Los Ríos

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Comerciantes de las bahías de Quevedo temen que sus ventas de diciembre bajen por la presencia de vendedores que ocupan aceras y calles para ofrecer artículos similares. Piden a las autoridades reforzar los operativos de control. 3

Nuevo cambio en permisos de salida de menores
Keiko Fujimori vuelve a buscar la Presidencia 6 9
ECONOMÍA GLOBAL
Ministerios: 85% del presupuesto ya está destinado
Habitantes de Puebloviejo y Urdaneta piden mayor resguardo policial y militar 4
Israel: Netanyahu se aferra al indulto para evitar condena 8 10


VÍCTOR CORCOBA HERRERO corcoba@telefonica.net
Elalarmante aumento de las cadenas de la esclavitud moderna, continúan atándonos las manos, hasta el punto de dejarnos en un estado deplorable, lo que representa una serie de amenazas deshumanizantes, que impiden ser uno mismo, lo que demanda una cuestión de justicia internacional impostergable.
Sólo hay que ver las últimas estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la que se hace referencia al trabajo forzoso y al matrimonio forzado. Por cierto, las mujeres y los niños continúan siendo desproporcionadamente los más vulnerables. En efecto, a poco que observemos a nuestro alrededor, veremos que cada día son más los ciudadanos que no pueden escapar de la opresión, debido a amenazas, violencia, coerción, engaño o abuso de poder.
Nos hemos globalizado, pero este sometimiento salvaje se da en casi todos los países del mundo y traspasa todas las líneas étnicas, culturales y religiosas. Por cierto, más de la mitad (el 52%) de todos los trabajos forzados y una cuarta parte de todos los matrimonios forzados se hallan en países de renta media-alta o alta.
Por otra parte, la vejatoria tendencia a juzgar la prostitución como un negocio o una industria, no sólo contribuye a la trata de seres humanos, sino que, es la prueba evidente de reducir la sexualidad humana a un mero producto de consumo. Mucha gente no puede ni emanciparse, entiende la vida como una relación entre dueño y cautivo. Ha llegado, pues, el momento de activar mecanismos globales para prevenir este tipo de inhumanas dominaciones.
Por esta razón, considero vital trabajar por aminorar este estado sanguinario, que alimenta el mercado de la tiranía naciente, incluso con más fuerza que antes. De igual modo, en los países menos desarrollados, de los que procede la mayoría de las víctimas, debiera hacernos repensar esta feroz situación, activando mecanismos más eficaces que nos saquen de este horror.

PABLO GRANJA ÁVALOS granja.pablo@yahoo.com
Todas las fuerzas oscuras del momento
Haceaños circulaba un chiste relacionado con las protestas callejeras, que atribuían a los gringos todos los males que ocurrían en nuestro país; decía que cuando un conservador es traicionado por su
El asesinato de Fernando Villavicencio vive una nueva etapa. El cierre de la instrucción fiscal, en el caso de la búsqueda de los autores intelectuales, llega con pedidos de que se involucre a más personas. Hasta ahora el caso tiene cuatro procesados, entre ellos dos políticos, José Serrano y Ronny Aleaga, y dos personas de ‘negocios’ acusados de delincuencia, Daniel Salcedo y Xavier Jordán. De ellos, Salcedo está en la cárcel y Serrano se encuentra detenido por temas migratorios en EE.UU .
Las diferencias entre los familiares de Villavicencio se han ahondado, lo que ha sido aprovechado por los enemigos del desaparecido. Ellas piden claridad y decisión a las autoridades, y coinciden con que la justicia debe involucrar a más personas en el crimen.
La Fiscalía pidió ayer vincular a alias Pipo, el líder de los Lobos,
quien fue capturado en España. Él sería una de las personas más enteradas sobre los autores del crimen. También otros dos cabecillas de ese grupo, alias Lobo menor y alias Gordo Lucho.
Las partes consideran inaudito que la Fiscalía todavía no haya incluido a Carlos Angulo, alias Invisible, ya sentenciado como autor material de este crimen. Él guarda silencio.
Pero hay otros más que están en el ámbito político. Los familiares de Villavicencio no descartan que actuaron dos altos líderes de la Revolución Ciudadana, en base a testimonios que apuntan a esos personajes.
El caso Villavicencio merece la atención de las autoridades. Sanar esa herida no solo ayudará a los familiares que buscan justicia, sino a un país que todavía sufre las consecuencias del asesinato, como la impunidad.

mujer, la obliga a confinarse en un monasterio; el liberal saca su pistola y apunta a los amantes; el socialista los arenga con textos de Marx, sale a la calle a recoger piedras y se va a romper los vidrios de la Embajada norteamericana. La misma cantaleta de la izquierda se sigue repitiendo respecto a Cuba: “la crisis de la Isla se debe al bloqueo gringo”, supuestamente causante de la imparable caída libre actual, con cortes de luz de hasta 12 horas diarias, una situación sanitaria deplorable, el transporte público en caos, la producción interna en la miseria,
los salarios que no cubren mínimamente la canasta básica. El argumento del bloqueo ha sido desmentido con datos que matan el relato: Cuba tiene relaciones diplomáticas con 190 países y comerciales con unos 120, entre ellos la Unión Europea, Canadá, Latinoamérica, China, Rusia, etc. Más aún, desde los Estados Unidos se exportan: medicinas y suministros médicos, productos agrícolas y alimentos. Más aún, la principal proteína importada es el pollo, siendo los EE.UU. su principal proveedor. Desde el inicio de la Revolución, los negocios pri-

MILDRED MOLINEROS G. mmolinerosg@masmediacion.law
Acompañar en el conflicto: un camino entre escuela y familia
Entoda escuela aparecen diferencias y desacuerdos en la comunidad educativa (estudiantes, docentes, autoridades, personal administrativo y también familias). No significa que algo esté funcionando mal; significa que todos están aprendiendo a relacionarse (escuchar, negociar, reconocer y, a veces, equivocarse). En algunas ocasiones, cuando surge un conflicto, algunos docentes prefieren no intervenir porque no existe un protocolo claro para los conflictos cotidianos. Es comprensible: no todos se sienten seguros para actuar sin una guía. A las familias les ocurre algo parecido. Muchas quisieran apoyar, pero temen intervenir de una forma que sea mal interpretada. No es falta de interés, es falta de ruta. Pero incluso cuando los adultos no intervienen, el conflicto deja un mensaje igual. Si no se acompaña, niños, niñas y adolescentes pueden aprender que es mejor callar, evitar, acumular o reaccionar con impulso. En cambio, cuando se acompaña, el mensaje cambia: hablar vale la pena y lo que siento sí importa.
Los protocolos y las hojas de ruta no deben existir únicamente pararesolverconflictoscuandoya están activos, sino también para prevenirlos. Una comunidad que educa y brinda herramientas para abordar pacíficamente conflictos, se adelanta a muchos problemas que luego no será necesario reparar. Un enfoque preventivo evita que los desacuerdos escalen; un enfoque reactivo ayuda a resolverlos cuando ya han ocurrido. Ambos son necesarios, y ambos funcionan mejor cuando escuela y familia trabajan juntos.
La escuela y las familias pueden brindar estructura, contención, herramientas de convivencia y un espacio seguro para hablar. Los protocolos son guías que indican qué hacer y cómo acompañar los conflictos.. Su propósito es ordenar el proceso, dar seguridad y ofrecer un camino claro para ayudar a las personas involucradas. Cuando escuela y familia se encuentran en ese punto, los estudiantes crecen con más seguridad, más herramientas y más confianza en sí mismos.
vados fueron estrangulados y las grandes industrias expropiadas sin indemnización, iniciando una lenta agonía a manos del Estado El actual dictador ha declarado que están rodeados de mar pero no tienen una flota pesquera. Esta es la tónica de la Revolución: un modelo fracasado que se acostumbró a vivir de la ayuda externa. H. Chávez fue la tabla de salvación de movimientos y gobiernos radicales, como Cuba, aunque desaprovechó la mejor oportunidad que tuvo para convertir a Venezuela en el gigante económico mundial que pudo ser, termi-
nando en el caos que es hoy. Al caer Maduro arrastrará a Cuba consigo; de ahí que se dice que los cubanos - siendo su primer círculo de protección - son guardianes de su vida y responsables de su muerte, porque no les conviene que caiga vivo en manos de sus enemigos. Pero tampoco le conviene al Cartel de los Soles, ni a los traficantes de oro; ni a los movimientos islámicos que tienen sus campos de entrenamiento en territorio venezolano. La dictadura venezolana se sostiene por estar apalancada por todas las fuerzas oscuras del momento.
Ellos alertan descontrol que permite a informales ocupar aceras y afectar las ventas.
QUEVEDO. Con el inicio de diciembre, los comerciantes empezaron a abastecerse de mercadería y a exhibirla para recibir a los compradores. Desde el jueves pasado se notó un fuerte movimiento en el centro de Quevedo, donde muchos ciudadanos salieron a adquirir productos de temporada, aprovechando descuentos y promociones.
Los negocios, especialmente los dedicados a la venta de ropa y calzado, adelantaron la exhibición de sus artículos —algunos en liquidación— y durante el sábado y domingo mantuvieron las ofertas, lo que dinamizó las ventas del fin de semana.
Silvia Holguín fue una de las compradoras que aprovechó las promociones. Con el pago de su décimo adquirió ropa para las fiestas de Navidad y Fin de Año para ella y sus hijos. “Hay que

aprovechar y comprar con tiempo, no esperar a última hora, porque desde mediados de diciembre la gente compra masivamente. Mejor hacerlo antes y con ofertas”, comentó.
Sin embargo, los comerciantes formales —quienes cuentan con locales establecidos o deben pagar arriendos y empleados— comenzaron a expresar sus quejas a las autoridades municipales, tanto de Vía Pública como de Control y Orden del comercio. Señalan que el comercio informal ya empezó a tomarse las principales calles de la ciudad, especialmente los alrededores de las bahías de Quevedo, afectando sus ventas y generando desorden.

Alertan descontrol del comercio informal
Miguel Ormaza, presidente de la Bahía de la Calle Octava, alertó que el comercio informal se ha extendido sin control en el centro de Quevedo, ocupando aceras, bordillos y esquinas, especialmente fines de semana. Asegura que, a diferencia de administraciones anteriores,
actualmente no hay presencia de agentes municipales ni control del comisario, lo que afecta a los comerciantes formales que pagan impuestos todo el año.
Ormaza pidió a Quevial y al comisario municipal, retomar los operativos y reorganizar el espacio público para evitar que vendedores externos ofrezcan los mis-
° En Quevedo existen tres bahías comerciales: la de la Calle Octava, la Timoteo Quevedo y la Marcos Quintana. Sus ocupantes solicitan que este año no se permita la presencia de comerciantes informales en los alrededores.
mos productos frente a los locales establecidos.
Anuncia feria navideña sin cierre de calles
Desde el Municipio, Miguel Gómez, Director de Seguridad Ciudadana, vías y espacios públicos informó que en diciembre se organizará una feria navideña en el malecón de Quevedo y en el Parque Lineal de San Camilo, sin cerrar las calles del centro. Señaló que las bahías y locales municipales deben ser los únicos espacios autorizados para el comercio.
Sobre este anuncio, el líder de la Bahía de la Calle Octava, Miguel Ormaza, indicó que la medida sería positiva siempre que realmente se cumpla, pues en años anteriores se hicieron promesas similares sin resultados. Reiteró que los comerciantes formales trabajan todo el año y dependen de diciembre para recuperar sus ventas, por lo que pidió evitar bloqueos y desorden en las vías.
Hasta nuestra redacción llegó la denuncia de un ciudadano del cantón Valencia sobre las supuestas deficiencias en el servicio de recolección de basura.
Lilian C. indicó: “Por favor, que las autoridades obliguen a trabajar correctamente al personal de recolección. Hay un grupo que siempre hace lo mismo. Por ejemplo, el turno del último sábado: pasaron rápido por ciertas casas, recogieron algunas fundas y otras no. Si las bolsas son grandes o pesadas, simplemente las dejan tiradas.”
La denunciante señaló que en la avenida Arco Pérez y Profesor Idrovo el personal dejó basura frente a varias viviendas, generando malos olores. “Pedimos que las autoridades actúen y manden a recoger la basura hoy mismo. Un grupo de vecinos presentará la queja formal, ya que es el mismo personal que trabajó el sábado en la mañana”, añadió. Por este motivo, los moradores solicitan a los encargados del servicio mejorar el trabajo y reforzar los controles para garantizar la higiene en la ciudad.

SALUBRIDAD.- Moradores afirman que el servicio no se ejecuta de manera adecuada.
En menos de 72 horas se registraron nueve personas asesinadas
LOS RÍOS. La incertidumbre y el miedo se han apoderado de los habitantes de los cantones Puebloviejo y Urdaneta, luego de que durante el último fin de semana de noviembre se registraran aproximadamente nueve personas asesinadas y varios heridos, entre ellos menores de edad.
Ante esta situación, los residentes de ambas localidades solicitan a las autoridades cantonales y provinciales que se refuerce la presencia de uniformados para evitar que continúen los episodios violentos que mantienen en zozobra a la población.
Hechos violentos cerca de unidades educativas Dos de los hechos más recientes ocurrieron en las cercanías de unidades educativas, mientras que otro ciudadano fue atacado en las inmediaciones del Regis-



TRAS varios Años, Lara nuevamente asume un puesto público y ahora como Gobernador de Los Ríos
tro Civil de Urdaneta.
La mayoría de las víctimas se encontraba entre los 20 y 30 años, lo que aumenta la preocupación entre los moradores.
“Estamos con miedo, esperemos que las autoridades se dignen a trabajar por mi cantón”, expresó una habitante de Urdaneta, reflejando la angustia que viven día a día.
Willian G., otro residente del cantón, también ma-
nifestó su inquietud:
“¿Dónde están las autoridades de Catarama y Ricaurte que no se preocupan por la seguridad de la gente?”, lamentó.
Puebloviejo en zozobra
El cantón Puebloviejo también fue escenario de ataques armados. En distintas horas del día, tres personas fueron asesinadas, siguiendo una modalidad similar a la registrada en Urdaneta.
Wimer T., habitante de Puebloviejo, mostró su descontento por la falta de control:
“Los Ríos, pueblo de nadie”, afirmó, pidiendo junto a otros ciudadanos una intervención urgente para frenar la violencia que ha cobrado varias vidas.
Exigen mayor presencia militar y policial Frente a la ola de violencia, los residentes de Urdane -
Capturan a “gago” en babahoyo durante operativo
Un operativo militar desarrollado en la ciudad de Babahoyo permitió la captura de un ciudadano conocido con el alias de “Gago”. La aprehensión se produjo en los bajos del malecón 9 de Octubre, donde los uniformados interceptaron al sospechoso. Durante la detención, el personal militar encontró en su poder un paquete con sustancias sujetas a fiscalización, presuntamente marihuana. De acuerdo con un reporte oficial, el aprehendido estaría vinculado según las primeras investigaciones en actividades delictivas como presunto sicariato, extorsión y otros ilícitos. Tras el respectivo procedimiento el individuo fue puesto a disposición de las autoridades competentes para el inicio del debido proceso judicial y continuar con las investigaciones respectivas del caso. (KAT)
Un operativo conjunto entre personal militar, policial y la Fuerza Aérea permitió la liberación de cuatro personas que permanecieron secuestradas desde el jueves 26 de noviembre. Las víctimas, oriundas de Quito, habrían sido retenidas mientras realizaban trabajos en la zona para una agencia publicitaria, según informó el coronel de la Zona 5, Willian Calle.
La respuesta de las fuerzas del orden se activó desde el mismo día en que se conoció el secuestro. Durante las primeras intervenciones, la tarde del viernes en el cantón Mocache, un presunto
delincuente fue abatido. El individuo se encontraba en una vivienda donde inicialmente se pensaba que mantenían cautivas a las víctimas. Al notar la presencia policial, intentó huir y abrió fuego contra los uniformados, lo que provocó su neutralización. Posteriormente se confirmó que las personas secuestradas no estaban en ese domicilio.
Las investigaciones continuaron y, entre el domingo 30 de noviembre y la madrugada del lunes se ejecutaron nuevos operativos. Estas acciones permitieron ubicar a las cuatro víctimas —tres mujeres y un hombre— en

una zona rural de Jauneche, perteneciente al cantón Palenque, donde permanecían en cautiverio. Tras su rescate, las perso-

nas fueron trasladadas a un centro de salud para su valoración médica y puestas a buen recaudo. El operativo se desarrolló principalmente
entre los cantones Mocache y Palenque, y concluyó con la liberación de las víctimas luego de cinco días de secuestro. (KAT)
“La pelea es peleando” es una de las frases que utiliza el movimiento político Creando Oportunidades (CREO), fundado por el empresario y expresidente de la República, Guillermo Lasso.
CREO es una de las 17 organizaciones políticas de ámbito nacional que existen en el país, registradas en el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Eitel Zambrano , presidente nacional de CREO, dialogó con LA HORA sobre las perspectivas hacia el futuro de su organización política.
P. ¿Cuál es el panorama que observa CREO en el ámbito político tras los resultados electorales de la consulta popular?
Nosotros estuvimos apoyando las preguntas del referéndum y de la consulta popular, porque consideramos que era una buena oportunidad para que se hagan ajustes inmediatos y cambiar la Constitución. También era una muy buena oportunidad para darle solución un poco más rápido a esos temas (planteados en las preguntas del referéndum) La ciudadanía fue la que decidió. Al final hicimos lo que para nosotros era lo correcto, de acuerdo a nuestros principios ideológicos y como ha sido nuestra manera de actuar.
P. ¿Continuará la crisis política al haber ganado el No o en algo influyó este proceso electoral?
Una cosa es la crisis política que vivimos por otros factores, pero el tema de la ciudadanía va más por la inconformidad de lo que está viviendo (por ejemplo, la inseguridad) en el presente, que por la crisis política. Obviamente, en los partidos políticos tenemos que mejorar muchas cosas en ese sentido. Nosotros seguimos trabajando para ser una oferta sólida en futuras elecciones.
P. ¿Cómo superar la crisis política después de este proceso electoral?
El que debe accionar eso,
CREO no se autocalifica como la posible tercera vía, pero sí busca un mejor posicionamiento en el panorama político, sobre todo después de los resultados que dejó la consulta popular.
más que todo, es el mismo
Gobierno (de Daniel Noboa ) porque es el que está al frente en este momento. Nosotros, como organización política, podemos tener muchas ideas que se pueden implementar, pero en ese sentido la responsabilidad netamente es del gobernante de turno, más no de las organizaciones políticas. No nos entrometemos. Nosotros nos estamos preparando con nuestra hoja de ruta para las elecciones seccionales en el 2027 y para el 2029, que son las generales.
P. ¿Qué plantea CREO hacia el futuro?
Todo cambió desde el referéndum y consulta popular del domingo 16 de noviembre . Muchas variables han cambiado, en ese sentido nos estamos preparando para ser una alternativa sólida y contundente, para ofrecerle a la ciudadanía. Eso es lo que estamos viendo desde nuestra posición como organización política, estamos en esa línea.
CREO hizo campaña por el Sí en las tres preguntas de referéndum y la pregunta de consulta popular (instalación de la Asamblea Constituyente).
PERSONAJE. Eitel Zambrano, presidente nacional del Movimiento político Creando Oportunidades, fue asambleísta nacional en el periodo 20212023. (Foto: X de Zambrano).
P. ¿CREO busca ser esa tercera vía sin la Revolución Ciudadana y sin ADN, es posible?
En 2027 el país volverá a las urnas para elegir a nuevos alcaldes, prefectos, concejales y juntas parroquiales.
No hablamos de ser una tercera vía, nosotros hemos sido la vía. La ciudadanía también debe hacer conciencia de qué es lo que ha pasado y analizar esos momentos políticos que hemos vivido en los últimos años. En ese sentido, nos estamos preparando para ser mucho más contundentes, posicionarnos de mejor manera y parte de eso va a ser el 2027 en las seccionales. Esperamos que la ciudadanía haga esa conciencia social que se requiere para elegir buenos elementos, tanto para los gobiernos locales, provinciales y hasta para las juntas parroquiales, que por más pequeñas que sean se puede activar algo positivo, hablando desde las bases hacia arriba.
P. Para ser esa vía, ¿la muerte cruzada sería un punto a favor o en contra? Dejando muy claro que esa decisión que tomó el expresidente Gui -
llermo Lasso fue la decisión correcta para sostenernos como Estado, no hay que dejar atrás la historia que se vivió, lo que estaba pasando. Si Lasso no aplicaba la muerte cruzada (disolución de la Asamblea Nacional y convocar a elecciones generales anticipadas), ¿qué era lo que se avizoraba?: una destitución de la fiscal general del Estado (Diana Salazar). Y si eso hubiera pasado, no hubiéramos conocido los casos Metástasis, Plaga, Purga. Pero Lasso mantuvo el espíritu democrático dentro de nuestro país y por eso está el presidente Noboa. Si Lasso no tomaba esa decisión para cuidar la democracia, las cosas hubieran sido totalmente diferentes.
P. ¿Cuál es la postura de CREO frente a la posibilidad de un gran acuerdo nacional? Nadie nos ha propuesto en ese sentido, no he escuchado una posición en firme para que se dé un gran acuerdo, ni cuáles serían los hitos iniciales para que eso se pueda consolidar. Tendríamos que analizar cuál sería la propuesta. Si es alguna organización política que está manchada con casos de corrupción, ahí ya tenemos una línea roja. Y de lo que lleguen a proponer, ¿cuáles son los condicionamientos? En ese sentido, veríamos que no se puede dar. (KSQ)
CREO inició la búsqueda de perfiles para las seccionales
° La organización política finalizó el 29 de noviembre de 2025 la reestructuración interna con la elección de las directivas provinciales. Ahora se encuentra en una nueva etapa: la búsqueda de los cuadros para las elecciones seccionales. Zambrano mantiene diálogos con actores políticos locales de cara al 2027.


