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Informalidad atrapa a jóvenes trabajadores
El clima para hacer negocios se enturbia en Ecuador
Según el último reporte del Índice de Clima Económico (ICE), elaborado por el centro brasileño de estudios económicos de la prestigiosa Fundación Getulio Vargas (FGV), el indicador de Ecuador pasó de 117,5 puntos en el último trimestre de 2021 a 93,7 en el primer trimestre de 2022. Esto significa una caída de 23,8 puntos debido a las menores expectativas de crecimiento económico, los impactos negativos de la guerra entre Rusia y Ucrania, y la inestabilidad política que impide hacer reformas estructurales. (JS)
Informalidad atrapa a 7 de cada 10 jóvenes
Los últimos cambios normativos, en lugar de mejorar el acceso al primer empleo, han empeorado la situación de los ecuatorianos entre 18 y 29 años.
Las últimas cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), con corte a marzo de 2022, advierten que siete de cada diez ecuatorianos que tienen entre 18 y 29 años (más del 70% de la Población Económicamente Activa) sobreviven con menos del Salario Básico Unificado (SBU) por mes y sin beneficios de ley como la afiliación a la seguridad social.
Esta realidad dista mucho de la que se vivía en 2012, cuando el 44% de los jóvenes entre 18 y 29 años estaban subempleados o en cualquier tipo de trabajo precario. Un año después, y a pesar de la escalada en el gasto público y aumento en el tamaño del Estado, la informalidad ya afectaba al 48% de la fuerza laboral juvenil.
En otras palabras, durante la última década, en promedio, 140.265 jóvenes engrosaron la lista de la informalidad cada año.
Eduardo Morales, economista y pequeño empresario de 28 años, comentó que esta situación es el verdadero “elefante en la sala” de la economía ecuatoriana. No solo que trabajan menos horas a la semana (35 en 2012 a 30 en 2022); sino que ganan en promedio menos del ingreso mínimo ($415 mensuales).
“Gastar más en lo público no necesariamente genera más oportunidades en los públicos, sobre todo si se despilfarra, y por otro lado no se generan mejores condiciones para que en el sector privado se creen más y mejores empresas”, puntualizó.
Cambios en el sector laboral
De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hace 10 años, los principales sectores empleadores de jóvenes eran la industria manufacturera, los servicios en áreas como la banca y seguros y el comercio. Ahora, primero está el comercio (en la mayoría de los casos semi informal), los servicios en áreas fuerte-
La educación es vital para la empleabilidad
°Otro aspecto que poco se toma en cuenta es que alrededor del 19% de los jóvenes con empleo son universitarios. Ese pequeño porcentaje es el que más oportunidades tiene de acceder a un trabajo formal.
Además, existen grandes vacíos en habilidades tecnológicas, matemáticas y de las llamadas blandas (creatividad, trabajo en equipo). Esto hace que los ecuatorianos entre 18 y 29 años estén deficientemente preparados para el mercado laboral
En este escenario, es importante buscar formas de fortalecer capacidades y competencias. Asimismo, ante el bajo acceso a la universidad, se deben impulsar capacitaciones cortas, no carreras de cinco años; y las modalidades como la formación dual, que permiten adquirir conocimientos en menos plazo. TRABAJO. Las oportunidades laborales de los jóvenes han retrocedido desde 2012.

mente golpeadas por la pandemia como el turismo y la comida, y labores relacionadas con el comercio electrónico como las aplicaciones de entrega a domicilio.
Belén Gutiérrez, economista y docente, recalcó que años de decisiones políticas, más populistas que realistas, han creado una economía poco eficiente, en la cual nunca se pensó en facilitar la contratación y el empleo de calidad, a pesar de que en dolarización siempre el factor de ajuste cuando hay crisis es el acceso al mercado laboral formal.
Normas en el papel
En los últimos años, se crearon normativas que buscaban incluir a más jóvenes en el mercado laboral. Así, por ejemplo, a finales de 2020 se estableció el contrato joven y de formación, a través de acuerdos ministeriales.
Según el sistema del Ministerio de Trabajo, esas modalidades ni siquiera aparecen en los registros de los contratos vigentes a la fecha. Ider Salgado, presidente de SD Abogados y docente de Unisek, afirmó que esto se debe a que los acuerdos se elaboraron sin diálogos con el sector privado. Además, se plantearon como un parche, para aparentar que se tomaron acciones.
