LUNES 15 DE DICIEMBRE DE 2025
Esmeraldas

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LUNES 15 DE DICIEMBRE DE 2025
Esmeraldas

Cientos de familias se congregaron en un evento que fomentó la unión comunitaria y el espíritu festivo con la elaboración de la taza de chocolate más grande del mundo, un espectáculo infantil y el encendido del árbol navideño. 4


Capturan a presunto disidente de

Niñas y adolescentes son reclutadas por redes sociales 9


MANUEL CASTRO M. manuelcastromurillo@hotmail.com
Preocupa cuando ciertos analistas, algunos periodistas, basados en ciertas encuestas dicen que más del 50% de los ecuatorianos preferirían una dictadura (no puede ser otra que militar) a que nos gobiernen políticos por deficientes, deshonestos y oportunistas.
La democracia no es otra cosa que una forma de gobierno donde el poder reside en el pueblo, quien lo ejerce directamente o a través de representantes elegidos en elecciones libres, garantizando derechos libertades y la participación ciudadana. Es una palabra antigua, una forma de gobierno invento de los griegos que significa etimológicamente “el poder del pueblo”.
En consecuencia, cuando se habla a la ligera, como una aspiración casi idealista de dictadura, se está renunciando a las principales libertades y a la participación ciudadana. La ingenua esperanza es que se impondrían valores fundamentales como justicia social, igualdad humana, solidaridad y paz. Pero la historia y la vida política de las naciones ha demostrado que las dictaduras son la negación efectiva de los enunciados valores fundamentales. El mundo ha tenido en estos siglos últimos dictadores que han envilecido al hombre, como Hitler, Mussolini, Stalin, cuyos crímenes y abusos han acabado con sus naciones. En América Latina tenemos a los Trujillo, Somoza, Castro, Ortega, Maduro. Y también los dictadores tapados como Correa en el Ecuador, cuyos efectos nefastos hasta ahora no superamos. Ergo, es indispensable que en la educación primaria, secundaria y universitaria se fomente la ética, el conocimiento de la historia y evolución del pensamiento humano, en vez de caducas ideas pseudo revolucionarias, que como se ha reconocido nacen dulces y terminan feroces.

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com
Ecuador y sus retos estratégicos
Eljueves de la semana anterior se desarrolló el cierre de las mesas técnicas del proyecto DIA UNO, organizado por la Konrad Adenauer
Stiftung y la Corporación
Líderes Para Gobernar. En la primera fase, grupos de exper-
En los últimos meses, Ecuador ha reforzado su presencia en el mercado mundial. Es evidente que el país tiene una agenda comercial y política muy cercana a Estados Unidos. Pero también, en el ámbito comercial, con China, Canadá, Italia, España, Brasil, Emiratos Árabes Unidos y otros.
En el caso de Emiratos Árabes Unidos se suscribió el Tratado Internacional de Promoción y Protección de Inversiones, un hito para la agenda económica nacional con los países árabes con un potencial de inversión hasta de $3.000 millones en los 18 primeros meses.
Además, el país camina a un acuerdo comercial con Estados Unidos . Con China existe un Tratado de Libre Comercio, Ecuador ha reforzado las relaciones con ese país. Hay conve-
nios con Canadá y otros vienen en camino.
Desde hace dos años hay cambios positivos en el mapa comercial. En 2023, Ecuador exportó por USD 31.126 millones y se proyecta que, para finales de este año, sean USD 36.450 millones. Un crecimiento del 17%.
Varios productos no petroleros –los elaborados de cacao, la pitahaya, el brócoli, los enlatados de pescado, la balsa, por ejemplo–han incrementado sus ventas en el extranjero, que reconoce su gran calidad, pero además, los frutos de la marca país que de a poco va construyendo Ecuador en un camino que inició hace ocho años.
El Presidente Noboa tiene por delante más de tres años para reforzar la reputación de Ecuador como exportador de calidad, más apreciado y más vendedor.

tos de alto nivel analizaron, en varias reuniones de trabajo, un reto específico de los muchos que enfrenta actualmente Ecuador. En el día señalado, con una metodología ágil e innovadora, en una reunión plenaria, presentaron los resultados de sus análisis e, inmediatamente, en dos rondas de trabajo, ‘Conectando los retos’, compartieron criterios sobre los análisis parciales, de modo de enriquecer los productos particulares y alcanzar, con una comprensión integrada y multifuncional, los objetivos trazados por el proyec-
to ‘DIA UNO’. Es muy importante para el país que se desarrollen foros como éste, en los que se pueda debatir democrática y abiertamente los múltiples y complejos desafíos que obstaculizan la sostenibilidad y viabilidad del Estado ecuatoriano, en el corto, mediano y largo plazos, para impulsar la indispensable construcción de un proyecto nacional diseñado sobre la base de consensos básicos, aunque fuesen mínimos. Lo mismo debería suceder con los gobiernos autónomos descentralizados.

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net
Dinastía totalitaria
El Centro de Estudios Cetcam, integrado por investigadores de diversas disciplinas, que tiene su sede en Costa Rica, emitió su informe 180, en donde se revela lo que acontece en Nicaragua
La patria de Rubén Darío está sojuzgada por Daniel Ortega y su pareja, Rosario Murillo con injerencia directa en la Corte Suprema de Justicia y el Ejército: por la cínica reforma que se hizo a la Constitución, pasó a convertirse de vicepresidenta de la República a “copresidenta”, con lo que se consolidó la sucesión matrimonial en el mando del país y el control absoluto de todos los poderes del Estado.
Se puntualiza que “Murillo refleja de manera evidente la paranoia y angustia por la sucesión dinástica, por eso han deformado al Estado, para convertirlo en un instrumento familiar, concentrando aún más el poder no solo en las dos cabezas de la dictadura sino también en las de sus hijos”.
Esta autocracia familiar ha suprimido los derechos y libertades, especialmente desde cuando hubo el estallido social en 2018, que fue reprimido violentamente, con un saldo de más de trescientos muertos, dos mil heridos y centenares de ciudadanos arbitrariamente detenidos, torturados y confiscados sus bienes, medios de comunicación clausurados, periodistas independientes perseguidos, líderes religiosos vejados. Allí, no existe libertad de expresión, tampoco de prensa, ni respeto a los más elementales derechos humanos.
Este panorama se vuelve más sombrío, cuando se conoce que no pocos nicaragüenses en el exilio han sido despojados de su nacionalidad. Al respecto, Jennie Lincoln, asesora del Centro Carter, ha dicho que “se trata de una limpieza de voces opositoras a todos los niveles, desde la élite política hasta el campesino del pueblo”.
He allí lo que sucede a los pueblos sometidos al yugo que imponen los enemigos de la libertad y la democracia.
Actos de corte académico como este son una noble forma de colaborar con los tomadores de decisiones, presentándoles propuestas de políticas públicas que deberían aplicarse de forma sostenida y continúa, para resolver problemas sistémicos, con implicaciones de largo plazo, que requieren por lo mismo, de soluciones de igual naturaleza. Se analizaron 11 retos: Educación; Sostenibilidad fiscal; Crimen organizado; Soberanía, democracia y libertades; Inequidades territoriales; Competitividad; Energía
eléctrica; Desnutrición crónica infantil; Seguridad social, Cambio climático; e, Identidad y cohesión social. En cada caso, de una manera didáctica, se presentaron los principales problemas y propuestas de soluciones. A pesar de que se trató de un proyecto fundamentalmente académico, el resultado debería ser difundido. Sería deseable que, de esa manera, se provoque un gran debate nacional sobre los verdaderos temas que importan para el presente y futuro de los ecuatorianos.
El alcalde de Esmeraldas, Vicko Villacís Tenorio, ha presentado un balance de su administración durante 2025, destacando avances en el saneamiento financiero del cabildo, aunque advirtiendo sobre la necesidad de una mayor inversión estatal para sostener la mejora en la seguridad y abordar la crisis del tejido social. El burgomaestre enfatizó que la gestión ha logrado una estabilización financiera en medio de desafíos económicos y deudas heredadas.
Estabilización financiera y confianza ciudadana Villacís subrayó que su gestión se ha enfocado en “transparentar las finanzas” y en la recuperación de servicios básicos que, según su criterio, se habían deteriorado en administraciones previas. A pesar de una mora de cinco meses por parte del Estado central hacia el Municipio, el alcalde aseguró que la entidad se mantiene al día con sus obligaciones labora-
El alcalde de Esmeraldas, Vicko Villacís, reporta un récord de recaudación y una reducción de la violencia, pero advierte que la sostenibilidad depende de la inversión estatal en empleo, educación y salud. Declaraciones realizadas el pasado 9 de diciembre para Diario El Universo.
les y ha modernizado la flota de recolección de basura.
Un indicador clave de esta gestión, según Villacís, es el “récord de recaudación de los últimos doce años” alcanzado por la ciudad. Esta cifra, que no fue detallada, es interpretada por el alcalde como una señal de la confianza ciudadana en que sus contribuciones se traducirán en “obras consolidadas y pagadas”. No obstante, Villacís evitó proyectar un presupuesto cerrado para 2026, argumentando que la dependencia de los ingresos del entorno nacional impide establecer proyecciones irreales.
Deterioro del tejido social y demanda de empleo El alcalde identificó el
deterioro del tejido social como el desafío estructural más grave que enfrenta la urbe. Relacionó directamente la falta de oportunidades económicas con la desintegración familiar y la inseguridad, señalando que la supervivencia de hogares con ingresos mínimos, estimados en “$3 diarios”, fractura la malla de valores comunitarios.
Para Villacís, si bien el Municipio impulsa escuelas deportivas, artísticas y culturales que registran cerca de 65.000 inscripciones anuales, estas iniciativas son insuficientes por sí solas. El alcalde recalcó que la reconstrucción social pasa obligatoriamente por la genera-

