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Se organizan para la XVII Expoferia 2023

Este evento acoge a agricultores, emprendedores y ganaderos de la región.

Nuevos choferes profesionales

° La escuela de capacitación y conducción de Pedro Vicente Maldonado, en una ceremonia especial, realizó la incorporación de 25 nuevos choferes profesionales, con licencia tipo C. El acto contó con la presencia de autoridades e invitados. Abraham Lalvay, director administrativo, felicitó a los estudiantes, les recomendó respetar las leyes de tránsito. (DLH)

Encuentro de la hermandad

° Con el propósito de firmar acuerdos de cooperación interinstitucional para llevar adelante programas específicos para el bienestar de las comunidades, Jomar Cevallos, alcalde de Cotacachi, provincia de Imbabura, organizó un encuentro con prefectos, alcaldes y representantes de las juntas parroquiales vecinos. Al evento asistió Roberth Arrobo, alcalde de Pedro Vicente Maldonado. (DLH) cada año. el dato Durante dos meses se trabajará en la planificación de este evento.

Directivos de la Asociación de Ganaderos (Asogan) de Pedro Vicente Maldonado convocaron a una reunión de trabajo para coordinar acciones y definir responsabilidades con las diferentes instituciones del cantón, para la organización de la XVII Expoferia 2023 , prevista para el 15, 16 y 17 de septiembre.

Fausto Romero, presidente de Asogan, y Juan Vicente Jiménez, presidente del Comité de Feria, lideraron el diálogo. Se habló de las anteriores ferias y se expuso lo que se busca en esta ocasión, que es ir mejorando para convertirse en un referente de la región y el país.

Romero hizo un pedido al alcalde Roberth Arrobo, para el apoyo correspondiente; de igual manera a las autoridades del Gobierno Provincial de Pichincha.

Este evento, que acoge a agricultores, emprendedores y ganaderos de la región, se organiza

Feria de saberes y sabores

Emprendedores del noroccidente de Pichincha participaron de la feria de Saberes y Sabores, por los 52 años de aniversario de la comuna San Vicente de Andoas, en Pedro Vicente Maldonado. Turistas nacionales y extranjeros adquirieron una variedad de productos como: café, chocolates, pas-

Jiménez indicó que se espera la colaboración de todas las instituciones, públicas y privadas, así como organizaciones para exponer el gran potencial con el que se cuenta en: ganade- ría, agricultura, artesanal, agroindustrial y turística.

Aporte

Arrobo, como expresidente de la Asogan y ahora como alcalde, dijo que dará todo el apoyo necesario para esta feria que es muy importante para el cantón.

Por su parte, Lennin Sojos, representante del Gobierno Provincial, indicó que coordinará las acciones necesarias para que este evento sea de trascendencia.

Marcelo Jaramillo, jefe de la Policía Nacional, Distrito noroccidente, se comprometió a brindar el contingente necesario en cuanto a seguridad . También coordinar para participar con la presentación de Paquito el policía y canes amaestrados. (DLH) ta de cacao, vinos, mermeladas, frutas exóticas y artesanías. Además, degustaron de una amplia variedad gastronómica.

Este evento permitió la inclusión económica de pequeños productores, artesanos y emprendedores de la zona. (DLH)

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Anulaciones

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 6896 presentada por el girador Sr.(a)(ita) RUIZ CEDEÑO EDMUNDO. Cta. Cte. No. 102500175-1.

P-245312-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 6905 al 6925 presentada por el girador Sr.(a)(ita) RUIZ CEDEÑO EDMUNDO.

Cta. Cte. No. 102500175-1.

P-245313-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25175 al 25176 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245314-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25188 al 25190 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245315-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25182 al 25184 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245316-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25151 al 25152 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245317-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25139 al 25140 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245318-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25156 al 25156 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245319-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25147 al 25147 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245320-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25172 al 25172 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245321-MIG

ANULACIÓN DE PAGO

Se comunica al público, la anulación por pérdida / substracción de los cheques No. 25179 al 25180 presentada por el girador

Sr.(a)(ita) GALO ZAMBRANO ACOSTA.

Cta. Cte. No. 102002576-9.

