¿Abrir el país o poner diques al comercio internacional? En la elección presidencial se define un modelo de intercambio comercial. Este consiste en una apertura al mundo versus un país con trabas para el comercio exterior, el proteccionismo. 3

¿Abrir el país o poner diques al comercio internacional? En la elección presidencial se define un modelo de intercambio comercial. Este consiste en una apertura al mundo versus un país con trabas para el comercio exterior, el proteccionismo. 3
Tres instituciones de la Función Judicial del país están sumidas en un enfrentamiento que combina lucha de poderes e intereses ocultos. En este nuevo episodio, hasta el Gobierno ha intervenido y pide la salida de vocales del Consejo de la Judicatura. La crisis crece. Conozca lo que puede pasar. 4
PAÍS
5
Estallido migratorio en la selva del Darién 9
Bomberos luchan contra un infierno en el cañón del Chiche
Elactual Gobierno y su sucesor tienen el imperativo de transmitir seguridad jurídica al país y al exterior, a los inversionistas, no solo respetando la voluntad popular sobre las consultas de dejar, indefinidamente, el petróleo “bajo el subsuelo”, sino también no afectar las vigentes operaciones mineras en el Chocó Andino.
La mayoría de consultados aceptó las preguntas sobre las que había que dirimir. Cuando se publiquen, en el Registro Oficial, se convertirán en leyes de cumplimiento
Desde que en 1878 el Ecuador otorgó la primera concesión de derechos a M.G. Mier y Cía para extraer petróleo en la Península de Santa Elena, hasta los celebrados en 1964 con Texaco-Gulf en la amazonia y las actuales, la exploración y producción petrolera no ha superado profundidades de 17.000 pies, 5.666 metros o 5,6 kilómetros (precretácico). La industria no registra extracciones del basamento cristalino, ubicado “bajo el subsuelo”, a mucha mayor profundidad.
A la razón técnica se adiciona el confuso texto de la pregunta que hacen inaplicable el efecto jurídico del ‘SÍ’, como la contravención al Art. 57.7 de la Constitución por la autoridad que ordenó la consulta. No mandó realizar la “consulta previa, libre e informada” a las comunidades relacionadas al área de operación. Las operaciones en el ITT no se alterarán. El último registro de producción fue de 58.016 barriles/ día, mayor a semanas precedentes.
La consulta para no explorar ni hacer minería legal en el Chocó Andino, también omitió cumplir el citado Art. 57.7. No fue consultada a las comunidades. No afectará las actuales operaciones de 17 empresas. El resultado solo impedirá contratos futuros, desde su publicación oficial, porque la ley, en que se convierte la decisión popular, no tiene efecto retroactivo: principio universal del derecho.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
Resulta muy desagradable permanecer con la idea de que existen personas que pasan del control sobre sí mismas al pensamiento autoritario; es decir, pasan de la normalidad al vivir sin límites. Este pensamiento prevalece en socie-
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
Publicidad: publicidad@lahora.com.ec
Esa es la pregunta que muchos nos hicieron ayer tras publicar el cruce de acusaciones entre los dueños de ese medio digital, la Fiscalía, la Policía Nacional y el Gobierno.
LA HORA no defiende el trabajo periodístico de ningún otro medio de comunicación, y solo puede atestar sobre la veracidad y responsabilidad del periodismo que producen sus equipos de trabajo distribuidos en nueve provincias. Sin embargo, LA HORA tiene una bandera de defensa de la Libertad de Prensa y la Libertad de Expresión, derechos fundamentales, irrenunciables y necesarios para mantener una sociedad informada que, a su vez, pueda organizarse y prosperar en democracia.
Es imprescindible separar la defensa del derecho de un periodista, un medio de comunicación y todo ciudadano a expresarse y a obtener información, procesarla y publicarla libremente, de la defen-
sa del contenido y veracidad de dicha información.
Es fundamental, también, que el Gobierno Nacional entienda que todos los estamentos del Estado deben hacer lo suyo para garantizar la Libertad de Prensa y de Expresión, la cual empieza por salvaguardar la vida y la integridad de aquellas personas que ejercen el oficio periodístico en territorio ecuatoriano.
El equipo periodístico en cuestión ha solicitado medidas cautelares a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que el Gobierno proteja a sus miembros, las cuales se resolverán en los próximos días.
La Fiscalía mantiene una investigación que involucra a los dueños de la empresa mediática. Pero hasta que la Justicia lo resuelva -si sucede-, estos ecuatorianos son periodistas y, por tanto, defendemos su derecho a expresarse libremente.
Hace muchos años, cuando recién me iniciaba en la carrera docente, allá por los años setenta, había una asignatura que era tremendamente importante y que, de una u otra manera, acentuaba un sentimiento de pertenencia y de amor por la patria.
A la de Límites, yo solía llamarla Historia de Lágrimas, porque en ella se trataba de los desmembramientos territoriales sufridos por nuestro país, ya desde los tiempos coloniales, produciéndose una disminución territorial bastante notable, ya que antes se hablaba de un millón o más de kilómetros cuadrados. Esos límites se fueron perdiendo, desaparecieron, junto con los añorados pedazos de territorios que pasaron a poder de nuestros vecinos, incluyendo el Brasil,
Sin embargo, de que este tema daría para muy largo la personalidad, lo que nos ponemos nosotros mismos a la hora de definir nuestras actuaciones.
Esos límites son aquellos de los que hablo en este comentario, límites que hacen falta a la hora de formar a los niños, que deben saber que no todo es permitido, que hay disciplinas que respetar, situaciones que enfrentar y eso solo lo podremos hacer bajo la guía y supervisión de los adultos que están a su cuidado. No quiero decir con ello que matemos la creatividad, el espíritu inquieto de conocer más, de aprender más, pero sabiéndose que hay reglas de la ética y de la moral que debemos respetar. Es decir, sin límites haría referencia a traspasar las fronteras, a sentirnos con derecho a todo, pero sin las responsabilidades que van aparejadas.
El país está llegando a un espacio en el que los ciudadanos están perdiendo sus límites, acostumbrados al todo vale y a dejar de pensar en lo que nos corresponde hacer a cada uno de nosotros en bien de la nación.
dades donde los falsos líderes imponen condiciones, prototipo de individuos dominantes, que esperan les obedezcan en todo lo que sea aceptar su autoridad.
Las personas agresivas impacientes, arrogantes, porfiadas, de mentalidad estrecha e irracional, podrían llevarnos a pensar en actores de la historia que han arruinado familias, países y sociedades . Seres humanos que van dejando huellas de maldad, destrucción y venganza, de la que muy pocos coidearios se han podido liberar. Este falso
dominio es sumamente peligroso, puesto que, son individuos que siguen ciegamente a los falsos líderes que hacen posible el autoritarismo. Ecuador no escapa de la sumisión ciega a la autoridad, de quienes son partidarios de la concentración del poder en un caudillo o una élite, no legítimamente responsable ante el pueblo.
Los nefastos acontecimientos del tipo líderes-autoritarios, corresponden a individuos que en la realidad no confían en sí mismos, que tienen una perso-
nalidad débil, y un desarrollo paranoico que se aferra a su imagen autoritaria, como un animal desvalido se aferra a su progenitor para sobrevivir; pero que muy lamentablemente son hechos que enlutan a muchas familias ecuatorianas e imponen desconfianza. Un individuo autoritario no tiene autoridad sobre sí mismo, porque en ocasiones acepta los límites artificiales que le marca la sociedad y desahoga en otros sus frustraciones. Todos quienes participan de las restricciones, la
sumisión, el rigor y el dominio son igualmente autoritarios. Quienes somos observadores del acontecer nacional podemos ver personas que piensan por sí mismas o les dan pensando, otras que muestran elementos autoritarios en su vida diaria, laboral y social; muchas de ellas del mundo de la política. No debemos sorprendernos de que, los casos de depresión crónica, crisis nerviosas, hipertensión y más, se deben a la frustración interior y el fastidio que engendra el autoritarismo.
Las inversiones chinas en Brasil se desplomaron un 78% en 2022, hasta los 1.300 millones de dólares, lo que supone el menor valor desde 2009, según un informe divulgado este 29 de agosto de 2023. No obstante, el número de proyectos financiados por China en Brasil llegó a una cifra récord de 32, lo que supone un incremento anual del 14 %, según los datos del estudio realizado por el Consejo Empresarial Brasil-China (CEBC).
La mitad de los nuevos proyectos chinos en Brasil del año pasado son del sector eléctrico, un segmento que en términos de valor acapara el 45% del importe total de las inversiones.
En segundo lugar, viene el sector de tecnología de la información (25% de los proyectos), seguido de vehículos automotores (6%), infraestructura (6%), agricultura (6%), textiles (3%) y materiales para uso médico y odontológico (3%). EFE
Ecuador
Una de las preguntas más importantes de estas elecciones presidenciales tiene que ver con el modelo económico que prefieren los ecuatorianos: desarrollo hacia adentro o hacia afuera.
Las elecciones de 2023 en Ecuador no solo reflejan un relevo generacional, sino también un choque de dos modelos económicos.
Según Alberto Acosta Burneo, economista y editor de Análisis Semanal, una de las preguntas más importantes de cara a la segunda vuelta electoral es: ¿Cuál es el modelo de desarrollo económico que los ecuatorianos creen que es el adecuado para el futuro del país?
En este sentido, la decisión, de acuerdo con Acosta Burneo estará entre un modelo estatista y proteccionista; y otro donde se busca mejorar la competitividad y continuar con un legado de acuerdos comerciales y apertura al mundo.
Autarquía
La autarquía es un modelo de desarrollo donde se busca, en la medida de lo posible, que un país se autoabastezca con sus propios recursos y se deja en
PRODUCCIÓN. Las exportaciones no petroleras sumaron $11.169 millones entre enero y junio de 2023.
un papel secundario a la apertura comercial.
Luisa González, candidata presidencial por la Revolución Ciudadana (RC), impulsa un regreso al modelo de sustitución de importaciones, el cual fue predominante en América Latina en las décadas de 1960 y
° En Ecuador, desde el año 2000, los gobiernos de turno perdieron la posibilidad de echar mano de la máquina de imprimir billetes para inyectar más dinero en la economía.
Como país dolarizado, las únicas dos vías para inyectar liquidez son traer dólares a través de exportaciones y traer dólares a través de deuda.
Por eso, Rosa Sevilla, ingeniera en comercio exterior, explicó que inevitablemente Ecuador debe buscar más apertura comercial para poder crecer y generar empleo.