ción de estabilidad mediante el empleo. En este contexto, hizo un llamado al Gobierno para que brinde apoyo a los emprendimientos locales, buscando su transformación en microempresas y, eventualmente, en corporaciones, para evitar la “decepción” del esfuerzo individual sin respaldo.
Reducción de violencia y advertencia a la inversión estatal
En materia de seguridad, el titular del Ejecutivo local reconoció una tendencia a la baja en los índices de hechos violentos en el cantón. Sin embargo, lanzó una advertencia clara: la sostenibilidad de esta reducción

depende crucialmente de la intervención del Gobierno central. Villacís señaló que los recursos y estrategias municipales están llegando a su límite, y que sin una inversión estatal significativa, será “difícil seguir bajando los índices” de criminalidad. Respecto a la denominada “Cárcel del Encuentro”, el alcalde fue enfático al criticar la inversión en infraestructura penitenciaria como solución a largo plazo. En su lugar, argumentó que la clave para la reducción de la delincuencia radica en la educación. “Si queremos bajar la delincuencia, no es invirtiendo en cárceles, es invirtiendo en educación”, afirmó, insistiendo en que un pueblo educado no es un pueblo delincuente. Finalmente, Villacís también cuestionó los recortes en educación superior y el desabastecimiento hospitalario, señalándolos como factores que agravan la desigualdad y la conflictividad social.(DLH)
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL “GAVRANOVIT S.A” CONSTITUIDA EL 7 DE OCTUBRE DEL 2014 RUC: 0891745699001
Email: gavranovit710@gmail.com
TELÉFONO: 062010-831 / CELULAR: 0995976860
CONVOCATORIA
A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
Compañía de Transporte Escolar e Institucional “GAVRANOVIT S.A” Esmeraldas, viernes 12 de diciembre del 2025
Por la presente se convoca a la Asamblea General Ordinaria de esta Sociedad a celebrarse el día: FECHA HORA LUGAR Y DIRECCIÓN
27-12-2025 10:00 am Oficina de la Compañía/ Tolita 2 MZ 24 Villa 8
Para tratar los asuntos contenidos en el siguiente: ORDEN DEL DIA
1.- Constatación del QUÓRUM
2.- Intervención del Sr. Presidente
3.- Intervención del Sr. Gerente

4.- Asuntos Varios
Atentamente.

El pasado viernes 12 de diciembre, en las calles Bolívar y 9 de Octubre de Esmeraldas se llenó de alegría y calidez con la celebración que marcó el inicio de las festividades navideñas en la provincia. Familias enteras, niños, adultos mayores y funcionarios municipales se reunieron para ser testigos de la elaboración de la taza de chocolate caliente más grande del mundo, un logro que otorgó a la ciudad su tercer récord Guinness, superando la marca previa establecida por México en 2018.
Un chocolate y un nuevo récord
Todo inició con la taza más grande de chocolate del mundo, la cual fue elaborada por el equipo de Paola Yagual. Son alrededor de 23 personas quienes laboran junto con ella. El proyecto de esta maravillosa obra les tomó por sorpresa, pero re-
Cientos de familias se congregaron en un evento que fomentó la unión comunitaria y el espíritu festivo con la elaboración de la taza de chocolate más grande del mundo, un espectáculo infantil y el encendido del árbol navideño.
conocen que todo es gracias a Dios, pues Paola es una mujer de fe y confió en él desde antes de este gran proyecto. También nos reveló la receta para realizar un chocolate tan delicioso, espeso y sin grumos. Los ingredientes son: 6.000 litros de leche pasteurizada, 1.200 kilogramos de chocolate de las manos de agricultores de Esmeraldas, refinado y procesado por Pacari; 8 quintales de azúcar, canela, pimienta dulce, pero sobre todo el amor. Mencionó también que primero se lo realiza en una olla, luego se lo envasa en otra olla pero con cernidera, para que no haya ningún grumo.
Ante todo, Paola agradeció la oportunidad de participar con su equipo en esta labor que generó la superación de un récord mundial Guinness para Esmeraldas, brindando las gracias tanto al alcalde Vicko Villacis Tenorio y a su esposa Gaby Feijo por darles la oportunidad, como también a su equipo maravilloso de trabajo por dar su cien por ciento en este proyecto. Expresa que se logró cumplir este récord no solo por ellos como ejecutores sino también por todos los esmeraldeños que asistieron, por los amigos, los familiares y los niños, dado que tenían un tiempo limitado para dis-
minuir el tamaño de la taza y fue gracias a ellos que se logró.
La fuente de la alegría
Alrededor de las 18:30, se procedió al encendido del árbol navideño y de un sendero luminoso en la entrada de la plazoleta. En el instante en que las luces se activaron, los niños estallaron en gritos de emoción, marcando para ellos el auténtico inicio de la Navidad. Las familias capturaron recuerdos inolvidables posando frente al árbol resplandeciente y el escenario transformado por las iluminaciones.
Eventos como este fomentan la unión familiar y entre amigos, pero especialmente invitan a preservar la magia de la infancia. Que la Navidad siga siendo para los niños la temporada más encantadora, llena de inocencia y gozo, rodeados de sus seres queridos, para que atesoren recuerdos preciosos que perduren toda la vida. (AG)
Mientras disfrutaban del chocolate con diversos envases, se continuó con el agasajo a los niños, con caramelos, un show infantil con animación para que bailarán, participarán, ganarán concursos y disfrutarán un poco más de la velada. Sin contar que muchos jóvenes y niños aprovecharon la fuente del parque central para dar otro giro a su viernes, pues brincaron en el agua, se ducharon bajo la fuente y corrieron; era una felicidad inigualable, tenían grandes sonrisas y gozaban como si no hubiera mañana.

