Los Ríos: 18 de noviembre, 2022

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Patrulleros nuevos no ‘asoman’ en la zona rural

Hay preocupación por la falta de personal policial e incremento de delitos, queja a la que se suma el mal uso de las camionetas entregadas por el Consejo de Seguridad Ciudadana a las parroquias rurales de Santo Domingo. 04

Quejas por la falta de presupuesto en parroquias 03

8.000 dólares se habrían destinado para festividades en parroquias de Quevedo. Según el concejal que preside la Comisión de Fiestas, Jimmy Aguirre, el Alcalde no dio paso porque no quería ser observado por Contraloría.

VIERNES 18 DE noviEmbrE DE 2022 24 páginas 50c incl. ivA Expectativa por la inauguración del mundial 05 SANTO DOMINGO SANTO DOMINGO Quinsaloma celebra 15 años de vida política 07 LOS RÍOS LOS RÍOS 12-13 GuÍA GANADERA www.lahora.com.ec LA HorA Ecuador Diario La Hora lahora.ec lahoralosrios santodomingolahora @LaHoraLosrios @santodomingolahora @lahoralosriosec @lahorasd 096 277 2793 099 787 8732 santo Domingo - Los Ríos

Constitución séptuple

Civilizaciones remotas han dado al número siete , un sentido mágico y simbólico, y ha acompañado al ser humano de forma muy importante. Lo po demos ver en narraciones sobre el origen del universo, y también en los días de la semana, las notas mu sicales, los colores del arcoíris y las leyes de la naturaleza.

El ser humano, no se aparta de esta constitución séptuple. No po demos descartar la posibilidad de que somos más que un vehículo fí sico emparentado con el reino mi neral, muchas cosas se manifiestan en nosotros; si nos observamos, si nos prestamos atención, podremos ver que el ser humano tiene más de un vehículo de expresión.

Así, más allá del cuerpo físico, tenemos energía, nuestros órganos permiten que nuestro cuerpo ma nifieste su vida física, hay calor y movimiento, estamos hablando del vehículo de la vitalidad. Pero, las plantas también tienen vida, y pre cisamente como diferencia de este reino vegetal, manifestamos emo ciones, pasiones, sentimientos, este es el otro vehículo el emocional, el que permite que le pongamos colo res a la vida, al día a día. Más allá de este vehículo de emociones, que compartimos con el reino animal, el ser humano tiene mente. Pero este vehículo mental, pero de una mente de deseos, egoísta, manipu ladora, y que debemos aprender a conocer y a manejar, para que sea precisamente guía de los mejores actos del ser humano, los que nos acercan a los héroes y a los santos Más allá de estos cuatro vehícu los de nuestra personalidad, está lo que muchos sabios de antiguas civilizaciones llamaron tríada su perior, el yo, el ego, en fin… Tres vehículos que son nuestro futuro, y que suelen manifestarse de cuan do en cuando en nuestra vida, pero que no les prestamos atención. La Voluntad, la Intuición, y la mente pura. Es un camino evolutivo, des de los minerales hasta el hombre, y aún queda por caminar hasta el verdadero ser.

EDiToRiAL

Elecciones: entre pícaros y dinero sucio

Desde hace varios años, la campaña ha sido la cuna de corrupción de nuestra política. Es un secreto a voces que los partidos y movimientos eje cutan campañas que superan ampliamen te el límite establecido por la ley; por ello, reciben contribuciones indebidas para campaña de parte de actores interesados, que esperan que sus candidatos—una vez en el poder— demuestren su gratitud otor gándoles contratos, cargos y favores. En otras ocasiones, las autoridades se aprove chan de su poder para extraer beneficios para su partido de manera extorsiva; se pide a subalternos y a proveedores que realicen contribuciones a la campaña, so pena de sufrir retaliaciones si no lo hacen.

Se suponía que el financiamiento públi co de los partidos y la imposición de lími tes al gasto pondrían fin a ese problema y, de paso, darían pie a una democracia más pluralista y representativa. Si eso no ha sucedido se debe en gran parte a que,

hasta el momento, el Estado carece de la voluntad y capacidad legal para contro lar el proceso como es debido. Además, no parece que haya la voluntad política necesaria para cambiar eso, ni apuro por hacerlo.

Ya hay campañas descaradamente en marcha —muchas de ellas con financia miento dudoso, por decir lo menos—, a vista y paciencia de las autoridades ‘encargadas’ de controlarlo. Ponen como pretexto las barreras legales o, peor, ele van promesas devaluadas, como que la Unidad Antilavado del CNE y la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) tomarán cartas en el asunto. Sin embargo, no hay intención de controlar el origen de los fondos, donde abunda el dinero sucio, corrupto y criminal.

Las elecciones limpias legitiman la democracia. ¿Qué reformas legales se harán para preservarlas de los pícaros y criminales?

Sin presente, sin futuro

Este 20 de noviembre se con memora el Día Mundial de la Infancia. A menudo nos conmueven las fotografías de los niños de África por la situación de pobreza extrema y marginali dad en la que viven. Asimismo, en América Latina se habla del creci miento exponencial de la población infantil; del embarazo adolescente como fábrica de pobres (lo declaró la misma ONU); y también sobre desnutrición, trabajo infantil, mendicidad , maltrato e incluso suicidio infantil.

Según un estudio de Unicef (2018), los 29 países más desa rrollados del mundo y con mejor situación para la infancia están en cabezados por Países Bajos, segui do de cuatro países nórdicos. ¿Pero cómo alcanzar dichos niveles en una región como América Latina en donde aproximadamente 12 millo nes de niños, niñas y adolescentes están fuera del sistema educativo; en donde 46.2% de niños y niñas de 0-14 años viven en la pobreza; en donde 4.8 millones de menores de 5 años sufren desnutrición crónica; en donde un 63% de menores de 15 años experimentan algún tipo de maltrato físico o psicológico en el hogar; en donde la tasa de homici dio adolescente es 5 veces más alta que la media global (Unicef, 2020)?

En el Ecuador (un país de 18 mi llones de habitantes, de los cuales 6 son niños, niñas y adolescentes), la situación no es muy distinta. El 27% de niños menores de 2 años tiene desnutrición crónica (el se gundo mayor índice en América Latina), en los niños indígenas la cifra asciende al 38%. Más de 250 mil niños están fuera del sistema educativo ecuatoriano y el 50% padece maltrato físico y psicológico en sus hogares. Estos indicadores son graves en países de ingresos bajos como el Ecuador. Algunas de las consecuencias futuras serían la reproducción de la marginalidad, la violencia y la precariedad de la vida encarnada en las nuevas gene raciones. Paradójicamente, todos felicitan a los niños, pero nadie habla del futuro.

Con

La  situación nacional preocupa a los ecua torianos, nos encontra mos en  zozobra y miedo, día a día los medios de comunica ción nos informan del  peligro al que estamos expuestos.

La comunidad internacio

nal ha hecho eco de lo que está ocurriendo puertas adentro, y sin duda, esto también  afecta en el ámbito económico, en el turismo, en las inversiones y en la reputación del Ecuador.

Tenemos los ojos puestos, y los órganos de tratados de derechos humanos que están conformados por comités de expertos que inspeccionan el cumplimiento de los tratados internaciones se encuentran alerta ante los  atentados sus citados en los últimos meses.

Las  violaciones a los dere chos humanos en la vida diaria de los ecuatorianos no es nove dad, pese a contar con un  am-

plio catálogo normativo, que en teoría ostenta armonía en tre la legislación nacional y los tratados internaciones,  en la práctica no se cumple

En el ámbito profesional he podido palpar que víctimas de violencia acuden a  instancias internacionales en búsqueda de justicia y reparación, seguí de cerca el caso  “Paola Guz mán”  la madre de la víctima se encontró con incalculables trabas durante la búsqueda de justicia, su caso llego a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en donde se revela ron todas las lesiones físicas, emocionales y legales que tuvo

que padecer durante años la madre de una estudiante de Guayaquil que fue  violada en un centro educativo.  La  inje rencia e inoperancia  del sis tema judicial en el Ecuador fue ratificada y el Estado fue con denado a reparar a la madre de la víctima.

Los diferentes órganos de tratados de derechos huma nos tienen un papel decisivo en nuestros días porque el de recho a la vida, la igualdad de género, la tortura,  entre otros derechos inherentes a las personas,  son atropella dos a diario.

En teoría el  Ecuador es

un país garantista de derechos,  desde la Constitución hasta los tratados internacio nales ratificados ofrecen pro tección al ser humano indistin tamente de sexo, religión, raza, idioma, inclinación política, sin embargo, esta supuesta ar monía no se palpa en el diario vivir. Los mismos ciudadanos hemos  normalizado la violen cia en todas sus clases, los atro pellos en espacios públicos, en centros educativos, lugares de trabajo, ni hablar de las  masacres ocurridas en las cárceles del país  que nos han dejado expuestos a la crítica y horror internacional.

OPINIÓN 02 SANTO DOMINGO VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 O
Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Santo Domingo de los Tsáchilas: Lorena Melo Mieles Redacción: lmelo@lahora.com.ec Publicidad: 099 787 8732 Año: XXVII No. 10.763 Editor Los Ríos: Marco Campos Coro Redacción: editorlosrios@lahora.com.ec Publicidad: 096 277 2793 Año: XXIV No. 8.699
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Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
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los ojos puestos en el Ecuador

Juntas Parroquiales, dos años sin recursos para actividades

El presidente de la Viva Alfaro dijo que el Municipio habría destinado un presupuesto de 8.000 dólares, para el año 2022.

Quevedo cuenta con nueve parroquias, 7 urbanas y 2 rurales (La Esperanza y San Carlos). Durante dos años consecutivos las mismas (parroquias) no habrían re cibido el presupuesto anual por parte del Municipio de la ciudad, por lo que les ha tocado ‘sobrevivir’ median te autogestión.

Darío Chiguano, presi dente de la parroquia Viva Alfaro, le dijo a LA HORA que este 2022 y el 2021 no recibieron el presupuesto para realizar actividades. Las autoriadades se justifi caron, supuestamente, que fue por tema de la pandemia, y dichos recursos iban a ser destinados para entregas de raciones alimenticias en to das parroquias. “Pero en mi sector esa ayuda no se vio”, expresó Chiguano, quien además agregó...

“El Concejal encargado de la Comisión de Fiestas del Municipio de Quevedo,

Reacción municipal Versión

° Mediante un mensaje de WhatsApp, el concejal de la Comisión  de Fiestas de Quevedo, Jimmy Aguirre, se ñaló que ellos como Comisión presentaron oficios y requeri mientos, pero que el Alcalde es quien decide y tiene la últi ma palabra. “Cómo no quería ser observado por Contraloría en el tema de festividades, por tal motivo decidió no dar paso”.

° “Nosotros nos reunimos con los presidentes de varias parroquias para hablar sobre presupuesto, mucho antes de que inicien las festividades en las parroquias, en primer lugar, el Alcalde se había compro metido a que iba apoyar este tema, lamentablemente pasó el tiempo y no se dio resulta dos, pese a que hubieron otras reuniones, no se concretó nada. Lamento porque en realidad la idea principal es resaltar el tema de las festi vidades cívicas en todas las parroquias“, dijo Aguirre.

Jimmy Aguirre, dio una rueda de prensa, declaran do que este año 2022 si nos iban a otorgar el presu puesto, como corresponde, que era de 8.000 dólares, pero, el 14 de julio, el señor Alcalde convoca a una sesión a todos los presidentes pa rroquiales y barriales, don

de dijo que sí iban a aprobar los presupuestos para las fiestas, seguido, en el trans curso de un mes se dio inicio a la festividades de San Camilo y El Guayacán, y re sultó que a ninguna de las dos parroquias se le otorgó ni un solo centavo.

Otra vez consultamos en el Municipio, y comenza ron ‘tirarse la pelotita’. El Alcalde dice que sí, luego el concejal de la Comisión de Fiestas dice que el Alcalde le había dicho que no, y así quedaron en nada. Después tomamos contacto con la Vi cealcaldesa de ese entonces, Karina Miranda, quien nos

manifestó que el señor Al calde si nos iba ha otorgar los recursos, pero eso nunca sucedió, y como presiden tes nos tocó gestionar solos, además, juntos con la reina tocamos puertas para poder cumplir con las fiestas cí vicas, como cada año”, dijo Chiguano.

El presidente de la parro quia en mención, afirmó que luego volvieron a tener otro acercamiento con el Alcal de, donde les confirmó que no se iba a entregar presupuesto a ninguna parro quia, porque él podía caer en glosa, por tal motivo no se iban a otorgar ningún

Presupuesto Obligación

° Según Leo Jiménez, abogado de profesión, mencionó que en el Código Orgánico de Organi zación Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) no existe ningún artículo que estipule que el Municipio debe otorgar recursos a las parro quias, para festividades. Sin embargo, todos los años los gobiernos locales, por su cuen ta destinan un recurso, con el que sí hay que cumplir.

presupuesto para festivi dades. Ellos afirmaron que aún esperan respuestas de las autoridades. (SCC)

Iniciaron fumigaciones en varios sectores de Buena Fe

BUENA FE • Con el objetivo de evitar y controlar la propa gación de los vectores que producen enfermedades tropicales en la época inver nal, el Municipio del can tón Buena Fe inició la fu migación en los sectores de San Camilo Chiquito, Santa Martha y Nueva Buena Fe. Esto se realizó según la agenda de programación.

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MOLESTIA. Las parroquias han realizado autogestión para organizar los desfiles cívicos este 2022.

En parroquias rurales reclaman policías y patrullas

Autoridades piden que las camionetas donadas sean 100% utilizadas en labores de seguridad.

Hay inconformidad en los representantes de las parroquias rurales de Santo Domingo debido al incre mento delincuencial y fal ta de apoyo por parte de los entes correspondientes.

Transcurren pocas se manas desde que el Consejo de Seguridad Cantonal hizo la entrega de una ca mioneta a cada jurisdic ción, pero no se estaría dando el correcto uso a estos medios de transporte.

Ximena Oros co, presidenta de Conagopare y de la parroquia Luz de América , fue clara en indicar que desconoce la utilidad que prestan actual mente estos medios de movilización, pues, no tienen ma yor injerencia en el asunto desde que se hizo el último convenio con el ministerio del Interior.

Trabajo

° Desde la Gobernación de Santo Domingo de los Tsáchila se informó que ejecutan operativos conjuntos en zonas rurales. En la parroquia Puerto Limón inspeccionaron esta blecimientos, además, se revisó a un aproximado de 100 personas y medios de transporte.

“La camioneta se les dio, pero no sabemos dónde estará y la motocicleta no llegó nunca, cuando se pide auxilio no acude la camio neta ni el patrullero. Si pre guntamos se enojan y todas las parroquias estamos iguales, se suponía que no sotros íbamos a coordinar los operativos con la poli cía”, expresó.

Faltan uniformados

El estado de excepción y atentados que se regis traron a inicios de noviembre en Santo Domingo habrían provocado el trasla do momentáneo de policías rurales a la ciudad.

el dato Diario La Hora buscó la versión policial, pero hasta el cie rre de esta edición no hubo res puesta.

Orosco dijo que continúan los ro bos a transeúntes , asaltos en negocios y fincas ubicadas en diferentes recintos. También reveló que a ini cios de semana socializaron

el tema con el Gobernador Luis Miguel Guamán, pero todavía no hay soluciones definitivas

“Están cogiendo a poli cías rurales para que sal gan a reemplazar a los del sector urbano . Cada tur no tiene dos uniformados, continuamos con esa debi lidad”, acotó la funcionaria.

Más pronunciamientos Lady Cedeño, presiden ta de la parroquia Puerto Limón , confirmó que hay incremento delincuencial en las zonas rurales y cree necesaria la participación de Fuerzas Armadas para evitar nuevos delitos.

“La ciudadanía tiene bastante respeto cuando se realizan operativos con mi litares y Policía Nacional. En Puerto Limón la inse guridad está latente, hace aproximadamente seis me ses hemos notado el incre mento del 50% en delitos”, dijo la funcionaria. (JD)

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POSTURA. Representantes del sector rural piden el incremento de operativos.

Huecas ‘santodomingueñas’ para el mundial

El fútbol es la oportunidad para que emprendedores reactiven su economía y algunos ya han formulado ofertas para los clientes.

La pasión futbolera se vive a nivel mundial, pero algunos emprendedores de Santo Domingo prepa ran sus propias ‘canchas’ para que la ciudadanía disfrute cada partido de la tricolor.

Hay mucho optimismo y confianza en la selección de Ecuador. Entre la ciu dadanía ya se escu chan los marcadores del partido inaugural contra Catar, equipo anfitrión de la cita mundialista 2022

El compromiso deportivo será el do mingo 20 de noviem bre, a las 11:00.

Preparativos

Los representantes del grupo Liquor instalarán dos pantallas gigantes con imágenes de alta resolu ción para que sus visitan tes observen todas las juga das del compromiso entre Ecuador y Catar.

Habilitarán alrededor de 30 mesas para brindar mayor comodidad a la hinchada tricolor , quienes también tendrán un espacio amplio para esta cionar sus vehícu los y disfrutar el compromiso depor tivo sin el temor de ser afectados por la delincuencia.

el dato También las familias pla nifican unirse y compartir este día con bebidas, comida y una pantalla gigante.

Las personas ven en el fútbol una opción para olvidar mo mentáneamente los pro blemas sociales que atra viesa el país. Esta también la oportunidad para reacti var la economía y algunos ya han formulado ofertas para los clientes.

La atención será desde las 09:00 y habrá combos en todo tipo de bebi das. Además, en coordinación con Santas Alitas ofrecerán un amplio menú, como: alitas, hamburguesas, tacos, quesadillas, ensaladas, nachos y más.

El hotel Zaracay lanzó

Punto extra

° Los habitantes de la ciudad ‘colorada’ también respalda el talento de Moisés Caicedo, santodo mingueño que milita en el fútbol internacional y que es parte de la selección ecuatoriana.

la ‘picadita mundialista’ para el deleite de sus visi tantes. Este plato también se compone de dos bebidas y será servido el domingo a partir de las 10:00.

Popular

El fútbol también se vivi rá en los espacios donde se genera el comercio popu lar de Santo Domingo. Se ha confirmado la habilitación de pantallas gigantes en los mercados para que vendedores y comprado res observen el partido del ‘equipo de todos’.

La camiseta tricolor se vende masivamente. Juan Macías, administrador de la tienda Marathon, dijo que la ciudadanía busca la nueva ‘piel mundialista’ y en algunas ocasiones este producto ha significado más del 50% en ventas dia rias. (JD)

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COMBOS. Restaurantes ofrecen amplios menús y pantallas gigantes para el fútbol.

Laboratorio San Marcos obtiene certificación ISO 9001-2015

Ahora un paciente de Santo Domingo ya no tiene que ir a otras ciudades, tiene a su alcance un servicio de calidad certificada.

Ya existe en Santo Domin go el primer laboratorio clínico con la certificación ISO 9001-2015, que brin dará mayor confianza al usuario y al perso nal médico que ana lice el resultado de los exámenes.

Se trata del labo ratorio San Mar cos , entidad que opera en la localidad desde 1996 y que en la actualidad está a la par de otros estable cimientos oferentes del mismo servicio a nivel na cional.

significa que tiene imple mentado un servicio de biología molecular para detectar patologías especí ficas, hematología, coagula ción, inmunoquímica y otras”.

el dato El lema del área es medi cina de labo ratorio.

Calidad certificada Rodrigo Miño, miem bro del equipo con sultor, manifestó que a través de esta cer tificación se generan evidencias de eficiencia y eficacia , además, que los resultados tienen alcance internacional porque pue den ser comparados mun

dialmente.

“Los médicos pueden tener la certeza que la información emitida en el laboratorio refleja las con diciones fisiopatológicas del paciente. Ahora un pa ciente de Santo Domingo ya no tiene que ir a provincias grandes, porque tiene a su alcance un servicio de cali dad certificada”, acotó.

Nelly Saltos, gerente del laboratorio clínico, mencio nó que a través de la certifi cación demuestran que es tán altamente capacitados para dar el servicio.

