Imbabura - Carchi

Imbabura - Carchi
Los dos hijos del líder del grupo narcoterrorista Comandos de la Frontera tenían varias empresas. Su patrimonio se estima en $49 millones. Conozca cómo funcionaba este entramado societario en varias ciudades del país. 7
¿Daniel Noboa
merece 100 días para mostrar resultados? 4
Ni reuniones ni promesas: Otavalo exige acciones inmediatas contra el crimen 3
Con Gabriela Vivanco
Ahorro e inversión: las dos herramientas que debes usar ya
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
SOFÍA CORDERO sofia.cordero@iaen.edu.ec
Se ha abierto una puerta
Elsábado 24 de mayo de 2025 ocurrió algo que es necesario entenderlo en toda su magnitud. En medio de símbolos y gestos profundamente políticos, el Presidente trazó un sueño de país que era urgente imaginar y, sobre todo, escuchar. No fue solo una posesión presidencial; fue un acto de esperanza hacia la posibilidad de la reinvención democrática. Que la oposición no haya estado presente dice mucho más de ellos que del Gobierno: evidencia una renuncia a escuchar, a ser parte del país que dicen querer cambiar. Esa oposición está perdida, atrapada entre señales ambiguas y erráticas: unos plegados a la disparatada tesis del fraude por tinta mágica, otros intentando sacudirse el polvo, pero sin perder la venia de quienes garantizan sus comodidades actuales. Esas mismas autoridades locales que hoy fingen valentía no han sido capaces de dar la cara frente a escándalos tan oscuros como los revelados en el caso Metástasis, y han preferido callar. Sus acciones son también erráticas, pero no ingenuas. Mientras el nuevo Presidente hablaba, ellos lanzaban una campaña comunicacional cargada de rótulos: ilegítimo, autoritario, mentiroso. Como si negar el acto mismo lo hiciera desaparecer. No lo hace. Al contrario, los deja al margen de una historia que avanza con o sin su permiso. Las reacciones de buena parte de la opinión pública dejan ver que no se valora lo que implica ver rostros nuevos, libres de los lastres judiciales y morales que han marcado la política reciente. Lo que está en juego, ética y simbólicamente, es enorme. Pero muchos solo vieron lo que no se dijo, lo que faltó. Unos encuentran elitista que haya citado a Goethe o a Marco Aurelio, otros esperaban arengas revolucionarias, y otros querían la lectura de un plan de gobierno. A muchos se les acaban los argumentos, y encuentran vaciamiento donde hay densidad, vanidad donde hay firmeza.
El 24 de mayo se abrió una puerta. Hay quienes la cruzan para construir. Otros, prefieren seguir golpeando desde afuera
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
El falso consenso
Existen
suposiciones simples e inconscientes que muchos utilizan para justificar un pensamiento común. El concepto falso de consenso describe la suposición errónea de que nuestras creencias, pensamientos y
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
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Disfrutar del café ecuatoriano se ha convertido en una experiencia de lujo. La alta calidad del grano local más la creciente popularidad del ejercicio de degustar una taza de café, ha sido el germen para la innovación en nuevos cafés y cafeterías que ofrecen innovadoras experiencias.
Es que el grano ecuatoriano no le pide favores al producto de cualquier otro país del mundo. Al contrario, la calidad del café ecuatoriano, incluso el disponible en tiendas y supermercados, es superior al importado de países vecinos, incluso europeos.
Los cafeteros ecuatorianos han aprendido el arte del cultivo, del tueste, del empaquetado y de la venta. Pero también del servicio y las del barismo.
Los baristas locales trabajan con café proveniente de Loja, Pichincha, Manabí, Napo, Galápagos y Zamora
Chinchipe, entre otras. En cada una de estas provincias se cultivan granos de distintas características que los consumidores aprenden a distinguir y apreciar.
Hoy, LA HORA destaca las nuevas cafeterías que experimentan e innovan con el café ecuatoriano; entregan una experiencia inolvidable a sus clientes y aportan a la construcción de esta deliciosa cultura.
Sopla buen viento para el café nacional. Las exportaciones de café han pasado de $120,4 millones en 2022 a $145 millones en 2024, y continúan creciendo.
Ecuador debe aprender de la experiencia de sus vecinos: la colaboración entre productores y comerciantes, el impulso estatal y la construcción de una ‘marca país’ han conseguido resultados excepcionales.
Ecuador cuenta con calidad pero debe dar fuerza a la unión.
sentimientos son compartidos universalmente. Es una trampa cognitiva que a menudo vemos en el ámbito político, donde ciertos actores asumen que la población piensa como ellos, sin evidencia real. Esta tendencia se relaciona con la avaricia cognitiva, un fenómeno psicológico donde las personas evitan el esfuerzo de un pensamiento crítico, optando por soluciones simples y aferrándose a sus sesgos. En la política esto se traduce en discursos que apelan a una supuesta unanimidad popu-
lar, omitiendo la diversidad de opiniones. Algunos políticos, especialmente de extremos, caen en el error de creer que sus propuestas son de aceptación general, lo que lleva a un desgobierno y fracaso. Es preocupante observar cómo individuos dentro de grupos políticos minoritarios se erigen como voceros del “pueblo” o del “país”. Esta arrogancia nace de la convicción de que sus ideas son las únicas válidas, desestimando la complejidad social. La creencia de que malos hábitos o
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
Desdehace larga data he mantenido una creciente inquietud referente a las armas capturadas a los delincuentes, cuando se hacen las detenciones o los decomisos tanto en los operativos policiales como en los militares.
Desde luego hay también el precedente de las guerras entre países, cuando se capturan armamentos a las fuerzas enemigas, generalmente esos equipamientos militares pueden tener diferentes usos y a veces los hemos visto exhibidos en los museos militares.
Dada la actual situación que vive el país, y la cantidad de armas capturadas, creo que hay que cambiar la normativa de destruir esas armas, muchas de las cuales parecen inclusive mejores que las con que cuentan las fuerzas del orden ecuatorianas, lo que ha hecho que inclusive se solicite al sector privado el apoyo económico para proveer de los insumos necesarios a la Policía y al Ejército del país.
En este sentido, parecería de lógica y sentido común el disponer que las armas y equipamientos capturados pasen a poder de las autoridades militares o policiales y se pongan en uso luego de los respectivos análisis e investigaciones, tal vez codificándolas nuevamente para que sirvan a las fuerzas del bien en el control del territorio nacional.
Se ha dicho por parte del Gobierno del actual Presidente de la República, que estamos en una situación de guerra interna, acosados por el crimen organizado y las mafias internacionales que intentan adueñarse del territorio nacional. Coincidimos con esta apreciación que es válida no solo para nuestro país sino para buena parte de América Latina, el continente entero se encuentra sumido en esta situación que nos angustia y que tan caro le está costando a la economía de los países, a su desarrollo, pero sobre todo al bienestar ciudadano.
En medio de esta guerra, bien podría tomarse la iniciativa del uso de las armas y equipamientos bélicos capturados, lo que podría solucionar en parte la crónica escasez de estos materiales y bastimentos que pueden ayudarnos a ganar esta guerra que sufrimos.
defectos son universales es una falacia. La ética y la integridad son cualidades que se cultivan con esfuerzo y demuestran un compromiso genuino con el bienestar colectivo, contrastando con aquellos que ceden a la corrupción y el facilismo. La tendencia a pensar que los malos hábitos y los defectos son universales, y que es normal que ocurra en el mundo, está totalmente equivocada. Sin embargo, algunos gobernantes se enfurecen con facilidad, no pueden mantener un carácter accesible, hacen
trampas con los impuestos y caen en las tentaciones de la corrupción, a cambio de grandes fortunas. La verdadera virtud radica en la honestidad, los valores y la búsqueda constante de aprendizaje y mejora personal, características esenciales para un liderazgo auténtico y responsable. Cuando se trata del trabajo que se hace para sacar a un país adelante, deben primar los valores nobles y auténticos para sentirse bien consigo mismos y con la moral pública.
Organismos ciudadanos y cabildos kichwa se organizan para exigir a las autoridades medidas concretas contra la inseguridad, que afirman aumenta cada día en Otavalo.
PROTESTA. Con marchas y plantones comenzaron las acciones ciudadanas en Otavalo, para exigir medidas concretas contra la inseguridad.
IMBABURA.- Cansados de convivir con una inseguridad , los ciudadanos de Otavalo, en la provincia de Imbabura, decidieron organizarse para exigir medidas concretas y coordinar acciones para el beneficio común. En respuesta a una serie de delitos que se han vuelto más frecuentes, como extorsiones, robos callejeros y desmantelamiento de vehícu-
los, entre otros, comerciantes, dirigentes barriales, profesionales y vecinos del cantón se unieron para exigir respuestas de las autoridades.
Desde mayo de 2025, se conformó la Asamblea Cantonal de Seguridad, un espacio que agrupa a sectores sociales y económicos del cantón que articulan esfuerzos para exigir un plan real y efectivo contra la inseguridad.
Una de las primeras acciones visibles fue una marcha ciudadana que recorrió las calles de Otavalo, en la que también participaron los cabildos kichwa del territorio , principalmente de la parte urbana.
La presencia de las organizaciones indígenas no solo reflejó el alcance de la preocupación ciudadana, sino también el respaldo genera-
lizado a esta causa, que se ha convertido en un reclamo de todo el cantón.
“Esto nace por un pedido de la ciudadanía, que al parecer tiene más confianza en la justicia comunitaria o justicia indígena que la ordinaria”, explicó William Lema, del cabildo kichwa Otavalo, al confirmar que sectores como el de los comerciantes se han acercado a ellos buscando mecanismos para afrontar la inseguridad que los afecta directamente.
“Hemos tenido este clamor de la ciudadanía ante la ola de delincuencia que estamos viviendo en nuestro cantón. Posteriormente, con la ciudadanía, nos seguiremos reuniendo para preparar un pliego de peticiones para las autoridades respectivas”, añadió.
Menos reuniones, más resultados En la Asamblea Ciudadana han delineado ejes de acción, como la elaboración de un plan de seguridad a corto y largo plazo , la exigencia de mayores patrullajes y la coordinación con instituciones como la Policía Nacional, Ejército, la Alcaldía de Otavalo y la Gobernación. Sin embargo, los ciudadanos dejan claro que su intención no es generar más reuniones sin resultados.
“Tenemos un pliego de peticiones para el Gobierno Nacional y la Municipalidad, porque pagamos impuestos y tasas por seguridad. Esperamos que se una también el transporte, que no todos vayamos por nuestro lado, sino unidos como Otavalo”, señalaron voceros de la Asamblea Ciudadana.
Uno de los reclamos tiene que ver con la percepción generalizada de inacción de las autoridades, ya que a pesar de que los ciudadanos aseguran cumplir con sus obligaciones tributarias, particularmente en lo que respecta a impuestos y tasas destinadas a la seguridad, no ven una respuesta proporcional a la magnitud del problema.
“Tenemos impuestos por temas de seguridad, tasas para seguridad, pero lamentablemente no vemos esto reflejado , por lo que unidos como pueblo buscamos reclamar algo que nos compete”, expresó uno de los representantes de la Asamblea de Seguridad Ciudadana. Los comerciantes coinciden en que la problemática va escalando cada vez más. Aseguran que atraviesan una situación crítica en la que deben lidiar con delincuentes que merodean los negocios en las noches, para intentar forzar cerraduras o dejan panfletos exigiendo dinero bajo amenaza, en prácticas que se conocen como “vacunas”.
La Asamblea Ciudadana ha reiterado que sus acciones no son momentáneas ni aisladas, sino el comienzo de un proceso ciudadano que se propone mantener presión y organizarse de manera coordinada para obtener medidas reales que protejan a la población.