Desde el mismo Estado nunca se cumplieron con los compromisos para impulsar el empleo joven. Como evidencia está el fracaso de la Ley Orgánica de Promoción de trabajo Juvenil, Cesantía y Seguro de Desempleo, aprobada en 2016, y que reformó el artículo 34, numeral 1 del Código del Trabajo.
Esa normativa buscaba romper el círculo vicioso que impide que los jóvenes accedan a su primer empleo por falta de experiencia. Por eso, se incluyó el compromiso del Estado de que se cubrirían los aportes a la seguridad social, por un monto máximo de 2 salarios básicos, durante el primer año.
Jessahé Navarrete, abogada con especialización en derecho laboral, explicó que en la realidad estos pagos nunca llegaron o, en el mejor de los casos, lo hicieron con mucho retraso.
El resultado es que se sumaron empleadores que aparecían con un certificado de obligaciones incumplidas con el IESS o en mora patronal.
“Si se aparece en mora la empresa ya no puede participar en procesos de contratación pública. Los empleadores empezaron a decir que mejor no van a usar esa norma, porque trae más problemas que ventajas”, añadió.
En este contexto, la única herramienta que quedó fue el contrato de aprendizaje dentro del Código de Trabajo, pero esa modalidad está completamente obsoleta porque se creó pensando en la transmisión de conocimientos artesanales.
“Una medida aislada no puede considerarse una política pública. Una norma emitida por una institución pública no resuelve un problema. Una ley que salga de la Asamblea no cambia la realidad. Hace articulación de acciones integrales e interinstitucionales, inclusive llamando al sector privado para entender que realmente se necesita”, aseveró Navarrete. (JS)
Cifras
Indicadores del empleo en Ecuador
° Con corte al 31 de marzo de 2021, seis de cada diez desempleados en el país eran jóvenes. ° El 93,1% de los empleos son generados por el sector privado; mientras el sector público es responsable del 6,9%. ° Los ingresos laborales promedio, a nivel nacional, son de $438,2 mensuales; pero para los jóvenes siguen estancados en los $415.
Guadalupe Llori ha utilizado tres herramientas jurídicas para evitar una posible destitución. Detrás de esas acciones ha estado el Procurador Jurídico de la Asamblea.
Este martes 26 de abril de 2022 la Asamblea Nacional tendrá una nueva sesión del Pleno a las 16:00. Las luces están puestas en sí la oposición podrá conformar la comisión multipartidista para evaluar a Guadalupe Llori. Algo que para Santiago Salazar, procurador jurídico de la Asamblea Nacional, es inviable porque sería ilegal. LA HORA dialogó con el funcionario, quien guía los movimientos legales de la Presidenta de la Asamblea, y detalla la estrategia de Guadalupe Llori. P: En la nueva sesión del Pleno, ¿habría la posibilidad de analizar el informe de calificación del CAL que hizo Torres contra LLori? No, bajó ningún concepto desde el punto de vista jurídico. Yo no entro en el punto de vista político, pero básicamente desde lo legal, no se podría hablar de la conformación de la comisión multipartidista, porque las medidas cautelares están presentes y son claras en decir que el Pleno se debe abstenerse de conocer, tratar y conformar la comisión multipartidista. P: Y ¿cuánto durará esto?
Mientras no se levanten las medidas cautelares dispuestas por el Tribunal de Garantías Penales de Iñaquito, por ningún concepto pueden hacerlo. Si lo hicieran estarían violentando una decisión de autoridad legítima y en ese momento habrá una responsabilidad de orden penal, hay que considerar que ya no existe la famosa inmunidad parlamentaria. De lo que conozco han existido pedidos de levantamiento de la medida de asambleístas como Fausto Jarrín y Ricardo Vanegas. Pero esto no es tan simple, como pedir que se levanten y levantar, existe todo un procedimiento. P: ¿Cuál sería el procedimiento? La solicitud debería dirigirse al Defensor del Pueblo, quien es el supervisor nato de estas medidas cautelares. Él debe emitir un informe basado en lo que digan las partes, en este caso la presidenta Guadalupe Llori y lo que diga la oposición. Esos informes ya se están tratando. En el caso de la Presidenta ya ha presentado sus informes de descargo, en el sentido de que no se han cumplido las medidas cautelares. P: ¿Quién tendría que presentar informes de cargo? Los 126 asambleístas. P: Por otro lado, ¿Cómo va la acción de protección?
