MIÉRCOLES 07 DE AGOSTO DE 2024

MIÉRCOLES 07 DE AGOSTO DE 2024
ECONOMÍA
La crisis judicial lastima la economía nacional 12
La Virgen del Cisne, esculpida por Diego de Robles en 1595, ha debido ser restaurada varias veces para preservar un legado histórico de devoción en Ecuador. 6
Palanda se prepara para la Gran
Feria Bracamoros
Coffee 8 ZAMORA
El juez Saquicela hace críticas antes de dejar la Corte 11 JUSTICIA
Urgente atención a la falla de Cajanuma en vía Loja-Vilcabamba 4
DANIEL MÁRQUEZ SOARES dmarquez@lahora.com.ec
Seaproxima el vencimiento del plazo que, tras la consulta popular del 20 de agosto de 2023, tiene el Estado para poner fin a las operaciones en el bloque 43, ITT. El dictamen de la Corte Constitucional ordena el “retiro progresivo y ordenado de toda actividad relacionada a la extracción de petróleo en un término no mayor a un año”. A estas alturas ya está claro que, por motivos técnicos y financieros, es imposible cumplirlo. Sin embargo, el mismo fanatismo que condujo a la realización de la consulta puede empujar al país a otros escenarios peligrosos.
Pronto, va a crecer la presión, de parte de los mismos sectores que impulsaron la consulta, para que la Corte Constitucional tome cartas en el asunto. Resulta escalofriante pensar en lo que podría suceder si es que la Corte Constitucional intenta proceder con la destitución del presidente Daniel Noboa. Ojalá ni se les ocurra.
Por otro lado, sería igualmente lamentable que no se haga nada. Ese apelo a la inercia y la inacción no puede continuar en un país que, más que nunca, necesita definiciones. Tampoco estaría bien resolver todo con alguna leguleyada; sería una picardía de mal gusto.
Lo correcto sería que la Corte reconozca su error, que acepte que, por lavarse las manos, permitió que se le consultara a la ciudadanía acerca de un tema técnico y estratégico. Se le permitió al electorado expresar un deseo romántico que, en última instancia, resulta irrealizable. No existe el dinero ni la tecnología necesaria para llevar a cabo el consabido retiro. El costo sería absurdo —al menos $2.000 millones—, inútil en lo ambiental —mientras el Ecuador sacrifica esas pocas decenas de miles de barriles, el mundo solo aumenta la producción— y el daño a las finanzas, innecesario. Ahora, le corresponde a la Corte dejar en claro que hasta el pueblo, “la voz de Dios”, se equivoca cuando se mete a opinar sobre aquello que desconoce.
*Lea la columna completa aquí.
GONZALO ORDÓÑEZ
@yah_ordez
El difícil arte de ser insoportables
Hace un calor miserable que oprime el tórax, me animo a subirme a un bus de la línea Colón Camal en Quito. A la altura de la gasolinera, cerca de la Avenida Amazonas, el chofer decide competir con otro retardado mental
La falta de Justicia oportuna, incorruptible e imparcial está alterando la vida cotidiana de los ecuatorianos. Las consecuencias de que ciertos funcionarios judiciales y jueces colaboren con las mafias, del narcotráfico o de la corrupción política, y por cualquier motivo, causa enorme desconfianza entre los usuarios del sistema de Justicia. De hecho, la aprobación de la Justicia es la más baja de todas las instituciones: nueve de cada 10 personas la desaprueban, según la última medición de Click.
Pero hay más. La evidencia de la venta de sentencias y de las liberaciones o traslados de presos fortaleció al crimen organizado al crear una casta de seres intocables. Los casos Metástasis
y Purga muestran cómo opera el negocio de la venta de conciencias de los jueces, que llegó hasta lo más alto de la Justicia, en la Corte Nacional y en el Consejo de la Judicatura. Entonces, no sorprende que desde afuera se vea al Ecuador con recelo. El Índice de Estado de Derecho 2023, elaborado por World Justice Project, muestra la profunda corrupción de la Justicia en comparación con otros países. El resultado: la falta de inversión extranjera y pérdida de empleos, pues Ecuador no ofrece seguridad jurídica.
En un principio, la solución para rescatar a la Justicia debe venir de los mismos jueces y abogados. De lo contrario, vendrá una nueva “metida de mano”.
(para Cantinflas es un señor que tarda en comerse unas pastillas de menta), en algún momento se acercan al punto de golpear los retrovisores. Algunos pasajeros gritan reclamando el fin de la competencia, me acerco a la ventana y hago señas a un agente de tránsito, en la acera, que aparentemente no se percata de lo que sucede en sus narices, está demasiado ensimismado cuidando el semáforo.
Aunque mi reclamo es para el chofer, por el exceso de velocidad, quien se interpone con muecas
horropitufantes es el asistente: “bájate si no te gusta hdp”. Trompudo decía mi abuela para caracterizar esa curiosa postura de la boca para insultar al prójimo. Bajo entre los insultos del “longo direccional”.
La palabra longo proviene del kichwa “lungu” que significa muchacho, junto a direccional sería: joven que hace señales de tránsito desde el estribo del bus a otros conductores. También tiene como función cobrar los pasajes. Longo suele utilizarse como un insulto racista, que no tiene
La crisis climática supera
– A principios de julio, el huracán Beryl arrasó el Caribe, destruyendo islas enteras y causando una destrucción semejante a un “Armagedón” y marcando el inicio de lo que se pronostica será la temporada de huracanes más activa registrada en la historia.
Este es, sin duda, un desastre climático. Las lluvias torrenciales y vientos de 150 millas por hora que devastaron las islas de Carriacou, Petit Martinique y el archipiélago de las Granadinas, junto con la marejada que golpeó las costas de Barbados y Jamaica, fueron hasta un 30% más intensas.
El impacto del huracán Beryl debería preocupar a las instituciones financieras y a los científicos del clima, ya que revela cómo nuestro sistema de financiamiento para el desarrollo, diseñado cuando los eventos climáticos extremos eran menos catastróficos, está fallando ante la creciente frecuencia e intensidad de tormentas, inundaciones e incendios forestales
Estos desastres se repetirán, aunque estos pequeños países recibirán menos del 2% del financiamiento climático prometido a los países en desarrollo.
Para proteger a las regiones vulnerables de los riesgos del cambio climático, la comunidad internacional debe ayudar a construir resiliencia. Esto requiere un enfoque integral para brindar apoyo financiero antes, durante y después de los eventos climáticos extremos.
La prioridad más importante es la liquidez de emergencia tras una crisis, para que los gobiernos puedan satisfacer las necesidades urgentes de sus poblaciones y comenzar la respuesta ante desastres.
La resiliencia también se construye. Por ejemplo, el plan de inversión de Barbados para prosperidad y resiliencia asignará $11.6 mil millones a salud, educación, vivienda e infraestructura, incluyendo protección costera, durante la próxima década.
Una mayor parte de los recursos concesionales de los bancos de desarrollo multilaterales y donantes bilaterales debe dirigirse hacia la adaptación climática.
*Asesora sobre Resiliencia Climática del Primer Ministro de Barbados. ©️Project Syndicate, 2024. www.project-syndicate.org
sentido, porque si se considera al longo como un indígena urbanizado, se puede considerar al mestizo como un español indigenizado. Las personas pueden ser idiotas independientemente de cualquier característica que las identifique, puede ser el color de piel, la forma de los ojos, con quien te gusta tener sexo o tu filiación política, cualquier cosa puede ser un pretexto para agredir a otro ser humano. Existe una tercera posibilidad, como dirían los mexicanos: naco, es decir, una persona sin
modales, descortés y grosero en el trato. Según Le Bretón el “cuerpo reproduce en pequeña escala los poderes y los peligros que se atribuyen a la estructura social” y ese es el problema, la impunidad forma cultura: ¿cómo pueden circular con esas estelas espesas de humo negro por la ciudad? ¿Cuántas sanciones recibieron este año por invadir vía, exceso de velocidad, llantas lisas, falta de mantenimiento entre otras contravenciones? ¿Qué utilidad tienen los agentes de tránsito en los semáforos?
El objetivo de esta entrega de asistencia humanitaria es brindar la seguridad alimentaria a las familias afectadas y contribuir a la resiliencia de las comunidades.
La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, en coordinación con las autoridades locales y organismos de primera respuesta, ha entregado asistencia humanitaria en cantones del sur de la provincia de Loja, con la finalidad de garantizar la seguridad alimentaria de la población vulnerable afectada por los recientes eventos climatológicos considerando que los pronósticos indican, una probabilidad de lluvias por debajo de lo normal y altas temperaturas en la región, lo que podría agravar la situación de escasez de alimentos y recursos esenciales.
Acciones Realizadas
° Entrega de 400 kits de asistencia humanitaria en el cantón Zapotillo.
° Entrega de 325 kits de asistencia humanitaria en el cantón Puyango.
° Entrega de 218 kits de asistencia humanitaria en el cantón Pindal.
° Entrega de 300 kits de asistencia humanitaria en el
cantón Paltas.
° Entrega de 348 kits de asistencia humanitariaen el cantón Celica.
° Entrega de 325 kits de asistencia humanitaria en el cantón Macará.
Detalle de los tanques entregados
°90 tanques de 250 litros para almacenar agua en el cantón Zapotillo.
° 60 tanques 250 litros para almacenar agua de 250 litros y 4 tanques de 2500 litros en Puyango.
°40 tanques de 250 litros para almacenar agua en Pindal.
° 50 tanques de 250 litros de capacidad y 4 tanques de 2500 litros en Celica.
°60 tanques de 250 litros en Macará.