“Se debe firmar buenos acuerdos comerciales e impulsar leyes como la de zonas francas. Noboa ha anunciado, entre sus posibles colaboradores, a personas técnicas como Sonsoles García en el Ministerio de Producción. Ahí hay una oportunidad de lograr el entorno que necesitan los negocios en el país”, dijo.
Sevilla recalcó que no se trata de dejar desamparada a la industria nacional, sino que a la par se le deben dar mejores condiciones; pero el proteccionismo es un mal negocio para un país que no tiene muchas opciones de financiamiento externo y necesita compensar el cierre del bloque ITT con más exportaciones no petroleras en la mayor cantidad de mercados posibles.
1970. Este modelo apunta a reducir la dependencia de un país a los productos importados a través de políticas como el establecimiento de altos aranceles, impuestos a la salida de divisas y el desarrollo dirigido desde el Estado de ciertos sectores e industrias nacionales.
En otras palabras, mediante una política industrial rígida, establecer ganadores y perdedores desde el Estado e impulsar el desarrollo protegiendo la industria nacional de la competencia extranjera.
Según un análisis hecho por Acosta Burneo, la propuesta de la González incluye los siguientes puntos críticos en materia de apertura comercial:
Solo aceptará acuerdos comerciales para el buen vivir, que partan de las necesidades sociales y que tengan criterios de complementariedad y cooperación.
Cree que se puede generar bienestar enfocándose en el mercado interno pequeño de 17 millones de personas, con reducida capacidad adquisitiva.
Rechaza los TLC que tengan cláusulas de arbitraje inversionista- Estado y los tratados bilaterales de protección de inversiones.
Los inversionistas serán forzados a acudir a la justicia local, en la cual ni siquiera los ecuatorianos confían.
Apertura comercial Daniel Noboa, candidato presidencial de la coalición electoral de partidos ADN, tiene una visión más pragmática y abierta de la economía.
El enfoque no es la protección de la producción nacional vía barreras de entrada y trabas; sino que se buscará, como ya explicó LA HORA en una nota sobre el pensamiento económico de Noboa, hacer más competitiva a la industria ecuatoriana vía reducción de costos de producción y regulación efciente.
Las claves de su propuesta en materia de apertura comercial e inversión son las siguientes:
Buscar activamente la diversifcación de mercados y de la oferta exportable de Ecuador. En este último punto, el potencial es grande si se impulsa el creciente potencial de las frutas ecuatorianas y otros productos no tradicionales.
La frma de más acuerdos comerciales. Guillermo Lasso firmó dos acuerdos comerciales con China y Costa Rica, pero todavía no entran en vigor. Un tercer acuerdo con Corea del Sur se frmaría antes del cambio de Gobierno.
La promoción del comercio internacional, incluyendo misiones comerciales, ferias internacionales, entre otros. En este punto,
se puede fortalecer las estructuras que funcionan bien como las ofcinas comerciales.
Atraer inversión extranjera mejorando el entorno para hacer negocios e impulsando las fusiones y adquisidores con empresas locales.
Alianzas estratégicas con empresas privadas internacionales para reactivar la economía y hacer infraestructura en sectores estratégicos. (JS)
El Colegio de Abogados del Azuay pidió a la Judicatura que suspenda el concurso de jueces nacionales.
Intereses contrapuestos y agendas particulares son los factores que han provocado la actual crisis que enfrenta la Función Judicial y que, según un sector del gremio de abogados, “ha tocado fondo”.
En los últimos cuatro años, la Justicia ha estado
plagada de disputas, escándalos, denuncias de corrupción, y enfrentamientos que han ido minando la credibilidad ciudadana.
El actual Consejo de la Judicatura (CJ) nació del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (Cpccs-T), que lo eligió en enero de 2019 de ternas enviadas por la Corte Nacional de Justicia (CNJ , la Fiscalía General del Estado (FGE), la Defensoría Pública, la Presidencia de la República y la Asamblea Nacional.
°“El sistema judicial ha tocado fondo; es totalmente caótico, no hay visos de una credibilidad del sistema de justicia”, alertó Paúl Ocaña, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha. Pide a los vocales de la Judicatura que renuncien, y que sea la Corte Constitucional (a falta de una Asamblea Nacional) la que, eventualmente, proceda a una destitución en caso de que se determine un incumplimiento de funciones.
Mientras tanto, el Colegio de Abogados del Azuay, a través de un comunicado pidió a la Judicatura que suspenda el concurso de jueces nacionales que la Judi-
44
postulantes que no cumplieron con los requisitos pueden solicitar la reconsideración hasta este 31 de agosto de 2023.
Desde entonces, el CJ entró en pugna con la Corte Constitucional (CC) que le puso límites. Con un fallo de 2022, prohibió a la expresidenta del CJ María del Carmen Maldonado emitir sanciones disciplinarias de forma individual. Esto provocó su renuncia, y se produjo poco después de que la CC califcó como inconstitucional la destitución de 26 jueces y conjueces de la CNJ ejecutada por la Judicatura en 2019.
Con la salida de Maldonado, la Judicatura y la CNJ entraron en una nueva ba-
catura lleva adelante, pues tendría “vicios insubsanables de la convocatoria” porque no se precisa la sala de la CNJ para la que participarán, como tampoco el periodo, lo cual afecta el principio de la justicia especializada y la seguridad jurídica.
A pesar de esta solicitud, el Consejo de la Judicatura anunció que luego de la verificación de cumplimiento de requisitos, un equipo multidisciplinario determinó que 201 profesionales del derecho que participan en el concurso para la selección y designación de jueces de la CNJ cumplieron con todos los requerimientos solicitados durante la fase de postulación. De esta forma se encuentran habilitados para continuar a la fase de méritos que inicia el 5 de septiembre de 2023.
talla. El vocal alterno de la presidenta saliente era Álvaro Román y debía asumir la presidencia, pero en su lugar el Pleno del CJ nombró al vocal Fausto Murillo.
Casi once meses después, la CNJ logró que se designara a Wilman Terán como su delegado en la Judicatura. Precisamente, Iván Saquicela, titular de la Corte Nacional; y Wilman Terán, son dos de los protagonistas del más reciente escándalo.
Los vocales de la Judicatura,
Maribel Barreno y Juan José Morillo, también enfrentan un proceso por el presunto delito de tráfco de infuencias, luego de fltrarse un audio en el que los vocales habrían negociado un fallo a favor de Guadalupe Llori, expresidenta de la Asamblea Nacional.
Este caso llegó a manos del juez Walter Macías ,
a quien Barreno intentó retirar del proceso a través de una recusación, y que luego fue destituido por la Judicatura.
El 29 de agosto de 2023, la fiscal general del Estado, Diana Salazar pidió día y hora para formular cargos
contra los vocales de la Judicatura, incluido el
presidente Wilman Terán.
Presuntos intereses La Federación Nacional de Abogados del Ecuador, a través de su vocero, José Alomía, opinó que, al parecer, el “interés obvio” de Iván Saquicela y “que puede ser legítimo”, es que sea la CNJ la que dirija la Judicatura.
Sin embargo, su proyecto se habría visto frustrado cuando Wilman Terán llegó con agenda propia. “Terán no consulta con nadie, hace y dice lo que él quiere e inicia una política inquisidora contra los jueces”, añadió Alomía. “La Función Judicial ha tocado tanto el fondo que solo falta que se peguen”, expresó el jurisconsulto.
Cree que la Fiscalía ingresó en “la pelea” porque la Judicatura se habría constituido en una traba para su gestión, al cederle cero autonomía. “Al parecer, hay un interés legítimo en la Fiscalía para que eso cambie, y por eso su denuncia de obstrucción a la justicia”. (SC)
El perito Roberto Meza ya dio respuesta a las observaciones realizadas por la familia del general Jorge Gabela y la Defensoría del Pueblo sobre reconstrucción del tercer informe.
de su entrega, el documento original del “tercer producto” de las instituciones que debían tenerlo en custodia. Incluso, en una rueda de prensa realizada 15 días después de llegar al país, exactamente el 02 de junio de 2023 ,
Meza informó el hallazgo de tres versiones del informe, todos manipulados “
Ese es un documento completamente redactado con hipótesis que no formaban parte del tercer informe , es un documento montado, manipulado y creado y que no tiene frma de responsabilidad”, dijo Meza en ese momento.
Pese a que tenía un plazo de 30 días para dar respuesta a las observaciones realizadas por la familia del general Jorge Gabela y la Defensoría del Pueblo, el perito del caso, Roberto Meza, respondió a la institución pública en un documento de 21 páginas, suscrito el pasado 14 de agosto de 2023 y al que este diario tuvo acceso.
Meza rechazó parte de las observaciones recordando que como perito no está dentro de sus obligaciones y reiteró que al desarrollarse como una investigación “extrajudicial” no tiene la capacidad para elaborar una “teoría del delito”. Dejó claro que su función como perito es “la de materializar prueba que confrme o descarte la teoría del caso planteada por
alguna de las partes”.
Precisó que dentro del “tercer producto” presentado a la familia y a la Defensoría y que además consta para la Corte Constitucional y la Fiscalía General del Estado (FGE), “el material analizado los cuales fueron descritos y detallados en el informe que arrojan ‘indicios suficientes‘ para considerar que los señalados como posibles autores intelectuales tenían intereses profesionales y económicos para silenciar al general Gabela , cumpliendo de esa forma con lo estipulado contractualmente en 2013”.
Meza deja claro que la “teoría de delito”, no podía plantearse en el tercer producto, porque no era competencia de la investigación
° Ramiro Román, abogado de la familia Gabela, explicó que en este momento están a la espera de las determinaciones que la Corte Constitucional (CC) y la Fiscalía General del Estado (FGE), tomen sobre la reconstrucción del “tercer producto” y sus observaciones
A juicio de Román, el perito en su informe “contestó las cuestiones claves sobre el asesinato del general Gabela, eso es todo lo que puedo decir”. Acotó que tanto la Corte Constitucional como la FGE deben pronunciarse.
Explicó que la CCl tiene nueve días para emitir su pronunciamiento, aunque podría tomar algunos días más. “Eso nos interesaría saber, a dónde remitirá la CC su pronunciamiento sobre este particular”, apuntó.
desarrollada en 2013, que tenía c
omo objetivo confrmar los posibles móviles.
En este sentido recordó a la Defensoría que “el ‘móvil del crimen’ fue planteado exclusivamente por los miembros del comité interinstitucional de 2013 en reunión con Patricia Ochoa, el cual fue debidamente explicado y fundamentado con documentos en el apartado 5, párrafo 4, página 10 del informe”.