“Llevamos un estricto control de calidad para brindar estos resultados. Estoy orgullosa del equipo que trabaja en el laborato rio San Marcos”, manifestó. (JD)

Pablo Santiago Velepu cha, responsable técnico de esta área, explicó que se trabajó durante cinco años para convertirse en los pioneros de la localidad con la certificación ISO 9001-2015.

Dijo que durante este tiempo innovaron la tec nología de los equipos, in corporaron personal pro fesional y automatizaron todo el proceso.

“Nuestro laboratorio es de alta complejidad. Esto

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JORNADA. Integrantes del laboratorio participaron de una charla previa a la oficialización de la certificación. SATISFACCIÓN. Se entregó reconocimientos a las personas que estuvieron involucradas en este proceso.

Quinsaloma, el cantón más joven de Los Ríos celebra 15 años de creación

Habrá desfile cívico y militar, también sesión solemne el domingo 20 de noviembre.

Quinsaloma es el cantón más joven de Los Ríos, fue creado el 20 de noviem bre del 2007, mediante publicación en el Registro Oficial Nº 215, antes pertenecía al cantón Ventanas, en calidad de parroquia, desde el 15 de noviem bre del año 1979, hasta la fecha de cantonización.

A principios del 2005, un comité de instituciones re presentativas con 13.145 po bladores empezó a trabajar en pro de su cantonización, y aunque las autoridades de la provincia de Cotopaxi no pusieron reparos a esta peti ción, argumentaron que que rían arrebatar 1.000 hectá reas pertenecientes al cantón Pangua y 1.200 a La Maná. Se logró finalmente que un 14 de noviembre del 2007 el Congreso Nacional apro bara la ansiada cantoniza ción, que fue publicada en el Registro Oficial 215 del 20 de noviembre de 2007.

En la actualidad, Quin saloma ha logrado un cre cimiento comercial y me jorado su ornato, logrado convertirse en una de las ciudades más concurridas de la provincia.

Con la elección de la rei na, se abrió el abanico de actividades que iniciaron desde el 5 de noviembre, en los diferentes secto res y casco céntrico, ade más de programas con las instituciones educativas y municipales.

El jueves 18 de noviem bre a las 09:00, en el Com plejo Deportivo Municipal de Quinsaloma, se realizará la final del campeonato de fútbol del Magisterio; A las 14:00, en el mismo escenario deportivo la final de la Copa Mundialito (Fútbol), con ar tistas invitados.

El viernes 19 de noviem bre a las 10:00 se realizará un cuadrangular de fútbol

de Amputados en el Com plejo Deportivo Municipal; A las 14:00, Clásico Quin salomeño, con artistas in vitados. A las 14:30 en la avenida Miguel Infante, ca lle Blanca Rosa, se realizará el festival taurino con los mejores toros del Ecuador.

Seguido, a las 20:00 en el Complejo Deportivo Mu nicipal se efectuarán juegos pirotécnicos, verbena y baile con bandas del pueblo. Y el 20 de noviembre a las 05:00 Salvas y Dianas y recorrido con la banda musical por las principales calles del cantón.

A las 09:00, desde el Centro de Desarrollo Infantil recorrido por la avenida Miguel Infante, 3 de

Turismo Producción

° Quinsaloma es netamente agrícola, donde se produce y se comercializan varios productos como: cacao, maíz, arroz, soya, maracuyá, fréjol de palo, banano, café y cítricos.

Mayo, 10 de Agosto, ave nida Progreso, se realizará el desfile cívico en conmemoración a los 15 años de cantonización, y en las ins talaciones del colegio 17 de Mayo, sector San Francisco a las 13:00 se llevará a cabo la sesión solemne.

A las 14:30, por las ca lles principales, la cabalga

° Quinsaloma cuenta con sitios y lugares turístico como son los ríos del sector y otros lugares de entretenimiento como Los Cerritos, La Lorena, El Guabito, Las Palmitas, Com plejo Turístico Quinsaloma, 12 de octubre, Sector Balsería, Puente Haón, Pambilar de Calope, Pambilar de Minuape, Magdalena de Chipe.

ta, festival taurino y el ro deo montuvio. A las 20.30 Quinsaloma cierra sus fies tas con un show artístico frente a la unidad educativa Jorge Arsenio Mogrovejo Velasco. (SCC)

Quevedo cumple 9 días sin registro de muertes violentas

Hasta ayer jueves 17 de no viembre de 2022, Quevedo cumplió nueve días sin que se hayan registrado casos de muertes violentas ni de otra índole, así lo dio a co nocer el jefe del distrito de Policía Quevedo- Mocache, Darwin Guevara, en una en

trevista con La Hora.

“Hemos realizado un tra bajo articulado y coordina do, con el objetivo de contra rrestar la delincuencia.

La idea es lograr que nue vamente llegue la calma a la ciudadanía”, afirmó el oficial policial. (SCC)

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PANORAMA. El crecimiento de Quinsaloma se debe a la actividad comercial y agrícola que generan sus habitantes.

Identifican áreas cerebrales específicas del cerebro asociadas al autismo

MADRID, EUROPA PRESS• Inves tigadores de la Universi dad de Yale en New Haven (EEUU) han identificado áreas cerebrales especí ficas en la región parietal dorsal del cerebro asocia das con la sintomatología social del autismo, gracias a una tecnología innovadora que permite obtener imáge nes de dos personas en con diciones naturales y en vivo.

El estudio, publicado en la revista ‘PLOS ONE’, en cuentra que estas respuestas neuronales al contacto di recto con la cara y los ojos pueden proporcionar un índice biológico relevante para la clasificación clínica y la evaluación del autismo.

“Nuestros cerebros están hambrientos de informa ción sobre otras personas, y necesitamos compren der cómo funcionan estos mecanismos sociales en el contexto de un mundo real e interactivo tanto en individuos típicamente de sarrollados como en indi viduos con Trastorno del Espectro Autista (TEA)”, han señalado Joy Hirsch, del Elizabeth Mears and House Jameson Professor of Psychiatry and Professor of

Autismo

° Una característica común del trastorno del espectro au tista, ASD, es la reducción del contacto visual con los demás en condiciones naturales. Aun que el contacto visual es una parte críticamente importante de las interacciones cotidia nas, los científicos se han visto limitados en el estudio de la base neurológica de la interacción social en vivo con el contacto visual en los TEA debido a la incapacidad de obtener imágenes del cerebro de dos personas simultánea mente.

TOME NOTA

“Ahora no solo tenemos una mejor comprensión de la neurobiología del autismo y las diferencias sociales, sino también de los mecanismos neuronales subyacentes que impulsan las conexio nes sociales típicas”, ha señalado Hirsch.

Experimento

El equipo de Yale, dirigido por Hirsch y James McPart land, profesor Harris en el Yale Child Study Center, analizó la actividad cere bral durante breves inte racciones sociales entre pares de adultos, cada uno de los cuales incluía un participante típico y uno utilizando espectroscopia funcional de infra rrojo cer cano, un método de neuroimagen óptica no invasivo.

A ambos participan tes se les colocaron go rras con muchos sensores que emitían luz en el cerebro y tam bién registraron cambios en las se

ñales de luz con información sobre la actividad cerebral durante la mirada a la cara y el contacto visual.

Los investigadores en contraron que durante el contacto visual, los participantes con TEA tenían una actividad significativamente reduci

da en una región del cerebro llamada corteza parie tal dorsal en comparación con aquellos sin TEA. Ade más, las características so ciales del TEA, medidas por las puntuaciones ADOS, se asociaron con la actividad en esta región del cerebro. La actividad neuronal en estas

regiones fue sincrónica entre los participantes típicos du rante el contacto visual real, pero no durante la mirada a una cara de video. Este au mento esperado en el aco plamiento neuronal no se observó en ASD y es consis tente con las diferencias en las interacciones sociales.

SALUD 08 LOS RÍOS VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I
CUIDADO. Los padres deben estar pendientes de cualquier cambio en la actitud del niño con TEA.
P-37278-1172

Las selecciones del grupo A

CATAR

° La anfitriona Catar, de estreno en un Mundial

Catar está preparada para recibir la Copa del Mundo de fútbol, uno de los eventos deportivos más importantes del planeta. La conquista de la Copa Asia del año 2019, ya con el español Félix Sánchez como seleccionador, cargo al que llegó en julio de 2017.

Además estuvieron en la segunda fase de clasificación para el Mundial, donde solo se jugaban lograr el pase para la próxima edición de la Copa Asia. Lo consiguieron gracias a siete victorias y un empate.

- Clasificación FIFA: 50

- Fases finales: 0

- Entrenador: Félix Sánchez (ESP, 46 años)

- Figura: Almoez Ali

- Once tipo: Saad Al Sheeb; Pedro Miguel, Bassam Al-Rawi, Boualem Khoukhi, Abdelkarim Hassan, Mohammed Waad, Karim Boudiaf, Hassan Al Haydos, Abdulaziz Hatem, Almoez Ali y Akram Afif.

PAÍSES BAJOS

° La ‘Oranje’, encomendada de nuevo a Louis van Gaal.

Lejos de sus mejores épocas, de etapas gloriosas bajo la batuta de mitos como Johan Cruyff, Marco Ban Basten o Ruud Gullit, la ‘Oranje’, otrora ‘naranja mecánica’, trata de reflotar, de recuperar parte del tono y del protagonismo perdido de la mano del veterano Louis van Gaal en su tercera etapa al frente de la selección de Países Bajos.

- Clasificación FIFA: 8

- Fases finales: 10 (1934, 1938, 1974, 1978, 1990, 1994, 1998, 2006, 2010, 2014)

- Mejor participación: subcampeón (1974, 1978 y 2010)

- Entrenador: Louis van Gaal (NED, 71 años)

- Figura: Virgil van Dijk

- Once tipo: Remko Pasveer; Matthijs de Ligt, Vir gil van Dijk, Nathan Aké; Denzel Dumfries, Steven Berghuis, Frenkie de Jong, Davy Klaasen, Daley Blind; Steven Bergwijn y Memphis Depay.

ECUADOR

° La ‘Tri’, sed de historia

La selección de Ecuador enfoca su cuarta participa ción en una fase final mundialista dispuesta a hacer historia y a completar su mejor participación, con un grupo dirigido por el argentino Gustavo Alfaro que mezcla atrevimiento y sobriedad.

Veinte años después de estrenarse en una Copa del Mundo en Corea del Sur y Japón, la ‘Tri’ no solo trata de alcanzar los octavos, sino dar un salto de calidad tras una clasificación sobria en la que finalmente alcanzó la cuarta plaza de las eliminatorias sudame ricanas.

- Clasificación FIFA: 44

- Fases finales: 3 (2002, 2006, 2014)

- Mejor participación: Octavos (12ª en 2006)

- Entrenador: Gustavo Alfaro (ARG, 60 años)

- Figura: Enner Valencia

- Once tipo: Alexander Domínguez; Ángelo Preciado, Félix Torres, Piero Hincapié, Pervis Estupiñán; Alan Franco, Carlos Gruezo, Moisés Caicedo; Ángel Mena, Michael Estrada, Enner Valencia.

SENEGAL

°Sadio Mané, aun lesionado, la bandera de

los Leones de Teranga

Con el delantero Sadio Mané como referencia inelu dible, como bandera de los Leones del Teranga para el país y el mundo entero aún estando lesionado.

En el año 2002, Senegal protagonizó una de las sorpresas más grandes en la historia reciente de las Copas del Mundo de fútbol cuando en el partido inaugural de la edición celebrada en Corea y Japón se impuso por 1-0 a la por entonces campeona, Francia, gracias a un gol de Papa Bouba Diop. En 2018 se le volvió a abrir las puertas de la gloria 4 años después.

- Clasificación FIFA: 18

- Fases finales: 2 (2002, 2018)

- Mejor participación: Cuartos (7ª en 2002)

- Entrenador: Aliou Cissé  (SEN, 46 años)

- Figura: Sadio Mané (33)

- Once tipo: Edouard Mendy; Youssouf Sabaly, Kalidou Koulibaly, Abdou Diallo, Fode Ballo Toure; Cheikhou Kouyaté, Nampalys Mendy, Pape Gueye; Ismaila Sarr, Famara Diedhiou y Sadio Mané/Boulaye Dia.

CRONOS 09 LOS RÍOS VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I

Arlette y Melany alegran la Navidad de

de escasos recursos

Melany Flor y Arlette Cuvi, Reina y Virreina del cantón Santo Domingo impulsan campañas sociales para be neficiar a familias de escasos recursos en Navidad.

familias

nato Municipal.

Servicio

Melany promueve la cruza da ‘Alegremos un hogar’, aquí se espera la donación de muebles y electrodo mésticos, para amueblar viviendas.

el dato

Las donacio nes pueden ser usadas, pero en buen estado.

Las soberanas están com prometidas con la labor so cial y desde diferentes espa cios gestionan para lograr que varios hogares san todomingue ños tengan en esta fecha un pan en su mesa y que la sonrisa, espe cialmente de los niños, nun ca desaparezca de sus rostros.

Ambas conocen la nece sidad que hay en barrios y cooperativas vulnerables de Santo Domingo. Es así que se han unido al trabajo social que ejecuta el Patro

Arlette trabaja en la reco lección de muñecos de felpa y juguetes, a través de la campaña ´Dona el peluche de tu ex´.

Quienes deseen sumarse a estas iniciativas, pueden entregar las donaciones en buen estado en las oficinas del Patronato Municipal.

Hasta el 20 de diciembre se recolectará, si las perso nas necesitan movilización, un equipo del Patronato Mu nicipal irá hasta la vivienda para retirarla. Se pueden comunicar al número: 09 98 00 10 19. (CT)

Uniandes prepara congreso científico internacional

Más de 400 ponencias serán presentadas en este espacio que se ha convertido en uno de los más representativos del país.

Autoridades de la Universi dad Regional Autónoma de Los Andes hicieron la presentación oficial de la no vena edición del congreso científico internacional ‘Impacto de las Investi gaciones Universitarias’ Uniandes 2022, evento que reúne a lo más destacado de la producción científica e investigativa de 11 países.

El congreso que se reali zará del 21 al 25 de noviem bre de manera híbrida, con tará con la participación de expertos, investigadores, docentes y estudiantes de países como: Estados Uni dos, Colombia, Canadá, Cuba, España, Chile, Ar gentina, Perú, Venezuela, México y Ecuador.

Corona Gómez, rectora

eventos a desarrollarse

IX Simposio Internacional Ciencias Informáticas

Simposio Internacional Ciencias de la Salud

Seminario Internacional sobre Pedagogía y Gestión de la Educación

Coloquio Internacional de Ciencias Jurídicas

Seminario Internacional de Política Económica y Desarrollo Empresarial IX Foro Internacional sobre Problemas del Turismo y la Gastronomía VI Coloquio Internacional de Ciencias Sociales y Humanísticas

de Uniandes, mencionó en su intervención, “…nuestro congreso se ha convertido en un espacio internacional de debate científico y lo gene ramos con la certe za de que un mun do mejor es posible siempre y cuando sea la investigación el eje principal del desarrollo de las universidades”.

Rompe esquemas Se indicó que el comité organiza dor del congreso, liderado por Sharon Ál varez, Jorge Goyes y Ariel Romero, en conjunto con el grupo de investigadores de Uniandes, año a año ofre cen un evento que rompe esquemas y que permite el

análisis de las problemá ticas multisectoriales, de mostrando el valioso apor te que genera la academia al desarrollo de la sociedad en general.

el dato Las ponen cias serán publicadas en revistas de base de datos regio nales y de alto impacto internacional.

Uniandes se en cuentra en el puesto número dos a nivel nacional en investi gación, según el ran king de Scimago, en el puesto 65 de 3.916 uni versidades de Latinoa mérica, y en el puesto 400 a nivel mundial. Logros que, según se ñalan, se han alcanza do gracias al compromiso de las autoridades y de la comunidad universitaria que priorizan el desarrollo investigativo dentro de los procesos de formación pro fesional. (LMM)

CIUDAD 10 SANTO DOMINGO VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I ASESORÍA LEGAL INMEDIATA ASLEGIN Abg. Julio Jaya Jumbo ABOGADO Cel. 0987428358 victorjayajumbo@hotmail.com Dir.: Padres Dominicos entre Cocaniguas y Tsáchila ASISTENCIA JURÍDICA P-244690-MIG P
APORTE. Las soberanas dedican gran parte de su tiempo al trabajo social. ACCIONES. Se reafirma el compromiso que tiene Uniandes con la innovación en la generación de ciencia e investigación.
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Siete candidatas aspiran ser Reina de La Concordia

El único evento confirmado hasta ahora por las fiestas de cantonización es la elección de la Reina, que será virtual.

Girabel Reasco, Sarela Montoya, Amelia Tufiño, Madelyn Paredes, Karen Vega, Niurka Zambrano y Pamela Zambrano, son las siete candidatas a Reina del cantón La Concordia. Evento galante previsto para el 25 de noviembre, de manera virtual.

Debido al estado de excepción y el toque de queda que está vigente en la provincia de Santo Do mingo de los Tsáchilas, los actos programados por los 15 años de cantoniza ción fueron suspendidos Sin embargo, se anunció que la elección y corona ción de la nueva soberana se realizará, pero la ciuda danía no podrá asistir, lo obser varán virtualmente , aunque todavía no se confirma el lugar donde se reunirán las candidatas.

Reprogramación

El alcalde David Álava indicó que el único acto confirmado hasta ahora es la elección de la Reina.

“Los demás están suspendidos por los problemas de insegu ridad que estamos vi viendo, so bre todo en el cantón Santo Do mingo”.

el dato La actual Reina de La Concordia es Nahir Paredes Rodríguez, quien entre gará la coro na.

Agregó que dialogó con el go bernador Luis Miguel Guamán, sobre la progra mación que estaba lista y le recomendó diferirla para fechas posteriores.

“Aunque en diciembre es muy difícil por las fes tividades de Navidad y Año Nuevo , si se levanta el estado de excepción, reprogramaremos algunos actos”, explicó Álava.

Luego de la presenta ción oficial, las candida tas han continuado con los ensayos respectivos y realizando visitas protoco larias a diferentes institu ciones. (JAR)

LA CONCORDIA 11 SANTO DOMINGO VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I LEX & IURISPRUDENTIA JHONN GUAMÁN COLLAGUAZO ABOGADO • Civil • Penal • Cobranza Judicial y Extrajudicial • Tránsito • Laboral Av. Tsáchila y Quito, altos de Almacén Todo Cinco, Parque Central Zaracay primer piso alto. 099 9084 857 ab.jeguamanc2014@outlook.com ASUNTOS LEGALES: P P-244683-MIG
PRESENTACIÓN. Las candidatas junto al alcalde David Álava. CANDIDATA. Girabel Reasco Qui ñonez representa a la Asociación de la Etnia Afrodescendientes. CANDIDATA. Sarela Montoya Macias participa por la parroquia La Villegas. CANDIDATA. Amelia Tufiño Romero es apoyada por la con structora Ceider Erazo y Marie´s boutique. CANDIDATA. Madelyn Paredes Cadena representa a la cooperativa de transporte de pasajeros Gilberto Zambrano y a Verónica Zurita. CANDIDATA. Karen Vega Men doza participa por Avena Polaca y Odontofer. CANDIDATA. Niurka Zambrano Loor cuenta con el aupicio de comercial Provesa. CANDIDATA. Pamela Zambrano Guamán es auspiciada por el Cu erpo de Bomberos y Megahierro.

Vacunación contra la peste porcina y aftosa

Desde hace dos años Agrocalidad se hizo cargo de la vacunación contra la Peste Porcina Clásica (PPC), porque no estaban seguros de que los porcicultores in munizaban a los animales.

fases como se hace con la aftosa. La primera dosis se aplica cuando los animales cumplen 45 días de nacidos y posteriormente se re pite el procedimien to cada seis meses.

y porcinos

portante para que Santo Domingo de los Tsáchilas ‘Ca-

nifestó que la provincia con dos unidadesAsociación de que inmuniza a los animales que están en las parroquias tón Santo Domingo, y laque se encarga

En la provincia el último brote se dio en septiembre del 2020, en una granja traspatio en donde seis anima les de siete estaban contagiados. El predio per maneció en cuarentena y los porcinos infectados tu vieron que ser sacrificados.