° 50 tanques de 250 litros en Paltas.
La SGR, como ente rector de la gestión de riesgos en el país, vigila que se cumpla con la correcta aplicación de los estándares de los kits de asistencia humanitaria por
parte de todos los actores públicos y privados. Además, que se asegure el trato digno y humano de las personas afectadas/damnificadas por
diferentes eventos adversos en base a lo que indican las normas internacionales de respuesta humanitaria frente a emergencias o desastres.
La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos reitera su compromiso con la protección de la población y la reducción de riesgos en el país.
La Policía Nacional investiga incidente en una empresa privada
La Policía Nacional informa que, ante el hecho delictivo suscitado el 05 de agosto en horas de la noche, a las instalaciones de una empresa privada, ubicada en el sector norte de la ciudad, se mantiene activado el personal de los ejes investigativo, preventivo y de inteligencia, con el propósito de localizar con los responsables.
De acuerdo a investigaciones se presume que fueron 6 ciudadanos quienes forzaron las seguridades externas e internas de la distribuidora para luego amenazar y some-
terlo al guardia de seguridad, para finalmente irrumpir los ventanales de una sucursal bancaria y sustraerse aproximadamente 34.607 dólares. Se menciona que el ciudadano encargado de la guardia, sufrió amenazas y fue despojado de sus bienes, entre ellos: un arma de fuego, cinco municiones, un chaleco antibalas, un celular y un botón de seguridad.
La Policía Nacional, a través de la Policía Judicial, continúa con las investigaciones y está tras la pista de los antisociales.
La falla geológica de Cajanuma pone en riesgo la seguridad vial y requiere intervención urgente para evitar accidentes y mejorar el tráfico vehicular, autoridades toman acciones.
La vía Loja-Vilcabamba, fundamental para la conectividad de varias parroquias del cantón Loja y de los cantones de Palanda y Chinchipe en la provincia de Zamora Chinchipe, enfrenta una seria amenaza: la falla geológica en el sector de Cajanuma. Este tramo, situado en la entrada al Parque Nacional Podocarpus, representa un peligro constante para los conductores debido a la falta de mantenimiento adecuado, según denuncias de autoridades y ciudadanos.
Eduardo Punín Burneo, exsubsecretario Zonal 7 del Ministerio de Transportes y Obras Públicas (MTOP), expresó su preocupación a un diario local tras un reciente recorrido por la carretera. Señaló que el problema de la falla geológica persiste desde la construcción de la vía, posiblemente debido a corrientes de agua subterráneas que provocan el constante deterioro del terreno. El presidente del Gobierno Parroquial de San Pedro de Vilcabamba, Jimmy Toledo Castillo, también se unió a las críticas.
La falla de Cajanuma, junto a otras en la vía, ha sido una constante preocupación para las autoridades locales y los usuarios de la carretera. El problema se agrava en días lluviosos, cuando el terreno se vuelve resbaladizo, como lo señalan los conductores de buses interparroquiales.
Ante esta situación, el MTOP y la Prefectura de Loja han firmado un convenio para intervenir en la falla geológica en el Km 9 de la vía E682 Loja-Vilcabamba.
A partir del jueves, se realizará un trabajo conjunto en el que cada institución aportará con maquinaria para la intervención.
El MTOP comunicó a LA HORA que este miércoles 07 de Agosto se intervendrá con una motoniveladora, la cual será trasladada desde Sozoranga a Cajanuma para mejorar la transitabilidad de la vía. Franco Samaniego, director encargado del MTOP, informó que el Municipio de Loja y el GAD Provincial tienen un convenio para mejorar los accesos a Loja, comenzando por el acceso norte y continuando con el sur en el sector de Cajanuma. La intervención inmediata se realizará con la colaboración del GAD Provincial, y la colocación de asfalto se programará posteriormente.
La urgencia de una solución no solo recae en el bienestar de los conductores y pasajeros que usan esta vía a diario, sino también en la importancia económica que esta carretera tiene para las parroquias y cantones conectados por ella hacia Loja. Especialmente considerando el próximo feriado de Independencia el 10 de Agosto, la Romería de la Virgen del Cisne, la Feria de Loja y el Festival de Artes Vivas, tempo-
MALESTAR. La falla geológica de Cajanuma en la vía Loja-Vilcabamba requiere intervención urgente para evitar accidentes y mejorar el tráfico vehicular en una ruta de alta importancia económica y turística.
radas en las que la ciudad de Loja recibe miles de turistas. Es fundamental que las auto-
ridades competentes actúen con rapidez y eficacia para asegurar una circulación se-
gura y constante, evitando así daños materiales y posibles accidentes. (YP)
En el mes de febrero iniciaron los trabajos de rehabilitación de la vía. Fallas geológicas, cambio de alcantarillas, bacheo mayor y menor, señalización entre otros, son las gestiones que se están ejecutando en esta arteria vial.
La vía antigua que conduce al cantón Catamayo comenzó el proceso de mejoramiento estructural en el mes de febrero del presente año, el proyecto vial tiene dos etapas. La primera consta como punto de partida, en la quebrada Las Pavas, en el barrio Tierras Coloradas y el otro, en el sector Villonaco. En estos sitios se ejecutará el mejoramiento de las fallas geológicas, cambios de alcantarilla, bacheo mayor y menor, construcción y corrección de muros, limpieza, construcción de cunetas y señalética vertical.
El tiempo que tomará esta primera parte del proyecto, es de aproximadamente siete meses. La Prefectura de Loja a través de su representante principal, Mario Mancino, reconoció el apoyo de CELEC, como parte de una solución integral de conectividad entre Loja y Catamayo. Destacando que, han gestionado una segunda etapa que tiene prevista una intervención con el recapeo total con carpeta asfáltica y la construcción de cuatro kilómetros discontinuos de un tercer carril. Para prevenir daños
y mantenerla en buen estado, se habilitará solo para autos livianos.
Con el avance realizado hasta el momento, ya se puede evidenciar en ciertos sitios de la vía, rellenos en fallas geológicas y el aplanamiento del mismo. Sin duda, uno de los sitios que más llama la atención por su cambio inicial, es la vía que pasa por los 11 generadores del Proyecto Eólico, debido a que, la colocación de bordillos y cunetas permite que la vía cumpla con las medidas adecuadas, lo que ayuda a que la vía se ensanche en ciertos sectores que antes eran estrechos. Aparte, le da seguridad al peatón, considerando que es una zona de avistamiento social y uno de los sitios turísticos más emblemáticos del país.
“Estamos preocupados por la intervención de esta vía que beneficia a un importante sector turístico como es el Parque Eólico, así como, a las comunidades vecinas y lojanas”, mencionó Mancino.
En lo que concierne a la segunda fase del proyecto, Germán Casillas, gerente de la Unidad de Negocios
GENSUR expresó “tenemos la predisposición para avanzar y que muy pronto se pueda concluir esta obra que aporta a la ciudadanía”, acotó. (FM).
En el año 1595, en la ciudad de Quito, el artista Diego de Robles, a petición de los nativos de la parroquia El Cisne, cantón Loja, elaboró una réplica de la Virgen del Quinche, conocida también como la Virgen guadalupana de México. Esta figura, de una delicada virgen morena con su niño en la mano, llegó al pueblo de El Cisne un año después y fue colocada en una sencilla capilla de adobe y paja.
El historiador Pío Jaramillo Alvarado, en su obra Historia de Loja y su provincia, narra que la creación de esta imagen fue el cumplimiento de una promesa hecha por los indígenas a la Virgen María. Ellos pidieron su intervención para lograr la siembra y la abundancia de agua en sus tierras. La noticia del milagro de la “Churona” se extendió rápidamente desde Loja a todo Ecuador y al norte del Perú, lo que llevó al Obispo Fray López de Solís a iniciar el proceso de advocación a la Virgen del Cisne en 1596, estableciendo celebraciones en diciembre y el 12 de octubre.
Las festividades en honor a la Virgen del Cisne eran eventos de gran magnitud, donde se realizaban misas solemnes que duraban tres días, el primer día estaba a cargo de representantes mestizos de la ciudad de Loja, el segundo, de los indígenas de la Doctrina de la Virgen del Cisne y, el último, de los indígenas de toda la comarca y de otros sectores fuera del país.
La devoción a la Virgen alcanzó tal relevancia que en 1829, el Libertador Simón Bolívar decretó un privilegio de feria durante las festividades de Nuestra Señora del Cisne desde el 10 de agosto hasta el 12 de septiembre de cada año, en la ciudad de Loja.
Sin embargo, la Virgen del Cisne no ha estado exenta de peligros. El 3 de noviembre de 1956, la imagen sufrió un grave deterioro en la Iglesia de San Sebastián de Loja debido a un incendio. Bajo la licencia del Diocesano Monseñor Nicanor Roberto Aguirre, la imagen fue restaurada y se creó una réplica exacta para proteger la
La Virgen del Cisne, esculpida por Diego de Robles en 1595, ha debido ser restaurada varias veces para preservar un legado histórico de devoción en Ecuador.
original. En 2012, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural Regional 7 llevó a cabo un proyecto de conservación y restauración de bienes muebles, que incluyó tanto la imagen original como la réplica de la Virgen del Cisne a cargo de un equipo amplio
de profesionales dirigidos por el Lcdo. Danilo Delgado Espinoza.