P-245322-MIG

Extractos

CITACIÓN JUDICIAL

A: Marcelo Fernando Pozo Jurado

ACTOR : Angel María Viveros Chiriboga y Miguel Angel Viveros Espinoza

DEMANDADO : Consejo de la Judicatura y otros

JUICIO: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

No. 17811-2015-01914

TRAMITE : PREVISTO EN EL CAPITULO IV DE LA LEY DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVA.

OBJETO : Que en sentencia se declare la responsabilidad civil del Estado y como efecto de esa declaratoria se proceda a indemnizar a los señores Angel María Viveros Chiriboga y Miguel Angel Viveros Espinoza en la cantidad de 50.000.000,00 (cincuenta millones de dólares americanos)

CUANTIA: La cuantía es de 50.000.000,00 (cincuenta millones de dólares americanos)

DOMICILIO DE ACTOR: CASILLA JUDICIAL No. 277 DEL PALACIO DE JUSTICIA DE QUITO.

PROVIDENCIAS:

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO. 1.- Quito, miércoles, 6 de enero del 2016, las 14h02. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No. 1 con sede en la ciudad de Quito. Agréguese al proceso el escrito de complemento de la demanda de fecha 04 de enero de 2016 presentado por los accionantes. En lo principal, el complemento y su demanda propuesta por ANGEL MARÍA VIVEROS CHIRIBOGA y MIGUEL ANGEL VIVEROS ESPINOZA, por sus propios derechos en contra del CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA, en la persona del doctor Gustavo Jalk, se la califica de clara y completa. En consecuencia, se ordena que se la tramite en la forma establecida en el Capítulo IV y más normas pertinentes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa con las modificaciones contempladas en el Código Orgánico de la Función Judicial, debiendo citarse al demandado con el contenido de la demanda y esta providencia en el lugar designado para el efecto en el libelo inicial, quien tendrá el término de veinte días para contestar la acción planteada de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, y deducir las excepciones de las que se crea asistido. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, se les concede a los accionantes el término de cinco días para designen procurador común en la presente causa. Téngase en cuenta la designación conferida por los accionantes a favor de los doctores Raúl Rodríguez Alarcón y Rosa Chuquimarca; y del abogado Jorge Alfredo Viveros.- Notifíquese.- Cítese f.).- DR. HENRY

PAÚL AGUAYZA RUBIO, JUEZ DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO. 1.- Quito, miércoles 6 de enero del 2016, las 14h19, Como alcance al auto de calificación de fecha 06 de enero de 2016, las 14h02; y en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de la Procuraduría General del Estado, cuéntese en la presente causa con el Procurador General del Estado.- Notifíquese.- Cítese.- f.).- DR. HENRY

PAÚL AGUAYZA RUBIO, JUEZ DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de mayo del 2017, las 16h22. Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica, Delegada del Director del Consejo General de la Judicatura; atendiendo el mismo, cítese a los ex servidores: Dr. Edgardo Lara Averos, Dr. Oliver Barba Indarte, Sr. Marcelo Pozo Jurado, Sr. Marcos Carrasco Valarezo, Dr. Enelio Jaramillo y Dr. José García Puma en los lugares señalados para el efecto en el escrito que se provee, quienes tendrán el término de 20 días para contestar la demanda, proponer las excepciones de las que se crean asistidos y señalar casilleros judiciales y correos electrónicos para recibir futuras notificaciones. …. NOTIF ÍQUESE. .- f.).- DR.

HENRY PAÚL AGUAYZA RUBIO, JUEZ DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA . Quito, martes 14 de marzo del 2023, a las 09h14. Agréguese al proceso el escrito que antecede; en atención al mismo y al estado proceso que decurre, se considera: Por cuanto el Dr. ÁLVARO FRANCISCO ROMÁN

MÁRQUEZ, en calidad de presidente temporal del Consejo de la Judicatura, ha declarado bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del señor MARCELO FERNANDO POZO JURADO y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarlo, como acudir a los registros de público acceso, conforme se verifica del acta que obra del proceso de fojas 309; y, con el fin de garantizar el derecho a la defensa establecido en el numeral 1 y los literales a), b), c); y, g) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador y el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, tutelando el derecho al debido proceso, se ordena que de conformidad a lo ordenado en el Art. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE POR LA PRENSA mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de mayor circulación nacional al señor MARCELO FERNANDO POZO JURADO, para que comparezcan a juicio, conteste la acción planteada, en el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS conforme término de quince, conforme lo ordenado en el art. 34 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; término de quince días que comenzará a transcurrir finalizados los veinte días desde la última publicación.- Debiendo por Secretaría entregarse a la parte actora el extracto correspondiente de forma inmediata.- De conformidad al artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, se indica que las firmas electrónicas contenidas en el presente decreto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.-Notifíquese y cúmplase. f) ABG.