ACCIONES. El trabajo en territorio es una fortaleza del presidente Daniel Noboa. Foto: ADN Ecuador
Yolanda Yupangui, exvocal del CJ, dijo que para aprobar el Reglamento se trabajó con Migración, con la Unidad de Trata de Blancas de la Fiscalía y con los notarios a quienes se les explicó paso a paso el nuevo procedimiento. El 29 de octubre de 2025, el Consejo de la Judicatura (CJ) derogó la Resolución 063-2025, que estuvo vigente desde septiembre, con la que se aprobó el Reglamento para tramitar la autorización de salida del país de niños, niñas y adolescentes.
Tenía el objetivo de prevenir migraciones riesgosas, pero su aplicación
evidenció complicaciones operativas y migratorias, dijo la Judicatura. La derogatoria del Reglamento implica que ya no se deben cumplir estos requisitos para obtener la autorización:
• Presentación de un formulario autorizado por el CJ.
• Entrevista con los padres que otorgan la au-
Yolanda Yupangui defiende aprobación del Reglamento
° Yolanda Yupangui, exvocal del CJ, entre octubre de 2023 y septiembre de 2025, dijo que para aprobar el reglamento se trabajó con Migración, con la Unidad de Trata de Blancas de la Fiscalía y con los notarios, a quienes se les explicó paso a paso el nuevo procedimiento.“Las notarias mujeres manifestaron su preocupación por la salida de niñas que no iban acompañadas de sus padres, sino de terceras personas”.
Reconoció que sí generaba alguna dificultad la incorporación de la huella y la fotografía para identificar a quienes sacaban a los niños del país e implicaba mayor trabajo para los notarios, pero el propósito del CJ fue precautelar la integridad de los niños, niñas y adolescente en estado de abandono o de calle
Aclaró que la elaboración del reglamento no fue a pedido del CJ, sino por solicitud de la Unidad de Trata de Personas, de Fiscalía y Migración.
Además, aunque un reglamento no puede estar sobre la ley, aclaró que la disposición (que fue derogada) no estaba modificando la norma, sino dando viabilidad para evitar el riesgo de que salgan del país para fines comerciales o trata de personas. La Constitución establece el interés superior del niño, recordó.
torización, acreditando su calidad de progenitores. A título personal, consideró que la utilización de formularios era adecuada, pues permitía estandarizar el procedimiento y evitar inconsistencias. Sin su uso, vuelve a ser necesario que los padres presenten una petición o minuta para la autorización de salida del país.
Sobre las huellas dactilares y la fotografía incorporadas por el reglamento derogado, Arellano señaló que estas exigencias generaron resistencia en usuarios, quienes consideraban que vulneraban su derecho a la intimidad. También existió resistencia por parte de notarios, pues la incorporación de la imagen del funcionario en las escrituras públicas generaba preocupación.
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ECONOMÍA
torización de salida del país.
• Toma de huellas dactilares de los padres y del menor.
• Foto de los comparecientes.
• Entrega de dos testimonios del acto notarial en el cual se ha otorgado fe pública de la autorización de salida del país. Pero se mantiene vigente la suscripción de un acta notarial en la que conste la autorización, firmada por ambos padres o uno para que el niño pueda viajar. En caso de que viajen solos o con terceros, requieren la autorización de los dos progenitores.
Paúl Arellano Sarasti, notario 64 del cantón Quito, dijo que el o los padres deben presentarse en la notaría para tramitar la au-
En la oficina del notario Paúl Arellano se emitían aproximadamente tres autorizaciones semanales durante la vigencia del reglamento.
Arellano agregó que no existió cap acitación previa por parte del CJ o la Fiscalía para la toma de huellas y fotografías, y que la resolución entró en vigencia sin un proceso adecuado de socialización.
Recordó que ni la Ley Notarial ni el Código de la Niñez y Adolescencia contemplan la obligación de incorporar huellas dactilares o fotografías dentro de las escrituras, por lo que un reglamento no puede imponer exigencias no previstas en la ley.
Antes de la aprobación del Reglamento, tanto la Federación Ecuatoriana de Notarios como el Colegio de Notarios de Pichincha habían advertido su improcedencia. Pero, el CJ no acogió dichas observaciones, dijo Arellano. Indicó que el proceso debió implementarse de manera coordinada entre instituciones y con capacitación previa. En el caso de su Notaría, y mientras el reglamento estuvo vigente, las autorizaciones emitidas generaron inquietud en algunos usuarios, quienes manifestaron que en los controles migratorios se les solicitaba incorporar la fotografía a color o que las huellas de los pulgares sean legibles. (SC)
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La FIFA confirmó cuándo es el sorteo del Mundial 2026, que comienza el 11 de junio y termina el 19 de julio.
El sorteo del Mundial 2026 se realizará el viernes 5 de diciembre en el Centro John F. Kennedy para las Artes Escénicas en Washington D. C., a partir de las 12:00 hora local. El emblemático Kennedy Center, anunciado como sede por Donald Trump y Gianni Infantino, es uno de los mayores espacios culturales de Estados Unidos, con más de 2000 espectáculos anuales y millones de visitantes.
Hasta el momento, 42 de las 48 selecciones participantes ya están definidas, mientras que las seis restantes saldrán de los repechajes de marzo de 2026: dos cupos del repechaje intercontinental en México y cuatro del europeo. Con el calendario confirma-
do, solo resta completar los grupos.
El formato del sorteo establece que los tres países anfitriones —Estados Unidos, México y Canadá— estarán en el Bombo 1 junto con las nueve mejores selecciones del ranking FIFA: España, Argentina, Francia, Inglaterra, Brasil, Portugal, Países Bajos, Bélgica y Alemania. Los anfitriones tendrán pelotas de colores especiales y ocuparán las posiciones A1, B1 y D1 según corresponda El Bombo 2 reunirá a las siguientes 12 selecciones mejor clasificadas, entre ellas Croacia, Marruecos, Colombia, Uruguay, Suiza, Japón, Senegal, Irán, Corea del Sur, Ecuador, Austria y Australia.
Juicio No. 12331-202400569
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN
QUEVEDO, Quevedo, viernes 8 de noviembre del 2024, a las 12h17.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN
QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN
A:HEREDER OS DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron Hugo Alberto Larenas Vallejo y Fabiola Argentina Schettini Landazuri.-
SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso Ordinario Prescripción Extr aordinaria Adquisitiva de Dominio No.12331-202400569 presentada por la señora SILVANA YANET RUBIO MONTESDEOCA, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:
ACTOR: SILVANA YANET RUBIO MONTESDEOCA.
DEMANDADO: PIEDAD ESTHER ARROYO DUEÑAS, en calidad de cónyuge sobreviviente de quien en vida fue Hugo Alberto Larenas Vallejo; ALEX FERNANDO LARENAS SCHETTINI, HUGO GEOVANNY LARENAS SCHETTINI, con cédula de; JOSÉ SANTIAGO LARENAS SCHETTINI, en sus calidades de HEREDEROS CONOCIDOS de quienes en vida fueron Hugo Alber to Larenas Vallejo y Fabiola Argentina Schettini Landazuri; HEREDEROS DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron Hugo Alberto Larenas Vallejo y Fabiola Argentina Schettini Landazuri y personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO. -
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta

El Bombo 3 incluirá a Noruega, Panamá, Egipto, Argelia, Escocia, Paraguay, Túnez, Costa de Marfil, Uzbekistán, Qatar, Arabia Saudita y Sudáfrica. El Bombo 4 contendrá a Jordania, Cabo Verde, Ghana, Curazao, Haití, Nueva Zelanda y los seis ganadores de repechaje.
La FIFA garantizará que no coincidan equipos de la
que: Señor Juez al Amparo de lo dispuesto en los artículos 603, 715, 2392, 2397, 2410, 2411, 2413 y siguientes del Código Civil Vigente, en concordancia con lo establecido en los artículos 289 y 141 del Código Orgánico General de Procesos; y, artículo 240 numerales 1, 2 y 5 del Código Orgánico de la Función Judicial, solicito que mediante SENTENCIA se DECLARE CON LUGAR LA DEMANDA Y LA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, otorgándome la TITULARIDAD del bien inmueble materia de la litis donde vivo de forma pacífica, ininterrumpida sin clandestinidad de ninguna índole, con ánimo de señor y dueño por más de 30 años a la presente fecha, la cual su Usia dispondrá se protocolice en una de las notarías del cant ón Quevedo, Provincia de Los Ríos y se inscriba
en el Registro Municipal de la Propiedad del Cantón Quevedo, la misma que me servirá de TÍTULO DE PROPIEDAD. .-
CUANTÍA: INDETERMINADA. TRÁMITE: ORDINARIO.
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Willam Patricio Panchi Chancusig; (...) CALIFICACIÓN DE LA REFORMA DE LA DEMANDA: La presente demanda de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, presentada por SILVANA YANET RUBIO MONTESDEOCA, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas
misma confederación en un grupo, salvo Europa, que podrá tener hasta dos selecciones por zona. Además, España (1°) y Argentina (2°) serán ubicadas en caminos opuestos, al igual que Francia e Inglaterra, para evitar cruces prematuros entre las selecciones más fuertes. Sobre los anfitriones: Estados Unidos abrirá su camino
en el Grupo D el 12 de junio ante un rival del Bombo 3; México inaugurará el torneo el 11 de junio en el Estadio Azteca frente a un equipo del Bombo 3; y Canadá debutará el 12 de junio en Toronto frente a una selección del Bombo 4, completando así un calendario que marcará el inicio de una Copa del Mundo histórica.
en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en contra de los herederos de HUGO ALBERTO LARENA VALLEJO tales como: FABIOLA ARGENTINA
SCHETTINI LANDAZURI en calidad de su ex cónyuge, ALEX FERNANDO
LARENA S CHETTINI, HUGO GEOVANNY
LARENA SCHETTINI, JOSÉ SANTIAGO LARENA SCHETTINI y a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN BUENA FE ..., en atención a lo solicitado en el escrito que se provee y de conformidad con lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico General de Procesos, se convalida el auto precedente en el sentido: “ CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: La presente demanda de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, presentada por SILVANA YANET RUBIO
MONTESDEOCA, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en contra de PIEDAD ESTHER ARROYO DUEÑAS, con cédula de ciudadanía N° 0901983353, en calidad de cónyuge sobreviviente de quien en vida fue Hugo Alberto Larenas Vallejo; ALEX FERNANDO LARENAS SCHETTINI, con cédula de ciudadanía N° 1706742085, HUGO GEOVANNY LARENAS SCHETTINI, con cédula de ciudadanía N° 1706546090; JOSÉ SANTIAGO LARENAS SCHETTINI, con cédula de ciudadanía N° 1706368675, en sus calidades de
HEREDEROS CONOCIDOS de quienes en vida fueron Hugo Alberto Larenas Vallejo y Fabiola Argentina Schettini Landazuri; y a los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron Hugo Alberto Larenas Vallejo y Fabiola Argentina Schettini Landazuri; cuéntese con los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO (...)
Quevedo, 08 de noviembre de 2024
AB. MARÍA LORENA RODRÍGUEZ SALINAS SECRETARIA P-1085-01-72
En Ecuador, casi todo el presupuesto de un Ministerio está preasignado por leyes y la Constitución, dejando a los ministros con un margen mínimo de decisión real.
¿Qué tanto poder tiene realmente un ministro en Ecuador? Mucho menos del que cualquiera imagina. La arquitectura fiscal del Estado ecuatoriano, anclada en la Constitución de 2008, en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip) y en múltiples leyes, deja rígido alrededor del 85% del presupuesto que administra cada cartera de Estado. Es dinero que no se puede reubicar, que debe ejecutarse exactamente donde la norma lo ordena y que no depende de la voluntad o estrategia del ministro de turno.
El economista Luis Espinosa Goded, docente de la Universidad San Francisco de Quito (USFQ), lo resume de la siguiente forma: “Háganse a la idea de que hoy en día un ministro o un gerente general de empresa pública no puede hacer nada, o casi nada. No hay presupuesto para hacer obras, prácticamente todo el gasto está preasignado por esta Constitución y compromisos adquiridos, no hay mayorías para hacer leyes con cambios estructurales, no puede despedir a funcionarios ni contratar nuevos, y no hay motivación para implementar proyectos”.
Aunque suene exagerado, la evidencia jurídica y fiscal le da un peso considerable a su afirmación. La Proforma presupuestaria anual incorpora asignaciones obligatorias para educación, salud, seguridad social, gobiernos locales y, en el caso de la deuda pública, como ya analizó LA HORA, el gasto ha ido aumentado de la mano de los déficits fiscales y no se lo puede eludir.
El Coplafip, por su parte, clasifica numerosas partidas como “gasto permanente obligatorio”, desde salarios hasta mantenimiento crítico, subsidios, transferencias condicionadas y contratos plurianuales. Y las leyes sec-

toriales (Educación, Salud, Interior, Inclusión, Trabajo, etc.) distribuyen automáticamente fondos según requerimientos que un ministro no puede alterar.
En la práctica, el margen que queda para decisiones ministeriales suele estar entre el 5% y el 15% del total, dependiendo del sector. Y en años de crisis fiscal, ese margen se reduce todavía más, llegando en algunos casos a niveles inferiores al 3%.
A eso se suman restricciones operativas: los ministros no pueden reestructurar plantillas, no pueden eliminar programas, no pueden reasignar fondos entre finalidades, no pueden modificar subsidios, no pueden reducir salarios, y solo pueden emitir reglamentos dentro de límites estrechos, siempre y cuando no alteren lo dispuesto por la ley o la Constitución.
El resultado es un sistema donde los ministros administran, pero casi no transforman. Dirigen, pero con el tablero atornillado. En palabras de Espinosa Goded, “ser ministro en Ecuador es hoy más un rol ceremonial que uno ejecutivo”, si no se acompañan de reformas estructurales profundas y acuerdos legislativos amplios.
Una reforma necesaria Economistas como Pablo Lucio Paredes, director de
la Escuela de Economía de la USFQ , se necesita una reforma integral del Estado para que el gasto no se juzgue por el monto total, sino por la calidad.
Como también ya analizó LA HORA, la economía ecuatoriana será constantemente inestable, y poco fiable para los inversionistas internacionales, si no existe diálogo sobre el Estado que realmente pueden pagar empresas y personas en el país. Esto también incluye revisar normas, procedimientos y exigencias legales que no aportan nada y que, más bien, entorpecen, complican la gestión y traban la iniciativa privada.
Andrés Rodríguez, economista, explicó que “normalmente se analiza el presupuesto en comparación a cuánto se gastó el año anterior; pero eso no es lo más importante. La calidad debe ser la clave porque aumentar el gasto cada año, como se ha visto en Ecuador, no significa mejores servicios si antes no se depuran procesos, se elimina burocracia improductiva, y se establecen incentivos para que cada dólar vaya al mejor proveedor posible y se invierta en lo que es más productivo”.
Actualmente, incluso socialmente, se premia más al que gasta más, pero no se evalúa si ese gasto es mejor o
° Uno de los mayores elefantes en la habitación, cuando se habla del Presupuesto General del Estado (PGE), tiene que ver con el aumento constitucional que cada año se debe hacer a las asignaciones para salud y educación.
más efectivo para solucionar los problemas. La Constitución y las leyes establecen obligaciones rígidas que, en su gran mayoría, tienen que ver con gasto corriente. Por eso, desde 2015, el mayor factor de ajuste es el gasto de inversión de todos los gobiernos, desde Rafael Correa hasta Daniel Noboa. En este escenario, lo que sí pueden hacer los ministros es poner la lupa a la calidad del gasto, ya que no pueden definir a qué se destina la mayor parte de los recursos. Para esto sería ideal, “aplicar el llamado presupuesto base cero; pero si no se puede, debido a que no existe apoyo político ni legal, la opción que queda es asegurarse que el dinero vaya a los mejores proveedores posibles y a financiar lo que más impacto tenga beneficio de los ciudadanos”, acotó Rodríguez.
La lógica debería cambiar de premiar al que gasta más a premiar al que gasta mejor, en función de mejoras en la atención y en los resultados. Lo que sucede ahora es que, sobre todo en los últimos meses del año, se acelera la ejecución presupuestaria solo para poder tener igual, y en la mayoría de los casos, mayor asignación de recursos el próximo año. (JS)
Se obliga a que cada año aumente en 0,5% del PIB el dinero destinado a esos dos sectores, pero eso se aprobó sin ninguna fuente de financiamiento. Así, cada año se debe presentar un presupuesto inflado en gastos que no tienen financiamiento. Por eso se incluyen ingresos que no se cumplen. En el presupuesto para 2026, que suma más de $46.000 millones, se incluyen aumentos en las asignaciones de salud y educación que suman alrededor de $5.000 millones. Por eso, en el ingreso se incluyen ingresos por una cifra similar por supuestas concesiones mineras y petroleras. Si se gastara todo lo que la Constitución exige para esos dos sectores, el déficit fiscal pasaría de los $5.400 millones presupuestados a $10.000 millones, según el exministro de Economía, Fausto Ortiz. Es decir, se duplicaría el déficit fiscal y se necesitaría $5.000 millones de nueva deuda o necesidades de financiamiento que ya superan los $16.000 millones.
Entre enero y octubre de 2025, por cada dólar ejecutado en el presupuesto estatal, más de 83 centavos fueron gasto corriente.
Entre enero y octubre de 2025, por cada dólar gastado en sueldos, solo se destinaron 8 centavos para inversión.

Keiko Fujimori intentará ser presidenta de Perú por cuarta vez en 2026 bajo promesas de mano dura.
MADRID. La líder de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, lo volverá a intentar por
cuarta vez en las elecciones de 2026, en las que los peruanos habrán elegido a su noveno presidente en diez años, en una muestra de la inestabilidad política y social que vive un país cuyos problemas ha prometido tratar con mano dura.
do su candidatura para las elecciones del próximo año, cuya lebrará en abril.
ocasión la hija del expresidente Alberto Fujimori, ha contado con Luis Galarreta y Miguel Torres como vicepresidentes, ambos cabezas visibles de su partido.
gal de sus campañas --, la ‘eterna candidata’ promete ser alternativa con un viejo plan heredado de su padre.
Fujimori se encuentra en un grupo de precandidatos
llega al 10 por ciento en intención de voto de los peruanos, que prefieren en un 30 por ciento votar en blanco, según una encuesta de noviembre.
El reto de desprenderse de una mala imagen
Aunque no será hasta mediados de diciembre cuando presente su plan de gobierno, ya ha prometido mano dura para combatir la violencia . Por delante tendrá el reto de desprenderse de la mala imagen de su partido durante estos años después de que haya sido el principal soporte de Boluarte en el Congreso, que no cesó a la presidenta hasta mediados de octubre debido a un enésimo repunte de la inseguridad ciudadana.
A pesar de sus intentos electorales fallidos, que arrancaron en 2011, Fujimori ha logrado controlar el Congreso durante todos estos años. En los tres intentos anteriores se quedó a las puertas de lograr el objetivo, con apenas diferencias de unos miles de votos en los comicios de 2026 y 2021, cuyos resultados no reconoció.
Precisamente sus tres rivales en esas elecciones han acabado en prisión por diferentes motivos, el más reciente de ellos, su oponente en 2011, Ollanta Humala, por delitos relacionados con la financia -





El primer ministro israelí, BenjamIn Netanyahu, está acorralado por los casos de corrupción, pero se agarra al indulto para evitar una posible condena

PRESS
MADRID. El primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu , ha decidido aferrarse al indulto para sortear una posible condena ante la Justicia por los casos de corrupción que siguen abiertos en su contra, una decisión que divide al país y ha suscitado ya numerosas críticas por parte de la oposición.
Netanyahu, que ha pedido al presidente del país, Isaac Herzog, tenderle una mano para ser exonerado y eximido definitivamente de todos los cargos que se le imputan, ha aludido al interés nacional como motivo principal para ser librado de la presión judicial.
La idea de realizar esta solicitud venía materializándose desde hacía meses, después de que el presidente estadounidense, Donald Trump, abogara en octubre durante una intervención en el propio Parlamento israelí por dejar a Netanyahu libre de estos procesos judiciales. Este discurso se ajusta a los argumentos dados durante los últimos años por el propio Netanyahu, que se
define como una víctima del sistema judicial en un momento “muy delicado” para el país. Así, sostiene que se trata de una “conspiración” en su contra y ha asegurado que poner fin al juicio podría “apaciguar” la situación en la región.
Los cargos que se le imputan Netanyahu está señalado en varias causas por una batería de delitos, entre ellos el de fraude o aceptación de sobornos. De hecho, logró volver al poder para un sexto mandato ya con los procesos abiertos, a finales de 2022. Entre las acusaciones en su contra se encuentra el abuso de poder por presionar supuestamente a los medios de comunicación para que difundieran información favorable a su Gobierno. Uno de los casos se remonta al año 2000, cuando trató supuestamente de llegar a un acuerdo con el diario ‘Yedioth Aharonot’ para que hablara de forma positiva de su administración a cambio de impulsar una legislación que perjudicara a su principal competencia, el
vista para este martes por “cuestiones diplomáticas y de seguridad”. Sin embargo, la audiencia judicial de este miércoles tendrá que extenderse una hora más de lo previsto.
diario ‘Israel Hayom’. Netanyahu se ha convertido en la primera persona en la historia de Israel en ser imputada mientras ocupa el cargo de primer ministro. El más grave de los casos abiertos en su contra es el llamado caso 4000 , en el que hace frente a cargos de soborno, fraude y violación de la confianza por impulsar regulaciones que beneficiaron al accionista mayoritario del grup o Bezeq, Shaul Elovitch , también a cambio de una cobertura favorable del portal Walla.
Ilan Yeshua, antiguo director ejecutivo del portal de noticias Walla, cuyo testimonio es considerado clave, señaló en el pasado que recibió órdenes para dar mayor peso a artículos que ayudaran al primer ministro y quitárselo a aquellos contrarios a Netanyahu o a su esposa, Sarah.
Yeshua relató que los dueños de Walla, Shaul e Iris Elovitch, le dieron órdenes para modificar la cobertura sobre Netanyahu. “Decían: ¿Qué eres, el ‘Haaretz’? ¿Qué eres, un portal para izquierdistas? ¿Qué eres, un portal para miembros de Hamás?”, explicó ante el juez.
Desde el estallido de la guerra de Gaza, Netanyahu ha lamentado que el proceso en su contra ha sido un lastre que le ha impedido ejecutar con normalidad su tarea. Así, ha presentado numerosas peticiones de aplazamiento en sus comparecencias ante el tribunal, citando cuestiones de salud, seguridad o visitas diplomáticas.
Nueva suspensión de una vista judicial
Este 1 de diciembre de 2025, la Justicia ha aprobado la solicitud de sus abogados y ha suspendido la vista pre-
Durante la comparecencia de este 1 de diciembre, la Fiscalía ha acusado a Netanyahu de “mentir” al asegurar que creía que el portal de noticias Walla “no era importante”, un argumento con el que intenta desmontar la idea de que buscaba utilizar este medio de comunicación para ejercer una mayor presión e influir en la opinión pública.
La fiscal Yehudit Tirosh ha apuntado que a pesar de las palabras de Netanyahu, este concedió varias entrevistas para el citado portal (tanto durante el periodo electoral como fuera de él) y compartió a posteriori algunos de los enlaces a estos artículos a través de sus redes sociales.
Al ser acusado de mentir, Netanyahu --que afirma que todos estos casos en su contra forman parte de un intento de golpe de Estado-ha arremetido contra los fiscales y ha asegurado que han estado “dando informaciones falsas durante todo el

NOTARIAL LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL QUE OTORGAN LOS SEÑORES JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO Y MARÍA ALEJANDRA AGUIRRE GÁNDARA






Se pone en conocimiento a la ciudadanía en general, que en la Notaría Octogésima del Cantón Quito, actualmente a mi cargo, el 25 de noviembre del 2025, se celebró la escritura pública de liquidación voluntaria de la sociedad conyugal, mediante la cual los señores JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO Y MARÍA ALEJANDRA AGUIRRE GÁNDARA, resuelven liquidar de manera extrajudicial la sociedad conyugal y realizarse la adjudicación de bienes, de la siguiente manera: UNO) Se considera propiedad exclusiva lo que cada uno tenga como dinero en sus cuentas bancarias a la fecha de celebración del presente instrumento público.- DOS) Al señor JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO, de estado civil divorciado, se le asigna y consiguientemente se le adjudica en forma exclusiva lo siguiente: a) el DEPARTAMENTO 104 del Bloque PB del Edificio North Palace III, construido sobre los lotes números 106 y 107, que conforman una sola unidad dentro de la Urbanización Marisol, ubicada en la Parroquia Ponceano (antes Cotocollao), Cantón Quito, Provincia de Pichincha, situado en el nivel +0.44, con un área cubierta de 89,50 m² y un patio ubicado en el mismo nivel, con un área descubierta de 98,75 m², cuyas alícuotas parciales corresponden a 3,3222% y 3,6655%, respectivamente, representando una alícuota total de 6,9877%.- b) el Parqueadero número 21, del Edificio North Palace III, con una alícuota parcial de 0,5145%; c) el Parqueadero número 22 del Edificio North Palace III, con una alícuota de 0,4595%; y, d) la Bodega número 11, del Edificio North Palace III, con una alícuota de 0,0984%, sumando un alícuota total conjunta de 1,0724%.- Dichos bienes han sido adquiridos mediante escritura de compraventa celebrada el once de marzo de dos mil veinte y cinco, ante el Notario Octogésimo Primero del Cantón Quito, e inscritos el nueve de abril de dos mil veinte y cinco en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.Los inmuebles descritos en los puntos a, b, c y d se les asigna como cuantía el valor de $ 110.000,00; e) Adicionalmente, al señor JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO, se le adjudica en forma exclusiva la totalidad de DERECHOS Y ACCIONES adquiridos a María Esther Carrera Valenzuela, según consta de la escritura pública otorgada en Quito el quince de junio de dos mil veinte y tres, en la Notaría Octogésima a cargo del Doctor Teófilo Gustavo Caluguillín Catucuago, inscrita legalmente en el Registro de la Propiedad Distrital el diecinueve de julio de dos mil veinte y tres, equivalentes al 6.12%, fincados en un bien raíz ubicado en el Barrio San Vicente, perteneciente a la Parroquia Yaruquí, Cantón Quito, Distrito Metropolitano, Provincia De Pichincha, de una superficie total de 6.928,68 m², según se describe en la cláusula de antecedentes del presente instrumento, de un valor de $ 4.973,00; f) Asimismo, al señor JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO, se le adjudica de forma exclusiva el vehículo MAZDA, modelo CX3 ENTRY AC 2.0 5P 4X2 TM, año dos mil veinte y tres, de origen tailandés, color blanco, tipo Jeep, de placas actuales PFG-3076, motor número PE50375783, chasis número






administrativas y fiscales que recaigan o pudieren recaer sobre los mismos, tanto de carácter individual como dentro del régimen de propiedad horizontal del Proyecto inmobiliario North Palace III.- CUATRO) A la señora MARÍA ALEJANDRA AGUIRRE GÁNDARA, de estado civil divorciada, se le asigna y consiguientemente se le adjudica en forma exclusiva lo siguiente: a) una Computadora de escritorio marca Apple Imac, M UNO (M1), de un valor de $1.600,00.- b) Computadora laptop, marca Apple MacBook Pro, de un valor de $ 2.650,00.- CINCO) La señora MARÍA ALEJANDRA AGUIRRE GÁNDARA, en compensación por la adjudicación realizada a favor del señor JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO, de los bienes de la sociedad conyugal que han sido individualizados en el presente instrumento, recibe en dinero de buena Ley la cantidad de $ 12.500,00, que se entregó a la suscripción de la presente escritura mediante cheque número 3051, del Banco Pichincha.- SEIS) JOSÉ VALENZUELA ROSERO, asume la totalidad de la obligación de la hipoteca abierta constituida a favor del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que, de acuerdo a la tabla informativa del Contrato número 16596534-00, de fecha quince de abril de año dos mil veinte y cinco, que contiene la tabla de amortización del crédito hipotecario a favor del BIESS (Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), tiene un saldo capital pendiente de pago a treinta de septiembre de dos mil veinte y cinco, de $ 98.280,54, conforme consta de la carta autorización emitida por la entidad financiera que se adjunta como documento habilitante.SIETE) De los pasivos adquiridos durante la sociedad conyugal, que ascienden a una suma total de $ 36.951,46, por concepto de créditos en instituciones financieras y tarjetas de crédito, la señora MARÍA ALEJANDRA AGUIRRE GÁNDARA, asume un pasivo de $ 13.892,40; por su parte, JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO, asume un pasivo de $ 23.059,06, que cada uno de los ex cónyuges deberá cancelar de forma individual a las instituciones financieras acreedoras.- OCHO) Los dos partes intervinientes declaran encontrarse conformes con la presente liquidación y con las asignaciones descritas, reconociendo que no existe saldo pendiente alguno entre ellas, ni bienes comunes por dividirse, así como activos o pasivos adicionales.En consecuencia, MARÍA ALEJANDRA AGUIRRE GÁNDARA y JOSÉ FELICIANO VALENZUELA ROSERO, renuncian de manera expresa e irrevocable a ejercer cualquier acción, reclamo o petición judicial o extrajudicial futura relacionada con los bienes que integraron la sociedad conyugal que ha sido disuelta y liquidada por la presente escritura.