Durante el proceso, en la imagen original se identificaron 3 bases, 2 de las cuales fueron retiradas. En la parte posterior un segundo orificio de la segunda base se reveló la presencia de un tubo
En 1956, un grupo de escultores y artistas intervinieron la imagen después de la destrucción por el incendio. Durante este proceso y por efecto del fuego, el rostro de la virgen que estaba construido de plomo, se debilitó de tal manera que al momento de desplomarse, develó en su interior un pequeño documento antiguo de inicios de la República que indicaba una restauración previa. Para dejar constancia de este hallazgo, tanto los artistas contratados como los sacerdotes oblatos —quienes en aquel momento se encontraban a cargo de la administración del Santuario—, notarizaron y transcribieron el documento original en la notaría Tercera del Cantón Loja, señalando lo siguiente: “Para la debida autenticidad, haga constar mediante esta escritura pública, el documento que con motivo de retocar la imagen de la Reina coronada del Cisne, en el presente año, fue encontrado, por los señores: Luis Alberto Aguirre, escultor; Guido Aguirre, escultor; Miguel Ángel Aguirre, modelador, ecuatorianos y Antonio Preising, pintor, ciudadano alemán”. Líneas más adelante, la misma escritura expone otro suceso importante, indicando que el día 2 de mayo de 1837 fue restaurada esta imagen por Felipe Santiago Herrera.
Es importante mencionar a quienes fueron testigos y dejaron constancia de esta declaración, como: “el Obispo titular del Cisne y Vicario Capitular de Loja Monseñor Nicanor Roberto Aguirre, el Sr. Dr. Francisco Valdivieso, el Sr. Don Manuel E. Eguiguren; el Sr. Don Miguel Ángel Guerrero; el maestro escultor Sr. Luis Alberto Aguirre y el Notario Público, Dr. Filoteo Ortega”.
de ensayo que guardaba 2 documentos: el de mayor tamaño databa de 1956 y el más pequeño, al poseer un texto ininteligible por su estado de conservación, no fue posible conocer de inmediato su fecha, sin embargo, más delante se supo que fue escrito en 1837.
El escrito más antiguo guarda todavía datos por develar. Los documentos históricos encontrados son, en muchas de las ocasiones, la brújula para identificar pistas y encontrar respuestas a preguntas que creemos nunca serán resueltas; sin embargo, en ciertos momentos estos documentos dejan de ser el mapa para convertirse en el tesoro.
PREPARACIÓN. La Catedral de Loja se prepara para recibir a la Virgen del Cisne con la campaña “Una Rosa para María”. Foto: Redes Sociales. coordinar su colaboración.
La campaña “Una Rosa por María” invita a los devotos a colaborar con flores para adornar la Catedral de Loja en honor a la Virgen del Cisne.
El próximo 20 de agosto, la ciudad de Loja se vestirá de gala para recibir a la venerada imagen de la Virgen del Cisne. En preparación para este evento, el sacerdote William Arteaga ha compartido detalles sobre la campaña “Una Rosa para María”, una iniciativa que busca embellecer la Catedral de Loja con miles de flores.
La preparación para la llegada de la Virgen del Cisne se realiza en dos frentes: el espiritual y el material. “Nos estamos preparando espiritualmente con el rezo del Santo Rosario, la oración frente a Jesús sacramentado, catequesis mariana y la eucaristía”, explicó Arteaga. Estas actividades serán transmitidas en vivo a través de las redes sociales a partir de las 7 de la noche, permitiendo a los devotos participar desde sus hogares.
La campaña “Una Rosa para María” invita a los lojanos y devotos de otras regiones a donar flores para decorar la catedral. “Cuando los
peregrinos llegan a ver a la Virgen, traen ramos de flores que muchas veces se desperdician porque hay que reemplazarlas constantemente”, señaló Arteaga. Para evitar este desperdicio y asegurar una decoración continua, las flores serán recibidas desde el 15 de agosto hasta el 18 de agosto.
Arteaga destacó que esta campaña ha tenido una excelente acogida en años anteriores, recibiendo donaciones no solo de la ciudad y la provincia, sino incluso de Estados Unidos. “Este año queremos hacer rosetones en cada una de las puertas de ingreso de la catedral, lo que requiere una gran cantidad de flores”, indicó. Aunque cualquier flor es bienvenida, se ha solicitado principalmente rosas en colores fuertes y pasteles.
Las flores pueden ser entregadas directamente en la Iglesia Catedral. Asimismo, empresas y organizaciones que deseen hacer donaciones en mayor escala pueden acercarse a la Diócesis para
Esta campaña no solo embellece el recinto sagrado, sino que también forta-
lece el espíritu comunitario y la devoción mariana de los lojanos. “Invitamos a todos a seguir colaborando
y a unirse en esta muestra de amor y devoción hacia la Virgen del Cisne”, concluyó Arteaga.
La Feria Bracamoros Coffee impulsará el turismo y la economía local destacando la calidad del café de Palanda y la rica tradición agrícola de la región el 14 de septiembre.
La Feria Bracamoros Coffee se celebrará en Palanda el sábado 14 de septiembre de 2024, bajo la organización de la Asociación Agroartesanal de Productores Ecológicos de Café de Palanda (Apecap), con el apoyo del Gobierno Autónomo Descentralizado de Palanda. Este evento de gran relevancia tanto a nivel nacional como internacional es una plataforma clave para destacar la excelencia del café producido en el lugar.
La Feria Bracamoros Coffee no solo celebra la calidad del café local, sino que también busca fortalecer las relaciones comerciales, fomentar el turismo y resaltar la rica tradición agrícola de Palanda. La participación de productores, empresarios y visitantes en este evento contribuirá significativamente al desarrollo económico y social del cantón.
Byron Troya, técnico de la Unidad de Turismo de la
institución municipal, subrayó la importancia de esta feria no solo como un evento destacado en el calendario de actividades de Palanda, sino también como una oportunidad para seguir promocionando al cantón y provincia como la tierra del origen del cacao. ‘Esta feria es de mucha importancia porque queremos invitar a la mayoría de productores y visitantes a este lugar, con el fin de dinamizar la economía’, expresó
Troya. Troya destacó que la feria será un espacio de encuentro para los amantes del café, donde se podrán degustar las diferentes variedades del producto, participar en catas y conocer de cerca los procesos de producción ecológica que distinguen al café de Palanda. Además, la feria ofrecerá una serie de actividades culturales y recreativas para el disfrute de toda la familia, consolidándose como una
fiesta comunitaria que une tradición y modernidad. La Apecap, organizadora del evento, ha trabajado arduamente en la preparación de la feria para asegurar que sea un éxito y que los productores locales puedan exhibir su trabajo ante un público amplio y diverso. La colaboración con el Gobierno Autónomo Descentralizado de Palanda ha sido crucial para la logística y promoción del evento, garantizando que la Feria Bracamoros Coffee se posicione como un referente en el calendario de actividades de la región.
Este evento no solo es una vitrina para el café, sino también una oportunidad para que Palanda muestre su potencial turístico y cultural, atrayendo a visitantes de todo el país y del extranjero.
Esta propuesta de la Alma Máter responde al desarrollo de sistemas sostenibles de producción agropecuaria que contribuyan a obtener garantías en la soberanía alimentaria.
El uso de agroquímicos en la producción agrícola es una problemática ambiental que destruye la fertilidad del suelo, deriva en la pérdida de cultivos y contamina fuentes de agua; en virtud de aquello, investigadores de la Universidad Nacional de Loja (UNL) desarrollaron el Bioproducto Mixto UNL, propuesta basada en el uso de microorganismos -de los suelos lojanos- como alternativa para reducir costos y el impacto de la fertilización química.
Esta iniciativa desarrollada en el Centro de Biotecnología de la UNL es una agrupación de bacterias y microalgas que aumentan la productividad de los cultivos de manera sostenible y amigable con el ambiente. Su producción tomó alrededor de tres años de estudios de la diversidad biológica de microorganismos nativos de suelos agrícolas de Macará, Zapotillo y Saraguro para seleccionar cepas benéficas
INVESTIGACIÓN. La propuesta está basada en el uso de microorganismos de los suelos lojanos como alternativa para reducir costos y el impacto de la fertilización química.
por su interacción con cultivos de la región.
Yadira Collahuazo, técnica del Laboratorio de Biotecnología de la UNL, detalló que seleccionaron tres cepas bacterianas y una microalga para formar un bioinoculante que tenga la capacidad de fijar biológicamente el nitrógeno; es decir, le ayuda a la planta a que tome los nutrientes del suelo y los pueda aprovechar
de la mejor manera. “Es un fertilizante orgánico; entonces, no va a generar afectación ni al productor ni al medioambiente”, explicó.
Max Encalada, director de Investigación de la UNL, resaltó que los investigadores unelinos se enfocan en trabajar de acuerdo con la realidad local para generar conocimiento que resuelva problemas de la sociedad mediante
estudios que proporcionen tecnología para ser aplicada en la producción. “De tal manera que como institución cumplamos ese rol de responsabilidad social entregando producción científica al sector productivo”, anotó. Iván Granda, director del proyecto, resaltó la efectividad de la propuesta validada en cultivos como: brócoli, lechuga, tomate, maíz y trigo,
con resultados beneficiosos en condiciones de laboratorio, invernadero y campo en alianza con la Red Agroecológica de Loja. Luego de probar varias formulaciones se decidió ofrecer el bioproducto en presentación sólida para aplicarlo directamente en las semillas, y en una formulación líquida para uso en cultivos en etapa vegetativa. Su rendimiento genera sembríos más resistentes, frondosos y verdes. En comparación con la fertilización química, el bioproducto: aumenta la disponibilidad de nutrientes -nitrógeno y fósforo- en el suelo; aumenta el nivel de materia orgánica; controla microorganismos patógenos; y, ayuda a que las plantas tengan un mejor crecimiento. Con estas iniciativas la UNL promueve prácticas agroecológicas para que más productores las utilicen y comprueben que el rendimiento no cambia y se deja de causar daño al ambiente.