MARÍA CECILIA DELGADO ALCIVAR.-JUEZA DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PONENTE) Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal del D.M. de Quito y correo electrónico.

DR. LUIS VICTOR ANDRANGO ROMERO SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello.

P-245269-MIG

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS

CITACION JUDICIAL

EXTRACTO A los señores: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIENES EN VIDA SE LLAMÓ RIVERA GAIBOR GERMAN EDY (+) se les hace saber.

JUICIO: No. 23331202101086

ACTOR : GRANIZO GAIBOR GERMANIA

PATRICIA Y OTRO

DEMANDADO: FRIAS ALARCON NINFA

LEONOR Y OTRO

JUEZ: DR. LUIS CUVI GAIBOR

SECRETARIA: AB. JÉSSICA ANDRADE

ENRÍQUEZ

PROVIDENCIA:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON

SANTO DOMINGO Santo Domingo, viernes 7 de mayo del 2021, las 15h08, VISTOS: Dr. Luis Cuvi Gaibor, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil del Cantón Santo Domingo, avoco conocimiento en legal y debida forma de la presente diligencia, en virtud del sorteo realizado.- En lo principal: 1.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 370, 363.3, 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en el acta de mediación, documento que constituye título de ejecución, al tenor de lo previsto en el artículo 363 del mismo Código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedi- miento de ejecución. 2.- Atento la insinuación de perito realizado, se nombra como perito acreditada por el Consejo de la Judicatura a la Ing. VARGAS TRUJILLO JESSICA MARIELA, a quien se le notificará en el correo electrónico (023707974 / 0984714388 / jessyk.mv.90@ gmail.com), a fin de que realice la liquidación de capital, intereses y costas en cumplimiento de lo establecido en el Art. 371 del Código Orgánico General de Procesos. Se concede el término de 5 días, para que la perito presente el informe señalado, al cual adjuntará copia certificada de la factura de honorarios conforme lo dispone el Art. 19 numeral 6° del Reglamento del Sistema Integral de Peritos del Consejo de la Judicatura. En la suma de US $120,00 se regulan los honorarios de la perito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 30 literales a) y b) del Reglamento antes invocado. 3.- En mérito de la documentación aparejada, se dispone como providencia preventiva la Prohibición de Enajenar del 50% del bien inmueble de propiedad de FRIAS ALARCON NINFA LEONOR, en tal virtud notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Santo Domingo, hasta por el monto de setenta mil dólares ($ 70.000,00) según lo establecido en el Art. 351, en concordancia con el Art. 126 del Código Orgánico General de Procesos. 4.- Tómese en cuenta: a) La cuantía.- b) La documentación anexa.- c) La autorización concedida a la procuradora judicial.- d) Los correos electrónicos señalados para sus notificaciones.- Actúe en la presente diligencia la Ab. Jéssica Andrade Enríquez, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO Santo Domingo, miércoles 22 de junio del 2022, las 15h30, VISTOS: En lo principal: I.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo requerido en auto de sustanciación del 02 de junio de 2022, las 14h47, velando el cumplimiento de lo dispuesto en los Art. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República, dicto el presente auto de sustanciación, en los siguientes términos: En mérito a la afirmación y juramento realizado por la actora constante en autos, NOTIFÍQUESE a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida se llamó RIVERA GAIBOR GERMAN EDY (+), de conformidad con lo preceptuado en el Art. 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, mediante una publicación a realizarse en uno de los periódicos físicos de mayor circulación de esta ciudad de Santo Domingo, para lo cual la Actuaria elaborará el extracto de publicación correspondiente. Las partes estarán a lo preceptuado en el Artículo 56 inciso penúltimo del Código Orgánico General de Procesos.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-F. Dr. Luis Cuvi Gaibor, Juez. Lo que comunico a Ud. para los fines legales. Previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casilla Judicial para sus notificaciones posteriores.

Ab. Jéssica Andrade Enríquez SECRETARIA DE LA JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS Hay firma y sello.

OP-MIG

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