Particular que pongo en conocimiento a fin de que la o las personas que creyeren tener derecho para oponerse a la inscripción del indicado contrato presenten en esta Notaría su reclamo pertinente en el término de veinte días contados a partir de la fecha de esta publicación, caso contrario se procederá conforme determina el Artículo dieciocho de la Ley Notarial en actual vigencia.

Quito, 25 de noviembre del 2025. Atentamente,

TEÓFILO GUSTAVO CALUGUILLÍN CATUCUAGO NOTARIO OCTOGÉSIMO DEL CANTÓN QUITO ECUADOR
El tráiler se volcó cerca del puente sobre el río Mulaute y el conductor quedó atrapado entre las llamas.
Leandro Ismael Segovia Alcívar, de 19 años, murió calcinado tras sufrir un accidente de tránsito mientras circulaba en un tráiler por la vía Las Mercedes.
El hecho ocurrió aproximadamente a las 07:00 de ayer, lunes 1 de diciembre, cerca al puente sobre el río Mulaute, también conocida como zona limítrofe entre Santo Domingo de los Tsáchilas y el cantón Los Bancos, noroccidente de Pichincha.
La escena causó conmoción a las personas que transitaban por esta red estatal. Las llamas se evidenciaron al costado de la capa asfáltica y las imágenes se viralizaron en redes sociales
El vehículo pesado quedó volcado en media carretera e interrumpió el paso duran-
Hasta ayer por la tarde los familiares esperaban el cuerpo en el Centro Forense. Horas después preveían iniciar la velación. EL DATO
te varias horas. El conductor quedó atrapado en el flagelo y, lamentablemente, murió incinerado. Las llamas cubrieron la carrocería y se propagaron de manera rápida. Bomberos de Santo Domingo y Los Bancos atendieron esta emergencia, pero no se pudo salvar la vida del joven. Minutos más tarde arribó la ambulancia de medicina legal para movilizar los res-


El conductor del tráiler quedó calcinado tras el accidente de tránsito.
tos hacia el Centro Forense de Santo Domingo , donde se hará el procedimiento legista que corresponde.
Dolor en familiares y amigos Leandro Segovia era oriundo de Santo Domingo y la noticia de su repentino fallecimiento causó nostalgia a sus allegados.
Tres concordenses asesinados cerca al río Blanco
Los momentos amenos que compartían varias personas en un establecimiento ubicado cerca al puente delta, sobre el río Blanco, en la comunidad 29 de Septiembre del cantón Puerto Quito , noroccidente de Pichincha, fueron interrumpidos de manera violenta por sicarios armados.
Aproximadamente las 20:00 del domingo 30 de noviembre, una ráfaga de disparos causó pánico y derramamiento de sangre en este populoso lugar.
Tres personas oriundas del cantón La Concordia perdieron la vida. Fueron identificadas como: Ángel Antonio Vilela Preciado, 29 años; Néxar Richard Jiménez Veintimilla y Bryan Alexander Rosero Zambra-
no. Además, otras tres resultaron heridas.
El ataque fue letal para Jiménez y Rosero, quienes quedaron sin vida en el establecimiento. Policías asignados a la jurisdicción de Pichincha tomaron el respectivo procedimiento.
Intento de ayuda
Tras el hecho violento, cuatro hombres fueron trasladados hasta el centro de salud La Concordia, donde los médicos certificaron que Ángel Vilela ya no tenía signos vitales.
La víctima había estado en compañía de su pareja y amigos, disfrutando el cierre del fin de semana, pues este lunes debía retomar sus labores como mototaxista. Residía en el cantón La
Al cierre de esta nota se confirmó que las tres víctimas mortales eran oriundos de La Concordia.
Concordia y dejó en la orfandad a una hija menor de edad. Presentaba impactos de bala en el tórax y extremidades, que le causaron la muerte.
Agentes de la Dinased, que prestan sus servicios en la provincia Tsáchila, acudieron al territorio concordense para realizar el levantamiento del cadáver y trasladarlo al Centro Forense de Santo Domingo
Había cursado sus estudios en la unidad educativa Calazacón, donde varios docentes también lamentaron lo ocurrido y se solidarizaron con la familia afectada. Deja en la orfandad a una niña. En la actualidad trabajaba como transportista y sus restos mortales serán velados en la avenida Abra-
ham Calazacón, cerca al ingreso a la cooperativa 16 de Marzo. Las causas del accidente aún son investigadas por los peritos. Se presume que un neumático se reventó y ocasionó la pérdida de pista, lo que habría provocado que se incendiara el combustible que transportaba. (JD)

SICARIATO. Tres muertos y tres heridos dejó el ataque armado cerca al río Blanco.
Los tres heridos son Luis V., 28 años; José V., 41; y Roberth I., 48. Posteriormente fueron derivados a un hospital de Santo Domingo, donde, según las primeras informaciones, se recuperaban de manera satisfactoria.
Dispararon y huyeron Los causantes de este hecho violento fueron varios
antisociales que llegaron a bordo de motocicletas y activaron sus armas de fuego contra los presentes. Otro grupo de gendarmes asignados a Pichincha, acudieron al local denominado El Parador para recabar indicios balísticos e iniciar las investigaciones que permitan esclarecer las causas de estas muertes violentas. (JD)

La figura del delegado de protección de datos personales (DPD) ocupa un lugar central dentro del andamiaje jurídico que sostiene la protección de datos en Ecuador. No surge como una construcción administrativa de ocasión, sino como un mandato expreso de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP), fortalecido por su Reglamento General y, de forma especialmente determinante, por el conjunto de resoluciones y criterios interpretativos emitidos por la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP). En este entramado normativo, el delegado se configura
tanto como asesor especializado cuanto como supervisor interno del cumplimiento de las obligaciones que recaen sobre responsables y encargados del tratamiento.
Se trata de una figura estratégica, técnica y profundamente regulada, cuya designación dejó de ser un acto meramente formal para convertirse en un componente indispensable de la responsabilidad proactiva que exige el sistema ecuatoriano. Su presencia estructura procesos, previene sanciones y consolida una cultura institucional orientada al respeto de los derechos de los titulares.
De hecho, el marco que se describe corresponde al diseño normativo vigente hasta el 2025,
un período en el que el país ha ido delineando con mayor precisión el papel, las obligaciones y el alcance operativo del dentro de las organizaciones. Un esquema en constante maduración, pero ya lo suficientemente claro como para exigir estándares elevados de independencia, idoneidad técnica y coherencia institucional en todos los sectores involucrados.
La LOPDP, en su artículo 48, determina con claridad ineludible: “Se designará un delegado de protección de datos personales en los siguientes casos: 1) Cuando el tratamiento se lleve a cabo por quienes conforman el sector público (…) 2) Cuando las actividades del responsable o encargado del tratamiento de
datos personales requieran un control permanente y sistematizado (…) 3) Cuando se refiera al tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos (…) 4) Cuando el tratamiento no se refiera a datos relacionados con la seguridad nacional y defensa del Estado…”. No hay espacio para interpretar esta disposición como un acto discrecional. En el sector público, la obligación opera de modo automático; en el sector privado, se activa cuando las operaciones de tratamiento adquieren un carácter masivo, permanente o sensible. Ahora bien, este marco general fue ampliado de forma sustantiva por la Resolución
Nº SPDP-SPD-2025-0028-R. Su Capítulo II, bajo el título
¿Cuántas veces un ciudadano procesado o varios, pueden someterse a la conciliación cuando presentan conductas reiterativas?

El artículo 57 del COIP conceptúa a la reincidencia y determina que de producirse ésta es una circunstancia que agrava la pena. “Reincidencia.- Se entiende por reincidencia la comisión de un nuevo delito por parte de la persona que fue declarada culpable mediante sentencia ejecutoriada. La reincidencia solo procederá en delitos con los mismos elementos de tipicidad de dolo y culpa respectivamente. Si la persona reincide se le impondrá la pena máxima prevista en el tipo penal incrementada en un tercio.”
La reincidencia no es una circunstancia que limite la aplicación del método alternativo a la solución de conflictos en materia penal, pues la ley no lo contempla. Se precisa que cada proceso es independiente y sobre la conciliación la única limitación se encuentra en el artículo 665.11 del COIP que dice: “Revocada el acta o resolución de conciliación no podrá volver a concedérsela”, claro está, dentro del mismo proceso.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
“Casos especiales de designación obligatoria”, introduce la obligación para determinados responsables y encargados, incluso si no persiguen fines de lucro. El artículo 10 precisa: “estarán obligados a designar delegados los responsables o los encargados del tratamiento que tuvieren por objeto o que se dedicaren, de forma habitual, a las siguientes actividades…”, para luego enumerar catorce sectores: instituciones educativas en todos sus niveles; universidades y centros superiores; actividades que involucren tratamiento de datos de menores; entidades financieras; compañías de seguros y reaseguros; empresas de publicidad o elaboración de perfiles; actores del sistema de salud con historias clínicas; establecimientos farmacéuticos; empresas de seguridad privada y administradores de urbanizaciones; federaciones y clubes deportivos; colegios profesionales; prestadores de telecomunicaciones; empresas de videovigilancia, geolocalización, TI o inteligencia artificial; y concesionarias o participantes de alianzas público-privadas que administren servicios públicos. Con esta resolución, la SPDP fija un perímetro normativo preciso: más allá de las hipótesis generales de la LOPDP y su Reglamento, existe un conjunto de sectores donde la designación del DPD es obligatoria debido a la naturaleza crítica, masiva o sensible de los datos tratados. De manera indirecta, significa que miles de organizaciones en el país —muchas de ellas pequeñas o sin fines de lucro— deben contar con un delegado capacitado, independiente y debidamente registrado. El vínculo entre delegado y ciudadanía se refuerza en el artículo 12 de la LOPDP, que garantiza al titular el derecho a conocer, entre otros aspectos: “(…) 9) Cuando sea del caso, identidad y datos de contacto del delegado de protección de datos personales…”. La figura del Delegado no se limita a una función interna: debe ser visible, accesible y operativo frente a los titulares y la autoridad. El artículo 47 de la LOPDP, por su parte, recuerda que el responsable está obligado a designarlo: “Art. 47 (…) 13) Designar al delegado de protección de datos personales, en los casos que corresponda.”. Su omisión, como señala el artículo 68, constituye una infracción grave: “12) No designar al delegado de protección de datos personales cuando corresponda.”.
¿De qué se encarga el delegado de protección de datos?
El Reglamento General profundiza aún más en la esencia de esta figura. En su artículo 48 define al delegado como: “La persona natural que se encarga principalmente de asesorar, velar y supervisar, de manera independiente, el cumplimiento de las obligaciones legales imputables al responsable y al encargado del tratamiento de datos personales.”. El mismo artículo exige que actúe con “total independencia” y cuente con los recursos necesarios para su labor. La SPDP, en varias consultas, ha reforzado esta exigencia. Una de las más citadas es la consulta contenida en el Oficio N° SPDP-IRD2025-0089-O, que plantea que cada entidad pública debe analizar su estructura para ubicar al delegado en un cargo adecuado, y recalca que “en su esencia no haya ningún conflicto de intereses.”. Esto conduce a dos conclusiones reafirmadas por la autoridad: el delegado debe ser independiente y no puede encontrarse en posiciones jerárquicas que comprometan su autonomía.
El artículo 55 del Reglamento General fija los requisitos habilitantes para ejercer esta función: “[P]ara ser delegado de protección de datos personales, se requerirá: 1. Estar en goce de los derechos políticos; 2. Ser mayor de edad; 3. Tener título de tercer nivel en Derecho, Sistemas de Información, de Comunicación, o de Tecnologías; y, 4. Acreditar
experiencia profesional de por lo menos cinco años.”. Solo quienes cumplan todos estos requisitos pueden ser designados. La diversidad de áreas formativas —Derecho, Sistemas, Comunicación y Tecnologías— no es casual: la protección de datos requiere conocimientos normativos, comprensión de arquitecturas tecnológicas, análisis de riesgos, comunicación estratégica y manejo de incidentes. La SPDP, mediante la consulta contenida en el oficio N° SPDP-IRD-2025-0197-O, ha sido contundente al afirmar que cualquier designación que no cumpla estos requisitos “deberá ser subsanada”, reiterando que lo contrario vuelve inválido el nombramiento: “Se recomienda subsanar las designaciones o nombramientos que contravengan lo establecido en los artículos 55 y/o 56 del RLOPDP…”. El artículo 56 del Reglamento General delimita quiénes no pueden ser delegados: miembros de órganos de administración o control; socios; accionistas; cónyuges o parientes de administradores; y personas con conflicto de intereses. Según múltiples consultas, esto excluye categóricamente a roles como Oficial de Cumplimiento, Oficial de Seguridad de la Información o Apoderado Especial. En una de las resoluciones más claras, la SPDP sostiene: “Las funciones desempeñadas por el oficial de cumplimiento (…) se encuentran comprendidas dentro de las causales de impedimento previstas en el artículo 56 del Reglamento (…) su designación como delegado resulta contraria tanto a la