“Son acciones para que la delincuencia, en este caso, también se de cuenta o mire que aquí en Otavalo estamos unidos, no solo el sector indígena, sino todos los que componemos esta ciudad intercultural”, subrayó Lema. (FV)
La ciudadanía va a ser cada vez más exigente con el Gobierno, porque Daniel Noboa ya no es un presidente nuevo, de transición, advierten expertos. Hay debate sobre si merece o no el espacio de los 100 días.
A seis días del nuevo periodo de mandato, desde el 24 de mayo de 2025, el presidente Daniel Noboa ha remitido a la Asamblea Nacional un proyecto de ley (para la Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública) y ha presentado al gabinete que lo acompañará en estos cuatro años.
Aunque su discurso de posesión fue calificado como emotivo y positivo, no faltaron observaciones sobre cómo ejecutará los anuncios expresados. Ahora corresponde acelerar las acciones, según expertos.
Ruth Hidalgo, directora ejecutiva de la Corporación Participación Ciudadana , dice que en Ecuador se ha convertido en una tradición el contabilizar el tiempo inicial de un Gobierno, para validar el trabajo del nuevo mandatario, cualquiera que sea, y hacer un balance.
“100 días es un tiempo amplio, razonable, porque se puede hacer algunas cosas desde el Ejecutivo. No solamente fortalecer el gabinete, sino, sobre todo, establecer un bosquejo de las políticas públicas que va a implementar para lograr objetivos claros”, explica.
Añade que así, la ciudadanía puede identificar cómo va a ser el estilo, la forma de gobernar y las líneas a través de las cuales o hacia las cuales va a enfocarse un mandato.
Pero aclara que el caso de Noboa es diferente, ya pasó la gestión que completó el período inconcluso de Guillermo Lasso, por la muerte cruzada. “Ahora el proyecto del Presidente es distinto, ya no es un Presidente ‘interino’, es un Presidente electo con un horizonte de cuatro años”.
Hidalgo es partidaria de dar a Noboa esa ventaja para una evaluación posterior: “Creo que es importante darle chance al Presidente de que se sien-
ACTO. Niels Olsen, presidente de la Asamblea Nacional; Daniel Noboa, presidente de Ecuador; y María José Pinto, vicepresidenta del país, durante la posesión del 24 de mayo de 2025. (Foto: Presidencia de Ecuador).
te nuevamente en Carondelet y empiece a ejecutar, ahora sí, con la visión de cuatro años. De ahí, a los 100 días valorar técnica y políticamente si realmente lo que él está planteando va a responder las necesidades y los desafíos del país, que son enormes”.
Aún más cuando esas necesidades están atravesadas por el crimen organizado, agrega: “Urgen respuestas al país respecto a una reactivación económica, que es lo que todos esperan y además con una agenda social, ahora sí se le va a pedir una agenda social, de una manera más fuerte”.
Noboa debe pasar a las acciones
Para Hidalgo, una vez que Noboa anunció algunos ejes en su discurso del 24 de mayo, está en el momento de evidenciar los mecanismos: “Justamente, ese famoso cómo, tendrá que ser aterrizado durante estos tres meses”.
Alfredo Espinosa, analista político y electoral, refiere que Noboa tiene un desafío grande, pero ya no le corresponde esta ventaja de tiempo. “Estos 100 días que concesionan los ciudadanos, la opinión pública y la opinión política ya no es tan dable. Este ya no es el espacio para especular. Ya no es el espacio de los qué, es el espacio de los cómo. Noboa tiene que
demostrar comunicacional, política y económicamente cómo va a enrumbar a Ecuador en los próximos cuatro años”.
El Presidente debe “delinear y mostrar públicamente cómo va a resolver lo que dijo en su discurso, porque generó mucho entusiasmo”, apunta. Pero esa acción también debe visibilizarse en el trabajo de la Asamblea Nacional, indica. “Este es el momento de la acción, no de la especulación, y la acción sí la está tomando el presidente Noboa”, destaca Espinosa al ejemplificar dos casos:
El envío de dos proyectos de ley: proyecto de ley para enfrentar las economías criminales (enviada a la Asamblea el 17 de mayo, antes de la posesión) y el proyecto para la gestión pública (del 26 de mayo). “Noboa no le da tiempo a la Asamblea para que se vea inmersa en discusiones estériles, a los asambleístas el Presidente les está dando oficio”.
La ratificación de sus ministros: “Comunica un acto de confianza de parte de Noboa hacia la mayoría de ministros que arrancaron con él en la transición. La ministra de Energía (Inés Manzano) sabe que puede haber estiaje y tiene que haber una planificación”.
No obstante, cuestiona que
Noboa, en su discurso y hasta la fecha, no ha dado certezas sobre las reformas constitucionales. Cree que el Gobierno encaminará los posibles cambios a través de la misma Asamblea, con ayuda del bloque oficialista y sus aliados.
Para Carlos de Tomaso, analista político, catalogar los 100 primeros días no es relevante, porque Noboa ya estaba en funciones. Pero da otro sentido a la utilidad de ese tiempo: “La decisión del Presidente de ratificar a casi todo el gabinete es justamente porque no hay tiempo que perder. Y, en ese sentido, me parece que en estos 100 primeros días sí puede dar signos claros de acciones que enrumben los objetivos que anunció”.
Ejes prioritarios a atender con acciones De Tomaso señala que “en todos los sectores se necesita una revolución de reformas legales”, por ejemplo para financiar las obras que Noboa anunció, como la construcción del Quinto Puente y en temas de seguridad. El Gobierno “puede alcanzar objetivos con un cambio de estrategia en seguridad, incorporando tecnología de punta, en función del asesoramiento americano que ha recibido”, puntualiza. Para Espinosa, el Gobierno no solo debe enfrentar a las economías criminales, por lo que el trabajo de la vicepresidenta, María José Pinto, será clave: “La Vicepresidencia y las entidades que va a coordinar en el ámbito social tienen que penetrar en aquellos lugares en donde no hay asistencia social”.
De Tomaso estima que Noboa debe reforzar su gestión con la ayuda de líderes sectoriales. “Secretarios sin instituciones, básicamente nombrar personas que estén haciendo el seguimiento semanal en estos
sectores (de seguridad, energía, electricidad, petróleo). Alguien que reporte directamente al Presidente y que no sea el ministro, porque los ministros tienen también carga administrativa”, plantea. Además, advierte al Gobierno de que su trabajo con sus aliados no ha terminado: “El Gobierno debe trabajar en consolidar la alianza que tiene con ciertos partidos como el socialcristiano, Pachakutik y otros, es el mayor desafío en el Legislativo. Ya se sabe que la Revolución Ciudadana hará oposición a ciegas, desenfrenada y sin límite con tal de destruir cualquier propuesta o idea que se presente en la Asamblea”.
Joselo Andrade, director ejecutivo Instituto Ecuatoriano de Economía Política (IEEP), dice que a Noboa ya se le debe exigir más, porque ya tiene un equipo que “pudo palpar la realidad del país”. Menciona que sería un error que el Gobierno no impulse reformas laborales, porque así resultará difícil que el sector empresarial se recupere del impacto por la crisis sanitaria, los apagones y la inseguridad. Plantea las siguientes prioridades: El empresariado ecuatoriano necesita normas que faciliten distintas contrataciones, un entorno de flexibilidad. Tener un sistema o un ordenamiento normativo diferente en lo financiero para atraer banca internacional. Reformar el sistema de pensiones, porque hay más personas que reciben las pensiones y menos personas aportantes. Modernizar el Estado con una reingeniería real, desapareciendo a instituciones que incrementan el gasto del presupuesto, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, ejemplifica. Finalmente, reconoce como algo positivo que Noboa haya hablado de una apertura comercial en su discurso. “Como dice el dicho: el que mucho abarca poco aprieta. Y cuando el Estado se dedica a todo, todo se termina haciendo mal, ese es el detalle. No solamente es traer recursos del sector privado, que luego son mal utilizados dentro del sector público, sino que entorpece el funcionamiento de la sociedad y el funcionamiento económico”, concluye. (KSQ)
José de la Gasca, ministro de Gobierno, dijo que la mayoría en la Asamblea Nacional ha dado muestras de estabilidad. Anticipó que continuarán los diálogos con el PSC. La aprobación del proyecto requiere 77 votos.
El 30 de mayo de 2025, el Pleno de la Asamblea Nacional conocerá el informe para el primer debate del proyecto de ley de solidaridad nacional remitido por el Ejecutivo y aprobado en la Comisión de Desarrollo Económico.
Para el conocimiento de esta normativa por parte de los 151 asambleístas en el Pleno no se requiere contar con 77 votos. En la primera discusión, los legisladores podrán plantear las observaciones que deberán ser recogidas por la Comisión de Desarrollo Económico para, en un siguiente momento, ser aprobada en segundo y definitivo debate.
La fecha máxima para que la Asamblea apruebe el proyecto, con al menos 77 votos, vence el 17 de junio de 2025. Antes de que se cumpla este plazo, el oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) refuerza sus alianzas con Pachakutik y el Partido Social Cristiano (PSC).
El respaldo de una facción (6 votos) de Pachakutik estaría asegurado. El 27 de mayo, ADN entregó la presidencia de la Comisión de Educación a Rosa Baltazar (Pachakutik). Su designación como titular de esa mesa y la de John Polanco (ADN) como vicepresidente tuvo el respaldo de 79 votos Con esta última decisión, ADN consolidó su fuerza en el
Parlamento al ocupar los principales cargos legislativos y presidir, junto con sus aliados, la mayoría de las comisiones permanentes.
ADN encabeza 12 de las 15 mesas legislativas, incluidas las de Fiscalización, Seguridad, Justicia, Relaciones Internacionales, Salud, Desarrollo Económico, Régimen Económico y Trabajo. A ellas se suma la Comisión de Educación con Pachakutik cercano a la línea del oficialismo. En total, ADN y sus aliados controlan 13 comisiones.
“Aunque se decía que había una mayoría frágil, ésta ha sido puesta a prueba y ha dado muestras de sobriedad y de estabilidad”, dijo José de la Gasca, ministro de Gobierno, en una entrevista en un medio digital.
Con proyección a lo que será el debate del texto del proyecto de ley de solidaridad nacional, el funcionario apeló a la solidaridad y habló de la importancia de detener las economías criminales asociadas al narcoterrorismo.
Anticipó que continuarán los diálogos con los tres legisladores del PSC (Alfredo Serrano, Otto Vera y Jhonny Terán ). Los socialcristianos han dicho públicamente que concuerdan con las ideas del G obierno y que sus líneas rojas giran alrededor de no apoyar la creación de impuestos, recordó el ministro. “Este proyecto no tiene nada que ver con impuestos; por el contrario, enfoca la solidaridad de una manera distinta, así que excusas ya no hay”, sentenció. (SC)
Temas que se tratarán en el primer debate
° Beneficio tributario para permitir que la empresa privada pueda donar parte de su impuesto a la renta, hasta el 30%, a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en insumos, materiales, equipos y bienes inmuebles. Este mecanismo será supervisado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) con bienes catalogados y cuyos precios no sean modificados.
° El texto mantiene la atribución que tiene el Presidente de la República de otorgar incentivos económicos a pequeños y medianos productores agropecuarios o actores de la economía popular y solidaria, para reactivar la economía en zonas afectadas por el conflicto armado interno.
Enfoque penal
° Enfatiza en la tipificación del delito de pertenencia a un grupo armado organizado. Con la propuesta ya no solo se castigará la participación en un delito de crimen organizado, sino la pertenencia a un grupo irregular en el marco del conflicto armado. Se tipifica con una pena de 22 a 26 y hasta 30 años si se ejerce un rol de liderazgo y de financiamiento.
° En el procedimiento penal se modificaron los tiempos. En la Comisión de Desarrollo Económico hubo un criterio unánime de que 15 días para el juzgamiento de uno de estos delitos es poco tiempo y se aumentó a 90 días. Para este proceso se da atribución a los jueces anticorrupción.
