Agentes de

En Santo Domingo hay 294 agentes de tránsito y, según los representantes de la empresa de Transporte, más del 50% ha estado involucrado en presuntos actos corrupción. El alcalde
Wilson Erazo advirtió que devolverá las competencias en caso de que continúen las quejas ciudadanas. 03
La menor, de apenas dos años, desapareció el 18 de julio de 2022, pero no existe un pronunciamiento oficial sobre lo que ocurrió ese día. Para este año está prevista la reconstrucción de los hechos, aún no hay una fecha específica.
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Nueva Acrópolis Santo DomingoDirectora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano
Editora Santo Domingo de los Tsáchilas: Lorena Melo Mieles Redacción: lmelo@lahora.com.ec Publicidad: 099 787
Editor Los Ríos: Marco Campos Coro Redacción: editorlosrios@lahora.com.ec
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
El ser humano es ético por naturaleza, no tiene opción, es decir, dejar de ser ético es dejar de ser humano. El ser humano puede elegir, y siempre lo estamos haciendo, eso no sucede con una roca, un árbol o un animal; y nuestras decisiones o acciones siempre tienen un resultado o consecuencia, pero, como estas no se ven de manera inmediata no las asumimos con responsabilidad.
A nivel físico es tan fácil ver esto, como cuando lanzamos una pelota de goma sobre una pared, esta retorna con la misma fuerza y velocidad con que la lanzamos, tiene una acción y una respuesta o reacción. Una semilla que ha caído en la tierra, en un lapso de tiempo, empezará a surgir. No la vemos, no sabemos qué sucede bajo la tierra, pero llegado el momento, la veremos salir. De la misma manera, nuestras acciones emocionales y mentales, en algún momento dejarán ver sus consecuencias. Todos nuestros actos tienen un resultado, una consecuencia, un fruto tanto en lo físico como en lo más sutil.
En algunos casos, estas consecuencias se verán de inmediato, pero en otras, el tiempo traerá los frutos. Los filósofos de Oriente y Occidente que estudiaron esto y que asimilaron con gran sabiduría, nos dejan lecciones de vida en base a principios de armonía, equilibrio y justicia, que se puede ver presente en toda la naturaleza; si se dieran actos impunes, viviríamos en un mundo sin justicia, pero, esto, no es así. No existe un acto que no genere, tarde o temprano consecuencias, porque existen leyes naturales, existen principios atemporales de justicia, bondad, belleza y verdad.
Reflexionar las consecuencias de nuestros actos y hacer que nuestras decisiones no sean obligadas o convenientes, sino, saber elegir siempre de la mano de lo correcto, hace que caminemos a ser mejores seres humanos.
Los ecuatorianos tenemos miedo. Sin embargo, distintas instancias del Estado intentan convencernos de que estamos equivocados.
Una y otra vez, nos recuerdan los cientos de toneladas de cocaína que se han incautado en los últimos dos años y que la ola de violencia es la consecuencia. Sin embargo, esas incautaciones —que suman apoyo internacional y suben el precio de la droga en terceros países— poco ayudan a la inmensa mayoría que vive bajo la tiranía del crimen.
Los asesinatos se han sextuplicado en cinco años, pero intentan convencernos de que acaecen solo entre bandidos, cuando a diario matan, secuestran y extorsionan a personas inocentes, hay incluso conductores escopolaminados en plena revisión vehicular. Mientras más se eleva el perfil del delito, más rápida parece la respuesta; pero, por cada caso sonado, decenas quedan en la impunidad aupados por el silencio que reco-
Las calles se llenan de agentes en feriados y fin de mes, asoman en cada esquina, multando por contravenciones menores; en las noches, las calles se quedan vacías.
Desesperada, la ciudadanía reclama seguridad y denuncia zonas en franco abandono. Los gobiernos, nacional y seccionales, la Asamblea, los jueces y fiscales se culpan entre ellos y, de paso, al Consejo de la Judicatura, al de Participación y a quienes votaron por el ‘No’.
Pretender casa afuera que la crisis no es “tan grave” incrementa la sensación de inseguridad y desamparo. Así como el Gobierno transparenta sus cifras económicas y renueva su política de comunicación, debe hacer lo propio en materia de seguridad.
Ecuador desciende hacia la violencia que, hace un par de décadas y tras crisis parecidas, vivieron las ciudades mexicanas y brasileñas. Quizá aún se puede evitar.
Una de las características definitorias del ser humano es que se trata de un animal provisto de capacidad para razonar sobre sus ‘tentaciones’ emocionales, imponiéndose la razón como la base sobre la cual se sustenta su comportamiento en el mundo que se despliega frente a él. Por esto nos consideramos como un animal racional Cuando hablamos de impulsividad, nos referimos a la tendencia a reaccionar de forma precipitada o no meditada ante una situación externa, sin pensar sobre las consecuencias a largo plazo. Es la ejecución de una conducta incitada por las emociones sentidas en el momento, lo que lleva a un bajo control sobre dichas acciones y, en muchos casos, a sentimientos de culpa o arrepentimiento Los adolescentes no se inclinan a evaluar las consecuencias de sus actos, actuando principalmente por una ‘recompensa’ inmediata. En esta etapa, es importante poder identificar cuándo dichos impulsos desarrollados o normales se vuelven disfuncionales, afectando diversas áreas vitales, para poder trabajar temprano en el problema. En algunos casos puede presentarse como una condición aislada, mientras que en otros puede ir acompañada de condiciones psicológicas más o menos relacionadas. Otra característica de las personas impulsivas es que tienden a consumir alcohol, drogas o estupefacientes , lo que puede aumentar su agresividad y causar más conflictos a la hora de adaptarse a diferentes situaciones.
Tiene como consecuencia que, ante cualquier error o fracaso resultante de la propia acción apresurada, la persona se sienta incapaz de continuar esforzándose para darle la vuelta a la situación. Este hecho se asocia a la dificultad para tolerar la frustración, la cual se vive como un estímulo difícil que se afronta de forma acelerada mediante una conducta de escape activo. Es decir, este abandono no es más que una nueva expresión de tensión emocional de los desaciertos.
En conclusión, hablamos de la extroversión y buscar experiencias nuevas; de cuando el corazón decide y el cerebro no justifica.
nará” la batalla. Lo que es malo para unos puede ser bueno para otros y al revés. La polarización exacerbada permitirá sacar de la agenda pública los problemas más graves del país. Los más necesitados son los que terminan pagando “los platos rotos”.
social que abre la puerta falsa del populismo. La experiencia histórica latinoamericana, por ejemplo, nos deja la lección de que una vez en el poder, no defiende los límites al Poder Ejecutivo.
compendio de los sucesivos y contradictorios errores de los médicos”. No podemos pensar que la libertad y la democracia son para toda la vida.
La cuestión no debería ser quién desde el Gobierno o desde la oposición “ga-
Un gobierno fiscalmente más débil y políticamente frágil, junto al aumento de la pobreza y la desigualdad, es una combinación que ya ha demostrado ser la semilla de una inquietud
Al contrario, se transforma en una concentración del poder. Puesto que el poder es ahora del pueblo, el modo de profundizar la democracia, según esta ideología, es dar poderes más fuertes y excluyentes, a los nuevos dueños del poder. La medicina es, en efecto, “un
En Ecuador, el tiempo de lo político parece correr cada vez más rápido y, casi sin margen de maniobra, se suman coyunturas con consecuencias inmediatas, con su intoxicación de ideas utópicas, masoquistas, arcaicas, autoritarias o, por decir lo menos, poco útiles. Para la mayoría silenciosa vivir en una amenaza
constante es lo habitual. Por supuesto, las cosas siempre son susceptibles de empeorar. Nos manejamos en términos de ‘ganadores’ y ‘perdedores’. Una lamentable situación en la que no hay salida para nadie. Las condiciones políticas rara vez han sido tan desfavorables. Cualquiera que sea el giro de los acontecimientos, uno u otro bando tendrá que resignarse a la derrota. Aunque, en realidad, el gran perdedor es ese ‘pueblo’ al que con demagogia y cinismo dicen defender.
Un asunto de cinismo y demagogia
Hay 294 agentes en Santo Domingo.
Según la EPMT, más del 50% se han visto involucrados en actos negativos.
Los Agentes Civiles de Tránsito están en la mira de las autoridades municipales de Santo Domingo, quienes incluso advierten con devolver las competencias a la Policía Nacional en caso que continúen las quejas ciudadanas. El problema tomó fuerza hace dos semanas. El alcalde Wilson Erazo públicamente ha manifestado que los reclamos por presuntos actos de corrupción son cotidianos y aseguró que van a tomar correctivos de manera definitiva.
uniformados.
Erazo también indicó que podría hacer un tipo de consulta popular para que los santodomingueños decidan si continúan o no los agentes civiles.
el dato Los operativos autorizados únicamente son aquellos que se hacen en conjunto con las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
“Voy a buscar en ley que no se emitan citaciones y no me persigan a la gente porque las cosas están mal” , expresó el burgomaestre en referencia al accionar de los
“Como la potestad me asiste de pronto firmo un convenio con la Comisión de Tránsito del Ecuador y voy a devolver las competencias si las cosas persisten”.
Silencio
Los uniformados están inconformes por el pronunciamiento de la autoridad municipal, pero indican que ellos únicamente hacen cumplir la ley de tránsito
“Disgusta escuchar esas expresiones, sentimos que nos están dando la espalda y nosotros únicamente sali-
° Están a la espera de la autorización del Ministerio del Interior para evaluar a los agentes civiles de tránsito de acuerdo a los establecido por el Coescop. Entre las pruebas consta el polígrafo.
mos a trabajar. Los comentarios negativos siempre van a existir, pero no todos son reales”, expresó un uniformado.
Pronunciamiento
Héctor Fiallo, gerente de la empresa pública municipal de Transporte (EPMT) en Santo Domingo, detalló que desde el 2022 hasta la fecha registran 170 agentes con procesos de asuntos internos por estar involucrados en presuntos actos de corrupción.
“De ellos cinco fueron sancionados con suspensión de un mes y los otros continúan en proceso porque un sumario administra-
Algunos niños en situación vulnerable tendrán nuevos hogares de manera temporal en Santo Domingo de los Tsáchilas, hasta que mejore su situación y reinsertalos en su núcleo familiar.
La fundación Acción Social Caritas (Fasca) habilitó nuevamente el programa ‘Acogimiento Familiar’ , cuyo objetivo principal es apoyar a menores de edad que presentan problemas en sus hogares.
Actualmente se hace la selección y calificación de aproximadamente 18 familias que harán parte del
proyecto, quienes se encargarán de cuidar a los involucrados por un tiempo determinado.
Danilo Dávila, coordinador del programa, explicó que mantienen un convenio con el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) para brindar acogimiento familiar a 15 niños.
el dato
El proyecto se paralizó en el 2011.
rante el tiempo que fueron parte de las familias acogientes en la localidad. Génesis Intriago es una de las profesionales que hace parte del equipo técnico y explicó que se hará seguimiento de cada caso para garantizar el bienestar de los beneficiarios.
Testimonio
Gonzalo Yépez y su esposa
Teresa Paredes participaron en el lanzamiento para contar la experiencia vivida du-
Detalló que las familias postulantes pasaran por un estudio social y psicológico para saber si son idóneas. Posteriormente serán capacitadas sobre el rol a cumplir dentro de esta obra social. (JD)
tivo toma un promedio de seis meses”, explicó el funcionario.
Las cámaras entregadas como dotación a los uniformados no terminaron con el problema , según Fiallo buscan mecanismos para
recibir coimas económicas. “Un señor que vino a presentar la denuncia dijo que sí estaban con las cámaras, pero no hablaban, sino que escribían en el teléfono para leer”, acotó el gerente. (JD)
Este sábado 18 de marzo de 2023 se cumplen ocho meses de la desaparición de Gislaine Guadalupe Ortiz Rodríguez, conocida por todos como ‘Lupita’.
En todo este tiempo aún no existe un pronunciamiento oficial sobre lo que pasó esa tarde en el recinto El Topadero, perteneciente al cantón El Empalme, provincia del Guayas.
Para todos es un misterio este lamentable hecho. En la humilde vivienda que vivía la menor solo está su padre, abuelo y primo, este último la cuidaba el día que desapareció, mientras que de su madre y tío (también estaba a cargo de ella) se sabe muy poco. Su abuela materna viaja hasta esta localidad los fines de semana, labora de lunes a viernes en Quevedo.
Las investigaciones están a cargo de la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros, Dinased, cuyas oficinas están ubicadas en la Unidad de Flagrancia, en la vía Guayaquil.
Allí se informó que para este año está prevista la reconstrucción de los hechos, pero aún no hay una fecha concreta, también se esperan los resultados de las pruebas periciales como la de luminol que dio positiva en los alrededores de la casa y la recuperación de la información de los te-
léfonos celulares de la familia, pues se habría borrado toda la información que contenía.
Se hizo conocer que las averiguaciones apuntan a que la menor desapareció dentro de su círculo familiar y que ninguna persona ajena tendría nada que ver.
Los hechos
El 18 de julio de 2022 la madre de ‘Lupita’, salió a estudiar como todos los días al recinto Pedro Vélez Morán antes del mediodía, la menor quedó a cargo de su primo (en ese entonces de 13 años de edad) y del papá de él.
Según el relato, ambos hombres se quedaron dormidos cerca de las 14:30 y no fue hasta pasadas las 16:00 que se percataron que la menor ya no estaba en el lugar.
Fue allí que se encendieron las alertas e inició la búsqueda por parte de la familia, vecinos, autoridades, organismos de socorro y de seguridad y ciudadanía en general.
Unidades especializadas de la Policía Nacional de Quevedo y Guayaquil también arribaron al lugar con buzos, drones y canes amaestrados, pero todo fue inútil, no se halló ninguna evidencia.
Solo se encontró ropa de la niña botada entre la basura a pocos metros del río Daule (ubicado a 10
minutos de la vivienda de ‘Lupita’, la familia argumentó que se trata de prendas de vestir en mal estado que la menor ya no utilizaba. Se organizaron masivas búsquedas en varias ocasiones, pero tampoco hubo resultados.
No fue sino hasta cinco meses después que se hallaron las botas de ‘Lupita’, a unos 15 minutos de su hogar, en el sector conocido como La Zapatilla. El hallazgo se dio por casualidad el martes 13 de diciembre del 2022, así lo manifestó Luis Saltos, el hombre que las encontró.
Las botas fueron llevadas por agentes de la Policía Nacional bajo la custodia respectiva ya que forman parte de las evidencias. Por ahora solo queda esperar y que la niña aparezca con vida. JO
5 Meses Después se encontraron las botas de la niña.
EL DATO
El recinto El Topadero está situado a más de una hora del centro de El Empalme, es un terreno montañoso.
Uno de los sectores que representa mayor conflictividad para El Empalme, provincia del Guayas, es la 29 de Octubre.
Según sus habitantes, por allí transitan quienes huyen luego de cometer algún algo ilícito ya sea en el centro del cantón o en las comunidades aledañas.
María V., moradora por más de 20 años , comentó que para ellos ya no es novedad observar la manera en la que pasan los motociclistas a exceso de velocidad seguidos por sus víctimas o por la Policía.
“Aquí es café, almuerzo y merienda lo mismo, hasta cierto punto uno se acostumbra a esta situación, por ejemplo, en mi casa cerramos la puerta temprano, así evitamos que alguien se meta y le haga daño alguien de mi familia”, dijo.
Agregó que los agentes policiales pasan a cada rato, por lo que también se sienten más tranquilos.
Otro de los habitantes Mario Mendoza, señaló que esta cooperativa tiene accesos a estos populosos lugares por lo que es fácil que alguien se haga “humo”.
“Por aquí hay salida hacia todas partes, las carreteras se prestan para que los delincuentes huyan, solo basta conocer para escapar e irse lejos“, sostuvo. El sector 29 de Octubre tiene acceso directo a la cooperativa de vivienda La Independencia, sectores El Hospital y Caspicara y el centro del cantón, se suman extensas propiedades agrícolas.
El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica en calidad de Autoridad Ambiental Competente y EP Petroecuador, como Operador del proyecto: “ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST POLIDUCTO SANTO DOMINGO – PASCUALES”, ubicado en la/s provincia/s de Gu ayas, Los Ríos y Santo Domingo de los Tsáchilas, en cumplimiento a lo estipulado en Código Orgánico del Ambiente, Decreto Ejecutivo 1040, Reglamento de Participaci ón Establecidos en ley de Gestión Ambiental y Acuerdo Ministerial No. 103, Instructivo al Reglamento de Mecanismos de Participación Social, invitan al público en general y en especial a los moradores de las comunidades Maculillo, San Jacinto de Buena Fe, La Soledad, Limones, Pambilar, Las Piedras, Nueva Zulema, Guayacanes, Sonia María, Holandesa, El Descanso, Bijual, Amazú, Patricia Pilar, Hacienda Ila, La Primavera, Luz de América, San Andrés, 19 de Noviembre, Nuevos hori zontes, Santo Domingo, San Ramón (La Yuca), Santa Elena, Brasilia, El Zapallo, Recinto La Guayaquil, La Clemencia, San Perico, Río Congo (Canales), Monserrate, Cooperativa 2 de Junio, San Jacinto, Bella Aurora, El Porvenir, Santa Marianita, La Felicidad, Bella Trinidad, Tierras Abandonadas, Macul, La Virginia, Quevedo , La Estrella, Guayaquil, Villa Bonita, Victoria, Nobol, Isidro Ayora, Lomas de Sargentillo, Las Cañas, Bufay, El Paraíso, La Sirena San Jacinto, La Balsa Recinto Las Lomas, Colimes, Santa Rita, Puerto Rico, Desvío de Colimes, Balzar, La Guadalupe, El Ma nantial (El Guasmo), Santa Rita, San Vicente, correspondientes a los cantones de Santo Domingo, Buena Fe, Quevedo, Mocache, El Empalme, Balzar, Colimes, Santa Luc ía, Lomas de Sargentillo, Isidro Ayora, Nobol y Guayaquil, pertenecientes a las provincias de: Santo Domingo, Los Ríos y Guayas a participar en el:
PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST DEL PROYECTO “ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST POLIDUCTO SANTO DOMINGO – PASCUALES”
Asambleas de Presentación Pública:
Índices delictivos
Por su parte, Patricio Jarrín, jefe de Operaciones de la Policía Nacional, distrito El Empalme, dio a conocer que los operativos en estas zonas son constantes ya que se encuentran georreferenciadas como de mayor conflictividad.
Cantón: Quevedo Parroquia: Quevedo
Operador del proyecto: “ESTUDIO ayas, Los Ríos y Santo Domingo de los ón Establecidos en ley de Gestión lamento de Mecanismos de Participación Social, invitan al público en general y en especial a los moradores , Las Piedras, Nueva Zulema, Guayacanes, Sonia María, Holandesa, El zontes, Santo Domingo, San Ramón Jacinto, , La Estrella, Guayaquil, Villa Bonita, , Puerto San Vicente, correspondientes a los cantones de Santo Domingo, Buena Fe, Santo
Salón Simón Bolívar del GAD Municipal de Quevedo Calle: Edmundo Ward
Centros de Información Pública Fijos e Itinerantes y Recepción de Observaciones: El Estudio de Impacto Ambiental estará disponible en los siguientes links: http://maecalidadambiental.wordpress.com y https://www.eppetroecuador.ec/?p=14919, así como también en los Centros de Información Pública, localizados en:
Provincia, Cantón, Parroquia Lugar - Dirección Fechas Hora de atención
Provincia: Los Ríos Cantón: Buena Fe Parroquia: San Jacinto de Buena Fe
Provincia: Santo Domingo de los Tsáchilas Cantón: Santo Domingo de los Colorados Parroquia: Luz de América
Indicó que el trabajo que realizan les ha permitido disminuir los índices delincuenciales en el cantón en comparación al 2022, así por ejemplo hasta febrero del año pasado estaban registradas 12 muertas violentas, mientras que hasta el cierre de esta edición (14 de marzo de 2023) habían cuatro. En cuanto al resto de delitos expresó que también se han reducido.