Desde entonces, técnicos de Agrocalidad mantienen vigilancia continua a los predios, para que cumplan con los requisitos de tener una granja biosegura y que los animales cuenten con el arete que simboliza la inmunización.

En este caso la inocula ción es continua y no por

Semanalmente los brigadistas se reúnen para definir hojas de ruta y se movilizan a los predios con el objetivo de mantener 100% inmunizada a la población porcina.

El procedimiento contra la PPC se hace dia riamente, porque constan temente nacen crías. Tiene un costo de $ 1.40 por cada animal, tarifa que también incluye el arete que sirve como identificación.

La mayoría de granjas se encuentran en la zona ru ral: Valle Hermoso, Julio Moreno, San Gabriel del Baba, El Esfuerzo, San Ja cinto del Búa y Puerto Li món; así como en el cantón La Concordia.

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El procedimiento lo aplican brigadistas de dos operadoras acreditadas por Agrocalidad. CUMPLIMIENTO. Si el porcicultor no ha vacunado al animal no pueden transportarlo. 113.135 porcinos
se han inocu lado en lo que va del 2022, en Santo Domingo.

Operadora de vacunación

La Asogan mantiene activa la operadora de vacunación y ha sido pionera en ejecu tar estos proyectos en la lo calidad, previa coordinación con Agrocalidad.

Actualmente cuentan con stock suficiente para inter venir al 100% de la pobla ción bovina y porcina. Sin embargo, cada procedimien to tiene tiempos y costos di ferentes.

Certificado

° Cada animal intervenido cuenta con un registro que avala la guía de movili zación e ingreso a ferias ganaderas. Por ejemplo, los porcinos sin arete no son recibidos en los corrales de comercialización porque es un indicador que no han sido vacunados.

Peste porcina

° El animal enfermo pre senta: fiebre,  pérdida de apetito, apatía, debilidad, conjuntivitis, estreñimien to, entre otros.

28.868

Cristina Carrera, secre taria de la operadora de vacunación en Asogan, ex plicó que cuentan con 43 brigadistas designados al tema de la aftosa y 10 para la PPC.

porcinos están vacuna dos en La Concordia.

La vacunación con tra la afto sa se hace por fases, aproximadamente dos veces al año. La institución está encargada de intervenir en la provincia Tsáchila y en el

último proceso inocularon a 245 mil 572 bovinos.

Carrera indicó que la do sis se aplica desde terneros hasta animales adultos. Los propietarios de las ganade rías pagan $ 0.60 por animal y de acuerdo a las estadísti cas oficiales no se han repor tado casos sospechosos en la localidad. (JD/CT)

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I 13
Ganadera
PROCESO. La operadora de Asogan interviene en toda la provincia cuando la vacunación es contra la aftosa.

anulaciones

aNUlacióN Se comunica al público, la anula ción, por pérdida de los cheques según secuen cia No 89 - 150 de la cuenta No 1005045100, presentadas por el titular Sr. JORGE ALEJAN DRO SAAVEDRA LOOR. p-244727-miG

extractos

REPUBlica dEl EcUadoR UNidad JUdicial ciVil coN sEdE EN El caNTóN saNTo doMiNGo, PRoViNcia dE saNTo doMiNGo dE los TsÁcHilas EXTRacTo ciTacióN JUdicial: HEREDEROS pRESUN TOS Y DESCONOCiDOS DEL CAUSANTE SEÑOR RAYmUNDO mONTEZUmA mENDO ZA; SE LES HACE SABER: JUicio : ORDiNARiO Nº 23331-2022-02180 acToR a : TRANSiTO ADELA mESTANZA GARCiA dEMaNdados: HEREDEROS pRESUNTOS Y DESCONOCiDOS DEL CAUSANTE SEÑOR RAYmUNDO mONTEZUmA mENDOZA cUaNTÍa: $15.000,00 JUEZa : AB. KARiNA ARACELY VELÁSQUEZ pURUNCAJA sEcRETaRio : AB. FABiAN BELTRAN ARmAS aUTos: UN idad JU dicial ciVil dE l caNToN saNTo doMiNGo. Santo Domingo, viernes 8 de julio del 2022, las 14h12, ViSTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto anterior, se dispone: 1) La demanda que antecede es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordi nario. 2) Atento el juramento rendido por la parte actora y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico Gene ral de procesos, se ordena la citación de los HEREDEROS pRESUNTOS Y DESCONOCiDOS del causante señor RAYmUNDO mONTEZU mA mENDOZA por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Santo Domingo, y en la ciudad de la Joya de los Sachas, provincia de Orellana. 3) Cuéntese en la presente causa con el Alcalde y procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santo Domingo, conforme se encuentra dispuesto en la Disposición Gene ral Décima del Código Orgánico de Organiza ción Territorial Autonomía y Descentralización, para lo cual cítese, debiendo remitirse las bole tas respectivas a la oficina de citaciones de esta

jurisdicción. 4) Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de procesos, se concede a los demandados el tér mino de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 5) De confor midad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de procesos, ins críbase de la demanda en el Registro de la pro piedad de este cantón. 6) Agréguese la docu mentación aparejada a la demanda. 7) Ejecuto riado que sea el presente auto, y con la finalidad de que prosiga la sustanciación de la causa, de manera obligatoria la parte actora de las facili dades que el caso amerita, a fin de obtener las fotocopias necesarias para la diligencia citación. 8) Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado.- Actúe en la pre sente causa el Ab. Fabián Beltrán Armas, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.NOTiFÍQUESE Y CÍTESE. f). Ab Luis Roberto Rodríguez madrid, JUEZ.

UN idad JU dicial ciVil dE l caNToN saNTo doMiNGo Santo Domingo, miércoles 6 de julio del 2022, las 08h51, ViSTOS: Ab. Luis Roberto Rodríguez madrid, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial, avoco conocimien to de la presente demanda, en virtud del sorteo realizado, y por encontrarme subrogando a la Jueza titular, Ab. Karina Aracely Velásquez puruncaja, mediante acción de personal N° Dp23-CJ-1098-2022-UpTH, de fecha 05 de julio del 2022. En lo principal, previamente a proveer lo que en derecho corresponda, se señala para el día 7 de julio del 2022, a las 12h30, a fin de que la parte actora declare bajo juramento, que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia actual de los demandados herederos presuntos y desconoci dos del causante señor RAYmUNDO mONTE ZUmA mENDOZA de conformidad a lo que dispone el Art. 58 y, Art. 56 inciso segundo del numeral 2, del Código Orgánico General de procesos.- NOTiFÍQUESE. f). Ab Luis Roberto Rodríguez madrid, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines legales, se les previene a los demandados de señalar casilla judicial o electrónica para las notificacio nes posteriores AB. FABiAN BELTRAN ARmAS SECRETARiO Hay firma y sello p-244659-miG

UNidad JUdicial ciVil coN sEdE EN El caNTóN saNTo doMiNGo EXTRacTo ciTació N JU dicial A OLEAG iNOSAS AGRiCOLA E iNDUSTRiAL DEL ECUADOR “OLEAGRiN” CiA. LTDA. En la persona del señor CARLOS ALBERTO BECDACH SANTO mARO LES HACE SABER: JU icio : ORD i NAR i O- p RESCR ip C i ÓN ADQUiSiTiVA DE DOmiNiO Nro. 2022-03155

acToR: HiDALGO LARA LOURDES CARLOTA dEMaNdados: OLEAGiNOSAS AGRiCOLA E iNDUSTRiAL DEL ECUADOR “OLEAGRiN”

PRoVidENcias:

UN idad JU dicial ciVil dE l caNToN saNTo doMiNGo. Santo Domingo, miércoles 26 de octubre del 2022, las 15h04, ViSTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación anterior, la demanda que antecede es clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de procesos (COGEp), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordi nario. Se ordena la citación de la COmpAÑÍA OLEAGiNOSAS AGRÍCOLA E iNDUSTRiAL DEL ECUADOR “OLEAGRiN” CiA. LTDA. en la persona del señor CARLOS ALBERTO BEC DACH SANTOmARO en calidad de liquidador, cítese por la prensa, conforme lo señala el Art. 58 del COGEp, y concordancia con el Art. 56.1, ibídem, esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Cuéntese en la presente causa con el Alcalde y procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santo Domingo, conforme se encuentra dispuesto en la dispo sición general décima del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descen tralización, para la citación remítase las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción. La parte actora proporcione las copias suficientes para remitir las boletas a la oficina de citacio nes. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Códi go Orgánico General de procesos, inscríbase de la demanda en el Registro de la propiedad de este cantón. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electróni cos señalados. CÍTESE Y NOTiFÍQUESE.- Ab. Luis Vargas Trujillo. JUEZ.

Lo que comunico a usted, para los fines legales. previniéndole de la obligación de señalar casi llero judicial y/o correo electrónico para sus posteriores notificaciones.

LO CERTiFiCO.

AB. NATASHA NARVÁEZ JARA

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EMPLEOS

extractos

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL MENDOZA AVILA MARIA SUSANA , SE LES HACE SABER:

JUICIO: EJECUTIVO Nro. 23331-2022-00572

ACTOR: AB. GLADYS LILIANA DELGADO PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO PICHINCHA

DEMANDADO: MENDOZA AVILA MARIA SUSANA

JUEZ: DR. LUIS CUVI GAIBOR

SECRETARIO(E): AB. PEDRO MITTE PAZMIÑO

PROVIDENCIAS:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON

SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 21 de febrero del 2022, las 11h05, VISTOS: Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, en calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Santo Domingo, avoco conoci miento de la presente causa en mi calidad de Jueza Subrogante y Encargada del despacho del Dr. Luis Cuvi Gaibor, en virtud de la acción de personal Nro. N° DP23-CJ-0242-2022-UPTH, de fecha 14 de febrero de 2022.- En lo principal: Dicto el siguiente auto de sustanciación: I.- La demanda que antecede es clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el ejecutante se funda menta en dos pagaré a la orden girado a favor del Banco Pichincha C.A, por parte de la deman dada, Pagaré Nro. 125369080 por la suma de $ $ 9.115,00, y Pagaré Nro. 125369081 por la suma de $ 714,13, documentos que constituyen títulos ejecutivos, al tenor de lo previsto en el Art. 186 del Código de Comercio, promulgado en el ROS. 497, del 29 de mayo de 2019, en concordancia con el artículo 347 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- II.- Tómese en consi deración el anuncio de la prueba, que de ser procedente será admitida en el fase procesal de la audiencia única.- III.- Se ordena la citación a la parte demandada señores AVILA GARCIA HERLINDA PIEDAD y MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, en el domicilio señalado en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la deman da, copia certificada de los documentos adjun tos y este auto inicial, para el efecto remítase la documentación necesaria a la Oficina de Cita ciones.- IV- Al responsable de la citación se le concede el término judicial de 8 días contados desde la recepción de las boletas de parte de secretaria a fin de que realice la citación orde nada y de no haberla podido efectuar deberá informar de forma inmediata las razones.- V.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353, ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso algu no, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.VI.- Tómese en cuenta: a) La cuantía fijada.- b) La documentación anexa.- c) La autorización concedida al profesional del derecho en calidad de Procurador Judicial para su defensa.- d) El correo electrónico señalado para sus notifica ciones.- Actué en la presente causa la señora Ab. Jessica Andrade Enríquez, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍ QUESE, CÚMPLASE Y CÍTESE.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON

SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 17 de mayo del 2022, las 15h09, VISTOS: Dr. Luis Cuvi Gaibor, en calidad de Juez la Unidad Judi cial Civil del cantón Santo Domingo, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma, en virtud de haberme reintegrado a mis funciones por ausencia temporal justifica da, lo que se deja constancia para los fines pertinentes. - En lo principal. I.- Incorpórese a los recaudos procesales la razón de citación en la que indica que se ha citado mediante BOELTA EN PERSONA el 10 de marzo de 2022, a la demandada señora AVILA GARCIA HERLINDA PIEDAD; conforme acta citatoria que antecede,

con la cual se la tiene por legalmente citado de conformidad con lo dispuesto en el Art. 54 del Código Orgánico General de Procesos, para los fines pertinentes.- II.- Incorpórese al proceso la razón de no citación del demandado señora MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, por los motivos determinados en las mismas, las cuales se pone en conocimiento a la parte accionante para los fines pertinentes.- II.- Incorpórese a los recaudos procesales el escrito que antecede presentado por la parte accionante; proveyendo el mismo se dispone: En virtud de lo manifesta do por la parte actora en la que indica una nueva dirección para la citación a la parte demandada, se dispone: CÍTESE a la parte demandada seño ra MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, en la dirección señalada en escrito que antecede, para el efecto remítase las boletas de estilo a la Oficina de Citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará copia certificada de la demanda, auto recaído en ella, los documentos adjuntos, escrito que antecede y este auto, para lo cual se adjuntará de forma digital copia de la demanda, auto recaído en ella, los documentos adjuntos, escrito que antecede y este auto. Al referido demandado, dentro del presente pro cedimiento ejecutivo, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del códi go citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso algu no, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. La parte actora proporcione las copias necesa rias a fin de elaborar las boletas de citación para el fiel cumplimiento de dicha diligencia depre cada en el menor tiempo posible. - NOTIFÍQUE SE y CÚMPLASE.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 5 de septiembre del 2022, las 16h12, VISTOS: En lo principal. I.- Incorpórese al proceso la razón de no citación del demandado señora MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, por los motivos deter minados en las mismas, las cuales se pone en conocimiento a la parte accionante para los fines pertinentes.- II.- Incorpórese a los recau dos procesales el escrito que antecede presen tado por la parte accionante; proveyendo el mismo se dispone: En virtud de lo manifestado por la parte actora en la que indica una nueva dirección para la citación a la parte demandada, se dispone: CÍTESE a la parte demandada seño ra MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, en la dirección señalada en escrito que antecede, para el efecto remítase las boletas de estilo a la Oficina de Citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará copia certificada de la demanda, auto recaído en ella, los documentos adjuntos, escrito que antecede y este auto, para lo cual se adjuntará de forma digital copia de la demanda, auto recaído en ella, los documentos adjuntos, escrito que antecede y este auto. Al referido demandado, dentro del presente pro cedimiento ejecutivo, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del códi go citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso algu no, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. La parte actora proporcione las copias necesa rias a fin de elaborar las boletas de citación para el fiel cumplimiento de dicha diligencia depre cada en el menor tiempo posible. - NOTIFÍQUE SE y CÚMPLASE.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 29 de septiembre del 2022, las 16h14, VISTOS: En lo principal. I.- Incorpórese al proceso la razón de no citación del demandado señora MENDO ZA AVILA MARIA SUSANA, por los motivos determinados en las mismas, las cuales se pone en conocimiento a la parte accionante para los fines pertinentes. - II.- Incorpórese a los recau dos procesales el escrito que antecede presen tado por la parte accionante, el mismo que se atiende. En lo principal: 1.- Agréguese a los autos y téngase en cuenta la certificación emi tida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en el que indica que las señora MENDOZA AVILA MARIA SUSANA no

registra salida del país y tampoco poseen regis tro consular en el exterior.- 2.- Previo a atender la citación por la prensa escrita solicitada, se señala para el día 12 DE OCTUBRE DE 2022, A LAS 11H30, en la sala de audiencias 105, ubica da en el primer piso alto (Mezanine) del Palacio de Justicia, a fin de comparezca la parte actora y rinda juramento de la imposibilidad de deter minar la individualidad o residencia actual del señora MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, conforme lo determina el numeral 2 inciso ter cero del art. 56 del COGEP, comparecencia que la realizará con sus documentos habilitantes, tomando todas las medidas de bioseguridad..NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 8 de noviembre del 2022, las 12h25, VISTOS: En lo principal. I.- Una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en autos, dicto el presente auto de sustanciación, en los siguientes términos: 1.- En mérito de la afirma ción y juramento realizado por el accionante, bajo el amparo de lo preceptuado en el inciso 2º del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar mediante tres publi caciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad y cantón de Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, a la parte demandada MENDOZA AVILA MARIA SUSANA, a quien dentro del presente procedimiento ejecutivo, de conformi dad con lo preceptuado en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el térmi no de quince (15) días para que proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para lo cual el Actuario elabo rará el extracto judicial de publicación corres pondiente.- 2.- Se recuerda que el término para dar contestación a la demanda se regirá a lo preceptuado en el artículo 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con lo determinado en el Artículo 77 e inciso penúltimo del Art. 56 ejusdem.- II.- Incor pórese a los recaudos procesales el escrito que antecede presentado por la parte accionante, el mismo que queda atendido conforme lo dis puesto ut supra del presente auto.- Actúe el Ab. Pedro Mitte Pazmiño, en calidad de Secretario Encargado de éste despacho.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus posteriores notificaciones. LO CERTI FICO.

AB. PEDRO MITTE PAZMIÑO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO Hay firma y sello. P-244723-GF

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL: A LOS DEMANDA DOS SEÑORES ANGULO GARCIA ALEXAN DRA MAGALY, ARTEAGA VELEZ JULIA LORENA, ANGULO GARCIA MARJORIE MARIA. BUITRON MORENO MARTA CECI LIA, GARCIA NAVARRETE YADIRA MONSE RRATE, ANGULO GARCIA BETSABE YADI RA; SE LES HACE SABER: JUICIO : EJECUTIVO Nº 23331-2018-02606

ACTORES : JORGE MIÑO SALINAS PROC. JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHO RRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE”” LTDA.

DEMANDADO: ANGULO GARCIA ALEXAN DRA MAGALY Y OTROS CUANTÍA: $4.246,00

JUEZ: AB. KARINA ARACELY VELASQUEZ PURUNCAJA SECRETARIO : AB. FABIAN BELTRAN ARMAS

AUTOS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 26 de noviembre del 2018, las 16h34, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en legal y debida forma, en virtud del sor teo realizado. En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el

artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, al tenor de lo previsto en los artículos 347 numeral 5 y 348 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados ANGULO GAR CIA ALEXANDRA MAGALY, ARTEAGA VELEZ JULIA LORENA, ANGULO GARCIA MARJORIE MARIA. BUITRON MORENO MARTA CECILIA, GARCIA NAVARRETE YADIRA MONSERRATE, ANGULO GARCIA BETSABE YADIRA en los domicilios señalados, para el efecto remítase las boletas respectivas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, debiendo darse cumpli miento a lo previsto en las DISPOSICIONES REFORMATORIAS, PRIMERA, numeral 2, inci so segundo del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el térmi no de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo preven ción que de no hacerlo se pronunciará inme diatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Ejecutoriado que sea el presente auto, y con la finalidad de que prosiga la sustanciación de la causa, de manera obligatoria la parte actora de las facilidades que el caso amerita, a fin de obtener las fotocopias necesarias para la diligencia de citación.- Tóme se en cuenta el casillero judicial, el correo electrónico señalado.- Actúe en la presente causa el Ab. Juan José Menéndez Leguízamo, en calidad de Secretario Encargado de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal N° DP23-CJ- 2678-2018-UPTH, de fecha 26 de noviembre de 2018.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.f). Dr. Edgardo Lara Averos, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, viernes 11 de febrero del 2022, las 11h45, Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, en mi calidad de Jueza titular de esta Unidad Judicial, avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la acción de personal N° 1894-DNTH-2021-JT de fecha 19 de noviembre de 2021, autorizado por el señor Director General del Consejo de la Judicatura, mediante memorando circular No. Cj-DG-2021-4599-MC, por traslado admi nistrativo mutuo con el Dr. Edictor Rodrigo

Manzano Vásquez, el cual rige a partir del 01 de diciembre del 2021. En lo principal, agréguese al proceso el escrito y documentos adjuntos, proveyendo se dispone: 1) Incorpórese a los autos los certificados del Ministerio de Rela ciones Exteriores y Movilidad Humana, para los fines de ley. 2) Previamente a proveer sobre lo principal, se señala para el día jueves 17 de febrero del 2022, a las 12h45, a fin de que la parte actora comparezca a esta Unidad Judicial, y declare bajo juramento que le ha sido impo sible determinar la individualidad de los domi cilios o residencias actuales de los demanda dos señores ANGULO GARCIA ALEXANDRA MAGALY, ARTEAGA VELEZ JULIA LORENA, ANGULO GARCIA MARJORIE MARIA. BUI TRON MORENO MARTA CECILIA, GARCIA NAVARRETE YADIRA MONSERRATE, ANGU LO GARCIA BETSABE YADIRA, de conformidad a lo que dispone el numeral 2 inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f). Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 21 de febrero del 2022, las 09h53, VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 11 de febrero del 2022, las 11h45, cabe hacer el siguiente pronunciamiento. En mérito al juramento y afirmación realizado por la parte actora, de que ha sido imposible determinar la individua lidad o residencia de los demandados señores

ANGULO GARCIA ALEXANDRA MAGALY, ARTEAGA VELEZ JULIA LORENA, ANGULO GARCIA MARJORIE MARIA. BUITRON MORE NO MARTA CECILIA, GARCIA NAVARRETE YADIRA MONSERRATE, ANGULO GAR CIA BETSABE YADIRA, cítese por la prensa, mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Santo Domingo, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f). Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, JUEZA.