Meza recalcó que su tarea era probar las hipótesis planteadas como “móvil del crimen” y establecer los posibles autores intelectuales.
No dudo en señalar que, aunque algunos elementos de información han desaparecido “no se puede negar que tales elementos respaldan en términos probabilísticos las conclusiones arribadas que se plasmaron en el tercer informe reconstruido”.
Precisó el perito que dados los elementos presentados en el informe se puede concluir que “existen suficientes indicios para ubicar al General Borhórquez y al General Espinosa con motivaciones personales y económicas claras que permiten vincularlos directamente con el móvil y como posibles autores intelectuales del crimen del Ge -
neral Jorge Gabela Bueno.”, recalcó.
Roberto Meza señala además que serán las autoridades judiciales y sus órganos quienes deban continuar y profundizar las investigaciones.
“Es función de la justicia establecer categóricamente quienes dieron la orden de matar al General Gabela y cuáles fueron los o el motivos de tal determinación, es decir, la justicia ecuatoriana”, escribió.
Antecedentes L
a comisión Coordinadora y el perito Roberto Meza cumpliento con la sentencia 2366-18-EP/23 de la Corte Constitucional entregaron a la Defensoría del Pueblo y a la
familia del General Jorge Gabela, la reconstrucción del llamado “tercer producto”, del caso Gabela. Esto se cumplió el 11 de julio de 2023. Este instrumento fue desarrollado en 2013 por el perito Meza, formaba parte de una investigación contratada por la Comisión Interinstitucional que estudió el asesinato y en ella se debía dar luces sobre la motivación y los responsables del asesinato del general de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) , hecho registrado en Guayaquil en diciembre de 2010.
Aunque existe evidencia
Tanto la familia, como la Defensoría del Pueblo tendrían 20 días para entregar sus observaciones al informe, acción que completaron ambas partes . Meza tendría otros 30 días para asumir las observaciones y resolverlas en el informe.
El 3 de agosto, la
Defensoría del Pueblo envió sus observaciones a la Comisión Coordinadora y a la Corte Constitucional, sobre la investigación desarrollada por Meza.
Las observaciones desarrolladas por la
Defensoría se enmarcaron en dos vertientes: la primera revisó la metodología, estructuración y redacción, dejando cuatro observaciones; mientras que
en la segunda revisaron el contenido y solicitaron aclaraciones en 16 puntos
La Defensoría señaló que sus observaciones no significaban “allanarse a una postura sea de política partidista o de las partes en los procesos judiciales que correspondan para determinar responsabilidades”.
Destacó además que lo que se “enuncia no determina supuestos de culpabilidad o controversia en los casos judiciales específcos que determinarán”.
Dentro de sus observaciones resaltan la carencia de un proceso metodológico y de planifcación, así como la inexistencia de un marco teórico para el “planteamiento del móvil del crimen”. (ILS)
EN LA WEB
lahora.com.ec
POLÍTICA Conflicto de Pachakutik se sustancia en el TCE
PAÍS Sector camaronero insiste en denunciar una profunda crisis de inseguridad
Mediante simulacros se prepara a las unidades médicas ante posibles ataques armados. Estas medidas han reducido los ataques de dos semanales a 2,5 mensuales.
Aunque los hospitales son considerados ‘zonas de paz’, la delincuencia ignora esto en sus ataques. Solo en enero de 2023 cuatro personas ingresaron con fusiles a una casa de salud en el sur de Guayaquil. Dos meses antes, en Chone, un grupo de antisociales secuestró al personal de salud, cuando ingresaron a buscar a un menor de edad a quien intentaron asesinar.
En 2022 se registraron 77 ataques a casas asistenciales, por lo que el Ministerio de Salud Pública (MSP), puso en marcha el ‘Código Plata’, que – según esa cartera de Estado– permite articular esfuerzos entre el personal de salud, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
El ‘Código Plata’ es una estrategia que busca ‘blindar’ estos espacios para prevenir eventos riesgosos en hechos puntuales como cuando una persona llega con una herida de bala o hay movimientos
En lo que va de 2023 se han registrado 1.200 alertas de Código Plata a escala nacional.
El Código Plata es el conjunto de procedimientos interinstitucionales orientados a asegurar la provisión de servicios de salud ante incidentes violentos.
sospechosos alrededor.
Simulacros y capacitaciones
Para que funcione el ‘Código Plata’ se realizan socializaciones con el personal de salud. El MSP ha desarrollado – hasta agosto de 2023– 427 capacitaciones sobre el protocolo del Código Plata que han involucrado a 14.981 funcionarios de estableci-
mientos públicos y privados del Sistema Nacional de Salud.
ducción de los eventos, se sigue trabajando para que esta cifra siga reduciéndose”.
PRODUCCIÓN Ministerio de Agricultura inaugura Centro de Desarrollo Productivo Agropecuario Comunitario
En
Guayaquil se capacitó a 288 funcionarios y en Esmeraldas a 1.152 personas . Estas son las ciudades donde más atentados armados se han registrado.
La fase de preparación del proceso de implementación del Código Plata incluyó también la realización de simulacros A la fecha se han realizado 184 y –según la cartera de Estado–se han reforzado los mecanismos de seguridad dentro de establecimientos sanitarios en las provincias de Guayas, Esmeraldas y Santo Domingo.
El MSP indica que con la ejecución de los procedimientos preventivos “se ha logrado reducir la tasa de ataques a establecimientos de salud de 2 semanales a 2,5 por mes. Si bien es una importante re-
El Código Plata es el tercer paso dentro de una estrategia de seguridad que contempla:
1Análisis inicial de riesgos: Donde se analiza cómo funciona el sistema de salud. Así se establece un plan de priorización de los centros de salud más propensos a ser violentados.
Se determinó por ejemplo, que había casas de salud vulnerables por falta de cerramientos; pocas puertas automáticas o dañadas; falta socialización sobre de las salidas y entradas de emergencia (la ciudadanía las usa de manera errada, para evitar el tráfco); falta de puertas de bloqueo en hospitales.
2Modificaciones y recuperación de la infraestructura que es vulnerable a ataques.
(AVV)
AGENDA
¿Qué hacer este fin de semana en Quito? Conoce nuestra guía de actividades
QUITO Quito, líder turístico de Sudamérica en los World Travel Awards 2023
La segunda reunión de Quito Invierte tuvo un enfoque ambiental y estuvo dirigida hacia el sector privado y la inversión sostenible
La administración de l alcalde, Pabel Muñoz, busca incentivar la inversión privada en la ciudad, promoviendo una alianza productiva que genere benefcios tanto para el sector privado como para la comunidad.
Se enfatiza la importancia de establecer un entorno de transparencia y seguridad jurídica para ambas partes involucradas en proyectos de inversión, evitando abusos y asegurando una rápida consecución de políticas públicas.
Además, se puso de manifesto el interés por tres ejes fundamentales: ambiente, producción y desarrollo.
Esto se refeja en la creación de un nuevo complejo sanitario en la ciudad, así como en la clausura ambiental del relleno sanitario del Inga y la transformación de su pasivo ambiental en generación eléctrica.
El secretario de Ambiente, Santiago Sandoval, indicó que esta iniciativa signifca la articulación entre el sector público y el privado. “Las alianzas estratégicas nos han llevado a un camino importante para volverlos realidades, contamos con el apoyo de multilaterales, embajadas, inversionistas, empresarios. Esperamos tener mesas técnicas positivas con todos los actores involucra-
° El programa de Agua
Potable por $197,9 millones y alcantarillado por $43,8 millones se implementaría mediante financiación externa.
En cuanto al proyecto de conservación Ilaló-Pichincha-Atacazo aún se debe determinar el monto y el modelo de gestión..
CIFRA
$700
millones serán para los proyectos ambientales.
CIFRA
$400
millones se invertirán en el proyecto de tratamiento de aguas residuales.
CIFRA
dos”, afrmó.
Propuestas de interés
En la reunión de este 30 de agosto de 2023 se priorizaron tres proyectos principales en el área ambiental, estos son:
1 Gestión de Residuos
Sólidos: Se propone la creación de un complejo ambiental, donde se generará un cambio en el modelo de gestión de residuos sólidos, que incluye separar la basura en los hogares, modifcar la forma de recolección y promover el aprovechamiento fnal de los residuos.
tratar el 100% de las aguas residuales de la ciudad. Se planea la construcción de un complejo de plantas para el tratamiento de aguas residuales de Quito y otras pequeñas para áreas rurales, con la colaboración del sector privado.
Al menos se prevén dos iniciales, para esto primero se ejecutarán estudios de factibilidad y prefactibilidad. Las primeras dos son: PETAR Quito y Valle de Tinallo; una tercera sería en Monjas. La inversión estimada es de $440 millones.
tecnológico y mecánico de Emaseo, entidad encargada del manejo de residuos, con un énfasis en maquinaria eléctrica y zonas de cero emisiones.
Estas iniciativas buscan generar benefcios económicos y ambientales a través de una inversión signifcativa, la creación de empleos, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la maximización del aprovechamiento de recursos
$200 millones serán para el nuevo complejo ambiental.
que estas mesas de trabajo se den con total transparencia y la ciudadanía pueda ver resultados
Además, indicó que “ hay que tener claro que la propuesta del complejo ambiental viene desde administraciones anteriores y lo que ha faltado es voluntad política para ejecutarlo”, dijo.
Aún está en
fase de estudio, diseño, construcción y operación . Este será un cambio significativo en la forma de gestionar los residuos sólidos.
La propuesta se realiza con una alianza estratégica en la que el municipio pondría la recolección de basura, las dos plantas de tratamientos de transferencia norte y sur, y el terreno de 116.000 hectáreas dónde se construirá el complejo.
El sector privado pondrá la inversión total de 200 millones para la construcción del complejo ambiental y este se beneficiará de los recursos que se produzcan del mismo. Se espera que la infraestructura esté lista en 2026.
2 Tratamiento de Aguas: Este ambicioso proyecto busca
Esto se da luego de que la antigua propuesta Vindobona no fuera viable. Este proyecto se está tratando de realizar desde hace aproximadamente 10 años. Por su alto monto de inversión de $1.000 millones, no se ha consolidado.
3 Mejora tecnológica en Emaseo :
La propuesta contempla
una mejora significativa en el equipamiento
Esto se les presentó a las empresas privadas interesadas en invertir en estos proyectos, esperando que se pueda fniquitar estás propuestas lo antes posible y ponerlas en marcha.