° En cuanto a la prisión preventiva como medida cautelar por delitos cometidos en el marco del conflicto armado interno, se resalta que la prisión preventiva no es la regla general, sino que es la medida cautelar útil y eficaz en
el contexto del conflicto.
° Se cambia la palabra detención por aprehensión como figura que sí existe en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se cambia el tiempo, no por 24 sino hasta por 48 horas. Se permite que la aprehensión no sea solo para fines investigativos, sino para comparecencias para el rendimiento de versiones respecto del delito que se haya cometido.
° Se excluye la prisión preventiva, arresto domiciliario y grillete a policías y militares en el marco del conflicto. Se considera que esto tendría un control posterior por los jueces anticorrupción quienes deben verificar que se hayan respetado los derechos humanos.
° Los indultos anticipados a policías y militares. El indulto es una facultad del Presidente de la República, pero en la Comisión se moduló que se pueda dar, al menos, después de la investigación previa donde puede existir una noción de cuál va a ser la pena por el presunto delito cometido.
° En el proyecto de ley se colocan varios candados, o al menos requisitos, para que existan informes de inteligencia que justifiquen los allanamientos que ejecuten las fuerzas de orden, con un control posterior que deberán justificarse ante los jueces especializados de anticorrupción y crimen organizado.
Se incluye el reconocimiento del conflicto armado interno por parte del Presidente de la República, quien reconocerá oficialmente la situación de conflicto a través de un decreto ejecutivo.
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La contratación pública representa en promedio el 22% del presupuesto estatal y supera los $7.000 millones al año. Este análisis revela cuánto, cómo y en qué se gasta ese dinero.
En Ecuador, la contratación pública (CP) no solo es un mecanismo de adquisición estatal, sino uno de los motores de gasto público más significativos. En los últimos cinco años (2020–2024), el monto anual adjudicado ha oscilado entre $5.072 millones y $10.842 millones, con un promedio superior a los $7.000 millones anuales.
Este volumen representa en promedio el 22% del Presupuesto General del Estado (PGE), un peso considerable si se compara con otras políticas públicas o sectores. Solo en 2024, la contratación pública llegó a $7.996,3 millones, es decir, aproximadamente el 24% del PGE de ese año.
El 27 de mayo de 2025, el presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea una ley económica urgente para modernizar y limpiar la contratación pública. Según el Gobierno, hasta $930 millones anuales podrían estar ligados a prácticas corruptas, afectando directamente la inversión y el gasto social. Eso representaría casi el 12% de lo gastado en contratación pública en 2024.
¿Qué incluye la contratación pública?
La contratación pública engloba la adquisición de bienes, servicios, obras y consultorías para cubrir las necesidades de instituciones estatales y gobiernos locales. Se ejecuta bajo diferentes regímenes (común, especial y otros procedimientos) y mediante una diversidad de tipos de procedimientos, desde subastas electrónicas hasta adjudicaciones directas por emergencia.
- Por ejemplo, entre enero y abril de 2025, el Estado ecuatoriano compró principalmente:
- Servicios: $649,4 millones (32,7%)
- Bienes: $626,5 millones (31,6%)
- Obras : $587,7 millones (29,6%)
- Otros: Consultorías, fármacos, seguros
Gastos en lo que va del año Entre enero y abril de 2025, el gasto en contratación pública alcanzó los $1.985,2 millones, lo que equivale al 5,5% del PGE y al 1,5% del PIB del país. El comportamiento mensual fue el siguiente:
- Enero: $387,3 millones
- Febrero: $652,2 millones
- Marzo: $441,2 millones
- Abril: $504,5 millones
Este último mes muestra un incremento del 14,4% respecto a marzo y del 26,7% respecto a abril de 2024, lo que sugiere una tendencia creciente para el segundo trimestre de 2025.
El promedio mensual de 2025 hasta abril es de $496,3 millones, lo cual es ligeramente inferior al promedio mensual de 2024, que fue de aproximadamente $666,4 millones. Esto se explica por un mayor dinamismo en el segundo semestre de años
anteriores, cuando suele aumentar la ejecución presupuestaria.
¿Cómo se contratan las compras públicas?
La modalidad predominante sigue siendo el Régimen Común (RC) , con una participación del 74,3% del total adjudicado y un monto de $1.475,5 millones en lo que va de 2025.
La herramienta más utilizada en el Régimen Común es la Subasta Inversa Electrónica, que permite que los proveedores compitan bajando sus precios en línea, ideal para compras repetitivas. Por esta vía se adjudicaron $501,6 millones en 2025, lo que representa el 34% del total.
En segundo lugar está la Licitación, un proceso más tradicional donde se comparan varias ofertas para contratar grandes obras o adquisiciones de alto valor. Mediante este mecanismo se asignaron $298,4 millones (20,2%).
Otra modalidad destacada es el uso del Catálogo Elec-
to adjudicado corresponde a Publicación Especial (PE) con $173,8 millones, seguido de Contratación Interadministrativa (CI) y Bienes y Servicios Únicos (BySU)
Los procedimientos por emergencia , aunque representan solo el 0,2% de los procesos, concentran el 69,6% del monto de los OP, con $115 millones adjudicados en apenas 90 procesos.
Cifras por provincias
La contratación pública tiene fuerte concentración geográfica: 6 provincias acumulan el 75,3% del monto adjudicado en 2025. Solo Pichincha y Guayas concentran más del 51%:
trónico , que permite hacer compras de manera ágil a proveedores preseleccionados. Esta opción representó $244 millones (16,5%).
A través de la Cotización, donde se piden precios a varios proveedores para elegir la mejor oferta, se adjudicaron $206,5 millones (14%).
También hubo espacio para fortalecer la economía popular: las Ferias Inclusivas , pensadas para pequeños productores, movilizaron $74,7 millones (5,1%).
Para adquisiciones más pequeñas, se usó la modalidad de Menor Cuantía, enfocada en compras de bajo valor (menos de $50.000 para bienes y servicios, o $100.000 para obras), que sumó $ 72,5 millones (4,9%).
Por fuera del Régimen Común está el Régimen Especial (RE), que representa el 17,4% del total, con $344,5 millones
Finalmente, están Otros Procedimientos (OP), que en 2025 han representado el 8,3% del total, con $165,2 millones
En el Régimen Especial, más de la mitad del mon-
En lo que va de 2025, los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) y sus empresas públicas fueron los principales compradores del sector público, con $974 millones adjudicados, lo que representa casi la mitad del total nacional (49,1%). Dentro de este grupo, los municipios concentraron la mayor parte del gasto (60,8%), seguidos por los gobiernos provinciales (17,8%), las empresas públicas de los GAD (16,8%) y las juntas parroquiales (4,6%).
Según Carlos Mendoza, economista, esto quiere decir que, si se quiere transparentar y hacer más eficiente las compras públicas, los gobiernos locales tienen la principal responsabilidad. “A los gobiernos locales nadie les audita ni controla cómo gastan. Ahí está uno de los problemas estructurales del Ecuador”
El Gobierno Central y sus empresas públicas ocuparon el segundo lugar, con $786,2 millones adjudicados (39,6% del total). Dentro de este segmento, la mayor parte corresponde a la Administración del Estado (45,5%), seguida por las empresas públicas de la Función Ejecutiva (32,2%), la Seguridad Social (19,4%) y las instituciones de educación superior (2,9%).
Finalmente, otros actores del sector público, como sociedades anónimas estatales y el sector financiero público , sumaron $224,9 millones, lo que equivale al 11,3% del total nacional. (JS)
CONTROL. Los allanamientos a personas vinculadas al grupo Comandos de la Frontera iniciaron en 2024. Foto: Policía Nacional.
El juicio contra dos hijos de quien la Fiscalía señala como el líder del grupo narcoguerrillero Comandos de la Frontera quedó suspendido hasta junio de 2025. Ellos lavaban dinero y acumularon $49 millones.
Con tan solo 27 y 21 años, Kerly y Carlos Andrés A. C., acumularon un patrimonio total de $49 millones. Así consta en el expediente del juicio por delincuencia organizada que enfrentan y en el que la Fiscalía General del Estado es el acusador.
Los registros de la Superintendencia de Compañías cuentan seis empresas a nombre de quienes, según la Fiscalía, son los hijos mayores del líder de la organización narcoguerrillera Comandos de la Frontera.
Mientras ambos enfrentan a la justicia ecuatoriana y cumplen prisión preventiva, su
padre Roberto A.V., alias ‘Gerente’, tiene orden de captura de Interpol.
Empresas de lavado de dinero
Los envíos de productos eran el principal giro de negocio de los hermanos Kerly y Carlos Andrés A. C.
Los registros señalan que desde 2014, cuando ambos eran menores de edad, su padre estuvo al frente de la empresa
Megacentro Ferretero Alvial, con sede en Sucumbíos, una de las provincias donde hay mayor presencia del grupo Comandos de la Frontera.
En 2020, y con solo 22 años,
Los hijos de alias ‘Gerente’ pidieron la grabación de su audiencia
° La audiencia de juicio contra los dos hijos del líder del grupo Comandos de la Frontera y 11 personas más arrancó el 8 de mayo de 2025. Las diligencias se vieron interrumpidas porque las cárceles donde están los 13 procesados (Cotopaxi y Guayas), argumentaron tener fallas en el internet o no tener energía eléctrica. El 10 de mayo de 2025 se reinstaló la audiencia y se volvió a aplazar hasta el 17 de mayo. El 18 de mayo, el fiscal Wilson Toainga Toainga
Kerly gerenciaba dos empresas: Industria Agrícola y Ganadera Kaeri y Constructora Inmob, ambas con sede en la provincia de Pichincha.
En ambas empresas también consta el nombre de Carlos Andrés como parte del directorio.
La constructora, en sus registros, tiene entregados tres proyectos: un edificio de 11 departamentos, un restaurante y una casa quinta. En la sección ‘proyectos disponibles’ o ‘nuevos proyectos’ no aparece información.
Industrias Kaeri, en cambio, no tiene publicaciones en sus redes desde enero de 2025,
solicitó que se otorgara un tiempo para preparar los alegatos finales. Es así que se dispuso retomar las diligencias en junio de este año. Entre los escritos presentados por los hermanos Kerly y Carlos Andrés está el presentado el 22 de mayo, en el que solicitan se les conceda una copia simple e íntegra de la grabación magnetofónica de la audiencia de juicio desarrollada desde su primera hasta su última instalación. En el sistema judicial se lee que “se dispone que, por intermedio de Secretaría, se entreguen las copias de la grabación de la audiencia de juzgamiento llevada a cabo ante este Tribunal, advirtiendo sobre la responsabilidad derivada del uso indebido de dicha información”.
Entre el 8 y el 9 de mayo de 2025, la audiencia en el caso Comandos de la Frontera se suspendió por fallas de internet en la cárcel de Latacunga y falta de energía eléctrica en la cárcel del Guayas, según los escritos presentados por los directores de estos centros.
cios relacionados.
En 2023 aparece Ecuabodegas , empresa que vende containers multiusos desarmables. Sus últimas publicaciones en redes sociales son de 2024. Año en el que Kerly y Carlos Andrés fueron detenidos.
mes en el que la Fiscalía vinculó a Roberto Carlos A. V. –presunto líder de la organización criminal ‘Comandos de la Frontera’–, Édgar Leovigildo A. L., Wilson Adalecio O. J. y Roberth Luis J. H. a la instrucción fiscal por el delito de delincuencia organizada con fines de tráfico de drogas y armas, y lavado de activos.
La Fiscalía detalló que entre los elementos de convicción destacan: el informe de seguimientos y vigilancias, las sinopsis de las conversaciones mantenidas por los presuntos integrantes de la organización delictiva, el informe ejecutivo de la Unidad de Análisis
Financiero y Económico, el informe técnico pericial de inspección ocular técnica, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de objetos e indicios.