Lo que comunico a usted para los fines lega les, se le previene a los demandados de señalar casilla judicial o electrónica para las notificaciones posteriores.

AB. FABIAN BELTRAN ARMAS SECRETARIO Hay firma y sello. OP-GF

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extractos

UNIDAD

JUDICIAL CIVIL

DEL CANTÓN SANTO

DOMINGO

EXTRACTO

JUDICIAL DE CITACIÓN

CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES: here deros presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó WILLIAM ROBERT PALLO CAL DERON: SE LES HACE SABER LO SIGUIENTE: JUICIO: ( ORDINARIO ) RESCISION DE CON TRATO

ACTOR: DUVAL NOLBERTO LARA VELAS QUEZ

CUANTÍA: $15.000,00

JUEZ: AB. LUIS RODRIGUEZ MADRID

SECRETARIO: AB. MARIA DEL CARMEN BAYAS

CAUSA No.: 23331-2021-02175

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 24 de agosto del 2021, las 13h24, VISTOS: Ab. Luis Rodríguez Madrid- en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, en virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trá mite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados de la siguiente manera: a).- DENESSI LISETH PALLO TOSCANO y BEATRIZ MARIANA TOSCANO MENDOZA en la dirección que se indica en el escrito de demanda, para lo cual remítase las respectivas boletas a la oficina de citaciones; b).- Por otra parte a la demandada ZULLY FER NANDA PALLO CALDERON se la citará en la dirección que se indica en la demanda, para lo cual remítase atento deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón San Jacinto del Búa- Provincia de los Ríos, al señor Juez deprecado se le remitirá la documentación pertinente, ofreciéndole repro cidad en casos análogos. Conforme a lo dis puesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los deman dados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase de la demanda en el Regis tro de la Propiedad de este cantón. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. En relación a la prueba anunciada por la parte actora será practicada en el momento y la forma que corresponde según las normas legales que rigen el procedimiento. Tómese en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por el actor para sus notificaciones dentro de éste juicio, como la autorización conferida a su

defensor.- NOTIFIQUESE. F).- Ab. Luis Rodrí guez Madrid- Juez de la Unidad Judicial Civil. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, viernes 20 de mayo del 2022, las 15h58, VISTOS: En lo principal este juzgador procede a reducir a escrito la RESOLUCIÓN DE ACEPTACIÓN DE EXCEPCIÓN PREVIA emitida en la Audiencia Única en la causa N° 23331-2021-02175.

1.- Identificación de las partes procesales. 1.1.- El actor el Sr. Duval Nolberto Lara Velasquez, con cedula de identidad N° 1711322014. 1.2.- Los demandados las señoras: Denessi Liseth Pallo Toscano, Beatriz Mariana Toscano Mendoza y Zully Fernanda Pallo Calderón. 2.- Enunciación breve de los hechos y circunstancias objeto de la demanda. 2.1.- Que, en fecha 21 de mayo del 2021, a las 12h41 ingreso la demanda de juicio ejecutivo, signado con el N° 23331-2021-01356 en contra del que en vida fue WILLIAM ROBERT PALLO CALDERON, en calidad de deudor prin cipal del valor de $12.000,00, solicitando la prohibición de enajenar del inmueble de su propiedad ubicado en el cantón Santo Domingo. Hasta la presente fecha el demandado quien en vida fue WILLIAM ROBERT PALLO CALDE RON, así como sus herederos, así como su heredera la señorita Denessi Liseth Pallo Tosca no y Beatriz Mariana Toscano Mendoza, no me han cancelado ni tampoco han realizado abono alguno a la deuda. Que, demandan a las seño ras: Denessi Liseth Pallo Toscano, Beatriz Mariana Toscano Mendoza y Zully Fernanda Pallo Calderón, para que se ordene la RESICION DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA FIRMA DO entre las demandadas señoras Denessi Liseth Pallo Toscano, Beatriz Mariana Toscano Mendoza y Zully Fernanda Pallo Calderón, sobre el inmueble signado con el N°11, Mz. M-A, de la superficie de 200,00 metros cuadrados, ubicado en la Urbanización Amazonas de este cantón, en fe3cha 2 de junio del 2021, e inscrita el 3 de junio del 2021, cuya sentencia se margi nara en la Notaria Quinta, en el Registro de la Propiedad para que se deje sin efecto la inscrip ción de dicho contrato. 2.2.- Las demandadas Denessi Liseth Pallo Toscano, Beatriz Mariana Toscano Mendoza y Zully Fernanda Pallo Cal derón, presentan la excepción previa del Art. 152 numeral3 del COGEP. Falta de legitimación en la causa de la parte actora o de la parte demandada, cuando surja manifiestamente de los propios términos de la demanda. 2.3.- En la Audiencia Preliminar el Ab. Patrocinador de las demandadas, fundamenta su excepción: Mani fiesta que en la presente causa se debió contar con los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó WILLIAM ROBERT PALLO CALDERON. 3.- MOTIVACIÓN DE LA DECISIÓN. 3.1.- El Art. 169 de la Constitución de la República determina: “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inme

diación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.”; esto en concordancia con lo que determina el art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece el principio de celeridad al decir: “Sistema-Medio de Adminis tración de Justicia.- El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inme diación, oralidad, dispositivo, celeridad y econo mía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.”, mientras el Art. 20 Ibídem establece los parámetros en que actuarán los jueces al decir: “La administración de justicia será rápida y oportuna, tanto en la tramitación y resolución de la causa, como en la ejecución de lo decidido. Por lo tanto, en todas las materias, una vez iniciado un proceso, las juezas y jueces están obligados a proseguir el trámite dentro de los términos legales, sin espe rar petición de parte, salvo los casos en que la ley disponga lo contrario. El retardo injustificado en la administración de justicia, imputable a las juezas, jueces y demás servidoras y servidores de la Función Judicial y auxiliares de la justicia, será sancionado de conformidad con la ley.”, debiendo recalcar que el Art. 28 del Código Orgánico de la Función Judicial establece el principio de verdad procesal que señala que las juezas y jueces resolverán únicamente aten diendo a los elementos aportados por las par tes. Sobre el marco constitucional es relevante establecer en forma previa el marco jurídico, doctrinal y jurisprudencial sobre el cual se va analizar el caso, siendo por ello la motivación parte fundamental de la sentencia así la Corte Constitucional al respecto ha referido que: “Una de las tareas primordiales de fundamentar toda sentencia o acto administrativo es la de propor cionar un razonamiento lógico y comprensivo, de cómo las normas y entidades normativas del ordenamiento jurídico encajan en las expectati vas de solucionar los problemas o conflictos presentados, conformando de esta forma un derecho inherente al debido proceso, por el cual el Estado pone a disposición de la sociedad las razones de su decisión” (Corte Constitucional del Ecuador, para el período de transición, Sen tencia N.° 025-09-SEP-CC, casos N.°0023-09EP, 0024-09-EP y 0025-09-EP (Acumulados).

4.- Resolución de la excepción previa propuesta. El suscrito juez mediante auto interlocutorio se pronunció al respecto la excepción propuesta: Falta de legitimación en la causa de la parte actora o de la parte demandada, cuando surja manifiestamente de los propios términos de la demanda. La demanda es dirigida en contra de las señoras Denessi Liseth Pallo Toscano, Bea triz Mariana Toscano Mendoza y Zully Fernan da Pallo Calderón, se manifiesta que el señor WILLIAM ROBERT PALLO CALDERON, ha fallecido, por lo cual se demanda a su heredera conocida la señorita Denessi Liseth Pallo Tosca no, pero no se cuenta ni se demanda a los herederos presuntos y desconocidos de que en vida se llamó WILLIAM ROBERT PALLO CAL DERON, por lo analizado se ACEPTA LA EXCEP CION propuesta y se dispone que la parte actora subsane el defecto, para lo cual se le concede el término de diez días. Adjúntese al proceso la procuración judicial otorgada por las demandadas a su defensor Ab. Jorge Luis Rive ra Chóez. Cúmplase. Notifíquese.- f).- Ab. Luis Rodríguez Madrid-Juez de la Unidad Judicial Civil.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 21 de julio del 2022, las 15h36, VISTOS: En relación a los escritos presentados por las partes, se los procede a dar atención.- Escrito presentado por el Ab. Jorge Luis Rivera Choez, patrocinador de las señoras Denessi Liseth Pallo Toscano; Bea triz Mariana Toscano Mendoza y Zully Fernan da Pallo Calderón, que en su parte pertinente manifiesta: Su señoría de la revisión de la notifi cación de fecha 20 de mayo, en el cual usted resuelve la excepción planteada en audiencia preliminar, esto es la establecida en el artículo 153, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, falta de legitimación en la causa o incompleta conformación del Litis consorcio, solo se pronuncia a la falta de Litis consorcio, y no a la falta de legitimación de la causa de la parte actora lo cual sustentamos de manera motivada en la audiencia y mencionamos hasta la saciedad que el señor David Nolberto Lara Velasquez, carece de legitimación activa, por cuanto no tiene conexión entre la calidad del

sujeto y el interés substancial discutido. Por las razones expuestas interpongo recurso de ape lación con efecto diferido a su resolución.- Con lo solicitado se corrió traslado a la parte actora por el término de tres días, a fin de que se pro nuncie al respecto. Con su oposición a lo solici tado. Para resolver dicha petición de la parte demandada, se considera lo siguiente: PRIME RO.- En la Audiencia Preliminar que tuvo lugar en la presente causa, el suscrito juez resolvió sobre la excepción previa propuesta por la parte demandada contemplada en el numeral 3 del Art. 153 del COGEP: Falta de legitimación en la causa o incompleta conformación de Litis con sorcio; se pronunció en Audiencia mediante Auto Interlocutorio aceptando la excepción propuesta, dando lugar al procedimiento de subsanación conforme lo prescrito en el nume ral 3 del Art. 295 del COGEP, se concedió el termino de 10 días para que subsane el defecto.Si la parte demandada no se encontraba confor me con el Auto Interlocutorio pronunciado por el suscrito juez en audiencia, la parte demanda da estuvo en su derecho de pedir ampliación o aclaración al suscrito juez respecto al Auto Interlocutorio pronunciado en Audiencia, quien en ese momento de la Audiencia lo hubiese atendido, conforme así lo dispone el numeral2 del Art. 296 del COGEP, por lo manifestado se niega el recurso de apelación con efecto diferi do, presentado por la parte demandada. SEGUNDO.- En relación al escrito presentado por el señor Duval Nolberto Lara Velasquez, con el cual subsana su demanda dirigiendo también la misma en contra de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó WILLIAM ROBERT PALLO CALDERON, a quie nes se lo citara con esta demanda y auto recaído mediante publicaciones por la prensa, para lo cual previo a la publicación por la prensa, se señala para el día 27 de julio del 2022 a las 15h10 para que comparezca a ésta Unidad Judicial el actor, con la finalidad de que declare ajo jura mento que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia actual del demanda do WILLIAM ROBERT PALLO CALDERON de conformidad con el Art. 56 del COGEP. NOTIFI QUESE. F).- Ab. Luis Rodríguez Madrid- Juez de la Unidad Judicial Civil.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, miércoles 3 de agosto del 2022, las 11h24, VISTOS.- Una vez que el actor ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto anterior, se dispone que por secretaría se confiera el respectivo extracto de citación a los herederos presuntos y desconoci dos de quien en vida se llamó WILLIAM ROBERT PALLO CALDERON para ser publicado por uno de los periódicos de mayor circulación de ésta ciudad.- NOTIFIQUESE. F).- Ab. Luis Rodríguez Madrid- Juez de la Unidad Judicial Civil. Particular que se pone en conocimiento para los fines pertinentes, previniéndoles de la obligación de señalar casilla judicial electrónica para sus notificaciones dentro de éste juicio.- Lo Certifico.

Ab. María del Carmen Bayas SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello. P-244724-GF

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS CITACION JUDICIAL EXTRACTO

A la señora: SOLORZANO MERA ANNY GER

MANIA , se le hace saber.

JUICIO: No. 23331201902357

ACTOR: MIÑO SALINAS JORGE RAMIRO DE JESUS

DEMANDADO: SOLORZANO MERA ANNY GERMANIA

JUEZ: DR. LUIS CUVI GAIBOR

SECRETARIA: AB. JÉSSICA ANDRADE ENRÍQUEZ

PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 26 de septiembre del 2019, las 14h38, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma por el sorteo electró nico de Ley. En lo principal: 1).- La demanda que antecede es clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Pro cesos (COGEP) y se fundamenta en un título valor, girado a favor del ejecutante señor DR. MIÑO SALINAS JORGE RAMIRO DE JESUS, en calidad de Procuración Judicial, por el valor de $5.120,00, documento que constituye título

ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 486 del Código de Comercio, publicado el 20 de agosto de 1960, en el ROS. 1202, (hoy derogado); y, de conformidad a lo establecido en el Art. 91 del COGEP, que faculta al Juzga dor, corregir la omisiones errores de derecho, en vista que está vigente el nuevo Código de Comercio, promulgado en el ROS. 497, del 29 de mayo de 2019, letra de cambio que constituye título ejecutivo, según lo dispuesto en el Art. 186 del actual Código de Comercio, en concordancia con el artículo 347 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite median te procedimiento ejecutivo.- 2).- Tómese en consideración el anuncio de la prueba, que de ser procedente será admitida en el fase pro cesal de la audiencia única.- 3).- Se ordena la citación al demandado SOLORZANO MERA ANNY GERMANIA, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial.- 4).- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excep ciones taxativas del artículo 353, ibidem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumpli miento al artículo 352 del COGEP.- 5).- Tómese en cuenta la autorización concedida su Defen sora Y el correo electrónico que señala para sus notificaciones.- 6).- Agréguese la documen tación en que se apoya la acción.-7).- Actúe en la presente causa la señora Ab. Jessica Andrade Enriquez.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.F. Dr. Luis Cuvi Gaibor, Juez.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 17 de febrero del 2022, las 08h19, VISTOS: Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, en calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Santo Domingo, avoco conoci miento de la presente causa en mi calidad de Jueza Subrogante y Encargada del despacho del Dr. Luis Cuvi Gaibor, en virtud de la acción de personal Nro. N° DP23-CJ-0242-2022-UPTH, de fecha 14 de febrero de 2022.- En lo principal. 1.- Atento el escrito ingresado por la ventanilla virtual y que se encuentran suscrito digital mente por la Procuradora Judicial que ejerce la defensa técnica de la parte accionante, el mismo que se ha materializado e incorpora do a los recaudos procesales para los fines pertinentes, se dispone lo siguiente: Una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en autos, dicto el presente auto de sustanciación, en los siguientes términos: En mérito de la afirmación y juramento realizado por el accionante, bajo el amparo de lo pre ceptuado en el inciso 2º del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad y cantón de Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, a la señora SOLORZANO MERA ANNY GERMANIA, a quien dentro del presente procedimiento eje cutivo, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronun ciará inmediatamente sentencia y esa reso lución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para lo cual la Actuaria elaborará el extracto judicial de publicación correspondiente.- 3.- Se recuerda que el termino para dar contestación a la demanda se regirá a lo preceptuado en el artículo 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con lo determinado en el Articulo 77 e inciso penúl timo del Art. 56 ejusdem.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F). Ab. Karina Aracely Velásquez Puruncaja, Jueza Encargada.Lo que comunico a Ud. para los fines lega les. Previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casilla Judicial para sus notificaciones posteriores.

Ab. Jéssica Andrade Enríquez

SECRETARIA DE LA JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS

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A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CLEMENTE • HONORATO VILLEGAS ANDRADE.

SE LES HACE SABER: Que por sorteo le corres pondió conocer a esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, la deman da del Procedimiento Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 123312022- 00723, seguida por la señora GONZALEZ

VELASQUEZ MONICA PATRICIA, en contra de los HEREDEROS DEL SEÑOR CLEMENTE HONORATO VILLEGAS ANDRADE, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: CARRERA PEREZ

EMMA LUCIA.-

DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS

Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CLEMENTE HONORATO VILLEGAS ANDRADE.-

OBJETO DE LA DEMANDA: La accio nante señora González Velásquez Mónica Patricia solicita que mediante sen tencia y previo al trámite de procedimiento ordi nario se declare haber se operado a su favor la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio sobre el bien ubicado en el sector Buena Vista de la parroquia Nicolás Infantes Días, del cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, com prendido en los siguientes linderos: NORTE. Con pro piedad del mismo ceden te, en 17,60m; SUR: con guardarraya en 8,99m por una parte y 10,26m por la otra; ESTE: con propiedad de Francisco Guanochanga con 108m, OESTE: con guardarraya publica en 84,50m en una parte y 16,50m por otra parte, con una superficie total de 1.656,70 metros cua drados, para lo cual alega que mantiene la posesión con ánimo de señora y dueña, posesión que fue cedida por su padre señor Ildelfonso González Bravo

NOTARIA SEXTA CANTÓN QUEVEDO LOS RIOS - ECUADOR EXTRACTO:

quien la mantenía por más de 40 años y que la accio nante la continua mante niendo, terreno en el que se encuentra totalmente sembrado de planta de matas de cacao, plátano y arboles frutales.- Los fun damentos de derecho se encuentran establecidos en los Artículos 603, 715, 732, 2969, 2392, 2393, 2397, 2398, 2401, 2405, 2410, 2411, 2413 y demás pertinentes del Código Civil.

CUANTIA: La cuantía por su naturaleza es indeter minada de conformidad con lo establecido en el Artículo 144 del Código Orgánico General de Procesos.

TRAMITE: ORDINARIO. JUEZ DE LA CAUSA: La Ab. Betzabeth Raquel Plaza Benavides, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha martes 20 de septiembre del 2022, a las 11h18, califica la demanda interpuesta por la señora GONZALEZ VELASQUEZ MONICA PATRICIA de clara, precisa y cumple con los requisitos legales pre vistos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico

General de Procesos (COGEP), por lo que, se admite a trámite median te PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformi dad con lo determinado en el artículo 289 y siguien tes del Código Orgánico General de Procesos y ordena citar a los herede ros presuntos y descono cidos del señor Clemente Honorato Villegas Andrade, mediante publi cación en tres fechas diferentes en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de la provincia, asimismo de amplia cir culación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia cir culación nacional, en vir tud de lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.-

Por cuanto el accionante manifiesta bajo la grave dad del juramento que desconoce la imposibilidad de establecer la individua lidad, dirección domici liaria o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CLEMENTE HONORATO VILLEGAS ANDRADE.

del 2022

AB. MARIA FERNANDA BARZOLA ALMEIDA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO P- 37241-1172

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA BABAHOYO-LOS RÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN

DECLARATORIA DE UNION DE HECHO en contra de los presuntos y desconocidos herede ros, de quien en vida fue CHÁVEZ MORA ROSA AMANDA, cuya narración de los hechos se encuentra detallada en la demanda.