La concejala Analia Ledesma dijo que desde su competencia fscalizadora solicitará toda la información pertinente para
También explicó que mientras se defne la construcción del complejo para la gestión de residuos, es fundamental y urgente que se trabaje en educar a la ciudadanía, generar una cultura de reciclaje. “Si no logramos cambiar esa cultura en los vecinos y vecinas, no habrá complejo ambiental que aguante y eso estamos viendo en la problemática que genera el relleno sanitario”
La edil Diana Cruz indicó que “proyectos como el complejo ambiental, son una solución técnica y necesaria para el mejorar calidad del ambiente, a través del aprovechamiento de la mayor cantidad de residuos sólidos urbanos, y así llevar a Quito a la par de otras ciudades de la región”.
Agregó que las alianzas público privadas permitirán canalizar recursos, experiencias y conocimientos para impulsar nuevos proyectos innovadores que benefcien a nuestra comunidad y al planeta. (EC)
En la segunda reunión de Quito Invierte, el Municipio se enfocó en el ambiente. La Alcaldía mostró tres proyectos valorados en $700 millones.
muy preocupante.
amenaza climática, la pandemia, la guerra en Ucrania y la inflación global provocan una “policrisis” que pone en
BRASILIA. La
SANTIAGO DE CHILE. El presidente de Chile, Gabriel Boric, frmó este 30 de agosto de 2023 el decreto que da paso a una inédita política de búsqueda de las víctimas de desaparición forzada durante la dictadura de Augusto Pinochet (19731990).
riesgo la seguridad alimentaria en América Latina y el Caribe , afrmó la directora regional del Programa Mundial de Alimentos (PMA), la española Lola Castro.
situación regional “continúa muy preocupante”, pues “hemos tenido muchas crisis” en los últimos años y “las seguimos teniendo”, señaló Castro en el marco de un evento sobre capital humano que se celebra en Brasilia.
La
La directora regional del Programa Mundial de Alimentos (PMA), Lola Castro.
De acuerdo al PMA, en América Latina y el Caribe ha habido “una
“Tengo la convicción que democracia es memoria y es futuro, y no puede ser la una sin la otra”, afrmó el mandatario chileno durante una emotiva ceremonia que siguió visiblemente emocionado rodeado de políticos, activistas de los derechos humanos y familiares de las víctimas de la tiranía.
“Nos hacemos cargo como Estado, no solo como Gobierno, de mover todas las barreras para esclarecer las circunstancias de desaparición y/o muerte de las víctimas de desaparición forzada”, subrayó. El plan apunta a instalarse como una “política nacional permanente y sistemática” para esclarecer el destino de los desaparecidos, que se calculan en torno a las 1.469 personas. EFE
“La
crisis climática está subyacente, latente , nos toca todos los días a la puerta. Tenemos
huracanes, inundaciones, sequías y tenemos ahora a ‘El Niño’ con nosotros”, indicó.
Sobre ese fenómeno climático, que según científicos se prolongará “hasta mucho más allá” de mediados de 2024, explicó que agrava una situación ya preocupante, pues, por ejemplo, “ mucha gente no ha conseguido plantar” en Centroamérica.
Esta amenaza se ha sumado a la crisis de la covid, que “redujo” el acceso a una alimentación de calidad y llevó a que en algunos países “los sistemas alimentarios se rompieran” y que
millones de personas caigan en la pobreza, afrmó Castro.
Inflación alimentaria
Según la funcionaria del PMA, luego llegó la invasión rusa y “la crisis de Ucrania”, y con ello “una alta infación de los precios de los alimentos en América Latina y el Caribe”, donde los países “son
productores, pero también exportadores”.
inflación de alimentos de hasta el 50% y hasta mucho más allá en algunos países”, todo lo cual ha concluido por generar lo que Castro defne como “policrisis”.
Como consecuencia, y según informes de Naciones Unidas, “tenemos 43 millones de personas en inseguridad alimentaria y, entre ellas, 11 millones en una situación severa” en América Latina y el Caribe, puntualizó. EFE
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR O SOLICITANTE: LÓPEZ VARGAS ADRIANA MARIA
DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA RESPONDIERA A LOS NOMBRES DE JOSE PEDRO ORTIZ PASUY.
JUEZ: DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR
SECRETARIA: AB. ANDREA ANGELITA PARDO SANTANA
JUICIO: 15951-2023-00133
CAUSA: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA.
TRAMITE: VOLUNTARIO
CUANTÍA: INDETERMINADA
SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA PROVINCIA DE NAPO, Que la Señora LOPEZ VARGAS ADRIANA MARIA, Presento una DEMANDA de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA, cuyo extracto es como sigue:
“(…) Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud, y por un medio de comunicación escrito de cobertura nacional a los herederos desconocidos o presuntos, …. proceda a realizar el extracto correspondiente a fin de poder citar a los herederos desconocidos o presuntos del señor Pedro José Ortiz Pasuy, por un medio de comunicación escrito de cobertura nacional- (…)”.- Fdo.) Dr.
REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec
EXTRACTO
Juicio de Trabajo Sumario No.17371201904407
Actor: LARENAS URIA RESSI TATIANA
Demandado: ALFASEGUROS AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA. LTDA. REPRESENTADA LEGALMENTE POR SU PRESIDENTE EJECUTIVO, JORGE ENRIQUE RODRIGUEZ TORRES Y POR SUS PROPIOS DERECHOS
Juez: Dr. Carlos Dávila Ortega (E)
Secretario: AB. XAVIER LOMBEIDA RIBADENEIRA UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LAPARROQUIAIÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
VISTOS.- Dr. Carlos Dávila Ortega, en mi calidad de Juez encargado de la Unidad Judicial de Trabajo con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, avoco conocimiento en la presente causa, en virtud de la licencia de su titular, mediante la acción de personal No. 06699-DP17-2023-MP. Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal: [1] Al amparo del 130.8 del COFJ, se procede a realizar la convalidación solicitada, en virtud de lo cual emítase el extracto respectivo: Conforme a lo dispuesto en el Art. 68.1 del Código Orgánico General de Procesos NOTIFÍQUESE a RODRIGUEZ MORENO JORGE ENRIQUE, RODRIGUEZ MORENO MONICA ANDREA y RODRIGUEZ MORENO FELIPE ANDRES, en calidad de herederos conocidos; en una publicación en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- [2] NOTIFÍQUESE a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor JORGE ENRIQUE RODRIGUEZ TORRES; en una sola ocasión en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, se concede a la parte demandada el término de 15 días contados desde la última publicación (Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda), a fin de que comparezcan al proceso.- [ ]Para los fines pertinentes, de conformidad con el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico se indica a las partes procesales que las firmas electrónicas puestas en el presente auto tienen igual validez y generan los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita. En consecuencia, no será necesario consignar las firmas manuscritas en la presente actuación judicial.- Conforme el Art. 66 del COGEP, la presente notificación se realiza únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto.-NOTIFÍQUESE.- f).- DAVILA
ORTEGA CARLOS ALFONSO. JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO.La directora regional del Programa Mundial de Alimentos (PMA), Lola Castro, sostiene que la situación regional esAUTORIDAD. POLÍTICA. El presidente de Chile, Gabriel Boric, firmó el decreto para dar paso a una inédita política.
Rutas y riesgos identificados en el recorrido hacia el Darién
El estallido migratorio en la selva del Darién, por donde han pasado este año 320.098
viajeros irregulares, preocupa a toda la región, al ver que esta cifra inédita revela
la magnitud de la crisis humanitaria y de seguridad que hay en América Latina. EFE
Estación de Recepción Migratoria
Violencia física y agresiones sexuales
Robos
Intimidaciones y/o amenazas
Discriminación
Presencia de grupos armados ilegales
Riesgo a la vida e integridad personal
Red de tráfco ilegal y trata de personas
Riesgo de muertes en el tránsito - Naufragios
Riesgo de explotación laboral
Niños, niñas y/o adolescentes no acompañados
Riesgo de reclutamiento forzado
Una media de 2.500 migrantes llegan cada día a Panamá en su viaje hacia Norteamérica tras cruzar la inhóspita jungla del Darién, la frontera con Colombia, lo que evidencia “una subida extrema” del flujo de estos viajeros irregulares
IBARRA. - La basura y los escombros en diversas quebradas que atraviesan la ciudad de Ibarra, por sectores residenciales, históricamente han provocado inundaciones que dejan innumerables daños materiales y problemas a los vecinos de partes altas y céntricas.
Ante esto, la Alcaldía de Ibarra inició un plan de limpieza de basura y retiro de escombros, a través de mingas con trabajadores municipales, así como de la Empresa de Agua Potable (Emapa-I) y de la Empresa Pública de Movilidad (Movidelnor), junto a moradores de los sectores cercanos a las quebradas.
El alcalde Álvaro Castillo señaló que el control de inundaciones es complejo, pues se requieren entre $6 millones a $7 millones para implementar un plan integral que solucione el problema Al menos así lo afrmó en un conversatorio ciudadano por sus 100 días de gestión.
Agregó que uno de los males detectados es la gran cantidad de materiales acumulados en los cauces naturales de agua. Esta es una de las causas de inundaciones en la ciudad.
“Hay tramos de las quebradas con material, piedras, ripio, arena, del alto de un edifcio, en pleno cauce, entonces
llueve más arriba y se represa por causa de todos estos materiales”, dijo.
Sin embargo, reconoció que
la limpieza de quebradas que se ejecuta actualmente no es una solución definitiva para las inundaciones, que suelen atravesar la urbe en época de lluvia, anunciando que espera conseguir apoyo de la cooperación internacional para fnanciar los estudios de un plan que sí brinde resultados totales.
“Estamos haciendo obras elementales, hasta que nos dé resultado el pedido a la
Entre las zonas intervenidas consta la quebrada Las Flores, Seca, sector de San Clemente, El Naranjito, Ejido de Caranqui, Av. Camilo Ponce, río Ajaví, entre otros.
Hay que decirle a la ciudadanía que la limpieza de quebradas no me garantiza nada, que la limpieza de sumideros tampoco me garantiza mayor cosa”.
Solicitamos a la ciudadanía no arrojar basura en las quebradas”.
cooperación coreana, de que nos
financien los estudios , porque esos
sí son caros, porque es ingeniería de drenaje y de escorrentías, para lo que no hay muchos ingenieros en el país. Eso es caro. Queremos que nos fnancie la cooperación coreana, que ya nos ha financiado en el pasado varias cosas,
y la ejecución más o menos bordearía los $6 millones a $7 millones”, explicó.