En 2022, otras dos empresas estaban a nombre de los hermanos. lvial Corp y Consrepaer Consultorías y Representaciones Aeronáuticas.
La primera tenía como giro de negocio la importación de vidrio y la segunda tenía entre sus principales actividades el procesamiento de datos, proveedores de internet y servi-
Estas tres últimas empresas tenían sede en Quito. La teoría de la Fiscalía es que para ocultar el dinero del narcotráfico, la organización tenía empresas fachada y realizó múltiples transacciones. La Fiscalía tiene como pruebas: depósitos y compra y venta de activos. A Kerly A.V., se le adjudica tener a su nombre 16 propiedades y seis carros.
Dos de las propiedades (tipo hacienda) de las que se le señala como propietaria fueron allanadas el 17 de mayo de 2025. Las Fuerzas Armadas encontraron armas y centenas de municiones:
• Una escopeta de fabricación artesanal.
• Dos carabinas artesanales.
• Una escopeta.
• Dos pistolas traumáticas.
• 134 municiones de diversos calibres.
• 453 vainas.
• Una caja fuerte.
Las propiedades se localizan en la parroquia Patricia Pilar, cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, y en la parroquia Luz de América, cantón Santo Domingo de los Tsáchilas.
Los allanamientos sucedieron 10 días después de que 11 soldados fueran asesinados en una emboscada que el Ejército ecuatoriano atribuye al grupo Comandos de la Frontera. (DLH)
¿Es seguro dar tus datos y firma para la revocatoria? LA HORA analizó la alerta que emitió el Alcalde de Quito en una entrevista. Néstor Marroquín, impulsor de la revocatoria, responde y explica cómo se trabaja.
Hasta el 28 de mayo de 2025, la petición de revocatoria fue respaldada con 75.000 firmas. ¿Firmar o no firmar? Es la decisión que enfrentan cientos de quiteños mientras avanza la recolección de rúbricas para la revocatoria del mandato contra el alcalde de Quito, Pabel Muñoz
Pero, más allá del contenido político, hay quienes se preguntan si es seguro participar en este proceso. L a duda se sembró tras la denuncia realizada por Muñoz en una entrevista para LA HORA. ¿Q ué dijo?
Los cuestionamientos de Muñoz
Al hablar sobre el tema de la revocatoria, Muñoz ironizó al decir que le parecía que “le está yendo bastante bien” en la recolección de firmas a sus opositores, cuando hay movimientos políticos que “tardan años y no llegan ni a las mil firmas”.
Aseguró que tienen una tarea difícil. Además, deseó
que se cumpla con apego a las leyes y que las firmas “no terminen en alguna base de datos”. Explicó que conocía información sobre que Néstor Marroquín tuvo problemas con bases de datos en las que tuvo alguna irregularidad. Esta declaración le significó una denuncia en la Fiscalía por parte de Marroquín. Explicó que espera que los quiteños apuesten más por la estabilidad y el orden y no por el caos y la inestabilidad.
La demanda de Marroquín
Nestor Marroquín inició una demanda contra Muñoz por difamarlo en medios de comunicación. El abogado señaló que el Alcalde utilizó expresiones ilegales al califica r a quienes impulsan su revocatoria como ‘tranfugos’. En el diccionario, en términos militares transfugo
significa traidor, y en términos generales significa quienes se cambian de bando.
Además, el A lcalde alertó sobre una supuesta sentencia penal , de la que fue acusado Marroquín, por manejo de base de datos. A esto, Marroquín respondió que es injuria por parte de Muñoz , ya que él nunca tuvo una imputación, pues ese no es un delito.
Para Marroquín, est o se califica como injuria o difamación, ya que tiene la intención de disminuir la imagen de quien propone la revocatoria.
Aseguró que no tiene antecedentes penales. Pero sí confirmó que del año 2007 al 2011 él sufrió persecución política por parte del expresidente Rafael Correa , luego de hacer denuncias por corrupción en ese régimen. Dice que inventaron una acusación en la que su-
° La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) hace advertencias y da recomendaciones para cuando en la calle alguien pide la firma u otro dato de identificación, como el número de la cédula:
° Tener una cultura de la privacidad de los datos personales.
° Indagar quién está pidiendo los datos personales: si pertenece a una organización estable, identificada con algún logo, tiene un espacio físico determinado y que no resulte sospechoso.
° Preguntar cuál es el motivo principal y el destino de la firma o dato solicitado.
° Pedir una constancia, en el caso de que se entregue algún dato.
° Pedir una dirección física de quien solicita los datos.
° La organización que tiene los datos se convertirá en un responsable del tratamiento de datos personales y tiene un tiempo para informar que ha procedido a eliminarlos.
° Conocer los derechos respecto a la privacidad de los datos personales.
° No otorgar datos a cualquiera.
puestamente habría falsificado la firma de un notario en una copia certificada. Explicó que ya presentó un recurso de revisión de esa condena para “resarcir su honor”. La Corte Nacional de Justicia aceptó su recurso y espera audiencia. Recuerda que en el artículo 11 de la Constitución existe la prohibición de utilizar el pasado judicial contra una persona, porque sería un acto de discriminación. De lo cual él podría hacer otra denuncia, advierte.
La seguridad de las firmas
Según Marroquín, en los formularios de revocatoria de mandato se informa claramente el propósito: “De conformidad con el artículo 105 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 199 de la Ley Orgánica y de organizaciones políticas del Ecua-
dor . Código de la Democracia los abajo firmantes respaldamos y solicitamos la convocatoria para la revocatoria de mandato del ciudadano Cristian Pabel Muñoz López , alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha”.
“Si quisiéramos utilizar para otro fin, no es posible, porque ya se altera el documento y las firmas son inherentes al documento”, argumenta.
Además, añadió que los formularios se entregarán al CNE el 5 de octubre de 2025, cuando vence el plazo. Además, asegura que el CNE se aseguró de que los formularios sean preimpresos, autorizados por ellos y el número secuencial para tener un control del número de formularios. Por lo que las hojas vacías, si existieran, serán destruidas. (EC)
Las cafeterías de especialidad se han convertido en una vitrina para dar a conocer la riqueza cafetera en Ecuador y la alta calidad de su producto.
Mostrar la riqueza, calidad y variedad del café ecuatoriano es el principal objetivo de las cafeterías de especialidad en Quito. En los últimos años, el café de especialidad ha tenido una gran acogida por públicos de todas las edades como una manera de descubrir nuevos aromas y sabores desde el consumo nacional.
En Ecuador no hay una provincia específica de la cual provenga el ‘mejor’ café, pues se encuentra en casi todas las provincias. Desde Azuay y Chimborazo, hasta Loja, Napo, Pichincha, Santa Elena y Galápagos.
Tipos de café
En Ecuador se producen dos principales tipos de café: arábica y robusta, dentro de los cuales hay muchas variedades.
Para que un café sea considerado de especialidad, su puntaje dentro de la calificación de la Specialty Coffee Association (SCA) debe ser mayor a 80 puntos en una escala del 0 al 100. Esto implica que el café cumpla con ciertas características, entre ellas la trazabilidad. Esto quiere decir que estén identificados datos relacionados al territorio, al caficultor y a los procesos utilizados: ¿qué altura tiene?, ¿qué variedad es?, ¿cuándo fue tostado?, ¿qué notas se puede encontrar?
Conoce algunas de las cafeterías de especialidad en Quito:
Fankør
Fankør nació en 2018 cuando Pablo Mateus, chef, tostador y fundador de Fankør,
a través de un colador de papel.
Hacienda Santa Gertrudis en Loja, o Majorelle en Napo.
Coffee Relief
Coffee Relief nació con el propósito de apoyar el ‘Café Justo’. En 2023, obtuvo el primer lugar en la categoría ‘Café/Tostaduría de café más sostenible del mundo’ en los Sprudgie Awards, un reconocimiento internacional a la excelencia en el mundo del café.
descubrió que el café con el tueste adecuado podía tener cierta acidez y varios aromas: sabía distinto. Desde entonces quiso compartir este gusto con otras personas a través de una exploración del café ecuatoriano. “El café ecuatoriano es mucho más apreciado fuera de lo que nosotros creemos”, explica.
El local dispone de una variedad de cafés de especialidad ecuatorianos que llegan desde fincas en Azuay, Chimborazo, Loja, Imbabura y otras más.
Mateus explica que incluso han empezado a experimentar con el café como algo más que una bebida, y en su menú ahora incluyen al café también como especia o condimento en pescados curados y roast beef.
Café Guayasamín
Este negocio nació hace 6 años como una forma de enaltecer las familias cafeteras del país. Alexis Oswaldo Guayasamín, su fundador, fue quien planteó la idea de tener diferentes tipos de café en vitrina para que el cliente pueda elegir.
El hijo de Alexis Guayasamín, Martín Guayasamín, es barista y propietario de Café Guayasamín. Ellos trabajan con fincas grandes y pequeñas de todo el país, de las cuales reciben productos cada 15 o 20 días, para así tener una rotación permanente de variedades de café. El propósito principal del local recae en brindar al cliente la oportunidad de conocer el café ecuatoriano de especialidad. “Hemos logrado tener más de 20 fincas en
un año”, indica Martín. Roveta Roveta nació en 2021 como una propuesta de tienda de cafés de especialidad con una barra de café, y ahora funciona también como cafetería. Para Juan Pablo Donoso, dueño de Roveta, el café
de especialidad se ha convertido en la oportunidad de brindar a los consumidores una experiencia a través de la cual puedan adquirir conocimiento sobre el café. Trabaja con cafés de productores ecuatorianos. Al local han llegado cafés desde la Hacienda La Papaya o la
Su experiencia se enfoca en brindar al consumidor una trazabilidad absoluta, un origen único y un tueste diferenciador, que permite que las notas sean las mismas siempre sin importar el origen del café. Actualmente su producto se exporta a Chile, Uruguay, Estados Unidos, España, Francia y Países Bajos.
Kafos
Kafos nació en 2021 con el concepto de servir café de especialidad de diferentes partes de Ecuador. Santiago Rodríguez, dueño de Kafos explica que siempre se han enfocado en promocionar el café nacional. Actualmente están en proceso de incursionar en la producción de su propio café en finca. Rodríguez explica que el propósito de contar con perfiles de sabores de provincias como Loja, Napo, entre otras, es guiar al cliente para que poco a poco pueda distinguir un café de su preferencia.
Café Galletti
Café Galletti nació en 1996 con el concepto de llevar el café ‘desde la finca hasta la mesa’. Así lo indica Ena Escobar Galletti, CEO de Café Galletti, una idea que parte también desde la responsabilidad con el medio ambiente. Su producción limpia empieza desde el tueste del café con paneles solares, la compra directa desde los productores y el apoyo a la agricultura sustentable. La propuesta de Galletti también está direccionada al empleo joven y al apoyo hacia el trabajo de mujeres. Cuentan con una oferta variada de cafés ecuatorianos y exportados. Galletti también ha incursionado en el mundo del chocolate y cuenta con su propia variedad. (CPL)
Este 28 de mayo de 2025 se inició el paro de 48 horas en Colombia en defensa de la reforma laboral que impulsa el Gobierno de Gustavo Petro.
MADRID. Este 28 de mayo de 2025 comenzó en Colombia el paro nacional de 48 horas convocado por los sindicatos en protesta por la decisión del Senado de rechazar la consulta popular propuesta por el Gobierno del presidente Gustavo Petro para refrendar múltiples reformas sociales.
La huelga tiene como objetivos la consecución de las reformas, la celebración de la consulta popular, “respaldar al Gobierno de Gustavo Petro” y hacer una “denuncia de las élites oligárquicas y el gran empresariado”, según reza el comunicado de los sindicatos y organizaciones participantes difundido por la Central Unitaria de Trabajo (CUT).
