Imbabura - Carchi: 12 de mayo, 2023

Page 1

Coletazo en la economía por la crisis política

La crisis política, causada por el juicio político al presidente Guillermo Lasso, tiene encendió las alertas. Los inversionistas nacionales y extranjeros tienen temores sobre el desenlace del ánimo de destitución del Primer Mandatario. 4

Yahuarcocha debe esperar otra Alcaldía

Centro de ‘deshomosex ualización’ funcionaba en Cotacachi 3

SOCIEDAD

Las mujeres son las que más leen en Ecuador 7

La contaminación en la laguna ubicada en Ibarra no se logró remediar por parte de la administración municipal saliente, a pesar de una inyección de recursos que supera los $3 millones. Ahora, el espejo de agua debe esperar otra Alcaldía para esperar soluciones definitivas. 3

Las dudas sobre la Ley de anticorrupción en Venezuela

Monumentos están descuidados en la provincia

9

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 Imbabura-Carchi
17 ESMERALDAS
GLOBAL
NORTE
IMBABURA

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec

Publicidad: publicidad@lahora.com.ec

EDITORIAL

Canje de deuda, un gran acierto

Ecuadores un país rico en biodiversidad, con ecosistemas únicos en el mundo y cuya fragilidad demanda constante estudio, protección y vigilancia. Desafortunadamente, las incesantes limitaciones en recursos no le han permitido al país lograr los esquemas de conservación que requieren estos ecosistemas; lo que, muchas veces, nos ha llevado a tomar decisiones perjudiciales: solo cabe recordar el fracaso de la Iniciativa Yasuní ITT —y su posterior explotación petrolera.

Los recursos siempre han sido un limitante, pero hoy somos testigos de un gran acierto: un canje de $ 1.628 millones de deuda existente por la emisión de un nuevo préstamo de $

656 millones, lo que

significa una reducción de nuestra deuda externa en casi $1.000 millones. En razón de este canje, y su emisión de bonos azules, se destinarán $450 millones exclusivamente para proteger las islas Galápagos y su vida marina.

Si bien las operaciones de canje de deuda para la conservación de la naturaleza no son nuevas, este

en particular es el mayor canje que ha sido registrado en la historia hasta el momento. La gestión y negociación,

al más alto nivel, que se llevó a cabo para lograrlo, merecen ser reconocidas, pues justamente este es el tipo de visión e iniciativas que el país requiere.

Este ha sido un gran ejemplo de cómo determinar objetivos claramente, reconocer limitaciones —pero buscar la forma de superarlas—, coordinar soluciones innovadoras y generar alianzas de valor para dichos efectos, pueden resultar en acciones que tendrán un impacto positivo hoy y a largo plazo para el país. Hoy podemos celebrar estas buenas noticias y ojalá que gestiones positivas como ésta también se manifiesten en otros ámbitos de la gestión pública, pues hacen mucha falta

Sicarios políticos

Asedio, profundo asedio político, jurídico, económico, social embiste contra la República del Ecuador. La sobrevivencia de la población ecuatoriana está en juego, no la de un transitorio presidente. Burdo dormir con hambre sobre alfombras petroleras y mineras.

Por un país de lectores

Quito en desamparo

Losecuatorianos

leemos muy poco

y nada se

hace para cambiarlo. El problema comienza con deficiencias fundamentales de infraestructura: la gran mayoría de ecuatorianos no tiene acceso a libros adecuados para su nivel de lectura. Pese al costo nominal y a los gigantescos beneficios que implica, Ecuador carece de un red de bibliotecas públicas con

material de lectura acorde a su gusto y necesidades.

irremediablemente a sus alumnos de la literatura por el resto de sus días. Cuando las iniciativas culturales y planes de lectura se diseñan pensando primeramente en el bienestar de literatos y promotores, antes que en los jóvenes lectores, los resultados son insignificantes -pero evidentes-. Nada de esto es nuevo, pero se agravó tras

seis de cada cien escuelas públicas tienen una biblioteca.

Apenas

La virtual desaparición de la industria

editorial ecuatoriana terminó de convertir al libro en un objeto de lujo, patrimonio de esa selecta élite bendecida con el hábito de la lectura y los recursos para cultivarla.

Plagados de autoridades y docentes que

exigen lecturas inútiles y poco placenteras, la mayoría de escuelas y colegios solo logran alejar

la pandemia. El Instituto Nacional de Evaluación Educativa debe aportar la información que permita cuantificar y georreferenciar el retroceso experimentado por los alumnos. Ahora que en la Sierra vienen las vacaciones, se debe aunar esfuerzos de museos, bibliotecas, instituciones educativas y las flamantes administraciones locales para generar programas que permitan cerrar brechas que otros países irán solventando, dejando a nuestros jóvenes en mayor desventaja que antes.

Los subsidios e inversiones sociales se financian explotando yacimientos petroleros y mineros; la pirotecnia jurídica-política parlamentaria y de otras instituciones no debe afectar la administración pública, cuya inestabilidad pone en riesgo al país, desmotiva inversiones, financiamiento, generación de empleo, bienestar.

$1.200 millones. Afectará subsidios, inversión social. Cuando la compañía binacional Petroecuador-Pdvsa se constituyó para construir la Refinería del Pacífico, alimentada con petróleo del Yasuní, poco o nada dijeron.

Gobierno dice que el juicio político tiene serios vicios legales. Sicario, es el esbirro, el sayón. Su conducta causa daño.

Cuando

Ecuador

y su capital afrontan riesgos de todo orden por ausencia de dirigentes que logren soluciones a los numerosos y continuos problemas que nuestra sociedad soporta.

El Alcalde saliente ‘inaugura’ el Metro en condiciones inaceptables. A esto se suma una serie de acciones poco claras, denunciadas por una concejala en una emisora, en las que

puntualizó la improvisación e incapacidad sistémica de la administración municipal.

La ciudadanía pensante considera que si no elegimos a personas preparadas y honestas para dirigir el país y las urbes, estaremos dirigiendo la proa del barco al abismo del caos y al olvido de la historia. Lamentablemente, la mentalidad promedio por educación deficiente y el TikTok no alcanza para mucho, de ahí que cualquiera se apodera de las instancias del poder.

Quito es un desastre en movilidad, Guarderas dice que hizo obras y muestra la ‘repavimentación’ que, según él, es un aporte, cuando las calles de alta circulación se bloquean por semanas , sin rótulos preventivos que ofrezcan alternativas, lo que causa grandes trancones.

Vías cerradas meses pese a ser arterias claves; un caso de ello es el tramo de cien metros de la avenida El Inca, entre 10 de Agosto y la Prensa. Lo mismo sucede en numerosos puntos.

Este proceso de parches y ‘repavimentación’ son caóticos y pretenden dar imagen de eficiencia pero los hechos demuestran lo contrario. Somos permanentemente engañados y a riesgo de empeorar.

Ir al casco colonial en auto es suplicio; media hora detenidos en dos cuadras de la Benalcázar, entre Manabí y Chile, y luego parqueadero lleno. Si tuviéramos un Metro funcionando y esa área de la ciudad fuese peatonal, el paisaje sería diferente. Quienes se meten a políticos, a más de honrados, deben saber actuar con información suficiente y solvencia de gestión;

entonces tendríamos otra ciudad y otro país, pero las cosas parecen perdidas. Lamento el pesimismo, pero tengo esperanza.

Una

nueva resolución constitucional arremete contra Ecuador. Se dio aval para pretender dejar bajo tierra petróleo. No solo incrementaría el déficit fiscal en casi

La delincuencia organizada, el sicariato, se expresan de diversa forma. Depende de sus objetivos: ilegales o no. Los traumas son sus secuelas. El hampa trepa los muros de la Huancavilca Norte. El Tribunal de Ejecución de la Corte precisa que Glas y su tío deben pagar $14,1 millones. El

fueron amnistiados delincuentes comunes , se aumentaron sueldos sin financiamiento, se negó el derecho a la vida a los recién concebidos, los contralores de la Constitución nada o tuvieron expresión híbrida, como en la admisión del juicio político presidencial.

Y, no cesan los clamores por la inseguridad y el empleo. Cuando se consulta a la pobla-

ción sobre estos temas, los rechaza. Sufraga por organizaciones que construyeron el endeble sistema legal, antidelincuencial. Viene incertidumbre sobre gobiernos locales de minoría que serán regentados por glosados ‘limpiados’ y sospechosos.

En el juicio político no hay imputación. Hay un objetivo: Guillermo Lasso. Si la Asamblea no les da la respuesta apetecida calentarán las calles u otro artificio. El sicariato político está en marcha.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio
Respetuoso
de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo.
y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
OPINIÓN 02 O QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023
Año: XL No. 13630 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
MILICA PANDZIC @MPandzic
EDUARDO F. NARANJO C. eduardofnaranjoc@gmail.com
WELLINGTON TOAPANTA Columnista invitado

A la nueva Alcaldía también le espera la crisis de Yahuarcocha

EL DATO

En 2002, en la Alcaldía de Mauricio Larrea, se dio la primera declaración de emergencia para intentar descontaminar Yahuarcocha.

gró concretar todo lo ofrecido. Algunas tareas quedan pendientes y su continuidad dependerá del nuevo alcalde, Álvaro Castillo, quien volverá a la Alcaldía, tras cuatro años, desde este 15 de mayo de 2023.

LAGUNA. Así luce actualmente el espejo de agua más importante de Ibarra.

y ahora deberá esperar a una nueva administración municipal para saber si va a tener o no algún programa de conservación o manejo.

privadas de los informes de la situación de Yahuarcocha,

IMBABURA.- El estado de la laguna de Yahuarcocha es

crítico. A simple vista se puede notar la alta cantidad de contaminación que existe en sus aguas, las cuales lucen turbias y oscuras.

E

l problema no es nuevo

La Alcaldía que entregará sus funciones este 14 de mayo de 2023, liderada por Andrea Scacco, inyectó alrededor de $3 millones en recursos económicos para intentar cambiarle el agua la laguna, pero los resultados no han sido los más favorables, pues la imagen continúa siendo casi la misma que hace dos años, cuando arrancó el proceso.

Lo que se hizo

Tras la presentación por parte de instituciones públicas y

el Concejo Municipal de Ibarra aprobó en 2021 el presupuesto de $3 millones para el plan de intervención en la laguna y sus alrededores.

Entre lo más relevante, se mencionó la construcción de un pantano húmedo artifcial para reproducir de manera controlada los procesos químicos, físicos y biológicos de eliminación de contaminantes; la adquisición de cuatro boyas de ultrasonido para intentar controlar el crecimiento de las algas que afectan al equilibrio de la laguna; la colocación de seis jardines fotantes purifcadores; y, la construcción de

un

centro de eviscerado de pescados para el proceso de lavado y descamado para evitar las descargas contaminantes a la laguna.

Además, con ese dinero se planifcó la regeneración de las orillas de la laguna con senderos ecológicos, zonas de estancia y recreación, ampliación de la red de alcantarillado, implementación de un sistema de videovigilancia con 10 cámaras con visión nocturna y sala de monitoreo, así como la modernización de ingreso a la laguna con un dispositivo electrónico.

Pero, a pesar del anuncio municipal de hace dos años, hasta mayo de 2023 no se lo-

En su momento,

Andrea Scacco resaltó que Yahuarcocha fue una de las principales preocupaciones dentro de su administración, pero haciendo hincapié en que hay acciones que se están ejecutando y que los resultados visibles demorarán más tiempo.

“La laguna de Yahuarcocha es un patrimonio natural de Ibarra. Así como la ciudadanía, me siento preocupada por todo lo que pasa con Yahuarcocha, muy frustrada también, a veces, porque los resultados de los trabajos que en nuestra administración hemos iniciado no pueden verse de la noche a la mañana”, dijo.

“No se ha hecho nada en tantos años de vida de la laguna y ahora que algo estamos haciendo no esperen que hagamos magia, así que tendrán que esperar, en este caso que los equipos eliminen las cianobacterias para que pueda volver el color celeste de la laguna”, añadió. (FV)

Clausuran centro de ‘deshomosexualización’ en Cotacachi

IMBABURA.- Una denuncia en la Defensoría del Pueblo alertó a las autoridades de la provincia de Imbabura , en el norte de Ecuador, sobre el funcionamiento de un centro de tratamientos de ‘deshomosexualización’.

Un equipo técnico y jurídico de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess) verifcó que el lugar funcionaba sin ningún tipo de permiso.

Paola Bolaños, directora zonal 1 de Acess, explicó que la posible vulneración de los derechos de

los pacientes y las faltas a la normativa sanitaria vigente , permitieron que se realizara la evaluación de la infraestructura, equipamiento, talento humano y normativas conexas del lugar, de acuerdo a lo que establece la regulación sanitaria para el funcionamiento de los Centros Especializados en Tratamiento a Personas con Consumo Problemático de Alcohol y otras Drogas (Cetad).

“No contaba con el licenciamiento ni con permiso de funcionamiento otorgados por la Agencia, ante lo cual se

adoptó la medida provisional de clausura, con el fn de proteger el derecho a la salud de los 18 pacientes, entre ellos un menor de edad”, informó. Desde Acess, a través de un comunicado, refrieron que la normativa establece claramente

varias prohibiciones que se habrían incumplido en este sitio.

