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Muros representan problemas para algunos conductores

Según los choferes serían antitécnicos e incluso se usarían para delinquir.

Los denominados rompevelocidades que están en diferentes sectores de Quevedo empiezan a causar estragos.

Este problema se evidencia más en las noches, debido a que no hay iluminación ni señaléticas que ayuden a tener mayor visibilidad al momento de cruzarlos, incluso se usan para delinquir.

Estos muros han sido construidos de manera antitécnica en zonas como 21 de Enero, 7 de Octubre, Los Chapulos y algunos sectores de la parroquia San Camilo.

Emilio Roca Suárez, conductor que habita en El Desquite, dijo que pasarlos representa un gran problema ya que están mal construidos.

Según él, no ayudan a disminuir la velocidad, sino que hacen que los carros se dañen, tengan desperfectos y que en ocasiones se queden botados con las carreras que llevan.

Otro chofer de un bus, que prefirió omitir su nombre por temor a represalias, comentó que la mayoría de los muros que hay en sectores como en la 20 de Febrero sirven como ‘peaje’ de antisociales.

Esto, debido a que los construyen a propósito para que al momento de frenar les pidan dinero y si no acceden pueden tomar represalias contra sus unidades de trabajo. Indicaron que ya se han reportado varios casos.

“Las autoridades deben sacar estas trabas ya que no son para bajar la velocidad sino más bien sirven para cometer ilícitos”, puntualizó el conductor. Mientras tanto, fuentes policiales indicaron que la ciudadanía no debería construir estos muros ya que no cumplen con ninguna medida específica e impiden na circulación fluida para poder actuar ante cualquier operativo.

Diario La Hora buscó información con funcionarios de Quevial, sin embargo al cierre de esta edición no hubo alguna respuesta frente a esta situación. (VV)

EXTRACTO JUDICIAL

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL Notificación a herederos conocidos y desconocidos de: ELSA MARÍA VERA ROMERO

Juicio No 12335-2017-00026

MATERIA: CIVIL

TIPO DE PROCESO: ORDINARIO

ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO

ACTOR: LOOR PORRO RAQUEL CUMANDA

DEMANDADOS: JULIO ENRIQUE, JORGE ENRIQUE, MARTHA CECILIA Y CARMEN ROSA VERA ROMERO, JOSÉ ENRIQUE VERA MENDOZA, FREDDY ERNESTO Y MILSA MARÍA VERA FIGUEROA, MIGUEL ANGEL, MARISELA ADELAIDA, GEORGINA RAQUEL Y CARMEN ROSA VERA LOOR.

PROVIDENCIA:

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTÍL DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. “Quito, miércoles 1 de febrero del 2023, las 11h53. Agréguense al cuaderno de casación los anexos y el escrito que antecede. - En lo principal, previo a la calificación del recurso de casación, por cuanto se da a conocer y se justifica el fallecimiento de la señora Elsa María Vera Romero, conforme el certificado de defunción que se adjunta. Se dispone dar cumplimiento conforme lo determina el artículo 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, que prescribe “Si alguno de los litigantes fallece, se notificará a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificará en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código. La notificación se hará mediante providencia en la que se dispondrá contar con los herederos en el proceso. La publicación por la prensa contendrá únicamente un extracto de aquella. Notifiquese a los herederos conocidos y desconocidos de Elsa María Vera Romero, para el efecto secretaría entregará a la parte interesada, el extracto que deberá realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional. Notifíquese y cúmplase. F)

DR. CAROS PAZOS MEDINA, CONJUEZ NACIONAL (E) ...”

Quito, 3 de febrero del 2023

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