El Ministerio de Trabajo colombiano ha recordado en una circular externa que “las y los trabajadores tienen derecho a participar en las jornadas de movilización convocadas (...) sin que ello pueda dar lugar a restricciones, sanciones, descuentos salariales, ni ningún tipo de represalia por parte de los empleadores, sean públicos o privados”.
La cartera laboral advirtió a las empresas de que “podrá iniciar las investigaciones administrativas correspondientes ante la eventual vulneración de estos derechos”. Además, recordó a los trabajadores que “podrán presentar sus quejas, incluso de forma anónima, por los canales institucionales dispuestos”.
Por su parte, el presidente de Colombia, Gustavo Petro , difundió una circular de la Presidencia informando a sus trabajadores de que “contarán con los permisos y autorizaciones necesarias, siempre que informen previamente a sus jefes inmediatos”, para “acompañar las actividades de movilización”. La semana pasada, el mandatario aseguró que estaría “al lado del pueblo” si hubiese “huelga indefinida”.
El Senado tumbó a mediados de este mes la consulta popular de doce preguntas sobre la reforma laboral por 49 votos en contra y 47 a favor, si bien el Gobierno denunció fraude después de que la cámara permitiese modificar el voto de uno de los senadores de la oposición una vez ya se
POLÍTICA. El presidente de Colombia, Gustavo Petro. EUROPA PRESS
La nueva consulta popular propuesta por el Gobierno incluye cuatro preguntas adicionales sobre cuestiones de sanidad.
había pronunciado. La nueva consulta propuesta por el Ejecutivo incluye cuatro preguntas adicionales sobre cuestiones de sanidad.
Llamado a movilizaciones pacíficas Al inicio de la jornada, Petro hizo un llamamiento a la movilización pacífica durante la huelga general que durará hasta este 29 de mayo, al mismo tiempo advirtió de que “sí va a haber infiltrados”.
“La violencia va en contra de lo que estamos pidiendo”, ha dicho el Presidente colombiano durante el último consejo de ministros.
“El Presidente de la República tiene una posición respecto al derecho, a la dignidad de trabajadores y trabajadoras en Colombia”, ha insistido el mandatario, quien ha criticado a esos “ activistas del siglo XXI ” que quieren enriquecerse “empobreciendo y acosando a los trabajadores”, según recoge RCN.
Petro también ha pedido a los empresarios que permitan a sus empleados acudir a estas jornadas de huelga. “Tienen derecho a salir a protestar”, ha recordado, aprovechado la ocasión para acusar nuevamente al presidente del Senado, Efraín Cepeda, de haber cometido un “fraude” durante la votación. (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Estados Unidos confirmó el fin de la licencia de Chevron en Venezuela como medida de presión contra la dictadura de Nicolás Maduro.
La portavoz del Departamento de Estado estadounidense, Tammy Bruce , ha confirmado que la licencia bajo la que opera en Venezuela la petrolera norteamericana Chevron expiró a la medianoche del 27 de mayo de 2025 como medida de presión económica contra el régimen del dictador Nicolás Maduro.
“No vamos a permitir que ningún dinero llegue al régimen de Maduro”, ha asegurado en una rueda de prensa en la que ha señalado que “se va a notar”, recordando así “las instrucciones del presidente ( Donald Trump ) al secretario (de Estado, Marco) Rubio para que tomase medidas para finalizar todas las licencias de petróleo y gas de la era (Joe) Biden que beneficiaban al régimen de Maduro y forraban los bolsillos de sus secuaces”. La portavoz de la diplomacia estadounidense ha afirmado que Estados Unidos seguirá “denegando cualquier financiación al régimen de Maduro que use para
oprimir al pueblo venezolano”, en referencia a la posibilidad de emitir una reducida licencia que pudiese permitir el mantenimiento de las instalaciones petroleras.
En la comparencia, ha denunciado además que “hay más ciudadanos estadounidenses detenidos injustamente en Venezuela que en cualquier otro país”, aunque no ha revelado la cifra por tratarse de “una dinámica de seguridad nacional”.
Este martes, la Administración de Donald Trump ha emitido una alerta de viaje a los ciudadanos estadounidenses para que eviten viajar a Venezuela, alegando un “significativo riesgo” a enfrentarse a una “detención injusta”
Nuevas política de visados Por otra parte, el secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio , anunció la entrada en vigor de una nueva política de visados con la que prohibirá la entrada al país de todas aquellas personas, incluidas
EXTRACTO - CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA
CITACIÓN POR LA PRENSA A LOS DEMANDADOS: GRANDES CAMPAÑA MARTHA ANTONIETA.
ACTOR : MENDOZA VEGA WASHINGTON ALFONSO.
DEMANDADO: GRANDES CAMPANA MARTHA ANTONIETA
JUICIO: 21101-2023-00011
TRÁMITE: RECONOCIMIENTO Y HOMOLOGACIÓN DE SENTENCIA EXTRANJERA.
FECHA DE INICIO: 20-11-2023.
JUEZ: Dr. JUAN GUILLERMO SALAZAR ALMEIDA (PONENTE), DR. WILMER HENRY SUÁREZ JÁCOME Y DR. CARLOS AURELIO MORENO OLIVA.
SECRETARIO: Abg. Cristian Carrillo Bautista.
PRETENSIÓN: Con tales antecedentes, comparezco ante usted y solicito la homologación de sentencia, a fin de que se reconozca con la fuerza de juzgada y ejecutoriada que tienen la sentencias nacionales, la sentencia Nro. DC1115, EXPEDIENTE # 16-465-0-H, sobre el divorcio por causales en base a la separación de 18 meses establecida en la demanda de Estados Unidos de Norteamérica, en el proceso seguido por WASHINGTON ALFONDO MENDOZA VEGA en contra de MARTHA ANTONIETA GRANDES CAMPANA, y se disponga marginación e inscripción de la sentencia referida en el Registro Civil.
autoridades, que sean “cómplices de la censura contra estadounidenses”.
“Durante demasiado tiempo, los estadounidenses han sido multados, acosados e incluso imputados por parte de autoridades extranjeras por ejercer sus derechos de libre expresión”, alegó Rubio, en un mensaje difundido en su cuenta de la red social X que no entra en detalles. El jefe de la diplomacia norteamericana subrayó que la libertad de expresión es “esencial” dentro del “estilo de vida” de Estados Unidos, “un derecho de nacimiento sobre el que los gobiernos extranjeros no tienen autoridad”, por lo que cree que quienes puedan ponerlo en riesgo no deben tener tampoco el “privilegio” de viajar.
“Sea en América Latina, en Europa o en cualquier otro lugar, los días de tratos pasivos para quienes violen los derechos de los estadounidenses han terminado”, ha advertido en su mensaje. (EUROPA PRESS)
SALA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 28 de noviembre del 2023, a las 12h13. VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Ponente de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, en lo principal, dispongo: En virtud del sistema de sorteo; y en atención a lo dispuesto en el Art. 222 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con la Resolución No. 090 – 2020 que reformó la Resolución No. 053 - 2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura que emitió el Reglamento para la conformación del Tribunales en Cuerpos Pluripersonales de Juzgamiento; el suscrito Juez Ponente Dr. Juan Salazar Almeida sustanciará y Presidirá esta causa y los señores jueces que integran la Sala Dr. Wilmer Suárez Jácome y Dr. Carlos Moreno Oliva. Póngase en conocimiento de las partes la recepción del proceso signado en esta instancia con el No. 21101 - 2023 - 00011, Reconocimiento y Homologación de Sentencia, presentado por Mendoza Vega Washington Alfonso, considerando que la presente demanda de homologación de sentencia extranjera de Divorcio Por Causal, presentada por Mendoza Vega Washington Alfonso, es clara, completa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 104 y 105 del Código Orgánico General de Procesos, se la admite a trámite conforme lo previsto en el expresado Art. 105 ibídem; y, una vez que el compareciente bajo juramento ha declarado desconocer su domicilio o residencia de la señora Martha Antonieta Grandes Campana conforme consta en su demanda de homologación de sentencia, en consecuencia, CÍTESE a la señora Martha Antonieta Grandes Campana, con la presente acción de homologación de sentencia de divorcio, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país, así como en un diario que tenga cobertura en esta provincia, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que en el término de CINCO DÍAS PRESENTE Y PRUEBE SU OPOSICIÓN en el caso de que así lo considere. Para lo cual el señor Actuario realizada la citación sentará la respectiva razón; y, el interesado brindará las facilidades necesarias para la realización de la presente diligencia de citación. Tómese en cuenta los correos electrónicos señalados por el peticionario para futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor. Actúe el Abogado Stalin Barrigas Cabrera en calidad de Secretario Relator. - NOTIFÍQUESE. -
SALA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, lunes 5 de mayo del 2025, a las 15h41. Agréguese a los autos el Oficio Nro. MDI-VSC-SDM-DSM-2025-8875-OF suscrito por la señora Anita Isabel Cháves Villafuerte, Analista de Servicios y Control Migratorio 1 - Responsable del Servicio de Apoyo Migratorio de Pichincha, de fecha Lunes 05 de Mayo del 2.025 a las 09h58, en atención al mismo se indica:
En virtud que, del Oficio que se despacha se certifica que la señora GRANDES CAMPANA MARTHA ANTONIETA no registra movimientos migratorios, y conforme del acta suscrita por el Actor del desconocimiento del domicilio de la demandada (Fs. 72), se dispone que el Actor de la presente causa proceda conforme a lo dispuesto en auto de 28 de noviembre del 2.023 (Fs. 23); y, 27 de junio del 2.024 (Fs. 73 de autos), es decir la citación por la prensa por un diario que tenga cobertura a nivel nacional; y, un diario que tenga cobertura en esta provincia, para cuyo efecto el señor secretario vuelva a entregar el extracto para el cumplimiento de este mandato judicial, conforme el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que en el término de 05 días presente y pruebe su oposición en el caso de asi considere. Realizado que fuere entregue en esta instancia la constancia de la publicación. Actúe el Abogado Cristian Carrillo Bautista en calidad de Secretario Relator Encargado. NOTIFIQUESE Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial, para sus notificaciones.- Nueva Loja, 13 de mayo del 2025.
La acumulación de basura y hasta animales muertos en las orillas del río intensifican los malos olores y afectan a quienes transitan por el Malecón.
CONTAMINACIÓN. Las riberas del río Babahoyo se encuentran llenas de basura.
BABAHOYO. Lo que debería ser un lugar de esparcimiento y distracción para las familias, se ha convertido en una fuente de molestias para los visitantes del Malecón de Babahoyo. Los malos olores y la acumulación de basura en las orillas del río han generado preocupación entre los ciudadanos, quienes denuncian la falta de control y limpieza en la zona. El Malecón, conocido por su vista hacia las aguas del río Babahoyo y por ser un punto de encuentro para locales y turistas,
Entrega de kits de alimentos
En Vinces familias afectadas por el invierno continúan recibiendo ayuda por parte de la municipalidad del cantón. Aunque el temporal invernal ya pasó, el alcalde Alfonso Montalvan llegó con kits de alimentos hasta los recintos Bagatela y Junquillo Sur de la parroquia Antonio Sotomayor.
hoy enfrenta una grave problemática ambiental y social. Visitantes frecuentes reportan que el lugar se ha visto afectado por la presencia de personas en situación de calle que utilizan los bajos del Malecón como baño improvisado, arrojando excrementos directamente al río.
Olores fuertes y desagradables “El olor es tan fuerte que muchas veces tengo que buscar otro sitio para esperar a mi hija durante sus ensayos”, comenta Carla
Muñoz, madre de familia que acude semanalmente al lugar. Esta situación no solo afecta la experiencia de quienes acuden al Malecón, sino que ha provocado que algunos eviten el sitio por completo.
Además de los desechos humanos, la acumulación de basura y hasta animales muertos en las orillas del río intensifican los malos olores. Según los testimonios recogidos, no es raro ver a personas arrojando residuos directamente al agua.