Bolaños recordó que los ciudadanos pueden hacer conocer sus inconformidades y denuncias de estos sitios enviando un correo electrónico a la dirección: denuncias@ acess.gob.ec . (Clic aquí para leer el reporte completo)

CLAUSURA. Acess cerró el lugar clandestino donde se decía que se trataban adicciones, por no contar con los permisos de funcionamiento.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK NORTE 03 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I
La contaminación es evidente en el espejo de agua. La administración municipal saliente de Ibarra no logró remediar el problema.

Nueva reforma tributaria podría reducir la inversión pública

Iván Stambulsky, economista para América Latina de Citi Research, en un conversatorio con medios de comunicación, dijo que el programa financiero de Ecuador no es holgado. Una reforma tributaria, que reduce los ingresos por impuesto a la renta, hace que el escenario más probable sea que el Gobierno tenga que recortar gastos.

“Esa va a ser la variable de ajuste en la situación de reducción de im-

Tres escenarios preocupan a inversionistas internacionales

El presidente Lasso se mantiene en una encrucijada. Los inversionistas nacionales y extranjeros tienen dudas y temores sobre las consecuencias de la actual crisis.

Ecuador tiene problemas estructurales para crecer y generar empleo. Incluso en el escenario base para 2023 ya se preveía

menor inversión privada y

reducción del crédito corporativo y empresarial.

Pero si se añade el factor de la inestabilidad política, la situación se complica aún más. El juicio político contra el presidente de la República, Guillermo Lasso, continúa y su desenlace no solo preocupa a inversionistas internacionales; sino también a empresarios nacionales.

Las cuentas públicas han iniciado este 2023 más en rojo de lo esperado, en medio de múltiples presiones para aumentar el gasto. El Gobierno busca que una

nueva reforma tributaria se convierta en una fuente de apoyo popular e incluso de negociación en el ámbito político.

puestos, particularmente el gasto más fácil de bajar, desde el punto de vista político, es el gasto de capital, de inversión pública”, dijo Stambulsky. El Gobierno han anunciado la reforma tributaria para aliviar el pago del impuesto a la renta. El nuevo esquema le costará al fisco ingresos por unos 200 millones de dólares al año. (JS)

siones sociales de una población que demanda de manera urgente mayor y mejor calidad de gasto en seguridad y salud.

Una mayor ejecución presupuestaria ayudará a calmar los ánimos y evitar protestas en las calles, y los partidos de oposición se empiezan a enfocar en las elecciones de 2025. El vicepresidente Borrero termina el período presidencial y el impacto económico se ha minimizado.

Este escenario es el que menos impacto económico implica; aunque el défcit fscal se puede disparar a $5.000 millones como ya ha alertado Jaime Carrera, miembro del Observatorio de la Política Fiscal.

da gatilla protestas violentas a escala nacional, encabezadas por movimientos indígenas y otras agrupaciones, sin contar los ‘infltrados’.

El Ejecutivo trata de contener las protestas, pero estas se escapan de control, y en algún momento, ni la Policía ni el Ejército pueden proteger el régimen constitucional. Para evitar un fnal aún más sangriento el Presidente dimite, siendo el vicepresidente Borrero quien deberá tomar la Presidencia hasta que se lleven a cabo las elecciones anticipadas en el último trimestre de este año.

Sin embargo, una de las razones de que el riesgo país se mantenga alto, a pesar del éxito del canje de deuda por bonos azules, es que se avizoran escenarios complejos pase lo que pase con el juicio político.

Y eso, como ya ha analizado LA HORA

golpea a la menguante clase media ecuatoriana; a las posibilidades de crecimiento económico y atracción de inversiones; pero sobre todo a la imagen de Ecuador como un país viable.

Santiago Mosquera, decano de la Escuela de Negocios de la Universidad de las Américas (UDLA), con base en conversaciones con inversionistas internacionales y empresarios privados ha esbozado tres escenarios que desnudan las peores preocupaciones políticas y económicas detrás de los miedos sobre el futuro cercano de Ecuador.

¿Qué posibilidades se dan a la permanencia de Lasso?

° Instituciones como Barclays, Santander e Investment Securities apuntan a que, después de la votación de 88 legisladores para continuar el juicio político, han aumentado las posibilidades de que Lasso, por un estrecho margen, salga “bien librado” del juicio político y se evite la muerte cruzada

Existe una tensa calma, pero también alta incertidumbre. “Es como lanzar una moneda, el escenario está muy cerrado, tampoco es imposible que la oposición consiga cuatro votos más”, ha dicho Alejandro Arreaza, economista para la región andina del banco británico Barclays.

El reciente canje de bonos caros por bonos azules redujo en alrededor de 180 puntos el riesgo país y dio esperanzas a los inversionistas; pero al confirmarse que el juicio político sigue, el riesgo país volvió a aumentar en un solo día hasta casi 1.700 puntos.

Escenario 1

El proceso de juicio político contra Lasso continúa en la Asamblea Nacional, con el Ejecutivo haciendo buen uso de su legítima defensa frente a las débiles pruebas de responsabilidad que sus acusadores presentan.

Conforme se acerca la sesión de votación, Lasso se da cuenta que, pese a su inocencia y adecuada defensa, sus acusadores tienen los votos necesarios para destituirlo y lo hacen.

El vicepresidente Alfredo Borrero es nombrado presidente hasta 2025. El desafío no es menor pues el nuevo mandatario enfrentará crecientes pre-

Escenario 2

Inicia de manera similar al escenario 1 pero el presidente Lasso, al ver que sus opositores tienen los votos para destituirlo, decide a último momento invocar la muerte cruzada, sin ceder espacios frente a una Asamblea cuyo nivel de aceptación es inferior al suyo

El Presidente en este escenario imagina que durante los siguientes seis meses podrá gobernar por decretos e implementar una serie de reformas que el país necesita.

Este sería su legado luego de haber luchado años para alcanzar la Presidencia. El problema de este escenario radica en que el anuncio de la muerte cruza-

Este escenario tendría un impacto económico y social muy importante. Esto quiere decir que se reduce sustancialmente el crecimiento económico; se quedan en el aire gran parte de las inversiones en proceso de licitación y concreción, en sectores como el energético e incluso vial.

Además, el país tiene que lidiar con más gasto público y limitado fnanciamiento externo frente a las dudas sobre cómo terminará la crisis política.

Escenario 3

Inicia de manera similar a los escenarios 1 y 2, pero en este caso el Presidente consigue los votos necesarios para evitar su destitución.

Lo considera una victoria política y piensa que lo ocurrido en la Asamblea es un refejo del sentir en las calles.

Sin embargo, similar al escenario 2, los movimientos indígenas muestran su descontento e inician crecientes protestas que se vuelven cada vez más difíciles de contener.

En algún momento, y para evitar mayor convulsión, Lasso dimite en favor de su Vicepresidente como requisito para una tregua. Alfredo Borrero se verá forzado a implementar una política fscal mucho más expansiva y buscar fnanciamiento necesario para restablecer la calma y terminar el período presidencial en 2025.

En este escenario el país confrma que es ingobernable, con un costo económico enorme no solo presente sino futuro.

(JS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ECONOMÍA 04 I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023
GOBIERNO. El futuro de Guillermo Lasso y de la economía de los ecuatorianos van de la mano.

Saquicela deambula sin un informe que sustente acusación a Lasso

La asesoría jurídica de la Presidencia de la República tiene previsto ingresar en las próximas horas a la Corte Constitucional un escrito donde se expondrá que asambleístas se “extra facultaron” y se fueron en contra del dictamen del organismo. En la Asamblea corren los plazos para que se notifique al Presidente.

La continuación del trámite del juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso en la Asamblea Nacional está en el limbo.

Desde el 9 de mayo de 2023, cuando la oposición reunió los 88 votos para continuar con la interpelación al mandatario empezaron a correr los plazos previstos en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) como paso previo para que el jefe de Estado acuda al Pleno ejercer su derecho a la defensa ante la acusación de presunto peculado.

Pero la gestión está empantanada. El primer plazo fatal que debe cumplir Virgilio Saquicela, presidente del Parlamento, vence a la medianoche de este viernes, 12 de mayo.

Según la ley, en tres días, Saquicela debía disponer a la Secretaría General de la Asamblea la “difusión del informe” del juicio a los 137 parlamentarios para que en las siguientes 48 horas lo puedan conocer y, dentro de las siguientes 72 horas, se

pueda convocar a sesión. El conficto que enfrenta Saquicela es que, en la sesión del 9 de mayo, la continuidad del juicio al Presidente se sustentó en el texto de una “moción” planteada por la correísta Viviana Veloz. Sin embargo, en la LOFL no está

Gobierno pide intervención de la Corte Constitucional

° La tardanza en la entrega del informe y la notificación acerca del inicio del juicio se extiende al Palacio de Gobierno.

“A pesar de las irregularidades e ilegalidades que se han cometido dentro del proceso, seguimos esperando que la Asamblea nos notifique para conocer el día que debería comparecer al Pleno el jefe de Estado para exponer la verdad”, dijo Juan Pablo Ortíz, secretario jurídico de la Presidencia de la República.

A su criterio, es “clarísimo” que, ante las ilegalidades cometidas, los jueces de la Corte Constitucional (CC) deberían realizar un seguimiento a su dictamen del 29 de marzo de 2023 antes de que el presidente Lasso sea convocado al Pleno de la Asamblea.

Sin informe, cómo vamos a decidir si no sabemos cuáles son las pruebas (con las que se acusa al presidente Lasso)?

JOHANA MOREIRA, ASAMBLEÍSTA DE LA IZQUIERDA DEMOCRÁTICA.

del proceso de sustanciación de juicio. ¿En qué parte de la ilegal resolución (del 9 de mayo) consta ese pedido?”, cuestionó Villavicencio.

‘Procedimiento ilegal’ Dalton

Bacigalupo (Izquierda Democrática ) confrmó que a su despacho aún no ha llegado la información (ni el informe motivado, ni la moción de Viviana Veloz).

Sin embargo, aclaró que cualquiera que sea el procedimiento que realice el Presidente del Parlamento es ilegal. “El único documento sobre el cual tenía que basarse el inicio de la interpelación era el informe motivado de la mesa de Fiscalización, y dicho informe no existe porque no tuvo los votos necesarios para su aprobación en esta Comisión”, expresó.

Para este legislador, la intención de querer sustituir un informe que no existe por posturas que se plantearon en el Pleno (por la oposición) está fuera de la ley.

contemplada esta fgura.

Saquicela apela a su rival político Ante la falta de un informe que respalde la continuidad del juicio, Saquicela apeló a su rival político Fernando Villavicencio.

La asesoría jurídica tiene previsto ingresar en las próximas horas a la CC un escrito en el que se expondrá que ciertos asambleístas se “extra facultaron” y se fueron en contra del dictamen de la Corte.

Mientras tanto, el constitucionalista Xavier Palacios opinó que la Corte podría activar de oficio la fase de seguimiento y, si llega a detectar un incumplimiento, podría eventualmente destituir al funcionario o dejar sin efecto ciertas actuaciones que se hayan desviado de su dictamen. En su opinión, más allá de que si se produjo un vicio al haber votado sin informe, la Corte no consideraría que se incumplió su dictamen, sino el procedimiento previsto en la LOFL lo cual no forma parte del fallo de marzo.

Sugirió que el Gobierno podría pedir a la CC que realice un requerimiento de información a la Asamblea sobre la forma en cómo se está desarrollando el juicio para determinar si se cumple o no con el dictamen.

El 9 de mayo, Álvaro Salazar, secretario general de la Asamblea, a nombre de Saquicela pidió al secretario relator de la Comisión de Fiscalización que le remita el expediente íntegro del proceso de sustanciación de juicio político en contra de Lasso.

Esto ocurrió pocas horas después de que el presidente de la Asamblea califcó al informe de borrador que no fue aprobado en esta mesa legislativa, “de carecer de valor y efectos jurídicos de conformidad al inciso quinto del artículo 16 del Reglamento de las Comisiones Especializadas”.

“¡Qué bonito! Primero dicen que el informe motivado de la Comisión de Fiscalización no sirve, que hemos vulnerado el procedimiento, y ahora desesperados nos piden el expediente íntegro

En su

colega Johana Moreira también hay incertidumbre por la falta de un informe a pesar de que el debate sobre el juicio está abierto.

Si no hay un informe no se puede cumplir con la LOFL, que establece que debe difundirse un documento.

“Sin informe ¿cómo vamos a decidir si no sabemos cuáles son las pruebas (con las que se acusa al presidente) ?, cuestionó.

Juan Fernando Flores, jefe de la bancada ofcialista del Acuerdo Nacional (BAN-CREO), tampoco ha sido notifcado del expediente que sustente el juicio. Cree que no sería extraño que “aparezcan convocatorias de la noche a la mañana y se diga que la información ya se conoció en el Pleno”.

A la bancada de Pachakutik ingresó el texto de la moción planteada por la correísta Viviana Veloz. (SC)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
ASAMBLEA. El 9 de mayo de 2023 la oposición en la Asamblea dio vía libre para continuar con el juicio al Presidente de la República.
QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I POLÍTICA 05

El PSC dejó de representar a la derecha

La imagen del PSC está muy golpeada y deja de ser relevante en la derecha. Analistas sostienen que la tendencia está a la espera de un nuevo liderazgo. La línea conservadora puede ser la vía de solución para esta tienda política.