Provincia:
Bajos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Buena Fe Del
Del 29 de marzo al 04 de abril de 2023
Bajos del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Luz de América
09:00 am - 16:00 pm
de marzo 2023
Provincia: Guayas Cantón y parroquia: Colimes Desvío de Colimes (tienda) 01 y 02 de abril de 2023
Provincia: Guayas Cantón y parroquia: Colimes GAD Municipal Colimes 03 y 04 de abril de 2023
Provincia: Guayas Cantón: Balzar
Parroquia: Balzar Bajos del GAD Municipal de Balzar 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de marzo de 2023
Provincia: Guayas
Cantón: El Empalme Parroquia: Velasco Ibarra Bajos del GAD Municipal El Empalme 25, 29, 30 y 31 de marzo de 2023
Provincia: Los Ríos
Cantón: Quevedo Parroquia: Quevedo. Bajos del GAD Municipal Quevedo
Pueden acceder al video explicativo del proyecto en el siguiente link: https://youtu.be/3smqZqOEm_c
01 al 04 de abril de 2023
Los comentarios y observaciones se receptarán en los Centros de Información Pública mencionados, además podrán dejar sus come ntarios a los correos electrónicos m.tupiza.facilitador.mae@gmail.com b.robalino.facilitador.mae@gmail.com j.macias.facilitador.mae@gmail.com , facilitadores ambientales designados por el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, hasta el día 04 de abril del 2023.
ntarios a los correos electrónicos , facilitadores ambientales designados por el
Agradecemos su participación
Esta zona está georreferenciada como conflictiva en El Empalme, por allí circulan a diario los buses interprovinciales.TEMOR. Este sector es de gran afluencia vehicular en el cantón.
EMPRESA
CONVOCATORIA
INVITACIÓN A PERSONAS NATURALES, CONSORCIOS O COMPROMISOS DE CONSORCIO, EMPRESAS NACIONALES E INTERNACIONALES A PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO PARA “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST CON EL OBJETO DE REALIZAR TRABAJOS COMPLEMENTARIOS PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LAS PILETAS MUNICIPALES”.
De conformidad con los pliegos del Concurso Público de Selección de un Aliado Estratégico, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), y artículo 21 de la Resolución No. 001-D-EPCONST-2022 contiene EL REGLAMENTO DE ASOCIATIVIDAD DE LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA, Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST se convoca a empresas nacionales e internacionales, interesadas en participar en el “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST CON EL OBJETO DE REALIZAR TRABAJOS COMPLEMENTARIOS PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LAS PILETAS MUNICIPALES” bajo las siguientes consideraciones:
1. CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA:
a) Objeto: “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST CON EL OBJETO DE REALIZAR TRABAJOS COMPLEMENTARIOS PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LAS PILETAS MUNICIPALES”
b) El presupuesto máximo referencial que se considera para el proyecto es de hasta $51.447.02 (Cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares americanos con 02/100 USD) sin incluir IVA.
c) El plazo de ejecución es de veinte (20) días calendario.
d) El proceso de presentación de ofertas, calificación de ofertas, selección y adjudicación del Aliado Estratégico, se sujeta a las disposiciones establecidas en los Pliegos;
e) Los Pliegos del proceso estarán disponibles para las empresas interesadas, sin ningún costo, a partir de la fecha indicada en el Cronograma del Proceso, en el sitio web de la empresa pública EP-CONST www.epconst.gob.ec;
f) Las preguntas o las propuestas de mejora del pliego se recibirán dentro del cronograma del procedimiento por el siguiente medio: correo electrónico aliados.estrategicos@epconst.gob.ec, las cuales deberás ser precisas, concisas y referentes al objeto del procedimiento de selección. La Comisión creada para el efecto, tendrá la facultad de verificar la claridad y pertinencia de las aclaraciones y preguntas, planteadas por los interesados.
g) Los interesados deberán verificar el contenido del proceso en la página web www.epconst.gob.ec con la finalidad de obtener información en el cumplimiento de las etapas del cronograma establecido.
2. CRONOGRAMA ESTABLECIDO EN ESTE CONCURSO:
de la Convocatoria por la prensa escrita y medios
(www.epconst.gob.ec)
De ocho a 10 denuncias diarias recepta la Fiscalía provincial, por el delito de violencia psicológica que afecta a mujeres y a su familia, además, conlleva a traumas y hasta el suicidio.
Con la llegada del COVID-19, se evidenciaron más casos. En el 2022 la cifra era menor, en los cuatro despachos de violencia de género receptaban dos denuncias al mes, pero en el 2023 estas cifras se han ido incrementando.
Según indicó Gabriela Gende, agente Fiscal de Género, la violencia psicológica suele pasar desapercibida porque las víctimas no logran identificarla, ya que han crecido en un ambiente donde tienden a normalizar los insultos, frases donde denigran a la mujer o la hacen sentir inferior.
Explicó que desde la Fiscalía buscan prevenir este tipo de violencia, incentivando a las féminas a denunciar y seguir hasta el final con el proceso. Además, brindándoles apoyo emocional y psicológico.
Pero a pesar del apoyo, llegan a un punto de la diligencia en donde desisten . Un ejemplo es el caso de una mujer que pidió al juez que liberen a su esposo, luego que el tribunal lo sentenció.
° El COIP sanciona a la persona que cometa violación psicológica, con cárcel de seis meses a un año. Si produce enfermedad o trastorno mental en la víctima, prisión de uno a tres años. Y si la infracción recae en persona de uno de los grupos de atención prioritaria (niños, adultos mayores, embarazadas) en situación de doble vulnerabilidad, con enfermedades catastróficas o de alta complejidad, la sanción será la máxima pena, tres años, aumentada en un tercio. núen con las diligencias.
el dato
Las denuncias pueden hacerse de forma presencial o virtual.
Santo Domingo, 17 de marzo de 2023
Ing. Patricio Silva Garcés GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICA EP-CONST
“La dependencia y manipulación que tienen de sus parejas hacen que ocurran este tipo de reacciones”. La agente fiscal invitó a las féminas a que rompan el silencio y conti-
El psicólogo Omar Muñoz indicó que la violencia psicológica hace que las mujeres terminen perdiendo la noción de la realidad , convirtiéndose en dependientes de los hombres, a tal punto de que se anulan emocional y psicológicamente. Por ello, sus agresores
las pueden manipular con facilidad, deciden sobre sus hijos, de las responsabilidades que tienen en casa o sobre sus cuerpos. “Problemática que ha hecho que algunas mujeres tengan ideas suicidas”.
Para evitar este tipo de violencia, Muñoz manifestó que es importante trabajar en prevención y educación, ya que es un problema estructural y profundo que les compete a todos en la sociedad. (CT)
La Junta de Remates de bienes muebles (maquinarias y vehículos) de propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santo Domingo, conformada mediante Resoluciones N° GADMSD-R-WEA-2021-0392 de fecha 13 de septiembre de 2021 y N° GADMSD-R-WEA-2022-024 de 17 de enero de 2022, de acuerdo a lo previsto por el Reglamento General Sustitutivo Para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, invita a las personas capaces para contratar, interesados en participar en el Concurso de Ofertas en Sobre Cerrado, para el remate de los vehículos y maquinaria descritos a continuación
Los interesados deberán acercarse al Recinto Ferial ubicado en la Av. Quito y Av. Río Tanti, en horario de 09h00 a 12h00 para que realicen la inspección de los vehículos desde el día 13 de marzo de 2023. Las ofertas serán receptadas por el Tesorero del GAD Municipal de Santo Domingo, en la Casa Municipal N° 1, ubicada en el Av. Quito y Tulcán, las posturas se presentarán en sobre cerrado y contendrán la oferta, nombres completos, copia de cédula de ciudadanía, telefono, correo electrónico y, además, el diez por ciento del valor de cada una de ellas en dinero efectivo o con cheque certificado a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santo Domingo, en un sobre manila A4; toda propuesta será incondicional y no podrá ofrecer el pago a plazos, desde el día 13 de marzo de 2023 hasta el día 31 de marzo de 2023. El día 03 de abril de 2023 en el Salón de la Ciudad a partir de las 09h00 se procederá a la apertura de los sobres en presencia de los interesados, leer las posturas, calificarlas y adjudicar el vehículo al mejor postor. Atentamente, Dr. Pedro José Aguilar Flores, Presidente de la Junta de Remates
Por resolución de Quevial, la miniterminal situada en la parroquia Venus del Río Quevedo saldría del perímetro urbano, los conductores están sorprendidos. Se informó que no habrá socialización y posiblemente este fin de mes les caerá el ‘hacha’ a los choferes de transportes intercantonales que hacen su parada en este espacio.
Será trasladada al antiguo control que se encuentra en la vía a Buena Fe, cerca del Anillo Vial.
Esta información la dio a conocer Marlon Jiménez, director de tránsito Municipal, quien detalló que la
resolución se debería a que el actual sector es conflictivo y no presta las garantías a los usuarios.
“Hemos tenido muchas denuncias por las personas que habitan allí, también el comercio se ha visto perjudicado, por lo que han venido en comisiones para que ayudemos a los habitantes de la zona”, expresó el funcionario.
Sobre el nuevo lugar manifestó que contará con agentes de policías que permanecerán de manera permanente en el lugar pues recién fue remodelado y cuenta con todo lo necesario para brindar mayore seguridad.
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: PRESUNTOS DUEÑOS CONOCIDOS Y DESCOÑOCIDOS SE LE HACE SABER QUE DENTRO DEL TRÁMITE DE LEGALIZACION DE BIENES MOSTRENCO CON NO. DE SOLICITUD 0092985-2022, SEGUIDO POR LA SEÑORA. MOLINA REYES ALEXANDRA PATRICIA, SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE:
El Empalme, 11 de julio del año 2022, continuando con el trámite de la causa de legalización de Bienes Mostrenco ingresada en la Dirección de Ordenamiento Territorial. En lo principal por haberse cumplido con lo dispuesto, en la “ORDENANZA QUE REGULA EL PLAN SOCIAL MASIVO DE ADJUDICACIÓN, ESCRITURACIÓN Y VENTA DE TERRENOS MOSTRENCO Y ASENTAMIENTOS HUMANOS CONSOLIDADOS, UBICADO EN LAS CABECERAS PARROQUIALES VELASCO IBARRA, LA GUAYAS Y EL ROSARIO DEL CANTÓN EL EMPALME”, PRIMERO. que la señora, MOLINA REYES ALEXANDRA PATRICIA, cumpliendo con lo establecido en Ley Cantonal (Ordenanza), conforme lo que dispone en el Art. 8, la publicación por tres ocasiones en un diario de mayor circulación a nivel Regional, y mediante cuñas radiales a través de dos radios de difusión local, la publicación contendrá un aviso que comunique a la ciudadanía que se procederá a declarar un bien como mostrenco, del solar ubicado en Sector Cooperativa 29 de Octubre y calle Cuenca, de la Parroquia Velasco Ibarra
Provincia del Guayas, coordenadas Y 9884424
X 650919, con sus respectivos linderos. POR EL NORTE: Con Mendoza
María Auxiliadora en 11.10m. POR EL SUR: con calle Cuenca en 11.90m.
POR EL ESTE con Aragundi Vera Julio en 29.50m. y POR EL OESTE: con Álava Macías Guillermo en 30.00m. CON UNA SUPERFICIE TOTAL
341.92m2, Los particulares que se consideren afectados por el inicio del proceso para declaratoria del bien mostrenco podrán presentar sus reclamos a la Dirección de Ordenamiento Territorial, con un plazo de 30 días contados a partir de la última publicación, en la página WEB redes sociales y diferentes medios de comunicación, en el caso de las publicaciones por el diario y la radio, deberán ser entregadas a la Dirección de Ordenamiento Territorial, y de igual forma, en cuanto a las transmisiones por la radio, el propietario o representante de la misma emitirá un Certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones y una copia del audio.- SEGUNDO: Una vez cumplido con los anuncios presentados por la parte solicitante del bien mostrenco se tomara en cuenta como prueba a su favor, CITESE y CUMPLASE.-
Arq. Ricardo Loor DIRECTOR DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.Reacciones
A Geovanny Luzuriaga, socio de una unidad de transporte, la noticia le cayó como un ‘balde agua helada’, dijo que no conocía sobre el tema y que la decisión obedecería a la inseguridad que se registra en la zona. Explicó que a pesar de que se contará con una Unidad de Policía Comunitaria, UPC, no existen las garantías necesarias
para ellos ni para los usuarios, por lo que consideró que no es buena idea cambiar la miniterminal.
El transportista dijo que los tiempos no son buenos y que no se está pensando en el usuario.
Otro conductor, Jesús Velásquez, señaló que es inaudito que se lleve a cabo este proceso y que no exista una socialización con los conductores ya que ellos lo que nece-
sitan es más resguardo. Explicó que son objetos de las denominadas ‘vacunas’, recordó que en el control les han robado sin que nadie les ayude. Por su parte, Stalin Cevallos, otro de los dirigente de los transportistas, comentó que se debe pensar en la situación socioeconómica que atraviesa el Ecuador y antes de tomar una decisión deberían llegar a un consenso. (VV)
Se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO CIUDAD DE VALENCIA S.A. CONTRAPECIVA, con el fin de que asistan a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, en concordancia con el artículo 236 de la Ley de Compañías y con lo dispuesto en el artículo DÉCIMO SEGUNDO del Estatuto Social de la compañía, a celebrarse el día Lunes 03 de Abril de 2023 a las 15:00 horas en el local ubicado en: Calle Sucre y Quevedo (oficinas de la institución) del cantón Valencia, provincia de Los Ríos. Junta en la que se conocerá el siguiente. –
ORDEN DEL DÍA:
1. Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente General de la compañía correspondiente al ejercicio fiscal de enero a diciembre 2022.
2. Conocimiento y aprobación del Informe de Comisario de la compañía correspondiente al ejercicio fiscal de enero a diciembre 2022.
3. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros y anexos correspondientes al ejercicio económico del año 2022.
4. Decisión sobre el destino de las utilidades obtenidas en el ejercicio económico del año 2022.
5. Conocimiento sobre la adquisición de un seguro de carga
6. Lectura y aprobación del acta de junta.
Se convoca de manera especial e individual al señor Henri Rober Bastidas Espín, quien ostenta la calidad de Comisario de la compañía, cumpliendo lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Compañías.
Se recuerda a los accionistas que su asistencia reviste importancia, en caso de que no se pueda asistir de manera personal, lo podrán hacer según lo indicado en el artículo 21 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías. Valencia, 17 de Marzo de 2023Atentamente, Eddin
Moreira Carreño PRESIDENTELa decisión no es del agrado de todos los transportistas, señalan que los usuarios serían los perjudicados.
Esta enfermedad se transmite por la orina de las ratas en contacto con la piel de los seres humanos.
El Gobierno de Ecuador expresó el domingo 12 de marzo su preocupación por el aumento inusual de casos de leptospirosis, en comparación con años anteriores, y cuyo registro ha superado el medio centenar en la presente temporada de lluvias en zonas costeras y tropicales del país. El Ministerio de Salud Pública recomienda a la población evitar el contacto con agua estancada, el lavado permanente de manos, consumir alimentos bien cocidos y desratizar las áreas.
¿Cómo prevenir la leptospirosis? Enfermedad que ataca al Ecuador
Loja
En la provincia de Loja no hay casos detectados, pero sí en la vecina provincia amazónica, en el cantón Yantzaza. Si bien no es una zona endémica, la época invernal hace que se generen factores para esta patología. Por ende, las autoridades han optado por labores de fu migación y limpieza.
¿Qué es la leptospirosis?
La leptospirosis es una enfermedad in fecciosa causada por bacterias que pueden producir infecciones potencialmente mortales de los riñones, el hígado, el cerebro, los pulmones o el corazón.
¿Cómo se contrae?
Hay dos maneras comunes de contraer la leptospirosis:
Al beber o tener contacto con agua (como al nadar, o ir en balsa o kayak), o tierra que haya sido contaminada por orina o líquidos corporales de animales infectados.
Al estar expuesto a orina o líquidos corporales de animales infectados.
¿Cuáles son los síntomas?
Los síntomas de leptospirosis son fiebre, dolores de cabeza y musculares, náuseas y vómitos, añadió la fuente que recomendó la atención sanitaria emergente cuando se presenten estos signos que pueden confundirse con otras enfermedades virales.
Además de la leptospirosis, que puede ser potencialmente mortal, durante la
presente temporada también se han detectado otras enfermedades como un caso aislado e importado de chikunguña y 3.500 de dengue, de los cuales 18 han sido considerados graves.
¿Cómo prevenir la leptospirosis? Enfermedad que ataca al Ecuador
¿Cómo se puede prevenir?
Estas medidas incluyen las siguientes:
Ir al veterinario para que les ponga a sus mascotas las vacunas que las protegen contra esta enfermedad.
Evitar el contacto con orina o líquidos corporales de los animales, especialmente si tiene cortes o raspaduras en la piel.
No nadar ni caminar por agua que pueda contener orina de animales y tampoco tragarla.
Usar ropa y zapatos protectores cerca de tierra o agua que pueda estar contaminada con orina de estos animales.
A nivel nacional existen más de 53 casos de leptospirosis.
Coordinación Zonal 5 y 8 de la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
La Coordinación Zonal 5 y 8, requiere arrendar un inmueble, con las siguientes especificaciones: Deberá estar ubicado de Quevedo, Provincia de Los Ríos, Adicionalmente el inmueble deberá:
1. Ubicación: Ciudad de Quevedo, provincia Los Ríos, parroquia urbana.
2. Tipo de inmueble: Infraestructura para el Instituto Superior Tecnológico Ciudad de Quevedo, se requiere estructura de hormigón para aulas de clases entre 25 y 35 aulas, área de baños para hombres y mujeres, bar, bodega, área administrativa, con área Administrativa, con un área total aproximada de tres mil quinientos metros cuadrado (3.500m2).
3. Condiciones Generales del Inmueble: Estructura de hormigón con capacidad para albergar a estudiantes, personal docente y administrativo, para funcionamiento del instituto Zonal 5 y 8- SENESCYT, que tenga cerramiento. Para mayor información favor comunicarse a los teléfonos 04 3711520 ext. 18017, a al celular 0987435470.
EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO “EP-CONST”
INVITACIÓN A PERSONAS NATURALES, CONSORCIOS O COMPROMISOS DE CONSORCIO, EMPRESAS NACIONALES E INTERNACIONALES A PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO PARA “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST CON EL OBJETO DE REALIZAR OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DEL MALECÓN ECOLÓGICO EN LAS RIBERAS DEL RIO BABA Y MALICIA, UBICADO EN LA COMUNA JULIO MORENO, CANTÓN SANTO DOMINGO - FASE1”
De conformidad con los pliegos del Concurso Público de Selección de un Aliado Estratégico, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), y artículo 21 de la Resolución No. 001-D-EPCONST-2022 contiene EL REGLAMENTO DE ASOCIATIVIDAD DE LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA, Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST se convoca a empresas nacionales e internacionales, interesadas en participar en el “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST CON EL OBJETO DE REALIZAR OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DEL MALECÓN ECOLÓGICO EN LAS RIBERAS DEL RIO BABA Y MALICIA, UBICADO EN LA COMUNA JULIO MORENO, CANTÓN SANTO DOMINGO - FASE1” bajo las siguientes consideraciones:
1. CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA:
a) Objeto: “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA Y ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST CON EL OBJETO DE REALIZAR OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DEL MALECÓN ECOLÓGICO EN LAS RIBERAS DEL RIO BABA Y MALICIA, UBICADO EN LA COMUNA JULIO MORENO, CANTÓN SANTO DOMINGO - FASE1”
b) El presupuesto máximo referencial que se considera para el proyecto es de hasta $ 182,619.86 (Ciento ochenta y dos mil seiscientos diez y nueve con 86/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin incluir IVA.
c) El plazo de ejecución es de setenta y cinco (75) días calendario.
d) El proceso de presentación de ofertas, calificación de ofertas, selección y adjudicación del Aliado Estratégico, se sujeta a las disposiciones establecidas en los Pliegos;
e) Los Pliegos del proceso estarán disponibles para las empresas interesadas, sin ningún costo, a partir de la fecha indicada en el Cronograma del Proceso, en el sitio web de la empresa pública EP-CONST www.epconst.gob.ec;
f) Las preguntas o las propuestas de mejora del pliego se recibirán dentro del cronograma del procedimiento por el siguiente medio: correo electrónico aliados.estrategicos@epconst.gob.ec, las cuales deberás ser precisas, concisas y referentes al objeto del procedimiento de selección. La Comisión creada para el efecto, tendrá la facultad de verificar la claridad y pertinencia de las aclaraciones y preguntas, planteadas por los interesados.
g) Los interesados deberán verificar el contenido del proceso en la página web www.epconst.gob.ec con la finalidad de obtener información en el cumplimiento de las etapas del cronograma establecido.
2. CRONOGRAMA ESTABLECIDO EN ESTE CONCURSO:
Para el artista, este proyecto tiene un gran significado, es el primero que realiza luego del accidente.
Danny Bravo o ‘ Huek’, como se lo conoce artísticamente, develó un mural en donde muestra la diversidad cultural de Santo Domingo de los Tsáchilas. Lo pintó en el edificio en donde se venden ‘Hornados Riobambeños’.
El objetivo es impulsar y promover las múltiples culturas que hay en la provincia, mediante la creación de espacios en donde se destaquen los murales elaborados por gestores culturales.
realizó en dos semanas junto con otras dos personas que le colaboraron con la logística. Los materiales que utilizó para pintar la imagen fueron donados y tuvo el apoyo de los dueños del tradicional restaurante.
Apoyo
Santo Domingo, 17 de marzo de 2023
el dato
En el 2018 realizó el proyecto ‘Santo Color’, pintando cinco edificios.
te es embellecer a la ciudad y mostrar a los turistas la variedad de etnias que hay en Santo Domingo. Invitó a las empresas públicas y privadas a ser parte de estas iniciativas.
El mural se lo pintó en un área de 16 metros de altura y 15 de ancho, realzando a la mujer riobambeña, su vestimenta y el plato típico de esta ciudad, que es el hornado.
El trabajo artístico lo
Danny Bravo es reconocido por el trabajo que realiza en el mundo del arte urbano.
Ángel Alcocer, propietario del edificio, dijo que, durante los 15 años que tienen en la provincia, siempre han apoyado al arte y la cultura. “Danny ya ha hecho trabajos dentro del local y ha mostrado su habilidad y entusiasmo para el arte”.
Añadió que lo importan-
Para ‘Huek’ este proyecto tiene mucho significado en su trayectoria artística, porque se ha esforzado, luego del accidente de tránsito que lo tuvo varias semanas en cuidados intensivos.
“Es mi primer trabajo luego del accidente, me ha costado por el esfuerzo físico , pero me ha servido como una rehabilitación”, comentó.
Ahora espera gestionar otras obras con empresas para continuar dando color a la provincia. (CT)
Quevedo premió a sus clientes.
Incorporación de bachilleres de la Unidad Educativa Insutec periodo 2022 - 2023
Unitaxis celebró 15 años de vida institucional con la inauguración de una plaza comercial, la rifa de un vehículo y una motocicleta. (CT)
INVITACIÓN A PERSONAS NATURALES, CONSORCIOS O COMPROMISOS DE CONSORCIO, EMPRESAS NACIONALES E INTERNACIONALES A PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO PARA “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA EP-CONST CON EL OBJETO DE CONSTRUIR 10 UNIDADES DE VIVIENDA EN VARIAS MANZANAS DEL CONJUNTO HABITACIONAL TORRES DE LA LORENA”.
De conformidad con los pliegos del Concurso Público de Selección de un Aliado Estratégico, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), y artículo 21 de la Resolución No. 001-D-EPCONST-2022 contiene EL REGLAMENTO DE ASOCIATIVIDAD DE LA EMPRESA PÚBLICA DE CONSTRUCCIONES, VIVIENDA, Y DE ASEO DE SANTO DOMINGO EP-CONST se convoca a empresas nacionales e internacionales, interesadas en participar en el “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA EP-CONST CON EL OBJETO DE CONSTRUIR 10 UNIDADES DE VIVIENDA EN VARIAS MANZANAS DEL CONJUNTO HABITACIONAL TORRES DE LA LORENA” bajo las siguientes consideraciones:
1. CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA:
a) Objeto: “IDENTIFICAR, SELECCIONAR UN ALIADO ESTRATÉGICO Y CONFORMAR UNA ALIANZA ESTRATÉGICA CON LA EMPRESA PÚBLICA EP-CONST CON EL OBJETO DE CONSTRUIR 10 UNIDADES DE VIVIENDA EN VARIAS MANZANAS DEL CONJUNTO HABITACIONAL TORRES DE LA LORENA”
b) El presupuesto máximo referencial que se considera para el proyecto es de hasta $ 408,132.80 (CUATROCIENTOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y DOS CON 80/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), no incluye el IVA.
c) El plazo de ejecución es de ciento veinte (120) días calendario.
d) El proceso de presentación de ofertas, calificación de ofertas, selección y adjudicación del Aliado Estratégico, se sujeta a las disposiciones establecidas en los Pliegos;
e) Los Pliegos del proceso estarán disponibles para las empresas interesadas, sin ningún costo, a partir de la fecha indicada en el Cronograma del Proceso, en el sitio web de la empresa pública EP-CONST www.epconst.gob.ec;
f) Las preguntas o las propuestas de mejora del pliego se recibirán dentro del cronograma del procedimiento por el siguiente medio: correo electrónico aliados.estrategicos@epconst.gob.ec, las cuales deberás ser precisas, concisas y referentes al objeto del procedimiento de selección. La Comisión creada para el efecto, tendrá la facultad de verificar la claridad y pertinencia de las aclaraciones y preguntas, planteadas por los interesados.
g) Los interesados deberán verificar el contenido del proceso en la página web www.epconst.gob.ec con la finalidad de obtener información en el cumplimiento de las etapas del cronograma establecido.
2. CRONOGRAMA ESTABLECIDO EN ESTE CONCURSO:
Santo Domingo, 17 de marzo de 2023
GENERAL EMPRESA PÚBLICA EP-CONST
PROPÓSITO. Con el trabajo conjunto del directorio y socios de Asogan se logró cristalizar este anhelo.
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
De conformidad a la Ley de Compañías y el Estatuto Social, se convoca a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS TRANSIUT S.A., que se celebrará el día jueves 30 de marzo de 2023 a las 14H00, en la Oficina de la Compañía que se encuentra ubicada en la Av. 6 de Diciembre, diagonal al Consejo Provincial, en el Cantón de San Miguel de los Bancos, Provincia de Pichincha, con el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quórum.
2. Instalación de la Junta General por parte del Sr. Presidente.
3. Informe del Gerente del año 2022.
4. Informe del Comisario del año 2022.
5. Análisis y Aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico del año 2022.
6. Resolución sobre el destino de las utilidades del año 2022.
7. Análisis y Aprobación del Presupuesto del año 2023.
8. Aplicación del reglamento interno CAPITULO XII – CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES Art. 59 Literal (c) “Suspensión o exclusión del cupo de trabajo”, al accionista GUAMAN ESTRADA ANGEL ALBERTO, por las irregularidades dentro de su periodo 2017-2022 en calidad de Gerente General de la Compañía.
9. Elección de Vocales de la Comisión de Asuntos Sociales, Comisión de Deportes y Comisión de Control Operativo.
10. Receso para la elaboración del acta, lectura y aprobación.
11. Clausura.
Se convoca de manera especial e individual al Sr. ARCE ATARIGUANA CARLOS IVAN en calidad de Comisario de la Compañía. Los informes, estados financieros y demás documentación a tratarse en la Junta General se encuentran a disposición de los señores accionistas en la oficina de la compañía.
Atentamente;
La inauguración está prevista para el 19 de marzo, en el recinto ferial.
Luego de un largo proceso y gestiones realizadas por los directivos de la Asociación de Ganaderos (Asogan), se consiguió la autorización para realizar la comercialización animal y agrícola
CONVOCATORIA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ROLLINGWORLD S.A
De conformidad con las normas de la LEY DE COMPAÑIAS Y DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA ROLLINGWORLD S.A a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE LOS ACCIONISTAS, que se celebrara el día viernes 31 del mes de marzo del año 2023 a las 14:00 horas de la tarde, en la oficina de la compañía ubicada en la Av. Rio Toachi (junto al ECU 911) de la ciudad de Santo Domingo de los Colorados, en forma presencial, para tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quórum.
2. Lectura y aprobación informe de Gerente año 2022
3. Lectura y aprobación del estado financiero y balance general del ejercicio económico año 2022.
4. Lectura del acta, aprobación y clausura de la junta
En caso de no existir el Quorum establecido se sesionará con los accionistas presentes media hora después y las resoluciones tomadas serán validadas para todos.
Atentamente,
el dato
La feria de comercialización está ubicada en el Kilómetro 140 de la vía Calacalí – Río Blanco.
Víctor Lliguisupa, representante de Agrocalidad, y Fernando Guanoluisa, del Ministerio de Agricultura, recorrieron el centro de concentración animal, acompañados de las autoridades de Asogan del cantón Puerto Quito . En esta visita se concedió la autorización respectiva para la comercialización , desde el 19 de marzo, a las 06:30.
el dato La feria en Puerto Quito se realizará los domingos y en Pedro Vicente Maldonado, los sábados.
Se podrá comercializar animales bovinos , equinos, porcinos, productos agrícolas, animales menores y aves.
Propósito
Luis González, presidente de Asogan, dijo que le satisface informar a los habitantes del cantón y la región que desde el domingo 19 de marzo, las puertas se abren para la compra y venta de animales vivos y productos de la zona. “Gracias a Dios y al esfuerzo de todos lo hemos logrado, Puerto Quito merece salir adelante”, expresó.
Este cantón de la provincia de Pichincha es agrícola y ganadero. (MC)
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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO E XtR Acto JuDIcIAL DE cItAcIoN CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES: HEREDERoS PRESuNtoS Y DEScoNocIDoS DE LoS cAuSANtES AmADo AuRELIo mAcIAS moR A, LESFIA EGLANtINA PoNcE cuENcA y oScAR ALEXANDER mAcIAS INtRIAGo: SE LES HAcE SABER: JUICIO: Nº 23331-2022-03461
PREScRIPcIoN EXtR AoRDINARIA ADQuISItIvA DE DomINIo: AC TOR: AB. mARco ANtoNIo GuAcHI c A SA m I N-PRo cu R AD o R J u DI cIAL DE LA SRA. mIRIAN JANEtH mAcIAS PoNcE
JUEZ: AB. Lu I S R o B ER to R o D RIGuEZ mADRID S ECRETARIA: AB. m A RIA DEL cARmEN BAYAS AGuILAR CUANTIA: $5.000,00
U NIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 23 de enero del 2023, las 09h32, vIStoS una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto anterior, se dispone lo siguiente: La a demanda que antecede es clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del código orgánico General de Procesos (coGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados NEIcER IvAN mAcIAS PoNcE, EIStER EDSoN mAcIAS PoNcE , mABILo ALFoNSo mAcIAS PoNcE cEcIBEL EGLANtINA mAcIAS PoNcE mANuEL EcDuBER mAcIAS PoNcE, EYRA KAtIuScA mAcIAS INtRIAGo, FRANKLIN A m ADo m AcIAS PoNcE, LESBIA mARIA mAcIAS cEDEÑo y AuRoR A RoSA INtRIAGo RIvAS en calidad de HEREDERoS coNocIDoS DE LoS cAuSANtES AmADo AuRELIo mAcIAS moR A, LESFIA EGLANtINA P o N cE cu EN c A y oScAR ALEXANDER mAcIAS INtRIAGo en la dirección que se indica en escrito de fecha 14 de noviembre del 2022 a las 10h37 para el efecto remítase las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción, para el efecto la parte actora debe acercarse a esta unidad Judicial, para proveer de las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. Por otra parte a los HEREDERoS PRESuNtoS Y DEScoNocIDoS DE LoS cAuSANtES AmADo AuRELIo mAcIAS moR A, LESFIA EGLANtINA PoNcE cuENcA y oScAR ALEXANDER mAcIAS INtRIAGo se los citará por uno de los
periódicos de mayor circulación de ésta ciudad, ya que bajo juramento el actor declaró que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia actual de los mismos, por lo que por secretaría se le entregará el respectivo extracto de citación para ser publicado por uno de los periódicos de mayor circulación de ésta ciudad. De conformidad al Inciso cuarto agregado por Disposición Reformatoria Primera, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro oficial Suplemento 31 de 7 de Julio del 2017. toda citación deberá ser publicada en la página web del consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. cuéntese en la presente causa con el Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santo Domingo, conforme se encuentra dispuesto en la disposición general décima del código orgánico de organización territorial Autonomía y Descentralización, para la citación remítase las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción. conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del código orgánico General de Procesos, se concede a la parte demanda el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del código orgánico General de Procesos, inscríbase de la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. tómese en cuenta los correos electrónicos señalados para sus notificaciones dentro de éste juicio. Se toma en cuenta también la calidad en que comparece dentro de éste juicio el señor Ab. marco Guachi casmín conforme se justifica con la documentación que acompaña y que sirve como documentación habilitante.- NotIFIQuESE. Particular que se pone en conocimiento para los fines pertinentes, previniéndoles de la obligación que tienen señalar casilla judicial electrónica para sus respectivas notificaciones dentro de éste juicio. Lo certifico.
Ab. maría del carmen Bayas
SEcRE tARIA DE LA uNIDAD JuDIcIAL cIvIL
Hay firma y sello.
P-245059-mIG
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO
E XTRACTO
TIPO DE PROCESO: oRDINARIo
ACCIÓN: DEcL ARAtoRIA DE u NIÓN DE HEcHo
NRO. 23201-2023-00126
ACTORA: tAPIA GARZoN mARIA EuDocIA
DEMANDADO: BRAvo moREIRA AGAPIto
ANIBAL
JUEZ: DR. ALEXIS FABIÁN AcuRIo SuÁREZ
SECRETARIA: AB. cRIStINA ISABEL HERRERA
DILIGENCIA: cItAR a los HEREDERoS PRESuNtoS Y DEScoNocIDoS del causante (+) AGA-
PIto ANIBAL BRAvo moREIRA
Santo Domingo, jueves 2 de marzo del 2023,
las 10h14, vIStoS: una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 13 de FEBRERo del 2023, a las 14h20.- En lo principal: 1.- cALIFIcAcIÓN: La demanda de DEcL ARAtoRIA DE uNIoN DE HEcHo, que antecede presentada por el/la señor/a mARÍA EuDocIA tAPIA GARZÓN, es clara y reúne los requisitos legales establecidos en los Arts. 142 y 143 del código orgánico General de Procesos; Art. 222 y siguientes del código civil; por lo que se la admite a trámite respectivo en procedimiento oRDINARIo, conforme prescribe el Art. 289 y siguientes del código orgánico General de Procesos.- 2.- cItAcIÓN: En virtud al juramento rendido; y de conformidad a la parte final artículo 58 del código orgánico General de Procesos, cItESE a los HEREDERoS PRESuNtoS Y DEScoNocIDoS del causante (+) AGAPIto ANIBAL BRAvo moREIRA, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- Se le previene a los demandados de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme el Art. 66 del código orgánico General de Procesos (coGEP).conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del código orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- 3.- ANuNcIo DE PRuEBAS.- 3.1 La prueba documental y testimonia enunciada será considerada el día de la audiencia preliminar a señalarse oportunamente, una vez que se cite a los herederos presuntos y desconocidos, enunciados en el libelo de la demanda.- 3.2.tEStIGoS: A las personas testigos mencionados en el líbelo de la demanda se los notificara mediante el casillero judicial y electrónico de la parte actora, quienes serán considerados el día de la audiencia preliminar de ser pertinente.3.3.- Se le aclara a la parte actora que la posesión de la curadora se la realiza el día mismo de la audiencia preliminar, esta autoridad no señala ningún otro día para la misma.- 3.4.- Los medios probatorios determinados y solicitados en su libelo de demanda se considerarán de conformidad a los artículos 160 y Art. 294 numeral séptimo, literal a) del código orgánico General de Procesos.- 4) Incorpórese al proceso la documentación que adjunta la accionante.- 5) téngase en cuenta el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida al profesional del derecho, para su patrocinio.- NotIFÍQuESE, cÚmPLASE y cÍtESE.”
SANto DomINGo, 03 DE mARZo DEL 2023.
AB. cRIStNA ISABEL HERRERA
SEcRE tARIA DE LA uNIDAD JuDIcIAL DE LA FAmILIA, muJER, NIÑEZ Y ADoLEScENcIA SANto DomINGo Hay firma y sello.
P-245019-mIG
Ubicado en la Av. Río Baba y Cocaniguas esquina, a media cuadra del Monumento de Julio Jaramillo.
Informes:
099 391 6595 - 095 903 0374
P-244986-GF
POR CUANTO:
En 2011 se desarmó a la población civil, mediante Decreto Ejecutivo N.749, publicado en el Registro Oficial N.- 442 de 06.05.2011, que prohíbe portar armas de fuego para uso privado; dejándo a la población indefensa, a expensas de asesinos, asaltantes, extorsionadores.
El abandono por parte del régimen, a la población inerme, provoca desesperanza, zozobra, desesperación.
Toda la población se halla en absoluta indefensión, puesto que los 100.000 efectivos de la fuerza pública, físicamente están imposibilitados de proteger a 17 millones de personas desarmadas.
No existe un día, que no haya una persona secuestrada, extorsionada o asesinada. Estamos en permanente peligro.
EXHORTA:
Al régimen, a derogar el Decreto Ejecutivo N.- 749, publicado en el Registro Oficial N.- 442 de 06.05.2011, que prohíbe portar armas de fuego a la población civil.
O asumir su responsabilidad por complicidad, ante la sociedad y los parientes de cada víctima secuestrada, asesinada, extorsionada, vulnerada en su integridad física o psíquica.
A la fuerza pública, a aliarse al pueblo trabajador, que está siendo masacrado todos los días, por el hampa.
A quienes detentan mandato popular, a entender que: Armados, somos ciudadanos responsables, en ejercicio de derechos y obligaciones. Desarmados, el Estado nos convierte en sujetos pasivos, de todo tipo de criminales y debe asumir su responsabilidad como cómplice de los delitos.
Deseamos libertad, paz, trabajo, progreso, pero en condiciones de indefensión y bajo ataque constante de la delincuencia, solo tenemos dos opciones: irnos del país, abandonar nuestra tierra, nuestras familias, amigos, bienes; o quedarnos, armarnos y recuperar la paz que tenía la Patria legada por los abuelos de nuestros tatarabuelos.
¡Santo Domingo de los Tsáchilas: ARMARSE!
Para defender nuestra integridad personal, la de nuestras familias, la de nuestros vecinos y amigos, nuestros bienes propios, ajenos y públicos, que están bajo permanente amenaza.
¡Nadie tiene legitimidad para obligarnos a vivir desprotegidos!
¡Nadie tiene derecho para imponernos, vivir con miedo!
HACEMOS NUESTRO:
El pensamiento del historiador Vegecio: “Quien desea la paz, se prepara para la guerra”.
DESEAMOS VER:
Al militar y al policía, como defensores de los derechos y libertades de los ciudadanos.
No, como protectores de los DDHH de los delincuentes.
No, como cómplices de cada asalto, secuestro, extorsión, asesinato.
Porque si no pueden protegernos, no tienen derecho a desarmarnos.
A la institución armada, como la columna que vertebra los más altos intereses de la unidad de la Nación.
No, como simples peones obedientes, a órdenes del político temporal, de turno.
EXIGIMOS:
Que asuman el carácter de institución permanente de la Nación, protectora de libertades y derechos, puesto que hasta el narcoterrorismo, así los reconoce, en el Art. 158 de la Carta chávez.
A los jueces, que en sus resoluciones antepongan el interés general de la sociedad ecuatoriana, al interés particular del hampa, como dispone la norma 83.7 de la Carta chávez.
Que hagan respetar el derecho a la legítima defensa.
Ya es hora de ponernos de pié. ¡Santo Domingo armado!
Para apoyar a la fuerza pública.
Para lograr libertad y paz.
Santo Domingo de los Colorados a 16 de marzo de 2023.
Rodrigo Barros Morillo PRESIDENTE
Raúl Saavedra Polanco
1er. VICEPRESIDENTE
Jorge Chérrez Muirragui
2do. VICEPRESIDENTE
Favio Velasteguí Viera RELATOR
Carlos Astudillo COMISIÓN JURÍDICA
Omar Paz Encalada SECRETARIO
Orlando Amores Terán COORDINADOR GENERAL
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.
EXTRACTO
NOTIFICACIÓN JUDICIAL: AL DEMANDADO
SEÑOR GARCIA SAILEMA ROMEL EDUARDO; SE LE HACE SABER:
JUICIO: EJECUCIÓN Nº 23331-2022-01740
ACTOR: VALLEJO VILLAVICENCIO EDDY
JOSELITO
DEMANDADO: GARCIA SAILEMA ROMEL
EDUARDO
CUANTÍA: $ 12.000,00
JUEZA: AB. KARINA ARACELY VELASQUEZ
PURUNCAJA
SECRETARIO: AB. FABIAN BELTRAN ARMAS
AUTOS:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 2 de junio del 2022, las 14h51, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito y anexo que antecede. Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto anterior. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 370, 363.3, 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en el acta de mediación, documento que constituye título de ejecución, al tenor de lo previsto en el artículo 363 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento de ejecución. A fin de que realice la liquidación se nombra perito, mediante el sorteo electrónico del sistema SATJE a la Ing. Viviana Rocío Vanegas López, a fin de que realice la liquidación conforme al acuerdo del acta de mediación adjunta, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 371 del Código Orgánico General de Procesos, a quien se le notificará en el correo electrónico activasecont@hotmail. com (teléf. 0994833987). Se concede el término de cinco días para que presente el informe señalado, término que corre a partir de la notificación del presente auto; y, se regulan los honorarios de la perito designada, en la suma de US $127.5, quien deberá adjuntará copia certificada de la factura de honorarios conforme lo dispone el Reglamento del Sistema Integral de Peritos.- Notifíquese. f) Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON
SANTO DOMINGO. Santo Domingo, miércoles 22 de junio del 2022, las 10h21, VISTOS: Ab. Luis Miguel Vargas Trujillo, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial, avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de encontrarme encargado mediante acción de personal N° DP23-CJ-1057-2022-UPTH, de fecha 21 de junio del 2022. En lo principal agréguese al proceso el escrito que antecede, en relación a lo solicitado por la parte actora. De conformidad al Art. 372 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena que la parte ejecutada, pague la cantidad de DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y DOS DÓLARES, CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR ($12,322.65), de acuerdo a lo determinado en la liquidación, cumpla con la obligación materia de la presente ejecución, en el término de cinco (5) días, bajo
prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, conforme a lo dispuesto en la norma citada.- Por tratarse de la ejecución de un título distinto a sentencia ejecutoriada, se ordena que se notifique con el presente mandato de ejecución a GARCIA SAILEMA ROMEL EDUARDO, en persona o mediante tres boletas, en la dirección señalada en la solicitud presentada por el ejecutante señor VALLEJO VILLAVICENCIO EDDY JOSELITO, para el efecto envíese las boletas respectivas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción, debiendo la parte actora dar las facilidades que el caso amerita, a fin de obtener las fotocopias necesarias para la diligencia.- Notifíquese. f) Ab. Luis Miguel Vargas Trujillo, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, viernes 30 de septiembre del 2022, las 11h20, VISTOS:
1) Incorpórese a los autos el acta de notificación no realizada, remitida de la oficina de citaciones de esta jurisdicción en la que indica que la parte demandada Garcia Sailema Romel Eduardo no ha sido notificado, para los fines de ley. 2) Agréguese a los autos el escrito que antecede. Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se señala para el día 13 de octubre del 2022, a las 12h00, a fin de que la parte actora declare bajo juramento, que le ha sido imposible determinar la individualidad del domicilio o residencia actual, y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, del demandado señor GARCIA SAILEMA ROMEL EDUARDO, de conformidad a lo que dispone el numeral 2 inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f) Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 18 de octubre del 2022, las 09h56, VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 30 de septiembre del 2022, las 11h20, cabe hacer el siguiente pronunciamiento. En mérito al juramento y afirmación realizado por la parte actora, de que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia, y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, del demandado señor GARCIA SAILEMA ROMEL EDUARDO, notifíquese por la prensa mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Santo Domingo, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f) Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA. Lo que comunico a usted para los fines legales, se le previene al demandado de señalar casilla electrónica para las notificaciones posteriores.
AB. FABIAN BELTRAN ARMAS SECRETARIO Hay firma y sello.
P-244966-MIG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.
EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL: AL DEMANDADO
SEÑOR PARRAGA CEVALLOS CARLOS
ALFREDO; SE LE HACE SABER:
JUICIO: EJECUTIVO Nº 23331-2020-00985
ACTORES: AB. ANDREA MOLINA R., PROC. JUD. del Ing. Washington Muñoz
GERENTE COOP. DE AHORRO Y CREDITO COOPROGRESO LTDA.
DEMANDADO: PARRAGA CEVALLOS CARLOS ALFREDO CUANTÍA: $ 5.000,00
JUEZA: AB. KARINA ARACELY VELASQUEZ
PURUNCAJA
SECRETARIO: AB. FABIAN BELTRAN ARMAS
AUTOS:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 11 de agosto del 2020, las 11h02, VISTOS: Dr. Rodrigo Manzano Vázquez, avoco conocimiento de la presente demanda en legal y debida forma, en virtud del sorteo electrónico realizado. En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en pagaré a la orden, al tenor de lo previsto en los artículos 347 numeral 5 y 348 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado PARRAGA CEVALLOS CARLOS ALFREDO en el domicilio señalado en la demanda, para el efecto remítase las boletas respectivas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Ejecutoriado que sea el presente auto, y con la finalidad de que prosiga la sustanciación de la causa, de manera obligatoria la parte actora de las facilidades que el caso amerita, a fin de obtener las fotocopias necesarias para la diligencia de citación.-Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado, para el efecto.- Actúe en la presente causa el Ab. Fabián Beltrán Armas, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dr. Edictor Rodrigo Manzano Vasquez, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 8 de diciembre del 2022, las 14h42, Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora y certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se señala para el día 15 de diciembre del 2022, a las 12h55, a fin de que la parte actora declare bajo juramento, que le ha sido imposible determinar la individualidad del domicilio o residencia actual, y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias del demandado señor PARRAGA CEVALLOS CARLOS ALFREDO, de conformidad a lo que dispone el numeral 2 inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f) Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 19 de diciembre del 2022, las 11h45, VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 8 de diciembre del 2022, las 14h42, cabe hacer el siguiente pronunciamiento. En mérito al juramento y afirmación realizado por la parte actora, de que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia, y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, del demandado señor PARRAGA CEVALLOS CARLOS ALFREDO, cítese por la prensa mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Santo Domingo, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f) Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA.
Lo que comunico a usted para los fines legales, se le previene al demandado de señalar casilla electrónica para las notificaciones posteriores.
AB. FABIAN BELTRAN ARMAS
SECRETARIO
Hay firma y sello.
P-244999-MIG
VIERNES 17/MARZO/2023
BIENES RAÍCES
COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES
INFRACTORES DE SANTO DOMINGO
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL
A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamó señor ULBIO
AGUSTIN ZAMBRANO SANTAMARIA, se hace saber lo siguiente:
JUICIO: NULIDAD DE MATRIMONIO
CAUSA No. 23201-2022-02820
ACTOR/A: AB. LUIS ENRIQUE GUALAN SAN
MARTIN PROCURADOR DE LA SEÑORA INES
MARIA
DEMANDADO/A: ULBIO AGUSTIN ZAM-
BRANO SANTAMARIA
JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL: AB. SANTI-
LLAN ANDRADE JULIAN RODOLFO
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL: AB.
MAYRA CUMBICUS
TRAMITE: Ordinario
PROVIDENCIAS:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES
INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO
DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS
TSACHILAS. Santo Domingo, lunes 14 de noviembre del 2022, las 13h04, VISTOS: Ab. Julián Rodolfo Santillán Andrade Msc., en virtud de lo dispuesto en los artículos 167 y 178.3 de la
Constitución de la República; artículos 156, 157 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; de la acción de personal N° 0864-DNTH2016-JT, de fecha 22 de marzo del 2016, que rige a partir del 01 de abril del 2016; de la resolución N° 288-2015 emitida por el pleno del Consejo de la Judicatura; y, del acta inmediata anterior de sorteo de la causa, llego a conocer el presente proceso en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial.- Actúe en la presente causa la Abg. Mayra Alejandra Cumbicus Tipas en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial.- EN LO PRINCIPAL: Previo a calificar la demanda que antecede, se requiere a la parte accionante que complete la misma, dentro del término de CINCO días dando cumplimiento a los requisitos señalados en el artículo 142 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). , esto es, Los nombres completos y la designacion del lugar en que debe citarse a la o al demandado, ademas de direccion electronica si se conoce. En las causas que se demanda a las instituciones publicas debe, demandarse a la procuraduria general del Estado.- Requerimiento que se realiza bajo las prevenciones legales contempladas en el inciso segundo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos.- En la eventualidad de no dar cumplimiento por Secretaría de la Unidad Judicial sentará la razón correspondiente y se pasará al despacho del suscrito Juez para disponer lo que en derecho corresponda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico que señala para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.F).- DR. JULIAN RODOLFO SANTILLAN ANDRADE, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS. Santo Domingo, miércoles 28 de diciembre del 2022, las 14H32, VISTOS: Dr. Nerys Oriol Bartolo Zambrano Vera, Msc, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Subrogante en reemplazo del Ab. Julián Rodolfo Santillán Andrade Msc, mediante acción de personal No. DP23-CJ2249-2022-UPTH, que rige a partir de fecha 27 de diciembre del 2022 al 30 de diciembre del 2022. Agréguese a los autos el escrito presentado por el Abg. LUIS ENRIQUE GUALAN SAN MARTIN en calidad de Procurador Judicial de la Señora INES MARIA ANGUETA BURBANO, el cual se atiende de la siguiente manera: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior dentro del término concedido: En lo principal.- 1) CALIFICACIÓN: La demanda de NULIDAD DE MATRIMONIO que antecede presentada por el Señor Abg. LUIS ENRIQUE GUALAN SAN MARTIN en calidad de Procurador Judicial de la Señora INES
MARIA ANGUETA BURBANO, es clara y reúne los requisitos de legales establecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que se la admite a trámite respectivo bajo el procedimiento ORDINARIO conforme prescribe el Art. 289 y siguientes del Código
Orgánico General de Procesos, Articulo 31 de la
NEGOCIOS VARIOS
COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc.
Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.- 2) La audiencia respectiva será convocada en el momento procesal oportuno.- 3)
CITACIÓN: 3.1) En virtud al juramento rendido; y de conformidad con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamó señor
ULBIO AGUSTIN ZAMBRANO SANTAMARIA, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, para el efecto confiérase los extractos correspondientes.- 3.2) Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República, de conformidad con el Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos, Art. 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, CITESE al Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación; y PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, con el libelo de la demanda y auto recaído en el lugar señalado por la parte actora, mediante DEPRECATORIO VIRTUAL electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito Provincia de Pichincha, remitiéndose suficiente despacho, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, se advierte la obligación que tiene de señalar casilla judicial en el Palacio de Justicia de esta Judicatura y/o correo electrónico bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- Se le previene a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para efecto de notificaciones así como se le concede el término de TREINTA (30) días para que presente su contestación conforme lo determina el Artículo 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos a la cual se observará lo reglado en el artículo 151 y, 157 ejusdem.- 4) Los medios probatorios determinados y solicitados en su libelo de demanda se considerarán tomando en cuenta lo reglado en el literal a) numeral séptimo del Articulo 294 del Código Orgánico General de Procesos.- 5) INCORPÓRESE AL PROCESO: Incorpórese al proceso la documentación que adjunta la accionante.- 6) Tómese en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial o correos electrónicos que señala para recibir sus notificaciones, así como la autorización dada al/los profesional/es del derecho, para su defensa.- NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE y CÍTESE.-F) DR. ZAMBRANO
VERA NERYS ORIOL BARTOLO, JUEZ.Particular que pongo en vuestro conocimiento para los fines de ley advirtiendo de la obligación de señalar domicilio judicial dentro de esta Jurisdicción. Santo Domingo, a 16 de febrero del 2023.-
Atentamente, Ab. Mayra Alejandra Cumbicus Tipas SECRETARIA Hay firma y sello. P-245035-GF
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN
SANTO DOMINGO CON SEDE EN SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS. –EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL:
JUICIO (INCUMPLIMIENTO DE CONTRA-
TO): No. 23331-2022-03271
ACTOR : MORA MERA BRYAN NAPOLEÓN
DEMANDADO: ROMERO ZAMBRANO
ANTONIO HERACLITO y ZAMBRANO
TAPIA KAREN VERÓNICA
JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL: DR.
JOSE LUIS MALDONADO CANDO.
PROVIDENCIAS:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN
SANTO DOMINGO.- Santo Domingo, lunes
EMPLEOS
ENCUENTRA oportunidades de trabajo en las distintas ofertas laborales.
17 de octubre del 2022, las 16h52, VISTOS.- En lo principal.- Puesto que ha sido el proceso al despacho del juez debe estarse a o que sigue: 1.- De la lectura del escrito presentado se tiene que la parte ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto anterior por consiguiente se tiene que la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2.- Se ordena la citación a los demandados señores ROMERO ZAMBRANO ANTONIO HERACLITO y ZAMBRANO TAPIA KAREN VERÓNICA en el lugar señalado en el libelo de la demandada, para el efecto envíense a la oficina de citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto. 3.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 4.- La parte actora proporcionará las copias suficientes para remitir las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción.- 6.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico antes mencionado, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. Cumplida con la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad y verificado dicho acto cítese a los demandados conforme lo ordenado en el numeral 3 de este auto. 6.- Al responsable de la citación se le concede el término judicial de 8 días contados desde la recepción de las boleras de parte de secretaria a fin de que realice la citación ordenada y de no haberla podido efectuar deberá informar de forma inmediata las razones.- 7.- Tómese en cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos señalados, la autorización al profesional del derecho.- 8.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO.- Santo Domingo, viernes 10 de febrero del 2023, las 09h16, VISTOS.En base al juramento realizado por la parte actora Se ordena la citación por la prensa del demandado ROMERO ZAMBRANO ANTONIO HERACLITO y ZAMBRANO TAPIA KAREN VERÓNICA, conforme lo señala el Art. 56 inciso 2, numeral 2, esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. NOTIFIQUESE.
AB. ZANIAH NEVAREZ. SECRETARIA. Hay firma y sello.
P-245037-MIG
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A CARLOSAMA RAMOS
ALINA JASMIN y PONCE CASTRO SIMÓN
CRISTOBAL SE LE HACE SABER:
JUICIO: EJECUTIVO-PAGARÉ A LA ORDEN
Nro. 2019-02698
ACTOR: MOLINA ROBALINO ANDREA
CAROLINA
DEMANDADOS: CARLOSAMA RAMOS
ALINA JASMIN y PONCE CASTRO SIMÓN
CRISTOBAL
JUEZ: AB. LUIS VARGAS TRUJILLO
SECRETARIA: AB. NATASHA NARVÁEZ JARA
PROVIDENCIAS:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON
SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 12 de noviembre del 2019, las 12h47, VISTOS: Ab. Luis Miguel Vargas Trujillo, en calidad de Juez la
anúnciate al:
(02)2758-444
099-787-8732
Unidad Judicial Civil del cantón Santo Domingo, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma por el sorteo electrónico de Ley. La demanda que antecede se la califica de clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de la demandada CARLOSAMA RAMOS ALINA JASMIN, en calidad de deudora principal, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto; para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Puerto Quito, Provincia de Pichincha; y, PONCE CASTRO SIMON CRISTOBAL, en calidad de garante, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto; para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón La Concordia, Provincia de santo Domingo de los Tsáchilas, a quienes se les enviará suficiente despacho, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto. Además, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. (Inciso Cuarto agregado por Disposición Reformatoria Primera, numeral 2 de Ley No. 0 publicada en Registro Oficial Suplemento 31 de 7 de julio del 2017). En aplicación de los
artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos señalados. Actué la Ab. Natasha Narvaez, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Ab. Luis Vargas Trujillo. JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 19 de enero del 2023, las 11h31, VISTOS: En lo principal.- Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación anterior, cítese por la prensa, conforme lo señala el 56.1 del COGEP; esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, a los demandados señores CARLOSAMA RAMOS ALINA JASMIN y PONCE CASTRO SIMÓN CRISTOBAL. Para el efecto emítase el extracto judicial correspondiente. CÚMPLASE Y NOTIFIQUESE.- F) Ab. Luis Vargas Trujillo. JUEZ Lo que comunico a usted, para los fines legales. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus posteriores notificaciones. LO CERTIFICO. Ab. Natasha Narváez Jara
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO Elaborado: Karen Montúfar Hay firma y sello.
P-245039-MIG
Se convoca con el carácter de urgente y obligatorio a todas y todos los socios fundadores de la Asociación de Adultos Mayores Sagrado Corazón de Jesús “ASAM”, legalmente Registrada en el MIES, con ACUERDO MINISTERIAL 585, a sesión EXTRAORDINARIA, para que hagan uso de su Legítimo Derecho a la Defensa, que dispone el Art. 76.6, Lit. “a”, Art. 36 y, Art.37, de nuestra Constitución de la República, en asocio con el Art. 25 Lit.”a”, Art.12.”e” y, Art.6 Lit.”b”, de nuestro Estatuto vigente, que se llevará a cabo este día VIERNES 17 DE MARZO DEL 2023, a las 10h00, en la oficina provisional de la Asociación conocida por todos en los altos de Pollos Gus, de la calle Latacunga y Av. 29 de Mayo, para tratar y resolver el siguiente orden del Día:
1.- Constatación del Quórum e Instalación de la Sesión;
2.- Tratar y resolver sobre la EXCLUSION DEFINITIVA DE SOCIOS, (Art.25 Lit. ” a” Estatuto); que no asisten a la Asociación de Adultos Mayores SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS “ASAM”, tomando como base el acta Constitutiva de Socios Fundadores.
NOTA.- Se ruega puntual asistencia, tendrán un tiempo de espera de una hora (Art. 8 Estatuto); o comunicarse al Telf. 023700713, Cel.0986603908, y, Correo asam.sagradocorazon@hotmail.com y abluisalcocer@hotmail. com cumplido este lapso se dará inicio a la asamblea convocada, NO se aceptarán representantes, socio fundador que se de lectura en la Asamblea Extraordinaria, y no asista, ipso facto quedarán LEGALMENTE EXCLUIDOS en forma DEFINITIVA de la Asociación de Adultos Mayores SAGRADO CORAZÓN DE JESUS “ASAM”; ya que, las Resoluciones serán Ley para las partes, con el valor de cosa juzgada y de última instancia.
Santo Domingo, a 14 de Marzo del 2023.
0995748625
0999316328
gerencialosrios@lahora.com.ec
R. del E.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN VALENCIA PROVINCIA DE LOS RÍOS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE PASTORA EMILDA DIAZ ALVARADO.
SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el
R. del E.
UNIDAD JUDICIAL PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RIOS.
A: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL CAUSANTE DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE ANTONIO LOPEZ TARIRA
SE LE HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad la demanda de trámite ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO signada con el No. 12203-2021-00819 deducida por la señora
DELGADO HIDALGO GREY MARILIN en contra en contra de (HEREDEROS CONOCIDOS) ESTHER MARIA TARIRA
MOREIRA de quien en vida se llamó JOSE ANTONIO LOPEZ
TARIRA y HEREDEROS DESCONOCIDOS, cuyo extracto es como sigue:
ACTORA: GREY MARILIN DELGADO
HIDALGO DEMANDADO: HEREDEROS DECONOCIDOS DEL CAUSANTE DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE ANTONIO
LOPEZ TARIRA.