LIQUIDACION VOLUNTARIA DE BIENES DE LA EX SOCIEDAD DE BIENES, QUE CELEBRAN LOS CONYUGES SEÑORES: JORGE WASHINGTON BAÑOS DE MORA; y, ANA LUCIA ALVAREZ CASTRO. NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUEVEDO, PROVINCIA DE LOS RIOS: Por medio de la presente pongo en conocimiento del público en general, que, median te escritura pública celebrada ante mí, Doctor CARLOS ARMANDO MENDOZA GARCIA, MSc., Notario Titular Sexto del cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, el catorce de noviembre del año dos mil veintidós, los cónyuges señores: JORGE WASHINGTON BAÑOS DE MORA; y, ANA LUCIA ALVAREZ CASTRO, procedieron a la Liquidación Voluntaria de Bienes, perteneciente a la Ex - Sociedad de Bienes, formada por ocasión del matrimonio entre si. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de la Ex - Sociedad de Bienes, celebrada ante mí, en la fecha ya indicada, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Numeral 23 del Art. 18 de la Ley Notarial, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles correspondientes, la escritura de Liquidación Voluntaria y Adjudicación, pertenecien te a la Ex - Sociedad de Bienes; y, Constitución de Usufructo, Uso, Gozo y Habitación de manera Vitalicia, previo al trámite previsto en dicha norma legal, mediante una sola publicación en uno de los periódicos de circulación Nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la ex - sociedad de bienes, correspondiente a los cón yuges señores: Abogado JORGE WASHINGTON BAÑOS DE MORA; y, ANA LUCIA ALVAREZ CASTRO, otorgada mediante escritura pública, antes de su publicación, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

AVISO AL PÚBLICO.

De conformidad con lo dispuesto en el Numeral 23 del Art. 18 de la Ley Notarial, comunico al público en general, que con fecha catorce de noviembre del año dos mil veintidós, los cónyuges señores: JORGE WASHINGTON BAÑOS DE MORA; y, ANA LUCIA ALVAREZ CASTRO, han procedido a suscribir la escritura pública de Liquidación Voluntaria, perteneciente a la Ex - Sociedad de Bienes, las Asignaciones y Adjudicaciones se encuentran detalladas ampliamente en el texto de la escritura pública, celebrada ante mí, en la fecha ya indicada.

Las personas que consideren tener derecho a oponerse a esta Liquidación, deberán manifestarlo por escrito al suscrito Notario, en un plazo no mayor a 20 días conta dos desde la fecha de su publicación, en las oficinas de la Notaria Sexta del Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, ubicada en la Avenida Walter Andrade entre las Calles “W” y “S/N”, sector Diez de Agosto, frente a la Universidad técnica particular de Loja UTPL, perteneciente a la parroquia Urbana Veinticuatro de Mayo, jurisdicción del Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos.Quevedo, a 14 de noviembre del año 2022.-

Lo que llevo a sus cono cimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obliga ción que tienen de señalar casilla judicial en esta ciu dad y/o y correo electró nico para que reciban sus notificaciones.- Certifico.Quevedo, 20 de Octubre

SE LE HACE SABER A LA SEÑORA CHÁVEZ MORA ROSA AMANDA JUICIO N.- 122012022-00559. TIPO DE PROCESO: ORDINARIO. ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO. MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. ACCIONANTE: MEZA RAMOS FREDDY MARCELO. ACCIONADO/A: Los pre suntos y desconocidos herederos, de quien en vida fue CHÁVEZ MORA ROSA AMANDA. JUEZ PONENTE DE LA CAUSA: AB. SIUKIEN MARIEL WONG CRUZ. SECRETARIO: AB. FREDDY PARRALES ALARCÓN OBJETO DE LA DEMANDA: MEZA RAMOS FREDDY MARCELO, acude ante la Unidad Judicial para proponer demanda de

PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Que se declare mediante sentencia la Existencia de la Unión de Hecho PostMortem que tenía formada por más de 15 años desde el 20 de agosto del año 2005, hasta el 14 de junio del 2022 con mi convivien te quien en vida se llamó CHÁVEZ MORA ROSA AMANDA.

PROCEDIMIENTO: ORDINARIO determinado en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.

LAS PRUEBAS: Son docu mentales y testimoniales.

LA CUANTÍA: Es indeter minada o indeterminable en razón a la naturaleza de la causa.

AUTO DE CALIFICACIÓN: Mediante auto de califica ción de fecha, Babahoyo, jueves 11 de agosto del 2022, las 14h00, Abogada WONG CRUZ SIUKIEN MARIEL, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Babahoyo, entre otras cosas, ha dispuesto lo siguiente: PRIMERO.- El accionante ha procedido a dar cumplimiento a lo dispuesto en el auto que antecede, por lo que, al

Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RIOS EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ANGELA MELIDA GUERRA.SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, la  demanda de procedimiento Voluntario de INVENTARIO DE LOS BIENES SUSCESORIOS signado con el N° 12203-2022-01269 que proponen los señores CARLOS LUIS CHICHANDE GUERRA, ELISA MAGDALENA CHICHANDE GUERRA, ELIO NELSON CHICHANDE GUERRA y GUERRA MIGUEL MESIAS en contra de FANNY ROSARIO CHICHANDE GUERRA Y LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ANGELA MELIDA GUERRA, cuyo extrac to es como sigue:

ACTORES: CARLOS LUIS CHICHANDE GUERRA, ELISA MAGDALENA CHICHANDE GUERRA, ELIO NELSON CHICHANDE GUERRA y GUERRA MIGUEL MESIAS.-

DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ANGELA MELIDA GUERRA.OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante manifiesta: a) Es el caso Señor Juez, que nuestra querida madre ANGELA MELIDA GUERRA con cédula N°120008103-0, al momento de su fallecimiento el 29 de enero del 2022, en esta ciudad de Quevedo, dejo un bien hereditario el cual consiste: Un solar y casa ubicado en la calle C, casilla 404 del sector Santa María, de la parroquia San Camilo, del cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE, Callejón Publico con 12m; SUR, lote N° 130, con 12m; ESTE, lote N° 125,’con 25m; y, OESTE, con lote N° 123, con 25m, con una superficie total de trescientos metros cuadrados. b) Al fallecimiento de nuestra señora madre es necesario singularizar e inventariar los bienes que dejo nuestra recordada madre ANGELA MELIDA GUERRA, para ello es necesario contar con todos y cada uno de los herederos que tienen derecho sobre los bienes dejados por nuestra madre, por eso hemos solicitado se los mande a citar por boletas en forma personal, indicando que somos herederos universales del causante, hecho que lo declaramos bajo la gravedad del juramento. c) Se designará al perito respectivo para que proceda a la formación del inventario y avaluó. d) Una vez calificada la demanda se inscriba la misma en el Registro de la Propiedad del cantón Quevedo.-

FUNDAMENTACION: Por lo expuesto acudo a usted y Fundamento mi Demanda de con formidad a lo establecido en los Arts.341, 342, 343 y 345 del Código Orgánico General de Procesos, en Concordancia con lo que señala el Art. 1245 del Código Civil Vigente.-

CUANTIA: INDETERMINADA.-

TRAMITE: VOLUNTARIO - INVENTARIOS DE BIENES SUCESORIOS.-

JUEZA DE LA CAUSA PROVIDENCIA: Abogada Silvia Rivas Ledesma, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, quien mediante Auto Interlocutorio de Calificación de fecha 26 de Septiembre del 2022, las 14h55, admite la demanda a trámite de Juicio de Voluntario de Inventarios y avalúo de los bienes dejado por la CAUSANTE QUE EN VIDA SE LLAMO ANGELA MELIDA GUERRA desde la fecha de su fallecimiento, así mismo declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por LA CAUSANTE ANGELA MELIDA GUERRA, disponiendo que se ponga en conocimiento del público mediante la correspondiente publicación de un extracto en uno de los diarios que se editan en esta localidad. Cítese por la prensa a los herederos desconocidos de quien en vida se llamó ANGELA MELIDA GUERRA, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, ya que el peticionario bajo juramento declara que le es imposible determinar los domicilios actuales de dichos demandados.

Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial para las notificaciones correspondientes, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, contestando la demanda o de tener intereses podrán oponerse a la misma. Quevedo, 18 de Octubre del 2022.

Ab. Franklin Ruiz Arteaga SECRETARIO DE LA UNIDAD DE FAMILIA P-37233-1172

reunir los requisitos esta blecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica la presente deman da de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POSTMORTEM; consecuente mente, se admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO.- De conformidad a la norma contenida en los Arts. 58 y 56 del Código Orgánico General de Procesos, se citará mediante la prensa a los herederos presuntos y desconocidos de la seño ra CHAVEZ MORA ROSA

AMANDA (+), así como las demás personas que se consideren con derecho o interés dentro de esta acción, con publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, tanto en un periódico de amplia circulación provincial, así como también un perió dico de amplia circulación nacional, esto es, en el Diario Expreso, la publica ción contendrá un extracto de la demanda y del auto de admisión a trámite.

Particular que pongo en conocimiento para los fines de ley.

Babahoyo, 23 de agosto del 2022

días desde la última publi cación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.

EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO.-

A.- PERSONAS INTERESADAS QUE PUEDAN TENER INTERES EN ESTA CAUSA

CAUSA NO. 12334-202200776

MATERIA. CIVIL TIPO DE PROCESO. VOLUNTARIO Jueza de la causa. AB. JOHANA FIERRO VEGA

PRIMERO.- En auto de calificación de la deman da, de fecha 23 de sep tiembre del 2022, las 09h57, la señora jueza en su parte pertinente ha ordenado lo siguiente: -.Se ordena la citación de todas las personas intere sadas o de quienes puedan tener interés en el asunto o pretensión de esta causa, mediante 3 publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor cir culación nacional que se editan en esta ciudad de Babahoyo, para lo cual, entréguese el respectivo extracto. TÉRMINO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.-En virtud de lo establecido en el artícu lo 333.3 del COGEP aplica ble a este procedimiento se concede el término de 15 días a fin de que la parte demandada conteste a la demanda (téngase en cuenta lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2do inciso del COGEP que estable ce.- “Transcurridos veinte

SEGUNDO.FUNDAMENTO DE HECHO Mediante escri tura pública celebra da en la Notaria Quinta del Cantón Babahoyo, autorizada por la seño ra notaria INGRID ALAVA PARRALES, el 15 de agos to del 2022 median te compraventa con el señor JUAN GABRIEL MARTILLO VALVERDE, adquirí un lote de la cavidad de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES METROS OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (593.87M2),ubicado en el sector El Trapecio, de la parroquia Febres Cordero, jurisdicción del Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones. POR EL NORTE, Gabriel Martillo, con 35 m2. POR EL SUR. Lote número 2 con 35m2. Por el ESTE, Gabriel Martillo con 19m2; y, por el OESTE, Gabriel Martillo, con 15m2. Es el caso que al presentar la respectiva escritura en el Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para su respec tiva inscripción la titular de dicha dependencia la doctora CECILIA SUSNA HENRIQUEZ CARRERA, el día 10 de diciem bre del 2021 me niega la inscripción de la escri tura en referencia adu ciendo las razones que copiado textualmente dice “Negativa de inscripción. DRA CECILIA SUSANA HENRIQUEZ, en uso de las facultades que me concede el Art. 11 de la Ley de Registro me niego a inscribir la presente escritura de protocoli zación de documentos protocolizados el 28 de octubre del 2021. Ante el notario 1ero del Cantón Babahoyo.-

FUNDAMENTO DE DERECHO ART. 11 de la Ley de Registro. Constitución de la Republica Art. 66 num. 26, 23. Art. 82 y 226Art. 599 Código Civil.-

PRETENSION.- Que se declare en sentencia con lugar mi deman da y se ordene a la señora Registradora de la Propiedad del Cantón Babahoyo la Inscripción de mi protocolización de planos con las nuevas mediaciones

Debiéndose de indicar que concluido el término de 20 días a partir de la citación por la prensa, los intere sados tienen el término de 15 días para comparecer a juicio.-

Particular que se comunica para los fines de Ley

Babahoyo 12 de octubre del 2022

P-37251-1109

P-37270-1172

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA PARRALES ALARCON FREDDY CRISTHIAN SECRETARIO P-37246-1172
EXTRACTOS REMATES DIVORCIOS ANULACIONES EJECUTIVOS 0995748625 0999316328 QUEVEDO BABAHOYO gerencialosrios@lahora.com.ec AVISOS LOS RÍOS 18 VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 P R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ
Abg
Guido Tapia Mejía Secretario
Dr. CARLOS ARMANDO MENDOZA GARCIA, MSc NOTARIO TITULAR SEXTO DEL CANTON QUEVEDO

A: TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 56 DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS

ACTOR: ALEJANDRO BENIGNO ZAMBRANO CABRERA.

JUICIO: VOLUNTARIO No. 12334-2022-00740 contra REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTON BABAHOYO.-

AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA:

VISTOS: DR. LUIS HUMBERTO VALAREZO HONORES. MGS., Juez Titular de la Unidad Judicial Civil de del Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, designado mediante resolución No 316-2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura el 12 de octubre de 2015 y a la acción de personal No 15095-DNTH-2015-SBS, de 28 de octubre de 2015, por el sorteo de ley; a lo dispuesto en el literal k del numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República en concor dancia con el Art. 9 del Código Orgánico General de Procesos ;y, el Art. 239 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento de la pre sente causa en legal y debida forma. En lo prin cipal, a fin de pronun ciarme sobre lo esencial, se hacen las siguientes consideraciones: Avoco conocimiento de la pre sente causa en legal y debida forma La solicitud que antecede, presen tada por ALEJANDRO BENIGNO ZAMBRANO CARRERA es clara, preci sa y cumple con los requi sitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. En lo principal dispongo: 1º) Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de conformidad con lo dis puesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos median te publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódi co de amplia circulación del lugar; elabórese los extractos correspon dientes.- 2º) Cítese a la señora, Registradora Municipal de la Propiedad del Cantón Babahoyo

DRA. CECILIA SUSANA HENRIQUEZ CARRERA en el lugar señala do. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-

FUNDAMENTOS DE HECHO.- Mediante Escritura Pública celebra da en la Notaria Quinta del Cantón Babahoyo, autorizado por su titular Ab. NGRID OGABRIELA ALAVA PARRALES, el once de Agosto del dos mil veintidós, por compra a la señora MARIANELA MARIBEL ALAVA MALDONADO REPRESENTADA POR SU APODERAD0 DAVID JACOB ALAVA MALIDONADO, adquirí un solar signado con el numero UNO MANZANA “A, Con una superficie de CIENTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (128.m2), ubicado en la manzana A, sector cruce de Baba, de la parro quia Pimocha del cantón Babahoyo, Provincia de los Ríos, circunscrito den tro de los siguientes lin deros y dimensiones: POR EL NORTE, calle vehicular con ocho metros POR EL SUR, solar número seis con ocho metros; POR EL ESTE, solar numero dos con dieciséis metros; y POR EL OESTE, calle vehicular con dieciséis metros. 2.-Es el caso Señor Juez que al pre sentar la respectiva Escritura en cl Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para su respectiva inscrip ción La Titular de dicha Dependencia, la Doctora Cecilia Susana Henriquez Carrera, el día seis de Septiembre del año dos mil veintidós me Niega la Inscripción de la escritura en referencia, aduciendo la razones, que copia das textualmente dice lo siguiente: NEGATIVA DE INSCRIPCION que de acuerdo a la Ordenanza de Zonificación Urbana de la ciudad de Babahoyo, y a la ordenanza modifi catoria de la Ordenanza de Zonificación Urbana de la ciudad de Babahoyo emitida el 27 de Junio de 1990, aprobada por el Concejo Municipal en su Primer y Segundo Debate en las Sesione del 16 de mayo y 29 de Junio del 2012, y publicada el a de las 10h00: REFORMA A LOS ARTS. 8 y 14 DE LA ORDE ZONIFICACION URBANA DE LA CIUDAD DE BABAHOT Sesiones Ordinarias del jueves 27 de noviembre y Jueves del 2014, en Primer y Segundo Debate; res pectivamente, de con formidad con lo que establece el Art. 332 del CÓDIGO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMIA Y DECENTRALIZACIÓN, en su inciso CUATR0, y en base a lo que dis pone el título Segundo, Nomas para el Área

Rural en su a “Para efec tos de subdivisión de la tierra, el tamaño mínimo de la parce se estable ce en 3528m2”, por lo que la escritura Pública a COMPRA VENTA, cele brada el once de Agosto del dos mil veintidós ante la Ab. INGRID GABRIELA ALAVA PARRAILES, Notaria Quinta de Babahoyo, no procede su inscripción ya que no cumple con el área míni ma que establece la indi cada ordenanza’”

LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO:- Con estos antecedentes, concurro ante usted para manifestarle que la señora Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, de acuerdo a lo prescripto en el Art. 11 de la Ley de Registró solo puede negar la ins cripción de una escritu ra cuando se encuentra incursa en los causales numerados en dicho Art. En el presente caso ninguno de las causales expuestas es motivo para que dicha Funcionaria se niegue a inscribir mi documento Público. El vendedor me ha otorga do en venta la propiedad de un solar facultado como se encuentra en la Constitución de la República.- Art. 66 nume ral 26 que tiene relación con el Art. 599 del Código Civil que dice textual mente “El dominio, que se llama tamb1en propiedad, es cl derecho real en una cosa corporal, para gozar y DISPONER DE ELLA... Lo que significa que quien es propietario de un bien inmueble, Si cumple con las leyes, puede disponer del mismo conforme a su interés, por lo que ningu na persona puede negar la trasferencia de su dominio. Además la orde nanza que hace referencia la señora Registradora no tiene ninguna vigencia y peor motivo para ser aplicada por las siguien tes razones: a).- POR ESTAR CADUCADA ya que en Art. I de dicha Ordenanza dice textual mente: “El ordenamiento de la Ciudad de Babahoyo se regirá hasta el año dos mil diez inclusive, por la presente ordenanza, que se aprueba en sujeción a lo dispuesto en el Art. 211 de la Ley de Régimen Municipal y que se apli cará con fuerza obligato ria general” Esto signifi ca que dicha ordenanza caducó en el año dos mil diez y por lo tanto ya no tiene ninguna Vigencia; b).-La referida ordenanza fue expedida con sujeción a lo dispuesto en el Art. 211 de la Ley de Régimen Municipal que ya no exis te; es decir fue derogada al expedirse el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización que dice en su parte perti nente REFORMATORIAS

Y DEROGATORIAS.-

Primera “Derogase las siguientes disposicio nes y leyes: a) La Ley Orgánica de Régimen Municipal. por lo que si la Ley principal ya no existe peor la Ley subsidiaria o secundaria c).-La referida ordenanza fue estable cida conforme al Título Primero “VIGENCIA, CONTENIDO, AMBITO Y DELIMITACION.- Art. 1 el Ordenamiento de la Ciudad de Babahoyo se regirá hasta el ano dos mil diez inclusive por la presente ordenanza”. Como se puede estable cer esta ordenanza fue codificada para el orde namiento de la Ciudad de Babahoyo exclusivamen te; es decir para todo el ámbito que comprende la ZONA URBANA de la ciudad de Babahoyo que nada tiene que ver con el territorio del área rural. d).- Por ser totalmente inconstitucional ya que la Carta Magna ampara y protege a la propiedad la misma que significa uso, goce y disposición, por lo que ninguna ley secundaria y peor una Ordenanza pude estar sobre la Constitución de la República. e).-Por todo lo expuesto, consideran do que dicha negativa es una resolución total mente ilegal e inconsti tucional, solicito a Usted señor Juez, previo el trá mite correspondiente, se sirva disponer que la señora Registradora de la Propiedad del Cantón Babahoyo, Inscriba mi Escritura ya que con su negativa me está causan do graves perjuicios eco nómicos que puede traer como consecuencia el ini cio de acciones civiles e inclusive penales; porque considero está cometien do un acto de prevaricato al aplicar leyes que no tiene ninguna vigencia y que no han sido aproba das conforme a derecho.

LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE. Exijo que se decla re, en sentencia, con lugar mi demanda y se ordene a la señora Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, la inscripción de mi escritura.

LA CUANTÍA :-Por su naturaleza y atendien do lo previsto en el art. 144 inciso #2 del Código Orgánico General de Procesos, la determi no en la suma de USD S.1.000.00 valor que consta como precio en la escritura.

EL PROCEDIMIENTO:Por Negativa de Inscripción de Escritura, deberá ser tramitada en la vía de procedimiento VOUNTARIO, conforme a lo previsto en el artículo 332, del Código Orgánico General de Procesos. Lo que comunico para los fines de Ley.