Castillo aseguró que, por el momento, a la par de la limpieza de quebradas, se construyen
muros ataguías, con rocas inmensas, para que resistan un poco la presión del agua que baja cuando llueve y evite en cierto grado las
inundaciones de zonas históricamente afectadas, como el sector de Ajaví.
“Empezamos a limpiar esas r
epresas naturales, porque hacen que el agua se represe,
se desborde y se lleve la arena y la piedra hacia abajo , haciendo que se tape el canal de Ajaví, que rebosa, se tapan las alcantarillas y se inunda la ciudad, así de fácil (...). Al bajar la velocidad del agua, baja la energía, haciendo que puedan rebozar estos diques de manera más lenta, de tal forma que el canal de Ajaví pueda servir”, señaló.
El Alcalde también extendió su pedido a la ciudadanía de tomar conciencia y evitar botar escombros o basura
en las quebradas, afrmando que de nada sirve el trabajo municipal sin la cooperación de la población.
“Esto es de titanes, porque se va y se limpia la quebrada, donde hemos sacado volquetas de plástico, de galones ya utilizados, de fundas plásticas, de animales muertos, de palos, madera, pero después de 15 días otra vez está el
problema (...). Ya no sabemos cómo actuar, si debemos poner guardias, pero es imposible porque son kilómetros de kilómetros de quebradas. Entonces no estamos haciendo ninguna solución fnal. La solución fnal llegará cuando podamos hacer verdaderos diques para bajar la energía y podamos hacer canales interceptores para ir directo al Tahuando y directo al río Ajaví. Eso es
mucho dinero”, fnalizó. (FV)
Se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANSGIRALDA
S.A., a la JUNTA GENERAL UNIVERSAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 08 de septiembre del 2023 a las 17h00, en la sede de la Compañía ubicada en la calle Vicente Rocafuerte N°. 1784 y Emilio Grijalva, Parroquia San Francisco, Cantón Ibarra, con el siguiente orden del día:
1. Constatación de quórum
2. Lectura y aprobación del informe de gestiones del gerente
3. Presentación y aprobación de estados financieros del ejercicio fiscal 2022
4. Clausura
Atentamente,
Raúl Martínez Presidente de la CompañíaDesde la Prefectura se solicitó la autorización para intervenir en vías estatales.
Parroquia, Cantón, Provincia Lugar, Dirección Fecha Horario
las competencias.
Una reunión de trabajo sostuvo Johnny Terán, prefecto de Los Ríos; con Guillermo Lasso, presidente de la República del Ecuador. Allí abordaron y evaluaron diversos temas, considerados de interés fundamentales para la provincia. Uno de ellos fue el avance de las transferencias de competencias relacionadas con la infraestructura vial a la Prefectura de Los Ríos, entre ellas las carreteras E25 (tramo Buena Fe - Babahoyo - Jujan) y la E484 (tramo San Juan - Vinces - Macul). Ambas vías desempeñan un papel significativo en
el desarrollo vial de la r e gión conectando varias comunidades, se informó.
Campañas Por otra parte, se abordó la construcción del nuevo puente sobre el río Cristal en Montalvo. Este viaducto colapsó en marzo pasado y su recupe ración es esencial para unir diversas localidades rura les.
La importancia de este pro yecto fue enfatizada en la reunión (llevada a cabo en Quito) y se analizaron las medidas necesarias para su pronta ejecución.
Tulcán, Tulcán, Carchi Quito, Quito, Pichincha
Ambato, Ambato, Tungurahua
Cuenca, Cuenca, Azuay
Loja, Loja, Loja
Nueva Loja, Lago Agrio, Sucumbíos
La Policía Nacional busca a otros sospechosos. El caso está en investigación.
Momentos de terror se vivieron la tarde de ayer, miércoles 30 de agosto, a consecuencia de una atentado explosivo en Santo Domingo
Eran aproximadamente las 16:00 cuando los antisociales ingresaron a un negocio de repuestos automotrices, ubicado en la avenida Quevedo, sector la Pepsi, y colocaron una granada junto a la caja de recaudación económica.
Esto alarmó a los propietarios, clientes y trabajadores de locales vecinos, quienes rápidamente evacuaron el área para ponerse a buen
recaudo.
Reacción
La Policía Nacional llegó al lugar para atender la emergencia y una de las primeras acciones fue solicitar apoyo a los agentes civiles de tránsito para bloquear varias intersecciones viales a la redonda.
Posteriormente, ingresaron al negocio afectado y observaron que la granada tenía el bloqueo de seguridad, situación que mermó el peligro de explosión.
Sin embargo, ninguno de los uniformados tenía experiencia para manipular este objeto y fue necesaria la presencia de agentes especializados en explosivos.
Hasta las 19:00, las calles continuaban cerradas, los policías que conocían de la materia hacen base en Quito y el traslado demandó va-
rias horas.
Wladimir Pérez, jefe del Distrito Este, dijo que la emergencia fue controla-
da a tiempo y descartó que existan personas heridas a consecuencia de este atentado.
Extorsión
Las primeras investigaciones policiales hacen presumir que el caso está asociado al delito de extorsión, porque semanas atrás, sujetos desconocidos habrían solicitado dinero al propietario.
granada.
EL DATO
La Policía indicó que el caso está asociado al delito extorsivo.
Hasta el momento, no se revela la cantidad que era requerida, pero la Policía Nacional aseguró que pondrá mayor énfasis en el sector para que no se repitan estos acontecimientos.
Allanamiento
Eran aproximadamente las 18:00 cuando los uniformados ingresaron a una casa rentera y aprehendieron a uno de los sospechosos.
El procedimiento ocurrió en el ingreso a la cooperativa de vivienda Venceremos, ubicada a tres cuadras del lugar donde se dejó la
Luis V., de 20 años, fue neutralizado en el interior de un departamento. La Policía presume que este hombre tuvo participación en el hecho y lo pusieron a órdenes de las autoridades judiciales. En el predio encontraron una de las motocicletas que participó en el atentado, prendas de vestir que coincidirían con las registradas en cámaras de video, una pistola y municiones.
Gustavo Játiva, jefe subrogante en la Subzona Santo Domingo de los Tsáchilas, confirmó que buscan a otras tres personas y espera que sean aprehendidas antes que finalice la flagrancia.
El uniformado ratificó que el caso está asociado al delito extorsivo e instó a los comerciantes para que denuncien cuando son atemorizados por las bandas dedicadas a este actos ilícitos. (JD)
Este miércoles, a partir de las 19:30, dará inicio la esperada 194 Feria de Loja en el prestigioso Teatro Nacional Benjamín Carrión Mora. El evento, que se extenderá hasta el 17 de septiembre, promete reunir una amplia gama de actividades enfocadas en el emprendimiento, el intercambio comercial, así como en la rica cultura y tradición de la región sur del Ecuador.
El costo de la entrada para el evento inaugural tendrá un valor de $8.00 y podrá adquirirse en: Tienda Feria de Loja, Micromercado Raquelita, Boleterías del Complejo Ferial Simón Bolívar y en la aplicación Clip.
mercio Exterior, Inversiones y Pesca, Daniel Legarda, y la participación de expositores de emprendimientos, representantes de espacios turísticos, y embajadores de la cultura y tradición de Celica, el cantón invitado de honor en esta edición. Además, el programa inaugural contará con la presentación del microteatro ‘Decreto de Bolívar’ y el emocionante musical ‘Naún, el Bandolero’.
programada para el viernes 1 de septiembre a partir de las 11:30. El evento, que promete un festín de expresiones artísticas auténticas del sur del Ecuador, contará con la participación de agrupaciones de danza folklórica, bandas de pueblo y otras manifestaciones artísticas que buscan enriquecer aún más la ya diversa escena cultural regional.
Durante la inauguración, destacarán la presencia del Ministro de Producción, Co-
La inauguración oficial de las puertas del Complejo Ferial Simón Bolívar está
En los próximos 18 días de feria, los visitantes tendrán la oportunidad de sumergirse en una programación repleta de más de 150 eventos, abarcando temas como emprendimiento, intercambio comer-
Las redes sociales se convirtieron en el escenario de un video que se volvió viral el martes 29 de agosto de 2023, captando un altercado físico entre un agente de control municipal y un vendedor en las afueras del Mercado Gran Colombia. El incidente habría ocurrido el pasado domingo 27 de agosto en horas de la mañana, dejando a la ciudadanía de Loja en un debate acerca de la conducta de las autoridades locales.
Hecho
Fernando Villagómez, director de Seguridad Ciudadana y Control Público del Municipio
de Loja, explicó la causa de la riña generada entre ambos involucrados.
“La razón son problemas personales que tiene este vendedor con el agente de control por más de 15 años. Este resentimiento se produce por la forma de actuar agresiva de los agentes en otras administraciones, y cada vez que se encuentran la situación termina en golpes”, señaló.
Aclaró que no existen disposiciones por parte de la actual Administración Municipal para que los uniformados retengan los productos a los comerciantes. Cada operativo realizado
por los agentes en mercados, plazas y aceras es de carácter preventivo.
“Hubo una intervención de la Policía Nacional, personas detenidas y otro ciudadano fue hospitalizado. El agente fue aprehendido, se realizó la audiencia el día lunes 28 de agosto, donde el juez dictaminó medidas de acuerdo al parte presentado por el agente policial. Ambos ciudadanos ya están en libertad”, manifestó.
Agrega que a nivel interno también se han iniciado los procedimientos correspondientes para proceder a sancionar a los servidores de control vincula-
cial, formación y capacitación de emprendedores. De estos, cerca de 30 actividades estarán dedicadas a la danza, el teatro, la música y otras expresiones artísticas que reflejan la riqueza cultural de la región. La Corporación de Ferias de Loja ha demostrado su compromiso con el talento local, alineándose con su objetivo de fortalecer el reconocimiento a los artistas y promover el arte y la cultura en la región. En este sentido, ocho nuevos talentos, bajo el apadrinamiento del maestro Mario Santiago Cárdenas, tomarán el escena-
rio en la ‘Noche de Talentos Lojanos’, un evento especial organizado por la CFL para el 14 de septiembre a las 20:00 en el Teatro Nacional Benjamín Carrión Mora.
El 17 de septiembre, a las 20:00, se llevará a cabo el emblemático sorteo de un vehículo SUV de la marca GAC, una tradición que ha capturado la emoción de los asistentes a la Feria de Loja a lo largo de los años.