DATOS
IMPORTANTES
Bioproducto Mixto UNL
°Mayor absorción de nitrógeno y fósforo.
°Aumento de materia orgánica.
°Mejora el crecimiento de las plantas.
°Dos presentaciones: sólida y líquida.
William Piedra, líder de la agrupación Los Piedra, es uno de los ganadores del Fondo de Difusión de Creaciones Musicales 2024, y se presentará en el concierto junto a los demás ganadores el 15 de agosto en Loja.
En un logro significativo para la escena musical lojana, William Piedra, líder de la agrupación Los Piedra, ha sido seleccionado como uno de los ganadores del Fondo de Difusión de Creaciones Musicales Tulio Bustos Cordero 2024, una iniciativa de la Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE) en Loja. Este fondo, destinado a promocionar la creación e interpretación musical, ha reconocido el talento y esfuerzo de Piedra, quien junto a otros tres solistas, se presentará en un concierto público el próximo 15 de agosto en el Teatro de Artes Segundo Cueva Celi.
La convocatoria, que se cerró el pasado 26 de mayo, atrajo a 19 postulantes, cuyas propuestas fueron evaluadas rigurosamente por un Comité de Selección que valoró aspectos como la composición, interpretación, técnica y arreglos.
Para William Piedra, esta oportunidad representa un reconocimiento a su dedica-
ción y pasión por la música. Piedra, quien junto a sus hijos forma la agrupación Los Piedra, ha venido innovando en la creación de música original durante los últimos cinco años. “Nosotros tenemos bastante música, hemos logrado producir siete canciones que están en redes sociales y teníamos más en archivo que no hemos podido producir por cuestiones de presupuesto”, comentó Piedra. La oferta del Fondo de Difusión de la CCE llegó en el momento justo para permitirles avanzar en la producción de sus obras.
El fondo otorgado a los artistas incluye la grabación de dos temas en estudio, la creación de un videoclip guionizado y otro de un tema interpretado en vivo, así como un reconocimiento económico de mil dólares y la oportunidad de participar en un concierto público. Este último evento se llevará a cabo el 15 de agosto a las 19:00 en el Teatro de Artes Segundo
Las noches artísticas de la feria tendrán talento lojano
Con una cantidad aproximada de 61 postulaciones se recibieron por parte de artistas lojanos para participar en las noches artísticas de la 195 Feria de Loja, que se realizará del 29 de agosto al 22 de septiembre. Para seleccionar los artistas, se consideró una terna de profesionales del arte, cultura y música de Loja, conformada por el maestro Aníbal Pucha, rector del Conservatorio Salvador Bustamante Celi; Gonzalo Moreno, jefe de cultura del Municipio de Loja; y Julio
César Espinoza, gestor de la Casa de la Cultura. La terna seleccionó a los artistas de un portafolio de alrededor de 61 participantes que reunieron los requisitos solicitados dentro de los plazos establecidos. Julio César Espinosa mencionó que este proceso asegura la circulación de la creación y producción musical de los artistas lojanos, permitiendo que participen en carteleras internacionales y logren mayor proyección.
El maestro Aníbal Pucha
Cueva Celi, con entrada libre. Los pases se pueden obtener en la sede de la CCE-Loja. La versatilidad es una de las características que define la música de William Piedra. “Me identifico con la música popular latinoamericana, el folclor de los pueblos de América. Mis canciones son una fusión de géneros, no se pueden encasillar en uno solo”, comentó. Algunas de sus composiciones son: Tierra del Sur, Padre Amigo Fiel, Para ti Mamá, Macará rincón del Alma, Achima, Este amor, Los hijos se van, entre otras. Entre los temas que presentará en el concierto se encuentra “Cardos y Espinas”, una canción que habla de la perseverancia y la gratitud en medio de la adversidad, y otra inspirada en el dolor de una ruptura amorosa. “Habla de ver oportunidades donde otros solo ven dificultades. Es una canción de gratitud de haber encontrado el éxito perseverando”, explicó.
explicó que entre las consideraciones para la selección se tomaron en cuenta la calidad interpretativa, los géneros musicales y la trayectoria de los postulantes. “Hemos sido lo más imparciales posible para buscar la calidad de los artistas que participarán en esa noche. La calidad de los videos, la calidad interpretativa, su género musical y la trayectoria se consideró de los artistas. Loja demostrará al mundo el talento musical que existe en nuestra ciudad”, acotó. Por su parte, Gonzalo Moreno destacó el profesionalismo y talento de los artistas lojanos, asegurando que
Redes Sociales:
° Facebook: Los Piedra
° Instagram: @los.piedra
° Youtube: @lospiedra1629
Spotify:
° https://open.spotify. com/artist/559HDnp GrTqU1jF2iNcStr?si=s_ M350TlRa20wEKERANPoA
CANTAUTOR. William Piedra, líder de Los Piedra, se prepara para el concierto en el Teatro de Artes Segundo Cueva Celi.
Los planes futuros de William Piedra incluyen la producción de más música original y la realización de nuevos videoclips. “Con estas dos canciones y los videos, estaremos trabajando en su promoción durante el resto del año”, añadió.
El reconocimiento y el apoyo del Fondo de Difusión han permitido a Los Piedra acelerar sus planes de producción, con nuevas canciones y videoclips que estarán disponibles en plataformas digitales como Spotify y YouTube en los próximos días. Piedra invita a toda la comunidad lojana y a los seguidores de la agrupación a asistir al concierto y apoyar a los artistas locales. “Esta invitación es abierta a quienes valoran el arte y la cultura. Las entradas están disponibles en la Casa de la Cultura, así que les animamos a acompañarnos en esta celebración del talento lojano”, concluye. El concierto también contará con la participación de otros artistas ganadores del fondo, como Carolina Cevallos, Pedro Nicolás Peralta y Jaime Ramiro Torres, quienes también presentarán sus nuevas creaciones. (YP)
Se ha fijado un costo máximo de las entradas para las noches de feria, en ocho dólares. EL DATO
se han escogido excelentes músicos y cantantes, lo que garantiza un excelente espectáculo en cada una de las noches de feria. “Los artistas lojanos que van a estar presenten en la edición 195 Ferias de Loja, de los postulantes, se han escogido para la noche tropical y también para la noche que acompaña-
rán a los nocheros”, expresó. Finalmente, se preseleccionaron aproximadamente 40 artistas, entre músicos y cantantes, quienes estarán en escena asegurando que la Feria de Loja sea una vitrina de exposición para el talento lojano. La Corporación de Ferias de Loja tiene previsto realizar cuatro eventos artísticos musicales, dos de ellos en el Teatro Benjamín Carrión Mora y en el Teatro Bolívar, y dos en la Explanada del Complejo Ferial Simón Bolívar. En las ediciones 193 y 194 de la Feria de Loja, más de 130 artistas estuvieron en escena, cifra que se busca superar en la presente edición 195.
Iván Saquicela dio un paso al costado como juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). El 23 de julio de 2024 presentó al Consejo de la Judicatura (CJ) su renuncia “irrevocable” al cargo de juez de la Sala Penal, para participar como candidato en las elecciones de febrero de 2025. Saquicela fue designado juez nacional en 2019 y le faltaban tres años , de los nueve para los que fue nombrado. Fue presidente de la CNJ entre febrero de 2021 y febrero de 2024.
Integró el tribunal del caso Sobornos . Su gestión estuvo atravesada por acciones polémicas, la suspensión en sus funciones, y una crisis institucional por la filtración de audios que involucraban a autoridades y jueces , videos de reuniones secretas, y controversias en medio de la designación de Wilman Terán como titular del CJ. Un día antes de conocerse su renuncia, Saquicela habló con LA HORA. Se refirió a los hechos que, el 10 de julio de 2024, desembocaron en el cuestionado nombramiento de Mario Godoy como presidente del CJ; y sobre José Suing, presidente de la CNJ, como artífice de esta designación.
P. ¿Se superaron las fricciones que se generaron en una reunión del Pleno de la CNJ el 18 de julio de 2024 tras la designación de Godoy?
Lo que (en esa ocasión) planteamos algunos jueces de la Corte fue que nos hubiese gustado, al menos de mi parte, que el presidente encargado (José Suing) explique las razones por las que incluyó a Godoy en la terna (que fue enviada al Cpccs). La máxima autoridad de la justicia es el Pleno de la CNJ y teníamos el derecho y la responsabilidad de conocer quién iba a estar al frente del ámbito administrativo de la Función Judicial.
P. En la reunión del 18 de julio se planteó como inquietud la existencia de supuestos vínculos políticos. ¿Se solventó la preocupación?
Lo expresamos, pero no afirmamos, ni aseguramos.
Iván Saquicela renunció al cargo de juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). En una entrevista con LA HORA, un día antes de que se oficialice su dimisión, anticipó que tiene que pensar en etapas y que su ciclo ha concluido.
DECISIÓN. Iván Saquicela, expresidente de la CNJ, se postulará para un cargo en las elecciones de 2025.
Planteamos como inquietud porque muchas personas hablaron de supuestos vínculos políticos, inclusive el doctor Álvaro Román (expresidente del CJ), en su momento, manifestó que habría existido un compromiso por parte de José Suing de no enviar la terna. Y que ese había sido un ofrecimiento. Luego se produjo la designación. Lo menos que podía hacer el doctor Suing es explicarle al Pleno de la CNJ y al país respecto de esos cuestionamientos que se hacían al titular de la Judicatura.
P. ¿Tras esa reunión, hubo alguna otra respuesta de Suing? ¿A qué puede lle -
var esa inconformidad que hubo en la Corte? De allí en adelante no conocemos nada más. Eso ya deberá responder, si así lo considera, el presidente encargado de la CNJ, y el presidente del CJ. Nosotros ya no tenemos más atribuciones sobre aquello, más que haber expresado nuestra preocupación. Creo que en el día a día del trabajo de la Judicatura tendrá que quedar en evidencia la independencia de la Función Judicial con la política.
P. ¿Debería haber el compromiso de que la designación de autoridades no sea política?
P. ¿Cómo ve el proceso para la designación de 10 nuevos jueces de la CNJ?
El país tiene que estar muy pendiente y expectante del concurso y las decisiones que se adopten, y a quiénes nombren. Tiene que primar la sensatez y la institucionalidad, y eso significa un concurso transparente, técnico, y seleccionar a los mejores. El país espera tener una Corte Nacional independiente y de personas preparadas.
P. ¿Considera que la administración del presidente Godoy llenará esas expectativas?
No podría hacer un juicio de valor. Yo creo que se han expresado las preocupaciones . Habrá que evaluar, no Iván Saquicela, sino el país, y la Función Judicial que evaluará y hará opinión con el paso de los días cómo son las actuaciones del señor Godoy y la Judicatura.
P. ¿Una vez que la CNJ esté conformada con 21 jueces titulares, el presidente José Suing debe llamar a sesión para elegir al presidente titular?
Sí, una vez nombrados los jueces se tiene que designar al presidente titular de la Corte . El encargo de José Suing terminará una vez que haya el número de votos necesarios (12 de 21) de jueces para elegir al presidente titular.
Si, creo que uno de los planteamientos fundamentales que debemos hacer a la interna de la Función Judicial es que debe evitarse cualquier injerencia de la política en la justicia . Esto no solo hará bien a la Función Judicial, sino al país. Si es que se han querido sembrar dudas respecto de la independencia de la Función, el presidente encargado de la CNJ y el presidente del CJ tienen que dar muestras al país de que se va a garantizar la independencia y el fortalecimiento de la justicia. Cuando existe independencia judicial coadyuva en la vigencia de los derechos de las personas.
P. ¿Usted se volverá a postular para presidir la CNJ? (Estas preguntas fueron formuladas a Saquicela un día antes de que se conociera su renuncia). No, yo no voy a postularme. En ese momento (e n enero de 2023 ) había muchos compañeros que me pedían que dé continuidad al trabajo, y no se dio. Creo que uno tiene que pensar en ciclos y en etapas, y mi ciclo ha concluido. Permítame decir, con mucho respeto, creo que las personas evaluarán la Corte que presidí, que además tenía mucha fortaleza institucional. Le dimos el sitial que corresponde al poder judicial. Los compañeros evaluarán el presente y proyectarán el futuro. (SC)
La inversión en Ecuador, tanto nacional como extranjera, se espanta porque el principal factor de inseguridad jurídica es una justicia corrupta e ineficiente. Con esto, los ecuatorianos pierden dinero y oportunidades de empleo.
Se estima que la ineficiencia y la corrupción judicial pueden reducir el crecimiento económico en un rango de 0,5% a 2% anual, dependiendo de la gravedad de estos problemas.
“Un país sin crecimiento económico no crea empleo. A veces, por ejemplo, se habla mucho de la creación de empleo , los políticos hablan de que van a generar empleo, pero sin un crecimiento económico fruto de la inversión, no hay empleo aquí ni en ninguna parte del mundo”, dijo Miguel González, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil a LA HORA. Según el Índice de Estado de Derecho 2023, elaborado por World Justice Project (Proyecto de Justicia Mundial, o WJP, por sus siglas en inglés), Ecuador está entre los países con peores sistemas de justicia del mundo
De un total de 142 países analizados, Ecuador está en el puesto 96. Desde 2015, se ha retrocedido del puesto 78 a estar cada vez más cerca del 100. En la región, ese nivel de retroceso es similar al de países como El Salvador, Méxi-
co, Bolivia y Venezuela.
Uno de los aspectos en donde Ecuador reprueba de manera más evidente es en el llamado ‘Ausencia de corrupción’, donde el WJP considera tres formas de corrupción: soborno, influencia indebida por parte de intereses públicos o privados, y apropiación indebida de fondos públicos.
El país está en el lugar 105, lo que significa altísima corrupción , lo que acerca a la justicia ecuatoriana a las realidades que viven Colombia, Moldavia, Irán, Zambia y Albania.
Todo este panorama, de acuerdo con Ismael Huerta, economista y consultor en temas de inversión, es una de las principales trabas para generar crecimiento y riqueza en el Ecuador.
“Una de las primeras cosas que pregunta un inversionista es si su dinero y sus inversiones serán respetadas, con reglas claras y sin cambios imprevistos, antes de ir a un país. En el caso de Ecuador, con jueces corruptos reuniéndose hasta con narcos, y donde se han descubierto hasta tarifas por
sentencias, se vuelve cuesta arriba la atracción de inversiones”, puntualizó.
Se pierden 240.000 empleos
Según informes como “Leyes y Finanzas”, del Banco Mundial; “Independencia judicial y desarrollo económico”, del Foro Económico Mundial; e “Instituciones y Crecimiento: el rol de la corrupción”, de la Universidad de Stanford, el impacto de una justicia corrupta e ineficiente hace que en países como Ecuador se pierdan entre $2.000 millones y más de $2.400 millones de Producto Interno Bruto (PIB) al año.
Si se toma en cuenta que un empleo formal y de calidad cuesta, de acuerdo con cálculos de la Cámara de Comercio de Guayaquil, $7.000 al año como mínimo, el resultado es que la economía ecuatoriana deja de generar más de 240.000 de esos empleos por tener unos de los peores sistemas de justicia del mundo.
En otras palabras, al día se dejan de generar, en promedio, más de 650 em-
Destino riesgoso para inversionistas Además, la justicia corrupta genera que, por lo bajo, se pierda entre el 20% y el 40% de la Inversión Extranjera Directa (IED) que podría venir al país, según el informe titulado “Efectos económicos de la corrupción judicial”.
Por eso, la economía ecuatoriana recibe más remesas (de migrantes que salen del país en busca de oportunidades) que los capitales extranjeros para inversiones y producción.
Para dar empleo a los casi 6 millones de ecuatorianos en la informalidad y el desempleo, se necesitaría una inversión de $42.000 millones, sin contar con inversiones adicionales en infraestructura, capital de trabajo, maquinaria de comercialización, mercadeo, etc.
pleos formales. Por eso, el Ecuador, con corte a junio de 2024, entre el subempleo, otras categorías de la informalidad y el desempleo, suma más del 61% de la Población Económicamente Activa (PEA).
Esto quiere decir que, en el mejor de los casos, más de 5,8 millones de personas tienen un trabajo precario con un ingreso promedio que oscila entre $198 y $268 al mes.
Ecuador solo produce $500 por habitante, cuando debería estar produciendo el doble o el triple.
“Esta es la receta para el desastre, porque nos financiamos de la exportación (precaria en muchos casos) de talento, debido a que es muy riesgoso invertir y hacer empresa en el Ecuador”, apuntó Huerta.
El presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil ha explicado que “aquí y en cualquier parte del mundo, solamente existen dos maneras de crear empleo: o las empresas actuales crecen y así van contratando gente, o tienen perspectivas de crecimiento e invierten para crecer porque ven que hay oportunidades; o la otra vía es cuando se crean nuevas empresas, nuevas actividades productivas o nuevos negocios, donde se contrata gente”.
En esas dos vías el país reprueba. Así, por ejemplo, la inversión societaria en Ecuador apenas sumó $243 millones en el primer trimestre de 2024. Mientras la IED solo registró $78 millones, o $26 millones al mes, entre enero y marzo de este año.
Asimismo, el monto de contratos de inversión aprobados ha pasado de $509 millones en el primer trimestre de 2018 a $190 millones en el primer trimestre de 2024. (JS)
Se propone que al menos 17 presidentes de la región acudan a la cumbre que se plantea en Panamá.
El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, propuso este 6 de agosto de 2024 la celebración en su país de una cumbre regional de presidentes para abordar la crisis de Venezuela tras las elecciones presidenciales del 28 de julio y las denuncias de fraude ante la proclamación de Nicolás Maduro como jefe de Estado reelecto.
“He solicitado al Canciller (panameño Javier) Martínez Acha que converse con sus homólogos del área respecto a invitar a una reunión de Presidentes (17) en Panamá para abordar tema de Vzla (Venezuela) y ensayar más acciones que apoyen la democracia y voluntad popular del hermano país. Espero y confío que sea acogida la propuesta próximamente”, dijo Mulino en un mensaje en su cuenta de X.
Mulino se sumó el pasado 2 de agosto al reconocimiento del candidato opositor Edmundo González Urrutia como el legítimo presidente electo de Venezuela, después de que el Centro Nacional Electoral (CNE)
CRISIS. Miles de venezolanos han organizado protestas contra los resultados de las elecciones presidenciales, donde se proclamó ganador y reelegido a Nicolás Maduro.
de la nación suramericana diera como vencedor a Nicolás Maduro en unas elecciones que Panamá considera “fraudulentas”.
Apoyo de Argentina
Este mismo martes, el Gobierno del presidente argentino, Javier Milei, consideró “interesante” la posible celebración de una cumbre latinoamericana sobre la situación en Venezuela tras las elecciones del 28 de julio, según indicó el portavoz presidencial, Manuel Adorni. Con el conteo del 96,87% de las actas transmitidas, se-
gún el balance presentado el viernes pasado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela, Maduro fue reelegido con el 51,95% de los votos, mientras que González Urrutia obtuvo el 43,18 % de los apoyos.
