su exención tributaria será la del 60% que puede estar considerado como una exención mínima.

• Si una persona posee una discapacidad del 50% al 74% la exención será del 70%.

• Si una persona posee una discapacidad del 75% al 84% la exención será del 80%.

• Si una persona posee una discapacidad del 85% al 100% la exención será del 100% considerando a esta como la exención máxima que se puede aplicar dentro del campo tributario.

Excepciones a la exención de impuestos para personas

con capacidades especiales. Teniendo en consideración el porcentaje por el cual se puede eximir del pago de tributos a las personas con discapacidad, es neces ario determinar que existe una excepción según la Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades (artículo 22), en donde propiamente indica que con excepción a aquellos porcentajes ya estipulados por concepto de exención, en el campo del transporte ya sean estos terrestres, aéreos o marítimos, solo se realizará el descuento del 50% de la tarifa inicial. De la misma forma se tiene en consideración que se aplica el mismo porcentaje de descuento para los espectáculos públicos, para el uso de los servicios básicos, servicios de telefonía, internet, etc. En cuanto al transporte aéreo con rutas internacionales el descuento sigue siendo el mismo, y además libres de cualquier impuesto.

Exenciones que reconoce la Ley:

Las exenciones que realiza el Servicio de Rentas Internas (SRI) y Servicio Nacional Aduana del Ecuador (SNAE) para las personas con discapacidad son las siguientes:

Impuesto al valor agregado (IVA):

Se les hace la devolución del IVA que paga por la adquisición de servicios o de bienes cuando estos son de primera necesidad, de la misma forma no les cobran los impuestos al valor agregado por la adquisición de equipos como; prótesis o cualquier equipo que sea exclusivo para qué la persona que sufre de discapacidad tenga una rehabilitación plena, cuidadosa y segura. Así mismo, es importante destacar que el Estado con el fin de beneficiar a los grupos de atención prioritaria ha creado métodos para devolver los impuestos a las personas de los grupos o sectores vulnerables.

Impuesto a la renta (IR):

Por otro lado, el SRI brinda la facultad a aquellos trabajadores que poseen discapacidad o que tengan hijos o cónyuge con discapacidad (que estas personas sean dependientes) se les reduce el pago de impuestos a la renta en un 150% del valor de sus remuneraciones y beneficios sociales

Exoneración en la importación de bienes y vehículos:

El SNAE señala que aquellas personas que tengan discapacidad pueden importar bienes y vehículos para uso exclusivo en donde va a ver exenciones en cuanto al pago de tributos al comercio exterior. Esta exención se lo hará en base al porcentaje de discapacidad que posea cada persona por lo tanto, para gozar de estos beneficios deberán realizar una solicitud de acceso a la misma.

Otras exenciones

Servicios Básicos:

Serán acreedores a beneficios de los servicios básicos teniendo en consideración que únicamente se les exonera el 50% de los tributos.

Transporte y Espectáculos

Públicos:

De la misma forma serán exonerados en 50% todas aquellas personas que posean algún tipo de discapacidad.

De estas apreciaciones en cuanto a los beneficios tributarios que pueden recaer sobre personas en situación de doble vulnerabilidad, vemos como aparte de los mecanismos de protección hacia este grupo de atención prioritaria, es necesario acoplar en nuestro ordenamiento jurídico como bien lo hace el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, esta especie de mecanismos de beneficencia para este necesitado grupo de personas. La protección especial

y la eficacia de esa protección reza sobre todo lo que concierte cuando se habla de las personas de doble vulnerabilidad.

Conclusiones:

• Los derechos constitucionales han dado la pauta para la protección eficiente y eficaz de los derechos de las personas vulnerables, en especial de aquellas que se encuentran en una doble vulnerabilidad de sus derechos como ya se ha podido demostrar a lo largo del presente artículo.

• El estado ecuatoriano a través de sus diversas normas permite que las personas en estado de vulnerabilidad puedan acceder a beneficios y aspectos favorables para su desarrollo y crecimiento.

Autores: Yandry M. Loor Loor & Byron Espinoza Guillén Yandrylooryl_97@hotmail. com, baiiron20@gmail.com

1.Constitución de la República del Ecuador. (2008) Quito: CEP.

2.Pacheco, M. (2017) Poblaciones vulnerables y en situación de vulnerabilidad. UNESCO.

3.Ibíd.

4.Racismo etnocentrista: Está basado en la superioridad cultural del propio grupo, por lo que este asume que otros grupos diferentes suponen una amenaza cultural. (2019) ACNUR.

5.Gestión Digital (2020) “Niños y adolescentes, más vulnerables que nunca por la pandemia”

6.Valladolid, V. (2007). Introducción al Derecho Constitucional. Lima: Grijley.

7.Corte Interamericana de Derechos Humanos, Garantías Judiciales en Estados de Emergencia (arts. 27.2, 25 y 8 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-9/87 del 6 de octubre de 1987, Serie A No. 9, párr. 23. Ver, además, Corte Interamericana de Derechos Humanos, El Hábeas Corpus Bajo Suspensión de Garantías (arts. 27.2, 25.1 y 7.6 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-8/87 del 30 de enero de 1987, Serie A No. 8, párr. 32. 8.Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades (2017). Quito.

ASOCIACIÓN DE FÚTBOL NO AMATEUR DE PICHINCHA A. F. N. A.

De conformidad con los Arts. 13, 18, 87 y 88 de su Estatuto y por resolución de su Directorio, se convoca a Asamblea General Extraordinaria de Socios, la que tendrá lugar de manera presencial el día lunes 17 de noviembre de 2.025, a partir de las 17H00, en el Salón Auditorio de la A.F.N.A., ubicado en la casa No. 22-523 de la calle Andalucía y Mena Caamaño de esta ciudad de Quito, con el siguiente orden del día:

PUNTO ÚNICO

Segunda y definitiva discusión del Proyecto de Reforma al Estatuto de la AFNA y resoluciones

Cumpliendo las normas estatutarias, el mentado proyecto de reforma al Estatuto ha sido remitido a los clubes mediante comunicación, dentro del plazo establecido en el Art. 87 del Estatuto de la Entidad.

De acuerdo con lo señalado en el Art. 14 del Estatuto de la AFNA, de no haber el quórum necesario a la hora señalada en esta convocatoria, se esperará treinta minutos, transcurridos los cuales se instalará la Asamblea con el número de delegados presentes.

Los clubes deberán cumplir con el mandato del Art. 15 del Estatuto, al designar sus delegados a dicha Asamblea.

Quito, D.M., octubre 29 de 2025

Ab. Fred Larreategui Fabara Dr. Juan Pablo Velasco Franco Presidente Secretario

Tiburones enfrentan mayor riesgo de extinción

Si continúan las tendencias actuales de extinción, las poblaciones mundiales de tiburones perderán gran parte de su variedad, lo que amenazará los ecosistemas donde especies especializadas cumplen funciones vitales, según han descubierto investigadores de la Universidad de Stanford (Estados Unidos). Sus resultados se publican en ‘Science Advances’. EUROPA PRESS

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