Las entradas generales están disponibles por $1.75 para adultos y $0.75 para tercera edad y personas con discapacidad.
SANCIÓN. Se tomarán medidas contra Agentes de Control Municipal involucrados en pelea con comerciantes.
dos en la gresca. “Tenemos una comisión y ellos se encargarán de determinar la sanción y, de acuerdo a los argumentos existentes, se dictaminará una resolución en base a los lineamientos legales vigentes”, puntualizó.
Más de 150 actividades se presentarán en la Feria, que promete ser un encuentro de arte, emprendimiento y tradición.PROGRAMACIÓN. La 194 Feria de Loja abre sus puertas con un variado programa de actividades culturales y comerciales.
Alexander
Paredes es el que más se ha destacado en los X Juegos Nacionales
Juveniles 2023.
El esmeraldeño Alexander Paredes es el deportista más completo del atletismo de los Juegos Nacionales Juveniles, que se desarrollan en la provincia de Chimborazo.
brano de Santo Domingo de los Tsáchilas (5.341 puntos).
El estadio Olímpico de Riobamba acogió a deportistas y aficionados del atletismo.
Otras medallas: Entre los deportistas que consiguieron medalla de oro constan: Miyamu Pianchiche Acero de Ajedrez, en la modalidad Blitz, estándar y rápida, Matías Montaño Velasco de Ajedrez, en la modalidad rápida.
Melany Yugcha Cuero de atletismo en la prueba salto largo, con una marca de 5 metros 64 centímetros, Ian Pata Reasco, en 400 metros vallas con un tiempo de 53.64, y 200 metros planos con un tiempo de 21.69, Alexander Paredes en decatlón, con una marca de 5.729 puntos. Medallas de Plata Las medallas de plata fueron para Matías Montaño Velasco en Ajedrez (modalidad estándar) Ian Pata Reasco en los 400 metros con vallas, con un tiempo de 47.74.
Melany Yugcha Cuero en Salto Triple, con una marca 12,1 metros, Jandri Charcopa País en los 110 metros con vallas, con un tiempo de 15.11.
Medallas de Bronce
26 de agosto de 2023
Este
consiguió el primer lugar en decatlón al sumar 5.729 puntos en las pruebas de 100 metros planos, salto largo, lanzamiento de bala, salto alto, 400 metros planos, 110 metros vallas, lanzamiento de disco, salto con garrocha, lanzamiento de jabalina y 1.500 metros planos.
Dedicación
“Este triunfo se lo dedico a mi mamá. En su momento le dije que iba a regresar a casa con la medalla de oro y cumplí, han sido días de mucho esfuerzo y la recompensa
fue colocarme en lo más alto del podio”, destacó Paredes.
En la prueba múltiple, la medalla de plata fue para el manabita Kevin
Las medallas de bronce fueron para Ainoha Gruezo García en ajedrez (modalidad estándar), Jordán Mendoza Rodríguez en pesas, con una marca de 115 kg en Arranque; Niurka Solís Mina en Salto Alto, con una marca de 1,55 metros, en Relevo 4x400 metros Varones Esmeraldas se adjudicó la medalla de bronce con un tiempo de 3’22’’84. y en Relevo 4x100 varones, Esmeraldas medalla de bronce con un tiempo de 42’86 y medalla de bronce con Nathaly Bateoja Nazareno de la disciplina de judo en la división de los 63 Kg.
Alcív
ar (5.515 puntos), mientras que el bronce se quedó con Ángelo Zam -
Este 26 de agosto culminaron las disciplinas de ajedrez, levantamiento de pesas mientras que el 27 culminó judo, atletismo, y comenzó la etapa eliminatoria de voleibol sala en el coliseo de la UNACH.
Da clic para estar siempre informado
En plena era de la compra masiva y rápida de ropa barata en internet, el Museo de Artes Aplicadas de Viena (MAK) indaga en una exposición sobre qué hay detrás de esa necesidad constante de cambio y renovación, y denuncia el creciente daño medioambiental y de explotación laboral que supone ese efímero consumismo.EFE
¿Cómo procede el pago de daños y perjuicios en casos de vulneraciones a los derechos de los consumidores?
El artículo 622.6 del COIP, determina que en la sentencia debe contender la condena a reparar integralmente los daños ocasionados por la infracción con la determinación del monto económico que pagará la persona sentenciada a la víctima y demás mecanismos necesarios para la reparación integral, con determinación de las pruebas que hayan servido para la cuantificación de los perjuicios cuando corresponda.
El artículo 628 nos trae las reglas para la reparación integral, indicando además que toda sentencia condenatoria deberá contemplar la reparación integral de la víctima, con la determinación de las medidas por aplicarse, los tiempos de ejecución y las personas o entidades públicas o privadas obligadas a ejecutarlas.
De conformidad con la normativa expuesta, entendemos que el artículo 87 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor se encuentra derogado. La jueza o el juez de contravenciones, al momento de emitir la sentencia tienen que determinar la condena a reparar integralmente a la víctima. El artículo 78 del COIP, trae los mecanismos de reparación integral y el 628 ibídem regula que debe observar el juzgador para la implementación de esta institución.
A criterio del Jurista Dr. Rafael Oyarte Martínez: “Los jueces deben respetar los precedentes determinados en sus propios fallos por la regla stare decisis et quieta non movere: se debe aceptar lo ya resuelto en el pasado y no alterar lo decidido.- Esta regla no se refere a la vinculación que los jueces inferiores tienen respecto de la jurisprudencia de los tri-
bunales superiores del sistema (Corte Nacional de Justicia y de la Corte Constitucional) sino de sus propios precedentes”. 1
¿Qué es el precedente judicial? Frente a ello se puede definir al precedente judicial como el conjunto de decisiones judiciales anteriores inherentes a un problema jurídico, emitidas por el mismo juez, las cuales deben ser consideradas en el presente
y en el futuro cuando deba resolver un caso o problema jurídico similar.
En concordancia con lo abordado se tiene que, el operador jurídico debe decidir de igual forma en los casos similares para así no transgredir el principio de imparcialidad, y de esa manera hacer efectiva la igualdad de los sujetos procesales.
“La dinámica que impone el stare decisis es fácil de describir.
En virtud de este principio los jueces han de decidir los casos del presente atendiendo a cómo se decidieron casos iguales o semejantes en el pasado. En sentido horizontal, el stare decisis fuerza la vinculación del juez a sus decisiones anteriores. En sentido vertical, a las de los tribunales superiores que ejercen sobre ellos jurisdicción en apelación. En principio, los jueces no están obligados por precedentes
El COIP obliga a la jueza o al juez de contravenciones a determinar en sentencia la reparación integral de la víctima y da las reglas para hacerlo, las mismas que son aplicables para los casos de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
establecidos por tribunales de su mismo rango, ni por los de tribunales de apelación sin jurisdicción sobre ellos. Por ello se suele distinguir entre precedentes vinculantes y precedentes persuasivos dependiendo de la relación que liga a unos tribunales con otros (un precedente obligatorio para unos tribunales será persuasivo para otros). Los únicos precedentes con fuerza obligatoria para todos los jueces son los que proceden del Tribunal Supremo (en el caso de los Estados Unidos, en materias de derecho federal). El control del funcionamiento efectivo del stare decisis vertical se consigue mediante el sistema de recursos. El control del stare decisis horizontal, que cede siempre frente al vertical, depende normalmente del propio tribunal. Existen de todas formas procedimientos que permiten resolver discrepancias en el seno de tribunales colegiados que actúan divididos en salas o paneles, por la vía de atribuir al pleno (full court) o a una comisión ad hoc de sus jueces «sitting en banc», la determinación del precedente al que se autovincularán”. 2
Precedentes vinculantes
Al respecto la Corte Constitucional dentro del caso No. 1035-2012
EP realiza una diferencia entre lo que es precedente horizontal hetero-vinculante y precedente autovinculante:
Precedente vertical
“Los precedentes pueden ser, o bien, verticales, cuando provienen de una decisión judicial adoptada por un órgano jerárquicamente superior al de referencia, o bien, horizontales, cuando provienen de una decisión adoptada por un órgano del mismo nivel jerárquico que el de referencia.
Precedente Horizontal
El argumento del accionante, entonces, invoca la aplicación
Queda anulado por pérdida, los siguientes documentos de Jardines del Valle: SOLICITUD 0090951, CONTRATO 23987,
de un supuesto precedente horizontal. –
Precedente hetero-vinculante
Por lo que respecta a las decisiones judiciales adoptadas por los tribunales de las salas de las cortes provinciales (y otros órganos jurisdiccionales de instancia), la Corte observa que el ordenamiento jurídico ecuatoriano no instituye el precedente horizontal hetero-vinculante.
Aquella hetero-vinculatoriedad signifca que el fundamento (centralmente, la ratio decidendi) en cuya virtud una decisión judicial ha sido tomada por los jueces que componen un cierto tribunal obliga a otros jueces del mismo tribunal que, en el futuro, tuvieren que resolver un
caso análogo. Tal vinculación por los precedentes horizontales se verifca, por ejemplo, en la Corte Constitucional, cuyas decisiones vinculan a sus futuros integrantes. En el caso de los precedentes horizontales de la Corte Nacional, su carácter hetero-vinculante depende de que se satisfagan las condiciones establecidas en el artículo 185 de la Constitución y las disposiciones legales relacionadas; en caso contrario, se aplica lo mismo que para los precedentes de los tribunales de las salas de las cortes provinciales.
Precedente Auto-Vinculante En opinión de la Corte, en cambio, el precedente horizontal auto-vinculante es una necesidad
Conforme lo estipulado en el Artículo 197 de la Ley de Compañías, se informa al público en general, que se ha extraviado el siguiente Título de Acción, correspondiente al capital de la compañía MEDISYSTEM HOLDING S.A.:
racional y jurídica. Dicha autovinculatoriedad quiere decir que el fundamento (centralmente, la ratio decidendi) en cuya virtud una decisión judicial ha sido tomada por los jueces que componen un cierto tribunal obliga a esos mismos jueces cuando, en el futuro, tuvieren que resolver un caso análogo; de manera que dichos jueces pueden apartarse de su propio precedente solo si lo justifican suficientemente. Esto es así porque, si bien un juez resuelve casos singulares, debe universalizar el fundamento de sus decisiones para casos análogos futuros: resultaría irracional y contrario al derecho fundamental a la igualdad formal si un juez que, en el caso A, ha dicho que debe hacerse X por darse las circunstancias 1, 2 y 3, posteriormente, en el caso B, sostuviera lo contrario ante esas mismas circunstancias y sin justifcar su cambio de opinión. Cabe aclarar que un precedente horizontal no vinculante puede
Particular que se comunica para que cualquier persona que se sintiera perjudicada en sus derechos de accionista realice su reclamo en el plazo de treinta días contados a partir de la última publicación.
PRESIDENTE EJECUTIVO MEDISYSTEM HOLDING S.A.
Francisco de Orellana, a 2 de diciembre del 2022
De conformidad a lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 41 Del Estatuto del Club, se convoca a todos los socios, a la Asamblea General de Elección del Directorio, que se llevará a cabo el día sábado 17 de diciembre del 2022, a las 19H00, en la sede del club ubicada en las Napo y García Moreno, frente al Hotel Auca en la ciudad del Coca, Provincia de Orellana, al tenor del siguiente orden del día:
1.- Constatación del quórum e Instalación de la Asamblea de Elecciones
2.- Elección del Directorio
3.- Posesión del Directorio Electo
4.- Clausura.
Para el desarrollo de la Asamblea General de Elecciones, de no haber quorum, se volverá a convocar por segunda vez, señalando nueva fecha y hora. Atentamente,
Simón Bolívar Mieles Pinargote PRESIDENTE DEL CLUB SECRETARIOesgrimirse, no obstante, como argumento por las partes con finalidad persuasiva, correspondiendo al juez o tribunal a pronunciarse sobre tal argumento, cuando sea relevante en el debate procesal. Lo mismo ocurre con el precedente vertical cuando este no es vinculante, es decir, cuando no existe una norma jurídica que le atribuya esta calidad”.
De conformidad con el extracto de la ratio decidendi de la sentencia en mención se puede establecer lo siguiente:
Precedente vertical. - Se trata de decisiones judiciales adoptadas por órganos jerárquicamente superiores.
Precedente Horizontal. - Son aquellos que dimanan de una decisión emitida por un órgano del mismo nivel jerárquico. Precedente hetero-vinculante. - Que según el fallo invocado se produce cuando operadores de justicia de un tribunal emiten un argumento en sentencia,
C O N V O C
A
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES FONDO DE JUBILACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO - FCPC
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 23, 27 y 124 de la Resolución No. 280-2016-F de 7 de septiembre de 2016, emitida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera; y artículos 37 y 39 del Estatuto aprobado por la Superintendencia de Bancos mediante Resolución No. SB-DTL-2018-0033 de 12 de enero de 2018, se CONVOCA a la Asamblea General Extraordinaria, que se realizará en la ciudad de Quito, el día 14 de septiembre de 2023, a las 09H00, mediante la plataforma de ZOOM.
El orden del día será el siguiente:
1. Bienvenida;
2. Constatación de quórum;
3.Elección de secretario (a) de la Asamblea General Extraordinaria de Representantes;
4. Conocer y resolver el informe técnico del Sistema actual SIFOJU;
5. Conocer y resolver las ofertas técnicas del sistema financiero - administrativo y designación del comité para el proceso de contratación del Sistema;
6. Conocer y Resolver la provisión de reserva patrimonial del Fondo de Jubilación;
7. Aprobación del acta;
8. Clausura.
el cual puede ser invocado en casos similares que conozcan otros jueces del mismo tribunal. Este precedente no tiene fuerza vinculante entre jueces del mismo nivel, salvo el caso de la Corte Constitucional que las decisiones sí vinculan a jueces que pueden ser designados en un futuro. En el caso de la Corte Nacional de Justicia merced a lo dispuesto en el artículo 185 de la Constitución.
Precedente auto vinculante.
- Las decisiones adoptadas por jueces que conforman un mismo tribunal obligan a esos mismos jueces cuando en el futuro deben conocer casos análogos, pudiendo apartarse del precedente solo de modo justifcado.
De conformidad con la línea jurisprudencial sentada por la
Corte Constitucional se sigue que los precedentes auto vinculantes son los obligatorios para los jueces cuando en el futuro deban conocer casos análogos teniendo la posibilidad de apartarse del precedente de manera justifcada.
Los jueces pueden cambiar sus argumentaciones, motivando y expresando las razones que tuvieron para separarse de sus precedentes.
Dra. Verónica Jaramillo H. vjaramillo@jclegales.com1 Publicación realizada en el extinto Diario Hoy de 18 de septiembre de 2013.
2 María Ángeles Ahumada Ruiz, Stare Decisis y Creación Judicial a Propósito del Precedente Constitucional en el Sistema Judicial Norteamericano, pág. 356.
CONVOCATORIA PARA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA ENERGYLINE COMPANY CÍA. LTDA.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley de Compañías y el artículo 15 de los Estatutos Sociales, se convoca a Junta General Extraordinaria de Socios de la compañía ENERGYLINE COMPANY CÍA. LTDA., misma que tendrá lugar el día lunes 18 de septiembre del 2023 a las 10h30, vía telemática de conformidad el artículo 20 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, a través de la plataforma ZOOM, en el siguiente enlace: https://us06web.zoom.us/j/81768709419?pwd=ZTJ2cklwUUhKT1Q3c3Ey d3dCQ1Y4dz09
ID de reunión: 817 6870 9419. Código de acceso: 830032.
El orden del día de la Junta General Extraordinaria será el siguiente:
1. Selección del auditor externo de la compañía ENERGYLINE COMPANY CÍA. LTDA. del periodo fiscal 2023.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento sobre Juntas Generales o Asamblea General de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones, de Economía Mixta y Sociedades por Acciones Simplificadas, se informa a los socios de la compañía que el procedimiento para participar y emitir su voto en la junta general es el siguiente:
a) En caso de que un Socio quisiera hacer uso de su derecho a solicitar información e incluir puntos en el orden del día o hacer correcciones al punto del orden del día, se deberá notificar de esta solicitud al Gerente General subrogante de la compañía en el plazo improrrogable de 72 horas desde que se realizó la Convocatoria a Junta General de Socios.
b) El socio que quiera realizar una moción o intervenir para dar su opinión sobre una moción previamente establecida dentro de la junta general de socios, deberá solicitar la palabra al Presidente de la junta general, quien procederá a otorgarle la palabra siempre que el asunto verse sobre el punto del orden del día.
c) El socio o su representante que sobre una moción deba decidir, deberá emitir su voto en la junta general de socios, en voz alta y clara, pero además deberá enviar dicho voto al correo cristinagarcia@ abogados.net.ec, con el fin de que quede constancia de su decisión y que se consigne las votaciones de cada moción.
Se deja constancia que la convocatoria se realiza con más de 15 días de anticipación a la celebración de la Junta General Extraordinaria de Socios.
Quito, 31 de agosto del 2023.
EDISON IVÁN CABEZAS DÁVILA
PRESIDENTE / GERENTE GENERAL SUBROGANTE ENERGYLINE COMPANY CÍA. LTDA.
R. del E.
CITACION JUDICIAL A: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE LA SEÑORITA MARIA LUISA MANCHENO MUÑOZ. Se le hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, se está tramitando la siguiente demanda.
E X T R A C T O
ACTOR: MARIA INES CUEVA CISNEROS
DEMANDADO: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE LA SEÑORITA MARIA LUISA MANCHENO MUÑOZ
JUICIO No: 17315-2023-00254
TRAMITE: ORDINARIO
ACCION: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.
CUANTÍA: OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRECE DÓLARES AMERICANOS CON TRECE CENTAVOS DE DOLAR.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Mejia, jueves 6 de abril del 2023, a las 14h31. VISTOS: Cumplida que ha sido la diligencia dispuesta por esta AUTORIDAD en auto inmediato anterior se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: En atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE A TRÁMITE DE PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado, y en virtud de lo prescrito en el artículo 289 ibídem. SEGUNDO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso séptimo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos (2019), inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Mejía, a fin de que cumpla con lo dispuesto. TERCERO.- CITACIÓN: 3.1.- Al haber comparecido la accionante señora CUEVA CISNEROS MARIA INES, (fs. 45) ante esta JUZGADORA y al declarar bajo juramento lo siguiente: “…que les es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos que tengan intereses en los bienes del señor MOISES JACINTO LEMA SANCHEZ, que ha efectuado todas las diligencias necesarias y ha acudido a los registros públicos de acceso, para tratar de ubicarlos…”; se dispone: De conformidad a los Art. 56 (2019); y, Art. 58 (2019) del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los herederos desconocidos de la causante señora MARIA LUISA MANCHENO MUÑOZ, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en el Distrito Metropolitano de Quito, mediante tres publicaciones que se las realizara en fechas distintas. La parte accionante se acercarán a la Secretaría de esta Judicatura a retirar la documentación necesaria. 3.2.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto al AB. ROBERTO CARLOS HIDALGO PINTO, en su calidad de ALCALDE DEL GAD MEJÍA y al DR. ADOLFO RAMIRO MAYORGA CÁRDENAS, en su calidad de PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MEJÍA, en el lugar señalado en la demanda, para lo cual remítase el suficiente despacho al señor Coordinador de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial. Al momento de citarse a la parte demandada se les prevendrá de su deber procesal de comparecer en esta causa, designar abogado patrocinador y señalar casilla judicial electrónica en este Distrito Judicial del cantón Mejía, para sus respectivas notificaciones. 3.3.- De conformidad a los Arts. 2, 3, 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, NOTIFÍQUESE al señor PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, para lo cual remítase ATENTO DEPRECATORIO VIRTUAL, a través del sistema implementado a uno de los señores Jueces de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, para lo cual envíese el suficiente despacho. CUARTO: CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en el segundo inciso del 200313947-DFE artículo 291 del COGEP se concede a los demandados, el término de 30 días una vez citados, a fin de que contesten su demanda en la forma determinada en los artículos 151 del Código Orgánico General de Procesos (2019) y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 (2019) ibídem, de ser el caso. QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de prueba señalados en el libelo de demanda, en la parte pertinente a su anuncio de prueba; circunstancia que se estará a lo previsto en los artículos 160 (2019), 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. Al tenor de lo dispuesto en el artículo 169 tercer inciso (2019) Ibídem, se ordena a las partes que pongan a disposición de la respectiva contraparte las pruebas que estén o deban estar en su poder. SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial electrónico señalado por la parte accionante para posteriores notificaciones; así como la autorización conferida a su defensa técnica. Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora. Actúe la Dra. Bélgica Guerra Guerra, en calidad de Secretaria Titular de esta Unidad Judicial Multicompetente Civil. NOTIFÍQUESE.- F). DRA.WILMA GUAIPATIN GARZON – JUEZA. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Mejia, martes 20 de junio del 2023, a las 16h05. VISTOS: Agréguense al proceso los escritos presentados por la señora MARIA INES CUEVA CISNERROS-. En lo principal se dispone: A fin de evitar nulidades procesales, cumplir con el debido proceso y el derecho a la defensa, con fundamento en lo que dispone el Art. 169 de la Constitución y Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el auto de fecha 6 de abril del 2023, a las 14h31, ya que por un lapsus calami erróneamente se en la parte pertinente se ha hecho constar lo siguiente; “…que les es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos que tengan intereses en los bienes del señor MOISES JACINTO LEMA SANCHEZ, que ha efectuado todas las diligencias necesarias y ha acudido a los registros públicos de acceso, para tratar de ubicarlos…”; siendo lo correcto: ““…que les es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos que tengan intereses en los bienes del señor MARIA LUISA MANCHENO MUÑOZ, que ha efectuado todas las diligencias necesarias y ha acudido a los registros públicos de acceso, para tratar de ubicarlos…”; por lo que se rectifica en este sentido para los fines legales pertinentes. En lo demás el auto queda inalterable. Actúe como Secretaria Titular de la Judicatura la Dra. Bélgica Guerra Guerra. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- F). DRA. WILMA GUAIPATIN GARZON – JUEZA.