ZUÑIGA GALECIO ALICIA TAMARA SECRETARIA P-37252-1109

R. del E. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE EXTRACTO DE CITACIÓN A: HÍNOJOSA ITURRALDE GERMAN EDUARDO. SE LE HACE SABER: Que en la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache, se ha presen tado la señora MOLINA MOLINA NORMA PATRICIA, en contra de: HINOJOSA ITURRALDE GERMAN EDUARDO; al cual se le asignó el No. 12335-2020-00521, cuyo extracto es como sigue: OBJETO DE LA DEMANDA: la accio nante manifiesta que, con el señor HINOJOSA ITURRALDE GERMAN EDUARDO, contra jo matrimonio el 11 de noviembre de 1993 en Cotopaxi y que con el mismo procrearon 2 hijas que son mayores de edad y que desde hace 11 años no han tenido ningún tipo de contacto con el mismo.-

AUTO INICIAL: Mocache, miércoles 19 de octubre del 2022, las 08h46, En lo principal: avoco cono cimiento del presente juicio de DIVORCIO POR CAUSAL, que sigue MOLINA MOLINA NORMA PATRICIA en contra de HINOJOSA ITURRALDE GERMAN EDUARDO, amparado en el Art. 110 numeral 9 del Código Civil, se dispone: PRIMERO: Por cuanto la presente demanda cum ple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del (COGEP), de conformidad con el Art. 146 inciso primero del mismo cuerpo legal se Acepta la demanda al trámite sumario que corresponde, establecido en el Art. 332 y siguientes del COGEP; SEGUNDO: Téngase en consideración que la actora manifies ta que han procreado 2 HIJAS y que a la presente son mayores de edad y que no han adquirido bie nes; TERCERO: Cítese al demandado HINOJOSA ITURRALDE GERMAN EDUARDO, por medio de la prensa, de conformi dad a lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del COGEP, CUARTO: Agréguese en autos documen tación y pruebas pre sentadas por la actora, DOCUMENTALES: a) La Inscripción de matrimo nio, cédulas de los hijos en común; TESTIMONIALES: b) Téngase en cuenta la prueba solicitada de declaración de los tes tigos GARCIA MACIAS ORLY STEVEN Y SUMBA MUÑOZ NORMA

GRACIELA quienes debe rán declarar el día de la respectiva audiencia única, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del COGEP.

FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presente acción la fundamento en los Art. 110 numeral 9 del Código Civil en vigen cia; Art. 332 numeral 4 del COGEP y el Art. 68 de la Constitución de la República del Ecuador.TRÁMITE.- ORDINARIO. CUANTÍA. - La cuantía por su naturaleza es inde terminada.

JUEZ DE LA CAUSA.Ab. Jimmy Iza Barahona, Juez Titular de la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache -Los Ríos. Lo que comunico a usted, para los fines legales per tinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico, para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso con trario se lo considerará y se continuará el trámi te en rebeldía. Mocache, Noviembre 11 del 2022.

AB. ADALBERTO ARREAGA SORIANO SECRETARIO (E) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE.P-37260-1109

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL www.funcionjudicial. gob.ec Juicio No. 12203202201288

Casillero Judicial No. 0 Casillero Judicial Electrónico No: 0941623175 abfernandozevallos@hot mail.com Fecha: viernes 30 de sep tiembre del 2022 A: ESPINOZA POSLIGUA GUADALUPE ROSA Dr./Ab.: ANGEL FERNANDO ZEVALLOS MOREIRA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO En el Juicio Especial No. 12203202201288, hay lo siguiente: VISTOS: Dra. Rocío Segovia Vinza, en mi cali dad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, legalmente posesionado median te Acción de Personal No. 3608-DNTH2014, extendido por el Consejo Nacional de la Judicatura, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, AVOCO cono cimiento de la deman da de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO,

dentro del juicio N° 2022-01288 que sigue GUADALUPE ROSA ESPINOZA POSLIGUA en contra de en contra de los herederos conocidos GUZMAN ESPINOZA JOSE DAVID, GUZMAN ESPINOZA LUISA FERNANDA, GUZMAN ESPINOZA CARLOS EDUARDO, GUZMAN ESPINOZA EVELINA ARACELY, GUZMAN ESPINOZA WALTER ANTONIO Y GUZMAN ESPINOZA EDGAR ANTONIO y de los herederos desconocidos del causante AURELIO JACINTO GUZMAN RUIZ, dispongo lo siguiente: 1) Agréguese a los autos el escrito y los documentos que adjunta la parte actora; La deman da es clara y reúne los requisitos de legales esta blecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos: 2) Se admite al trámite respectivo bajo el pro cedimiento ORDINARIO conforme prescribe el Art. 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; 3) La audiencia respectiva será convocada en el momen to procesal oportuno; 4) Se ordena citar: a.- A GUZMAN ESPINOZA JOSE DAVID, GUZMAN ESPINOZA LUISA FERNANDA, GUZMAN ESPINOZA CARLOS EDUARDO, GUZMAN ESPINOZAEVELINA ARACELY, GUZMAN ESPINOZA WALTER ANTONIO Y GUZMAN ESPINOZA EDGAR ANTONIO, con la deman da, auto de calificación y croquis, en el lugar desig nado en libelo inicial, para lo cual remítase despa cho suficiente a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial; b.- Cítese a los herederos descono cidos del causante que en vida se llamó AURELIO JACINTO GUZMAN

RUIZ, por medio de la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concor dancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos. Previo a ela borar el extracto la actora concurra hasta esta uni dad judicial en el térmi no de tres días, con la finalidad de que declare bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domi cilio o residencia de los herederos desconocidos del causante, en la forma prevista en el artículo 56 y 58 del COGEP, de manera que se dé cum pliendo a lo previsto en la norma antes indica das, bajo prevenciones de ley. Cumplido con lo ordenado el Secretario de la unidad confiera el extracto correspondien te y se publique en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta localidad, publi cación que se hará con

letra tipo helvática, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna.- Se le prevendrá a los deman dados que deberá con testar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem y se otorga rá término de TREINTA DÍAS para contestar la demanda en virtud de lo dispuesto en el Art. 291 inciso segundo de la ley antes referida y en caso de no dar contestación a la misma se entenderá conforme a lo determi nado en el Art. 157 del Código Orgánico General de Procesos.- Así mismo deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, preci sando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del mismo cuerpo legal; 5.- Los medios pro batorios determinados y solicitados en su libelo de demanda se conside rarán tomando en cuen ta lo reglado en el literal a) numeral séptimo del Articulo 294 del Código Orgánico General de Procesos; 6.- a) Téngase en cuenta las que adjun tado para los fines de ley, las que se tomarán en cuenta acorde a derecho y deberán ser analizada, admitida y practicada en la audiencia correspon diente; b) Téngase en cuenta la declaración de los testigos anunciados en la demanda, misma que se desarrollara el día de la Audiencia de jui cio, quienes depondrán al interrogatorio y contrain terrogatorio que de forma oral se les formulará; 7.- A fin de dar cumpli miento con lo dispuesto en el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, NOTIFÍQUESE a los testigos que declara rán dentro de la presente causa, a través del correo electrónico abfernando cevallos@hotmail.com, la comparecencia de los tes tigos a la audiencia queda bajo responsabilidad del abogado patrocinador de la accionante; 8.- Téngase en cuenta el correo elec trónico abfernandoceva llos@hotmail.com seña lado por la actora para sus notificaciones y la autorización que conce de a la abogado Fernando Cevallos Moreira como su defensor; 9.- Por fijado el Trámite y la Cuantía.Intervenga el Ab. Galo Mendoza Segovia, en cali dad de secretario de este despacho.- CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO
f).- SEGOVIA VINZA
DEL ROCIO,
Lo
para los
MENDOZA SEGOVIA GALO LUIS SECRETERIO P-37266-1109 EXTRACTOS REMATES DIVORCIOS ANULACIONES EJECUTIVOS 0995748625 0999316328 QUEVEDO BABAHOYO gerencialosrios@lahora.com.ec AVISOS LOS RÍOS 19 VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 P
GLORIA
JUEZ
que comunico a usted
fines de ley.

EXTRACTOS

MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE

GOMEZ JACOME EDGAR DANIEL.

SE LE HACE SABER: Que en la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache, se ha presentado la señora LUCAS BUSTAMANTE VANESSA,, en contra de: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO GOMEZ JACOME EDGAR DANIEL; al cual

se le asignó el No. 123352022-00541, cuyo extrac to es como sigue: OBJETO DE LA DEMANDA: la accionante manifiesta que, con el señor GOMEZ JACOME EDGAR DANIEL (+), que conviví en unión de hecho, estable y mono gámica, libres de vínculo matrimonial, en forma continua e ininterrumpida, pública y notoria como marido y mujer, siendo así reconocido en nues

AVISO REMATE JUDICIAL Primer Señalamiento

Se pone en conocimiento que en la UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA MANÁ, PROVINCIA DE COTOPAXI con número 05335 del cantón LA MANA Provincia de COTOPAXI a cargo del juez (a) CANGO AGUIRRE DANIEL ENRIQUE mediante actuación judicial de fecha 2022-10-28 dictada en el proceso EJECUTIVO número 05335201900502 pro puesto por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SIERRA CENTRO LTDA. en contra de CHIMBORAZO PAREDES ISRAEL CARLOS se ha fijado el día 2022-12-23 desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas para que tenga lugar el remate del bien(es) embargado(s) que a continuación se detalla(n): DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES A REMATAR: TIPO DE BIEN: Casa

tras relaciones sociales, por nuestros amigos y parientes por espacio de 7 años, hasta su falleci miento, debiendo destacar que con mi conviviente antes de nuestra unión de hecho que fue pública y notoria, procreamos ocho hijos lo cuales son mayo res de edad, tal como lo justifico con la partida de nacimiento.-

P-37271-1109

República del Ecuador FUNCIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON VINCES EXTRACTO DE CITACION

DE

PREDIO UBICADO EN EL SECTOR URBANO, DENOMINADO SAN VICENTE EN LA CALLE QUITO ENTRE CALLE PACIFICO GORDILLO Y CALLE RICARDO ASTUDILLO DEL CANTÓN VENTANAS DE LA PROVINCIA DE LOS RIOS; LA ZONIFICACIÓN EN LA QUE SE ENCUENTRA IMPLANTADA SE ENCUENTRA CONSOLIDADA CON VIVIENDAS DE CLASE MEDIA - BAJA. POSEE LOS SERVICIOS BÁSICOS DE INFRAESTRUCTURA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y AGUA ENTUBADA; TIENE FOSA SÉPTICA, EL ACCESO AL PREDIO SE LO EFECTÚA DESDE EL LINDERO SUR ES DECIR CALLE QUITO DIFIERE CON LA INFORMACIÓN QUE SE OBTUVO DEL CERTIFICADO DE GRAVAMEN EMITIDO POR EL GAD MUNICIPAL DE VENTANAS EN LA QUE SE INDICA QUE AL LINDERO NORTE COLINDA CON CALLE S/N; .EN EL INTERIOR DEL PREDIO SE ENCUENTRA LEVANTADA UNA EDIFICACIÓN EN DOS NIVELES CUYAS CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS Y DE ÁREA EDIFICADA SE ENCUENTRAN INDICADAS EN EL CUADRO ANTERIOR; LA PLANTA ALTA NO SE ENCUENTRA TERMINADA NO TIENE ACCESO A TERRAZA. LOS LINDEROS ESTAN DEFINIDOS; SU FORMA ES DE UN POLIGONO IRREGULAR, TOPOGRAFIA PLANA EN TODA EXTENSIÓN PERO CON UN DESNIVEL DESCENDENTE DE 0.60 METROS CON

Impreso por: MILTON PATRICIO CHOCHOS ASTUDILLO Fecha: 07/11/2022 08:30:24

Total Avalúo Pericial: TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 90/100 dólares americanos (33780.90 USD.)

Total Avalúo al 100%: TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 90/100 dólares americanos (33780.90 USD.)

Existe acuerdo previo de las partes para la aceptación de posturas a plazo: SI ( ) NO ( X )

Las ofertas se presentarán en el portal de REMATES JUDICIALES EN LINEA de la página web del Consejo de la Judicatura www.funcionjudicial.gob.ec., el valor mínimo de las posturas será del cien por ciento (100%) del avalúo de los bienes a rematarse. Las personas interesadas, al momento de registrar su postura, consignarán mediante depósito bancario del diez por ciento (10%) del valor de la postura cuando la forma de pago sea de contado; y, el quince por ciento (15%) del valor de la postura, cuando la forma de pago sea a plazos, a órdenes de la Unidad Judicial de UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA MANÁ, PROVINCIA DE COTOPAXI No. de Cuenta: 005020302008 de BanEcuador.

Fecha de publicación: 2022-11-07

Apellidos

AUTO INICIAL: Mocache, 27/10/2022, las 14h01, VISTOS: Avoco conoci miento del presente jui cio de DECLARACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO signado con el número 12335-2022-00541 que propone la señora LUCAS BUSTAMANTE VANESSA, en contra de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó GOMEZ JACOME EDGAR DANIEL y herederos cono cidos a ALENYS DANIELA GOMEZ FLORES mayor de edad y a AYLEN KYLIE GOMEZ FLORES menor de edad quien es repre sentada por su madre la señora DALIA KARINA FLORES CIMARRA, la misma que por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 COGEP), se la califica de clara, precisa y completa, consecuentemente, se la acepta a trámite median te PROCEDIMIENTO ORDINARIO de confor midad con lo establecido en el Art. 289 ibídem. En tal virtud, se dispone: PRIMERO: Se ordena citar a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó GOMEZ JACOME EDGAR DANIEL, de conformidad a lo dis puesto en el Art. 56 y 58 del COGEP, por lo que se dispone que el actuario del despacho confiera el extracto correspondien te y se publique en uno de los Diarios que se editan en esta ciudad, FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presen te acción la fundamento en los Art. 222 y Art. 223 del Código Civil en vigen cia; y el Art. 68, 69 y 70 de la Constitución de la República del Ecuador y 29 del COGEP.-

TRÁMITE.- ORDINARIO.

CUANTÍA.- La cuantía por su naturaleza es indeter minada.

JUEZ DE LA CAUSA.Ab. Jimmy Iza Barahona, Juez Titular de la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache -Los Ríos. Lo que comuni co a usted, para los fines legales pertinentes, previ niéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo elec trónico, para futuras noti ficaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publica ción de este extracto, caso contrario se lo considerará y se continuará el trámi te en rebeldía. Mocache, Noviembre 15 del 2022.

AB. ADALBERTO ARREAGA SORIANO SECRETARIO (E) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE

CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE.

JUICIO # 2022-00217

ACTOR: MEZA AGUILAR MARISOL DEL ROCIO CONTRA:LOS HEREDEROS PRESUNTOS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO LUIS ENRIQUE CARRIEL MENDOZA JUICIO: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEM SIGNADO CON EL NÚMERO N° 12333-202200217

LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley le corres pondió a esta judicatura el conocimiento de la deman da de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEM, presen tado por MEZA AGUILAR MARISOL DEL ROCIO. FUNDAMENTO DE HECHO Y DE DERECHO DE LA DEMANDA 1.- Que decidimos por amor formar un hogar y dar por iniciada una unión de hecho, esta ble y monogamia, con el fin de vivir juntos, apoyarnos y auxiliarnos mutuamente, teniendo como domicilio en la Parroquia Antonio Sotomayor, donde hemos vivido toda la vida. Nuestra unión de hecho que duró por más de 25 años, luego de lo cual falleció el día 7 de Diciembre del 2021 de mi conviviente de los nombres LUIS ENRIQUE CARRIEL MENDOZA. Concurro a su Autoridad para proponer, como en efecto propon go la demanda para que en sentencia declare la UNION DE HECHO POST MORTEM entre la deman dante y quien en vida se llamó LUIS ENRIQUE CARRIEL MENDOZA. a quien se lo citara y dis ponga su inscripción en el Registro Civil del cantón Vinces. Provincia de los Ríos. CITACIÓN A LOS DEMANDADOS. A los herederos desconociendo de quien en vida se llamó LUIS ENRIQUE CARRIEL MENDOZA, se lo citară de conformidad con lo establecido en el artículo 56 y 58 del COGEP. Bajo juramento la demandante declaró que le es impo sible determinar el domi cilio o residencia de los herederos desconocidos. VISTOS- Avoco cono cimiento de la presente causa como se despren de de la nota de sorteo de causas, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Vinces Los Ríos, con sede en Vinces.- En lo principal, la demanda que antecede, propuesta por la señora MEZA AGUILAR MARISOL DEL ROSARIO: Los herederos descono cidos de quien en vida se llamó LUIS ENRIQUE CARRIEL MENDOZA, reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos

(COGEP), se la califica de clara, precisa y comple ta; se la admite al trámi te en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, contem plado en los Arts. 289 y siguientes del cuerpo legal invocado; conse cuentemente se dispone, CÍTESE con esta demanda a los herederos descono cidos, de quien en vida se llamó LUIS ENRIQUE CARRIEL MENDOZA, de A las o los herederos desconocidos que se cite de conformidad con lo que determina Art 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos en un periódico de amplia circulación de la Provincia de Los Rios Diario la Hora de la ciudad de Babahoyo mediante tres publicacio nes en tres fechas distin tas -Actúe el Abogado Julio Sixto Martinez, como secretario del despacho. NOTIFIQUESE CITESE.

Vinces.20-09-2022

Auglio Sixto Martínez Secretario P-XXX-1104

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PUEBLOVIEJO EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE EL SR. FELIPE TERRANOVA RÍOS.

SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita el Juicio de “Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio” signado con el No. 12332-2022-00332 cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: DE LOOR ROSADO JORGE HANIBAL.

DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE EL SR. FELIPE TERRANOVA RÍOS/ Y OTROS. OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante solicita, una vez evacuado el trámite de ley, se con ceda a favor del mismo la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio (…).

TRAMITE: ORDINARIO CUANTÍA: $11.428,60 (Once mil cuatrocientos veintiocho dólares ameri canos con sesenta centa vos de dólar).

“VISTOS.- Puesta nueva mente a mi vista la pre sente causa, con un escrito pendiente de despacho y el acta de juramento que suscribe el señor De Loor Rosado Jorge Hanibal, los cuales se mandan a agre gar al expediente. Siendo el estado procesal, se dispo ne lo siguiente: PRIMERO.El acto de proposición que presenta en calidad de actor el señor. DE LOOR ROSADO JORGE HANIBAL, en contra de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó: OMERO FELIPE TERRANOVA RIOS y de los herederos conocidos: TERRANOVA POZO JOSE DEL CARMEN , TERRANOVA POZO MERCEDES

CANDELARIA, TERRANOVA POZO LUISA ELVIRA; y, TERRANOVA NAVARRO GREGORIA DE LAS MERCEDES, TERRANOVA NAVARRO PERFECTO VICENTE, TERRANOVA NAVARRO CARMEN ELIZABETH, y, TERRANOVA NAVARRO SILVIA DEL PILAR, dada la naturaleza de la casa y la pretensión, se conta rá también con el GAD Municipal de Puebloviejo, en la persona del Alcalde y Procurador Síndico Municipal, la misma que por reunir los requi sitos legales generales y especiales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la admi te a trámite mediante el procedimiento ordi nario, acorde al Art. 289 Ibídem. SEGUNDO.- 2.1.Se ordena la citación de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó: FELIPE TERRANOVA RIOS, con forme el procedimiento previsto en los art. 58 y 56 del COGEP, el cual esta blece: Art. 56.- Citación a través de uno de los medios de comunicación. (Reformado por el Art. 11 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019).- A la persona o personas cuya individua lidad, domicilio o residen cia sea imposible determi nar, se la citará mediante: 1. “Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódi co de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provin cia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso”. Para el efecto, que por secreta ría se elabore el Extracto de Citación, para que los interesados procedan a contratar el espacio publi citario. 2.2- A los herede ros conocidos los ciudada nos: TERRANOVA POZO JOSE DEL CARMEN, TERRANOVA POZO MERCEDES CANDELARIA y TERRANOVA POZO LUISA ELVIRA; se los citará, con copia de la demanda y los documen tos adjuntos en el domici lio ubicado en las calles: Vicente Ramón Roca (como referencia dicha vivienda se encuentran diagonal al Sub-centro de Salud, y al parque infantil) de la Parroquia San Juan, perteneciente al cantón Puebloviejo, provincia de Los Ríos, conforme al cro quis adjunto. 2.3.- A los señores: TERRANOVA NAVARRO GREGORIA DE LAS MERCEDES, TERRANOVA NAVARRO PERFECTO VICENTE, TERRANOVA NAVARRO CARMEN ELIZABETH, y, TERRANOVA NAVARRO SILVIA DEL PILAR, se los citará, con copia de la demanda y los documen tos adjuntos en el domi cilio ubicado en las calles: Aurora Estrada y vía que conduce a Puebloviejo, (como referencia las vivien das se encuentran cerca al Sindicato de Choferes, dia gonal a transporte Alvario

) de la Parroquia San Juan, cantón Puebloviejo, pro vincia de Los Ríos, con forme al croquis adjunto. 2.4.- Al Alcalde y Síndico Municipal de Puebloviejo, se los citará, con copia de la demanda y los docu mentos adjuntos en el domicilio ubicado en las calles: Fermín Chávez y Miguel Suárez, de esta ciu dad de Puebloviejo. En tal sentido, que la actuaria del despacho, remita la infor mación suficiente al cita dor de esta unidad judi cial. TERCERO.-TERMINO PARA ALEGAR.- La Parte demandada acorde a lo prescrito en los Arts. 151, 152 y 291 del COGEP, debe rá contestar la demanda dentro del término de treinta días deduciendo las excepciones previas de las que se crea asistida, pre vistas en el Art. 153 Ibídem, y anuncie todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción de ser el caso, con aperci bimiento a la demandada de la obligación que tiene de señalar correo electró nico para recibir las noti ficaciones que le corres pondan en la presente causa. El término para los herederos presuntos des conocidos citados por la prensa, se contabilizará transcurrido 20 días desde la última publicación.