Fatima Silva, de 45 años,
relata haber sido testigo de actos insalubres en la zona sin que ninguna autoridad intervenga.
“Es lamentable que no haya un control, ni una vigilancia adecuada. Los
En varios puntos del río Babahoyo, sus riberas están llenas de basura.
olores son insoportables y ya no se puede disfrutar del Malecón como antes”, expresó Silva.
Exigen respuestas urgentes
La ciudadanía exige una respuesta urgente por parte de las autoridades municipales para frenar esta situación. Entre los pedidos destacan una mayor presencia de personal de control, limpieza regular de las orillas del río y la implementación de medidas para asistir y reubicar a las personas en situación de calle.
Los habitantes de Babahoyo esperan que se tomen acciones prontas y efectivas que devuelvan al Malecón y al río de Babahoyo su atractivo y permitan a las familias volver a disfrutar de este espacio público sin tener que lidiar con la contaminación ni los malos olores. (KAT)
SITUACIÓN.
El paso en el baipás se cerró por dos horas y los manifestantes advirtieron que las protestas continuarán si no obtienen respuestas claras.
En el baipás La Concordia-Puerto Quito , transportistas y finqueros bloquearon el paso vehicular la mañana de ayer, miércoles 28 de mayo, en protesta por la falta de atención de las autoridades frente a los huecos que afectan este tramo de seis kilómetros.
Por esta arteria circulan diariamente cientos de vehículos que se dirigen hacia las provincias de Santo Domingo de los Tsáchilas, Esmeraldas, Manabí, Los Ríos y Guayas, por lo que el deterioro genera afectaciones en el comercio, la movilidad y la seguridad de
los conductores.
El cierre duró dos horas, pero los manifestantes advirtieron que continuarán con estas medidas en las próximas semanas, aumentando el tiempo de paralización si no reciben respuestas concretas.
Varios años sin respuesta Hernán Conde, dirigente del transporte pesado, expresó su indignación: “Tengo tres vehículos con los que hago comercio y todos los
días me enfrento a daños por el mal estado de la vía. Ya estamos cansados”.
Vinicio Zambrano, ganadero, también se sumó al reclamo, indicando que es hora de que las autoridades asuman su responsabilidad. Recalcó que la comunidad lleva años exigiendo una solución a estos baches que les afectan directamente.
Bacheo reciente Desde el Municipio de La Concordia se informó que
Hasta hace pocos días no estaba claro si la responsabilidad del mantenimiento del baipás recaía en el Municipio de La Concordia o en el MTOP.
el tramo de 3,6 kilómetros de la carretera estatal, ubicado en el límite cantonal, fue bacheado recientemente con el objetivo de mejorar la vialidad y mitigar los inconvenientes ocasionados por su deterioro a lo largo de los años.
Se explicó que esta intervención se realizó tras una resolución en la que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) excluyó de sus competencias el tramo comprendido entre el redondel de ingreso y el límite cantonal en dirección a La Independencia.
Sin embargo, se reconoció que el tramo colindante con Quinindé sigue presentando un deterioro significativo, lo que afecta la movilidad y seguridad de quienes transitan por esta vía. Se anunció que se está coordinando la ejecución de un convenio de cogestión con el Municipio vecino, con el fin de intervenir y mejorar ese sector, considerado clave para la conectividad regional. (JAR)
El próximo 19 de junio se llevará a cabo la cuarta edición del Tsáchila Economic Forum en Santo Domingo, con la expectativa de congregar a participantes provenientes de distintas zonas del país.
Este foro, que por cuarta vez se organiza en la ciudad, se enmarca además como una antesala a la conmemoración por los 58 años de cantonización.
La jornada se desarrollará en las instalaciones del hotel Zaracay , donde se reunirán representantes de varios gremios empresariales para socializar diferentes temáticas.
Marcela García, presidenta de la Cámara de
62
empresas integran la Cámara de Industrias de la provincia. CIFRAS
Industrias en Santo Domingo de los Tsáchilas , considera que esta actividad servirá para demostrar el potencial productivo de la localidad.
Entre los temas principales del foro sobresale el impacto del puerto Chancay, ubicado en Perú, y el análisis de economías emergentes.
PRESENTACIÓN. El Tsáchila Economic Forum se integra a la agenda de festividades cantonales.
El año anterior asistieron alrededor de 1.200 personas, y se espera que la cifra aumente en esta nueva edición.
Presentación Ayer, miércoles 28 de mayo, se realizó la presentación oficial del evento. El gobernador Miguel Quezada felicitó a los organizadores y anunció que gestionará la participación de autoridades del Gobierno Nacional
Por su parte, el alcalde Wilson Erazo respaldó la iniciativa y afirmó que representa una excelente oportunidad para visibilizar la capacidad empresarial de Santo Domingo. (JD)
Hace 60.000 años unas cuantas chinches saltaron de un murciélago y se adhirieron a un neandertal que salía de una cueva. Desde entonces han disfrutado de una relación próspera con sus huéspedes humanos, señala un estudio publicado en en ‘Biology Letters’. EUROPA PRESS
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AUTORA: AB. M.
ALEXANDRA VELA
CEVILLANO
El problema de este trabajo debe ser observado desde la óptica de la Ciencia de la Legislación, al aplicar dos de sus herramientas más difundidas que son la Técnica Legislativa y la Lingüística Aplicada.
Una enseñanza básica universitari a para todo futuro abogado son las antinomias jurídicas, así como su clasificación. En la praxis diaria parece que los jurisconsultos olvidan esta serie de detalles y llegan a dar por sentado que todo lo tipificado en una norma es correcto.
La Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos contenida
en el Acuerdo Ministerial 007, publicada en el Registro Oficial Suplemento 412 del 23 de enero de 2019, cuya última modificación data del 08 de abril del 2019, contiene antinomias jurídicas de carácter real.
Su aplicación por el Ministerio de Trabajo en el procedimiento Sumario Administrativo viene violentando desde el 23 de enero de 2019 lo preceptuado en el artículo 425 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE). Ergo, probablemente los servidores públicos destituidos en este periodo debieran ser restituidos e indemnizados.
El procedimiento de los sumarios administrativos se encuentra ceñido prime-
ro a la CRE, segundo a la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), tercero al Reglamento General a la LOSEP y finalmente a la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos.
Bajo este contexto nos preguntamos:
¿Cuáles son las antinomias jurídicas de carácter real en el procedimiento del sumario administrativo?
En cuyo caso ¿Cómo se deben resolver dichas antinomias?
¿Porqué? Por qué esta investigación contribuye a la seguridad jurídica del Estado Ecuatoriano, asiste al ejercicio de todos los profesionales del derecho involu-
crados en el procedimiento sumario administrativo, y es un documento de consulta para los estudiantes universitarios que deseen profundizar sus conocimientos en este tema.
Las unidades de análisis de esta investigación son “el inicio del sumario administrativo” y “la prescripción de la acción”, tipificados en la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos, en el Reglamento General a la LOSEP y en la Ley Orgánica de Servicio Público. Es fundamental el estudio de las unidades de análisis con apoyo en la Ciencia de la Legislación. Se utilizará un abordaje cualitativo.
Generalidades
¿Procede o no la ilegitimidad de personería si en el transcurso del proceso caduca el nombramiento del representante legal de una persona jurídica no puede entenderse que se trata de un abandono?
RESPUESTA
En general la representación legal de las compañías mercantiles corresponde al gerente de la empresa y por ausencia o impedimento temporal o definitivo del mismo, al presidente de aquella. Cuando el período para el cual fue electo el representante legal ha culminado no necesariamente significa que el nombramiento no esté vigente, pues en cada caso se debe analizar si la persona continúa o no en funciones prorrogadas de acuerdo con la Ley de Compañías y el estatuto de la empresa. La caducidad del nombramiento del representante legal significa su incapacidad para representarla en juicio, es decir, es una de las excepciones previas que está contemplada en el Art. 153 numeral 2 del COGEP, que debe ser analizada en ese contexto por la o el juzgador, considerando que aquella es además subsanable. Por este motivo, de ninguna manera puede entenderse que se trata de un abandono en el los términos del Art. 187 de ese Código, toda vez que no se trata del caso de ausencia del actor a la audiencia sino que quien se presenta no tiene la representación de la empresa por haber caducado su nombramiento.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
La Real Academia Española define a la antinomia como una contradicción entre dos preceptos legales.
Según el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres, una antinomia es una palabra griega, compuesta de anti, contra, y de nomos, ley. Es, pues, la contradicción real o aparente entre dos leyes, o entre dos pasajes de una misma ley.
Decimos además que es de carácter real cuando la contradicción jurídica se aprecia a simple vista o es apreciable en su tenor literal.
El orden jerárquico de aplicación de las normas u ordenamiento jurídico se encuentra regulado en el artículo 425 de la Constitución de la República. En la representación gráfica que sigue, es posible apreciar el nivel jerárquico que ocupa tanto la CRE (nivel 1), la Ley Orgánica de Servicio Público (nivel 3 por ser una ley orgánica), el Reglamento General a la LOSEP (nivel 6 ya que es un decreto) y la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos (nivel 8 como acuerdo).
La tabla siguiente nos
425 CRE. (Elaboración propia)
ayuda a comprender mejor el orden histórico de publicación y última modificación de las normas en torno a la cuestión. Lo cual nos sirve para verificar que se encuentran en vigencia y no han sido derogadas, y que las disposiciones normativas en las cuales se encuentran las antinomias están en vigor y no han sido abrogadas.
Por regla general una norma posterior deroga por su sola publicación a una norma anterior, aún si no existe una cláusula de derogación o abrogación expresa. En este caso específico es imposible creer que uno o varios de los artículos de la Norma Técnica (acuerdo ministerial 007) se encuentren en
la capacidad de abrogar artículos iguales o similares en las normas jerárquicas superiores, aún si existiese una disposición transitoria que lo prescriba. Presentación de disposiciones normativas de la LOSEP
Las sanciones disciplinarias según el orden de gravedad se encuentran tipificadas en el artículo 43 de la Ley Orgánica de Servicio Público, siendo:
Amonestación verbal
Amonestación escrita
Sanción pecuniaria administrativa
Suspensión temporal sin goce de remuneración
Destitución
El procedimiento del sumario administrativo se en-
Art. 92 RE LOSEP
Art. 23 NTSSA Inicio del Sumario Administrativo.- Inicio del Sumario Administrativo.En conocimiento del informe de la UATH, la autoridad nominadora expedirá la respectiva providencia de inicio del sumario administrativo.
Se dará por iniciado el sumario administrativo,
A partir de la recepción de la providencia de la autoridad nominadora o su delegado en la que dispone se dé inicio al sumario administrativo, el titular de la UATH o su delegado levantará el auto de llamamiento a sumario administrativo con la emisión del Auto de Llamamiento a sumario administrativo, el mismo que deberá ser emitido, por parte del sustanciador en el término de 3 días, que contendrá: (…) dentro del término de cinco (5) días, posteriores de haber emitido la providencia de calificación de la contestación de la solicitud de inicio de sumario administrativo, para lo cual deberá notificar a las partes procesales la actuación procesal, la misma que contendrá lo siguiente: (…)
cuentra descrito en el artículo 44 de esta ley orgánica, el cual fue sustituido por el artículo 7 de la ley modificatoria, publicada en el Registro Oficial Suplemento 1008 de 19 de mayo del 2017. Este artículo 44, es uno de los considerandos más importantes de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos, cuando refiere:
“Es el proceso administrativo, oral y motivado por el cual el Ministerio de Trabajo determinará el cometimiento o no de las faltas administrativas graves establecidas en la presente Ley, por parte de una servidora o un servidor de una institución pública e impondrá la sanción correspondiente. Su procedimiento se normará a través del Acuerdo que para el efecto expida el Ministerio del Trabajo.” (art. 44, LOSEP)
Las faltas graves dan lugar a que se impongan como sanciones la suspensión temporal sin goce de remuneraciones o la destitución (art. 42, LOSEP), ergo, el propósito del sumario administrativo es sancionar a un servidor público que hubiese cometido una falta grave con la suspensión temporal sin goce de remuneraciones o la destitución. El contenido sustantivo del procedimiento sumario se encuentra en la ley orgánica, pero su contenido adjetivo le corresponde al poder ejecutivo toda vez que ejerce la delegación de las facultades legislativas. La norma adjetiva o procedimental fue expedida por el Presidente de la República por medio del decreto ejecutivo 710, publicado en el Registro Oficial Suplemento 418 de 01 de abril de 2011 (Reglamento General a la LOSEP en vigor).
En el artículo 44 de la LOSEP se le confiere al Ministerio de Trabajo (MDT) la atribución de normar el procedimiento del sumario administrativo por medio de un Acuerdo Ministerial. Adicional a esto la disposición transitoria duodécima de la LOSEP, dice: “En el plazo de 90 días, luego de la publicación en el Registro Oficial, el Presidente de la República expedirá las reformas al Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio
Público.” Esta disposición fue agregada según la publicación en el Registro Oficial Suplemento 78 de 13 de septiembre del 2017. La última modificación al Reglamento General a la LOSEP data del 02 de mayo de 2018, sin que se haya derogado el reglamento, ni se hayan abrogado las disposiciones normativas
referentes al sumario administrativo, por tanto se encuentran aún en vigor.
La disposición transitoria décima tercera de la LOSEP, señala: “El Ministerio de Trabajo en 90 días plazo luego de la publicación en el Registro Oficial, dictaminará la normativa técnica correspondiente a la modi-
Pedro Vicente Maldonado, 29 de mayo 2025
CONVOCATORIA
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley de Compañías; el artículo 1 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas; y el articulo Décimo tercero de los Estatutos de la compañía, se convoca a los Señores Accionistas de la compañía Transportes San José de Minas S.A., a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo el martes 10 de junio del 2025, a las 10:00 horas, en el domicilio principal y legal de la compañía, ubicada en la calle 27, numero 72 e intersección 22 del barrio Kennedy Baja, referencia a la entrada a La Celica, junto al Mercado Central del cantón Pedro Vicente Maldonado, provincia de Pichincha, en la que se tratará el siguiente orden del día:
1. Ratificación de loa resoluciones tomadas en la junta general Extraordinaria del 8 de abril 2025 de los siguientes puntos:
AL PÚBLICO EN GENERAL, SE LES HACE CONOCER LO SIGUIENTE
EXTRACTO JUDICIAL:
ACTORA: SILVIA LUCIA GUADALUPE JARAMILLO ANDRADE
DEMANDADA: PAOLA ALEJANDRA VARELA JARAMILLO
ACCIÓN: INTERDICCIÓN
PROCEDIMIENTO: SUMARIO
JUICIO N. 17204-2023-03941
JUEZA: DRA. VANESSA SERRANO CHICAIZA
AUTO RESOLUTIVO
• Análisis y resolución sobre el pago de los honorarios al Dr. Curro Bahamonde por la Resolución 032
• Conocimiento y resolución de la renuncia del señor Gerente
• Inclusión del convenio con la Coop. Jardín Azuayo
• Asuntos de Trabajo
2. Presentación, Análisis y resolución del presupuesto para el año 2025
3. Explicación del proceso de reforma de estatutos y aumento de capital
4. Presentación del señor Freddy Flores aspirante a accionista
5. Clausura
En cumplimiento con el Art.242 de la Ley de compañías y Art.3 literal b) del Reglamento de Junta de Accionistas, se comunica y convoca de manera especial e individual a la Sra. Andrea Cepeda, como Comisario de la empresa.
Nota: Se informa que la junta también se desarrollará por videoconferencia, el link de acceso y claves correspondientes serán enviadas al correo electrónico un día antes de la celebración de la junta. Atentamente,
WILSON CHANCOSA PRESIDENTE
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE POR EL CIELO DEL ECUADOR “COTRACIER S.A.”
Se convoca de carácter de asistencia obligatoria a los señores y señoras Accionistas de la Compañía de taxis COTRACIER S.A., a la junta General Extraordinaria que se llevará a cabo el día Viernes 06 de junio del 2025 a las 10h00, en la oficina de la compañía ubicada en el cantón Rumiñahui, ciudad de Sangolquí, parroquia San Pedro de Taboada, calles Ventura Uncuango y Rosa Sinapanta con el siguiente orden del día:
1.- Constatación del quórum
2.- Elección de la nueva directiva 3.- Clausura ATENTAMENTE,
CARLOS LIZARDO HIDALGO MARTINEZ GERENTE GENERAL 001-004-5647
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 14 de abril del 2025, a las 10h11. VISTOS.- En lo principal se deja expresa constancia que con fecha jueves 10 de abril del 2025, se ha remitido al despacho de esta Autoridad por parte del ayudante judicial la presente causa para su correspondiente resolución, por lo que atendiendo el principio de celeridad procesal, procedo a resolver la misma en los siguientes términos.- Dra. Vanessa Mireya Serrano Chicaiza, en mi calidad de Jueza Ponente de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, según acción de personal Nro. 1835-DP-DPP de fecha 29 de mayo del 2013, amparada a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 017-2020 de 13 de febrero de 2020, en la causa de INTERDICCION signada con el No. 17204-2023-03941 que se tramita en esta Judicatura.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES PROCESALES.- De los recaudos procesales consta la demandada de INTERDICCIÓN formulada SILVIA LUCIA GUADALUPE JARAMILLO ANDRADE en contra de PAOLA ALEJANDRA VARELA JARAMILLO.- (...) ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA, se acepta la demanda de interdicción y en consecuencia: 1.- Se declara la INTERDICCIÓN DEFINITIVA a PAOLA ALEJANDRA VARELA JARAMILLO portadora de la cédula de ciudadanía No. 1715067417; 2.- Amparada en lo dispuesto en el Art. 487 del Código Civil, se advierte que la interdicta no será privada de su libertad personal ni podrá ser trasladado a un hospital psiquiátrico a no ser que obtenga autorización judicial; 3.- En virtud de lo prescrito en el Art. 468 del Código Civil, inscríbase la presente resolución en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y notifíquese al público por un periódico de este cantón Quito (...) que PAOLA ALEJANDRA VARELA JARAMILLO portadora de la cédula de ciudadanía No. 1715067417, no tiene la libre administración de sus bienes, para lo cual por medio de Secretaría entréguese el correspondiente extracto (...) 4.- Cumplido que sea lo dispuesto en el numeral 3) de la parte resolutiva, desígnese como Curadora General a su madre señora SILVIA LUCIA GUADALUPE JARAMILLO ANDRADE portadora de la cédula de ciudadanía No. 1707571970, quien de aceptar el cargo se posesionará y previo cumplimiento de las formalidades de ley se procederá a su discernimiento para que ejerza dicha representación legal.- 5.- Una vez posesionada en el cargo y con el discernimiento previo a su protocolización en una de las notarías del país, queda autorizada para ejercer su cargo.(...).- [INTERDICCION No. 17204-2023-03941].- f).- DRA. SERRANO CHICAIZA VANESSA, JUEZ (PONENTE).
Lo que comunico a usted para los fines de ley.
ficación aprobada.” Norma Técnica que se encuentra actualmente en vigencia. Primera antinomia jurídica real
A continuación nos permitimos transcribir literalmente el artículo 92 de la LOSEP:
Prescripción de acciones.- Las acciones que concede esta ley que no tuvieren término especial, prescribirán en noventa días, que se contará desde la fecha en que se le hubiere notificado personalmente a la servidora o servidor público con la resolución que considere le perjudica.
Igualmente prescribirán en el término de noventa días las acciones de la autoridad para imponer las sanciones disciplinarias que contempla esta Ley y las sanciones impuestas en cada caso, término que correrá desde la fecha en que la autoridad tuvo conocimiento de la infracción o desde que se impuso la sanción.
El legislador subsana en el inciso primero cualquier vacío legal que pudiese presentarse en el caso que una acción descrita en la ley no tenga un término especial.
En el inciso segundo, la redacción no deja lugar a dudas en qué casos se debe aplicar, es decir este término de 90 días se debe aplicar a las acciones de la autoridad para imponer sanciones. Las sanciones disciplinarias a las que se refiere están enumeradas en el artículo 43 de la misma ley.
La antinomia en este artículo se encuentra cuando dice: “término que correrá desde la fecha en que la autoridad tuvo conocimiento de la infracción (…)”, en contradicción con el artículo 27 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos (NTSSA), que expresa:
“ Prescripción de la acción.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Servicio Público, el Ministerio del Trabajo, dentro del término de noventa (90) días, desde que se da inicio al sumario administrativo, resolverá el mismo, transcurrido el término mencionado, prescribirá la acción.” (art. 27. NTSSA)
Para dar claridad a lo antes descrito, presentamos ambos artículos contradichos, de tal manera que se aprecia la antinomia a simple vista.
Presentación de disposiciones normativas del reglamento general a la LOSEP
Como ya hemos dicho antes el Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público (RG LOSEP) se encuentra contenido en el Decreto Ejecutivo 710, publicado en el Registro Oficial Suplemento 418 del 01 de abril de 2011, modificado por última vez el 02 de mayo de 2018.
Reglamenta el procedimiento del sumario administrativo en sus artículos del 90 al 100. Antes de entrar en la antinomia como tal es menester revisar primero el artículo 90 de este cuerpo legal.
Periodo.- Dentro del término previsto en el inciso segundo del artículo 92 de la LOSEP, la autoridad nominadora o su delegado podrá disponer el inicio y sustanciación del respectivo sumario administrativo e imponer la sanción correspondiente a través de la expedición de la respectiva resolución. (art. 90, RG LOSEP)
De este artículo se extrae que: El término en el cual se sustancia el sumario administrativo es el referido en el inciso 2º del artículo 92 de la LOSEP, descartando por completo que pueda existir una relación entre el inciso 1º de dicha disposición y el procedimiento del sumario administrativo. Ergo, al no existir un vacío legal que debiese ser normado, se evidencia la carente técnica legislativa en la redacción del artículo 27 de la NTSSA, poniendo en duda la teoría del legislador racional.
Dentro del término de 90 días se prevén tres acciones en el siguiente orden: el inicio del sumario, la sustanciación de este y la imposición de la sanción. Actualmente según la Norma Técnica el orden va desde la sustanciación del sumario, el inicio de este y la imposición de la sanción.
Bien es cierto que el artículo 92 de la LOSEP no especifica a que autoridad se refiere. El artículo 90 del Reglamento a la LOSEP nos
provee mayor claridad para la interpretación del texto normativo invocado (art. 92 LOSEP), al decir la “autoridad nominadora o su delegado”, si entendemos que la autoridad nominadora es aquella que tiene entre sus facultades la de formalizar los nombramientos de servidores públicos.
Segunda Antinomia Jurídica Real
El artículo 23 de la Norma Técnica dice:
Inicio del Sumario Administrativo.- Se dará por iniciado el sumario administrativo, con la emisión del Auto de Llamamiento a sumario administrativo, el mismo que deberá ser emitido, por parte del sustanciador dentro del término de cinco (5) días, posteriores de haber emitido la providencia de calificación de la contestación de la solicitud de inicio de sumario administrativo, para lo cual deberá notificar a las partes procesales la actuación procesal, la misma que contendrá lo siguiente: (…). (art. 23, NTSSA)
Este artículo describe brevemente la línea de tiempo que sigue el procedimiento actual del sumario administrativo:
Solicitud del sumario administrativo (art. 13 y 14, NTSSA)
Sorteo y designación del sustanciador (art. 15, NTSSA)
Calificación y providencia de admisibilidad (art. 16 y 17, NTSSA)
Citación al sumariado (art. 18 y 19, NTSSA)
Contestación del sumariado (art. 20 y 21, NTSSA)
Inicio del sumario administrativo (art. 23, NTSSA)
Audiencia (art. 24, NTSSA)
Resolución (art. 26, NTSSA)
Es decir que el sumario, según la Norma Técnica, inicia prácticamente después de toda la sustanciación, una grave falta de técnica legislativa que vulnera el debido proceso consagrado en la Constitución, en el artículo 76, numeral 3 (… y con observancia del trámite propio de cada procedimiento), a la vez que contradice el orden establecido por el artículo 90 del Reglamento a la LOSEP. Aquí nace una nueva inte-
rrogante ¿Cuál es el trámite propio del sumario administrativo?