La acción de protección es un tema delicado que tiene otro matiz. El hecho de que el CAL calificó de manera ilegal la denuncia interpelada por Esteban Torres. La sesión del CAL que trató la demanda fue ilegal y de nulidad absoluta por tres elementos: el señor firma como Luis Esteban Torres Torres, cuando es Torres Cobo. El segundo error fue que no llenó los formularios que el mismo CAL impuso dos meses atrás. El tercer error tiene relación con el conflicto de intereses. El informe del Procurador dice: cuando hay conflictos de intereses se debe abstener. Si hay tres denuncias y dos de ellas involucran a los siete miembros ¿pueden ser jueces parciales? Pregunto yo. P: ¿La denuncia penal que interpuso Llori es contra cuántas personas? Son tres personas acusadas de usurpación de funciones y de la violación a las medidas cautelares. Se debió respetar el debido proceso y la seguridad jurídica de la presidenta LLori y con todo lo que hemos relatado no se ha respetado. P: ¿Ya se ha pronunciado la jueza sobre la acción de protección? Lo extraño es la acción de la jueza. El martes 19 de abril aparece la providencia de la acción de protección en la opinión pública, pero a mí no me notificaron. Cuando investigué qué estaba sucediendo, me entero que la jueza, a través de su secretaria, ha sentado razón de que no hemos puesto casillero electrónico. De todo me pueden culpar, hasta de que me demando yo mismo, pero no de que puedo haber dejado de poner casilleros electrónicos para notificaciones. Si no hubiésemos actuado a tiempo, podrían haber archivado la acción de protección. Cuando hacemos la gestión, resulta que a mis abogados les dijeron que no sabían nada, que fue una confusión y, acto seguido, me notifican a mi casillero electrónico ¿Estarán queriendo meter la mano en la justicia? ¿Quién estaría interesado en hacer eso? Todavía no se ha pronunciado la jueza. P: ¿La jueza que analiza la acción de protección pidió que se aclare si Llori lo solicitó como Presidenta o como asambleísta y si usted lo hace como abogado su representante legal o como abogado de la Asamblea? Debo entender las dudas que debe tener la jueza, tomemos en cuenta que es un juzgado de la niñez que está actuando como juzgado constitucional, el Derecho Parlamentario no es fácil, eso solo se aprende aquí. Sobre la pregunta de la jueza: es obvio que la violación de derechos fue como Presidenta. La Ley Orgánica de la Función Legislativa cambió. La nueva Ley tiene dos numerales. Una cláusula me da la delegación especial de la Presidenta, a nombre de la Presidenta, para actuar por la Presidenta, solo que la jueza tenía la duda de si es solo para audiencias y ya se le aclaró que también es para demandas.

Funciones.
Santiago Salazar es el procurador jurídico de la Asamblea Nacional. P: ¿No hay exageración en inmiscuir la Justicia en problemas de índole político? El acto político no puede estar por sobre la Constitución y la Ley. Lo que pasa es que en estos momentos se quiere violentar la Ley. Quieren autoconvocarse cuando hay medidas cautelares vigentes. Yo digo que contraten buenos asesores jurídicos, porque esto puede tener responsabilidad penal. P: ¿Qué hay detrás de de estas acciones? No me atrevería a opinar del tema político por mi condición jurídica, pero lo que puedo decir es que veo una planificación de dos grandes sectores políticos dentro de la Asamblea que tienen una una meta definida y quizá eso no se compagine con la posición de la Presidenta, que debe ser un punto de equilibrio entre las dos fuerzas que hay en el país. A veces ese punto de equilibrio no le conviene a uno o no les conviene a otros. ¿Acaso la presidenta viene a ser una piedra en el zapato para ellos? P: ¿Su labor es defender a la Presidenta a través de las leyes? Yo estoy algún tiempo aquí. Recordemos el tiempo de la economista (Elizabeth) Cabezas, pasó casi lo mismo y la actuación mía fue bastante similar entonces. No son personas, mi posición como Coordinador Jurídico es que se cumpla la Ley. P:Es decir que si LLori se va y llega otra persona, ¿usted actuará igual?
Yo he estado en tres presidencias, soy un funcionario de libre remoción, cualquier momento me pueden sacar si ya no requieren mis servicios. Yo me he manejado con un concepto: la legalidad. Yo no había visto antes al señor (Cesar)Litardo, tampoco a
Guadalupe Llori, los conocí cuando llegaron a la Presidencia. Eso podría mostrar que yo trabajo con objetividad. Hay que considerar que hay situaciones de orden jurídico que no se pueden saltar. (GLV)