CUARTO.-En atención a los principios de eficacia, celeridad, buena fe y leal tad procesal, que deben ser tutelados en toda actuación judicial, confor me lo previsto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, la accionante brinde las faci lidades para la práctica de la diligencia de citación. QUINTO.- Atento a lo dis puesto en el Art. 146 inciso cuarto Ibídem, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Puebloviejo, oficiando para el efecto al titular de dicha dependencia pública o quien haga sus veces. SEXTO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba que ofrece el accionante para acreditar los hechos, cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia preliminar correspondiente acorde al Art. 294 numeral 7 literal d) del COGEP. Agréguese al proceso los documen tos adjuntos al libelo de demanda y escrito com plementario. SÉPTIMO.Téngase en cuenta la cuantía de la acción, los correos electrónicos seña lados por el accionante para recibir notificaciones que le correspondan, así como la autorización que les concede a su defen sora técnica. Actúe la secretaria titular del des pacho. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE”.-

Lo que comunico para los fines de ley.

Puebloviejo, luenes 26 de septiembre del 2022

LLAMO MELISA
BRIGITTE GAVILANEZ JIMENEZ SECRETARIA P-37273-1104
REMATES DIVORCIOS ANULACIONES
0995748625 0999316328 QUEVEDO BABAHOYO gerencialosrios@lahora.com.ec
20 VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 P
EJECUTIVOS
AVISOS LOS RÍOS
Cantidad:
Ubicación SECTOR URBANO DENOMINADO SAN VICENTE EN LA CALLE QUITO ENTRE CALLE PACIFICO GORDILLO Y CALLE RICARDO ASTUDILLO DEL CANTON VENTANAS DE LA PROVINCIA DE LOS RIOS Avalúo Pericial:
Limites NORTE CALLE SIN NOMBRE SUR SOLAR DE JOSE OCTAVIO BRAVO ESTE LOTE NUMERO DIEZ OESTE LOTE NUMERO SIETE Área Propiedad 250.00 M2 Área Construcción 227.20 M2 Características
EL PREDIO MOTIVO DE ESTA LITIS SE PUDO OBSERVAR
P-37215
Nombres y
Secretario(a): MILTON CHOCHOS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA MANÁ SECRETARÍA
1
33780.90 Avalúo al 100%: 33780.90
EN
QUE SE TRATA
UN
GUÍA INFANTIL 21 LOS RÍOS VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I

El sicariato ‘llegó’ a Ventanas

En lo que va de noviembre del 2022

5 personas han sido asesinadas al estilo sicariato.

VENTANAS • Cómo Ángel Al berto Placencia Borja, fue identificado el ciudadano que fue asesinado a tiros en el ingreso al sector Los Girasoles, en el cantón Venta nas, provincia de Los Ríos, dos personas más resulta ron heridas en la balacera.

Según testigos, una mo tocicleta se encontraba merodeando por el sector, hasta que en un momento sacaron a relucir las armas y dispararon contra los ocu pantes del vehículo que, se gún la Policía venía desde el cantón Puebloviejo.

Los vecinos del sector se vieron alarmados al es cuchar varias ráfagas de tiro, la Policía Nacional informó que los dos heridos fueron llevado hasta una casa de Salud, en Ventanas.

“Al parecer el vehícu lo venía desde el cantón Puebloviejo, y se presu me que los sicarios tam bién venían siguiéndole los pasos, al llegar a este sitio es donde se produce el tiroteo, el chofer y una persona en la parte de atrás del vehículo resul taron heridos, el copiloto falleció”, dijo el jefe Javier Álvarez del distrito de Policía 12D04.

Más atentados

La tarde del martes 15 de noviembre de 2022, también se dio otro atentado en la parroquia 10 de Noviembre, dónde dos personas fueron baleados en el interior de un inmueble, Wilson Yance, un cono cido comerciante de aves de corral falleció produc to de las heridas.

Su hijo, Wilson Yance

Chichande, a quien supues tamente buscaban resultó herido, así fue llevado a una

casa

NOTIFICACIÓN No. 48-2022

NOTIFICACIÓN No. 47-2022

A quien interese...

Cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 26 de la SEGUNDA RE FORMA A LA ORDENANZA QUE NORMA Y CONTROLA LA REGULA RIZACIÓN, ADJUDICACIÓN Y TITULARIZACIÓN DE TERRENOS EN EL CANTÓN VALENCIA, sancionada el 27 de octubre del 2022. Notifico: Extracto de la Resolución 151-191-2022, en la cual el pleno del Con cejo Municipal del cantón Valencia, en Sesión Ordinaria del 10 de no viembre del 2022, Resolvió: Legalizar y Adjudicar, a favor de los beneficiarios señores MARGOTH PATRICIA PERALTA PÉREZ, TERESA CATALINA PERALTA PÉREZ, MARLON JAVIER PERALTA PÉREZ, JOHN PERALTA PÉREZ, mismos que son posesionarios del solar 8 Manzana “H”, ubicado en el Asenta miento Humano denominado “Nueva Unión II”, jurisdicción del cantón Valencia, con un área 423.24 m2, lote que se encuentra individualiza do en su superficie y linderos de la siguiente manera: por el Norte con solar 6 manzana “H”; en 15.15 metros; por el Sur: con calle Los Almen dros, en 14.75 metros; por el Este: con solar 7 manzana “H”, en 28.20 metros, y, por el Oeste: con solar 8 manzana “H”, 28.28 metros, y, por el Oeste con solar 9 manzana “H”, en 28.37 metros.

Extracto que deberá ser publicado en lugares de mayor afluencia de la ciudad de Valencia, así como en la página web institucional, tal eximo lo establece el Artículo Art 26 de la SEGUNDA REFORMA A LA ORDE NANZA QUE NORMA Y CONTROLA LA REGULARIZACIÓN, ADJUDICA CIÓN Y TITULARIZACIÓN DE TERRENOS EN EL CANTÓN VALENCIA.

Lo que comunico para los fines de Ley.

Valencia, 11 de noviembre del 2022.

Ab. John Álvarez Perdomo SECRETARIO DEL CONSEJO MUNICIPAL GAD MUNICIPAL DE VALENCIA

A quien interese...

Cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 26 de la SEGUNDA RE FORMA A LA ORDENANZA QUE NORMA Y CONTROLA LA REGULA RIZACIÓN, ADJUDICACIÓN Y TITULARIZACIÓN DE TERRENOS EN EL CANTÓN VALENCIA, sancionada el 27 de octubre del 2022. Notifico:

Extracto de la Resolución 152-191-2022, en la cual el pleno del Con cejo Municipal del cantón Valencia, en Sesión Ordinaria del 10 de no viembre del 2022, Resolvió:

Legalizar y Adjudicar, a favor de los beneficiarios señores MARGOTH PATRICIA PERALTA PÉREZ, TERESA CATALINA PERALTA PÉREZ, MARLON JAVIER PERALTA PÉREZ, JOHN PERALTA PÉREZ, mismos que son posesionarios del solar 7 Manzana “H”, ubicado en el Asenta miento Humano denominado “Nueva Unión II”, jurisdicción del cantón Valencia, con un área 423.24 m2, lote que se encuentra individualiza do en su superficie y linderos de la siguiente manera: por el Norte: con solar 6 manzana “H”, en 15.15 metros; por el Sur: con calle Los Almen dros, en 14.85 metros; por el Este: con Villavicencio, en 28.20 metros, y, por el Oeste: con solar 8 manzana “H”, en 28.28 metros.

Extracto que deberá ser publicado en lugares de mayor afluencia de la ciudad de Valencia, así como en la página web institucional, tal como lo establece el Artículo Art. 26 de la SEGUNDA REFORMA A LA ORDE NANZA QUE NORMA Y CONTROLA LA REGULARIZACIÓN, ADJUDICA CIÓN Y TITULARIZACIÓN DE TERRENOS EN EL CANTÓN VALENCIA.

Lo que comunico para los fines de Ley.

Valencia, 11 de noviembre del 2022.

Ab. John Álvarez Perdomo SECRETARIO DEL CONSEJO MUNICIPAL GAD MUNICIPAL DE VALENCIA

POLICIAL 22 LOS RÍOS VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I P-37274-1104 P-37274-1104
de Salud, dónde, según amigos habría fallecido la tarde del este miércoles 16 de noviembre. La Policía reali za las investigaciones sobre este nuevo hecho violento que pone en zozobra a los habitantes del cantón Ven tanas. (AMS) SEGURIDAD. El trabajo de la Policía Nacional y ejes investigativos tratan de recabar información para poder esclarecer estos casos violentos.

Atrapan a cuatro microexpendedores

El ilícito se cometía a través de la modalidad conocida como ‘cruce de manos’.

LA CONCORDIA • Agentes de la Jefatura de Investigación Antidrogas realizaron va rios allanamientos para contrarrestar el expendio de estupefacientes en este cantón de la provincia Tsá chila.

La primera intervención denominada ‘Resurgir 344’ se desarrolló en el sector co nocido como ‘La Tormenta, en el barrio San Pablo. Los gendarmes ingresaron a un predio que habían identifi cado como punto de alma cenamiento y expendio de

alcaloide al menudeo.

Durante este procedi miento se aprehendió a cuatro personas que fueron identificadas como: Jennifer P., Pedro M., Luis E., y Byron B., quienes no regis tran antecedentes penales.

Los agentes antinarcóti cos y policías de otras uni

dades inspeccionaron el predio para encontrar prue bas relacionadas a este deli to. Al final del allanamiento contabilizaron 106 dosis de marihuana y 113 dosis de pasta base de cocaína.

Más operativos A reglón seguido los poli

cías realizaron el operativo ‘Resurgir 345’ en el mismo sector del cantón La Con cordia , pero en esa inter vención huyeron los sospe chosos.

Los gendarmes ingresa ron al inmueble donde se cometía el ilícito. Durante la inspección hallaron 12 gra-

el dato

Los aprehendidos quedaron ante las autoridades compe tentes.  Hasta el cierre de esta edición no se desarrollaba la audiencia de flagrancia.

el dato En el operativo participó el fis cal de turno, personal del GOE y GOM.

mos de marihuana , canti dad que arroja un promedio de 24 dosis.

Las sustancias estupe facientes permanecían en fundas plásticas pequeñas. Se presume que ya estaban listas para ser comerciali zadas a través del microex pendio (JD)

Dos detenidos por robo y extorsión

Miembros de la Policía Na cional neutralizaron a dos presuntos antisociales y allanaron un inmueble ubi cado en la cooperativa de vivienda Cristo Vive para recabar indicios.

Choque deja heridos de gravedad

EL CARMEN • Un trágico accidente de tránsito dejó gra vemente heridos a los ocu pantes de una camioneta que circulaba desde la zona rural El Porvenir hacia este cantón perteneciente a la provincia de Manabí.

El choque fue contra uno de los neumáticos posteriores de un tráiler que circulaba en sentido contrario, producto del impacto el vehículo liviano dio varias vueltas de cam pana y quedó al costado de

la calzada.

Cuatro personas resul taron con heridas en dife rentes partes del cuerpo. Ellos fueron trasladados al hospital básico El Car men para que reciban los primeros auxilios, pero preveían trasladarlos a Santo Domingo.

Rafael García, familiar de los accidentados, dijo que los estados de salud son críticos. Entre las personas afectadas consta su progeni tora, quien tiene 90 años.

Los heridos son: Luisa Tumbaco, Fernando Gar cía, Santiago García y Vicenta García. La camione ta quedó con la carrocería destrozada y fue removida con una wincha. (JD)

La operación se desa rrolló en flagrancia bajo la coordinación de agentes pertenecien tes a la Unase y comandos del GOE , quienes se movilizaron hasta el kiló metro 4½ de la avenida Quevedo para aprehender a los sospechosos.

Detalles

el dato Las investiga ciones siguen con el objeti vo de identifi car a otros involucrados.

INTERVENCIÓN. Los uniformados buscaban evidencias relacionadas a este delito.

Todo empezó con el robo de un vehículo . Posterior mente la víctima, quien es miembro activo de la Poli cía Nacional, recibió llama das extorsivas y en ese mo mento solicitó colaboración de sus compañeros para dar con algunos de los presun tos responsables.

La neutralización de los sujetos ocurrió cerca al pe rímetro de una reconocida cadena de supermercados. Ellos fueron identificados como: Carlos B., y Edder Z.

Posteriormente los uni formados allanaron un predio con el objetivo de encontrar evidencias de los delitos, pero no hubo re

sultados positivos y las in vestigaciones continúan en marcha.

Los dos involucrados en este caso quedaron a órde nes de las autoridades ju diciales de Santo Domingo. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición no se desa rrollaba la audiencia de fla grancia. (JD)

SUCESOS 23 SANTO DOMINGO VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I
ACCIDENTE. La camioneta dio vueltas de campana. TRABAJO. Los uniformados encontraron estupefacientes en los lugares allanados.

Médicos piden seguridad al Gobierno ante extorsiones y ola de violencia

Piden resguardo en las unidades de salud. Hay médicos rurales amenazados en provincias.

Los médicos ya no solo lu chan por falta de insumos que afecta su labor desde 2020 – cuando inició la pan demia por covid-19–. Ahora demandan seguridad en uni dades de salud que han sido alcanzadas por la violencia que vive el país y que, el Go bierno Nacional, ha señala do como un declaratoria de guerra desde las bandas nar co criminales.

Los ataques y los atenta dos no son las únicas cosas que preocupan al sector. También existe personal que es víctima de extorsiones y amenazas.

Ante esto, la Federación Médica Ecuatoriana (FME) solicitó al Gobierno Nacional que garantice la seguridad del personal sanitario público , asig nando fuerza pública en hospitales y centros de salud, especialmente en las zonas donde rige el esta do de excepción: Santo Do mingo, Esmeraldas y Guaya quil. El pedido se da porque los guardias que tienen los hospitales cumplen con una labor de vigilancia, pero no están armados

Situación crítica Wilson Tenorio, presiden te de la FME, afirmó que en Esmeraldas, por ejemplo, “la situación es crítica”, pues existen médicos rurales que han sido amenazados o que son víctimas de asaltos.

Un médico de Esmeraldas que prefirió no identificarse comentó que personas que se identifican como integrantes de bandas delincuenciales ya les están pidiendo ‘vacu nas’, que son un método de extorsión utilizado por los delincuentes.

El panorama es similar, en zonas rurales de provincias como Santo Domingo y Los

Ríos donde – según el mé dico– los delincuentes han amenazado con secuestrar al personal de salud para que les entreguen dinero.

En Guayaquil, a mediados de julio, antisociales dispa raron contra una doctora, en los exteriores del hospital Teodoro Maldonado Carbo.

Mientras que el 15 de no viembre una trabajadora sa nitaria fue asesinada. Ade más, se halló u n artefacto explosivo en un dispensa rio de la Isla Trinitaria, en el

sur del Puerto Principal.

Más vulnerables Estos hechos coinciden con un informe entregado por la Policía Nacional en 2021. En ese documento se señala que médicos, abo gados, vendedores de bienes raíces y quienes promocio nan sus servicios en redes sociales son los más vulne rables a ser extorsionados.

El médico relata que los compañeros de dispensa rios, más alejados, han opta

Narcobandas y corrupción en Esmeraldas

° En un artículo publicado el 30 de junio de 2022, la exministra de Salud, Ximena Garzón, señaló a LA HORA que el desabastecimiento de fármacos e insumos está ligado a la corrupción en los hospitales públicos.

Uno de los casos más críticos es el del Hospital Delfina Torres de Concha de Esmeraldas, que tuvo que militarizarse.

“La situación allá es muy crítica, hubo fallecimientos por sicariato y hemos cambiado tres veces de gerente (…) se está interviniendo.

Tenemos que seguir trabajando de la mano con los Ministerios de Gobierno, del Interior, con la Policía y las Fuerzas Armadas”, señaló Garzón.

En Esmeraldas se ha identificado que una de las bandas ligadas a las crisis carcelarias, extorsiona o recluta funcionarios para que interrumpa la cadena de abastecimiento de fármacos.

do por trabajar con chaleco antibalas.

Relata que los hospitales tienen como protocolo re portar a la Fiscalía todos los casos que han sido aten didos por heridas de bala, lo que aumenta el peligro de amenazas. “Es lamentable que por el temor, zonas ale jadas, como en Mataje, haya poca presencia de personal de salud, ya nadie quiere ir a trabajar”, señala.

La Federación indicó que médicos y enfermeros del país han formado un colec tivo denominado ‘Salud y Seguridad’ , que respalda todas las acciones políticas que se adopten contra las organizaciones crimina les. (AVV)

CIFRAS

LOS RÍOS | VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I SOCIEDAD 24
EVIDENCIA. El 2 de noviembre hubo impactos de bala en un Centro de Salud Tipo C, en Guayaquil.
SEGURIDAD AÍS PAÍS COMERCIO POLÍTICA ECONOMÍA ESMERALDAS
Pachakutik expulsa a Mireya Pazmiño
Café, maní y pitahaya, protegidos de imitaciones en la UE
Roce entre China y Canadá por filtración en G20
Comité de Ética recomienda sancionar a Guadalupe Llori
8 canales de YouTube para aprender de finanzas Más de 20 presos se fugaron de la Penitenciaría
¿Cómo lidiar con la adicción a las redes sociales?
GLOBAL
2.878 personas han sido detenidas en 8.868 operativos de seguri dad realizados desde octubre.

La decisión de la Asamblea cambiará las fuerzas en el Cpccs

La sesión para definir la suerte del organismo está convocada para este viernes, 17 de noviembre. El correísmo y sus aliados buscan tener una mayoría.

La búsqueda de una nueva mayoría será el primer reto que tendría que afrontar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) en caso de que Her nán Ulloa, actual presidente del organismo; la vicepre sidenta María Fernanda Rivadeneira, y los vocales Francisco Bravo e Ibeth Es tupiñán, sean censurados y destituidos en la sesión del Pleno de la Asamblea Nacional convocada para las 14:30 de este viernes, 17 de noviembre de 2022.

Las fuerzas políticas en el Cpccs se deberán reacomo dar de cara, no solo para la elección de nuevas autorida des, sino para continuar cin los procesos de designación de autoridades de control, entre ellos, el titular de la Contraloría General del Es tado y la renovación parcial del Consejo Nacional Electo ral, y el Tribunal Conten cioso Electoral.

Las cuatro sillas que que darían vacantes serían ocu padas por Mónica Moreira, Karina Ponce, Carlos Figue roa y Jaime Chugchilán.

