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Extractos

CITACIÓN JUDICIAL

A: Marcelo Fernando Pozo Jurado

ACTOR : Angel María Viveros Chiriboga y Miguel Angel Viveros Espinoza

DEMANDADO : Consejo de la Judicatura y otros

JUICIO: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO No. 17811-2015-01914

TRAMITE : PREVISTO EN EL CAPITULO IV DE LA LEY DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVA.

OBJETO : Que en sentencia se declare la responsabilidad civil del Estado y como efecto de esa declaratoria se proceda a indemnizar a los señores Angel María Viveros Chiriboga y Miguel Angel Viveros Espinoza en la cantidad de 50.000.000,00 (cincuenta millones de dólares americanos)

CUANTIA: La cuantía es de 50.000.000,00 (cincuenta millones de dólares americanos)

DOMICILIO DE ACTOR: CASILLA JUDICIAL No. 277 DEL PALACIO DE JUSTICIA DE QUITO.

PROVIDENCIAS:

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO

099-787-8732 artículo 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, y deducir las excepciones de las que se crea asistido. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, se les concede a los accionantes el término de cinco días para designen procurador común en la presente causa. Téngase en cuenta la designación conferida por los accionantes a favor de los doctores Raúl Rodríguez Alarcón y Rosa Chuquimarca; y del abogado Jorge Alfredo Viveros.- Notifíquese.- Cítese f.).- DR. HENRY PAÚL AGUAYZA RUBIO, JUEZ DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO NO. 1.- Quito, miércoles 6 de enero del 2016, las 14h19, Como alcance al auto de calificación de fecha 06 de enero de 2016, las 14h02; y en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de la Procuraduría General del Estado, cuéntese en la presente causa con el Procurador General del Estado.- Notifíquese.Cítese.- f.).- DR. HENRY PAÚL AGUAYZA RUBIO, JUEZ DE SUSTANCIACIÓN TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO

ConVoCatoRia

P-245267-MIG

ADMINISTRATIVO NO. 1.- Quito, miércoles, 6 de enero del 2016, las 14h02. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No. 1 con sede en la ciudad de Quito. Agréguese al proceso el escrito de complemento de la demanda de fecha 04 de enero de 2016 presentado por los accionantes. En lo principal, el complemento y su demanda propuesta por ANGEL MARÍA VIVEROS CHIRIBOGA y MIGUEL ANGEL VIVEROS ESPINOZA, por sus propios derechos en contra del CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA, en la persona del doctor Gustavo Jalk, se la califica de clara y completa. En consecuencia, se ordena que se la tramite en la forma establecida en el Capítulo IV y más normas pertinentes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa con las modificaciones contempladas en el Código Orgánico de la Función Judicial, debiendo citarse al demandado con el contenido de la demanda y esta providencia en el lugar designado para el efecto en el libelo inicial, quien tendrá el término de veinte días para contestar la acción planteada de conformidad con lo previsto en el

ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de mayo del 2017, las 16h22. Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica, Delegada del Director del Consejo General de la Judicatura; atendiendo el mismo, cítese a los ex servidores: Dr. Edgardo Lara Averos, Dr. Oliver Barba Indarte, Sr. Marcelo Pozo Jurado, Sr. Marcos Carrasco Valarezo, Dr. Enelio Jaramillo y Dr. José García Puma en los lugares señalados para el efecto en el escrito que se provee, quienes tendrán el término de 20 días para contestar la demanda, proponer las excepciones de las que se crean asistidos y señalar casilleros judiciales y correos electrónicos para recibir futuras notificaciones.

…. NOTIF ÍQUESE. .- f.).- DR. HENRY PAÚL

AGUAYZA RUBIO, JUEZ DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA . Quito, martes 14 de marzo del 2023, a las 09h14. Agréguese al proceso el escrito que antecede; en atención al mismo y al estado proceso que decurre, se considera: Por cuanto el Dr. ÁLVARO FRANCISCO ROMÁN MÁRQUEZ, en calidad de presidente temporal del Consejo de la Judicatura, ha declarado bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del señor MARCELO FERNANDO POZO JURADO y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarlo, como acudir a los registros de público acceso, conforme se verifica del acta que obra del proceso de fojas 309; y, con el fin de garantizar el derecho a la defensa establecido en el numeral 1 y los literales a), b), c); y, g) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador y el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, tutelando el derecho al debido proceso, se ordena que de conformidad a lo ordenado en el Art. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE POR LA PRENSA mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de mayor circulación nacional al señor MARCELO FERNANDO POZO JURADO, para que comparezcan a juicio, conteste la acción planteada, en el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS conforme término de quince, conforme lo ordenado en el art. 34 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; término de quince días que comenzará a transcurrir finalizados los veinte días desde la última publicación.- Debiendo por Secretaría entregarse a la parte actora el extracto correspondiente de forma inmediata.- De conformidad al artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, se indica que las firmas electrónicas contenidas en el presente decreto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.-Notifíquese y cúmplase. f) ABG.

MARÍA CECILIA DELGADO ALCIVAR.-JUEZA DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PONENTE) Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal del D.M. de Quito y correo electrónico.

DR. LUIS VICTOR ANDRANGO ROMERO SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello.

P-245269-MIG

Se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO LA CONCORDIA MULTITRANSCORD SA, a la Junta General Ordinaria de carácter obligatoria, a celebrarse el día lunes 5 de junio 2023, a las 19:00, en las instalaciones de ferretería

Megahierro By Pass Puerto Quito Junto al cuerpo de Bomberos La Concordia., para tratar los siguientes puntos:

1. Constatación del Quórum.

2. Nombramientos administradores de la compañía nota.- En caso de no existir el quórum estatutario a la hora señalada en la convocatoria, la asamblea general se instalará una hora después con los socios presentes.

Atentamente,

Ing. Lisbeth Campoverde Abg. Manuel Vera GERENTE GENERAL PRESIDENTE

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