Sin embargo, la oposición mayoritaria, agrupada en la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), publicó en una página web las actas de los testigos de votación en “más del 80% de las mesas” que demuestran, según el antichavismo, que su candidato ganó los comicios por amplio margen , un resultado
Al menos siete países de la Unión Europea también se han pronunciado para pedir la publicación de las actas de votaciones presidenciales en Venezuela.
En la última reunión de la OEA (Organización de Estados Americanos), la abstención de Colombia hizo que no se alcanzara una resolución para pedir a Venezuela revelar las actas de votación de las elecciones presidenciales.
reconocido por países como Argentina, Estados Unidos o Perú, entre otros.
El chavismo, que también tuvo testigos en las mesas pero no ha divulgado actas, desestima esos documentos presentados por la oposición y no los considera válidos.
El lunes, el CNE entregó las actas de escrutinio al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que hará una revisión del resultado por el que Maduro fue proclamado ganador.
El ente electoral no ha publicado las actas que certifican la victoria de Maduro, como indica la normativa legal y cuyo tiempo para hacerlo ya venció.
En las manifestaciones civiles contra el “fraude” electoral denunciado por la oposición han muerto al menos 13 personas y más de 2.000 han sido detenidas. EFE
Tim Walz, la apuesta de Harris como
La vicepresidenta de Estados Unidos, Kamala Harris, formalizó este 6 de agosto de 2024 su candidatura demócrata a la Casa Blanca con la elección del gobernador de Minnesota, Tim Walz, como compañero de fórmula electoral para la vicepresidencia en caso de ganar en noviembre al republicano Donald Trump.
Harris y Walz eligieron a Filadelfia para su primera vez en público, en un mitin en la gran ciudad del estado clave de Pensilvania , tras haber construido una candidatura en tiempo récord, apenas dos semanas después de que el presidente, Joe Biden, renunciara a presentarse a la reelección.
Kamala Harris eligió como compañero de fórmula a Walz, de 60 años, considerado el favorito del ala más progresista del partido Demócrata.
Walz se impuso así al gobernador de Pensilvania, Josh Shapiro , y al senador de Arizona Mark Kelly, que estuvieron en la lista de finalistas. EFE
El tráfico de niños: ¿cómo estar alertas y ayudar en la prevención?
NELSON ORNA L.
Introducción: la potestad de revisión de actos nulos
A grandes rasgos se puede afirmar que las Administraciones públicas llevan a cabo las misiones encomendadas por la Constitución a través de la expedición de reglamentos y actos administrativos.
Por reglamento entendemos una disposición administrativa de carácter general; un cuerpo normativo que emana de la función ejecutiva, en ejercicio de su potestad reglamentaria. Los reglamentos regulan una materia determinada configurando con carácter general supuestos de hecho y consecuencias jurídicas. En esta línea de pensamiento, el artículo 128 del Código Orgánico Administrativo define el acto normativo de carácter administrativo.
Por acto administrativo entendemos, siguiendo la definición de Zanobini, una declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por una Administración pública en ejercicio de una potestad administrativa.1 Los actos administrativos aplican a un caso concreto una norma (como puede ser una Ley o reglamento) o un conjunto de normas. El artículo 98 del Código Orgánico Administrativo define el acto administrativo en los siguientes términos:
“Acto administrativo es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cual-
quier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo.”
Históricamente la relación entre las Administraciones públicas y los ciudadanos ha sido asimétrica: la Administración goza de privilegios de los cuales carecen los particulares. Uno de estos privilegios es la presunción de validez o legitimidad de sus actos; presunción iuris tantum, esto es, que admite prueba en contra.
Invalidez de un acto administrativo En otras palabras, cuando un acto administrativo afecta negativamente los intereses de una determinada persona, corresponde a dicha persona probar su invalidez, acudiendo a los medios de impugnación legalmente establecidos, conforme lo prevé el inciso segundo del artículo 106 del Código Orgánico Adminis-
trativo.
Existen dos categorías de invalidez, según el grado o magnitud en que esta circunstancia se manifieste: la anulabilidad, como grado mínimo; y, la nulidad plena, radical o absoluta, como grado máximo. Los vicios que el ordenamiento jurídico contempla como supuestos de nulidad plena consisten en infracciones de especial gravedad y carácter evidente, que atentan contra los principios fundamentales del sistema, encontrándose reservada a la ley la determinación de tales supuestos. La nulidad de pleno derecho puede dar lugar a la llamada “acción de nulidad”, que se ejercita sin límites de tiempo. Por el contrario, un acto simplemente anulable, que no se impugna en tiempo y forma, se convierte en acto consentido y firme.2
En términos similares se
pronunció la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia por medio de Precedente Jurisprudencial Obligatorio expedido mediante Resolución Nro. 341-2009 de 11 de noviembre de 2009, dentro del juicio contencioso administrativo Nro. 378-2007, al señalar:
“El acto administrativo (…) se ha de presumir legítimo y ejecutivo (…) salvo que se trate de un acto administrativo irregular, circunstancia en la que la presunción de legitimidad se desvanece por la existencia de vicios inconvalidables. (…) entendemos por acto administrativo regular aquell merecedor de la protección jurídica que se desprende de la presunción de legitimidad por no contener vicios inconvalidables, que ordinariamente se han de presentar de manera manifiesta. Son actos administrativos regulares aquellos respecto de los cuales no se
¿Es procedente, basada en principios constitucionales recoger en los fallos pruebas que cambiarían la resolución del Juez?
Los juzgadores están en la obligación de resolver la causa de acuerdo a las pruebas legalmente actuadas en el proceso; debiendo señalar que la carga de la prueba está definida en el COGEP y corresponde a quien alega un derecho o su improcedencia. Esto se desprende del Art.19 referente al principio dispositivo y el Art.27 respecto a la verdad procesal del COFJ.
Por principio general la carga de la prueba obligada a la parte que alega un hecho o derecho, y por el principio dispositivo, el juzgador fallará en base a la prueba legalmente actuada en el proceso; por excepción, el juzgador podrá disponer prueba de oficio, justificando su decisión.
Por lo tanto, el juzgador no puede hacer referencia o resolver en base a las pruebas que no estén debidamente actuadas en la causa; y solo excepcionalmente puede disponer prueba de oficio, con la debida motivación, suspendiendo su resolución hasta que se practique esa prueba. Ahora bien si en segunda instancia se observa que existe prueba no admitida o no valorada y esta circunstancia fue materia del recurso de apelación, los juzgadores pueden considerar dichas pruebas y como consecuencia de ello, confirma o revocar la sentencia subida de grado.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de
puede sostener una causa de nulidad prevista en la Ley.”
En efecto, tales supuestos excepcionales y expresamente previstos por la ley se encuentran sentados en el artículo 105 del Código Orgánico Administrativo. Por otro lado, el artículo 106 del cuerpo normativo en mención permite a las administraciones públicas anular de oficio actos administrativos mediante el ejercicio de la potestad de revisión.
El artículo 132 del Código Orgánico Administrativo: revisión de oficio
Particular atención merece el artículo 132 del Código Orgánico Administrativo, que faculta a la máxima autoridad administrativa, con independencia de los recursos previstos en el Código Orgánico Administrativo, en ejercicio de sus potestades impulsar el trámite de revisión de oficio de actos nulos. El texto de la disposición normativa es el siguiente:
“Revisión de oficio. Con independencia de los recursos previstos en este Código, el acto administrativo nulo puede ser anulado por la máxima autoridad administrativa, en cualquier momento, a iniciativa propia o por insinuación de persona interesada.
El trámite aplicable es el procedimiento administrativo. El transcurso del plazo de dos meses desde el día siguiente al inicio del procedimiento de revisión de oficio sin dictarse acto administrativo, produce la caducidad del procedimiento.”
Del mismo, se pueden extraer y comentar las siguientes ideas:
La revisión de oficio es un privilegio de la Administración Según Linde Paniagua, la revisión de oficio incluye: la revisión de disposiciones y actos nulos; la declaración de lesividad de actos anulables; la revocación de actos; y, la rectificación de errores.3 Es una técnica, o si se prefiere,
procedimiento especial, que permite a la Administración revisar sus actos, en contradicción a la doctrina de los actos propios, que rige plenamente para los ciudadanos, sobre todo en materia de recursos. Asimismo, su aplicación implica generar una colisión entre los principios de legalidad y seguridad jurídica, dando siempre prevalencia al primero sobre el segundo.
La revisión de oficio de actos nulos no es un medio de impugnación
No solamente el propio artículo 132 del Código Orgánico Administrativo lo aclara al categorizar esta técnica “Con independencia de los recursos previstos en este Código”; a su vez el Procurador General del Estado mediante pronunciamiento contenido en oficio Nro. 00982 de 05 de octubre de 2018, ante una consulta planteada por la Superintendencia de la Información y Comunicación, señaló que “De la norma transcrita se evidencia que el COA confiere a la revisión de oficio el carácter de potestad de la administración, diferenciándola de los recursos que la persona interesada puede interponer para impugnar los actos administrativos, entre ellos los que tuvieren vicios que provoquen su nulidad”
Para su ejercicio, es competente la máxima autoridad El texto normativo es claro. Sin embargo, dado que los artículos 68 y 69 del Código Orgánico Administrativo facultan a los órganos administrativos delegar el ejercicio de sus competencias, sin que su artículo 132 establezca una reserva expresa, no existe impedimento para que la competencia sea delegada. En este sentido no está de más aclarar que, conforme el artículo 71, numeral 1 del cuerpo normativo en mención, las decisiones delegadas se consideran adoptadas por el delegante.