Lo que comunico a ustedes, para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en la ciudad de Machachi, perteneciente al Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, caso contrario serán tenidos o declarados en rebeldía.
UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO (Complejo Judicial Norte, Av. Amazonas, entre las calles Villalengua y Pereira)
CITACIÒN JUDICIAL GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO DENTRO DEL JUICIO DE CONTRAVENCIONES POR LA SUPUESTA INFRACCIÒN TIPIFICADA EN EL ART. 396 NÚM. 1 DEL CÒDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL.
JUICIO NRO. 17294-2023-00322
ACUSADOR/DDENUNCIANTE: CABEZAS GUERRERO ELIZABETH ENRIQUETA. ACUSADO/DENUNCIADO:
GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO.
“RELACIÒN CIRCUNSTANCIADA DE LA CONTRAVENCIÒN
Es el caso señor Juez, que con fecha 05 de marzo de 2023, el ciudadano BENIGNO TEODORO GALLEGOS SALEM, a través de sus cuentas públicas en las plataformas digitales Facebook y YouTube, publicó un video en el cual profiere expresiones de descrédito en mi contra que han provocado una serie de comentarios y reacciones tanto dentro como fuera de mi círculo familiar y social. En el mencionado video, el ciudadano GALLEGOS SALEM manifiesta, falsariamente, que el Secretario Anticorrupción a la sazón, doctor Luis Verdesoto, dispuso a un servidor de dicha dependencia de apellido Yaulema que se me investigue. Como resultado de aquella investigación, presuntamente se habría producido un expediente y con él un informe, donde supuestamente se dice, debo investigada por los presuntos delitos de lavado de activos, cohecho y perjurio.
En el mismo video, el ciudadano afirma que el intempestivo retiro del secretario anticorrupción, así como una supuesta comunicación remitida por mi parte, habrían conseguido que el actual secretario anticorrupción, Carlos Espinosa Gallegos Anda, deje de lado el informe del funcionario Yaulema.
Finalmente, como si no fuera suficiente con lo detallado en líneas anteriores, el ciudadano GALLEGOS SALEM asevera (y cito textualmente):
“He visto los tentáculos que Cabezas posee en la justicia, los he sentido en carne propia, mismos que todavía impiden que sea llevada a juicio” (sic).
A través de estas publicaciones en plataformas digitales, que actualmente siguen reproduciéndose una y otra vez, el ciudadano TEODORO GALLEGOS SALEM, con temerario desprecio a la verdad, ha menoscabado de manera directa mi honor y buen nombre, afectando de manera grave mi hetero estima, compuesta por la opinión, crédito y dignidad, que tanto como mujer, así como persona, he adquirido por mis virtudes y méritos demostradas y desempeñadas a lo largo de mi trayectoria tanto como ciudadana y profesional.
De ahí que, en virtud de lo relatado en líneas anteriores, considero que la conducta del ciudadano GALLEGOS SALEM se subsume en lo establecido en el numeral 1 del Art. 396 del Código Orgánico Integral Penal vigente, motivo por el cual presento esta acusación, a fin de que se sancione al presunto contraventor con todo el rigor de la ley y se determine la reparación integral respectiva.
Vale señalar, señor Juez, que desde la fecha que el ciudadano BENIGNO TEODORO GALLEGOS SALEM subió dicho video a sus redes sociales (en las cuales tiene cientos de seguidores por cuanto el sujeto publicita su perfil), el video sigue reproduciéndose hasta el día de hoy, con lo cual el estado antijurídico de la infracción permanece a consecuencia de la voluntad del autor. En este sentido, la permanencia en el tiempo de la infracción implica que el sujeto, continúa realizando el tipo penal descrito en el numeral 1 del art. 396 toda vez que este se sigue consumando mientras el autor no abandone la situación antijurídica 1. Hago notar esto, señor Juez, toda vez que esta distinción es importante de cara a los efectos de la consumación de la infracción (prescripción y tiempo de la infracción).
Finalmente, considero necesario, señor Juez, dar a conocer a su autoridad que no es la primera vez que el ciudadano
BENIGNO TEODORO GALLEGOS SALEM atenta contra mi persona a través de actos de acoso e intimidación que han sido previamente denunciados y que han motivado que la Jueza de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y la Familia No. 1, Dra. Hilda Yolanda Garcés Dávila, otorgue y ratifique medidas de protección a mi favor en contra del mencionado ciudadano.
PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de agosto del 2023, a las 15h47. 1.- Por cuanto la denunciante Cabezas Guerrero Elizabeth a través de sus Procuradores Judiciales han dado cumplimiento con lo dispuesto, esto es que han rendido su juramento de desconocimiento del domicilio del denunciado GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO, por lo que conforme lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, como norma supletoria aplicable al caso, se dispone cítese con un extracto de la denuncia, y providencia respectiva a GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distintas en un periódico de amplia circulación, para este efecto una vez ejecutoriado el presente auto confiérase el extracto pertinente al actor, el mismo que deberá comparecer a esta Unidad Judicial Penal a obtener el mismo. GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO, transcurridos veinte días desde la última publicación, contestara a la denuncia conforme corresponda. 2.- De conformidad con el numeral 2 del Art. 642 Código Orgánico Integral Penal, y de acuerdo a la disponibilidad de agendamiento de audiencias de esta judicatura, se señala para el día 19 DE DICIEMBRE DEL 2023, A LAS 11H30, a fin de que se lleve a efecto la AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO en la presente causa, la misma que se realizará en las instalaciones de la Unidad Judicial Penal con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito ubicada en la Av. Amazonas y Villalengua, Complejo Judicial Norte 4to piso.- GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO deberá presentar hasta tres días antes de la audiencia el ANUNCIO DE PRUEBAS POR ESCRITO, conforme lo establece el numeral 3 del Art. 642 de la ley IBÌDEM.- En caso de no asistir la parte acusada quien ejercerá su derecho a la defensa, se dispondrá la detención hasta por 24 HORAS, con el único fin de que comparezca, esto en aplicación al numeral 4 del Art. 642 del mismo cuerpo legal. CÌTESE y CÚMPLASE. AB. MARÍA ELENA LARA TORRES, JUEZA.
Lo que comunico a usted os fines de Ley consiguientes previniéndole a GALLEGOS SALEM BENIGNO TEODORO de la obligación que tienen de designar a un defensor público o privado y de señalar domicilio o casillero judicial y electrónico para posteriores notificaciones en la presente causa. Quito, 25 de agosto del 2023. Certifico.
A los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida fue el señor MILTON SEGUNDO RAMIRO RODRIGUEZ QUIROGA, se les hace saber que, a la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de Portoviejo, le ha tocado conocer la demanda de DECLARATORIA DE UNIÒN DE HECHO cuyo extracto es el siguiente:
JUICIO: No. 13204-2023-01120.
ACTOR: GINA EMPERATRIZ ARAY ORDOÑEZ.
DEMANDADOS: GINA LEONOR RODRIGUEZ ARAY, MILTON XAVIER RODRIGUEZ ARAY, VICENTA NATALY RODRIGUEZ ARAY y HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida fue el señor MILTON SEGUNDO RAMIRO RODRIGUEZ QUIROGA.
CUANTÍA: INDETERMINADA
PROCEDIMIENTO: ORDINARIO.
ABOGADO DEL ACTOR: AB. LUIS CABELLO CORTÉS. JUEZA DE LA CAUSA: AB. BETSY FARIAS MACIAS.
OBJETO DE LA DEMANDA: La señora GINA EMPERATRIZ ARAY ORDOÑEZ, demanda a GINA LEONOR RODRIGUEZ ARAY, MILTON XAVIER RODRIGUEZ ARAY, VICENTA NATALY RODRIGUEZ ARAY y HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida fue el señor MILTON SEGUNDO RAMIRO RODRIGUEZ QUIROGA, para que se declare la existencia de la unión de hecho entre la compareciente y el extinto Señor MILTON SEGUNDO RAMIRO RODRIGUEZ QUIROGA, fundamentando su demandada en lo que determina los Art.139, 222, 223, 224, 228, 229 y 231 del Código Civil.
PROVIDENCIA: La Señora Jueza aceptó la demanda al trámite correspondiente y señala mediante AUTO de fecha: Portoviejo, martes 22 de agosto del 2023, a las 16h19: “… De conformidad a lo determinado en el artículo 60 del referido Código; se dispone CITAR a los herederos desconocidos de quien en vida fue el señor MILTON SEGUNDO RAMIRO RODRIGUEZ QUIROGA cíteselos de conformidad a lo determinado en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, en uno de los periódicos de amplia circulación provincial de los que se editan en la capital de la provincia de Manabí, por cuanto la prenombrada actora ha afirmado bajo juramento que les resulta imposible determinar la individualidad y residencia de la demandada y de los herederos desconocidos del fallecido antes nombrado, y conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, anunciando todos los medios probatorios destinados a sustentar su aceptación o contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación; únicas pruebas que podrá practicar en la audiencia que corresponda…” Lo que se publica para los fines de Ley.
Portoviejo, 24 de agosto del 2023.