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta que:
El 30 de diciembre del 2012 el señor JOSE ANTONIO
LOPEZ TARIRA(+); y mi persona GREY MARILIN DELGADO
HIDALGO, ambos de estado civil soltero, nos juntamos en unión de hecho estable y monogamica, la misma que la mantuvimos por más de 9 años, esto es hasta la muerte de mi conviviente el día 4 de marzo del 2021. Esta unión de hecho de 9 años entre JOSE ANTONIO LOPEZ TARIRA y mi persona hemos procreado dos hijos en común que responden a los nombres de YULEXI MARLEY y ALFONSO LOPEZ DELGADO, cumpliendo con los fines propios de un matrimonio como fue socorrernos, procrear y auxiliarnos mutuamente, por lo que en calidad de convivientes nos hemos venido suministrando lo necesario y contribuyendo dentro de nuestras posibilidades al mantenimiento del hogar, tratándonos como marido y mujer en todas nuestras relaciones familiares y sociales, hemos sido reconocidos por nuestros parientes, amigos y vecinos etc. Nuestro hogar y domicilio donde hemos vivido como marido y mujer lo tuvimos la Parroquia el Guayacán, Lotización Vicente Chang Luey del cantón Quevedo, provincia de los Ríos, Coop. 20 de febrero Mz. 144, solar 24, sector Agrilsa. Fundamento mi demandada, ampara al tenor de lo que dispone el Art. 222,223 y siguiente del Código Civil Vigente. CUANTÍA: INDETERMINADA
TRÁMITE: ORDINARIO JUEZA DE LA CAUSA: VISTOS.Ab. VANESSA VINUEZA GRANDA, Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Primera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, designada mediante resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 138-2015, de fecha 20 de mayo del 2015. Dentro del presente juicio ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO N.- 122032021-00819, presentado por GREY MARILIN DELGADO HIDALGO en contra de (HEREDEROS CONOCIDOS)
ESTHER MARIA TARIRA MOREIRA de quien en vida se llamó JOSE ANTONIO LOPEZ TARIRA y HEREDEROS DESCONOCIDOS. Dispongo lo siguiente: la demanda es clara y reúne los requisitos de legales establecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos:
PRIMERO: Se admite al trámite respectivo bajo el procedimiento ORDINARIO conforme prescribe el Art. 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; SEGUNDO:
Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República, se ordena citar a la demandada esto es: a) ESTHER MARIA
TARIRA MOREIRA, con copia de la demanda, auto interlocutorio de calificación, petición que se provee y croquis que se ha adjuntado, a través de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial conforme al Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos. Se le previene a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para efecto de notificaciones así como se le concede el término de TREINTA (30) DÍAS para que presente su contestación conforme lo determina el Artículo 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, a la cual se observará lo reglado en el artículo 151, 152 y 157 ibídem:
TERCERO: Cítese a los presuntos y desconocidos herederos del causante de quien en vida fue JOSE ANTONIO LOPEZ
TARIRA, por medio de prensa escrita, citación que deberá realizarse por uno de los periódicos de mayor circulación de esta provincia, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad confiera el extracto correspondiente, su publicación se hará con letra tipo helvética, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna.- Previo a realizarse el extracto de la publicación que la parte accionante realice la declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos; CUARTO: Del ANUNCIO DE PRUEBAS como son la documental determinadas y solicitadas en su libelo de demanda se considerarán tomando en cuenta lo reglado en el literal a) numeral séptimo del Articulo 294 del Código Orgánico General de Procesos Quevedo, 30 de julio del 2021 .
AB. NADIA PETITA ROSADO PITA SECRETARIA DE UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO LOS RIOS-QUEVEDO P-37502-1109
proceso Ordinario de Prescripción Adquisitiva de Dominio No.123362022-00409 presentada por la señora GABRIELA ESTEFANIA TANDAZO CHAVEZ, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:
ACTOR: GABRIELA ESTEFANIA TANDAZO CHAVEZ
DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE PASTORA EMILDA DIAZ ALVARADO.
OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante solicita que mediante procedimiento ordinario se declare la prescripción adquisitiva
de dominio del bien que fue propiedad de la señora PASTORA EMILDA DIAZ ALVARADO., el mismo que es un lote de terreno de 1,9035 hectáreas de superficie, ubicado en el sector Río San Pablo, parroquia Valencia del cantón Valencia provincia de Los Ríos. El mismo que se halla singularizado dentro de los siguientes linderos y medidas: POR EL NORTE.- con el Lote Nro.98, en 192,67 metros, entre vértice P13P21; AL SUR: Con el Río San Pablo, en 214,04 metros, desde el vértice P7-P10; AL ESTE: Lote Nro.1, en 27,88 metros, desde el vértice P11-P12; y AL OESTE: Vía la Esperanza – El Vergel, en 180,77 metros, desde el vértice P1-P6, todo lo cual da una superficie del
área útil de 0,8826 has. Así también los linderos, dimensiones y cabida del área total, son los siguientes: AL NORTE: Con el Lote Nro.98 en 210,78 metros, desde el vértice P1-P9; AL SUR: Con el Río San Pablo en 251,16 metros, desde el vértice P13-P19; AL ESTE: Lote Nro.1 en 58,69 metros, desde el vértice P10-P12; AL OESTE: Vía La Esperanza –El Vergel en 215,03 metros, desde el vértice P20-P27; todo lo cual da una superficie total de 1,90 has. Indica que mantiene sin clandestinidad la posesión tranquila, continúa esto es en forma pacífica e ininterrumpida y en concepto de propietario con el ánimo de señor y dueño, sin que nadie le haya disputado el dominio, uso y goce del predio.
12332-2020-00351-0FICIO-00078-2023 Causa Nº 12332202000351 Puebloviejo, viernes 6 de enero del 2023 Señor(es) CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO Presente.
En el juicio NO 12332202000351 hay lo siguiente: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUEBLOVIEJO. EXTRACTO DE CITACIÓN
A: CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO
SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita el Juicio de “Aceptación o Repudio de Herencia” signado con el No. 12332-2020-00351 cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: OLVERA TACURI APOLONIA FORTUNATA.
DEMANDADOS: A CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Los accionantes solicitan, una vez evacuado el trámite de ley, se sirva a declarar con lugar la demanda y se asigne un perito para que realice el inventario a fin de seguir el trámite pertinente de ley (...).
TRAMITE: VOLUNTARIO
CUANTÍA: INDETERMINADA.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUEBLOVIEJO DE LOS RIOS. Puebloviejo, jueves 30 de septiembre del 2021, las 11h26. VISTOS: Dejo constancia que en este día ha sido puesta a mí vista nuevamente la presente causa con escrito pendiente de despacho, por lo que, de existir mora o retardo injustificado, no será atribuida a esta autoridad. En lo principal, toda vez que la señora Olvera Tacuri Apolonia Fortunata, ha cumplido con lo ordenado en providencia del jueves 29 de julio del 2021, esto es, reconocimiento de su huella digital, siendo el momento procesal se considera. PRIMERO: Por reunir los requisitos establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, la demanda de la materia: Familia, Mujer Niñez y Adolescencia, se la admite a trámite mediante Procedimiento Voluntario, conforme lo determina el Art. 335 de la norma invocada. SEGUNDO: En tal virtud, como se acompaña fotocopia certificada (fs. 3) de la Inscripción de Defunción de quien en vida fuera. FERNANDO ANTONIO PEREZ OLVERA, de conformidad con lo establecido en el Código Civil, art. Art. 997. “La sucesión en los bienes de una persona se abre al momento de su muerte, en su último domicilio; salvo los casos expresamente exceptuados “, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes del ahora fallecido, disponiendo que se ponga en conocimiento del público mediante publicación de un EXTRACTO, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan a nivel nacional, así como se proceda al inventario y avalúo de los bienes dejados por el causante Fernando Antonio Pérez Olvera. TERCERO: El Código Orgánico General de Procesos, dispone: Artículo 58. Citación a las y los herederos. “A las y los herederos conocidos se citará personalmente o por boleta. A las o los herederos desconocidos cuya residencia sea imposible determinar se citará a través de uno de los medios de comunicación, en la forma prevista en este Código”. La misma norma, en el art. 56, señala: Art. 56. Citación a través de uno de los medios de comunicación. (Reformado por el Art. 11 de la Ley s/n, R.O. 517S, 26V12019). “A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante:
1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar (...) La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso o mediante deprecatorio a la o al juzgador del domicilio o residencia de la o del actor”. En aplicación de la norma anotada, que la señora Apolonia Fortunata Olvera Tacuri, comparezca a ante esta autoridad a declarar bajo juramente que le es imposible determinar domicilio o residencia de herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fuera. Fernando Antonio Pérez Olvera, para proceder a citarlos por la presa, en la forma prevista en el art. 56 del COGEP. Cumplido lo cual, y haya transcurrido 20 días después de la última publicación de la citación por la prensa, se designará al perito para que se lleve a efecto el inventario y avalúo de los bienes del causante. La Audiencia Única en este procedimiento se realizará según lo dispone el Art. 335 del COGEP, en el término no menor a diez días, ni mayor a veinte, contados a partir de la citación. La cuantía, por su naturaleza es indeterminada. CUARTO. Téngase en cuenta, la autorización que se le confiere al Ab. Liwington Macías Valenzuela y el correo electrónico que consigna para futuras notificaciones. QUINTO. En virtud del principio de inmediación, concentración, contradicción y dispositivo, previsto en los Art. 75 y Art 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se indica a las partes de la obligación que tienen de presentarse en compañía de sus abogados a la Audiencia o en su defecto se presentará el apoderado especial o procurador judicial, que posea amplio y suficiente poder para transigir como lo establece el Art. 41 del COGP, en concordancia con el Art. 130 numeral 11 del Código
Orgánico de la Función Judicial. Se le recuerda a las defensas técnicas <lmpulso procesal Principios Dispositivo, Inmediación y Concentración> determinado en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial. Incorpórese al proceso la documentación que anexa. Intervenga el Abg. Melisa Gavilánez Jiménez, en calidad de secretario titular del Despacho Cítese y Hágase Saber.
Lo que comunico para fines de ley
MELISA BRIGITTE GAVILANEZ JIMENEZ SECRETARIA P-37509-1172
CUANTÍA: La cuantía es indeterminada.
TRÁMITE: ORDINARIO
JUEZ DE LA CAUSA: : Ab Lenin Santiago Guerra Yanez, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Valencia, quien mediante auto de fecha 30 de agosto del 2021 a las 15h58, Dispone se cite a los demandados por la prensa conforme al art. 56 numeral 1 del COGEP, por manifestar la accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE PASTORA EMILDA DIAZ ALVARADO, los mismos que no puede determinarlo. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene señalar casilla
VIERNES 17/MARZO/2023 P
judicial en esta ciudad para que reciban sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de término de ley, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.
Valencia, 06 de diciembre del 2022
DOUGLAS ANGEL COELLO ALVEAR SECRETARIO P-37504-1109
PLACA EXTRAVIADA
Al público en general se notifica el extravío de las Placas.
Numero: XBA9288
Año: 2012
Vehículo: Camioneta
Marca: Toyota Modelo: CCT HILUX 4x4 CD DIESEL Perteneciente a la Sra. María José Meza Molina con cedula de ciudadanía N° 1206508572
0995748625
R. del E.
UNIDAD JUDICIAL PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RIOS.
A: WASHINGTON GABRIEL PARRAGA LOPEZ.-
SE LE HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad la demanda de trámite SUMARIO del presente juicio DE ALIMENTOS CON PRESUNCION DE PATERNIDAD NO 122032021-01664, presentada por MAGALY MONSERRATE ANCHUNDIA ALMEIDA, en contra de WASHINGTON GABRIEL PARRAGA LOPEZ cuyo extracto es como sigue:
ACTORA: MAGALY MONSERRATE ANCHUNDIA ALMEIDA
DEMANDADO: WASHINGTON GABRIEL PARRAGA LOPEZ
OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante presenta formulario de declaratoria de Paternidad y Fijación de Pensión Alimenticia, a fin que se declare la paternidad del menor mediante estudio ADN (ácido desoxirribonucleico) y se fije una pensión alimenticia a favor de la menor que cubra las necesidades básicas.
Fundamento mi demanda conforme lo establece la Constitución de la República del Ecuador Art. 44,45,69.1 .5,83.1 6, Convención sobre los Derechos del niño Art.,27,30,31, COGEP Art. 142, 144, 157, 174, 193,194 y Código de la Niñez y Adolescencia
CUANTÍA: $3600,00
TRÁMITE: SUMARIO
JUEZA DE LA CAUSA: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO. Quevedo, miércoles 25 del 2023, a las 11h39. Dentro del presente juicio DE ALIMENTOS Y PATERNIDAD No. 12203-2021-01664, dispongo lo siguiente: 1) Agréguese a los autos el escrito presentado por la atora, junto con la contestación del oficio de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Cantón Quevedo, por lo que una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el decreto anterior se ordena lo siguiente: a) Cítese al demandado WASHINGTON GABRIEL PARRAGA LOPEZ, por medio de la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad confiera el extracto correspondiente y se publique en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta localidad, publicación que se hará con letra tipo helvética, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna, previo a realizarse el extracto de la publicación que la parte accionante realice la declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del de andado, pudiendo comparece a esta dependencia al cualquier día y hora hábil.
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial para las notificaciones correspondientes, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de esta Citación, caso contrario será declarado en rebeldía.
Quevedo, 2 de marzo del 2023
Ab. Nadia Petita Rosado Pita. Msc. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO LOS RIOS-QUEVEDO
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ENMA BEATRIZ PALADINES CELI.
SE LE HACE SABER: Correspondió conocer a esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Valencia, provincia de Los Ríos, la demanda de procedimiento Sumario de pago de haberes laborales No. 12336-2022-00125, seguido por VERA MARMOLEJO
SILVIA LUCIA en contra de EMMA BEATRIZ PALADINES
CELI y otros en calidad de HEREDEROS CONOCIDOS, de quien en vida fue el señor TELMO ENRIQUE PALADINES CRIOLLO debiendo realizarse la citación por medio de publicaciones en un periódico, cuyo extracto es:
ACTOR: VERA MARMOLEJO SILVIA LUCIA,
DEMANDADOS: EMMA BEATRIZ PALADINES CELI y otros, en calidad de HEREDEROS CONOCIDOS de quien en vida fue el señor TELMO ENRIQUE PALADINES CRIOLLO.
OBJETO DE LA DEMANDA:
Solicito que en sentencia se acepte nuestra demanda y disponga a nuestro favor:
El pago por ropa de trabajo, comprendido desde el día lunes 13 de febrero del año 2012, hasta el 15 de diciembre del año 2021, un valor de USD. 2.000,00 (DOS MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00-100)
El pago de la décima cuarta remuneración, un valor de USD. 7.200, SIETE MIL
DOSCIENTOS DOLARES AMERICANOS CON 00-100
El pago de la décima tercera remuneración, en un valor de USD. 7.200, SIETE MIL
DOSCIENTOS DOLARES AMERICANOS CON 00-100
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUEVEDO
A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIENES EN VIDA SE LLAMARON: VICENTE ARGEMIRO CEDEÑO
CEVALLOS, GUIDO ARGEMIO CEDEÑO VELEZ, LUIS ALFREDO CEDEÑO VELEZ Y JOSE HERIBERTO CEDEÑO VELEZ
SE LE HACE SABER: Que Sorteo correspondió a esta Unidad Judicial tramitar el juicio VOLUNTARIO DE INVENTARIO No. 12203-2022-00759 presentada por la señora MONICA MARIBEL MARTINEZ TRAVEZ Y CHRISTIAN JAVIER CEDEÑO ZAMBRANO, en contra de MERCEDES PASTORA CEDEÑO VELEZ, DELIA MARIA CEDEÑO VELEZ, GINA ALEXANDRA CEDEÑO ZAMBRANO, SILVIO ENRIQUE CEDEÑO VELEZ, ALEJANDRA BETSABE CEDEÑO DAVILA, JOSE HERIBERTO CEDEÑO CARVAJAL, GUIDO ALBERTO CEDEÑO PARRA, IBIS MABEL CEDEÑO PARRA, MARINA PAOLA CEDEÑO RODRIGUEZ Y DIANA MADELAINE CEDEÑO SALTOS demandado con dirección conocida y desconocida de quien en fue VICENTE ARGEMIRO CEDEÑO CEVALLOS.
Cuyo extracto es como sigue:
ACTORA: MONICA MARIBEL MARTINEZ TRAVEZ Y CHRISTIAN JAVIER CEDEÑO ZAMBRANO
OBJETO DE LA DEMANDA: Señor Juez es el caso que el señor VICENTE ARGEMIRO CEDEÑO CEVALLOS en vida fue propietario de un inmueble de 436 M2 ubicados en la Av. 7 de Agosto, sector central del Canto Buena Fe, Provincia de Los Ríos, un terreno de 50 M2 ubicado dentro del cementerio general del Cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, de 5 metros de fondo por 10 metros de ancho en el cual existen 30 bóvedas de las cuales 9 están desocupadas, dicho propietario de estos bienes era el señor
VICENTE ARGEMIRO CEDEÑO CEVALLOS quien falleció el 16 de Abril del año 2021, en el Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, el mismo que no realizo testamento alguno respecto de sus bienes, hecho ante el cual nos es menester presentar la acción judicial que nos ocupa para efectos de que sus bienes pasen a ser de nuestra propiedad de forma equitativa sin que ninguna de las y el accionante, ni las ni los accionados resulten perjudicados.
FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Acorde a lo que establece con el Art. 334 y 335 del Código Orgánico General de Procesos
TRAMITE: VOLUNTARIO
CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Dra. Gloria Segovia Vinza Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, mediante Auto Interlocutorio de Calificación de fecha miércoles 22 de junio del 2022, las 10h25 así como se deja constancia del auto de convalidación de la calificación de la demanda de fecha 8 de julio del 2022, a las 11h09, se ordenó citar por la prensa a los Herederos desconocidos de quien en vida se llamó VICENTE ARGEMIRO CEDEÑO CEVALLOS, GUIDO ARGEMIO CEDEÑO VELEZ, LUIS ALFREDO CEDEÑO VELEZ Y JOSE HERIBERTO CEDEÑO VELEZ, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, toda vez que los actores afirmaron bajo juramento de que le es imposible determinar la residencia o domicilio actual de dichos herederos desconocidos.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones físicas y electrónicas y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes. - Certifico.Particular que comunico para los fines de Ley. Quevedo, 2 de febrero del 2023
Ab. Galo Luis Mendoza Segovia SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO
NOTA: El extracto correspondiente se publicará en unos de los Diarios de mayor circulación de la localidad la publicación se realizar con letra tipo helvética, con tamaño de fuentes Nro. 8 y a doble columna.
P-37528-1172
El pago de la bonificación por desahucio un valor de USD. 900 NOVECIENTOS DOLARES AMERICANOS CON 00-100
Al pago por despido intempestivo la suma de USD. 3.600. TRES MIL
SEISCIENTOS DOLARES AMERICANOS. Fondos de reserva la suma de USD. 2.654,06 DOS MIL
SEISICIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS 00-100 Por vacaciones la suma de USD. 1.000 MIL DOLARES AMERICANOS CON 02-100
TRÁMITE: Procedimiento
Sumario de pago de haberes laborales.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab Lenin Santiago Guerra Yanez, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Valencia, quien mediante auto de fecha jueves 23 de febrero del 2023 a las 16h55, Dispone se citar a EMMA BEATRIZ PALADINES CELI en calidad de HEREDERA CONOCIDA, de quien en vida fue el señor TELMO ENRIQUE PALADINES CRIOLLO, por la prensa conforme al art. 56 numeral 1
del COGEP, por manifestar la accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia, el mismo que no puede determinarlo.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso luego tendrán el término de quince días para
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA, PROVINCIA DE LOS RIOS EXTRACTO DE CITACIÓN
A: Cítese a los herederos desconocidos de quien en vida fue GILBERTO PROCINO ALVAREZ GARCIA.
LES HAGO SABER: Que por sorteo de ley le ha tocado conocer a esta judicatura el juicio de Inventario y avalúo de Bienes Sucesorios Nro. 12336-2022-00550, de menes dejados por el causarte GILBERTO PROCINO ALVAPEZ GARCIA
ACTOR: HONORATA SEBASTIANA BRAVO RODRIGUEZ, ANA DEL CARMEN ALVAREZ BRAVO, GERMAN BENITO ALVAREZ BRAVO, JOSEFINA CARMEN ALVAREZ BRAVO.
DEMANDADOS: MAURA ELVIRA ALVAREZ BRAVO, RAMON GILBERTO ALVAREZ BRAVO, SIMÓN BOLIVAR ALVAREZ BRAVO: MIGUEL ARCANGEL ALVAREZ BRAVO, OCTAVIO ALVAREZ BRAVO, ROMULO LORENZO ALVAREZ BRAVO
OBJETO DE LA DEMANDA.- Por medio de este juicio, pretendemos señor juez, que se declare estar abierta sucesión intestada de los bienes dejados por el causante GILBERTO PROCINO ALVAREZ GARCIA, para que se practique el inventario y avalúo de los bienes dejados sin testar, como lo dispone el art. 993 del Código Civil y que en sentencia se apruebe el informe pericial del inventarío y avalúo del activo y pasivo de los bienes dejados por el causante, lo que requiero para la respectiva partición judicial o extrajudicial de los bienes dejados por mi cónyuge y nuestro referido padre.
JUEZ:-Dr. Jorge Arias Desiderio, Juez de la UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA PROVINCIA DE LOS RIOS.
CUANTÍA: Indeterminada.
PROVIDENCIA: - Avoco conocimiento de la demanda de INVENTARIO DE BENES SUCESORIOS signado con el N° 12336-2022-00550, al respecto dispongo lo siguiente: PRIMERO: ADMISIÓN A TRÁMITE.Por cumplir la solicitud y escrito de complementos los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara, precisa y completa, consecuentemente se ACEPTA a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, de acuerdo a lo determinado en los Arts. 334.4 y 341 al 346 del Código General de Procesos; SECUNDO: DECLARATORIA DE APERTURA DE SUCESIÓN INTESTADA.- Con las actas de inscripción de defunción se establece que quien en vida fue GILBERTO PROCINO ALVAREZ GARCIA, falleció en el cantón Valencia Provincia de Los Ríos, el 30 de noviembre de 1986; por lo que se declara la sucesión intestada de sus bienes desde su fallecimiento. Publíquese esta declaratoria en uno de los periódicos de esta o localidad o de la más cercana que tenga amplia circulación en este cantón Valencia y procédase al inventario y avalúo de los bienes dejados por los causantes quien en vida se llamó GILBERTO PROCINO ALVAREZ GARCIA: TERCERO: CITACIÓN A LA PARTE DEMANDADA: e) Al amparo de lo que determinan los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole que de conformidad con el Art. 336 del COGEP podrá oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia; por haber declarado la actora que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos, así como terceros interesados que se crean con derecho a oponerse, CITESE a los herederos presuntos y desconocidos, así como terceros interesados, según lo dispuesto en el Art. 56.1 del COGEP, mediante publicaciones en letra tipo helvética, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en este Cantón. De no haberlo se harán en un periódico de la capital de la provincia, así mismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. Previniéndoles que de conformidad con el Art. 336 del COGEP podrá oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia. - La oposición deberá cumplir con los mismos requisitos de la contestación a la demanda, en consecuencia deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del mismo cuerpo legal. A los demandados en el acto de citación además se le prevendrá respecto a su obligación de señalar domicilio judicial para recibir sus notificaciones y autorizar defensor técnico para su patrocinio en esta causa;.-NOTIFIQUESE, CÍTESE y CÚMPLASE.-
Valencia, 2 de marzo del 2023
AB. VERONICA MARCILLO MOREIRA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON VALENCIA P-37537-1172
contestar la demanda y proponer excepciones de ser el caso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.
Valencia, 28 de febrero
AB. MSC. DOUGLAS ANGEL COELLO ALVEAR SECRETARIO
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA P-37511-1109
EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACION
A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL DE CUJUS TARQUINO ENRIQUE PROAÑO MOYA
Se le hace saber que en el juicio laboral No. 123712022-00075 seguido por JOSE FRANCISCO PAUTA ASTUDILLO, en contra de la COOPERATIVA DE TRANSPORTE URBANBO GRUPO 8 QUEVEDO, al tenor de lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se ha dispuesto CITAR por la prensa al tenor del extracto que sigue:
OBJETO DE LA DEMANDA: El demandante afirma haber ingresado a laborar el día martes 02 de enero de 1996 hasta el 22 de junio del 2020 en forma continua e ininterrumpida bajo relación de dependencia de la Cooperativa de Transporte Urbano Grupo 8. Que sus labores era proporcionar al contador de la Cooperativa
los recibos de ingresos y egresos y toda la información necesaria para que sean registrados en los respectivos libros contables, concurrir obligatoriamente a las sesiones de Asamblea General, así como a las de Consejo de Administración y Vigilancia, orientar en la toma de decisiones de carácter económico, al Consejo de Administración y Vigilancia, realizar depósitos en forma personal y regular de los valores de la Cooperativa en las cuentas corrientes de los bancos, movilizar las cuentas bancarias, despacho de unidades en el primer turno, elaboración de turnos, movilización a diferentes asambleas nacionales de la Federación Nacional de Transporte Urbano del país, cobro de tickets diarios para gastos administrativos, pagos de servicios básicos e inclusive la limpieza de la sede, asi como la representación como gerente .Que sus labores eran desde las07h00 hasta las 12h00 y desde las 14h00 hasta las 19h00, de lunes a viernes y los días sábados desde las 14h00 hasta las 16h30, inclusive los feriados nacionales, feriados provincial y cantonal. Que las labores en la oficina de la sede y e el horario vespertino realizaba las labores en el estacionamiento de la cooperativa que queda ubicada a 150 metros de la sede con relación a la cobranza de tickets. Que inicialmente ganó $130.000, sucres mensuales y su última remuneración $900,00 dólares mensuales. Que fue despedido el sábado 20 de junio del 2020. Que
sí fue afiliado al IESS. Que no se le proporcionó ropa de trabajo. Que mantiene valores pendientes a los que se refiere en los numerales 13 y 14 de la demanda.
CUANTIA DE LA ACCION:
$62.108,33
TRAMITE: PROCEDIMIENTO SUMARIO
JUEZA DE LA CAUSA.-Ab.
Sara Solís Solórzano, en auto del jueves 12 de mayo del 2022, a las 12h41 calificó la demanda de clara y precisa y dispuso citar a los demandados, a quienes se les concedió el término de quince días, para que conteste la demanda, enuncie sus pruebas de conformidad a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 575 del Código del Trabajo; y, en el auto del viernes 27 de febrero 2023, a las 11h25 dispuso de conformidad con lo prescrito en el Art- 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, citar por la prensa a las y los herederos desconocidos de TARQUINO ENRIQUE PROAÑO MOYA . Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes.
Quevedo,22 de Febrero del 2023 AB. EDDA MAGALI MACIAS MORAN SECRETARIA P-37543-1109
R DEL E CARTELES
SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RIO SALAMPE, REQUIRIENDO UN CAUDAL DE 25 LITROS/SECUNDOS PARA RIEGO DE 96.85 HECTÁREAS DE CULTIVO DE BANANO, PARA LA HACIENDA CAMPOSOL, UBICADO EN LA PARROQUIA RICAURTE, CANTÓN URDANETA, PROVINCIA DE LOS RÍOS. EN RELACIÓN A LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS PRESENTADO POR LA ING. KARINA DE LOURDES TORO SUAREZ EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA CAMPOSOL S.A.
A: COMPAÑÍA CAMPOSOL S.A.
EXPEDIENTE No. 3575-2020
COMISIÓN:
LA REPÚBLICA DEL ECUADOR EN SU NOMBRE Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LA SUSCRITA ING. ISABEL CRISTINA TAMARIZ MATA, EN CALIDAD DE DIRECTORA ZONAL (5), MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, COMISIONA:
LA PRÁCTICA DE LA DILIGENCIA DE FIJACIÓN DE CARTELES AL SEÑOR JEFE POLITICO DEL CANTON URDANETA, PROVINCIA DE LOS RIOS.
Lo que comunico al público para los fines de ley consiguientes, previniendo a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal, dentro del perímetro del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, (Ciudad de Guayaquil, Avenidas Francisco de Orellana y Justino Cornejo; Edificio: Gobierno Zonal) piso 11; para futuras notificaciones.
Ab. Sophia Guamán Fernández Secretaria Ad-Hoc
UNIDAD JUDICIAL DEL TRABAJO CON SEDE EN Consejo de la Judicatura
CONSULTA DE PROCESOS
Detalle del proceso No. proceso:
12336202200475 No. de Ingreso: 1
Fecha: 22/08/2022 15:25
Acción/Infracción: PAGO DE HABERES LABORALES Dependencia jurisdiccional: UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA Más datos OFICIO 06/12/2022 10:08 R. del E.
UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE DE LOS RÍOS EN VALENCIA
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIENES EN VIDA FUERON
SEGUNDO ARNULFO
HOYOS JACOME y FABIOLA PEREGRINA COBO
RECALDE
SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita en su contra el juicio sumario de pago de haberes laborales No.123362022-00475, propuesta por Ab. LEONARDO DAVID
JIMENEZ VERGARA en calidad de procurador judicial del señor LUIS GEOVANY
SIGCHA CUNUHAY cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: LEONARDO DAVID
JIMENEZ VERGARA en cali-
dad de procurador judicial del señor LUIS GEOVANY SIGCHA CUNUHAY.
DEMANDADOS:
HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIENES EN VIDA FUERON SEGUNDO ARNULFO
HOYOS JACOME y FABIOLA PEREGRINA COBO RECALDE
OBJETO DE LA DEMANDA: PAGO DE HABERES LABORALES
AUTO INICIAL.- VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial
Multicompetente con sede en el Cantón Valencia.Puesta en mi despacho la presente causa en esta fecha, dispongo lo siguiente: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto anterior, la demanda laboral por PAGO DE HABERES
LABORALES presentada por LEONARDO DAVID
JIMENEZ VERGARA en calidad de Procurador Judicial del señor LUIS GEOVANY SIGCHA CUNUHAY, en contra SEGUNDO ARNULFO
HOYOS COBO por sus propios derechos y por los que representa en su calidad de administrador de la Hacienda
Bananera “Maravilla 4”, NADIA FABIOLA HOYOS COBO por sus propios derechos y por los que representa en su calidad de administrador de la Hacienda Bananera “Maravilla 4” y Los Herederos Presuntos Desconocidos de quien en vida fueron SEGUNDO
ARNULFO HOYOS JACOME y FABIOLA PEREGRINA
CONO RECALDE, es clara, precisa y cumple con los
requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento sumario. Se ordena la citación de los demandados, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto de calificación. A fin de precautelar el cumplimiento de las Garantías Básicas del Debido Proceso y fundamentalmente el Derecho a la Defensa previsto en el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, CÍTESE a los demandados SEGUNDO ARNULFO HOYOS COBO, NADIA FABIOLA HOYOS COBO, A fin de precautelar el cumplimiento de las Garantías Básicas del Debido Proceso y fundamentalmente el Derecho a la Defensa previsto en el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, CÍTESE a la parte demandada, con copia de la demanda, este auto interlocutorio y los documentos anexos a la demanda, en el lugar señalado en el libelo inicial por el accionante, diligencia que se cumplirá a través de la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial, para el efecto el solicitante en el término de tres días comparezca a esta Unidad Judicial a proporcionar las copias necesarias para la citación al demandado conforme lo establece la Resolución N° 061-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y el actuario del despacho suba la información necesaria a la bandeja
SOCIALIZACIÓN DE TRÁMITE DE ADJUDICACIÓN DE TIERRAS
EN EL Yo, Teolinda Marina Andrade Vicuña en calidad de apoderada general de la Sra. Marina Patricia Arevalo Andrade, portadora de la cedula de ciudadanía número 0300122926; pongo en conocimiento a la ciudadanía en general que soy posesionaria de un terreno del cual estoy realizando el proceso de adjudicación de tierras ante el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, el bien cuenta con una superficie de 6,771 hectáreas, ubicado en el sector Los Ángeles, parroquia Patricia Pilar, cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, cuyos linderos, medidas y colindantes son los siguientes:
Por el Norte: Con el Sr. Ponce José María Ezequiel, P08-P09 con una distancia de 163,9977 m. y del P01 al P09 con una distancia de 178,673m.
Por el Sur: Con la señora Allaico Guamán Ines Lucila, P04-P05 con una distancia de 66,190 m.
Por el Este: Con carretero interno, P06 , P07 y-P08 con una distancia de 183,788 m., Negrete Gonzabay Favio Bonifacio desde el P05-P06 con una distancia de 134,183 m.
Por el Oeste: Con la señora Teolinda Marina Andrade Vicuña en calidad de apoderada general de la Sra. Marina Patricia Arévalo Andrade, desde el P01-P04 con una distancia de 392,166 m.
Esta publicación se la realiza como parte del proceso de adjudicación de mi terreno, en base a lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo Ministerial 265 del 11 de septiembre de 2007 y reformado por el Acuerdo Ministerial No. 011 del 11 de febrero de 2008 “Procedimiento para la Adjudicación de Tierras dentro del Patrimonio Forestal del Estado y/o Bosques y Vegetación Protectores a favor de Comunidades o pueblos indígenas y afro ecuatorianos”, las personas que se sientan afectadas por este proceso de adjudicación tienen un plazo de 30 días para presentar la oposición fundamentada en el título de propiedad o posesión regular.
Particular que se pone en conocimiento para los fines legales pertinentes.
del módulo de citaciones para el cumplimiento inmediato por parte del citador asignado temporalmente a esta Unidad Judicial Manuel Gabriel González Cabrera.De conformidad con lo establecido en el Art. 56 del COGEP, por haber declarado la actora que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados, CÍTESE a los Herederos Presuntos Desconocidos de quien en vida fueron SEGUNDO
ARNULFO HOYOS JACOME y FABIOLA PEREGRINA CONO RECALDE, según lo dispuesto en el Art. 56.1 del COGEP, mediante publicaciones en letra tipo helvática, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en este Cantón. De no haberlo se harán en un periódico de la capital de la provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones integras se agregarán al proceso, por lo que se dispone que el Secretario de la Unidad Judicial confiera los extractos correspondiente en el momento procesal oportuno.- A las partes demandadas, en el acto citatorio se le prevendrá que tiene el término de QUINCE (15) DÍAS para contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 del COGEP, en virtud de lo dispuesto en el Art. 333 numeral 3 del ibídem, lo que incluye señalar domicilio judicial electrónico para reci-
bir sus notificaciones, bajo prevención de proseguir la causa en rebeldía por su falta de comparecencia. De igual forma, se le hace saber a la parte demandada que al contestar la demanda deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del COGEP.- ANUNCIO DE MEDIOS PROBATORIOS DE LA PARTE ACTORA: Téngase en consideración los anuncios probatorios efectuados por la parte actora, que son los siguientes: PRUEBAS TESTIMONIALES: a) Declaración de parte del demandado, al tenor de lo que disponen los Arts. 187 y 188 del COGEP; c) Juramento Deferido del actor, acorde a lo dispuesto en el Art. 185 del COGEP.- PRUEBAS DOCUMENTALES: Las pruebas documentales que adjunta a la demanda.- La admisibilidad de las pruebas anunciadas en la presente causa, se realizada en la respectiva audiencia única, tal como lo dispone el Art. 160 del COGEP y de ser admitidas deberán practicarse conforme las reglas establecidas en el Código Orgánico General de Procesos.NOTIFICACIONES Y DEFENSA TÉCNICA: Téngase en consideración los correos electrónicos que señala la parte actora para recibir sus notificaciones; así como la autorización que confiere el actor al Ab. Leonardo Jimenez Vergara, para su defensa técnica en la presente causa.- Tómese en cuenta el procedimiento
EXTRACTO JUDICIAL
y la cuantía señalados en la demanda y agréguense a los autos los documentos anexados a la demanda.CÚMPLASE, NOTIFÍQUESE.-
DEMANDA: El accionante solicita que en sentencia y previo al trámite Sumario se declare con lugar la demanda de pago de haberes laborales que mantienen en contra de SEGUNDO ARNULFO HOYOS COBO y NADIA FABIOLA HOYOZ COBO, por sus propios derechos y en calidad de herederos conocidos y a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fueron SEGUNDO ARNULFO HOYOS JACOME y FABIOLA PEREGRINA COBO RECALDE; y, se los conmine al pago de ropa de trabajo, décima cuarta remuneración, décima tercera remuneración, bonificación por desahucio, pago por despido intempestivo, fondos de reserva, vacaciones, pago de horas extraordinarias.-
CUANTIA: La cuantía se la fija en US$ 19.950,72 (DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 72/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA).
TRAMITE: SUMARIO
JUEZ DE LA CAUSA: Ab Lenin Santiago Guerra Yanez, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Valencia, quien mediante auto de fecha lunes 26 de septiembre del 2022 a las 16h50, Dispone se citar a los herederos presuntos y desconocidos por la prensa conforme al art. 56 nume-
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL
Notificación a herederos conocidos y desconocidos de:
ELSA MARÍA VERA ROMERO
Juicio No 12335-2017-00026
MATERIA: CIVIL
TIPO DE PROCESO: ORDINARIO
ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO ACTOR: LOOR PORRO RAQUEL CUMANDA
DEMANDADOS: JULIO ENRIQUE, JORGE ENRIQUE, MARTHA CECILIA Y CARMEN ROSA VERA ROMERO, JOSÉ ENRIQUE VERA MENDOZA, FREDDY ERNESTO Y MILSA MARÍA VERA FIGUEROA, MIGUEL ANGEL, MARISELA ADELAIDA, GEORGINA RAQUEL Y CARMEN ROSA VERA LOOR.
PROVIDENCIA:
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTÍL DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. “Quito, miércoles 1 de febrero del 2023, las 11h53. Agréguense al cuaderno de casación los anexos y el escrito que antecede. - En lo principal, previo a la calificación del recurso de casación, por cuanto se da a conocer y se justifica el fallecimiento de la señora Elsa María Vera Romero, conforme el certificado de defunción que se adjunta. Se dispone dar cumplimiento conforme lo determina el artículo 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, que prescribe “Si alguno de los litigantes fallece, se notificará a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificará en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código. La notificación se hará mediante providencia en la que se dispondrá contar con los herederos en el proceso. La publicación por la prensa contendrá únicamente un extracto de aquella. Notifiquese a los herederos conocidos y desconocidos de Elsa María Vera Romero, para el efecto secretaría entregará a la parte interesada, el extracto que deberá realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional. Notifíquese y cúmplase. F) DR. CAROS PAZOS MEDINA, CONJUEZ NACIONAL (E) ...”
Quito, 3 de febrero del 2023
DRA. MARIA AUXILIADORA PERALTA SANCHEZ
SECRETARIA RELATORA SALA CIVIL Y MERCALTILral 1 del COGEP, por manifestar la accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUERON SEGUNDO ARNULFO
HOYOS JACOME y FABIOLA PEREGRINA COBO RECALDE, el mismos que no puede determinarlo.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso luego tendrán el término de quince días para contestar la demanda y proponer excepciones de ser el caso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.
Valencia, 06 de diciembre del 2022
DOUGLAS ANGEL COELLO ALVEAR SECRETARIO
P-37457-1109
Juicio No. 12334-202200998
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO. Babahoyo, jueves 23 de febrero del 2023, a las 11h48.
EXTRACTO DE CITACIÓN
POR LA PRENSA
SE LE HACE SABER: A: ORTEGA VILLAO
WASHINGTON ADRIAN
ACTOR: MARIO
HUMBERTO GALLEGOS CARRANZA.
DEMANDADOS: ORTEGA
VILLAO WASHINGTON
ADRIAN, JUICIO: EJECUTIVO NO 12334-2022-00998
ASUNTO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO
JUEZA DE LA CAUSA:
DR. MARCO FERNANDO
SIGUIENCIA GARCIA
SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL
GUERRERO 1.- AUTO DE CALIFICACIÓN: - Babahoyo, miércoles 8 de febrero del 2023, a las 09h26, VISTOS. - Formen parte del proceso la Razón sentada por el señor actuario del despacho a fJS. 23, agréguese y agregado como se encuentra ‘el escrito presentado por MARIO
HUMBERTO GALLEGOS CARRANZA, con el que ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto anterior. En lo principal, por cuanto la demanda y su complemento que antecede propuesta por MARIO HUMBERTO GALLEGOS CARRANZA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en una LETRA DE CAMBIO, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, puesto que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En mérito de lo cual se ordena la citación del demandado: ORTEGA VILLAO WASHINGTON ADRIAN, como deudor principal. En virtud que el actor ha rendido su juramento como consta en el proceso (fs. 21), quien manifiesta que le es imposible determinar la individualidad o residen-
cia del demandado ORTEGA VILLAO WASHINGTON ADRIAN, pese haber realizado todas las diligencias necesarias inclusive a través de su defensor técnico en las diferentes instituciones públicas, haber hecho las averiguaciones correspondientes inclusive en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, lo que le ha resultado infructuoso; de acuerdo a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar por la prensa al demandado ORTEGA VILLAO WASHINGTON ADRIAN, mediante tres publicaciones que se harán en tres distintos días, en un periódico de amplia circulación provincial, para lo cual el señor Actuario del despacho procederá a realizar el extracto de citación, en la forma establecida en la ley, para que comparezca a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, bajo prevenciones de rebeldía.Se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno,. en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. - Tómese en cuenta la autorización que concede a sus defensores técnicos, los correos electrónicos señalados para recibir notificaciones.
2.- FUNDAMENTOS DE HECHO: ANTECEDENTES. señor Juez el 12 de mayo del 2021, el demandado ORTEGA VILLAO WASHINGTON ADRIAN, suscribimos un contrato arrendamiento de un vehículo de propiedad de la sociedad conyugal que activa el aparato judicial dentro de esta causa, donde se comprometía el demandado a cancelar mensualmente la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA durante un año, tiempo para el cual fue celebrado este contrato, es decir hasta el 12 de mayo de 2022. De este acuerdo solo respetó el pago de las cuotas de los cuatro primeros meses, y esto casi obligándolo.
3.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: Que mi pretensión la fundamento en los art. 347, 348 del COGEP; 410, 441, 444 y 448 del Código de Comercio; art. 1510 código civil.
4.- PRETENSIÓN: Que ejecute al deudor con base a la LETRA DE CAMBIO y en sentencia, declare con lugar mi demanda y consecuentemente condene al demandado a los pagos del capital de $ 8,000 dólares americanos, intereses por el tiempo vencido; costas procesales.
5.- TRÁMITE PROCESAL: Procedimiento que debe sustanciarse la causa es el EJECUTIVO COBRO DE LETRA DE CAMBIO. -
6.- TERMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.CORONEL GUERRERO JOFFRE ISAIAS
P-37550-1172
Un policía fue herido mientras se movilizaba en un patrullero, hay personas detenidas a las cuales se investiga.
Las unidades policiales se activaron en Mocache para el sepelio de Leonardo Lara, exsargento de la entidad, quien fue asesinado en de Babahoyo, al sur de la provincia de Los Ríos.
El evento no pasó desapercibido ya que desde tempranas horas del miércoles 15 de marzo de 2023 se viralizaron videos donde se mostraron todo tipo de armas de fuego. Sin embargo, al recorrido llegaron decenas de policías y militares para lo que prometía ser un sepelio al puro estilo ‘Mocache’. El agente herido recibió atención médica de
inmediato.
Los militares impidieron revueltas y que nadie porte armas, pero no fue del agrado de los asistentes por lo que se formaron inconvenientes.
Tras los altercados, en el cementerio hubo detenidos y decomisos, aquello inquietó a quienes fueron a sepultar a Lara.
Represalias
Tras caer la noche, tres hombres fueron aprehendidos y ahora son investigados por el ataque a una Unidad Policial Comunitaria (UPC) en el cantón.
Las dos muertes registradas en el recinto San Roque, perteneciente a El Empalme, son investigadas, así lo informó Patricio Jarrín, jefe de la Policía (s) de la localidad.
Según el uniformado, las unidades especializadas recaban la información necesaria (cámaras de seguridad, testimonios, entre otras evidencias) que les permita dar con los responsables de este hecho.
Las dos víctimas eran hermanos y se encontraban internos en un centro de rehabilitación situado en la vía Guayas, desde donde fueron secuestrados por hombres armados, los cadáveres fueron hallados entre un sembrío de palma africana casi a la orilla
de la carretera de segundo orden. Respondían a los nombres de Óscar Jeanpiere Pérez Mejillones, de 19 años de edad, (recuadro) y un adolescente de 17, ambos sin antecedentes penales. El hecho ocurrió la tarde del miércoles 8 de marzo de 2023. Familiares indicaron que los jóvenes eran oriundos de Guayaquil y desde hace un mes y medio estaban ingresados en la clínica. (JO)
SUCESO.
Richard Vaca, jefe de la Policía, en rueda de prensa , indicó que en medio del tumulto evidenciaron a un ciudadano que tenía una subametralladora, el cual se ocultó entre los asistentes.
Ese mismo día, cerca de las 19:00, se conoció que había un agente herido, luego que sujetos en motocicleta dispararon contra el patrullero en el que se movilizaba. Según informó Vaca,
a más del arresto de los sospechosos, se incautaron tres armas de fuego, dos motocicletas y otros indicios. En el acto delictivo se destruyeron dos ventanales de la UPC. (VV)
Las evidencias serán sometidas a pericias de criminalística. Hay dos aprehendidos.
Un operativo conjunto entre el personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional se desarrolló en Santo Domingo con el objetivo de decomisar armamento letal.
La operación denominada ‘cruzada por la seguridad’ se ejecutó en la cooperativa de vivienda Unión Cívica, donde se almacenaban armas de fuego y municiones de diferentes calibres.
El personal uniformado
ingresó a los predios durante la madrugada de ayer, jueves 16 de marzo, y encontraron varias evidencias para sustentar la existencia del delito.
Edwin P., y Marcelo P., fueron aprehendidos durante el procedimiento para que respondan ante las autoridades judiciales de Santo Domingo. Ninguno de ellos tiene antecedentes penales, pero hasta el cierre de esta edición no se desarrollaba la audiencia de flagrancia.
Detalles
Se realizaron dos allanamientos durante la intervención policial y militar. El procedimiento se plasmó
Tres días duró la búsqueda de Luis Joel Zambrano Macías , pero el resultado fue desconsolador para sus familiares y amigos porque lo encontraron sin vida.
Las posibilidades de hallarlo con signos vitales eran prácticamente nulas y eso se confirmó la tarde del miércoles 15 de marzo, cuando observaron su cuerpo en medio de una palizada.
Luis estaba desaparecido desde el domingo, fue arrastrado por la corriente del río Baba, hecho que quedó registrado en el celular de una persona.
amigos desafiaron la fuerza del afluente, pero lastimosamente este joven perdió la batalla y terminó sometido por el fuerte caudal.
Reacción
Equipos de rescate de la Policía Nacional, Bomberos y otras instituciones recorrieron las orillas del río durante tres días para localizar el cuerpo de la víctima.
el dato El joven se ahogó el domingo 12 de marzo.
El ahora fallecido y dos
El hallazgo ocurrió en el sector La Isla, perteneciente a la parroquia rural El Esfuerzo, donde Luis quedó atrapado en medio de la palizada que cruza por una hacienda.
TRABAJO. Participaron militares y policías en este operativo. tras varias semanas de trabajo investigativo y estuvo acompañado por un representante de la Fiscalía General del Estado.
el dato Las evidencias quedaron en cadena de custodia.
Entre las evidencias halladas en los predios constan: un revólver marca Smith Wesson calibre 38, dos pistolas
9 milímetros y 79 municiones de diferentes calibres.
Las tareas de inteligencia continuarán para confirmar si este armamento ha sido utilizado en cualquier delito suscitado en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas. (JD)
DISPARO. La herida fue en la pierna derecha de la víctima.
Un grupo de personas fue atacado con armas de fuego mientras libaban en la vía pública de El Ébano, populoso y conflictivo sector ubicado en Santo Domingo.
RECUPERACIÓN. El cadáver fue llevado al Centro Forense.
Los uniformados sacaron el cuerpo y coordinaron el traslado hacia el Centro Fo-
rense de Santo Domingo para que se practique la autopsia correspondiente. (JD)
el dato Los médicos confirmaron que el herido está estable.
El hecho se suscitó aproximadamente a las 23:30 del miércoles 15 de marzo y dejó un herido, pero afortunadamente el proyectil no afectó órganos vitales. La víctima fue identificada como Jackson C ., quien resultó con un disparo en la pierna derecha y fue trasladado al hospital Gustavo Domínguez para que reciba atención médica.
Procedimiento
La Policía Nacional fue alertada de este hecho violento y se desplegó al sitio del suceso para levantar información del caso, pero no se lograron mayores detalles porque el vecindario tiene temor a represalias.
Se conoció que los protagonistas de los disparos se movilizaban a bordo de una motocicleta y que huyeron con rumbo desconocido después de herir a Jackson C.
Personal investigativo se sumó al operativo para identificar a los autores materiales, pero hasta el cierre de esta edición no habían sospechosos aprehendidos. (JD)
En 2022, la Policía Nacional terminó con un 84% de rechazo ciudadano.
vulnerable – según Oñate–la seguridad interna de la Institución. Con esto concuerda Sacoto, y menciona que hay deficiencias en las etapas del trabajo de inteligencia.
Contrainteligencia
en la web
lahora.com.ec
PAÍS
Fenocin reconoce diálogos con Ministro de Gobierno
Desde los narcogenerales a los audios filtrados, la Policía Nacional –especialmente su cúpula- atraviesa uno de sus peores momentos.
Cuando Juan Zapata asumió el cargo de ministro del Interior, en medio de la crisis que sufría la Policía Nacional por el femicidio de María Belén Bernal, se comprometió a levantar la imagen de la institución.
En 2022, la Policía Nacional terminó con un 84% de rechazo ciudadano. Ese fue un cambio radical respecto a la pandemia, cuando tenía un 92% de aceptación ciudadana. “A eso queremos volver (…) La justicia llega con acciones”, dijo Zapata. El Ministro hizo esas declaraciones en septiembre de 2022, el presidente Guillermo Lasso, había pedido la destitución de los generales Freddy Goyes y Giovanni Ponce, por omisiones dentro del femicidio de Bernal, hecho ocurrido dentro de la Escuela Superior de Policía.
Pero Giovanni Ponce no dejó la institución sino hasta el 14 de marzo de 2023, y no por el caso de Bernal;
sino por la filtración de una conversación que tuvo con el también general, Mauro Vargas. Ambos habrían promovido el archivo de la investigación ‘León de Troya’ , que se enfoca en el supuesto vínculo entre Rubén Cherres y la mafia albanesa.
Ponce y Vargas se suman a una lista de altos rangos de la cúpula policial que han sido separados por sospechas de corrupción. En diciembre de 2021, la Embajada de Estados Unidos en Ecuador habló de la existencia de narcogenerales en el país y, aunque no dio nombres, a los pocos días les retiró las visas a Víctor Araus, Pablo Rodríguez, Paulo Terán y Édgar Correa.
Araus era uno de los más altos rangos y opcionados a llegar a ser comandante general de la Policía. Sin embargo, Lasso lo cesó de sus funciones.
Así se suman siete bajas en la cúpula policial, en menos de dos años de Gobierno.
La inestabilidad no solo se nota en hechos lamentables como el caso Bernal o el retiro de visas; sino en la vulnerabilidad del equipo de inteligencia policial, al no prever la filtración de información.
El abogado y exmiembro de la Policía, Stalin Sacoto, señala que la salida de los dos
generales (Ponce y Vargas) es una crisis no controlada, no solo de la Policía Nacional, sino del Ministerio del Interior y del poder Ejecutivo.
“Es una crisis a la que no se debió llegar. Los generales que sabían y conocían sus acciones debieron pedir la disponibilidad o baja hace mucho tiempo”, opina Sacoto, aunque destaca que la salida es mediática, pues, legalmente, “esos audios (publicados por el medio digital La Posta) pueden carecer de validez probatoria, por no estar ordenado por autoridad competente”.
“Ahora es importante que ellos (Ponce y Vargas), dentro del proceso de investigación den su versión de los hechos, al momento solo tenemos una parte”, menciona Sacoto.
Policías
La socióloga, Gabriela Oñate, indica que uno de los problemas dentro de las cúpulas policiales es “no asumir su rol de funcionario y creerse políticos. Lamentablemente, muchos policías asumen este rol, porque saben que puestos de altas jerarquías como la codiciada Comandancia de la Policía es un cargo, muchas veces, no siempre, más político que meritorio. Ahí se inicia la corrupción”, comenta.
Son estos mismos intereses y pugnas internas dentro de la institución que hacen
Para Sacoto, lo que queda en evidencia “es que en el alto mando de la Policía no utilizan medidas de contra contra inteligencia”.
Estas son las diferencias de estos tres términos:
La inteligencia es la anticipación estratégica de una acción
La contrainteligencia es evitar que algo o alguien no me permita anticiparme. La contra contra inteligencia son medidas que permiten estudiar los movimientos de quien ha ejercido contra inteligencia.
“En definitiva, o no los tienen o no saben que existen dispositivos de contra medidas electrónicas (emisores de sonido rosa o ruido) justamente para evitar ser grabados o escuchados”, advierte Sacoto. (AVV)
ECONOMÍA La concesión de créditos sigue creciendo en 2023, pero a menor ritmo
TRABAJO 28 empresas ofertarán vacantes en la Feria Virtual de Empleo Sin Fronteras
LOJA
Gualel incomunicado, tramo vial se fue al abismo
FEDERACIÓN DEPORTIVA DE COTOPAXI
FUNDADA EL 19 DE DICIEMBRE DE 1930 CONVOCATORIA
De conformidad a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, que señala: “...La Asamblea o Congreso Ordinario será convocado dentro del primer trimestre del ejercicio correspondiente (...)". CONVOCO
A sesión Ordinaria de Asamblea General de Federación Deportiva Provincial de Cotopaxi, para el día viernes 31 de marzo de 2023, a las 16h00, en la Sala de Sesiones del Edificio Administrativo de la Institución, ubicado en las calles Av.Trajano Naranjo y Santiago Zamora, para conocer y resolver sobre el siguiente:
1. Constatación del quórum.
2. Instalación de la sesión.
ORDEN DEL DÍA:
3. Lectura y conocimiento de los informes del presidente, del directorio y de las comisiones.
4. Lectura y conocimiento de los estados financieros.
5. Elección y Posesión de los miembros de las comisiones de las disciplinas deportivas, conforme al Art.41 numeral 2, del Estatuto vigente de Federación Deportiva de Cotopaxi.
6. Clausura de la sesión.
El quórum de instalación de la Asamblea Generales o Congresos, se establecerá de acuerdo al Art. 17 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y al Art. 15, del Estatuto de Federación Deportiva de Cotopaxi. Según lo establece Art. 18 Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
Latacunga, 16 de marzo de 2023
Los cambios se sienten con fuerza en un sector de la población y del empresariado. La situación sería peor si se aprobaba la reforma que dejó Lenín Moreno.
Durante marzo y abril de 2023, se debe declarar y pagar el impuesto a la renta, tanto de personas naturales como de empresas. Además, se tiene que desembolsar el segundo pago de la contribución temporal correspondiente a las empresas con patrimonio mayor a $5 millones.
En este contexto, se han vuelto a disparar las críticas sobre la reforma tributaria del Gobierno de Guillermo Lasso. El descontento va desde empresarios hasta personalidades públicas.
Así, por ejemplo, a través de su cuenta de Twitter, el conocido cantante y publicista, Francisco Terán, dijo “¿Ya pagaron impuestos? ¿Ya vieron cómo nos metieron la mano hasta el diafragma?”.
Incluso empresarios y exfuncionarios públicos como Jorge Wated han dicho cosas como que “el Gobierno debería acoger el clamor ciudadano de reactivar las deducciones al Impuesto a la Renta y así ayudar a reactivar la economía, sobre todo de la clase media”.
Desde la academia también han llegado las críticas. Por ejemplo, el economista y profesor universitario Luis Espinosa Goded, publicó un video en redes en el cual califica a Ecuador como un “infierno tributario”
Al respecto, el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, no ha descartado que se puedan revisar temas, incluso ha dicho que todo el tiempo se evalúa dentro del Gobierno, pero los impuestos no se
pueden modificar por decreto y que los ingresos públicos siguen siendo menores que el creciente nivel de gastos.
Tapón de huecos fiscales
El mismo Briones ha llegado a reconocer que, como funcionario público, su pago de impuesto a la renta se incrementó más de 50 veces en el último año.
LA HORA ha publicado notas en las que, por un lado, se analiza el incremento por cada segmento de ingresos; y por otro lado, se puntualiza que solo 225.000 ecuatorianos pagan este impuesto.
En un país de desarrollo medio, al menos el 40% de la Población Económicamente Activa (PEA) debería pagar el impuesto a la renta. En Ecuador, el porcentaje no lle-
° A través de todo el Plan de Control Justo, que incluye PCR tributarios y formalización de empresas de apuestas deportivas e influencers, el SRI apunta a generar una recaudación de alrededor de $1.200 millones. Esa recaudación es 32% de lo que se sacará por contribuciones especiales y 176% más que lo que generará el aumento en el pago del impuesto a la renta con la reforma tributaria.
225.000 ecuatorianos pagan el impuesto a la renta, según datos del SRI.
ga ni al 4%.
El problema de fondo, según Carlos Verdesoto, economista y asesor fiscal, es que el país tiene un bajo número de empresas, alta informalidad y una lucha no resuelta contra la evasión. Esto, sin embargo, no se soluciona de la noche a la mañana, mientras todos los días hay nuevas exigencias para más gasto público.
“La reforma tributaria de Lasso no es la mejor del mundo; tampoco significa un cambio integral como han propuesto sectores liberales desde hace años. Su real utilidad es tapar parte de los huecos fiscales. Se la debe juzgar en comparación a las opciones que se tenían dentro del acuerdo con el Fondo Monetario Interna-
miento de los combustibles. El Gobierno optó por la fórmula que consideró que afectaba a la menor cantidad de personas”, puntualizó.
Recaudación adicional La contribución patrimonial temporal, que fue pagada por 1.711 empresas, sumó $364,13 millones durante 2022. Ese número de empresas representa el 40% de las 4.234 registradas como grandes, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Hasta el 31 de marzo de 2023, esas mismas compañías tendrán que pagar la segunda parte de esa contribución. Así, en dos años, se recaudará alrededor de $728,26 millones.
Asimismo, 7.327 personas pagaron $183 millones por la contribución patrimonial temporal (una sola vez).
El total de las contribuciones sumarán alrededor de $911,26 millones. Ese monto representa menos del 0,8% del PIB y se destina a cubrir el hueco provocado por el mayor gasto sanitario durante la pandemia.
cional”, dijo.
Cuando Lasso llegó al poder, una de las herencias que recibió fue la reforma tributaria acordada por Lenín Moreno en 2020.
Esa reforma incluía medidas como: subir 3 puntos al IVA; eliminar las devoluciones de IVA a personas de la tercera edad y universidades; gravar con impuesto a la renta al décimo tercero y cuarto sueldos; gravar impuestos adicionales a los combustibles, telecomunicaciones y otros servicios; bajar la base de pago del impuesto a la renta a los $1.200 mensuales, entre otros.
Ese paquete de medidas, de acuerdo con Roberto Rosero, abogado tributario, sí hubiera sido un golpe a toda la población, con mayor énfasis para los de menores ingresos.
“Lasso sí negoció con el FMI. Sí o sí se tenía que aprobar una reforma tributaria para compensar parte de los gastos extras hechos en la pandemia (contribuciones especiales); cubrir parte del aumento del gasto social y del impacto por el congela-
Por el lado del pago de impuesto a la renta de personas naturales, la recaudación adicional a mediano y largo plazos llegará a los $434 millones, es decir, menos del 0,4% del PIB.
El impacto es mucho menor si se compara con otras reformas tributarias en la región. La de Gustavo Petro en Colombia, por ejemplo, busca aumentar la recaudación en más del 3,5% del PIB a mediano plazo; y la fallida propuesta del presidente Gabriel Boric en Chile apuntaba a entre 4% y 5% del PIB.
Rosero recalcó que, a pesar de ser un esfuerzo menor, el descontento en Ecuador está muy ligado a la baja calidad del gasto público; y a los continuos escándalos por ineficiencia y corrupción.
“Uno de los principales pasivos de Lasso es la mala gestión y ejecución. La contratación pública es un desastre y las promesas de más inversión extranjera se enredan en la burocracia. Sin embargo, los esfuerzos en la lucha contra la evasión deberían ser más valorados”, afirmó. (JS)
La criminalidad relacionada al tráfico de cocaína en América Latina es cada vez más compleja y fragmentada, según Naciones Unidas.
VIENA. La criminalidad vinculada al tráfico de la cocaína en América Latina es “cada vez más fragmentada y compleja”, con numerosos grupos criminales compitiendo o cooperando por el enorme negocio de una droga que tiene una demanda y una producción récord, señala Naciones Unidas en un informe difundido este 16 de marzo de 2023.
En el caso específico de Ecuador, el informe de Naciones Unidas alerta sobre la presencia de importantes grupos criminales colombianos, mexicanos, europeos, italianos y balcánicos, que colaboran con redes criminales locales para expandir sus negocios.
En este contexto de competencia y cooperación entre grupos criminales nacionales e internacionales, el informe revela que proliferan los llamados “proveedores de servicios”, es decir, células externas especializadas que prestan sus servicios en toda la cadena de suministro a cambio de un pago o una comisión.
Los carteles de Sinaloa y Jalisco Nueva Generación son los que tienen más presencia internacional, según el informe.
El tráfico de cocaína es sólo una parte del negocio criminal de los grupos delictivos mexicanos, ya que están implicados en otras muchas actividades, como el tráfico de marihuana, heroína, estimulantes, armas y personas.
En el informe de la ONU se indica que una parte importante de la violencia en América
Latina relacionada con el narcotráfico se debe a la rivalidad entre los aliados locales de los carteles mexicanos de Sinaloa y Jalisco Nueva Generación.
Como casi ningún grupo criminal controla toda la cadena de suministro de cocaína desde Suramérica hasta los mercados de destino, como Europa y Norteamérica, se crean alianzas en distintas fases del proceso.
Es por ello que la competencia por el control de espacios o de puntos de distribución puede acabar en actos de violencia
En algunos casos, los representantes locales de los dos principales carteles mexicanos han estado detrás de olas de violencia
Por ejemplo, el informe indica que una serie de actos violentos en Ecuador se vinculó a la rivalidad entre grupos criminales locales vinculados al cártel de Sinaloa y al de Jalisco
Nueva Generación.
El informe señala que un incremento en los homicidios en Ecuador está vinculado con el narcotráfico, especialmente en la zona costera, donde hay grupos vinculados a organizaciones mexicanas y colombianas.
Criminalidad compleja
La criminalidad vinculada al tráfico de la cocaína en América Latina es “cada vez más fragmentada y compleja”, con numerosos grupos criminales compitiendo o cooperando por el enorme negocio de una droga que tiene una demanda y una producción récord, señala el estudio.
El Informe Mundial sobre Cocaína 2023 precisa que en 2020 se produjeron casi 2.000 toneladas de cocaína de la máxima pureza, el doble que en 2015.
Además, detalla que el cultivo de coca se disparó un 35% entre los años 2020 y 2021, una cifra récord y el mayor aumento interanual desde el año 2016.
° El informe de Onudd señala que el panorama delictivo se está complicando y cada vez hay más grupos criminales implicados en el ilícito negocio.
La desmovilización en Colombia de las FARC, que hasta entonces controlaban muchas de las regiones cocaleras del país, abrió el camino a otros grupos, tanto locales como extranjeros, sobre todo de México y de los Balcanes.
Al momento, el ‘Clan del Golfo’ es la organización criminal más extendida en el país, y algunos medios señalan que tiene capacidad para exportar 20 toneladas de cocaína mensuales México continúa siendo un país de tránsito para la droga hacia Estados Unidos y Canadá, y sus organizaciones criminales siguen siendo muy poderosas. “Actualmente, las autoridades mexicanas han identificado nueve grandes grupos delictivos organizados que incluyen aproximadamente un total de 53 grupos”, indica el informe.
La ONU describe la situación como una red de alianzas cambiantes y muy especializadas que cooperan entre sí en función de la situación.
La mayor parte de los cultivos de coca se sitúan en Colombia (61%), seguida por Perú (26%) y Bolivia (13%).
Oferta récord “La oferta mundial está en niveles récord”, alerta la Oficina de Naciones Unidos contra la Droga y el Delito (Onudd), que alude a la expansión de los cultivos de coca y a técnicas más eficientes para convertir las hojas de esa planta en cocaína El fuerte crecimiento de la oferta va acompañado de una
subida constante de la demanda de cocaína, tanto en América del Norte como en Europa, donde se concentran los 21,5 millones de consumidores habituales de esta droga.
Además, la ONU teme que la producción récord de cocaína pueda encontrar nuevos consumidores en los continentes de Asia y África, donde si se llegase a un nivel de consumo similar al de Europa y Estados Unidos , se alcanzarían 55 millones adicionales de potenciales “clientes”. EFE
Las mesas en las que hay mayor cumplimiento son: Fomento Productivo; Derechos Colectivos; Seguridad, justicia y Derechos; Acceso a la Salud y Educación Superior.
se reconoció que el proyecto de ley de Consulta Pre Legislativa, que debía ser entregado a la mesa de diálogo y seguimiento por parte de las organizaciones sociales está paralizado.
En cuanto a los temas que requieren la participación de otras Funciones del Estado hay cinco acuerdos paralizados y sin avances, los cuales estarían ligados a la mesa de Seguridad, Justicia y Derechos.
Los cinco acuerdos que requieren información o acciones de otras funciones del Estado, tales como la Fiscalía General del Estado (FGE), la Defensoría Pública, la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y el Consejo de Participación Ciudadana no han dado respuesta a las solicitudes.
“No se ha instalado la mesa de implementación con la CNJ, FGE, la Defensoría Pública y el SNAI para el cumplimiento de los acuerdos”, apunta el informe. La Fiscalía, además, tendría que entregar información sobre el
MESAS. El Ministerio de Gobierno busca un tercer actor que permita cumplir los acuerdos con los sectores sociales con “neutralidad” y seriedad.
El cumpliento de los acuerdos firmados el 30 de junio de 2022 entre el movimiento indígena y el Gobierno se ha convertido en uno de los puntos angulares para la delicada situación política y social del país. El Gobierno reconoce que de los 218 acuerdos, existen siete en los que no se ha avanzado Los representantes de las tres principales organizaciones del movimiento indígena (Conaie, Feine y Fenocin) han solicitado transparencia en la presentación de las cifras de avance, mientras que desde el Gobierno hablan de un alto porcentaje de cumplimiento de los acuerdos logrados en las mesas de diálogo.
En una entrevista con LA HORA, el ministro de Gobierno, Henry Cucalón, ratificó la importancia de avanzar en el cumplimiento de esta agenda, y señaló la necesidad de que un tercer actor pueda verificar las cifras con neutralidad.
“Estamos viendo una tercera institución civil, en la que tanto los dirigentes de
Resultados de las mesas de diálogo
218 acuerdos.
61 Cumplidos.
120 en cumplimiento.
30 con retraso.
2 con problemas de cumplimiento (Ejecutivo).
5 con problemas de cumplimiento (otras instituciones).
Fuente: Ministerio de Gobierno
la Conaie e Indígenas, como nosotros, confiemos. Un tercero que nos diga cómo van los acuerdos”, apuntó Cucalón.
Sobre esta propuesta, el presidente de la Fenocin, Gary Espinosa, comentó que “por respeto al pueblo ecuatoriano, debemos hacer un ejercicio democrático de evaluación
seria con el fin de conocer que se ha cumplido y que no”.
Agregó que esperan establecer contactos directos con los ministros encargados de cada una de las mesas de los acuerdos, para contar con información directa y resolver los problemas de retrasos en el cumplimiento de los acuerdos.
Temas sin avances
Según las cifras del Ministerio de Gobierno, hay siete acuerdos con “problemas” en su cumplimiento. Uno de ellos está ligado al poder Ejecutivo, otro está necesita del trabajo participativo de los movimientos sociales y cinco requieren la actuación de otras funciones del Estado.
En este sentido, la condonación de los créditos otorgados por la banca pública es la piedra de tranca con el Ejecutivo, pues se acordó la cancelación de las deudas desde $3.000 hasta $10.000 y solo se han perdonado las cuentas con BanEcuador hasta los $3.000.
En Derechos Colectivos
estado procesal de las investigaciones “previas” de motines carcelarios.
Los 30 acuerdos con retrasos corresponden a las mesas de: Acceso a la Salud (con 8), Educación Superior (7), Energía y RNNR (6) Seguridad, Justicia y Derechos (3) y Control de Precios (2).
Calificación positiva El último informe de seguimiento que presenta el Ministerio de Gobierno, las mesas con mejor índice de cumplimiento serían la de Derechos Colectivos, la de Acceso a la Salud y la de Empleo y Derechos Laborales En Derechos Colectivos de 55 acuerdos, se han concretado 11. Además, hay 43 en fase de ejecución y uno presenta retraso.
Sobre la mesa de Acceso a la Salud, se firmaron 44 acuerdos, 12 se han ejecutado y 32 están en fase de implementación. En la mesa de Empleo y Derechos Laborales hay 12 acuerdos ejecutados y tres están en desarrollo. (ILS)
Quito, 17 de marzo de 2023
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA “COLEGIO FRANCÉS DE QUITO CÍA. LTDA.”
De conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias, convócase a los Socios de la Compañía “Colegio Francés de Quito Cía. Ltda.”, a Junta General Ordinaria a realizarse el día jueves treinta (30) de marzo del presente año, a las 11h00 en el Auditorio del Colegio Francés de Quito, ubicado en la Av. Manuel Córdova Galarza km 7 1/2, Nº S7-277, con el fin de conocer y resolver los siguientes puntos:
1. Conocimiento y resolución respecto de los informes correspondientes al ejercicio económico 2022 de Presidente y Gerente.
2. Conocimiento y resolución respecto de los Estados Financieros Auditados, Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio económico 2022.
3. Conocimiento de los informes de Comisario y Auditoría Externa sobre el ejercicio económico 2022.
4. Decisión sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico 2022.
5. Consideración y resolución sobre el presupuesto institucional correspondiente al ejercicio económico 2023.
6. Convócase de manera especial a la Sra. Ing. Eliana Nieto, Comisaria de la Compañía.
Atentamente,
CIUDAD DE PANAMÁ Latinoamérica y el Caribe tienen niveles de pobreza y desigualdad “inaceptablemente altos” que requieren una agenda de reformas sociales en las que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) puede apoyar.
Así lo aseguró la asesora principal de la vicepresidencia de sectores y conocimiento del BiD, Ana María Ibáñez, en la primera jornada de las reuniones anuales del banco de desarrollo, que se celebró este 16 de marzo de 2023 en Ciudad de Panamá.
“La región tiene unos niveles de pobreza inaceptablemente altos y una desigualdad inaceptablemente alta. El 30% de la población es pobre,
CIUDAD DE MÉXICO. México, Colombia y Cuba avanzaron este 16 de marzo de 2023 en la creación de la Agencia de Medicamentos de Latinoamérica y el Caribe (Amlac), una iniciativa que busca fortalecer las capacidades sanitarias de la región y agilizar la aprobación de medicamentos y vacunas. El proyecto se anunció en enero en la Cumbre Iberoamericana de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) como una oportunidad para la investigación clínica, la inspección de fábricas y laboratorios y la autosuficiencia de insumos estratégicos. EFE
188 millones de personas”, destacó, de las que 106 millones en viven en situación de pobreza extrema.
Y es que con la pandemia “se revirtieron diez años de progreso” y quedó claro que la región “es muy frágil” y “frente a un choque, un porcentaje muy alto de la población puede caer nuevamente en pobreza”, añadió.
Inversiones sociales
Ibáñez participó en el seminario “Cómo renovar las inversiones sociales para una lucha más eficaz contra la pobreza y la desigualdad”, que inauguró la primera de las jornadas previas a la asamblea del BID que se celebrará este fin de semana.
“Nuestros programas de protección social no son suficientes y hay que diseñar programas de protección que sean mucho más flexibles y que cuando haya choques complicados esa población quede protegida con un colchón”, agregó Ibáñez.
Así, según el BID, los países de América Latina deben llevar a cabo una nueva agenda de reformas en el ámbito social para alcanzar un crecimiento incluyente , con una protección social más
SERVICIO ESPIRITUAL SERVIES S.A.
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIO ESPIRITUAL SERVIES S. A.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, en el Reglamento sobre Juntas Generales, expedido por la Superintendencia de Compañías y en el Estatuto Social de SERVICIO ESPIRITUAL SERVIES S. A., se convoca a los señores Accionistas a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el martes 28 de marzo del 2023, a las 17 horas, en la Avenida de los Granados y de las Hiedras, Edificio Maresa Center, cuarto piso, de la ciudad de Quito-Ecuador.
La Junta General conocerá y resolverá los siguientes puntos:
1- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL INFORME DEL GERENTE GENERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2022.-
2.- CONOCIMIENTO DEL INFORME DE AUDITORÍA EXTERNA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2022.-
3.- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN POR PARTE DE LOS ACCIONISTAS DEL BALANCE GENERAL Y DEL ESTADO DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2022.-
4.- RESOLVER ACERCA DE LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2022.-
5.- DESIGNACIÓN DE AUDITOR EXTERNO DE LA COMPAÑÍA PARA EL AÑO 2023.Quito, 17 de marzo del 2023.
Ibáñez, asesora principal de la vicepresidencia de sectores y conocimiento del BID.
3,3 MILLONES de mujeres se benefician de un proyecto de acceso a internet en Perú que se financió con un crédito del BID.
moderna y equitativa que proteja a los ciudadanos contra las crisis. EFE
° Los seminarios de este 16 de marzo supusieron el arranque de la reunión anual del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en la que se celebrará, el sábado y el domingo, la 63 edición de la Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del BID y la edición 37 de la Asamblea de Gobernadores de BID Invest, el brazo financiero del organismo. Según señaló a la prensa el secretario del BID, Gerardo Corrochano, en esta asamblea se presentará la “nueva estrategia y visión para el banco” de su nuevo presidente, el brasileño Ilan Goldfajn, quien asumió la presidencia en enero. Una nueva visión que tendrá como temas centrales “la parte de sectores sociales, la formación de capital humano, salud, educación, protección social” y también “el cambio climático y sostenibilidad”; todo ello “enmarcado en la misión de hacer al banco más efectivo”, añadió. EFE
PARQUESANTO DEL ECUADOR S.A. PQE. CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA PARQUESANTO DEL ECUADOR S.A. PQE.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, en el Reglamento sobre Juntas Generales, expedido por la Superintendencia de Compañías y en el Estatuto Social de PARQUESANTO DEL ECUADOR S.A. PQE., se convoca a los señores Accionistas a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el martes 28 de marzo del 2023, a las 16 horas, en la Avenida de los Granados y de las Hiedras, Edificio Maresa Center, cuarto piso, de la ciudad de Quito-Ecuador.
La Junta General conocerá y resolverá los siguientes puntos:
1.- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL INFORME DEL PRESIDENTE EJECUTIVO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2022.-
2.- CONOCIMIENTO DEL INFORME DE AUDITORIA EXTERNA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2022.-
3.- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN POR PARTE DE LOS ACCIONISTAS DEL BALANCE GENERAL Y DEL ESTADO DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2022.-
4.- RESOLVER ACERCA DE LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2022.-
5.- DESIGNACIÓN DE AUDITOR EXTERNO DE LA COMPAÑÍA PARA EL AÑO 2023.-
6.- RENOVACION NOMBRAMIENTO PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA COMPAÑÍA. –
7.- AUTORIZACIÓN PARA INICIAR ESTUDIOS DE MERCADO Y POSIBLES NEGOCIACIONES EN EL NORTE DE QUITO, PARA UNA POSIBLE ALIANZA, ASOCIACIÓN, JOINT VENTURE O CONFORMACIÓN DE NUEVA SOCIEDAD. -
8.- REVISION DEL BONO DE PRESIDENCIA DE LOS AÑOS 2020 Y 2021.Quito, 17 de marzo del 2023.
PRESIDENTE EJECUTIVO
La asesora principal de la vicepresidencia de sectores y conocimiento del BID, Ana María Ibáñez, asegura que los niveles de pobreza de la región son “inaceptablemente altos”.VOCERA. Ana María
EL BuquE tanque Pichincha, de Flopec, tiene 10 años de antigüedad. (Foto: Flopec)
El mecánico operador de bombas del buque fue detenido en las calles de Long Beach por «posesión/compra de sustan cia controlada”. Esto provocó una alerta a la Policía local, que inspeccionó la nave ecuatoriana. Los detalles.
El buque tanque Pichincha de la Flota Petrolera Ecuatoriana, uno de los más grandes del país, quedó en la mira de la Policía de California, Estados Unidos.
Esto luego de la detención en tierra de uno del mecánico operador de bombas, Ángel F., de 37 años. El cargo: posesión/ compra de “sustancia controlada” para la venta.
Esto, según el parte de detención de la Policía de Long Beach, al que accedió LA HORA, ocurrió en la intersección de las calles Lakewood y Cover, a más de 20 kilómetros del barco, el 8 de marzo pasado a las 22:00. Ángel F. tenía 73,30 dólares y dos celulares, que fueron retenidos como evidencia. Así, según los documentos de detención y liberación, en poder de este Diario, queda claro que el tripulante no estaba en el buque tanque que arribó al puerto de California el 5 de marzo y ya descargaba el petróleo que llevó a Estados Unidos.
No obstante, al día siguiente, el 9 de marzo, a las 21:21, el buque Pichincha, con 10 años de antigüedad, y cargado con cerca de 700.000 barriles de crudo Oriente, fue inspeccionado por 28 agentes de la Policía
de Long Beach. Esto porque la detención de Ángel F. hizo sospechar de que en la nave posiblemente había sustancias ilícitas.
Este Diario conoció que la tripulación quedó bajo vigilancia a bordo, con medidas de seguridad y sin poder bajar a tierra durante el procedimiento. Interrogaron a varios y requisaron el camarote de Ángel F..
Luis Lavayen, gerente subrogante de la Empresa Pública Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec), asegura que el buque fue revisado al detalle. “Pusieron de cabeza la embarcación y no encontraron absolutamente nada. La duda de la Policía era que el buque era un medio donde transportaban droga, pero el buque estaba absolutamente limpio. Agradecieron la colaboración de los tripulantes”, asegura el Gerente.
La descarga de petróleo, en el muelle 86 del Terminal Marathon de Long Beach, no se detuvo durante todo ese procedimiento policial.
Sin embargo, el buque tanque que transporta petróleo ecuatoriano queda bajo sospecha de las autoridades y, según Flopec, será constantemente revisado al llegar al puer-
to estadounidense. Eso es lo que incomoda a las autorida des de la flota petrolera.
Ángel F. fue liberado el 10 de marzo, luego de perma necer dos días en la cárcel. Debido al cargo de pose sión/compra de sustancias controladas, le impusie ron una fianza que llegó a 750.000 dólares, pero las autoridades estadounidenses le otorgaron una “retención” de ese monto al no poder comprobar el origen lícito de los fondos que servirían para pagarla.
Lo liberaron por “razones insuficientes para una denuncia penal en contra del detenido” y fue deportado de los Estados Unidos. De hecho, el mismo buque en el que trabajaba se convirtió en el medio de salida, aunque ya fue relegado de sus funciones y permanecerá en su camarote durante todo el viaje de regreso.
El barco salió de EE.UU. el 12 de marzo y llegará al puerto de Esmeraldas el 23 de marzo. Apenas baje a tierra, Ángel F. se enfrentará al Comité de Ética de Flopec, que analizará su permanencia en la empresa.
Esta instancia decidirá sobre, al menos, tres aspectos del
caso. Uno, que el tripulante, con licencia nacional e internacional, es el encargado del control de combustible de la enorme nave que lleva miles de barriles de petróleo y, así se aplique la tabla de consumo de drogas, dicen en Flopec, puede representar un riesgo para la tripulación, la embarcación y la carga. Dos, la deportación implica que Ángel F. no puede ingresar durante 10 años a Estados Unidos, por lo que no podrá hacer más viajes en los barcos de Flopec. Y, tres, dice el Gerente Lavayen, que ha pues-
Estos son los partes de detención y liberación de Ángel F.
to en riesgo la reputación de Flopec frente a las autoridades de Estados Unidos. Un documento de la empresa señala que, luego del suceso, se reforzarán los controles antinarcóticos y se incentivarán campañas de prevención para el personal embarcado y administrativo “a fin de mantenerlos libres de temas relacionados al consumo y al narcotráfico”. (DLH)
El uniformado recibió un disparo en una de sus piernas y fue llevado de urgencia al hospital. 22
Militares y policías realizaron dos allanamientos conjuntos en la cooperativa de vivienda Unión Cívica para decomisar armamento letal. Hay dos aprehendidos, armas de fuego y municiones.
Personal de la Policía
Nacional busca evidencias para dar con los responsables de las muertes de dos hermanos en El Empalme.