Esta característica del procedimiento, interpretada a la luz del penúltimo inciso del artículo 219 del Código Orgánico Administrativo, según el
cual “El acto expedido por la máxima autoridad administrativa, solo puede ser impugnado en vía judicial”, daría a entender que, respecto de los actos administrativos expedidos por la máxima autoridad de cualquier órgano de la Administración pública, incluyendo las resoluciones administrativas que ponen fin al procedimiento de revisión de oficio de actos nulos, no se admite ningún tipo de impugnación en sede administrativa, quedando a los ciudadanos únicamente la vía de impugnación en sede judicial.
Es un procedimiento
excepcional
Comentando un pronunciamiento del Consejo de Estado español, Linde Paniagua afirma que “la Administración debe utilizar este procedimiento atendiendo a la finalidad para el mismo previsto, y no a otra ajena que exija otros cauces procedimentales. (…)
De manera que no es posible independizar la técnica de la finalidad para la que ha sido concebida. La finalidad de las normas limita el ejercicio de las técnicas administrativas”.4
En este sentido, partiendo de la presunción de legitimi-
Juicio No. 11314-2023-00177
dad y ejecutividad de los actos administrativos, recogida en el referido Precedente Jurisprudencial Obligatorio expedido mediante Resolución Nro. 341-2009 de 11 de noviembre de 2009, los supuestos para la anulación de pleno derecho de un acto administrativo deben revestir la cualidad de excepcionales y expresamente previstos por la Ley.
Se puede ejercer sin sujeción a plazo
En teoría, como la nulidad de pleno derecho engloba los vicios más importantes que pueden afectar un acto admi-
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PALTAS PROVINCIA DE LOJA. Paltas, martes 12 de diciembre del 2023, a las 10h17.
CITACION JUDICIAL
Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes, LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSE MIGUEL GONZALEZ TANDAZO; ROSA DOMITILA AGILA GONZALEZ y ALEXANDER VINICIO FLORES GONZALEZ, ISMENIA CESAREA GONZALEZ SANCHEZ, MARIA CORINA GONZALEZ SANCHEZ Y SERVIO JAIME GONZALEZ SANCHEZ. Conforme a los Arts. 56.1y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue:
ACTOR: FREDDY GIOVANNY ERAS DIAZ (APODERADO).
DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS CAUSANTES, LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSE MIGUEL GONZALEZ TANDAZO; ROSA DOMITILA AGILAGONZALEZ y ALEXANDER VINICIO FLORES GONZALEZ, ISMENIA CESAREA GONZALEZ SANCHEZ, MARIA CORINA GONZALEZ SANCHEZ Y SERVIO JAIMEGONZALEZ SANCHEZ.
OBJETO DE LA DEMANDA: PARTICIÓN CON OPOSICIÓN.
TRAMITE: SUMARIO.
CUANTIA: INDETERMINADA.
JUICIO NRO. 11314 - 2023 - 00177.
JUEZ: DR. JUANROSALINO ABADSANTIN.
AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE. - Paltas, viernes 21 de julio del 2023, a las 12h28. VISTOS. - Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258- 2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. - De clara y precisa se califica la demanda de PARTICIÓN DE LOS BIENES SUCESORIOS, dejados por los causantes LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSE MIGUEL GONZALEZ TANDAZ0, presentada por el señor FREDDY GIOVANNY ERAS DIAZ quien comparece en calidad de APODERADO de: TATIANA CECIBEL FLORES GONZALEZ, JOHANNA ELIZABETH FLORES GONZALEZ, MARIUXI JESSENIA FLORES GONZALEZ, DIANA PATRICIA FLORES CONZALEZ, ANA MARIA FLOREZ GONZALEZ, AMPAROSOLEDAD FLORES GONZALEZ, AMPARO SOLEDAD FLORES CONZALEZ y HUGO JOSEPH FLORES CONZALEZ; Así como los señores FANNY DORALIZA GONZALEZ SANCHEZ y YANETH BEATRIZ GONZALEZ SANCHEZ.- CITESE.- A los señores: MARICELA RAQUEL AGILA GONZALEZ; NARCISA ITSMENIA AGILA GONZALEZ, LIDIA MARIANA AGILA GONZALEZ, OSWALDO MARCOS AGILAGONZALEZ: MONICA MAGALY GONZALEZ CANAR, JAIME ROBERTO GONZALEZ CAGAR, JUAN PABLO GONZALEZ CANAR, KEVIN ANDRES GONZALEZ TANDAZO, JONELLY YARIKSA GONZALEZ TANDAZO y el menor ANTHONY DE JESUS GONZALEZ TANDAZO quien será representado por su madre la señora JENNY NANCY TANDAZO QUICHIMB0; LIZBETH CAROLINA EREZ AGILA y LESLY YASBTH PEREZ AGILA; ROSA DOMITILA AGILA GONZALEZ y ALEXANDER VINICIO FLORES GONZALEZ, estos dos últimos Cítese por prensa acorde al Art. 56 del COGEP; Así como herederos desconocidos y presuntos de los causantes LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSE MIGUEL GONZALEZ y por el fallecimiento de los Herederos ISMENIA CESAREA GONZALEZ SANCHEZ, MARIA CORINA GONZALEZ SANCHEZ Y SERVIO
JAME GONZALEZ SANCHEZ, se contará con sus hijos, acorde al Art. 58 del COGEP concédase el respectivo extracto. Para la CITACION. - Se Depreca a uno de los señores Jueces de Familia de los cantones: SANTAROSA provincia del Oro; QUITO provincia del Pichincha, en la forma que se ha solicitado en la demanda. Por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme al Art. 54 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Registro Oficial Nro. 517 de fecha 26 de junio de 2019.
CUENTESE. - en este proceso con el señor FREDDY GIOVANNY ERAS DIAZ, en Base al Poder Especial. CUÊNTESE. - Con el señor alcalde y Procurador Síndico del Municipio de Paltas, a quienes se los citará en sus despachos en esta ciudad de Catacocha, a fin de que tengan conocimiento sobre la pretensión de los comparecientes ya efectos que se cumpla con lo preceptuado en el Art.473 del COOTAD. CITESE.- En los domicilios señalados en la demanda a los herederos desconocidos de la causante LAURA FLORA SANCHEZ ERAS y JOSÉ MIGUEL GONZALEZ TANDAZO, CITESE, por la prensa local confórmelo dispuesto en los Arts. 56 Numeral 1 y 58del Código Orgánico General de Procesos, o de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2del Código Orgánico General de Procesos se dispone que la citación los herederos presuntos y desconocidos del causante por medio de: “Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio”- Sin perjuicio que las partes puedan hacerlo en uno de los diarios de la ciudad de Loja, que están habilitados, y se adjunte la captura de pantalla e impresión de la publicación digital con la certificación del representante legal del medio. - Téngase en cuenta la prueba presentada por el Actor, Documental y Pericial contenida en el Numeral 7 de su escrito de demanda, la cual se proveerá en audiencia: Debiendo la parte actora, presentar el Informe de factibilidad del inmueble a partirse conforme lo exige el Art. 473 del COOTAD. De conformidad a lo establecido en el Art. 146, inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja. - El Perito se lo designara en el momento oportuno. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. OTRA PROVIDENCIA. - Paltas, lunes 18 de septiembre del 2023, a las 12h17. De la revisión del proceso se desprende que se ha dispuesto inscribir la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Loja. - De conformidad al Art. 130.8 del COIF, de oficio se convalida el auto de aceptación a trámite de fecha 21 de julio del 2023, a las 12h28, contenido en Art. 114, en el sentido que la inscripción de la demanda se la efectúe en el Registro de la Propiedad del cantón Paltas. – NOTIFIQUESE Y CUMMPLASE. - FIRMA. - DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS.
Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Lo certifico. - EL SECRETARIO.
VACACELA MEDINA DIARIO FERNANDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL
nistrativo y por esta razón no es convalidable, existe un interés público que justificaría el ejercicio de esta manifestación extrema de la autotutela administrativa, para “purgar” el ordenamiento jurídico mediante la extinción de actos administrativos manifiestamente ilegales. Por ello, la norma prevé el inicio del trámite “en cualquier momento”.
No obstante lo señalado anteriormente, no procede contra actos administrativos firmes
Ahora bien, a pesar de lo dicho en el apartado precedente, el Código Orgánico Administrativo en su artículo 218 ha introducido en sus dos últimos incisos una limitación al privilegio de revisión de oficio de actos nulos, porque diferencia entre el acto administrativo que ha causado estado (que podría ser objeto de revisión de oficio de actos nulos por parte de la Administración; y, respecto del cual cabe impugnación por los ciudadanos a través del recurso extraordinario de revisión en sede administrativa o la presentación de una demanda en sede judicial); y, el acto administrativo firme, que no admite impugnación en ninguna vía, sea administrativa o judicial.
Al respecto, en el citado pronunciamiento contenido en oficio Nro. 00982 de 05 de octubre de 2018, el Procurador General del Estado afirma que: “Consecuentemente no procede ejercer la potestad de revisión de oficio, respecto de actos administrativos firmes, cuando la nulidad del respectivo acto administrativo hubiere sido ya materia resuelta por la justicia”.
Según el numeral 3 del artículo 218 del Código Orgánico Administrativo, el acto administrativo causa estado cuando respecto del mismo se ha interpuesto acción contencioso administrativa; en el mismo sentido el inciso final del artículo 232 preceptúa que “No procede el recurso extraordinario de revisión cuando el asunto ha sido resuelto en vía judicial (…)”.