Autoridades en Esmeraldas reportan el hallazgo de 80 restos óseos en una fosa y la detención de siete personas en un operativo contra el microtráfico en el barrio Codesa.
La provincia de Esmeraldas continúa siendo un punto focal en las operaciones de seguridad y control del Estado ecuatoriano. En las últimas horas, las autoridades han reportado dos sucesos distintos que reflejan la compleja situación de orden público en la región: por un lado, el descubrimiento de una fosa con restos humanos en un sector periurbano y, por otro, la ejecución exitosa de un operativo antinarcóticos que resultó en la captura de siete personas presuntamen-
te vinculadas al expendio de sustancias ilícitas.
Investigación forense tras hallazgo en “Bendición de Dios”
La Jefatura Subzonal de Criminalística de Esmeraldas confirmó el levantamiento de múltiples indicios biológicos en el sector conocido como Bendición de Dios, ubicado en el cantón Esmeraldas. El procedimiento se activó el pasado 6 de diciembre de 2025, luego de que el servicio integrado de seguridad ECU
911 recibiera una alerta ciudadana sobre la existencia de una excavación irregular en la zona.
Al arribar al sitio, los agentes especializados constataron la presencia de una fosa abierta. En su interior, tras una inspección técnica minuciosa, se recuperaron aproximadamente 80 piezas óseas. Los peritos forenses realizaron los primeros exámenes in situ, determinando que los restos son de origen humano. Hasta el momento, la institución policial ha señalado que no existen indicios inmediatos en la escena que expliquen las circunstancias del deceso ni el traslado de los restos hasta dicho lugar.
Este hallazgo se suma a una serie de eventos violentos registrados en otras latitudes del país, como los recientes descubrimientos de osamentas en camaroneras de Guayaquil y hechos de sangre en Durán y Quito, lo que mantiene en alerta a las unidades de investigación de muertes violentas a nivel nacional. Por el momento, no se reportan detenidos relacionados con la fosa de Bendición de Dios, y los restos han sido trasladados para los
análisis antropológicos y de ADN que permitan su identificación.
Ejecución de la operación “Encuentro 145”
De manera paralela a las labores forenses, la Policía Nacional, a través de la Jefatura de Investigación Antidrogas de la Subzona Esmeraldas, llevó a cabo una intervención estratégica dirigida a combatir el microtráfico. Bajo la denominación “Encuentro 145”, los uniformados desplegaron un operativo en el barrio Codesa, tras meses de inteligencia policial que permitieron mapear las dinámicas de distribución de drogas en el sector.
La investigación previa fue determinante para identificar el modus operandi de una presunta estructura delictiva dedicada al acopio y comercialización de alcaloides. Los agentes lograron ubicar los inmuebles específicos que funcionaban como centros de expendio, coordinando las acciones con la Fiscalía para la obtención de las respectivas órdenes de allanamiento. La operación contó con el respaldo de equipos tácticos, necesarios para asegurar el perímetro y garantizar la integridad del
personal interviniente. Detenidos y cadena de custodia de la evidencia El resultado de la incursión en el barrio Codesa fue la aprehensión de siete ciudadanos ecuatorianos, quienes contaban con boletas de detención vigentes. Los detenidos fueron identificados como Gary Fabricio B. (41 años), Ángela Pilar B. (51), Gerardo Ignacio CH. (51), María Diosa B. (59), Zharick Nayeli R. (20), María Carlita M. (44) y Enri Eduardo CH. (24). Durante el registro de los inmuebles, las autoridades incautaron un total de 1.627 gramos de sustancias sujetas a fiscalización, desglosados en 805 gramos de cocaína y 822 gramos de marihuana. Adicionalmente, se retuvieron tres teléfonos celulares y dinero en efectivo, elementos que fueron ingresados bajo cadena de custodia en el centro de acopio de la Jefatura Antidrogas. Los aprehendidos fueron puestos a disposición de las autoridades judiciales competentes para la formulación de cargos, en un esfuerzo institucional por desarticular las redes de narcomenudeo que afectan a la comunidad esmeraldeña.(DLH)

Operativos en Esmeraldas resultan en la captura de un presunto disidente de las FARC tras un tiroteo en San Lorenzo y el decomiso de 10.000 galones de diésel robado en La Concordia.

La provincia de Esmeraldas ha sido escenario de múltiples intervenciones de las fuerzas del orden en las últimas horas, las cuales han dejado como resultado la detención de un individuo vinculado a grupos armados irregulares y la recuperación de una significativa cantidad de hidrocarburos sustraídos. Las acciones, ejecutadas tanto por la Policía Nacional como por las Fuerzas Armadas, responden a las estrategias de contención contra la delincuencia organizada y la protección de los recursos estratégicos del Estado en la zona costera.
Enfrentamiento armado y captura en San Lorenzo El primer incidente de relevancia tuvo lugar en el cantón San Lorenzo, una zona fronteriza caracterizada por su compleja dinámica de seguridad. Según los reportes oficiales de la institución policial, se recibió una alerta
sobre la presencia de sujetos armados en las inmediaciones de la Fiscalía de dicho municipio. Al arribar las unidades tácticas al lugar, se registró un intercambio de disparos entre los agentes del orden y el grupo de sospechosos.
Tras el cese al fuego y el despliegue de un operativo de control en el perímetro, los uniformados lograron la aprehensión de Josué G. Las investigaciones preliminares apuntan a que el detenido sería un presunto integrante del Frente Iván Ríos, una de las facciones disidentes de la extinta guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Este grupo ha sido identificado por las autoridades como uno de los actores extranjeros que operan en territorio nacional, a menudo en alianza con bandas locales para el control de actividades ilícitas.
Durante la intervención
policial se decomisó un arsenal y logística que incluye un arma de fuego, dos alimentadoras y 630 cartuchos, munición que evidencia la capacidad de fuego de estas estructuras. Asimismo, se retuvieron un vehículo y una motocicleta que habrían sido utilizados por los implicados. Este hecho se enmarca en el contexto del conflicto interno declarado por el presidente Daniel Noboa, quien ha incluido a estas organizaciones transnacionales en los objetivos militares del gobierno debido a su injerencia en delitos como la minería ilegal y el narcotráfico.
Intervención militar en La Concordia De manera simultánea, en el cantón La Concordia, efectivos de las Fuerzas Armadas del Ecuador ejecutaron una operación focalizada en la seguridad hidrocarburífera. La movilización militar se produjo tras recibir una notifi -
cación técnica por parte de la empresa pública Petroecuador, la cual alertó sobre una baja de presión anómala en el poliducto que atraviesa la zona, un indicativo frecuente de perforaciones ilegales para la sustracción de combustible.
Al inspeccionar el área señalada, el personal militar localizó un vehículo tipo tanquero. El conductor del automotor, al percatarse de la presencia de los uniformados, abandonó la unidad y huyó del lugar, dejando atrás la evidencia del ilícito. La inspección del vehículo reveló que este transportaba una carga de 10.000 galones de diésel de procedencia ilícita.
Junto al hidrocarburo, las Fuerzas Armadas incautaron infraestructura utilizada para el robo técnico de combustible, incluyendo 25 metros de manguera de alta presión, una válvula y un acople clandestino conectado directamente a la tubería estatal.
Procedimientos legales y custodia de evidencias
Tanto en el caso del enfrentamiento en San Lorenzo como en el decomiso de combustible en La Concordia, los indicios y el detenido fueron puestos a disposición de las autoridades competentes para el inicio de las diligencias judiciales correspondientes. La cadena de custodia se ha activado para asegurar que el armamento, la munición y el vehículo pesado sirvan como elementos probatorios en los procesos penales que se deriven de estos hechos. Estas operaciones subrayan la persistencia de desafíos de seguridad en la provincia de Esmeraldas, donde convergen delitos contra la vida, la propiedad y los recursos energéticos del país, y ratifican la presencia activa de los estamentos de seguridad en los puntos críticos del territorio nacional.

La Asamblea Nacional va a su primer receso legislativo el 22 de diciembre de 2025 y la labor de fiscalización aún limitada, debido a que el oficialista ADN concentra gran parte del poder. El 22 de diciembre de 2025, la Asamblea Nacional se acogerá al primer receso legislativo de la gestión que el presidente del Parlamento, Niels Olsen (ADN) inició el 14 de mayo de 2025.
En los primeros siete meses del actual periodo de sesiones , el foco de atención ha estado puesto en una de las comisiones especializadas de mayor trascendencia y que está en manos del movimiento oficialista Acción Democrática Nacional (ADN).
blindando a sus funcionarios y exfuncionarios. “Se ha convertido en una Asamblea y una Comisión de archivo ”, enfatizó.
Jimmy Martin estuvo en funciones entre el 15 de julio y el 20 de noviembre de 2025. Durante ese periodo emitió una declaratoria de emergencia para adquirir medicamentos e insumos. Sin embargo, el Ministerio de Salud solo logró comprar 55 medicamentos y 20 insumos, aunque se necesitaban más de 760.
ministro que estuvo cuatro meses?”. Según dijo, la prioridad debe estar en atender las fallas del sistema de salud pública y no en impulsar debates que, a su criterio, se usarían con fines partidistas.
La Comisión de Fiscalización y Control Político está liderada por Ferdinan Álvarez (ADN). Su composición se dio en un contexto de alta expectativa en torno a cómo sería su rol de fiscalización al poder Ejecutivo, sobre el buen uso de recursos públicos y el adecuado cumplimiento de la ley.
Cuando esta Mesa Legislativa cumplía los primeros cuatro meses de gestión, un informe del Observatorio Legislativo de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD) que analizó el trabajo de control político en el Parlamento, develó que la labor
Algunos temas de la gestión de la Comisión de Fiscalización en siete meses
• El 9 de junio de 2025, en la Comisión no hubo los votos para calificar una solicitud de juicio político por presunto incumplimiento de funciones que fue planteado por el legislador Héctor Valladarez (RC) en contra del
de fiscalización es limitada, debido a que ADN concentra gran parte del poder y que las organizaciones políticas que actúan como oposición se encuentran “debilitadas”, ya que ADN no permite que se fiscalice a las autoridades del Ejecutivo por sus acciones y omisiones.
A las críticas del FCD por la falta de una fiscalización, se suman los detractores del Gobierno. Comps Córdova, de la bancada de la Revolución Ciudadana (RC), afirmó que la Asamblea ha bloqueado el control político y sigue
ministro de Defensa, Gian Carlo Lofredo.
• El juicio político a Solanda Goyes, exvocal del Consejo de la Judicatura fue archivado en el Pleno el 13 de agosto de 2025 por falta de 101 votos.
• Censura y destitución a Gonzalo Albán, como vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) el 22 de septiembre de 2025.
• El 10 de diciembre de 2025, la solicitud de juicio político al exministro de Salud, Jimmy Martin, no fue calificada en la Comisión.
El último episodio en que ADN impidió el avance de una investigación que involucraba a un exministro del presidente Daniel Noboa (ADN) se dio el 10 de diciembre de 2025.
Ese día, la Comisión de Fiscalización bloqueó una intención del correísmo e impidió la continuación del juicio político contra el exministro de Salud, Jimmy Martin para que responda por su desempeño durante la emergencia sanitaria . ADN consideró que su corta gestión no ameritaba ese proceso.
La decisión de no apoyar la calificación del pedido dejó dudas sobre el compromiso del oficialismo con la vigilancia de la gestión pública. Los seis legisladores de ADN y sus aliados se abstuvieron, mientras los cuatro integrantes de la RC votaron a favor. Mishel Mancheno , coordinadora de bancada, afirmó que este proceso no aportaría al país y señaló “¿qué soluciona un juicio político a un
Viviana Veloz: “la Comisión de Fiscalización es la que menos sesiona” “A la Comisión de Fiscalización le falta empatía y humanidad, se archivó una solicitud de juicio en contra de un exministro nefasto e improvisado que terminó de destruir el sistema hospitalario del país”, le respondió Viviana Veloz (Revolución Ciudadana). Cuestionó que esta es la Comisión que menos sesiona y menos producción de trabajo tiene. “Allí no pasa nada”, afirmó. Los presidentes de la Comisión de Salud, y de Transparencia , Juan José Reyes y Diana Jácome, respectivamente, salieron al paso de la crítica correísta. Reyes aseguró que el proceso sobre la crisis sanitaria avanza. Dijo que se ha pedido información al IESS y al Ministerio de Salud. Explicó que se registran avances en la provisión de medicamentos y mencionó la remoción de personal que habría ocultado insumos.
Diana Jácome indicó que el caso Progen estará listo en los próximos días. Este proceso indaga un posible perjuicio al Estado en un contrato de generación eléctrica. Jácome afirmó que el documento recoge aportes y versiones, incluso de la Contraloría. (SC)
La reforma laboral del presidente argentino Javier Milei introduce indemnizaciones más previsibles, menos juicios laborales y reglas que permiten acuerdos flexibles entre empleadores y trabajadores, elementos que podrían ayudar a Ecuador a reducir la informalidad.
La reforma laboral de Argentina, impulsado por el presidente Javier Milei, invita al Ecuador a discutir sobre qué tipo de modernización necesita su mercado laboral, tomando en cuenta que el 63% de la Población Económicamente Activa (PEA) está en la informalidad y el desempleo, y donde conseguir un empleo formal puede tomar, en promedio, hasta nueve meses luego de ser despedido. El gobierno de Daniel Noboa ya trabaja en su propio proyecto, pero la pregunta es inevitable: ¿puede Ecuador adaptar el modelo Milei?
¿Qué propone Milei?
La reforma de Argentina, de 71 páginas y 26 títulos, es presentada por el gobierno libertario de Milei como “la trans formación más grande de la historia argentina en materia laboral”. El texto introduce cambios profundos:
• Indemnizaciones más predecibles: un mes de salario por año trabajado, con cálculo simplificado.
• Reducción de la litigiosi dad: criterios uniformes de incapacidad y agiliza ción de juicios laborales.
• Regulación del derecho a huelga: sectores esencia les deben garantizar 75% de operatividad y sectores trascendentales el 50%. Se permite descontar salarios por tiempo no trabajado en asambleas.
• Flexibilización de pagos salariales.
• Banco de horas: permite compensación flexible de horas extra.
• Nuevos marcos para re partidores por ‘app’.
La intención es clara: redu cir costos de contratación, moderar el poder sindical y estimular la formalidad través de reglas más simples y predecibles.
Contraste ecuatoriano
En Ecuador, como ya analizó
LA HORA, la mayor parte de la evasión, la precariedad laboral y la baja formalización no se originan en grandes empresas, sino en microemprendimientos y negocios informales que no pueden absorber los costos actuales de la formalidad.
El ministro de Trabajo, Harold Burbano , ha dicho que el objetivo del Gobierno es elevar el empleo adecuado del 37% al 40% en 2026, mediante tres ejes:
1. Reforma laboral con diálogo social, sin flexibilización abrupta.
2. Simplificación de trámites, que hoy representan una carga para empresas y frenan la contratación.
to, discrecional y frena la contratación. Las empresas piden reemplazarlo por un sistema de despido justificado en sede judicial, mientras el Gobierno prefiere solo simplificar.
Aquí la reforma argentina plantea una lección útil: indemnizaciones claras, predecibles y uniformes reducen la incertidumbre para ambas partes.
Sin embargo, trasladar todos los casos a la Justicia, como en Argentina, sería impracticable en Ecuador porque saturaría un sistema judicial laboral que hoy ya opera con demoras estructurales.
Una adaptación posible sería:
• Tabla uniforme de indemnizaciones.
• Plazos procesales más cortos.
• Menos discrecionalidad administrativa.
2
. Reducción de cargas administrativas para incentivar el empleo formal. Se debe simplificar y digitalizar el registro laboral y reducir las cargas burocráticas que actualmente dificultan la incorporación de trabajadores en planilla. Según el Gobierno de Argentina, altos costos derivados de trámites, reglas imprecisas y un en-
torno judicial complejo desalientan la contratación formal, especialmente en pymes. Por eso, la idea debe ser dar mayor previsibilidad jurídica y reducir el riesgo de juicios laborales, lo que facilita que las empresas contraten sin temor a litigios costosos o sorpresas jurídicas.
3
. Incentivos y alivios para empleadores que formalizan y generan empleo. Se deben buscar mecanismos concretos para que la formalización sea más rentable: beneficios fiscales y exenciones temporales para nuevas contrataciones, opciones para que las pymes paguen indemni-
DECISIONES. La informalidad es
zaciones en condiciones más suaves y la revisión de las bases de cálculo indemnizatorio, reduciendo costos iniciales de contratación.
4
. Flexibilidad negociada y banco de horas: Milei habilita acuerdos directos entre empresa y trabajador, incluso sin sindicatos, donde crea el “banco de horas”, un esquema que permite compensar tiempos extra con descansos posteriores.
En Ecuador, donde el mercado laboral es más pequeño y menos sindicalizado, esta figura podría implementarse bajo condiciones claras:
• Acuerdos voluntarios y por escrito.
• Supervisión mínima del Ministerio de Trabajo para evitar abusos.
• Límites que garanticen descanso, salud y seguridad laboral.
Además, Ecuador analiza horarios adaptables, cruciales para estudiantes, madres jefas de hogar y trabajadores que buscan capacitación. Economistas como Carlos Romero y Roberto Vera coinciden en que la reforma ecuatoriana también debería incluir:
• Un seguro de desempleo

Los riesgos a los que se enfrentan son la explotación sexual o la coerción afectiva. De acuerdo con expertos, las bandas criminales buscan a niñas y adolescentes para causar menos sospecha.
Unicef alerta que las estructuras criminales operan de manera planificada y sostenida, con jerarquías y división de funciones, dedicadas al narcotráfico, extorsión, trata de personas o tráfico de armas y representan un alto riesgo para los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sobre todo en reclutamiento o utilización de ellos.
El organismo destaca que Ecuador está gravemente afectado por el aumento de la violencia armada, pues entre 2019 y 2024, los homicidios en menores de edad aumentaron un 627,5%.
Este porcentaje, según Unicef, es una cifra que refleja no solo el nivel de exposición al peligro al que están expuestos, sino que evidencia también que la violencia interrumpe el acceso a la educación y la salud para los menores.
Por su parte, la Fundación Panamericana para el Desarrollo (PADF, por sus siglas en inglés) insiste en que, en el contexto de reclutamiento, las niñas enfrentan riesgos adicionales como la explotación sexual o la coerción afectiva (presión que se ejerce a través de las emociones) y económica. Destaca que, a través de una encuesta, obtuvieron que “el reclutamiento ocurre principalmente a través de redes sociales como WhatsApp en el 31% y Facebook con el 27%. Aunque, las amistades ejercen mayor influencia en la captación con un 33%.
María José Escobar, gerente del programa comunidades seguras de PADF, indica que el reclutamiento en el país tiene “una dinámica bastante peculiar”. “En Ecuador, las bandas usan y utilizan a niños, niñas y adolescentes, porque no están siendo desvinculados de sus entornos, sino que están siendo usados por los grupos criminales mientras permanecen con la familia, en el entorno escolar y comunitario”.
Unicef detalla en su estudio que en el reclutamiento el 80,3%

