5 minute read

Inversión privada será clave para construir Complejo Ambiental

El relleno sanitario del Ingano aguanta más. Se planea construir un complejo ambiental. El objetivo es transformar los desechos en recursos aprovechables y energía.

El relleno sanitario de Quito, construido en 2003 con una vida útil estimada de 20 años , ha alcanzado su punto crítico, poniendo de manifiesto la urgente necesidad de revisar y mejorar la gestión de residuos en la ciudad.

A medida que la infraestructura llega al final de su ciclo de vida , crece la duda sobre la capacidad de la ciudad para manejar las 2.500 toneladas de basura que produce diariamente.

Actualmente, solo un 0.7% de esta basura se recicla. Ese trabajo lo realizan gestores ambientales que trabajan de manera independiente, en condiciones precarias y peligrosas .

Nuevo infraestructura

El concepto de un complejo ambiental ha sido propuesto por el alcalde de Quito, Pabel Muñoz. Este proyecto busca atraer inversiones privadas internacionales . Los ganadores del concurso se encargarán de financiar, construir y operar el nuevo complejo.

El concurso internacional nace por la necesidad de obtener aproximadamente $200 millones para la inversión. La administración municipal carece de los recursos financieros para llevarlo a cabo.

En el actual sistema tienen una economía lineal. Donde el tratamiento de residuos, que incluye generación (por parte de la población), recolección y disposición en rellenos sanitarios, está siendo replanteado.

El Complejo propone un cambio hacia un modelo circular , que comprende la “ reutilización, reducción y reciclaje, transformando los desechos en recursos apro - vechables y energía”, explicó Santiago Andrade, gerente de la Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Emgirs EP). Además, dijo que, para la creación del nuevo complejo , se ha iniciado un proceso de expropiación en un área industrial cercana al Inga, que se espera se complete en septiembre u octubre de 2023.

A pesar de la gran escala de este proyecto, el Municipio espera poner en marcha el complejo ambiental en un plazo de 36 meses.

Plan de contingencia Mientras se inicia la construcción del nuevo complejo, se han implementado medidas de contingencia para abordar la saturación actual del relleno sanitario

Con el tiempo, los residuos depositados en los cubetos comienzan a hundirse a medida que se extrae el lixiviado. Aprovechando este fenómeno natural, se planea extender la utilidad de los cubetos existentes, permitiéndoles prestar un servicio continuo, a pesar de la limitación inicial.

Esta acción se realizará mientras se construye un nuevo cubeto y una piscina de lixiviados . Este proceso se estima que tomará 7 meses y albergará hasta 1.8 millones de toneladas de residuos , con una duración proyectada de 18 meses.

Sin embargo, esta iniciativa no está exenta de costos . El nuevo cubeto y la piscina tendrán una inversión de $5,2 millones.

Aunque ya se ha presentado el proyecto en el portal de contratación pública, la selección de una empresa para llevar a cabo la construcción aún no se ha concretado. Hasta este 8 de agosto, realizaron sus propuestas ocho empresas. Cuando se designe un ganador, este tendrá hasta 10 meses para entregar la obra.

El concurso del nuevo ‘cubeto 11’ está en proceso, y se ha llegado a un acuerdo con la empresa Duragas para construir una nueva piscina de lixiviados en un espacio proporcionado por esta empresa mediante un contrato.

CIFRAS

$200 millones es la prospección de costo del complejo ambiental.

$4,2 millones se invertirán en el plan de contingencia.

EL DATO

En el nuevo complejo se incorporarán a la planta los 350 recicladores, con los que ya trabajan de manera independiente.

Energía alternativa Hay diferentes formas de crear energías a base de residuos. Para el nuevo complejo ambiental, e n las centrales de transferencia sur y norte se pondrán bandas de separación de plásticos, cartón y materia orgánica.

Al realizar la separación se transporta al complejo ambiental . Ahí existirá otra planta de separación en la que se realizará dos trabajos:

1Instalación de compostaje : una planta de compostaje tratará la materia orgánica, produciendo compost de alta calidad para su aplicación en parques, jardines e incluso para la venta comercial. Este enfoque innovador tiene como objetivo mejorar la calidad del suelo y generar fuentes de ingresos alternativas.

2Proceso de Valorización Energética: se explorarán métodos de generación de energía a partir de residuos, incluyendo gas sintético, incineración y metanización. Los inversores privados jugarán un papel fundamental en este aspecto, transformando los residuos en energía que se puede vender a la red nacional, asegurando así un retorno de su inversión.

Esta compostera industrial no está exenta de críticas . Se ha demostrado que las composteras a gran escala tien en dificultades para separar adecuadamente los desechos.

“ Como alternativa, se sugiere la implementación de composteras barriales, como el exitoso ejemplo de la Fun dación Aluna en el parque La Carolina. La creación de compost no solo evitará malos olores, sino que también podría convertirse en una fuente de ingresos y empleo. Un camión de compost genera alrededor de $500, lo que no solo beneficia la economía, sino que también contribuye a la fertilización de los suelos locales ”, explica Andrés Campaña, concejal de Quito. (EC)

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: TUZA MERINO IRENE PAULINA

DEMANDADO: OJEDA POZO HECTOR SALOMON

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2023-00169

CAUSA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA.

TRAMITE: VOLUNTARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora TUZA MERINO IRENE PAULINA, Presentó una DEMANDA DE AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA, cuyo extracto es como sigue:

“…Tena, miércoles 26 de Julio del 2023, a las 11h25.- “… En lo principal, Conozco de la presente causa de Autorización de Venta de Bienes de Niñas, Niños, Adolescentes y de personas sujetas a guarda, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, en base al sorteo de ley.- SEGUNDO.- La demanda presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, conforme lo establece el inciso final del Art. 334 del mismo cuerpo legal invocado. Agréguese la documentación adjunta a la demanda, la cual se considerará en su momento procesal. II) CITACIÓN.- Conforme lo solicita la peticionaria en su escrito de demanda y por cuanto la actora ha declarado bajo juramento, en su libelo, el desconocer el domicilio o residencia del señor HECTOR SALOMON OJEDA POZO se lo citará en atención a lo previsto en el artículo 56 COGEP, numerales 1 y 2, esto es: a) A través de 3 publicaciones en el Diario “La Hora” con amplia circulación, que se edita en la ciudad de Quito, esto en armonía con el numeral 1 del artículo 56 del COGEP, para cuyo efecto la señora secretaria de esta judicatura elaborará los extractos correspondientes, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publicación se procederá conforme indica la ley, respecto de la contestación a la demanda; b) Respecto de la citación a través de uno de los medios de comunicación indica, que a la persona cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se ordena la citación al antes mencionado ciudadano HÉCTOR SALOMÓN OJEDA POZO con el contenido de la demanda, anuncio probatorio y este auto de calificación a través de 3 MENSAJES, que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, mensajes que serán reproducidos por la Radiodifusora señalada por la compareciente en su escrito de demanda, esto en armonía con el numeral 2 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual la señora secretaria de esta Judicatura elaborará los respectivos extractos, y a partir de la fecha de la última transmisión, se procederá conforme indica la ley respecto de la contestación a la demanda. Se indica a la actora que deberá cumplir completamente, lo que determina la disposición legal mencionada en el numeral 2 del artículo 56 del COGEP…”. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE”. Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ. LO CERTIFICO.

This article is from: