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Planteles educativos afectados por último sismo no han sido intervenidos

Actualmente, el Ministerio ha levantado información para determinar la magnitud de los daños. En la provincia de Loja, sería un total de 23 planteles afectados.

Según el diagnóstico del Ministerio de Educación, a través de la Coordinación Zonal 7, en la provincia de Loja existen 23 instituciones educativas con serias afectaciones, a causa del último sismo del pasado 18 de marzo que sacudió fuertemente al país. Han trascurrido más de tres semanas y no se ha intervenido, únicamente se han realizado los estudios para determinar el nivel de afectación.

Afectaciones

TOME NOTA de Educación Básica Juan Pedro Ramón Ramírez; Colegio de Bachillerato Vicente Bastidas Reinoso; Colegio ABC; y Escuela de Educación Básica Ingapirca, todos pertenecientes al cantón Saraguro.

Hay planteles en la provincia de Loja que siguen esperando la intervención del Ministerio de Educación. Las clases en el régimen Costa inician a finales de abril.

Algunos de los principales planteles afectados son: la Escuela de Educación Básica Prof. Crimilda Torres de Guarnizo, ubicada en Gonzanamá; la Escuela de Educación Básica Darío Cisneros; Escuela de Educación Básica Aguinaldo Castillo; Escuela de Educación Básica Juan Manuel Guachisaca; Escuela

También hay afectaciones en instituciones de Puyango: la Escuela de Educación Básica Subteniente César Edmundo Chiriboga; Escuela de Educación Básica Julio Alberto Paredes; y la Unidad Educativa Puyango. En Celica: la Escuela de Educación Básica Diego de Noboa. En Loja: la Escuela de Educación Básica Especializada Byron Eguiguren; y, en Catamayo: la Escuela de Educación Básica Ing. Alfonso Coronel; entre otras. Aquí las clases continúan, no ha habido paralización de acti- vidades, ya que los daños no impiden impartir los conocimientos en el aula.

Intervención

Según información del Ministerio de Educación, las instituciones educativas afectadas en la provincia son 23, sin embargo, esta cartera de Estado ha realizado la contratación de técnicos especialistas en infraestructura para que realicen el levantamiento de información de todos los daños registrados. Estos informes servirán para conocer el presupuesto que se necesita e inmediatamente proceder con la contratación de los trabajos de mejora. Hasta la fecha no ha habido intervención en ninguno de los planteles.

Manuel Díaz Jiménez, director de la Escuela Filomena Rojas Ocampo del barrio Bolonia, manifestó que el último sismo dejó algunas grietas en algunas partes del paredón del cerramiento, pero no de gran magnitud como para paralizar las clases. Las actividades académicas continúan con normalidad, el caso fue reportado al Distrito de Educación, el cual ya realizó una visita en territorio con personal técnico. En la zona existen fallas geológicas, por lo que a futuro podrían sumarse más problemas.

Pedidos

De igual forma, Elvis Guarnizo, rector de la Unidad Educativa Rosa Herlinda García de García, del cantón Espíndola, agregó que una de las aulas de su plantel sufrió un hundimiento, mientras que la pared está con cuarteaduras. Ahí se suma que la puerta no se cierra, debido a que hay un hundimiento de un bordillo que está a punto de colapsar. “Esos son los daños, no hay más perjuicios.

Lo que sí existe es un mantenimiento al plantel, hay zonas donde se necesita volver a pintar y en otros casos los tumbados, empastado y más, una intervención pequeña, pero esto a causa de lluvias y por los años de construida. Hay el ofrecimiento para reparar, ojalá nos cumplan, por ahora estamos de vacaciones en el régimen Costa, lo que sí pedimos es que nos ayuden con la construcción de un salón social para reuniones, ya que para sesiones y reuniones no hay dónde socializar con los padres de familia”, finalizó.

Autoridades del MTOP Loja en silencio ante deterioro de vías

Con el pasar del invierno, las vías estatales siguen deteriorándose en la provincia y las autoridades del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) no se han pronunciado. Desde marzo, Cristian Bajaña es el nuevo Subsecretario Zonal 7, pero tampoco ha accedido a entrevista con este medio de comunicación.