corresponden a adolescentes masculinos, seguidos por un 8.92% de niñas y adolescentes. PADF indica que entre 2021 y 2024, 33 casos de reclutamiento forzado fueron judicializados, mientras el 93% sigue en indagación previa.
¿Por qué se recluta a niñas y adolescentes?
Escobar dice que las niñas presentan patrones de vinculación, vulneración y factores de explotación diferentes. Las formas de reclutar a las niñas para las bandas criminales son “diferentes y variadas”. “Incluso, son más peligrosas porque incluyen coerción sexual, manipulación afectiva y control emocional porque desempeñan luego otros roles que van hasta vínculos afectivos, obviamente manipulados y sesgados con miembros de las bandas”, explica.
La gerente del programa comunidades seguras de PADF enfatiza que no se recluta de la misma manera a niños que a niñas y que las organizaciones criminales tampoco buscan a niños y a niñas para los mismos roles.
“El reclutamiento a las niñas está vinculado fuertemente a violencia sexual, control emocional y a roles invisibles porque cumplen funciones claves dentro de estas organizaciones porque generan menos sospecha policial y más confianza y pueden tener roles
delitos”, menciona Unicef. ¿Cuáles son los factores de riesgo para ser reclutadas?
“Los grupos criminales están llenos de un machismo estructural en el cual cree que las niñas y mujeres pueden ser las parejas sentimentales y también servirán para otras actividades ilícitas y necesitan discreción”, dice la gerente del programa comunidades seguras de PADF.
más vulnerables emocionalmente. Buscan a niñas que se perciban jóvenes por su vinculación emocional y por su apariencia”, detalla María José Escobar.
de actividades delictivas como mulas o campaneras. Pero, también cumplen un rol de una relación de pareja en contextos de violencia y de esa manera se mantiene invisibilizadas”, afirma Escobar.
Verónica Supliguicha, coordinadora general de la fundación Alas de Colibrí, dice que las actividades delictivas también están diferenciadas por la carga de género, pues a una “chica” se la pone de vigía porque despierta menos sospecha.
PADF destaca que la situación de reclutamiento es crítica en zonas como Esmeraldas, donde 4 de cada 10 menores de edad encuestados dijeron tener un familiar en una banda criminal, y el 8% de los encuestados en el país reconoció pertenecer a una banda. En Durán, Guayaquil y Santa Elena, más del 65% de los menores percibe la presencia activa de estas organizaciones en sus barrios.
“Las niñas se encargan de las tareas estereotípicamente relacionadas con su género, como limpiar y cocinar y, existe un alto riesgo de que sean víctimas de explotación sexual. Sin embargo, existen grupos en donde la edad no es directamente proporcional a la dificultad de la tarea, sino que, dependiendo de las características y habilidades de cada niño, niña o adolescente, se le delegan ciertas actividades o
Para María José Escobar, los factores de riesgos para una niña es que haya vivido un tipo de violencia sexual previa, porque hay una normalización de la violencia. También recalca que es otro factor importante la manipulación emocional porque “para que termine siendo parte de la banda debe generar un vínculo con un miembro de la banda (delictiva) porque terminará como pareja y adicional realizará actividades criminales que le asigne la banda”.
“Las organizaciones criminales están reclutando a menores de edad desde los 10 años”, recalca PADF. “Estas organizaciones cada día buscan edades más tempranas porque son
Medidas que tomar para evitar el reclutamiento El 13 de agosto de 2025, el Gobierno instaló la mesa de cooperación internacional para prevenir y erradicar el reclutamiento a menores, que se proyecta como un mecanismo de articulación entre el Estado y la comunidad internacional para coordinar esfuerzos, optimizar recursos y fortalecer capacidades institucionales y comunitarias para proteger los derechos de la niñez y adolescencia.
Verónica Supliguicha dice que si bien el Gobierno está creando medidas y el Ministerio del Interior hace esfuerzos para intentar crear políticas públicas. Sin embargo, destaca que es importante que esta sea una construcción colectiva con participación de sociedad civil, cooperación internacional, el Estado y la comunidad.
“Es importante escuchar su voz (de los menores de edad), entender lo que les pasa, conocer lo que ocurre para hacer prevención”, destaca la coordinadora de Alas de Colibrí. (PSR)

Fue una mañana común en la que Emily asistió a su escuela, ubicada al norte de Quito Ella tiene cinco años y jamás imaginó lo que estaba a punto de sucederle.
Lo que parecía un recreo tranquilo, se convirtió en una fuerte agresión por parte de otros cinco niños de edades similares a la de Emily. Aunque no se puede determinar con qué fin, ni lo que pasa por la mente de un niño pequeño, las acciones hablaron por sí solas cuando inició lo que podría considerarse como un ataque.
La tomaron desprevenida, cuatro niños la sujetaron con fuerza de cada una de sus extremidades, es decir, piernas y brazos, mientras que otro la pateaba. Recibió golpes en el estómago y espalda. No le permitían soltarse ni levantarse y repitieron la agresión un par de veces, hasta que cayó al piso, se levantó y corrió.
Entre nerviosa, asustada, con dolor y lágrimas buscó a la directora del plantel a quien le contó lo sucedido. La autoridad educativa, en un inicio, no calculó la dimensión de los hechos e intentó que uno de los agresores se disculpe con la niña, pero no quiso hacerlo y corrió.
Los familiares de Emily cuentan que, a pesar de ello, la niña continuó en sus clases, pero sin parar de llorar. Debido a su piel clara, los moretones empezaron a brotar. Uno en las costillas y otro en la boca, es decir, los golpes habían sido también en el rostro de la pequeña.
Al enterarse de lo sucedido, sus padres inician con las averiguaciones del caso y colocan la denuncia en el distrito correspondiente a la unidad educativa. Tras reuniones de los padres con las autoridades se acordó acompañamiento psicológico tanto para la agredida como para el agresor, ambos de cinco años.
Sin embargo, parece y según cuentan los familiares, esto no funcionó ni cambió nada. La niña continuaba recibiendo amenazas, es decir, violencia
Resulta preocupante como la violencia entre estudiantes se normaliza cada vez más. Varios niños ejercen poder sobre otros a través de insultos, burlas, exclusión o golpes.
psicológica , por parte del grupo de niños.
Y aunque no lo contaba, su madre lo notó al darse cuenta de uno de los síntomas más comunes de un niño que sufre acoso escolar o bullying. Emily quería excluirse y no participar de las actividades escolares . Incluso le pidió a su madre no enviarla a un paseo al que, días antes, mostraba mucha ilusión por ir.
Actualmente y debido a esto, la niña tiene ansiedad, sufre de pesadillas constan tes y llora por no ir al co legio. “Es bastante com plicado”, dice su quien espera que las auto ridades educativas actúen. Cuando la violencia se aprende en casa y se
De acuerdo con datos del Plan Nacional de Erradicación de la Violencia, entre 2022 y 2024, se registraron 1.195 casos de acoso escolar. De este total se reportaron: 609 en 2022
replica en la escuela Para la psicopedagoga, Adriana Mancheno, el bullying y el acoso escolar entre la primera y segunda infancia son más conocidos como conductas imitadas. “Estas conductas son lo que reproducimos después de verlo en casa, es lo que aprendemos allí”, indica.
Por ejemplo, cuando un
hacerlo debido a que, la mayoría de veces, son comportamientos repetitivos.
Menciona otros casos, que pueden ser igual o más graves, como la violencia ejercida directamente contra el menor. Es aquí cuando las infancias se tornan agresivas y violentas y buscan replicar los tratos que reciben con sus compañeros.
Según sus datos, un 40% de denuncias que aquejan al sistema educativo son por acoso escolar o bullying entre compañeros. Mancheno recalca la importancia de creerles a los menores y no minimizar la situación tachándola “como juegos de niños”.
Cómo identificar si tu hijo sufre Bullying