Por lo tanto, las resoluciones administrativas expedidas por la máxima autoridad que ponen fin al procedimiento de recurso de apelación o de recurso extraordinario de revisión, sólo pueden ser impugnadas en sede judicial, mediante demanda presentada ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
Y, dado que el inciso final del artículo 300 del Código Orgánico Administrativo, preceptúa que la presentación de la acción contencioso administrativa extingue cualquier tipo de reclamo en sede administrativa, la Administración sólo podría ejercer su potestad de revisión de oficio para anular actos administrativos por motivos de legitimidad, en cualquier momento, siempre y cuando hayan causado estado y no hayan sido impugnados en sede judicial contencioso administrativa.
El procedimiento se inicia por propia iniciativa o por insinuación de persona interesada Evidentemente, un procedimiento de oficio se inicia por propia iniciativa. No es tan claro el procedimiento a instancia de una persona interesada, toda vez que el concepto jurídico “insinuación” es indeterminado.
¿Debemos interpretar que el concepto de insinuación es equivalente al de solicitud? Si fuera este el caso, análogo al de la legislación española conforme lo dispuesto en la Ley 39/2015, la Administración podría adoptar tres tipos diferentes de decisiones: admitir la solicitud a trámite; inadmitir la solicitud a trámite; o desestimar la solicitud por silencio administrativo.
¿Debemos interpretar que el concepto de insinuación es equivalente al de denuncia? Si fuera este el caso, de conformidad con el inciso final del artículo 187 del Código Orgánico Administrativo, la denuncia no es vinculante para iniciar el procedimiento administrativo.
¿Debemos entender el concepto de insinuación en su sentido natural y obvio, según
su uso general? Si fuera este el caso, quizá el más aconsejable, según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, la primera acepción de la palabra es “Acción y efecto de insinuar o insinuarse”. En lo que respecta a la palabra “insinuación”, son pertinentes en este análisis sus primeras dos acepciones: “Dar a entender algo sin más que indicarlo o apuntarlo ligeramente”; e, “Introducirse mañosamente en el ánimo de alguien, ganando su gracia y afecto”. Consecuentemente, la insinuación de revisión de oficio, por definición, a más de no ser vinculante, en el mejor de los casos sería facultativa.
Nuestra Ley prevé para su tramitación el procedimiento común
Aunque por definición la revisión de oficio de actos nulos es un procedimiento especial, que debería estar detalladamente regulado, el artículo 132 del Código Orgánico Administrativo en su inciso segundo dispone de modo somero que: “El trámite aplicable es el procedimiento administrativo.”.
Dado que el Libro III del cuerpo normativo en mención contiene los procedimientos especiales, a saber: procedimiento sancionador y procedimiento de ejecución coactiva, se infiere que para la tramitación de la revisión de oficio de actos nulos se aplican las normas generales contenidas en el Libro II del Título I, artículos 134 a 174; y, Título III, artículos 183 a 216 del Código Orgánico Administrativo.
El procedimiento está sujeto a caducidad Por tratarse por definición de un procedimiento iniciado por iniciativa propia de la Administración, de conformidad con el artículo 213 del Código Orgánico Administrativo, el trámite de revisión de oficio de actos nulos está sujeto a caducidad.
Autor: Abg. Nelson Orna L.
Contacto: ne.orna@outlook.com
1.Zanobini, G. (1954) Curso de Derecho Administrativo, I, trad. de la quinta edición italiana por Héctor Masnatta. Arayú.
2.Alenza García, J.F. (2017) Revisión, revocación y rectificación de actos administrativos. ARANZADI, p. 80
3.Linde Paniagua, E. (2016) Fundamentos de Derecho Administrativo. 6ta. Ed., EDIASA, p. 527
4.Linde Paniagua, ob. cit., p. 532
Juicio No. 11313-2021-00667
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO PROVINCIA DE LOJA. Saraguro, lunes 5 de agosto del 2024, a las 11h59.
CITACION JUDICIAL
Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ELIBERTO DE JESÚS ARMIJOS SALINAS y JULIA UBALDINA ARMIJOS JARAMILLO, como también a los herederos presuntos y desconocidos del fallecido HERNANDO LUDERIO ARMIJOS ARMIJOS, que en extracto es como sigue:
ACTOR: FAVIOLA DEL ROCIO ARMIJOS ARMIJOS
DEMANDADOS:
OBJETO: Inventario de bienes sucesorios.
TRAMITE: Voluntario
CUANTÍA: Indeterminada
JUICIO: Nro. 11313-2021-00667
JUEZ: Dr. Diego Fabricio Tixi Torres AUTO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO, PROVINCIA DE LOJA.- Saraguro, martes 16 de julio del 2024, a las 16h12. Vistos: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, por haber correspondido al suscrito por sorteo de ley: Calificación: En lo principal, por cumplir con las exigencias señaladas en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se considera que la demanda de inventarios de bienes sucesorios que antecede propuesta por FAVIOLA DEL ROCIO ARMIJOS ARMIJOS, es clara y completa, por lo que se la califica y se la admite al trámite del PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO establecido en el Art. 335 del indicado Cuerpo de Leyes; por lo tanto se declara abierta la sucesión intestada de los bienes hereditarios de quien en vida se llamaron ELIBERTO DE JESUS ARMIJOS SALINAS y JULIA UBALDINA ARMIJOS JARAMILLO, bienes de los cuales se formará el correspondiente inventario y avalúo de los mismos, a través del perito o peritos que resulten nombrados para el efecto conforme lo dispone el art 341 del COGEP. Cuéntese en el procedimiento con el compareciente. Cuéntese también con ILDA MARUJA ARMIJOS ARMIJOS, CARLOS ELIBERTO ARMIJOS ARMIJOS, SEGUNDO MANUEL ISAURO ARMIJOS ARMIJOS, WILSON ARMIJOS ARMIJOS, MARÍA TRÁNSITO ARMIJOS ARMIJOS, HEREDEROS DE HERNANDO LUDERIO ARMIJOS ARMIJOS en persona de GUADALUPE DEL ROCÍO ARMIJOS SIGCHO, WILSON MANUEL ARMIJOS SIGCHO, BAYRON ROLANDO ARMIJOS SIGCHO, FAUSTO HERNAN ARMIJOS SIGCHO, JULIA JANETH ARMIJOS SIGCHO, LOURDES ENITH ARMIJOS SIGCHO, JOHANA DALILA ARMIJOS SIGCHO, GLORIA ARACELY ARMIJOS SIGCHO, BORIS RENE ARMIJOS SIGCHO y KLERMO ARALTE ARMIJOS SIGCHO. Como también en contra de los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ELIBERTO DE JESÚS ARMIJOS SALINAS, JULIA UBALDINA ARMIJOS JARAMILLO y del fallecido HERNANDO LUDERIO ARMIJOS ARMIJOS, así como también con el señor Alcalde del cantón Saraguro, como también con el procurador síndico del mencionado GAD Municipal, con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja y al Director de la Subsecretaria de Tierras y Reforma Agraria MAGAP de Loja. Citación: a) A ILDA MARUJA ARMIJOS ARMIJOS se dispone citarla mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo, provincia de Loja; b) A CARLOS ELIBERTO ARMIJOS ARMIJOS, SEGUNDO MANUEL ISAURO ARMIJOS ARMIJOS, WILSON ARMIJOS ARMIJOS y MARÍA TRÁNSITO ARMIJOS ARMIJOS se dispone citarlos mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia San Antonio de Cumbe, cantón Saraguro, provincia de Loja; c) A GUADALUPE DEL ROCÍO ARMIJOS SIGCHO, WILSON MANUEL ARMIJOS SIGCHO, BAYRON ROLANDO ARMIJOS SIGCHO, FAUSTO HERNAN ARMIJOS SIGCHO, JULIA JANETH ARMIJOS SIGCHO, LOURDES ENITH ARMIJOS SIGCHO, JOHANA DALILA ARMIJOS SIGCHO, GLORIA ARACELY ARMIJOS SIGCHO, BORIS RENE ARMIJOS SIGCHO y KLERMO ARALTE ARMIJOS SIGCHO se dispone citarlos mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia San Antonio de Cumbe, cantón Saraguro, provincia de Loja; d) A los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ELIBERTO DE JESUS ARMIJOS SALINAS y JULIA UBALDINA ARMIJOS JARAMILLO, como tambien a los herederos presuntos y desconocidos del fallecido HERNANDO LUDERIO ARMIJOS ARMIJOS y posibles interesados en la pretensión de esta demanda se dispone citarlos a través de publicaciones que se efectuarán en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, por no contar con este medio en esta ciudad, en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP; e) Al señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Saraguro, se los citara en las direcciones del GAD Municipal, por intermedio del funcionario de citaciones de esta unidad judicial; f) Al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja y al Director de la Subsecretaria de Tierras y Reforma Agraria MAGAP de Loja , será citado mediante deprecatorio a enviarse a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja, ofreciéndole reciprocidad en casos similares, en las direcciones de dicha entidad. Oposición: A todos los demandados y a quienes se les ha ordenado citar se les previene la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial para sus notificaciones. Se tendrá en cuenta para realizar la oposición respectiva conforme lo previsto en la misma norma legal indicada. Anuncio de prueba: Téngase en cuenta la prueba que anuncian los accionantes para la audiencia respectiva. Procurador común: No se nombra procurador común por no haber necesidad procesal. Notificaciones: Tómese en cuenta también el domicilio judicial que señalan para recibir notificaciones, y la autorización que confiere a su defensor. Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados. Cítese y Notifíquese. Particular que dejo constancia para los fines legales consiguientes. Saraguro, 05 de agosto del 2024.
MOROCHO CELI DARWIN RENE SECRETARIO
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