Tercera antinomia jurídica real Entrando en la cuestión, el artículo 92 del Reglamento dice:
Inicio del Sumario Administrativo .- En conocimiento del informe de la UATH, la autoridad nominadora expedirá la respectiva providencia de inicio del sumario administrativo. A partir de la recepción
“Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el extravío del certificado de depósito a plazo N° 16701DPV001924-7 emitido por el Banco Bolivariano CA con vencimiento 21/04/2025”.
de la providencia de la autoridad nominadora o su delegado en la que dispone se dé inicio al sumario administrativo, el titular de la UATH o su delegado levantará el auto de llamamiento a sumario administrativo en el término de 3 días, que contendrá: (…) Este artículo se contra-
TÍTULO EXTRAVIADO
Queda anulado el titulo de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 2796 No. de acciones: 2
Propietario:
JAIME ARTURO MONCAYO GARCIA
El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 28 de mayo de 2025
dice con el artículo 23 de la Norma Técnica, en los siguientes términos:
Inicio del Sumario Administrativo.- Se dará por iniciado el sumario administrativo, con la emisión del Auto de Llamamiento a sumario administrativo, el mismo que deberá ser emitido, por parte del sustanciador dentro del término de cinco (5) días, posteriores de haber emitido la providencia de calificación de la contestación de la solicitud de inicio de sumario administrativo, para lo cual deberá notificar a las partes procesales la actuación procesal, la misma que contendrá lo siguiente: (…). (art. 23, NTSSA)
Para dar claridad a lo antes descrito, presentamos ambos artículos contradichos, de tal manera que se aprecia la antinomia a simple vista.
Según el Reglamento el sumario administrativo inicia, con la respectiva providencia de inicio del sumario administrativo, según la Norma Técnica, con la emisión del Auto de Llamamiento a sumario administrativo. Una vez más contemplamos la deficiente técnica legislativa, que en esta ocasión además de confundir dos actos procesales totalmente diferentes que se deben dar en tiempos distintos, violenta nuevamente el ordenamiento jerárquico de aplicación de las normas establecido en el artículo 425 del CRE.
Por fines estrictamente académicos comparecimos al departamento jurídico del Ministerio de Trabajo, opiniones contra las cuales estamos en discrepancia. En torno a la cuestión nos manifestaron dos cosas, la primera, no pueden brindar asesoría a un abogado, ya que el abogado liberal usufructúa con el conocimiento; y, segundo, a consideración de la letrada que nos asistió, el Reglamento General a la LOSEP quedó insubsistente aunque no esté derogado, por cuyo motivo al procedimiento sumario administrativo se debe aplicar la Norma Técnica y no el Reglamento. Caso de análisis
Con el previo consenti-
miento del servidor público sumariado se presenta el siguiente caso analizado a la luz de este trabajo, guardando la debida reserva de los datos personales.
SUMARIO ADMINISTRATIVO: MDT-SISPTEDRSA-SA-2019
A.H. es acusado de cometer en reiteradas ocasiones una falta grave tipificada en la LOSEP. La denuncia la presenta el usuario G.O. que supuestamente fue perjudicado y entregó a A.H. dineros a cambio de certificados de la institución. Según se desprende de la solicitud de Sumario Administrativo presentada por el legitimario activo, el Director Distrital conoció esta denuncia el 20 de junio de 2019 a las 16h30.
G.O. también envió su denuncia vía Quipux, el 18 de julio de 2019 al Director General de Recursos Humanos, desde esa fecha hasta 09 de enero de 2020 existen varias actuaciones procesales. El 09 de enero de 2020 se notifica a los correos electrónicos de los legitimarios activo y pasivo con el auto de llamamiento a sumario administrativo, un extracto dice: “1.- De conformidad con el artículo 23 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos que fue sustituido mediante reforma del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2019-081 de abril de 2019 publicado en el Registro Oficial Suplemento Nro. 463, se dispone lo siguiente: (…)”
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA OPERADORA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL SANISIDROSCHOOL SA
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, los estatutos sociales de la compañía y las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se convoca a los señores accionistas de la Operadora de Transporte Escolar e Institucional SANISIDROSCHOOL SA a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo el día Viernes 13 de junio del 2025, a las 09:00 am, en modalidad mixta (presencial y telemática).
La reunión se desarrollará:
Presencialmente: en el domicilio social de la compañía, ubicado en Quito, en Av. de los Nogales y Jose Félix Barreiro Segundo Piso.
Telemáticamente: a acceso través de la plataforma Meet, cuyo enlace es:
JUNTA SAN ISIDRO-ELECCION PRESIDENTE
Viernes, 13 junio · 9:00am – 4:00pm
Zona horaria: America/Quito
Información para unirse a la reunión de Google Meet Vínculo a la videollamada: https://meet.google.com/cbk-gfjb-izh no requiere clave de acceso.
ORDEN DEL DÍA:
Constatación del quórum.
• Elección del presidente o presidenta de la Operadora SANISIDROSCHOOL SA.
• Cierre.
Se recuerda a los señores accionistas que podrán hacerse representar en la junta mediante poder otorgado por escrito, conforme a lo dispuesto en la Ley y en los estatutos sociales. Dicho poder deberá ser enviado al correo electrónico sanisidroschool2021@gmail.com con una anticipación mínima de 48 horas antes de la celebración de la junta.
Se solicita a quienes participen de manera telemática conectarse con al menos 15 minutos de anticipación, a fin de facilitar la verificación de identidad y quórum correspondiente.
Se deja a salvo el derecho de los accionistas a solicitar al representante legal de esta compañía por una sola vez la inclusión o corrección de puntos del orden del día, este derecho podrá ejercerse una sola vez hasta 72 horas luego de publicarse este llamado, para lo cual deberá cumplir de acuerdo a la normativa respectiva.
En cumplimiento de lo dispuesto por el ente competente, se informa a los accionistas que deben revisar el siguiente enlace https://asematec. com/l99q en el cual encontrarán los lineamientos correspondientes para el proceso de elección, considerando las modalidades de participación tanto presencial como telemática.
Quito, 28 de mayo de 2025
Atentamente, Vásquez Villacrés Sherman Arturo
GERENTE
OPERADORA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL SANISIDROSCHOOL SA
El sustanciador a cargo del expediente dentro del auto de llamamiento a sumario administrativo convoca a audiencia, que fue celebrada el día 17 de febrero de 2020 en tiempo y forma según la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos. En el caso analizado el legitimario pasivo no presentó su contestación dentro del término señalado en
la Norma Técnica, lo cual le quitó el derecho de presentar pruebas de descargo en su favor. Más en su contestación extemporánea así como en su defensa técnica en la audiencia, sustentó tres excepciones perentorias.
En primer lugar, alegó en su favor la prescripción de la acción, haciendo notar
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA O DEVOLUCIÓN DE APORTES
Del que en vida fue:
SGTO. SEGUNDO ORTIZ TORRES CRHISTIAN JAVIER
Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) a contarse de la presente publicación.
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL
al sustanciador la existencia de antinomias jurídicas existentes en el proceso del sumario administrativo; en segundo lugar, fundamentó la figura jurídica de la caducidad; y , en tercer lugar, justificó vicios en el debido proceso. Estas dos últimas excepciones expuesta por el legitimario pasivo en el caso analizado serán tratadas a futuro en otros estudios doctrinarios sobre el proceso del sumario administrativo.
A nuestro criterio existen tres posibles opciones para contabilizar el término de 90 días para la prescripción de la acción sancionadora:
Opción 1: Aplicación del artículo 92 de la LOSEP: Desde el 20 de junio de 2019 en que tuvo conocimiento el Director Distrital de las supuestas faltas, corrieron 90 días hasta el 25 de octubre de 2019, incluidos los feriados de ley. Ya operó la prescripción de la acción sancionadora del MDT.
Opción 2: Aplicación del artículo 90 del Reglamento General a la LOSEP: Desde el 18 de julio de 2019 en que tuvo conocimiento el Director General de Recursos Humanos de las supuestas faltas, corrieron 90 días hasta el 28 de noviembre de 2019, incluidos los feriados de ley. Ya operó la prescripción de la acción sancionadora del MDT.
Opción 3: Aplicación del artículo 27 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos: Desde el 09 de enero de 2020 en que se dictó el auto de llamamiento a sumario administrativo, los 90 días término se encuentran aun transcurriendo. El MDT está en capacidad de ejercer su acción sancionadora.
Conclusión del caso analizado
La acción sancionadora del Ministerio del Trabajo ya había prescrito cuando se convocó a la audiencia de sumario administrativo. Arribamos a esta conclusión aplicando irrestrictamente, lo preceptuado en el artículo 425 de la CRE sobre cómo se deben resol-
ver los conflictos entre normas de distintas jerarquías. Ergo empleamos lo tipificado en los artículos 92 de la LOSEP y 90 del Reglamento General a la LOSEP para contabilizar el término de 90 días.
Al momento de presentar este estudio doctrinario, no se ha emitido aún una resolución dentro del caso analizado, más vaticinamos que la resolución será la destitución del servidor público violentando no solo el artículo 425 de la Constitución, sino también los artículos 76, 226, 229 inciso 2 y 426 de la Carta Magna.
De cumplirse el vaticinio, este estudio doctrinario pondría en descubierto las violaciones constitucionales que se han venido dando en el último año, a causa de una mala técnica legislativa del Ministerio que emitió la Normativa Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos, así como la falta de seguridad jurídica que esto conlleva implícito.
Pero sobre todo estaría al descubierto que las autoridades administrativas, como lo son los sustanciadores de los sumarios administrativos, no resuelven el conflicto entre normas de distinta jerarquía por medio de la aplicación de la norma jerárquica superior como manda el tenor literal del artículo 425 de la CRE, inciso 2, y que por tanto el servidor que se considere afectado debe recurrir a una instancia judicial para que se resarzan sus derechos vulnerados.
Conclusión
En respuesta a nuestras preguntas de investigación:
El procedimiento del sumario administrativo esta plagado de antinomias jurídicas de carácter real, que exceden por demás las aspiraciones de este estudio, que seguirán existiendo mientras se encuentren en vigencia dos normas jurídicas de distinta jerarquía que reglamente (norma adjetiva) dicho procedimiento.
Las antinomias se deben resolver aplicando el artículo 425 de la CRE, y en caso de duda, se aplicará siempre lo más favorable al servidor público (Art. Inumerado (4.2), LOSEP).
Para concluir, citamos la RATIO DECIDENDI de la
Resolución No. 0527-2015 dentro del Juicio 2011-0819 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, que dice:
“Del texto del artículo 99 de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, se desprende que el tiempo máximo que tiene la autoridad administrativa para resolver acciones disciplinarias por infracción o falta administrativa es de 90 días; es decir, que desde que la autoridad conoce de la supuesta infracción administrativa empieza a correr el término legal para sustanciar el sumario a través del cual se investigará,
y de ser el caso sancionará, dichas infracciones o faltas. Además, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 número 1 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, siempre que por ley no se exprese otra cosa, cuando los plazos o términos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos, por lo que queda claro que para contar el término establecido en el artículo 99 de la LOSCCA, se lo debe hacer en días hábiles.”
Autora: Ab. M. Alexandra Vela Cevillano INTRODUCCIÓN lawyeravelc@gmail.com