María Corina Machado llamó a la comunidad internacional a intensificar la presión contra Nicolás Maduro y aseguró que la libertad en Venezuela solo será posible con acciones firmes que aceleren una transición democrática. La líder opositora venezolana María Corina Machado afirmó que para alcanzar y mantener la libertad en Venezuela es necesaria la “fuerza”, entendida como una presión sostenida y efectiva de la comunidad internacional sobre el régimen de Nicolás Maduro. A su criterio, cualquier otra alternativa conduciría a lo que describió como “la paz de los muertos”.
En una entrevista concedida a la cadena estadounidense CBS , Machado hizo un llamado directo a los gobiernos democráticos del mundo para que incrementen las acciones políticas, legales y diplomáticas contra el Gobierno venezolano, con el objetivo de obligar a Maduro a reconocer que “su tiempo se ha acabado”.
Sin vínculo con operaciones militares de EE. UU. Las declaraciones se producen en un contexto marcado por recientes advertencias del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, sobre la posibilidad de ampliar a tierra las operaciones militares contra el narcotráfico en Venezuela. Al respecto, la dirigente opositora fue enfática en aclarar que la oposición venezolana no tiene

relación alguna con decisiones de seguridad nacional de otros países.
“Ni estamos involucrados, ni nos involucraremos, en las políticas de seguridad nacio nal de otra nación”, sostuvo Machado, quien esta semana recibió un reconocimiento internacional en abandonar Venezuela, donde enfrenta amenazas y perse cución política.
Descarta una guerra civil en Venezuela
Pese a la creciente tensión regional, Machado descartó de plano la posibilidad de una
gimen chavista.
En ese marco, la opositora describió a la dictadura de Maduro como una “estructura crim inal” que ha transformado a Venezuela en un refugio para el crimen organizado y actividades terroristas. Entre los actores que, según Machado, operan o encuentran respaldo en el país, mencionó a Rusia, Irán, Cuba, Hezbolá, Hamás, la guerrilla colombiana y los cárteles del narcotráfico.
“Como toda estructura criminal, el régimen sufre cuando se interrumpen los flujos de sus actividades ilícitas”, señaló, al expresar su respaldo a las operaciones de Estados Unidos contra el narcotráfico.
“El régimen tiene los días contados” Machado aseguró que la aplicación de la ley internacional contra estas redes criminales era una demanda histórica de la oposición venezolana y consideró que ahora comienza a materializarse.
“Era fundamental aplicar la ley, y lo llevamos pidiendo durante años. Por eso creo que el régimen tiene los días contados”, enfatizó.
Consultada sobre si aceptaría una eventual invasión estadounidense, evitó pronunciarse de forma directa, pero reiteró que respaldará cualquier forma de presión que obligue a Maduro a dejar el poder. “Aceptaré cada vez más presión para que com-

democrática cuenta con el respaldo del 70 % de la población y que ahora lo que se requiere es apoyo internacional para hacer cumplir ese mandato popular.
“No es un cambio de régimen convencional. Lo que necesitamos es apoyo para hacer cumplir la decisión soberana de los venezolanos”, sostuvo.
La apuesta por una transición negociada Machado reiteró que su objetivo final es una transición negociada, pero aclaró que esta solo será posible si se incrementa el costo de la permanencia de Maduro en el poder. Para ello, pidió que Estados Unidos, así como países del Caribe, América Latina y Europa, impulsen acciones legales coordinadas que bloqueen las actividades ilegales del régimen.
“Cuando el precio de quedarse en el poder sea mayor que el precio de dejarlo, el régimen se desmoronará”, explicó.
a opositora advirtió que sectores del chavismo podrían intentar sabotear una eventual negociación, por lo que consideró necesario aislar y neutralizar esas amenazas. En ese contexto, reveló que la oposición está identificando miembros de las fuerzas armadas dispuestos a respaldar un cambio democrático.
“Creemos que más del 80 % de nuestras fuerzas arma-



El candidato José Antonio Kast obtuvo el 58,61 % de los votos en la segunda vuelta presidencial de Chile. Su rival, Jeannette Jara, reconoció la derrota y felicitó al presidente electo, mientras Gabriel Boric aseguró una transición ordenada.

El candidato de derecha
José Antonio Kast ha ganado la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de Chile celebradas este domingo con el 58,61 por ciento de los votos, frente al 41,39 por ciento obtenido por su rival, la candidata de la coalición de izquierda Jeannette Jara.
Según los resultados oficiales publicados por el Servicio Electoral de Chile (Servel), correspondientes al 100 por ciento del escrutinio, Kast obtuvo 6.084.364 votos, mientras que Jara logró 4.295.958 sufragios, sobre un total de 10.380.322 votos válidos. La votación total alcanzó los 11.167.420 sufragios, incluidos votos nulos y en blanco.
Con este resultado, Kast confirma las previsiones que apuntaban a su victoria en la segunda vuelta, impulsada

Sentencia de Divorcio Completa Omar Juez & Patricia Juez Barros
Juicio N.- 09333-2025-00127
por el respaldo de los sectores de derecha que quedaron fuera en la primera ronda electoral.
Jeannette Jara reconoció su derrota en la red social X y afirmó que “la democracia habló fuerte y claro”. La candidata informó además que se comunicó con Kast para felicitarlo y desearle éxito por el bien del país, al tiempo que agradeció el apoyo recibido por sus votantes.
El presidente chileno, Gabriel Boric, también felicitó al mandatario electo en una llamada difundida por el Gobierno, en la que reconoció su “triunfo claro” y garantizó una transición ordenada. Kast, por su parte, agradeció el gesto y aseguró que el proceso de traspaso de mando será “respetuoso”, de cara a su investidura el próximo 11 de marzo. (EC)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SAMBORONDÓN, PROVINCIA DEL GUAYAS, Samborondón, domingo 30 de noviembre del 2025, a las 23h11
VISTOS: En virtud de la decisión oral dictada en audiencia me corresponde reducir la sentencia por escrito de conformidad a lo siguiente:
PRIMERO.- PROPOSICIÓN DE LA DEMANDA.-
JUEZ ZAMBRANO OMAR JAVIER presentó demanda de divorcio por causal en contra de JUEZ BARROS DUNIA PATRICIA quienes durante su matrimonio procrearon hijos pero en la actualidad son mayores de edad.
SEGUNDO.- FUNDAMENTO DE HECHO: Que, los ciudadanos JUEZ ZAMBRANO OMAR JAVIER y JUEZ BARROS DUNIA PATRICIA, contrajeron matrimonio en el Cantón El Triunfo, el día 19 de Agosto de 1980.
El accionante manifiesta que desde el año 2023, OMAR JAVIER JUEZ ZAMBRANO abandonó el hogar conyugal por existir diferencias irreconciliables, y a partir de esa fecha, el demandante no ha tenido ninguna relación conyugal ni sexual con ella. Menciona que este abandono se ha mantenido hasta la fecha sin ningún tipo de reconciliación o intento de restablecer la convivencia conyugal.
TERCERO.- FUNDAMENTO DE DERECHO:
El Artículo 110 numeral 9 del Código Civil.
CUARTO.- HECHO QUE SE EXIGE:
Mediante Sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial y se disponga la correspondiente marginación de la sentencia de divorcio en el Registro Civil correspondiente.
QUINTO.- COMPETENCIA:
Abogada Karen Paulina Alarcón Macías, Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Samborondón soy competente para conocer y resolver la presente causa, con fundamento en los Artículos 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial, y de la acción de personal No. 03912-DP09-2023-YR de fecha 3 de Abril del 2023..
SEXTO.- PROCEDIMIENTO:
Se ha seguido con el trámite que es inherente a esta clase de juicios, determinada en el artículo 333 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, sin que se omita solemnidad sustancial alguna. Artículo 118 del Código Civil, en concordancia, a lo señalado en los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República del Ecuador, observando las reglas del debido proceso y Artículo 169 sobre el sistema procesal como medio para alcanzar la Justicia.
SÉPTIMO: PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA MEDIDA CAUTELAR:
La parte demandada en la contestación a la demanda solicitó medidas cautelares con base en el artículo 130 del Código Civil, alegando que la cuantía de los bienes adquiridos durante la sociedad conyugal es considerable. En audiencia la parte accionada argumentó que, aunque algunos bienes estuvieran en un fideicomiso, los derechos fiduciarios y otros bienes seguían formando parte de la sociedad conyugal vigente, la cual el actor administraba, dejando a su defendida en indefensión.
La parte accionante, argumentó que la solicitud de medidas cautelares era improcedente e ilógica, ya que los bienes en fideicomiso constituyen un patrimonio autónomo, administrado por la fiduciaria, y están separados del patrimonio personal de los cónyuges, por lo que, afirmó que el artículo 130 del Código Civil no era pertinente para bienes transferidos a un fideicomiso, ya que estos bienes ya estaban protegidos y fuera del dominio de las partes.
El artículo 130 del Código Civil que: “Durante los juicios de divorcio, disolución o liquidación de la sociedad conyugal o cualquier otra controversia entre cónyuges, a petición de cualquiera de ellos o del curador ad-litem, el juez podrá tomar las providencias que estime conducentes a la seguridad de los bienes, mientras dure el juicio”.
Sin embargo, el artículo Art. 124 del Código Orgánico General de Procesos determina: “Procedencia. Cualquier persona puede, antes de presentar su demanda y dentro del proceso, solicitar el secuestro o la retención de la cosa sobre la que se litiga o se va a litigar o de los bienes que aseguren el crédito. El secuestro o la retención se solicitará a la o al juzgador de primera instancia, aun cuando la causa se halle ante la corte provincial”.
El art. 125.del Código Orgánico General de Procesos precisa: “Requisitos. Para que se ordene el secuestro o la retención, es necesario: 1. Que se pruebe la existencia del crédito. 2. Que se pruebe que los bienes de la o del deudor se encuentren en tal estado, que no alcancen a cubrir la deuda o que pueden desaparecer u ocultarse o que el deudor trate de enajenarlos”. Por lo tanto, la norma del artículo 130 del Código Civil permite que una juzgadora, en este caso la suscrita pueda dictar medidas a fin de asegurar los bienes de la sociedad conyugal, tomando en consideración que la única exigencia de la norma es que sea a petición de los cónyuges o del curador ad-litem y al indicar la norma “podrá” se entiende que es facultativo para la juzgadora dictarlas o no, es así como, en el presente caso he decidido no aceptar la petición de la parte accionada, por cuanto, el artículo 125 del Código Orgánico General de ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA, declara con lugar la demanda de divorcio por la causal del numeral 9 del artículo 110 del Código Civil, declarándose disuelto el vínculo matrimonial entre: JUEZ ZAMBRANO OMAR JAVIER y JUEZ BARROS DUNIA PATRICIA, quienes contrajeron matrimonio en el Cantón el Triunfo, el día 19 de Agosto del 1980, conforme consta en el Registro Civil de esta ciudad, con Registro de Inscripción: Tomo/ Página/ Acta: 01/35/35.
Ejecutoriada la sentencia entréguese las copias de ley para la marginación correspondiente en el Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador del cantón el Triunfo.
Se entregarán las copias de ley en el momento oportuno. Sin costas y honorarios profesionales que regular.
La parte accionada presentó recurso de apelación, el cual, deberá ser fundamentado dentro del término de ley y se concede efecto suspensivo.
Por Secretaria confiérase a la parte accionada copias del audio de la audiencia única, conforma fue peticionado en audiencia.
Cúmplase y Notifíquese
ALARCON MACIAS KAREN PAULINA
JUEZ (PONENTE)
Dentro de la dogmática jurídica penal, persistentemente se ha estudiado la teoría del delito, la cual establece que la conducta que es realizada por un individuo, para ser considerada como delito tiene que cumplir tres requisitos esenciales donde se encuentra la tipicidad, antijuricidad y la culpabilidad. Recordemos que la teoría del delito es la herramienta jurídica - científica aplicada para poder determinar si existe o no un delito, a partir de la conducta de un individuo.
Con la nueva reforma al Código Orgánico Integral Penal, tenemos incorporadas estas instituciones jurídicas la cual es el error de tipo y error de prohibición la cual vislumbran un gran avance en lo que respecta al campo jurídico, a pesar de que no son nuevas, si no que a lo largo de la historia del derecho se las ha conocido. A continuación, se detallarán los elementos de esta teoría puesto que no es posible comenzar su explicación sin antes mencionar la teoría del delito.
El error de tipo y el error de prohibición son instituciones que deben ser analizadas de forma minuciosa para su correcta aplicación y el aprendizaje de la dogmática jurídica penal para los abogados ya qué combinado con la práctica de las normas nos apegamos más a un derecho penal moderno, y que además ya se practica en muchos países que ya han tenido incorporado esta figura mucho antes que en nuestra legislación penal.
Conducta Para que una acción sea relevante en el derecho penal, debe ser contrario a la ley. La