TRANSPORTE “SUTAXI” C.A , convoca con carácter obligatorio a los señores accionistas a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA a realizarse el día jueves 11 de diciembre del 2025 a las 18 horas (6 p.m.) en su oficina ubicada en las calles Rafael Sánchez 2-72 y Rafael Larrea Andrade se tratara el siguiente orden del día:
1. CONSTATACIÓN DEL QUÓRUM E INSTALACIÓN DE LA JUNTA
2. RECTIFICACION O RATIFICACION DEL ACTA ANTERIOR
3. REFORMA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMPAÑÍA (TERCERA INSTANCIA)
4. CLAUSURA
Así mismo de manera individual se convoca al Señor Santiago Bastidas Comisario Principal y al señor Vinicio Angamarca Comisario Suplente
LOPDP como al propio RLOPDP.”. En el caso del Oficial de Seguridad de la Información, la autoridad ha reiterado que su rol de supervisión interna implica un riesgo evidente de auto-control, incompatible con la independencia funcional del delegado. Estas prohibiciones
buscan preservar la imparcialidad y evitar superposiciones que pongan en riesgo la neutralidad del cargo.
En cuanto a las funciones, el artículo 49 de la LOPDP establece que: “El delegado de protección de datos personales tendrá, entre otras, las siguien-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA COMPAÑÍA DE TAXIS METRO NORTE CRISTO VIVE S.A.
Se Convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TAXIS METRO NORTE CRISTO VIVE S.A a la sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, el día jueves 11 de diciembre 2025, a las 17H00, en la siguiente dirección, calle Pasaje Monterrey lote 75 y José Moscoso, sector Llano Grande, parroquia Calderón, de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, con el objeto de tratar sobre el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum
2. Informe de presidente
3. Informe de gerente general
4. Elección, designación o reelección de Gerente General para un nuevo periodo estatutario de dos años
5. Elección, designación o reelección de Presidente para un nuevo periodo estatutario de dos años
6. Elección, designación o reelección de Comisario Principal y suplente para un nuevo periodo estatutario de un año
Se convoca de manera especial e individual al Señor Comisario de la Compañía. SANCHEZ CRUZ DAVID BELISARIO.
Quito, a 1 de diciembre del 2025

NOTA: Por tratarse de primera convocatoria la Junta tendrá lugar con el quorum de instalación de por lo menos la mitad del capital pagado de la Compañía. Si la Junta General no puede reunirse en primera convocatoria por falta de quorum, se procederá a una segunda convocatoria, cuya fecha no podrá superar en más de treinta días al de la fecha de la primera convocatoria, debiendo reunirse la Junta con el número de accionistas presentes a la reunión.
Sr. Eduardo Díaz
Ing. Luis Rosero M. PRESIDENTE GERENTE
Sangolquí a 30 de noviembre de 2025
PRESIDENTES DE LOS CLUBES DEPORTIVOS ESPECIALIZADOS FORMATIVOS FILIALES DE LIGA DEPORTIVA HUI, REFORMADO EL ESTATUTO MEDIANTE RESOLUCION Nro.MD-CZ2-2021-0096-


POR MEDIO DE LA PRESENTE, CONFORME LO DETERMINAN LOS ARTICULOS 15 Y 16 DEL REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL DEPORTE, ME PERMITO CONVOCAR A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCION DEL NUEVO DIRECTORIO DE LA LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE RUMIÑAHUI PARA EL PERIODO 2026-2030, LA MISMA QUE TENDRA LUGAR EN LAS INSTALACIONES DE LA LIGA DEPORTIVA PARA EL DIA LUNES 15 DE
ELECCION Y POSESION DEL NUEVO DIRECTORIO PARA EL PERIODO 2026-2030 CONFORME A LA NORMATIVA VIGENTE,
tes funciones y atribuciones: 1) Asesorar (…) sobre las disposiciones contenidas en esta Ley (…) 2) Supervisar el cumplimiento (…) 3) Asesorar en el análisis de riesgo, evaluación de impacto y medidas de seguridad (…) 4) Cooperar con la Autoridad (…) y actuar como punto de contacto (…) 5) Las demás que establezca la Autoridad (…) En caso de incumplimiento (…) responderá administrativa, civil y penalmente.”. La Resolución SPDP-SPD-2025-0028-R amplía estas responsabilidades en su artículo 13: el delegado debe asesorar o supervisar análisis de riesgos, atención de derechos de titulares, gestión de vulneraciones de seguridad, control de eficacia de medidas de seguridad y cumplimiento de los registros de actividades de tratamiento: “El delegado deberá asesorar o supervisar (…) análisis de riesgos (…) atención de solicitudes (…) gestión de vulneraciones (…) control de eficacia (…) y cumplimiento de los registros de actividades…”. Por ello, una gestión de riesgos realmente eficaz en el tratamiento de datos personales no puede reducirse a un ejercicio aislado, ni limitarse a una aproximación meramente técnica. La experiencia regulatoria demuestra que este proceso exige una gobernanza colaborativa, donde la labor del delegado de protección de datos personales mantenga un diálogo constante con distintas áreas de la organización. La propia Superintendencia, a través de su Guía de Gestión de Riesgos y Evaluación de Impacto del Tratamiento de Datos Personales, subraya que la reducción de la incertidumbre —uno de los principios esenciales de la gestión de riesgos— requiere integrar saberes jurídicos, capacidades técnicas y criterios organizacionales, incorporando métricas significativas, modelos debidamente calibrados y racionalidades metodológicas que orienten la toma de decisiones. Esta integración no funciona como un mero procedimiento administrativo; constituye una estrategia general de gobernanza del riesgo que reconoce su naturaleza sistémica. El riesgo no emerge de una sola dimensión, sino de la interacción dinámica entre seguridad, cumplimiento normativo y protección efectiva de derechos fundamentales. De esa interacción deriva la importancia de una relación permanente entre el DPD y el Oficial de Seguridad de la Información (OSI). La
guía es explícita al señalar que cualquier riesgo técnico asociado al tratamiento de datos personales se convierte, de forma inmediata, en una amenaza para los derechos y libertades de los titulares. Esto demanda una coordinación continua entre ambos roles para diseñar estrategias integradas de mitigación, construir controles compartidos y sostener operaciones organizacionales que garanticen resiliencia normativa.
En este mismo marco, la articulación del delegado con el departamento jurídico adquiere un peso decisivo, especialmente en las etapas de evaluación de impacto y análisis de cumplimiento. La gestión de riesgos conforme a la LOPDP no se limita a detectar amenazas o vulnerabilidades técnicas; incluye valorar las posibles vulnerabilidades jurídicas que pueden derivarse de interpretaciones deficientes, aplicaciones incorrectas del marco regulatorio o afectaciones a los principios de licitud, proporcionalidad y minimización. La guía mencionada destaca que esta coordinación es clave para sustentar todos los rationales —justificaciones normativas, metodológicas y empíricas— que estructuran las decisiones adoptadas a lo largo del proceso.
Por ello, la colaboración del DPD con el equipo jurídico no debe percibirse como una revisión tardía ni como un aval meramente formal, sino como una intervención anticipatoria que se inserta en el propio diseño estratégico de la organización. Este enfoque refleja con claridad los principios de responsabilidad proactiva y prevención del riesgo que estructuran la LOPDP. Además, se articula con la lógica de la metarregulación, entendida como un modelo en el que la autoridad no regula cada detalle del tratamiento de datos, sino que regula la manera en que las organizaciones se autorregulan. Bajo este esquema, la SPDP fija principios, estándares y mecanismos de supervisión, mientras que las entidades deben construir sus propios sistemas internos de cumplimiento, justificarlos y sostenerlos en el tiempo. En ese punto, el delegado se convierte en el puente operativo entre técnica, legalidad y gobernanza institucional, garantizando que la autorregulación exigida por la normativa funcione de forma coherente y que la supervisión estatal encuentre un interlo -