“Obviamente se va a con figurar una nueva mayoría; ojalá esta vez sea de siete. Si se va la actual mayoría por el juicio político, tiene que suceder que entre los conse jeros se conforme una nueva mayoría para poder avanzar de manera adecuada y trans parente, y en base a la meri tocracia por sobre cualquier interés”, dijo Juan Javier Dá valos , consejero del Cpccs, quien junto a David Rosero y a Sofía Almeida quedaron a salvo de la interpelación en el Legislativo.

Ante la eventualidad de que Carlos Figueroa -de tendencia anticorreista- se principalice como vocal, Dá valos, no se cierra a la posi bilidad de llegar a acuerdos con todos los suplentes para avanzar en los procesos.

Consideró que, más allá de la afinidad político-ideo lógica de los consejeros, lo

Así se configuraría el nuevo Cpccs

que se busca es la indepen dencia a la hora de designar autoridades.

“No se trata de poner en el debate al correísmo, al an ticorreísmo, o al socialcris tianismo. Lo que pasa en el Consejo tiene que ver con una dualidad: haces lo que tienes que hacer en función de la transparencia o haces lo que el Gobierno pide que se haga”, expresó.

en el relevo en la Presidencia y Vicepresidencia del Cpccs.

“Todavía no lo hemos pensado, no hay que adelan tarse, primero es el juicio, la designación de los suplentes y en función de esto se acor darán y se tomarán las mejo res decisiones, pensando en cumplir con nuestras atri buciones”, indicó Dávalos, quien dijo que no ha pensa do en que él podría asumir la Presidencia, pero señaló que todos son legítimos candida tos para el cargo.

David Rosero: reelecto en 2019 como vocal. Integró el primer Cpccs entre 20102015. Fue uno de los dos consejeros críticos (junto con la exvocal Andrea Rivera), del régimen de Rafael Correa.

pena en prisión junto al exa sambleísta Cléver Jiménez y su entonces asesor, Fernando Villavicencio, por presuntas injurias contra Correa. Jiménez y Villavicencio se refugiaron en Sarayaku para no cumplir la pena. Figueroa fue capturado y estuvo seis meses en prisión.

Anticipó que, por ejem plo, el nuevo Contralor que sea designado tendrá, sobre todo, que auditar la gestión desarrollada por el expresi dente de la República, Lenín Moreno, y el actual presi dente Guillermo Lasso.

“Esperemos que el nuevo Contralor sea lo suficiente mente independiente de esos gobiernos para que pueda vigilar que los recursos se ejecuten o se hayan ejecu tado de manera adecuada”, indicó.

Consecuencias del juicio Mireya Pazmiño (Pachaku tik), quien mocionó la conti nuación del juicio en contra de cuatro vocales del Cpccs, fue expulsada de las filas de esta tienda política.

Salvador Quishpe, jefe de bloque del Pachakutik , la acusó de estar en perma nente contradicción con la línea del movimiento. “Lo que agotó la paciencia fue la moción que presentó cuan do la decisión de Pachakutik fue que la interpelación tenía que ser a los siete vocales del Cpccs”, resaltó.

Sofía Almeida: expresidenta del Cpccs. Antes se desem peñó como funcionaria de la Contraloría en la delegación provincial del Guayas. Es hija de Pedro Almeida, exgoberna dor de Los Ríos, y sobrina del Luis Almeida, asambleísta del PSC

Mónica Moreira: licenciada en Ciencias de la Educación por la Universidad de Guayaquil. Tiene una especialización en Gestión de Procesos Educa tivos. Fue capacitadora en la Central Única de Trabajadores, y en la Red de Maestros.

En octubre de 2021, como vocal alterno, Carlos Figue roa denunció ante la Fiscalía la existencia de aparentes re des de corrupción y falta de medicamentos en hospita les del Instituto de Seguri dad Social (IESS) .

Autoridades

Los consejeros de minoría en el Cpccs (Dávalos, Almei da y Rosero), aún no piensan

Quishpe Aaribuyó que la intencionalidad de “salvar” a Rosero, Almeida y Dávalos, es facilitar al correísmo y al PSC a volver a tener mayo ría en el consejo para la de signación de autoridades de control. (SC)

Juan Javier Dávalos: vocal en funciones desde 2019. Fue uno de los candidatos que más votos obtuvo; cerca de 800 mil, pero no calificó para ser Consejero principal sino alterno. Se principalizó tras la destitución de Carlos Tuárez.

Karina Ponce: economista por la Universidad Técnica Particu lar de Loja, tiene un diplomado en economía en desarrollo del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales. Con trayectoria de representación estudiantil.

CONVOCATORIA

Carlos Figueroa: médico y crítico de Rafael Correa. Fue sentenciado a cumplir una

Jaime Chugchilán: abogado por la Universidad Técnica Luis Vargas Torres. Tiene un diplomado en Migración y Go bernanza, trabajó en el sector público en la extinta Secretaría del Migrante.

Quito, 17 de noviembre del 2022. Atentamente; Lcdo. Carlos Ninabanda chimbo PRESIDENTE DE FEDENALIGAS

LOS RÍOS VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 PAÍS 25 I
PANORAMA. El Cpccs a la espera de las decisiones de la Asamblea
La Constitución dispone que el Pleno del Cpccs debe contar con vocales alternos. EL DATO FEDERACIÓN NACIONAL DE LIGAS DEPORTIVAS BARRIALES Y PARROQUIALES DEL ECUADOR Entidad Jurídica Fundado el 2 de febrero de 1971Acuerdo Ministerial No 002 del 10 de enero del 2022 Señores PRESIDENTES DE LOS CLUBES BÁSICOS BARRIALES / PARROQUIALES FILIALES A LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN JACINTO. Presente
ASAMBLEA GENERAL DE ELECCION DEL DIRECTORIO DE LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN JACINTO. Por medio del presente y de acuerdo al Reglamento Sustitutivo General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación en base a los artículos 16,17,18,70,71 y 72 y al artículo 24 literal a), 25 y 26 del Estatuto de la LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN JACINTO,
Para
1.
2.
3.
se CONVOCA a los señores presidentes de cada uno de los clubes filiales que cumplan con la normativa vigente, a Asamblea de Elección del nuevo directorio, para el día viernes 02 de diciembre del 2022 a las 10h00 de manera presencial en la sede de la LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN JACINTO.
tratar el siguiente orden del día:
Constatación del quórum e instalación de la Asamblea.
Verificación de Registro de Directorio vigente de los Clubes Filiales.
Elección y posesión de los miembros del Directorio de la para el LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN JACINTO periodo 2022 - 2026;

Pablo Arosemena, mi nistro de Economía aseguró que el Gobier no no apunta a bajar el déficit fiscal a costa de olvidarse de la gente. Agregó que duran te 2023 la inversión social y en seguridad superará los $15.200 millones y los $3.300 millones, respectivamente. Eso sería más del doble que en la década del socialismo del Siglo XXI. También con firmó su optimismo sobre el cierre exitoso del acuerdo con el Fondo Monetario Interna cional (FMI).

P. ¿Cómo se valora desde el Gobierno las críticas relacionadas con que el presupuesto para 2023 tiene gastos subestimados e in gresos muy optimistas?

En la proforma para 2023 se incrementa el gasto en más de $2.000 millones, es decir, es una proforma que es más robusta en cuanto a poner re cursos al servicio de los ecua torianos desde el Frente Social y también desde el frente de Seguridad Ciudadana. La in versión social se incrementa a más de $15.200 millones. Es tamos hablando de los presu puestos sectoriales de salud, educación, trabajo, vivienda, bienestar social. El gabinete de seguridad aumenta a más de $3.300 millones. Eso es aproximadamente $185 millo nes más que el presupuesto inicial de 2022. En resumen, tenemos una proforma que continúa el aumento de la in versión social, y a la vez segui mos reduciendo el déficit fis cal de $3.700 millones a $2600 millones. Gobiernos anterio res han tenido estrategias de mayor inversión social, pero a costo de aumentar el déficit, o tratar de bajar el déficit, pero al costo de sacrificar la inver sión social. Nosotros tenemos una estrategia que combina mayor inversión social y me nor déficit fiscal.

P. ¿Son reales los cuestiona mientos que apuntan a que el Gobierno busca reducir el déficit a costa de olvidarse de la gente?

Esas críticas son infundadas. Ecuador tiene un Gobierno serio que le permite tener una estrategia muy clara de orden fiscal y enfoque social. El orden fiscal tiene que ver con bajar el déficit poco a poco, no de golpe. Eso es po

‘LA PROFORMA PONE MÁS RECURSOS AL SERVICIO DE LOS ECUATORIANOS’

cero?

El presupuesto base cero está en proceso. Hemos tomado distintas instituciones para efectos de poder hacer como piloto y tener una medida más clara de cómo sería el presu puesto de cada institución. En la ejecución del próximo año se irá plasmando poco a poco. Doy un ejemplo concreto. Di gamos que una institución X tiene el presupuesto anual de $10 millones de dólares. El presupuesto tradicionalmen te se hace diciendo: en el año 2022 usted gastó $10 millones, entonces díganme en 2023 cuanto más va a gastar. Con la base 0, la institución debe partir como si nunca hubiera gastado y establecer un mon to que se justifique línea por línea. Eso es laborioso, y si tomando el ejemplo anterior solo puede justificar $5 mi llones de los $10 millones que antes se le presupuestaba, el problema es cómo operativi zar esa reducción porque todo eso es gasto corriente, es decir, es gente que hay que liquidar y con qué recursos se va a ha cer eso si estamos en déficit, no nos sobra la plata.

Público-Privadas y el Minis terio de Transporte y Obras Públicas, pero dentro de los proyectos emblemáticos que dejará este Gobierno están el sistema vial Sur en Guaya quil, lo que se conoce como el quinto puente. Esa obra es de más de $1.000 millones y se va a ejecutar con el gobierno de Canadá. La obra arranca en el 2024, pero para eso es clave lo que se ha hecho en 2022 y lo que se va a hacer en el 2023. Otro proyecto fundamental será la carretera Quito-Gua yaquil. Dejaremos los estu dios contratados. El próximo año se concretarán obras en sectores como concesiones viales, energías renovables, petróleo, entre otras.

P. ¿Se cerrará con éxito el acuerdo con el FMI hasta finales de 2022? ¿Se buscará un nuevo acuerdo de financiamiento en 2023?

sitivo porque la única forma de romper las cadenas del endeudamiento agresivo que nos dejaron gobiernos ante riores es generando un supe rávit. Apuntamos a generar superávit en 2025. Pensemos que la deuda pública total, que son más de $62.000 mi llones, es la sumatoria de los déficits fiscales de los últi mos 15 años, es decir, la deu da que hoy pagan nuestros hijos y que mañana pagarán nuestros nietos es la heren cia del Socialismo del Siglo 21. El Gobierno de Guiller mo Lasso decide aumentar la cantidad de recursos y la cantidad de beneficiarios de los bonos sociales, de $1 mi llón a aproximadamente $1,5 millones. Estamos haciendo lo que antes no se intentó. Si contrastamos con el prome dio anual de inversión social de la década del socialismo del siglo 21, estamos invir tiendo prácticamente el do ble. En la Seguridad Social, por ejemplo, estamos plas mando toda la contribución estatal del 40%. Eso no se ha hecho antes. Hemos pasado del socialismo del siglo 21 que eliminó la contribución de la Seguridad Social al Gobier

no de Guillermo Lasso que te pone full la contribución.

P. ¿Qué pasó con los ofrecimientos de reducir el gasto improductivo?

La realidad es que nueve de cada diez dólares en sueldos van a seguridad, salud, edu cación y justicia. Entonces, para cualquier trabajo en efi ciencia solo queda poner el foco en el restante uno de cada diez dólares del presupuesto. Es decir, ¿vamos a bajar el nú mero de policías? No, vamos a aumentar el número de po licías porque tenemos un se rio problema de inseguridad. Eso implica subir el número de servidores policiales en 8.500. El próximo año tene mos una sentencia de la Corte Constitucional que nos hace aumentar la masa salarial de los maestros en más de $450 millones. Además, debemos aumentar la masa salarial de salud porque cinco nuevos hospitales se están inaugu rando. Asimismo, vamos a incorporar más agentes de tránsito y 1.200 nuevos agen tes penitenciarios.

P. ¿Se aplicará la metodología de presupuesto base

P. ¿Cómo se explican los re cursos escasos presupuestados para obra pública? La primera reflexión es que no es cero. Son casi $2.000 millones. Segundo, no es me nos que lo que se presupuestó para 2022. Tercero, tenemos una ventaja sobre este año debido a que hay una curva de aprendizaje. Eso le permi te a cada una de las distintas carteras de estado que desde el próximo año se empiece a cosechar lo que se ha sembra do en los primeros 15 meses de Gobierno. Un ejemplo concre to, ¿cómo es posible que en el primer trimestre del próximo año se inauguren en hospita les? Solamente es posible por todo el trabajo previo. Se va a poder visualizar un mayor dinamismo de obra pública. Además, un cuarto elemento es que también se verá más inversión privada. Las Alian zas Público-Privadas, conce siones y delegaciones están bastante avanzadas porque se puede cosechar lo que se siembra y se creó una secreta ría que durante un año ha es tado sembrando y el próximo año será de la cosecha.

Los detalles los tienen la Secretaría de las Alianzas

Estamos trabajando para el cierre exitoso. En más de dos décadas, Ecuador nunca ha cerrado con éxito un acuerdo con el Fondo. Digamos que la historia nos juega en con tra. El programa caducará a finales de 2022. El tema es si se acaba bien o no. Eso se verá cuando llegue el último desembolso de $700 millones hacia fines de este año o el primer mes del próximo año. Esos recursos serán un aval del buen manejo del país para un complicado 2023. Se ha especulado sobre la potencial entrada a una recesión global y es importante contar con el aval de un organismo mul tilateral de la envergadura del FMI para que nos facilite recursos directa o indirecta mente. Ahora, ¿qué tipo de relación vamos a tener con el Fondo el próximo año? Yo diría que primero estamos enfocados en culminar con éxito el programa actual; y luego de que lo logremos, el primer trimestre de 2023 abriremos conversaciones para ver qué tipo de relación vamos a mantener. Estamos seguros de que vamos a se guir trabajando con el Fondo. Existen varias formas como cuando solo recibes coopera ción técnica; o tienes el aval de ellos, pero no necesaria mente implica la entrega de recursos. También hay otros programas donde implica la entrega de recursos y eso lo estaremos explorando. (JS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
FUNCIONARIO. El ministro de Economía, Pablo Arosemena.
LOS RÍOS | VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022 I ECONOMÍA 26
El ministro de Economía, Pablo Arosemena, asegura que en 2023 se empezará a ‘cosechar’ la obra pública.

Plantar árboles puede reducir la mortalidad en las ciudades

Barcelona-. Un estudio ha demostrado la asociación entre plantar árboles y la reducción de la mortalidad no accidental entre la po blación, a partir de la experiencia de una campaña de plantación en Portland (EE.UU.). Los autores de la investigación, publicada en la revista Environment International, aprovecharon un experimen

Texas arma una guerra contra la migración

Organizaciones como Human Rights Watch piden que se frenen fondos para la militarización de la frontera.

WASHINGTON. Lo que em pezó en Texas (EE.UU.) como una estrategia de los republicanos para trans portar a los extranjeros que recién atraviesan la frontera sur con México a jurisdicciones demócratas del norte del país está tomando un rumbo que preocupa a organizaciones que defienden los derechos humanos.

El gobernador de Texas, Greg Abbott, a través de su operación migratoria Lone Star (Estrella Soli taria) ha emprendido una militarización de la frontera con lo que quiere llevar el control de la migración a una especie de guerra contra “invasores”.

CONTROLES. Texas ha aumentado los controles en zonas fronterizas donde hay miles de migrantes esperando una oportunidad para cruzar a EE.UU.

Abbot se propone cons truir un muro fronterizo en varios condados sobre la frontera, enviará a la re gión lanchas patrulleras armadas , y designará a las bandas mexicanas de trafi

cantes de drogas como “ or ganizaciones terroristas extranjeras”.

Frente a esto Human Rights Watch (HRW) hizo un llamado al Gobierno del presidente Joe Biden para

Una victoria para garantizar el derecho al aborto en Puerto Rico

SAN JUAN. Varias medidas presentadas en la Cámara de Representantes de Puerto Rico para restringir el derecho al aborto en la isla han sido rechazadas tras meses de controvertida discusión y para satisfacción de los gru pos feministas.

“La derrota de los cuatro proyectos de ley anti-aborto es un mensaje claro de que el aborto es y seguirá siendo un servicio de salud esencial, y que la evidencia cientí fica y salubrista ganó por encima del estigma y las creencias sectarias”, afirmó Frances Collazo, asesora de Abogacía y Acceso al Aborto de Profamilias.

Collazo destacó, en un co municado difundido este jue ves por Hispanic Federation y otras organizaciones, que esos proyectos de ley “impli caban un retroceso en los

derechos constitucionales reproductivos de las mujeres y personas gestantes”.

Las medidas en discusión eran los proyectos de la Cá mara 1084, que buscaba crear la Ley del Latido Cardiaco del No Nacido; 1410, para realizar un referéndum sobre el abor to; y 715, que creaba la Ley Keishla Marlen y enmenda

ba el Código Penal para tipificar como asesinato en primer grado la muerte de una embarazada y del feto.

También se trató el Pro yecto del Senado 693, el que más repercusión tuvo en su momento y que limitaba el derecho al aborto después de las 22 semanas. EFE

to que tuvo lugar entre 1990 y 2019 cuando la campaña Friends of Trees plantó 49.246 árboles y asociaron esa información con la mortalidad por causas cardiovasculares, respiratorias o no accidentales . Los resultados muestran que en los barrios en los que plantaron más árboles, las tasas de mortalidad eran menores. EFE

que cese de inmediato todo apoyo operativo y financie ro que pueda contribuir a esa “militarización” de la frontera

Medidas sin precedentes

El 15 de noviembre de 2022, Abbott invocó las cláusulas de invasión en las constitu ciones de EE.UU. y de Texas para tomar “medidas sin precedentes en defensa de nuestro estado contra una invasión” de inmigrantes, señaló el gobernador.

Dichas medidas inclu yen el desplazamiento de soldados de la Guardia Nacional de Texas , según Abbott, para “proteger” la frontera, “repeler y expulsar a los inmigrantes que tratan de cruzar la frontera ilegal mente”.

Según HRW, el anuncio de Abbott “incluyó un lengua je vilipendioso y alarmista acerca de los inmigrantes y de quienes buscan asilo, que se hace eco de la terminología de los nacionalistas blancos”. (EFE/DLH)

Un ‘sistema abusivo’

° Desde marzo de 2021, el gobernador de Texas, Greg Abbott, ha movilizado a decenas de miles de miembros de la Guardia Nacional de Texas para la operación Lone Star de apoyo a las autoridades de inmigración en la frontera de ese estado con México.

De acuerdo con HRW, “la operación Lone Star es un sistema abusivo de vigilancia de la frontera que un tribunal de distrito en Texas ha declarado inconstitucional”.

Alison Parker, directora de HRW, sostuvo que el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, “debe dejar en claro que el gobierno federal no financiará ni colaborará con políticas extremistas que perjudican la seguridad pública”.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK GLOBAL 27 I LOS RÍOS | VIERNES 18/NOVIEMBRE/2022
DEBATE. Medidas para restringir el aborto se discutieron en la Cámara de Representantes en San Juan. EFE
VIERNES 18 DE noviEmbrE DE 2022 Santo Domingo - Los Ríos 24 páginaS 50c incl. ivA Conoce más sobre las selecciones del grupo A del Mundial Catar 2022 Atrapados por extorsión Agentes de la Unase aprehendieron a Carlos b., y Edder Z., por ser sospechosos de una extorsión, en Santo Domingo. ¡Golpe a expendedores de droga ¡ Cuatro personas apre hendidas, el decomiso de marihuana y pasta base de cocaína es el resultado de operativos antinarcóticos en el can tón La Concordia. Violencia se ‘dispara’ en Ventanas En lo que va de noviembre ya se registran cinco muertes violentas. La población permanece en zozobra. 22 09
SANTO DOMINGO CRONOS LOS RÍOS 23 23
SANTO DOMINGO

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