conducta no es otra cosa que el comportamiento humano que puede ser tanto positivo como negativo tomando en cuenta la acción u omisión. También existen circunstancias en las cuales existe ausencia de la conducta la cuales son la fuerza física irresistible, movimientos reflejos, estado de plena inconciencia, epilepsia, hiptonotismo,etc.
Tipicidad
La encontramos en el Art. 25 del COIP. La tipicidad es la adecuación de la conducta al tipo penal, es la acción que se comete la cual esta prohibida por la norma. Sería imposible determinar que una conducta es delictuosa sin haber previamente realizado la descripción abstracta en una norma positiva, solo cuando esta se subsume a dicha norma la conducta en mención será considerada típica. Es aquí donde se ubica el error de tipo que mas adelante sera explicado.
Antijuricidad
La encontramos en el Art. 29 del COIP, La antijuricidad consiste en la valoración que tiene el autor de la acción ilícita cometida y si se obtuvo o
no el resultado anhelado que es contradictorio a la ley penal. No toda conducta tipica es antijuridica, por ello tiene sus propios elementos que la excluyen, como la legitima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber observando el uso progresivo proporcional y racional de la fuerza.
Culpabilidad
La encontramos en el Art. 34 del COIP, es el juicio de reproche que hace el Estado en contra de una persona que ha cometido un delito tipico y antijuridico. Aquí es donde se incluye el error de prohibición. También tiene sus elementos escenciales que la excluyen las cuales son:
1.- Inimputabilidad. – Es aquella capacidad de un individuo de comprender la antijuricidad del hecho o acto. Para poder lograr determinar la ininputabilidad de una persona los medios de prueba practicables son: psicólogo, psiquiátrico y trabajadora social.
2.- Conocimiento de la antijuricidad. - El conocimiento de la antijuricidad del autor de un delito establecido en el
Código Orgánico Integral Penal, supone el conocimiento de que la conducta a realizarse es contraria a derecho, por ello es antijurídica.
3.- La exigibilidad de otra conducta. – Para el Derecho Penal, se trata de un eximente más de la culpa. Para el profesor Muñoz el Derecho exige la realización de comportamientos más o menos incómodos o difíciles, pero no imposibles; el Derecho no puede exigir comportamientos heroicos; toda norma jurídica tiene un ámbito de exigencia, fuera del cual no puede exigirse responsabilidad alguna (Muñoz, 2008).
El error y la ignorancia Entiéndase por Error la falsa noción sobre algo, y por ignorancia el desconocimiento sobre algo. Jurídicamente la ignorancia funciona como un caso de error; el desconocimiento induce a error sobre el carácter de la conducta, ya que el fundamento de este como factor negativo del delito es el desconocimiento de que se observa una conducta antijurídicamente típica. Ello explica porque la teoría se refiere al error, implicando