Juicio No- 17230-2024-22909
UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de octubre del 2025, a las 16h46.
EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-2024-22909
CASILLERO 6224
UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SR. JAMES HAMIL CUADRADO
ACTORA: VICTOR HUGO TOAPANTA ALULEMA, PROCURADOR COMUN
DEMANDADOS: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SR. JAMES HAMIL CUADRADO
JUICIO: 17230- 2024-22909
MATERIA CIVIL: ORDINARIO.- PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVO DE DOMINIO
CUANTIA: INDETERMINADA
DEFENSOR: AB. NEVARDO ANDRES LOOR SOLEDISPA
CASILLA JUDICIAL: 6224.- CORREO ELECTRÓNICO: nevardo@suquilandalawfirm. com
PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: Que en sentencia se acepte la demanda y se declare a los Actores propietarios de los lotes cuyos lotes y singularización se encuentran detallados en la demanda; se ordene la Inscripción de la sentencias respectivas en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- AUTO ADMISORIO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, lunes 21 de octubre de 2024, a las 10h16.- Vistos: En lo principal, se dispone: PRIMERO.- La demanda que antecede presentada por la actor, Ab. Manuel Alfredo Suquilanda Jaramillo en calidad de Procurador Judicial de los señores: Josué David Toapanta Alulema, Fanny del Rosario Toapanta Garcés, Gustavo Fernando Toapanta Chipugsi, Esther Abigail Toapanta Paredes y Víctor Hugo Toapanta Alulema es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO.- SEGUNDO.- Se ordena la citación de los demandados HELEN HAMILL SMITH y PETER HAROLD HAMILL CUADRADO en la dirección que señala en el libelo de su demanda, la parte interesada facilite las copias necesarias en el término de cinco días. Se niega la comisión solicitada por cuanto la dirección cumple con lo establecido en la ley; y en virtud al juramento rendido, se ordena citar por la prensa a los herederos presuntos y desconocidos del señor: JAMES HENRY RAMON HAMILL CUADRADO, conforme lo dispone Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto confiérase el respectivo extracto, mediante en una sola publicación, en un periódico de amplia circulación del lugar; se conmina al accionante que una vez que se remita el extracto, revisarlo de manera meticulosa, a fin de que no contenga ningún tipo de error antes de su publicación; para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial.- TERCERO.- Cítese al Señor Alcalde y el Procurador Síndico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se les notificará en su despacho, con la demanda y este auto. CUARTO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la prenombrada demandada el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo y anunciar su prueba conforme el Art. 152 ibídem y plantear, del ser el caso, las excepciones taxativas del Art. 153 del Código Orgánico General de Procesos.QUINTO.- La prueba solicitada por la parte actora se proveerá en el momento procesal oportuno y en lo que fuere legal de conformidad con lo dispuesto en el Art. 294 numeral 7 del COGEP.- SEXTO.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad conforme lo ordena el Art. 146, inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.-

ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA CRUZ HARO JESÚS VICENTE
SECRETARIO (A) 001-005-0052


cutor competente y verdaderamente independiente.
La independencia del delegado es un eje estructural El artículo 48 del Reglamento General exige que actúe “de manera profesional, con total independencia del responsable y del encargado”. El artículo 51 de la misma norma agrega que no puede ser sancionado por cumplir adecuadamente sus funciones: “No se aplicarán sanciones por el hecho de desempeñar y cumplir sus funciones…”. Esto garantiza libertad técnica y capacidad para emitir observaciones críticas sin temor a represalias. Del mismo modo, en su artículo 57 añade un deber de confidencialidad cuya vigencia continúa incluso después de terminada la relación jurídica: “Este deber de guardar confidencialidad subsistirá incluso una vez que haya concluido la relación jurídica…”.
La SPDP ha establecido también un estándar mínimo de formación obligatoria mediante el Programa Profesionalizante, regulado por la Resolución SPDP-SPD-2025-0003-R. El artículo 11 dispone: “El delegado (…) deberá cumplir y aprobar, en forma obligatoria, el contenido mínimo de formación del Programa Profesionalizante…”. Aunque su exigibilidad plena regirá desde enero de 2029, puede constituir desde ahora un parámetro razonable de idoneidad que debe irse implementando.
La designación del DPD solo adquiere validez formal cuando es inscrita en el Sistema Nacional de Registro de Datos Personales. El procedimiento inicia en la página de la SPDP, en “Servicios en línea”, luego “Sistema Nacional de Registro de Datos Personales” y finalmente “Delegado de Protección de Datos (DPD)”, donde la entidad ingresa el RUC, verifica registros previos y crea uno nuevo. Esta obligación rige para todas las instituciones y organizaciones del país hasta el 31 de diciembre de 2025.
En suma, únicamente puede ejercer como delegado de protección de datos quien cumpla íntegramente los requisitos previstos en el artículo 55 y, al mismo tiempo, no se encuentre incurso en ninguna de las causales de impedimento del artículo 56. Quedan excluidas de esta función las personas que ocupen cargos de dirección, control o supervisión tecnológica; los socios, accionistas o parientes de quienes ejercen autoridad dentro de la organización; así como quienes desempeñen funciones de oficial de cumplimiento o de seguridad de la información. En el caso de las instituciones públicas, se añade una limitación todavía más estricta: no puede ser designada ninguna persona que ostente un nivel jerárquico superior, pues ello comprometería la independencia exigida por la normativa.

Bajo estas condiciones, el delegado debe actuar con absoluta independencia, guardar confidencialidad, demostrar solvencia técnica, cooperar con la autoridad y asumir la responsabilidad de asesorar y supervisar el cumplimiento normativo. Además, debe aprobar el Programa Profesionalizante —obligatorio a partir de 2029— y su designación debe constar en el registro oficial de la SPDP, ya que sin esa inscripción la autoridad no reconoce formalmente la delegación.
Es importante destacar que dicho registro permanece habilitado para que instituciones y organizaciones cumplan con la obligación de designación hasta el 31 de diciembre de 2025; vencido este plazo, la falta de inscripción puede ser considerada un incumplimiento.
El delegado de protección de datos personales se erige, así como uno de los pilares de la responsabilidad proactiva en Ecuador. Su función no es decorativa ni ceremonial: apunta a prevenir riesgos, resguardar derechos y consolidar una cultura institucional de protección de datos. Elegir adecuadamente a un Delegado no constituye solo un deber legal; es una decisión estratégica que determina el nivel de cumplimiento y la solidez jurídica de quienes tratan datos personales en un país donde este derecho fundamental adquiere una relevancia cada vez mayor.

REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA CITACIÓN JUDICIAL
A CESAR SANTIAGO ESPINEL PÉREZ Y POSIBLES INTERESADOS, se les hace saber que en esta Unidad, por sorteo de Ley, le ha tocado conocer demanda de procedimiento ORDINARIA, cuyo extracto y auto recaído en ella es como sigue:
ACTOR: MARÍA KARINA ZAMBRANO PINCAY
DEMANDADO: CESAR SANTIAGO ESPINEL PÉREZ Y POSIBLES INTERESADOS
TRÁMITE: Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio
JUICIO No. 13337-2022-01904
ABG. DEFENSOR: Ab. Maribel Delgado Muentes
OBJETO DE LA DEMANDA: Que en escrito de demanda y aclaración de la misma la accionante indica que: desde el 05 de enero del 2006 se encuentra en posesión pacífica, tranquila e ininterrumpida, publica y notaria, sin violencia ni clandestinidad con ánimo de señora y dueña, esto es con el animus dominio, de un terreno ubicado en el sector Lotización Jaramisol, en parte de los lotes 20 y 21 de la manzana E, que unidos entre sí forman un solo cuerpo, con las siguientes medidas y linderos son; Por el frente: lindera con calle publica planificada S/N con una longitud de P1-P2 de 30 metros; Por atrás: Lindera con lote No. 21 propiedad ocupado por el señor Luis Guerrero del P3-P4 una longitud de 30,00m, rumbo N85° 42´ 39” E; Costado de Derecho: Lindera con calle publica planificada, entrada al GIR con una longitud del P1-P4 de 15 metros; Costado Izquierdo: Lindera con lote No. 19 propiedad ocupada por la señora Lucia Pincay del P2-P3 una longitud de 15,00metros, rumbo S06° 20´ 25” E, área total 450,00m2. Que durante todo el tiempo de su posesión con su esfuerzo y e de su familia ha cerrado y definido sus linderos, donde mantienen además sembríos. Que desde esa fecha ha trabajado con su familia y ha levantado su casa de caña guadúa y bloque con cubierta de zinc, en la que habita con su familia, lugar donde ha establecido su hogar, de tal forma que las personas que viven en la zona la han reconocido como su legítima propietaria. Que fundamenta su pretensión en lo dispuesto en los Art. 63, 705, 715, 2392, 2398, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil. Que solicita que en sentencia se sirva declararle como dueña y posesionaria del terreno mencionado en líneas anteriores, y se sirva ordenar la inscripción de la sentencia de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, en el Registro de la Propiedad del cantón Jaramijó, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarías públicas del país.



JUEZ DE LA CAUSA.- Abg. Placido Isaías Mendoza Loor Juez de la Unidad Judicial Civil de Manta, en auto de fecha Manta, miércoles 18 de enero del 2023, a las 08h12, aceptó la demanda al trámite mediante procedimiento ordinario; y dispuso que a los demandados CESAR SANTIAGO ESPINEL PÉREZ Y POSIBLES INTERESADOS, se los cite por medio de la prensa al tenor del Artículo 56 numeral del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones del extracto de la demanda, auto inicial, escrito de aclaración y completitud y de este auto de calificación, que se harán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito y en otro periódico de amplia circulación de esta ciudad de Manta. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA (30) DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo; transcurridos veinte días desde la última publicación empezará el término para contestar la demanda. Manta, mayo 18 de 2023.



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Los avances de la inteligencia artificial (IA) han hecho imposible diferenciar si una canción ha sido generada exclusivamente por esta tecnología o por humanos para el 97% de las personas, por lo que se pide más transparencia diferenciando este tipo de contenido y protección para los artistas. Así lo detalla un estudio realizado por la plataforma de música Deezer. EUROPA PRESS/FOTO: PEXELS