PARA RECORDAR

Las autoridades del MTOP no se pronuncian sobre las acciones para mejorar la vialidad de la provincia.

Vialidad

El estado de la vialidad estatal sigue en mal estado. La vía Loja-Saraguro tiene más de ocho deterioros y por más de dos años no han sido intervenidos, pese a la oferta de las autoridades en su momento. Solo al ingreso de la ciudad, en el sector de Carigán, se contabilizan dos fallas geológicas que no han sido intervenidas, ahí, la arteria es de lastre y los accidentes son a diario. Igual ocurre con la salida hacia Catamayo, en la vía LojaVilcabamba, Loja-Zamora y otras como el Paso Lateral de Loja que siguen esperando el mejoramiento.

Johanna Ortiz, asambleísta de la provincia, hace algunos días atrás manifestó que la condición vial de la provincia de Loja es deplorable. A lo largo de este tiempo ha habido vehículos destruidos por caída de material en las vías Loja-Catamayo, Loja-Cuenca, Loja-Zamora, Macará-El Empalme, entre otras. “La situación actual es crítica y merece una respuesta coordinada e inmediata por parte del Gobierno. Mi llamado es a pasar del ofrecimiento al cumplimiento, porque Loja necesita vías y en buen estado”, reclamó.

Respuesta

De igual forma, la asambleísta de la provincia de Loja, Lucía Placencia, a finales de febrero solicitó información al MTOP sobre el estado de la vialidad de la provincia, ya que el mal estado de las vías Celica-Cruzpamba, Loja-Ca- tamayo, Loja-Cuenca, entre otras, son visibles e impiden que los turistas puedan llegar a Loja en los feriados.

Autor: Juan Pablo Mariño Tapia.

Daño

Grave

Este trabajo se centra en la acción de protección cuando proviene de particulares, entonces en primer momento corresponde analizar el daño grave como elemento previsto en el art. 88 de la Constitución de la República del Ecuador, se ha establecido que la acción de protección tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos de los ciudadanos, dicho de otra manera busca prevenir, restituir o reparar la vulneración de derechos, las acciones de protección entre particulares no son tan abundantes como las acciones contra la administración pública de ahí que hay escasa jurisprudencia al respecto, más el daño grave debe ser abordado desde las consecuencias que puede provocar, es decir provocar una vulneración grave, significa que la afectación tendrá efectos permanentes o cuantiosos, lo que eleva el riesgo de las consecuencias de la vulneración irrogada, en este contexto queda al análisis y la subjetividad del juzgador para determinar que la vulneración alegada cuando se trata de relaciones jurídicas entre particulares debe generar gravedad independientemente si se trata de daños materiales o inmateriales, el enfoque del juzgador en una acción de protección entre particulares en primer momento debe centrarse en la consecuencia de la vulneración alegada, a fin de establecer la gravedad en la consecuencia y determinar la necesidad de reparación del daño.

No se puede dejar de lado la eficacia requerida en una acción de protección, más cuando se alegue una vulneración grave a derechos constitucionales, sin dejar de lado la premisa de que la acción proviene de aspectos de índole privado, en donde per se las personas están regidas por la autonomía de su voluntad, más la gravedad de la vulneración es la primera puerta que permite a la administración de justicia constitucional acceder al análisis de circunstancias de derechos que provienen de actos privados, se puede decir que la gravedad del daño permitirá la constitucionalización del derecho privado y por ende dejan al juez constitucional en la posibilidad de proteger, restituir y/o reparar los derechos vulnerados, inclusive dejando sin efectos jurídicos al acto del cual proviene el daño grave.

Servicios públicos impropios: Delegación y Concesión

Ahora, el segundo elemento que permite una acción de protección entre particulares está en dirección a los servicios que puede prestar un particular, es decir cuando una persona –particular- presta servicios públicos impropios se abre la posibilidad de una acción de protección en caso de vulneraciones o riesgos a derechos constitucionales, ya que este tipo de servicios siguen siendo públicos, por supuesto son prestados por un tercero que está regulado por la administración pública, a lo cual no hace falta

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