¿ Que si puede o no aplicarse a la conciliación en la etapa de juicio, enuncia que de no hacerlo se atentaría contra la Constitución de la República, que en su artículo 190 reconoce a los medios alternativos de solución de conflictos?
RESPUESTA
La Constitución de la República, reconoce a los procedimientos alternativos para la solución de conflictos, afirmando que éstos se aplicarán con sujeción a la ley, es así que coherentemente el legislador ha determinado en el COIP, que procede la conciliación, debiendo ésta ser presentada hasta antes de la conclusión de la etapa de instrucción fiscal. Como vemos, no resulta apartado de los preceptos constitucionales el hecho de que a la conciliación se la excluya de las etapas de Evaluación y Preparatoria de Juicio, así como de la del Juicio propiamente dicho; es más debemos entender que esto responde también a la cristalización de los principios de simplificación y economía procesal, ya analizados oportunamente, y que procuran, por medio de éstos mecanismos especiales, evitar el agotamiento de la administración de justicia. Abundando, en los procesos ordinarios no es procedente presentar y tramitar la conciliación en otro momento posterior que no sea el determinado en la ley, de hacerlo a más de violentar los principios de carácter constitucional antes enunciados, se vulnerarían los principios procesales de oportunidad (en lo procesal) y preclusión, analizados en puntos superiores.
Conforme a lo determinado por el legislador, en materia penal la conciliación debe ser presentada hasta antes de la conclusión de la etapa de Instrucción Fiscal, lo que resulta coherente con el contenido constitucional.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
en las ambas formas (Creus, Derecho penal parte general, 1988, pág. 284).
El error de tipo y error de prohibición reconocido por múltiples cuerpos jurídicos penales originalmente se los conoció como error de hecho y error de derecho. El error es esa falsa apreciación de la realidad, o la persona mantiene un concepto equivocado mientras que la ignorancia si implica el desconocimiento. Actualmente el error de tipo es conocido como el error de hecho y el error de prohibición es conocido como error de derecho.
Error de tipo
Respecto al error de tipo, el maestro Zaffaroni indica que: “El error de tipo recae sobre elementos del tipo objetivo y elimina el dolo, en cualquier caso, restando solo la posibilidad de considerar una eventual tipicidad culposa si se trata de un error vencible”. (Zaffaroni, Derecho penal, Parte General , 2002)
En el error de tipo la persona no sabe que esta cometiendo una infracción penal. Como se manifestó en acápites anteriores, recae sobre la tipicidad y que puede excluir al dolo, o en su efecto al dolo y a la culpa quedando libre de responsabilidad penal. Se clasifica en error de tipo vencible e invencible.
Error de tipo vencible
Es aquel error que se ha podido prever, es decir el sujeto activo debió tener precauciones debidas para ejecutar ciertas diligencias, se pudo haber evitado el resultado. Es decir, elimina al dolo, pero subsiste la culpa. Al respecto Merino indica que: “Aparece cuando el sujeto, al no desplegar el cuidado debido y adecuado no supera el desconocimiento de la concreción típica objetiva no valorativa.” (Merino, 2014)
Error de tipo invencible
Es aquel error en que la persona no ha podido prever. Al respecto merino indica: “El primero aparece cuando no existe la posibilidad de conocer la realidad típica objetiva, no valorativa, a pesar de ponerse en juego el cuidado posible y adecuado para no caer en una falta de apreciación.” (Merino, 2014)
En el error de tipo invencible por mas que la persona
haya tomado debidas diligencias o precaución necesaria no puede evitar el resultado convirtiendo en la conducta atípica eliminando completamente tanto al dolo como a la culpa.
Error de prohibición
En el error de prohibición la persona sabe lo que esta haciendo, pero piensa o cree que no esta prohibido, es decir piensa que esta permitido o amparado bajo la ley penal, recae sobre el conocimiento del acto, recae sobre su comprensión o sobre la intensidad de la ilicitud del hecho que está ejecutando. Existen diversos tipos de error de prohibición las cuales se explicarán en el transcurso del presente artículo.
El maestro Donna manifiesta que: “Que el error de prohibición se refiere a la falsa representación de la norma de prohibición o a la norma de justificación, de ahí proviene la diferencia entre error de prohibición directo y el indirecto” (Donna, 1995).
Zaffaroni al respecto sostiene que: El error unas veces afecta la posibilidad de conocimiento de la antijuricidad” pero otras veces “hay conocimiento de la antijuricidad, pero no puede exigirse la comprensión de la misma”; este “error de comprensión… impide la internalización o introyección de la norma, por mucho… que sea condicionado. (Zaffaroni, Derecho penal, Parte General , 2002)
El error de prohibición directo hace mención del error vencible y el error indirecto hace mención del error invencible, pues este tipo de error también se clasifica de esa manera.
Error de prohibición vencible
Si es vencible no excluye la culpabilidad, pero debe reducirse la pena. Zaffaroni expone al respecto de estos errores que: La no comprensión del injusto penal, lo cual conlleva a que el individuo no sea responsable penalmente, o si es vencible su conducta, se atenuaría la pena.” (Zaffaroni, Derecho penal, Parte General , 2002). Es decir, los jueces como administradores de justicia y garantes del debido proceso penal ecuatoriano deben valorar cuales fueron las causas que llevaron al
sujeto activo al cometimiento del hecho antijuridico.
Para el profesor Bacigalupo que indica lo siguiente: La evitabilidad del error de prohibición tiene una función decisiva. El error sobre la antijuridicidad excluirá la punibilidad cuando haya sido invencible. “Invencible” es el error cuando el autor no hubiera podido evitarlo. Por lo tanto, la inevitabilidad se convierte en un presupuesto de la exclusión de la punibilidad por error de prohibición. La evitabilidad del error de prohibición, por el contrario, determina la punibilidad del hecho típico, antijurídico y culpable, con la pena del delito doloso, aunque con una pena atenuada (Bacigalupo, 1987).
Por otra parte, tenemos otros aportes que indican que: “El error pudo haberse evitado informándose adecuadamente de las circunstancias concurrentes o de la significación de hecho” (Quintero, 2002). Se concluye que cuando el error es vencible deja vigente al dolo, no se excluye la culpabilidad, pero la pena se atenúa.
Error de prohibición invencible
“El error de prohibición invencible es aquel en el cual no se puede evitar la comisión del delito, empleando una diligencia normal o la que estuvo al alcance del autor en las circunstancias en que actuó.” (Creus, 1999)
El autor manifiesta que el sujeto activo este impedido de responder por un resultado, es imposible reprochar ese resultado cuando el error es invencible porque excluye a la culpabilidad, no se cumple los requisitos de la teoría del delito para que sea punible. Error de prohibición directo: es aquel que se comete cuando el sujeto cree qué determinado acto no está prohibido por la ley por lo tanto asume que su manera de actuar es permitida. Pues así lo corrobora (Heiko, 1997) manifestando que “Un error de prohibición directo, es un error sobre la norma prohibitiva o sobre la norma imperativa”
Error de prohibición indirecto.- En este tipo de error el autor considera que su actuar está plenamente justifi-
cado legalmente. (Zaffaroni, 2014, pág. 582) se pronuncia al respecto alegando que: El error indirecto de prohibición en el que recae sobre la justificación de la conducta típica, o sea, cuando el sujeto conoce la tipicidad de la prohibitiva, pero cree que su conducta está justificada. Este error puede asumirse de dos formas: primero, la falsa suposición de que existe una causa de justificación que la ley no conoce (falsa creencia en la existencia de un precepto permisivo), segundo, la falsa suposición de circunstancia que hacen a una situación objetiva de justificación (la corrientemente llamada justificación putativa) Segundo, la falsa suposición de circunstancia que hacen a una situación objetiva de justificación (la corrientemente llamada justificación putativa).
Error de prohibición culturalmente condicionado.
- En el Ecuador a lo largo de su historia existe diversas culturas y hábitos que distinguen de una población con otra a pesar de seguir perteneciendo al mismo país, las tradiciones y costumbres se mantienen de generaciones tras generaciones convirtiéndose en un lazo fuerte y que en muchas ocasiones una acción que para nosotros puede ser descabellada o poco usual, para aquellas personas son acciones totalmente normales.
Precisamente son aquellos hábitos lo que hace referencia al error culturalmente condicionado, pues son diversos tratadistas que lo ubican en el error de prohibición, adicional a aquello nuestra Carta Suprema al hacer énfasis en que nos encontramos en un Estado constitucional de derechos y justicia también reconoce la interculturalidad y plurinacionalidad precisamente desde su artículo número 1. Lo que los jueces en materia penal deben tener en consideración es el nivel sociocultural del individuo perteneciente a estas culturas o que mantienen estas costumbres dentro del proceso penal.
(Roxin, 1997) expone que, en sentido jurídico un error de prohibición no solo es invencible cuando la formación de dudas (en el agente) era
materialmente imposible, sino también cuando el sujeto poseía razones sensatas para suponer el carácter permitido de su hecho, de modo que la actitud hacia el Derecho que se manifiesta en su error no precisa de sanción A tal manera que las personas pertenecientes a comunidades indígenas por lo general no puedan motivarse por muchas normas penales que no les han de ser exigibles siempre y cuando quede demostrado que dichas normas eran de comprensión e internalización imposible para ellos.
Prácticamente lo que se concluye de este tipo de error es que el sujeto activo se encuentra en un nivel inferior de conocimiento, se toma en cuenta la posición social de la persona que no es capaz de comprender la ciencia jurídica. Al respecto existen diversos doctrinarios que ubican a este error haciendo referencia al nivel de desarrollo de un país o nación.
Bibliografía
Bacigalupo, E. (1987). Derecho Penal parte General. Hammurabi.
Creus, C. (1988). Derecho penal parte general. Buenos Aires : Astrea.
Creus, C. (1999). Derecho Penal, parte general. Astrea. Donna, E. (1995). Teorìa del delito y la pena. Buenos Aires: Editorial Astrea. Heiko, L. (1997). Fundamentos dogmáticos para el tratamiento del error de prohibiciòn. Revista del poder judicial, Nro. 45. Merino, W. (2014). Derecho Penal, parte general Estudio aplicado al Código Orgánico Integral Penal. Quito : Editorial Jurìdica del Ecuador.
Muñoz, C. (2008). Teorìa General del delito. Bogota: Editorial Temis.
Quintero, G. (2002). Manual de Derecho Penal. editorial aranzadi S.A. Roxin, C. (1997). La estructura de la Teorìa del delito. Madrid: civitas.
Zaffaroni, R. (2002). Derecho penal, Parte General . Buenos Aires: Ediar sociedad anónima editora, comercial industrial y financiera.
Zaffaroni, R. (2014). Manual de derecho penal. Buenos Aires: Ediar.
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WhatsApp ha agregado una nueva función de mensajes de llamadas perdidas que, inspirada en el papel del buzón de voz, facilita grabar una nota de voz o mensaje de vídeo de forma sencilla cuando las llamadas no reciben respuesta. De esta forma, quienes no hayan respondido a la llamada podrán escuchar el audio o visualizar el vídeo más tarde, haciendo que los correos de voz “queden en el pasado”, como ha explicado en un comunicado. (EUROPA PRESS)