La actual coyuntura que vive el Partido Social Cristiano (PSC) en el país es el resultado de haberse alejado de la doctrina ideológica que le dio origen, así lo creen expertos y analistas políticos del país.

la centro- derecha o un partido populista”.

verdaderamente político, ideológico que nos haga pensar en la recuperación de los principios republicanos”.

Lógica equivocada

Hacia el discurso frontal

Óscar Terán Terán recordó que el uso de la palabra “derecha” es “una mala palabra dentro de lo político”, haciendo alusión a la reciente victoria del Partido Republicano de Chile en los comicios para elegir a los responsables de redactar la nueva Constitución de la nación sudamericana.

El analista político

° El director de la Escuela de Gobierno de la UEES, Héctor Yépez, comentó a LA HORA que más allá de la coyuntura, la ciudadanía “ya no piensa en términos de derecha e izquierda”

Destacó que la crisis del PSC en el Parlamento es consecuencia de trabajar para la destitución presidencial, a través del juicio político Es “normal que quienes no están de acuerdo con esa línea se vayan del bloque”

Hay un 80% que está buscando una opción nueva en el país, que diga las cosas de frente, que defienda a la seguridad y la familia”,

La separación

de cuatro asambleístas en el último mes en el Parlamento, así como la separación de altos dirigentes y dignidades a lo largo de los últimos años, como lo son César Rohon, Cristina Reyes e incluso el actual m inistro de Gobierno, Henry Cucalón, debería ser

una señal de alarma para un partido que, de la mano del fallecido León Febres Cordero, logró tomar la P residencia en la década de 1980.

El comunicado emitido en días pasado por el presidente Nacional del PSC, Alfredo Serrano, en el que se asegura

que la organización “lucha contra la extrema derecha”, llega en un momento complicado para el partido y puertas adentro se muestran inconformidades que no salen a la luz por respeto a la llamada “disciplina partidista”.

Así lo comprobó este Diario al conocer la preocupación de miembros de esa tienda política.

‘Giro al populismo’

Para el académico y jurista, Pablo Guerrero Martínez, el PSC desde hace algunos años

se ha desviado la línea política, ideológica y doctrinaria y se ha convertido en un partido político de

Guerrero recordó que Camilo Ponce, Sixto Durán Ballen y Febres Cordero concibieron un partido de tendencia derechista y basado en la doctrina social de la Iglesia Sin

embargo, “las últimas medidas ponen al PSC en un maridaje antinatural e ideológico”, por la convivencia con UNES y el Socialismo del Siglo XXI.

Criticó que traten de calificar a CREO, como una organización de “la extrema derecha”. A su juicio ninguno de los dos partidos entra dentro del entramado de la derecha.

“Ni CREO, ni el PSC representan

a la gran tendencia de la centro-derecha de Ecuador, que no tiene quié

n lo represente en este momento”, lamentó Guerrero.

Alertó que la dirigencia política del país

debe avanzar en un proceso que permita el desarrollo de alianzas. Guerrero

apuntó que “los momentos históricos crean líderes”, indicando que dentro de la tendencia de la centro-derecha existen personas como Otto Sonnenholzner y Fernando Villavicencio , quienes podrían avanzar “juntos o de forma independiente” hacia la unidad.

“El Partido Republicano gana con un amplio margen y se le llama un triunfo de la extrema derecha, lo cual es un absurdo”, remarcó.

El comunicado del PSC va en esa lógica de hacer ver a la “derecha” como algo negativo. “Esa es una lógica equivocada , calificar a Lasso como extrema derecha no es lo adecuado , porque en definitiva ni el PSC

ni CREO son derecha, lo que son es “mercantilistas”, dijo Terán.

Al ser consultado sobre el regreso del correísmo a la Presidencia, en caso de la activación de la “muerte cruzada” por parte de Lasso, recordó que “el correísmo no se ha ido”.

Yépez asegura que más allá de la coyuntura política, los ecuatorianos están a la espera de una dirigencia que pueda ejercer un discurso “frontal en defensa de la libertad, de la vida, en defensa de los valores de la familia y eso es lo que se necesita, líderes que defiendan sin medias tintas”.

Al ser consultado sobre la posibilidad que tiene el presidente Guillermo Lasso de disolver la Asamblea y llamar a un proceso electoral, señaló que “no hay que tenerle miedo a que el pueblo decida”.

Agregó que “hay que dejar de temer al cuco del correísmo, no podemos seguir decidiendo por miedo al correísmo”.

Explicó que el correísmo en el último proceso electoral se impuso en algunas regiones del país con un 20% del electorado “Al correísmo hay que dejarlo en el pasado”, finalizó

A su juicio,

el gran fracaso del Gobierno del Presidente Lasso “es no tener un plan de gobierno,

El analista indicó que tanto en el Gobierno de Lenín Moreno, como en los dos años de gestión de Lasso, se han mantenido dirigentes del correísmo dentro de la estructura del Estado, ase -

gurando una cuota de poder. “Puede ser que tome más fuerza. Pero se está pintando con un carácter dramático el regreso del correísmo”, precisó. Sobre las victorias electorales de UNES en las últimas elecciones seccionales, remarcó que estas

fueron consecuencia “de la torpeza de la centro-derecha, del anticorreísmo, por dividirse y sacar varios candidatos, permitiendo que el correísmo se imponga con el 23% del electorado”.

Detalló que “si dividimos el electorado en las grandes fuerzas, en el mejor de los casos el correísmo representa un tercio del electorado y el anticorreísmo representa dos tercios, así no sería difícil vencerlo”. Terán exigió “respeto y patriotismo” a los líderes políticos para armar un frente, “ vayan con candidato único y binomio único”, dijo. (ILS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 06 I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023
HÉCTOR YÉPEZ, DIRECTOR DE LA ESCUELA DE GOBIERNO DE LA UEES. CRISIS. Luis Almeida es uno de los legisladores más visibles dentro del PSC. Foto: Asamblea Nacional

En Ecuador las mujeres leen más que los hombres

Los ecuatorianos leen un libro al año y dejan otro a medias. El nivel es bajo en comparación a otros países como Chile y Argentina, donde se leen cinco ejemplares al año.

La situación se revela en la encuesta de ‘Hábitos lectores, prácticas y consumos culturales’ que además detalla que son las mujeres quienes leen más en el país.

La lectura diaria por género es de 77,8% en las mujeres y 75,5% en hombres. Otro dato interesante es que los textos de mayor consumo son:

• Académico e investigación: 61,1%

• Religioso: 17,5%

• Literatura: 15%

• Autoayuda: 6,4%

Lectura de noticias

Aunque los libros son en un 57,5% lo que más se lee. Los periódicos ocupan el segundo lugar con 40,9%.

En lo ejemplares de periódicos las temáticas que más se buscan son:

• Noticias: 68,6%

• Tendencia: 11,1%

• Deportes: 9,4%

• Opinión: 5,2%

• Clasificados: 5,2%

Sin políticas públicas María Elena Machuca Merino, ministra de Cultura, señala que esta es la primera encuesta en la que no solo se ha evidenciado el hecho de que

el ecuatoriano lee un libro y medio al año; sino que se ha defnido qué tipos de contenidos gustan más, por edades, género y ubicación geográfca.

El objetivo de esta encuesta es crear una política pública ya que desde 2021 Ecuador se quedó sin el Plan del Libro y la Lectura, para el que el Instituto de Fomento Creatividad e Innovación (IFCI) cuenta con 200.000 dólares.

Según la Ministra, se requiere trabajar en contenidos de lectura que respondan a los intereses de la población, especialmente la estudiantil. Sin embargo, la falta de datos “ha fallado en cultura teniendo en cuenta que el sector cultura es de los más informales”, dice Machuca, quien resalta que en los próximos meses se presentará un “plan de lectura fuerte”, en conjunto con el Ministerio de Educación. (AVV)

° “Los estudiantes hasta sexto curso leen por obligación los textos escolares”, reconoce María Elena Machuca Merino, ministra de Cultura. Por eso existe la necesidad de tener un Plan del Libro y la Lectura, que permita entregar contenidos a los estudiantes que logren que lean por gusto y no por obligación.

Machuca dice que, por ejemplo, se deberían generar contenidos de lectura para celulares, computadoras y tabletas, que son los medios donde más leen los niños y los jóvenes.

Quienes leen libros en celulares son: niños de cinco a 11 años (39,5%) y jóvenes de 12 a 17 años (54,5%).

Otro objetivo del plan de lectura es lograr que todas las instituciones educativas del país tengan una biblioteca. Actualmente el número de bibliotecas escolares es ínfimo: de 12.184 instituciones educativas fiscales, solo 679 tienen una biblioteca escolar, es decir, solo el 5,7%.

Ocupación de quiénes más leen

Estudiante: 33%

Trabajador remunerado: 22,7%

Quehaceres del hogar/Trabajador no remunerado: 18,5%

Cuenta propia/Patrono/Rentista: 15,6%

Desocupado: 5,7%

Jubilado: 2,8%

Inactivo: 1,7%

CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA DE ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS DEPORTISTAS PARA EL DIRECTORIO DE CONCENTRACIÓN DEPORTIVA DE PICHINCHA PARA EL PERIODO 2023-2027

Se convoca a LOS DEPORTISTAS NOMINADOS POR LAS FILIALES DE CONCENTRACIÓN DEPORTIVA DE PICHINCHA a la Asamblea de Elecciones del Representante de los Deportistas al Directorio de Concentración Deportiva de Pichincha para el periodo 2023 - 2027, que se llevará a efecto el día lunes 29 de Mayo del 2023 a las 18:00 horas en el Auditorio Luis Arias Guerra ubicado en el Palacio de los Deportes, Avenida Ladrón de Guevara s/n y Avenida Queseras del Medio, en la Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación de Quórum;

2. Instalación de la Asamblea de Elecciones;

3. Elección del representante de los Deportistas al Directorio de Concen tración Deportiva de Pichincha para el periodo 2023-2027; y,

4. Clausura de la Asamblea de Elecciones.

Esto en fin del cumplimiento a lo señalado en el Art. 26 de Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, que señala lo siguiente: “.Art. 26.- De la elección del representante de los Deportistas al Directorio de las Federaciones Deportivas Provinciales: En la elección del represent ante de los deportistas al Directorio de las Federaciones Deportivas Provinciales, se deberá observar lo siguiente:

1. Las Asociaciones podrán nominar para que los representen, voten o sean candidatos en la elección, a un máximo de dos deportistas de sus registros; 2. Las Ligas Cantonales podrán nominar para que los representen, voten o sean candidatos en la elección, a un máximo de dos deportistas, que estén registrados en la Federación Deportiva respectiva y que acepten expresamente esa representación, sin que se requiera que los deportistas estén registrados en ellas; y, 3. Los deportistas nominados por las Asociaciones y Ligas deberán ser mayores de edad y encontrarse en el ejercicio de sus derechos de ciudadanía. Además, tienen que haber representado a su Federación en competencias oficiales al menos en dos de los últimos cuatro años o haber participado en eventos deportivos inter nacionales y encontrarse cursando sus estudios en una entidad educativa o haber obtenido su título académico. El presidente de la Federación Provincial solicitará a las Asociaciones y Ligas nominen a sus representantes para la Asamblea de elección. Estos organismos tendrán un término de quince días laborales para nominar a los deportistas, luego de lo cual ya no lo podrán hacer. Con la nominación, se convocará a Asamblea de elección del representante de los deportistas, donde participarán quienes cumplan con los requisitos correspondientes. La Asamblea se instalará con la presencia de por lo menos la mitad más uno de los deportistas nominados y que cumplan con los requisitos. En dicha Asamblea se mocionarán a los candiditos. Si existen varios o un solo candidato, se elegirá al que obtenga la mitad más uno de los votos presentes. En cualquier caso, de no obtenerse la votación necesaria para la elección, se convocará a una nueva elección. Este mismo procedimiento se llevará a cabo para la elección del representante de los deportistas en todos los organismos que conforman el nivel formativo, siendo el caso que en lugar de las nominaciones serán provenientes de las filiales respectivas”

Atentamente,

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
ESTUDIO. La encuesta de hábitos de lectura que concluye que las mujeres leen más se publicó en junio de 2022.
Solo el 5,7% de instituciones educativas tiene una biblioteca
001-004-3124
SOCIEDAD 07 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I

‘Grupo de Rescate’ cobra por dar seguridad a Pifo

El

Grupo de Rescate Pifo se ha posicionado como una agrupación parapolicial en la parroquia.

Las calles, plagadas de comercio, dan la bienvenida a Pifo, una de las parroquias rurales más grandes del Distrito Metropolitano de Quito, que ahora enfrenta problemas como la inseguridad. Los robos y hurtos en diferentes barrios o en zonas cercanas a instituciones educativas han obligado a la población a aceptar los servicios de un grupo parapolicial.

Luz Mary Tandayamo, habitante y coordinadora de educación de la parroquia, explica los problemas de seguridad que afectan a la población.

“Aquí había unos terrenos que estaban abandonados. En estos había edifcaciones donde personas con malas intenciones se metieron para hacer ‘su base’. Estas personas empezaron a robar a pobladores y estudiantes de colegio”, cuenta.

Ante esto, el rector de la institución educativa, Edison Moreno, habría realizado

diferentes denuncias a la Policía y otras instancias. Todo con el objetivo de que se eviten este

‘Grupos irregulares’

tipo de eventos.

“Nadie actuó. El Rector comentaba que acudió a la Policía e intendencia. Hizo ocho denuncias y los robos siguieron pasando. (...) Incluso a un estudiante lo apuñalaron”, explica Tandayamo.

Ante esto, los pobladores decidieron tomar la justicia por sus manos. Esto lo hicieron junto con el Grupo de Rescate Pifo, una organización que se presenta, supuestamente, ligada a las Fuerzas Armadas.

“Con ellos fuimos al predio, con el permiso de la dueña, y derrumbamos la edificación. Entramos y sacamos de todo: billeteras, celulares y a seis personas que estaban ahí”, explica. Pero, ¿qué es este grupo y de dónde sale?

Grupo de ‘Rescate’

Esta agrupación está al mando de

Andrés Subía, quien se autodenomina brigadier. Tandayamo cuenta que conoció a esta agrupación en la parroquia de Oyambarillo, donde ellos se dedicaban a entrenar y ejecutar labores de rescate. Además, en esta zona comenzaron con actividades para brindar seguridad a la población

“Ellos realizaban patrullajes de seguridad y habían bajado la tasa de crímenes. Es esto lo que me impulsó a traerlos a la parroquia”, cuenta.

Con la ayuda de convenios y

° Desde el Comando Conjunto de las FF.AA. se niega que esta organización tenga vínculos con la institución. Además, manifiestan su preocupación, sobre todo, por el cobro por seguridad en la zona.

Por otro lado, fuentes relacionadas a la gestión de riesgos y equipos de respuesta aseguran que este tipo de grupos son ‘irregulares’.

Esto debido a que para posicionarse como entidades oficiales de rescate y apoyo, estas agrupaciones deberían contar con certificaciones tanto de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, a escala nacional, como del Grupo

Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate (Insarag) de las Naciones Unidas, a nivel internacional. Esto, para garantizar los protocolos que sigue la institución como los que se imparten en capacitaciones y otro tipo de acercamientos con la ciudadanía.

LA HORA consultó a los líderes del Grupo de Rescate Pifo por más información. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición no se obtuvo respuesta

El objetivo de la agrupación es continuar formando a los jóvenes en la parroquia y realizar capacitaciones con los diferentes barrios y trabajadores en temas relacionados a la seguridad y salud.

QUITO Metro frena sus operaciones y no tiene fecha de reinicio

FINANZAS

Diez claves de una nueva reforma tributaria de Lasso

BOLSILLO

otros tratos, Tandayamo llevó al grupo de rescate a Pifo. En esta zona colocaron su ‘cuartel’, ubicado en un

infocentro y complejo deportivo de la parroquia.

Allí, el Grupo de Rescate Pifo empezó a formarse “para brindar servicios a la parroquia”. Sin embargo, fueron más allá.

Tras la intervención en las zonas donde se habrían juntado personas dedicadas al robo, optaron por realizar patrullajes en diferentes espacios de la parroquia. Esto, con la ayuda de motos equipadas con sirenas.

Cobros ilegales

En el caso de la unidad educativa Charles Spurgeon se cobra $1 por estudiante, por año lectivo, para el pago a quienes forman parte del ‘Grupo de Rescate’. Esto, por brindar servicios de seguridad.

“Ellos están ligados a la empresa de seguridad Legion Security”, explica. “Realizan patrullajes y atienden alarmas comunitarias”.

Según el Ministerio de Educación, este tipo de cobros son ilegales. Por su lado, el grupo se ha posicionado como una entidad parapolicial en la parroquia.

Reclutamiento

Parte de las actividades del grupo incluyen el reclutamiento de jóvenes. A ellos les cobran alrededor de $280 por tomar cursos de capacitación teórica y

práctica para gestión de rescates y seguridad

“A veces se dan apoyos y becas a los jóvenes. Por ejemplo, tenemos un joven que viene de Coturco, que es becado”, dice.

Al momento se han graduado

13 jóvenes de Pifo como miembros de este grupo y se espera recibir a un equipo más en los próximos meses.

El objetivo, según explica Tandayamo, es que las nuevas administraciones parroquiales puedan formular proyectos de la mano del grupo “para que ellos reciban remuneraciones, porque el GAD les ha dado el espacio, pero no reciben dinero de la parroquia”.

Parte del financiamiento de esta agrupación, aseguran, viene de capacitaciones y eventos que realizan junto con organizaciones y empresas. Afrman que también se han realizado procesos con instituciones como la FAE.

Precio sugerido de gasolina súper será de $3,97 por galón

JUSTICIA

Gobierno cierra contratación del perito Roberto Meza para concluir el caso Gabela

SEGURIDAD

Desde el

GAD de Pifo, por otro lado, se ofertan cursos de primeros auxilios, defensa personal y otras ramas en coordinación con el grupo. (DLH)

jóvenes de Pifo se han recibido como miembros del Grupo de Rescate.

Propuesta de reforma para apoyo de militares a policías, lista para segundo debate

GASTRONOMÍA

Fritada

ecuatoriana entre los platillos favoritos del mundo

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 QUITO 08
lahora.com.ec EN LA WEB
13
CIFRA
ENTRENAMIENTO. El grupo recluta jóvenes de la parroquia.

La OMS levanta la emergencia internacional por la viruela símica

GINEBRA. La Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró este 11 de mayo de 2023 el final de la emergencia internacional por el brote de viruela del mono o símica, declarada en julio del pasado año ante una enfermedad que ha afectado al menos a 87.000 personas en 111 países, con 140 fallecidos. La decisión fue anunciada por el director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus, un día después de

Ley anticorrupción en Venezuela está en entredicho

Expertos sostienen que antes de haber aprobado la norma se debieron realizar cambios en el sistema de justicia.

CARACAS. La ley que el Parlamento aprobó en Venezuela para recuperar bienes del Estado que se perdieron por la corrupción debió redactarse después de realizar cambios en el sistema de Justicia, para evitar que sea usada para “atacar, perseguir y amenazar” a cualquier persona , señalan expertos.

Dicha norma fue aprobada en medio de un escándalo por tramas de corrupción que

involucran a la petrolera Pdvsa y otras instituciones del Estado, por las que han sido detenidas 61 personas, entre ellas varios funcionarios del chavismo.

La directora ejecutiva de la oenegé Transparencia Venezuela, Mercedes De Freitas, explicó que recuperar bienes y recursos relacionados con la corrupción es un asunto “importante”, por lo que debió modificarse el sistema judicial para que sea autónomo, independiente y capaz.

Para De Freitas, la Justicia venezolana no cuenta con ninguna de esas características, una

afirmación recogida en informes de la ONU, la Comisión Interamericana de Derechos

Humanos, la Corte Penal Internacional y la Misión de Determinación de Hechos.

La experta recordó que en

que se reuniera el comité de emergencia que analizaba trimestralmente la situación del brote, cuyos casos se han reducido un 90% en los tres últimos meses. La emergencia internacional por esta enfermedad, denominada mpox por la OMS, se levanta seis días después de que esta agencia de la ONU hiciera lo propio en el caso de la pandemia de covid-19. EFE

Lula firmará nueva ley de armas

MADRID. El ministro de Justicia de Brasil, Flávio Dino, ha adelantado que este mes de mayo de 2023 el Gobierno presentará una nueva propuesta de ley para regular entre la población civil el acceso a las armas , después de laxa legislación de la anterior administración de Jair Bolsonaro que instauró una suerte de “salvaje oeste”.

NORMATIVA. El parlamento de mayoría chavista aprobó la ley para luchar contra la corrupción.

la lista de detenidos recientemente por las tramas de corrupción, hay jueces de “altísimo nivel”.

Problema sistémico

El 28 de abril de 2023, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional la Ley de Extinción de Dominio, pero De Freitas sostuvo que,

en Venezuela, la corrupción es sistémica “ y se produce porque no hay separación de poderes, porque no hay un sistema judicial que haga su tarea con independencia ni una Contraloría que haga su tra-

EL

DATO

Desde hace más de siete años no se publican informes de gestión de los órganos del Estado en Venezuela.

Entrega de recursos sin garantías

° El diputado oficialista Diosdado Cabello, principal impulsor de esta ley, explicó que los recursos recuperados serán destinados al sistema de protección social, los servicios públicos, la infraestructura pública, programas de atención y reparación de víctimas de actividades ilícitas y a las instituciones encargadas de combatir la corrupción.

La organización subrayó que el texto no indica los mecanismos que serán empleados para garantizar que los bienes recuperados sean realmente entregados a beneficio de la población.

bajo con independencia”.

Por su parte, la oenegé Acceso a la Justicia manifestó su temor a que la normativa se use para “atacar, perseguir y amenazar” a cualquier persona. EFE

Esta nueva legislación se suma a una serie de derogaciones frmadas por el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, durante su primer día de mandato en relación a este asunto, a unas normas de Bolsonaro, que en la práctica facilitaban el acceso a las armas.

“Este decreto viene a recomponer el sistema que, du-

rante el gobierno de Bolsonaro, fue desmontado”, dijo Dino.

“Vamos a intentar hacer algo que, en primer lugar, acabe con esa ‘liberalización general’, los abusos, el salvaje oeste, que se montó ahí”.

939.154 armas habían sido inscritas en el nuevo sistema de la Policía Federal antes del marco fjado por el Gobierno, que decidió unifcar los registros de la Policía y el Ejército. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
El Ministerio de Justicia informó la semana pasada que GLOBAL 09 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I

EE.UU. creará un centenar de centros para evitar la migración ilegal

La Administración de Joe Biden pretende abrir un centenar de centros de tramitación de migrantes en Centroamérica y el sur del continente desde donde aquellos que cumplan con los requisitos y así lo deseen puedan ser trasladados a Estados Unidos, España y Canadá para trabajar o recibir algún tipo de protección, según han informado desde el Departamento de Estado de EE.UU.

Washington anunció recientemente un acuerdo con España y Canadá con el fn de fomentar las vías legales de migración ante la expiración del Título 42 este 12 de mayo y la vuelta al llamado Título 8, por el cual

aquellos migrantes que lleguen a sus fronteras de forma ilegal serán devueltos y no podrán volver a intentarlo en 5 años.

Inicialmente, está previsto abrir dos de estos centros en Guatemala y Colombia, a los que los migrantes p

odrán acudir para conocer las distintas opciones que ofrecen Estados Unidos, España y Canadá para conseguir protección internacional o para su reasentamiento en estos países, por ejemplo con algún permiso de trabajo.

Según ha explicado un alto cargo de la Administración Biden, la intención es “abrir finalmente unos 100 centros

regionales de tramitación en lugares clave del Hemisferio Occidental”. Asimismo, en los próximos días se pondrá en marcha una plataforma en línea para poder solicitar cita previa antes de acudir a dichos centros.

Crisis en el río Bravo

En la agonía del Título 42, los migrantes que se encuentran varados en la frontera de Matamoros, Tamaulipas, en el norte de México, han padecido crisis nerviosas y no dejaron de lanzarse al río Bravo durante este 11 de mayo de 2023, mientras los militares estadounidenses reforzaron la malla con púas y más agentes se sumaron a su

SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE FONOGRAMAS SOPROFON BALANCE GENERAL CONDENSADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 EXPRESADO EN USD DOLARES

tarea en la zona que las familias empleaban para cruzar.

También en las últimas horas de vigencia de la norma que se aplicó durante la pandemia, los venezolanos, principalmente, y personas de diversas nacionalidades, se abalanzaron en grandes cantidades sobre la orilla del caudal para pasarlo caminando, con niños y bolsas negras, donde llevaban sus pertenencias.

“Es una situación compleja, hay muchísima gente que ya

está desesperada. Una venezolana estaba llorando, estaba en crisis nerviosa”, declaró el coordinador de socorros de la Cruz Roja en Matamoros, Francisco Ponce.

De acuerdo a información que proporcionó el socorrista, entre el 10 y el 11 de mayo han pasado de manera irregular a Estados Unidos en esta zona alrededor de 5.000 personas, aunque algunas ya han sido devueltas a este municipio de manera expedita. EUROPAPRESS-EFE

CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA DE ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LA FUERZA TÉCNICA PARA EL DIRECTORIO DE CONCENTRACIÓN DEPORTIVA DE PICHINCHA PARA EL PERIODO 2023-2027

Se convoca a LOS REPRESENTANTES DE LA FUERZA TÉCNICA NOMINADOS POR LAS FILIALES DE CONCENTRACIÓN DEPORTIVA DE PICHINCHA a la Asamblea de Elecciones del Representante de la Fuerza Técnica al Directorio de Concentración Deportiva de Pichincha para el periodo 2023-2027, que se llevará a efecto el día lunes 29 de Mayo del 2023 a las 16:00 horas en el Auditorio Luis Arias Guerra ubicado en el Palacio de los Deportes, Avenida Ladrón de Guevara s/n y Avenida Queseras del Medio en la Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación de Quórum;

2. Instalación de la Asamblea de Elecciones;

3. Elección del representante de la Fuerza Técnica de las Filiales al Directo rio de Concentración Deportiva de Pichincha para el periodo 2023-2027; y,

4. Clausura de la Asamblea de Elecciones.

Esto en fin del cumplimiento a lo señalado en el art. 27 de Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, que señala lo siguiente: “Art. 27.- Del representante de la Fuerza Técnica. - Para la elec ción del represente de la Fuerza Técnica, las Federaciones Deportivas Provinciales establecerán el procedimiento en sus propios estatutos”

SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE FONOGRAMAS SOPROFON ESTADO DE RESULTADOS CONDENSADO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022

EN USD DOLARES

Así como lo señalado en el Estatuto de Concentración Deportiva de Pichincha, que establece:“ Art. 11.- Para la elección del representante de la fuerza técnica al Directorio se deberá observar lo siguiente: 1. Cada una de las Asociaciones y Ligas Cantonales filiales de CDP podrán nominar un delegado de sus cuerpos técnicos para que los representen, voten o sean candidatos en la elección; 2. Una vez que se cuente con los representantes delegados, el Director del Departamento Técnico Metodológico de CPD emitirá un informe que detalle si los técnicos designados por cada filial pertenecen a cada una de las organizaciones que representan; 3. Se pro cederá a la validación de perfiles a través de la Comisión Calificadora integrada por el Presidente de la CDP y el delegado técnico del Ministerio del Deporte al directorio; y, 4. El presidente de CDP convocará a Asamblea de elección del representante de la fuerza técnica con al menos 48 horas de antelación y para su instalación se requiere la presencia de la mitad más uno de los representantes de cada filial que hayan sido calificados. La votación será nominal; el Presidente de Asamblea solicitará a los acreditados la moción correspondiente para la dignidad a elegir, moción que deberá ser apoyada por un acreditado diferente, una vez mocionados los candidatos, se procederá a la recepción de votos por parte del Secretario de la Asamblea; quien proclamará los resultados concluida la votación. Si en la elección de esta dignidad hubiera un empate, el Presidente de la Asamblea llevará a efecto una nueva votación, de darse nuevamente un empate el Presidente de Asamblea tendrá voto dirimente. El representante de la Fuerza Técnica elegido por la Asamblea General será posesionado en el mismo acto eleccionario. El representante de la Fuerza Técnica tendrá derecho a voz, pero no a voto y no podrá ocupar las dignidades señaladas en el artículo 39 de la Ley del Deporte, Educación Física Recreación.” Atentamente,

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 10 I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023
001-004-3124
ACTIVO EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 185.977,40 ACTIVOS POR IMPUESTOS CORRIENTES 279.609,03 CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR 5.087,65 TOTAL ACTIVO CORRIENTE 470.674,08 MUEBLES Y ENSERES 2.681,63 EQUIPOS DE OFICINA 11.873,13 ADECUACIONES 6.444,00 EQUIPOS DE COMPUTO 54.669,01 DEPRECIACIÓN ACUMULADA -67.578,53 TOTAL ACTIVO FIJO 8.089,24 OTROS ACTIVOS 10.310,67 TOTAL OTROS ACTIVOS 10.310,67 TOTAL ACTIVO 489.073,99 INGRESOS OPERATIVOS INGRESOS FACTURADOS POR DERECHO CONEXO (1.407.527,23) PROVISIÓN PARA CUENTAS INCOBRABLES MENOS OTROS INGRESOS (101.228,22) DESCUENTO EN VENTAS 31.455,44 COSTO DE DERECHOS CONEXOS 976.136,41 EXCEDENTE DEL INGRESO SOBRE EL COSTO (501.163,60) GASTOS: GASTOS DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN 501.163,60 TOTAL GASTOS 501.163,60 OTROS INGRESOSDÉFICIT DEL PERÍODO PASIVO DERECHOS CONEXOS 341.164,01 OTRAS CUENTAS POR PAGAR Y PROVISIONES DE GASTOS 94.676,66 PASIVOS ACUMULADOS 9.050,90 OBLIGACIONES CON IESS Y SRI 22.846,01 ANTICIPO CLIENTES 925,10 SUELDOS POR PAGARTOTAL PASIVO CORRIENTE 468.662,68 JUBILACIÓN PATRONAL Y DESAHUCIO 21.744,40 TOTAL PASIVO 490.407,08 PATRIMONIO SUPERÁVIT Y/O DÉFICIT ACUMULADO -1.333,09 SUPERÁVIT Y/O DÉFICIT DEL EJERCICIOTOTAL PATRIMONIO - 1.333,09 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 489.073,99 SOPROFON LUIS ESTEBAN JARA DIRECTOR GENERAL SOPROFON LUIS ESTEBAN JARA DIRECTOR GENERAL TAXGOLD AUDITORES CIA LTDA MARY CHAVEZ CONTADORA TAXGOLD AUDITORES CIA LTDA MARY CHAVEZ CONTADORA 001-004-3107
EXPRESADO
INCERTIDUMBRE. Ayer por la noche expiró l la normativa migratoria que se aplicó por la pandemia.
Hasta este 11 de mayo de 2023 miles de personas intentaban ingresar de forma ilegal a Estados Unidos, aprovechando la vigencia del Título 42.

República del Ecuador Superintendencia de Bancos Intendencia de Control del Sector Financiero Privado ENTIDAD: BANCO CAPITAL S. A. CÓDIGO OFICINA : 1151

BALANCE CONSOLIDADO Y CONDENSADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2021 - 31 DE DICIEMBRE 2022 (en dólares)

DESCRIPCIÓN

2. PASIVOS

OBLIGACIONES CON EL PUBLICO

Depósitos a la vista

Operaciones de reporto

Depósitos a plazo

De 1 a 30 días

De 31 a 90 días

De 91 a 180 días

De 181 360 días

De más de 361 días

Depósitos por Confrmar

DEPOSITOS RESTRINGIDOS

OBLIGACIONES INMEDIATAS

ACEPTACIONES EN CIRCULACIÓN

CUENTAS POR PAGAR

OBLIGACIONES FINANCIERAS

VALORES EN CIRCULACIÓN

OBLIGACIONES, ACCIONES Y AP.FUTURAS CAP.

OTROS PASIVOS

PASIVOS

3. PATRIMONIO

CAPITAL SOCIAL

Capital Pagado

RESERVAS

Legales

Especiales

Revalorización del Patrimonio

SUPERAVIT POR VALUACIONES

RESULTADOS

PATRIMONIO

INGRESOS

TOTAL GENERAL PASIVOS, PATRIMONIO E INGRESOS

CARTERA DE MICROCRÉDITO REESTRUCTURADA POR VENCER

CARTERA DE CRÉDITOS PRODUCTIVO QUE NO DEVENGA INTERESES

CARTERA DE CRED.COSUMO PRIORIT.QUE NO DEVENGA INT.

CARTERA DE CRED. INMOBILIARIA QUE NO DEVENGA INT.

CARTERA DE CREDITO PARA LA MICROEMPRES QUE NO DEV.

CARTERA DE CRED.DE CONSUMO ODINARIA QUE NO DEVENGA

CARTERA DE MICROCRÉDITO REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES

CARTERA DE CREDITO COMERCIAL PRIORITARIA VENCIDA

CARTERA DE CREDITO DE CONSUMO PRIORITARIA VENCIDA

CARTERA DE CREDITO DE INMOBILIARIA VENCIDA

CARTERA DE CREDITO PARA LA MICROEMPRESA VENCIDA

CARTERA DE CREDITO COMERCIAL ORDINARIA VENCIDA

CARTERA DE CREDITO DE CONSUMO ORDINARIA VENCIDA

CARTERA DE MICROCRÉDITO REESTRUCTURADA VENCIDA

CARTERA REFINACIADA COVID 19 POR VENCER

CARTERA REFINACIADA COVID 19 NO DEVENGA

CARTERA REFINACIADA COVID 19 VENCIDA

CARTERA REESTRUCTURADA COVID 19 POR VENCER

CARTERA REESTRUCTURADA COVID 19 NO DEVENGA

CARTERA REESTRUCTURADA COVID 19 VENCIDA (Provisiones para créditos incobrables)

CUENTAS POR COBRAR

BIENES REALIZABLES, ADJUDICADOS POR PAGO, DE ARREN

PROPIEDADES Y EQUIPO

OTROS ACTIVOS

Derechos fduciarios

Gastos y pagos anticipados

Gastos diferidos

Materiales, mercaderías insumos

Otros (Provisión para otros activos irrecuperables)

ACTIVOS

GASTOS

TOTAL GENERAL DEL ACTIVO Y GASTOS

6. CUENTAS CONTINGENTES

TOTAL DE CUENTAS CONTINGENTES

DEUDORAS

Otras cuentas contingentes deudoras

ACREEDORAS

Avales

Fianzas garantías

Otras cuentas contingentes acreedoras

7. CUENTAS DE ORDEN

CUENTAS DE ORDEN

ANEXOS CUENTAS DE ORDEN

CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

Valores y bienes propios en poder de terceros

Activos propios en poder de terceros entregados en ACTIVOS CASTIGADOS

Lineas de Crédito no utilizadas

Cartera de créditos y otros activos en demanda jud

Intereses, comisiones e ingresos en suspenso

Contratos de arrendamiento mercantil fnanciero

Otras cuentas de orden deudoras

CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

Valores y bienes recibidos de terceros

Defciencia de provisiones

Depósitos de entidades del sector público

Origen del capital

PROVISIONES CONSTITUIDAS DPTO.O CAPTACIONES CONSTIT.COMO GARATIAS DE PREST.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CÓDIGO 11 1101 1102 110205 1103 1104 13 1303 1304 1306 1307 14 1401 140105-10-15 140120 140125 1402 140205-10-15 140220 140225 1404 140405-10-15 140420 140425 1410 1401005-10-15 141020 141025 1418 141805-10-15 141820 141825 1419 1420 1425 1426 1427 1428 1431 1444 1449 1450 1451 1452 1454 1455 1468 1491 1492 1493 1494 1495 1496 1499 16 17 18 19 1902 1904 1905 1906 1990 1999 1 4 CÓDIGO 21 2101 2102 2103 210305 210310 210315 210320 210325 210330 2105 23 24 25 26 27 28 29 2 31 3101 33 3301 3303 3305 35 36 3 5 6 61 6190 64 6401 6402 6490 7 71 7101 7102 7103 7104 7107 7109 7110 7190 74 7401 7406 7407 7408 7414 7415 DESCRIPCIÓN 1. ACTIVOS FONDOS DISPONIBLES Caja Depósitos para encaje Banco Central del Ecuador Bancos y otras instituciones fnancieras Efectos de cobro inmediato INVERSIONES Disponibles para la venta de entidades del sector Disponibles para la venta del estado o de entidade Mantenidas hasta el vencimiento del estado o de en De disponibilidad restringida CARTERA DE CREDITOS CARTERA DE CRED.COMERCIAL PRIORITARIA POR VENCER De 1 a 180 Días De 181 360 días De más de 360 días CARTERA DE CRED.DE CONSUMO PRIORITARIA POR VENCER De 1 a 180 Días De 181 360 días De más de 360 días Cartera de créditos para la microempresa por vence De 1 a 180 Días De 181 360 días De más de 360 días CARTERA DE CRÉDITOS CONSUMO REFINANCIADA POR VENCER De 1 a 180 Días DE 181 A 360 DIAS DE MAS DE 360 DIAS CARTERA DE CRÉDITOS CONSUMO REESTRUCTURADA POR VENCER De 1 a 180 Días DE 181 A 360 DIAS DE MAS DE 360 DIAS CARTERA DE CRED. INMOBILIARIA REESTRUC.POR VENCER
31/12/21 2.686.087,03 407.928,36 723.166,33 723.166,33 1.506.823,28 48.169,06 5.705.796,33 2.270.718,79 1.312.196,16 1.760.226,89 362.654,49 16.941.057,40 635.054,41 390.374,07 99.952,21 144.728,13 15.709.710,25 3.084.680,78 2.401.688,62 10.223.340,85 819.034,47 81.745,97 86.158,13 651.130,37 0,00 0,00 0,00 0,00 26.201,66 5.822,63 6.294,84 14.084,19 0,00 0,00 0,00 189.630,16 0,00 20.039,17 0,00 6.055,34 4.977,33 364.692,61 1,00 113.551,52 0,00 0,00 1.962,49 84.246,03 70.547,75 6.599,50 307.617,56 161.262,23 6.096,08 -1.586.222,16 374.570,31 569.654,17 7.792.144,96 2.716.189,03 895.770,26 72.149,61 1.596.956,24 16.515,55 136.465,39 -1.668,02 36.785.499,23 0,00 36.785.499,23 31/12/21 27.728.415,89 3.688.540,92 0,00 23.959.538,85 4.764.005,02 5.255.066,39 6.894.082,88 6.558.867,19 487.517,37 0,00 80.336,12 943,45 0,00 1.486.598,36 0,00 0,00 0,00 679.260,18 29.895.217,88 11.000.000,00 11.000.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 5.783,45 -4.115.502,10 6.890.281,35 0,00 36.785.499,23 55.185,57 0,00 0,00 55.185,57 0,00 0,00 55.185,57 104.404.365,59 57.690.505,32 322.418,01 5.066.237,75 11.239.621,85 0,00 8.630.901,84 11.837.876,79 463.978,24 20.129.470,84 46.713.860,27 35.331.879,24 0,00 0,00 11.000.000,00 251.849,71 130.131,32 31/12/22 1.875.049,31 214.026,13 1.458.459,15 1.458.459,15 158.169,61 44.394,42 4.569.816,53 873.535,46 1.195.356,73 2.138.249,71 362.674,63 23.772.498,98 1.734.072,31 1.106.341,97 285.323,79 342.406,55 16.240.949,04 3.247.576,94 2.751.506,19 10.241.865,91 5.885.580,85 649.992,46 581.467,42 4.654.120,97 12.623,84 836,94 1.064,63 10.722,27 10.049,69 4.398,04 1.995,74 3.655,91 0,00 0,00 61.207,52 720.126,37 0,00 129.973,64 0,00 2.844,66 12.994,81 150.435,48 1,00 30.731,11 0,00 0,00 4.633,61 33.973,81 5.403,96 1.338,91 233.119,53 98.944,98 18.748,40 -1.615.254,54 479.052,45 575.478,60 7.712.498,56 2.887.600,29 974.659,33 58.673,19 1.652.784,82 15.633,98 186.072,63 -223,66 41.871.994,72 0,00 41.871.994,72 31/12/22 33.474.627,53 2.785.447,84 0,00 30.608.843,57 5.517.049,53 7.865.714,28 9.408.683,42 7.071.857,04 745.539,30 0,00 80.336,12 18.084,04 0,00 1.765.268,17 0,00 0,00 0,00 801.393,66 36.059.373,40 11.000.000,00 11.000.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 54.854,24 -5.242.232,92 5.812.621,32 0,00 41.871.994,72 118.622,57 63.437,00 63.437,00 55.185,57 0,00 0,00 55.185,57 107.485.157,26 53.804.270,20 322.418,01 5.066.237,75 11.198.370,76 0,00 8.468.262,40 13.367.714,42 463.978,24 14.917.288,62 53.680.887,06 42.407.678,48 0,00 21.592,40 11.000.000,00 0,00 251.616,18
CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO (en dólares) CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR VALOR dic-21 dic-22 PATRIMONIO TÉCNICO PRIMARIO 31 Capital social 11.000.000,00 11.000.000,00 3301 Reservas Legales 0,00 0,00 330310 Reservas especiales - Para futuras capitalizaciones 0,00 0,00 3601 Utilidades o excedentes acumulados - saldos auditados 0,00 0,00 3602 Pérdidas acumuladas - saldos auditados (1) -2.143.751,76 -4.115.502,10 A TOTAL PATRIMONIO TÉCNICO PRIMARIO 8.856.248,24 6.884.497,90 PATRIMONIO TÉCNICO SECUNDARIO 3305 Reservas por revalorización del patrimonio 0,00 0,00 35 45% Superávit por valuación 2.602,55 24.684,41 3603 Utilidad del ejercicio 0,00 0,00 3604 Pérdida del ejercicio (4) -1.971.750,34 -1.126.730,82 MÁS 149980 (Provisión para créditos incobrables - Provisión general para cartera de crédito)) 222.879,07 0,00 MENOS 1613 Dividendos Pagados por Anticipado 0,00 0,00 B TOTAL PATRIMONIO TÉCNICO SECUNDARIO -1.746.268,72 -1.102.046,41 C = A + B TOTAL DEL PATRIMONIO TÉCNICO 7.109.979,52 5.782.451,49 MENOS D DEDUCCIONES AL PATRIMONIO TÉCNICO TOTAL 0,00 0,00 E = C - D PATRIMONIO TÉCNICO CONSTITUIDO 7.109.979,52 5.782.451,49 ACTIVOS Y CONTIGENTES PONDERADOS POR RIESGO Activos ponderados con 0,10 52.466,36 67.700,16 Activos ponderados con 0,20 658.799,02 708.826,25 Activos ponderados con 0,50 0,00 0,00 Activos ponderados con 1,00 30.486.015,80 35.653.246,38 Activos ponderados con 2,00 0,00 0,00 F TOTAL ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO 31.197.281,17 36.429.772,79 POSICIÓN, REQUERIMIENTO Y RELACIÓN DE PATRIMONIO TÉCNICO G = F * 9% PATRIMONIO TÉCNICO REQUERIDO 2.807.755,31 3.278.679,55 H = E - G EXCEDENTE O DEFICIENCIA DE PATRIMONIO TÉCNICO REQUERIDO 4.302.224,22 2.503.771,94 ACTIVOS TOTALES Y CONTINGENTES X 4% 1.473.627,39 1.679.624,69 CUMPLIMIENTO NORMATIVO Art. 190 COMF PTC ACTIVOS T CONTIGENTES PONDERADOS POR RIESGO 22,79% 15,87% Art. 190 COMF PTC ACTIVOS T CONTIGENTES TOTALES 19,30% 13,77% ACTIVO FIJO / PATRIMONIO TÉCNICO CONSTITUIDO 109,59% 133,38% INDICADORES FINANCIEROS en porcentajes ESTADO DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS COMPARATIVO CONSOLIDADO Y CONDENSADO AÑO 2021 AÑO 2022 CÓDIGO DESCRIPCIÓN PARCIAL TOTAL PARCIAL TOTAL TOTAL INGRESOS 3.347.554,23 4.773.614,91 51 Intereses y descuentos ganados 2.565.125,97 3.561.492,32 41 Intereses causados -1.513.898,93 -2.280.593,02 MARGEN NETO INTERESES 1.051.227,04 1.280.899,30 52 Comisiones ganadas 0,00 0,00 54 Ingresos por servicios 47.240,08 79.965,07 42 Comisiones Pagadas -13.150,23 -20.956,38 53 Utilidades fnancieras 6.885,55 10.962,62 43 Pérdidas fnancieras -55.898,92 -48.476,40 MARGEN BRUTO FINANCIERO 1.036.303,52 1.302.394,21 44 Provisiones -339.506,49 -546.704,34 MARGEN NETO FINANCIERO 696.797,03 755.689,87 45 Gastos de operación -3.323.137,93 -2.895.307,96 MARGEN DE INTEMEDIACIÓN -2.626.340,90 -2.139.618,09 55 Otros ingresos operacionales 117.834,84 220.963,81 46 Otras pérdidas operativas -2.798,95 -89.512,50 MARGEN OPERACIONAL -2.511.305,01 -2.008.166,78 56 Otros ingresos 610.467,79 900.231,09 47 Otros gastos y pérdidas -70.913,12 -18.795,13 PÉRDIDA ANTES DE IMPUESTOS -1.971.750,34 -1.126.730,82 48 Impuesto y Participación a trabajadores 0,00 0,00 PÉRDIDA DEL EJERCICIO -1.971.750,34 -1.126.730,82 BANCO CAPITAL BANCA PRIVADA RATIOS DICIEMBRE 2021 DICIEMBRE 2022 DICIEMBRE 2021 DICIEMBRE 2022 CAPITAL SOLVENCIA: PATRIMONIO TÉCNICO CONSTITUIDO ACTIVOS CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO 22,79% 15,87% 13,93% 13,88% COBERTURA PATRIMONIAL DE ACTIVOS INMOVILIZADOS 69,48% 56,42% 738,87% 836,70% PATRIMONIO TÉCNICO SECUNDARIO / PATRIMONIO TÉCNICO PRIMARIO -19,72% -16,01% 34,82% 44,80% CALIDAD DE ACTIVOS MOROSIDAD MOROSIDAD DE CREDITO PRODUCTIVO 0,78% 4,10% 0,92% 0,90% MOROSIDAD DE CRÉDITO CONSUMO 4,69% 5,68% 3,06% 3,01% MOROSIDAD DE CREDITO INMOBILIARIA 100,00% 100,00% 2,99% 2,89% MOROSIDAD DE CREDITO MICROCREDITO 14,36% 2,77% 3,79% 4,70% MOROSIDAD DE CREDITO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y PÚBLICO 0,00% 0,00% 6,23% 9,08% MOROSIDAD DE CRÉDITO EDUCATIVO 0,00% 0,00% 4,11% 3,99% MOROSIDAD DE CREDITO DE INVERSIÓN PÚBLICA 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% MOROSIDAD TOTAL 5,06% 4,87% 2,14% 2,19% COBERTURA DE LA CARTERA PRODUCTIVO 315,27% 142,41% 652,64% 654,93% COBERTURA DE LA CARTERA CONSUMO 114,56% 94,51% 205,18% 203,98% COBERTURA DE LA CARTERA INMOBILIARIA 100,00% 100,00% 166,96% 196,49% COBERTURA DE LA CARTERA DE MICROCREDITO 99,44% 88,52% 156,37% 155,61% COBERTURA DE LA CARTERA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y PÚBLICO 0,00% 0,00% 171,55% 187,10% COBERTURA DE LA CARTERA DE CRÉDITO EDUCATIVO 0,00% 0,00% 79,58% 91,72% COBERTURA DE LA CARTERA DE INVERSIÓN PÚBLICA 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% COBERTURA DE LA CARTERA REFINANCIADA 85,56% 107,90% 115,74% 107,53% COBERTURA DE LA CARTERA REESTRUCTURADA 36,11% 92,56% 196,41% 179,37% COBERTURA TOTAL CARTERA 167,78% 130.54.% 324,39% 314,00% MANEJO ADMINISTRATIVO ACTIVOS PRODUCTIVOS PASIVOS CON COSTO 92,98% 89,42% 126,13% 125,89% GRADO DE ABSORCIÓN: GASTOS OPERACIONALES MARGEN FINACIERO 476,92% 383,13% 92,25% 80,12% GASTOS DE PERSONAL / ACTIVO TOTAL PROMEDIO 4,72% 3,51% 1,37% 1,32% GASTOS OPERATIVOS ACTIVO TOTAL PROMEDIO 11,12% 7,24% 4,49% 4,32% ROA -6,60% -2,82% 0,79% 1,24% ROE -28,46% -16,54% 7,61% 12,21% RENTABILIDAD RENDIMIENTO CARTERA PRODUCTIVO 0,85% 9,43% 8,07% 7,67% RENDIMIENTO CARTERA DE CONSUMO 12,72% 13,12% 14,09% 13,92% RENDIMIENTO CARTERA INMOBILIARIO 0,00% 0,00% 9,85% 9,22% RENDIMIENTO CARTERA DE MICROECREDITO 23,98% 16,53% 20,01% 18,89% RENDIMIENTO CARTERA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y PÚBLICO 0,00% 0,00% 10,51% 12,24% RENDIMIENTO CARTERA DE EDUCATIVO 0,00% 0,00% 8,78% 8,82% RENDIMIENTO CARTERA DE INVERSIÓN PÚBLICA 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% RENDIMEINTO CARTERA REFINANCIADA 0,00% 1,51% 9,52% 8,83% RENDIMEINTO CARTERA REESTRUCTURADA 0,50% 1,31% 13,50% 12,99% RENDIMIENTO CARTERA TOTAL 17,90% 15,85% 11,52% 11,22% LIQUIDEZ FONDOS DISPONIBLES TOTAL DEPÓSITOS A CORTO PLAZO 19,60% 11,60% 28,62% 28,90% ING. CARLOS GARCIA ANDRADE GERENTE GENERAL ING. PATRICIA YEPEZ RAZA CONTADOR GENERAL Reg.No.22855 PUBLICIDAD 11 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 P
RELACIONES ENTRE EL PATRIMONIO TÉCNICO Y LOS ACTIVOS Y

Cuestionamiento por gasto de cerca de $2 millones en cambio de veredas

El Municipio de Ambato adjudicó esta obra en enero de 2023 a cuatro contratistas. Se plantea que estos trabajos no son una prioridad para la ciudad.

Desde el Municipio de Ambato se destinó 1 millón 943 mil 255 dólares en cuatro contratos para el proyecto denominado ‘Regeneración urbana en varios sectores’.

Esta obra llamó la atención de los ambateños, pues se ejecuta por la Administración Municipal que está a días de cesar funciones. Algunos vecinos de los sitios intervenidos manifiestan que “no había necesidad de hacer todo esto, al menos lo que corresponde al frente de mi casa no vi que las aceras tengan algún problema,

1 millón

943 mil 255

Dólares se invertirán en esta obra.

problema fue el que tuvimos cuando empezaron la obra porque dejaron todo esto abierto, llevábamos a mi mamá a almorzar un día y como esto dejaron como sea se cayó, incluso dejan sin las

Soterramiento de cables Eeasa

° Desde la Empresa Eléctrica Ambato (Eeasa) se informó que por el momento se está trabajando en dos sectores el soterramiento de cables, estos son: en Ingahurco en la avenida de Las Américas y Calle Haití; al sur la avenida de Las Américas; al este las calles Jamaica y Canadá; y, el oeste la avenida Gonzáles Suárez.

Mientras que en la zona Oriente etapa I en el perímetro conformado: al norte por la calle Floreana; al sur la calle Oriente; al este las avenidas El Rey y Bolivariana; y, el oeste las calles Floreana y Vega Cadena.

tapas los pasos de agua, eso es un peligro”, afirmó Maritza Silva, moradora del sur de Ambato.

Como Maritza, otros ciudadanos realizan observaciones que incluso derivaron en el reclamo del por qué no se priorizó a otros sectores como la Letamendi.

Mauro Bonilla, morador de la calle Los Héroes, sostuvo que “no es posible que sectores donde todavía tenían veredas buenas se les haya cambiado y nosotros que pagamos impuestos que venimos pidiendo mejoramiento de aceras y bordillos en nuestro sector, no se haya hecho nada”, dijo el ciudadano, quien sostuvo que los alrededores del mismo Hospital Municipal adolecen de este problema.

Para Sergio Cazares, propietario de un inmueble rentero en los alrededores de la Universidad Técnica de Ambato, este “es un gasto innecesario para mi punto de vista, hay cosas más importantes que necesita la ciudad y gastar tanta plata en algo que no era tan urgente, no me parece lógico, hay otras cosas que realmente necesitan ser atendidas como las vías en mal

Sitios y costos de inversión de la obra

estado, mejorar algunos parques que dan pena ver cómo están”.

Obra

Juan Sandoval, quien está al frente de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Ambato desde marzo de 2023, explicó que “todas las obras se planifcan desde el año anterior, lo que hacemos ahora es dar cumplimiento a lo que ya se aprobó en 2022 en cuanto a la regeneración urbana”.

Para el funcionario, “todas las decisiones se toman en base a lo técnico y se complementa con lo ornamental, estamos haciendo soterramientos, el adoquinado que se usa es de color para integrar lo estético y que quede vistoso y bonito”.

De esta manera Sandoval descartó que se trate de

obras de última hora y fue insistente en el hecho de que esta regeneración estuvo contemplada desde el año pasado.

Análisis

Alex Tituaña, ingeniero civil, dijo que en los términos de referencia subidos al portal de Compras Públicas solo en dos de los documentos “contemplan especificaciones técnicas para el soterramiento de cables, que es algo bueno para la ciudad y así evitar que estén los alambres hecho tallarines”.

No obstante, en los otros dos documentos “son solo veredas, es decir hicieron el cambio de hormigón para poner adoquín, bajo mi criterio simplemente es algo que cambia la estética, no es algo sustancial o urgente que necesitaba la ciudad”.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 TUNGURAHUA 12
OBRA. En Ingahurco se realizan trabajos en las aceras.
Sector Fecha de adjudicación Monto Sur 2 9 de enero de 2023 941.612 Sur 1 12 de enero de 2023 372.034 Centro 1 18 de enero de 2023 364.450 Norte 1 31 de enero de 2023 265.159 TOTAL 1’943.255
CIFRA

Mientras que para el arquitecto Jorge Raza, consultor en planifcación, el cambio de veredas debería responder a necesidad puntuales, como que estén en mal estado y sean un peligro inminente para el peatón, que sea necesario abrir nuevas vías, que se deba ampliar las aceras o para el soterramiento de cables.

Sin embargo, este proyecto Municipal se focaliza en un concepto de regeneración urbana , es decir por motivos netamente estéticos “y este es un criterio subjetivo porque el Alcalde consideró que el adoquín es más bonito que el pavimento de hormigón, me parece que esa es la razón por la que se hace

EL DATO

Según la Dirección de Obras Públicas del Municipio de Ambato, este nuevo adoquinado de color en las veredas regeneradas cumple la función técnica para el paso de peatones no videntes, que les permita caminar de forma segura.

la obra porque no hay otra justifcación”.

Raza señaló que la reconstrucción de aceras y bordillos es solo una obra “cosmética” que no justifica en una ciudad que tiene otras necesidades.

Además, cuestionó los materiales a usarse. “Un alto porcentaje del presupuesto se va en adoquín decorativo, en adoquín gris y en bordillo prefabricado. El bordillo prefabricado tiene poco tiempo de vida útil, no es lo

mismo que el bordillo de hormigón que viene desde la época del terremoto y hasta ahora sirven”.

A Raza también le llamó la atención que en los términos de referencia se incluyan rubros para el soterramiento de cables, cuando estos trabajos le corresponde realizar a la Empresa Eléctrica, “y así el Municipio tenga la autorización para soterrar los cables, ¿por qué razón el Municipio interviene en una obra que

es responsabilidad de la Empresa Eléctrica?”.

“Realizar una obra de este tipo al final del periodo, con un alto costo y con varias observaciones, me parece que podríamos estar hablando de una justifcación para pagos de compromiso electoral, no tengo las certezas, habría que investigar, pero en este país como todo se hace medio chueco, podríamos estar hablando de este tema también”, finalizó Raza. (MAG/FC)

Realizar una obra de este tipo al final del periodo, con un alto costo y con varias observaciones, me parece que podríamos estar hablando de una justificación para pagos de compromiso electoral”.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
13 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I
TUNGURUAHUA
PROBLEMA. Varias vías han sido cerradas para la ejecución de esta obra.

El invierno empeoró el estado de las carreteras en Los Ríos

Llenas de huecos se encuentran algunas vías, también hay reportes de puentes en mal estado.

Con el rebacheo que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) inició esta semana en los kilómetros 5, 6 y 7 de la E-25; (tramos Babahoyo – Jujan, y Babahoyo – San Juan), las quejas de transportistas y agricultores que circulan por las vías estatales de la provincia no se hicieron esperar. Esto, debido al mal estado en el que se encuentran varias carreteras que unen a los cantones de Los Ríos con otras regiones del Ecuador.

Ramiro Aguilar, chofer de un camión, manifestó que circular en las vías internas y estatales de ingreso y salida de la provincia se ha convertido en un verdadero desafío.

Dijo que no solo es por el tema de la inseguridad, sino que los mismos baches obligan a bajar la velocidad, deben hacerlo por temor a daños en los automotores y para evitar accidentes.

“Al bajar la velocidad para no caer en los huecos o esquivarlos también nos exponemos a la delincuencia, no es posible que en el tramo Quevedo – Babahoyo, Santo Domingo, tengamos que pagar peajes sin que la ampliación esté culminada, es un descaro”, refirió el conductor.

Comentó que la vía Quevedo – Valencia presenta ciertos tramos con baches que no se ven porque están llenos de agua de lluvia y los automotores caen en ellos.

Fin de convenio

Karen Alegría, directora distrital del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) dijo que en la pro-

Nuevas obras para este 2023

° Para continuar con la planificación vial de este 2023 solo se espera un dictamen para proceder con la contratación de la obra E485 tramo Baba – Tres Marías que limita con la provincia del Guayas, se beneficiarán diariamente cerca de 43 mil conductores, también contará con un paso lateral.

Otra de los trabajos será la rehabilitación de la vía Puente Macul de Vinces que también conecta con Guayas, la inversión supera los $3 millones.

vincia se hará un rebacheo de las vías estatales que son de su competencia, pero los recursos deben ser priorizados. “Somos conocedores de las necesidades que hay en la vías que nos competen, pero hay que distribuir bien los recursos ”, expresó la funcionaria.

Dio a conocer que el 29 de mayo de 2023 termina el convenio entre el MTOP y la Prefectura de Los Ríos que está vigente de 2021.

Detalló que el valor de la planilla de este acuerdo se encuentra en la segunda fase y su monto de inversión supera los dos millo-

nes 774 mil dólares, incluye el mantenimiento, bacheo, rebacheo, señalización de toda la E-25 desde Buena Fe - Quevedo hasta la entrada al cantón Jujan perteneciente a (Guayas).

Puentes en mal estado

Por otra parte, hay puentes que se encuentran en mal estado, como el ubicado en la vía Baba – Rosa de Oro donde a varias personas les tocó guiar a los choferes para que no caigan junto con sus vehículos.

Algo parecido ocurrió en el puente metálico de la parroquia rural Chacari -

ta, Ventanas, agricultores piden a las autoridades instalar un viaducto de hormigón en el sitio, ya que el actual perdió su vida útil y ha sido rehabilitado en varias ocasiones.

Reacción

Desde la Prefectura de Los Ríos se informó que aunque

no es su responsabilidad han ejecutado trabajos en puntos considerados como críticos como la vía Babahoyo – San Juan de la E25, a la altura de la gasolinera Gabela. Trabajo similar realizaron obreros de esta entidad en la E-25 hacia el sector Cuatro Varas del cantón Puebloviejo (LL)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 LOS RÍOS 14
DAÑOS. Fisuras y socavones se han formado en varios tramos de la E-25, las torrenciales lluvias empeoraron las vías de la provincia.

Proyecto escuela segura se aplica en 13 unidades educativas

Un grupo de 13 unidades educativas de la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas serán parte del proyecto ‘Escuela Segura’, que está encaminado a la prevención de los estudiantes en el uso de drogas y coordinación de acciones de prevención de violencia.

Olam Ecuador S.A.

Comunica a todos los empleados que laboraron en esta empresa durante el periodo 2022, que el pago de utilidades será a partir del 17 de Abril del 2023. Deberán acercarse de acuerdo con la ciudad donde prestaron sus servicios, a las agencias del Banco de Guayaquil.

Requisitos:

• Presentar cedula de identidad original.

De acuerdo al Art. 106 del Código de Trabajo, podrán cobrar sus utilidades hasta el 15 de Abril del 2024.

AVISO Y CONVOCATORIA PARA VENTA DE LOTE DE TERRENO

Yo. LUIS OCTAVIO CHANCHAY JUIÑA, en mi calidad de propietario de los lotes signados con los números 5 y 14 de la manzana 3, ubicados dentro de la Urbanización Chanchay, de la ciudad de Santo Domingo de los Colorados, previo a tomar las decisiones que me corresponden como legítimo dueño de los mismos, me permito convocar a cualquier persona que con contrato debidamente celebrado, considere tener algún derecho para su compra; para que en el plazo máximo de 30 días, contados a partir de la presente publicación periodística, se acerquen a las ofcinas del doctor Johnny Santin Torres, ubicadas en la calle 29 de Mayo y Calle Cocaniguas, esquina, primer piso, frente a Turismo Zaracay, de esta ciudad de Santo Domingo de los Colorados, llevando todos los papeles, procedan a cancelar los valores adeudados y a legalizar la transferencia de dominio. De no acercarse, entenderé que no existen personas que tengan algún derecho sobre ellos, quedando en libertad de disponer de esos lotes como me permite la ley.

Santo Domingo, 22 de abril del 2023.

En la provincia se inauguró el proyecto en el centro educativo Darío Kanyat Cerca de 1.200 estudiantes de esta unidad educativa se beneficiarán. También participaron del acto alumnos de los centros educativos :

Vivían Luzuriaga, 6 de Octubre, Laura Flores y Calazacón.

Esta iniciativa es apoyada por los padres de familia, quienes afirman que el nivel de inseguridad ha crecido y que estas intervenciones ayudarán a disuadir el peligro en el plantel.

cionar las 13 unidades educativas se hizo un levantamiento de información preliminar , con la que se midió el nivel de violencia e incidencia del delito en el interior y exterior de las instituciones educativas. Expresó que con la información se percataron que existen problemáticas , como: consumo de drogas, bebidas alcohólicas, violencia sexual y violencia intrafamiliar , lo que llevó a seleccionar los centros educativos donde se presentan estos inconvenientes

EL DATO Hay 37 unidades educativas más que también tendrán el apoyo de las instituciones de seguridad.

Álvaro Ortiz, jefe de la Dinapen en Santo Domingo de los Tsáchilas, mencionó que para selec- que para selec-

HPV CIA LTDA

SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS

ELECTRICIDAD - OBRAS CIVILES -TELECOMUNICACIONES

CONVOCATORIA

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA HPV SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CÍA. LTDA

De conformidad al Artículo 235 de la Ley de Compañías se convoca con carácter obligatorio a la Junta General Extraordinaria de Accionistas. La sesión se llevará a efecto en primera convocatoria a la 16:30 horas del día 19 de mayo del 2023, misma que se desarrollará en la sala de reuniones de la compañía, ubicada en la Urbanización Mutualista Benalcázar, Calle Los Helechos, Lote 10 e Intersección Los Anturios, Piso1.

ORDEN DEL DÍA:

1. Constatación del Quórum

2. Informe y Aprobación de Auditoría Externa 2022

3. Denominación Social; cambio de nombre

4. Objeto Social; nuevas actividades económicas

5. Activos Fijos; Revaluación

6. Lectura y Aprobación del Acta

NOTA: En caso de no haber quórum se postergará la reunión para una hora después y las resoluciones serán válidas para todos.

Atentamente,

Marlene Véliz, madre de familia, espera que estas capacitaciones se den durante todo el año lectivo y que haya presencia policial en las instalaciones Recalcó que hay jóvenes que han sido víctimas de robos y amenazas por parte de grupos juveniles. El gobernador Luis Miguel Guamán, sostuvo que se va a recorrer las unidades educativas de los dos distritos de Educación junto con la policía, quienes darán capacitaciones a los estudiantes en temas de violencia intrafamiliar y consumo de droga. También tendrán actividades lúdicas con la policía comunitaria. (CT)

099 787 8732

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK SANTO DOMINGO 15 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I
P-245197-GF P P-245152-MIG
OP-MA
Ab. Carlos Alberto Vela Duque Ing. Héctor Patricio Vela Duque PRESIDENTE GERENTE GENERAL
Se busca que haya coordinación en las acciones de prevención de violencia.
ESTUDIANTES. Se interesaron en conocer de cada institución de seguridad.
PUBLICA EN LLÁMANOS:

Caso Safety, una de las herencias que recibirá el Alcalde Quezada

La sentencia de la Acción de Protección contempla el pago de 12 millones de dólares. Autoridades del Municipio han defendido y no han pagado nada aún.

El nuevo alcalde del cantón Loja, Franco Quezada asumirá funciones este domingo 14 de mayo, y de inmediato deberá ponerse a trabajar por intermedio de la Procuraduría Síndica en la continuidad de la defensa del caso Safety, ya que, según la sentencia dictada en mayo de 2022, hace un año, por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Los Ríos, la municipalidad deberá pagar alrededor de 12 millones de dólares. Ha pasado un año y el proceso legal sigue vigente.

PARA RECORDAR

En su caso al frente de la parte jurídica por compromiso y lealtad con la alcaldesa saliente, dijo que pondrá su renuncia al cargo y desde el 15 de mayo será el nuevo Alcalde quien ponga su reemplazo.

manifestó que el caso Safety sigue, al inicio de esta administración que fenece se encontraron con un proceso y con una sentencia adversa a la institución municipal. En mayo de 2022 se resolvió la apelación dentro de la Acción de Protección y desde hace un año el proceso continúa vigente, sin embargo, Safety no ha podido cobrarle al Municipio un solo centavo.

embargo, ahora le queda a la nueva administración agotar algunas instancias que lo establecen la Ley. Existen dos recursos que deben ser planteados, el proceso se podría extender un año más. Por ahora están esperando que se cumpla un término dado por el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) el cual fenece posterior al 14 de mayo, por lo que deberá ser continuado por la administración del nuevo alcalde.

Compromiso

Proceso

Luis Tapia, procurador Síndico del Municipio de Loja,

Indicó que a lo largo de este año han emprendido en una defensa jurídica como institución municipal con argumentos sólidos, dentro del marco constitucional, liderado por su persona. Sin

Según Tapia, si las nuevas autoridades que ingresen no tienen capacidad, conocimiento y el compromiso con Loja, la empresa ganará y su administración deberá pagar los más de 12 millones de dólares. Hasta la fecha, a decir del Procurador Sindico ninguna persona de la nueva autoridad entrante se ha acercado a consultar del proceso, ni cómo avanza el juicio dentro de la parte jurídica. Otro caso La semana anterior dentro

de lo jurídico la municipalidad le ganó otro proceso a la empresa Safety, la cual solicitaba el pago de un aproximado de 5 millones de dólares por un incumplimiento de la retención de la parte proporcional que les correspondía recibir por el tema de fotomultas, aduciendo que no les había transferido esos recursos en su momen-

to. “Defendimos ese caso en Pichincha y logramos que la demanda sea rechazada, dándole un ahorro a Loja, por lo que no tendrán que pagar nada por ese rubro. Sin embargo, hay otros procesos, pero serán las nuevas autoridades las que resuelvan el problema que es heredado de otras administraciones”, enfatizó.

Este domingo autoridades electas asumen funciones

Un poco irregular en esta ocasión porque el 14 es domingo, fin de semana, sin embargo, las nuevas autoridades electas deberán asumir funciones en esta fecha, tal como lo dice la ley. Algunos alcaldes, concejales y otras dignidades, lo harán desde el lunes 15 mediante actos públicos, desde las respectivas instituciones. En esta provincia las credenciales las recibieron el 29 de abril.

Loja

En el caso del alcalde electo del cantón Loja, Franco Quezada, con anterioridad ha venido participando en algunas actividades, una de ellas fue el sábado 6 de mayo en la parroquia San Lucas, donde recibió el bastón de mando como símbolo de la conexión con las raíces an-

cestrales y el compromiso con la preservación de la cultura y el patrimonio.

Estuvo acompañado de sus seguidores, personal de su confianza quienes formarán parte de la administración municipal y población de la parroquia. En esta parroquia mediante un acto ritual realizado por los conocedores de la cultura indígena. El bastón de mando que recibió Quezada fue elaborado por un artesano de la parroquia y sirve para dirigir un pueblo.

Posesión

La posesión oficial de Quezada será este domingo 14 de mayo, a partir de las 09:00, en la Plaza de la Catedral. Aquí mediante acto público y de manera simbólica con participación de la población lojana, el Alcalde, con-

cejales y presidentes de juntas parroquiales asumirán sus cargos para el período 2023-2027.

Según Quezada, en sus redes sociales realizó la invitación: “estimados ciudadanos de Loja y todo el país, quiero extenderles una cordial invitación al acto de posesión del alcalde, concejales y junta parroquiales que se realizará este 14 de mayo en el Parque Central. Será un evento solemne y trascendental donde juntos daremos inicio a una nueva etapa de trabajo y compromiso por el desarrollo del cantón”.

Finalmente, dijo que espera contar con la valiosa presencia de la ciudadanía en este momento histórico, donde celebrará la democracia y reafirmará el compromiso de servir y trabajar

SITUACIÓN: Nuevo Alcalde de Loja tomará posesión del Municipio el domingo 14.

incasablemente por el bienestar de todos los ciudadanos. El trabajo será arduo le esperan un sinnúmero de problemas que deberán ser resueltos como el tema del

servicio de agua potable, vialidad en la urbe, sistemas de alcantarillado, proyecto Jardines de Punzara, caso Safety, pago a jubilados, entre otros.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 LOJA 16
CASO: Caso Safety continúa, le queda al nuevo Alcalde resolver el problema legal.

Monumentos históricos están deteriorándose

Los monumentos más representativos de la ciudad de Esmeraldas requieren mantenimiento.

Los monumentos históricos que hacen referencia a la cultura esmeraldeña, al deporte, a la música y a los héroes locales se encuentran deteriorados y requieren mantenimiento.

En la ciudad también existen otras obras que se han hecho en homenaje a la madre, al deporte, a la cultura, a la pesca, entre otros, que también se encuentran en mal estado y ameritan adecuaciones urgentes para levantar la autoestima de la población y dar una buena impresión a los turistas.

A continuación la historia de algunas de estas construcciones que cuentan parte de la historia de Esmeraldas:

El bananero

El monumento al bananero ubicado en redondel del barrio Esmeraldas libre, está representado con un hombre negro, con su torso desnudo que lleva sobre su hombro derechp un racimo de banano y un machete en su mano izquierda. También recuerda la vestimenta tradicional con su pantalón remangado.

Esta obra represent la negritud esmeraldeña. También hace referencia a la época bananera que tuvo su apogeo entre las décadas de 1950 y 1960. Este ícono histórico rinde homenaje al trabajo del negro esmeraldeño en la siembra y cosecha del producto más apetecido de la zona.

Los marimberos

Esta es otra obra que necesita un oportuno mantenimiento. El monumento a los marimberos, ubicado en el sector de El Potosí, está conformado por dos hombres, una mujer y el icónico instrumento de la marimba.

En años anteriores este monumento contaba con una

pileta y una colorida iluminación que hacían que el espacio sea digno de admirar. En la actualidad la pileta no funciona y solo se puede observar a los marimberos, personajes que son parte de la cultura popular de Esmeraldas.

Periodista poeta y escritor

En un costado de la explanada de la Plaza Cívica, la cual lleva por nombre Nelson Estupiñan Bass, se encuentra un monumento en honor al narrador, poeta, ensayista, diplomático y periodista ecuatoriano. El escritor es recordado a escala nacional por su muy reconocida obra: ‘Cuando lo guayacanes florecían’, que se enfoca en la época de la Revolución Liberal.

En el monumento se lo puede observar sentado en una silla sencilla, sosteniendo un libro. La obra está acompañada de dos personas abrazadas con

una mano y sosteniendo con la otra una tela en representación de una provincia libre, como dice el lema ‘libre por rebelde y por rebelde grande’. La figura del escritor esmeraldeño también requiere una intervención. En la base de este monumento se puede observar una placa oxidada en la que se recuerda que la estatua se hizo por los 100 años del natalicio de Nelson Estupiñán Bass.

Luis Vargas Torres

En la parte central del regenerado parque 20 de Marzo (Parque central) se encuentra el monumento Luis Vargas Torres, a quien en el año 2012 la Asamblea Nacional lo declaró héroe nacional por su aporte a la Revolución Liberal, la cual fue liderada por el general Eloy Alfaro, quien llevó a nuestro país a sentar las bases de una sociedad más democrática.

El redondel del Pescador

Desde el viernes 9 de mayo de 2014, la ciudad de Esmeraldas, en el norte del Ecuador, cuenta con un monumento al pescador artesanal. La escultura se colocó en la vía que conduce al Puerto Pesquero Artesanal, cerca al redondel norte de las vías de acceso del complejo de puentes sobre el

río Esmeraldas.

Esta obra de 3 metros de altura está colocada en este lugar honor al pescador esmeraldeño y la abundante cantidad de peces que captura no solo dentro de sus 30 millas náuticas que hacen parte de su área marítima, El hombre sostiene una atarraya como muestra de la abundancia de la pesca en la zona. (DLH)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS 17 QUITO | VIERNES 12/MAYO/2023 I
PERSONAJE. El monumento del bananero es un icono que recuerda la época de los años 50 y 60 que se vivió en la localidad. CULTURA. Los marimberos representan la historia y la identidad de Esmeraldas. También son un atractivo turístico.

Da clic para estar siempre informado

El Van Gogh más productivo se expone en Ámsterdam

Van Gogh fue más productivo durante su etapa en el pueblo francés de Auvers-sur-Oise, creando algunas de sus obras más conocidas y rodeado de paisajes impresionantes, una fase final breve, agitada y crucial para su desarrollo artístico, que centra la exposición que abre este viernes en el Museo Van Gogh en Ámsterdam. La exposición, que incluye obras maestras como La iglesia de Auvers (1890) y Autorretrato (1889), reúne 50 pinturas y más de 30 dibujos. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 Ecuador

CONSTITUCIONAL SOBRE EL RECURSO DE APELACIÓN

CONSULTA PENAL

¿Desde que momento inicia el cumplimiento de la pena en el procedimiento abreviado?

La Corte Constitucional en sentencia 001-16-SEP-CC, al respecto ha recogido su criterio indicado en otros fallos, en el sentido que, los derechos a la tutela judicial efectiva, a la seguridad jurídica y al debido proceso, son la base indispensable para el sostenimiento del Estado constitucional de derechos y justicia.

De modo tal que el Estado Ecuatoriano y los juzgadores no garantizarán a los justiciables una tutela efectiva, sino respetan la seguridad jurídica y por ende no observan el debido proceso legal, pues, estos tres derechos de protección se

encuentran íntimamente ligados e interaccionados entre sí.

En tal sentido, dicha corporación constitucional (en sentencia 020-16-SEP-CC, casos 0610-11-EP y 0611-11-EP acumulado), ha sostenido que, constituyen una tríada indispensable para el sostén del modelo de Estado previsto en la Constitución de la República; además, por el principio de interconexión de los derechos y principios fundados sobre la igual jerarquía de los principios y derechos que constan en el artículo 11, numeral 6 de la Constitución vigente, se determina que si del análisis que esta Corte realice se desprendiere la existencia de una vulneración a uno de los de -

rechos analizados, esta deberá también realizar la respectiva declaración de violación a los demás derechos.

Solo con el respeto y observancia de los derechos de protección antes indicados, se garantiza a los justiciables la existencia del operador de justicia competente para tutelar sus derechos.

En otro momento, la misma Corte, dijo que la vulneración del derecho a la tutela efectiva, el derecho a la seguridad jurídica y el derecho al debido proceso serán analizados de manera conjunta, bajo el entendido de que en caso de existir una declaratoria de vulneración de uno de ellos, implicaría consecuentemen -

RESPUESTA

Art. 624 del COIP:

“Oportunidad para ejecutar la pena.- La pena se cumplirá una vez que esté ejecutoriada la sentencia.

En los casos de personas adultas mayores, las penas privativas de libertad se cumplirán en establecimientos especialmente adaptados para su condición.

te la declaratoria de vulneración de los demás. (Sentencia 099-15-SEP-CC, caso 1109-11EP).

No basta, entonces con que los ciudadanos accedan gratuitamente a los órganos jurisdiccionales, sino que y, por el contrario, los juzgadores deben guiar todas sus actuaciones de forma diligente y proba en aras de administrar justicia.

Nuestra Corte Constitucional indicó específicamente, que, el debido proceso guarda íntima relación con el derecho a la seguridad jurídica, pues al ser una característica de los derechos constitucionales la interdependencia, no cabe duda que la autoridad pública

Ninguna mujer embarazada podrá ser privada de su libertad, ni será notificada con sentencia, sino noventa días después del parto. Durante este periodo, la o el juzgador ordenará que se le imponga o que continúe el arresto domiciliario y el uso del dispositivo de vigilancia electrónico para garantizar el cumplimiento de la pena.”

Toda pena se cumplirá una vez ejecutoriada la sentencia, evidentemente esta regla es aplicable al procedimiento abreviado.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR JURISPRUDENCIA
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com VIERNES, 12 DE MAYO DE 2023 C1
Autores: Dr. Iván Garzón Villacrés y Iván Garzón Castro. NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

al garantizar las normas y los derechos de las partes dentro de un proceso administrativo ojudicial, asegura el respeto a la Constitución y a las demás normas que integran el ordenamiento jurídico. (Sentencia N°101-14-SEP-CC, caso N°1403-12-EP).

El juzgador superior, en la apelación, debe analizar que se haya observado la inmediación procesal, principio de la prueba esta que supone que, “todo medio probatorio que sirve para fundamentar la culpabilidad de un procesado debe ser aportado por un órgano distinto al jurisdiccional” y éste último debe exhibir la prueba para que la defensa manifieste su posición. Además, “una cosa son los actos de investigación, propios de la fase preliminar, y otra los actos de prueba, exclusivos de la segunda [fase de juicio]”, y la sentencia sólo puede dictarse con base en estos últimos (Corte IDH, caso Castillo Petruzzi y otros vs. Perú, párrafo 136).

De su parte, la contradicción, que es aquel se cumple. “cuando el sistema permite la interacción de las partes, en un juego equilibrado de intervenciones orientadas a reforzar la posición de cada uno de los intervinientes y en controlar el desarrollo de la audiencia oral”, dado que la prueba es producida en la etapa procesal del juicio, que

A N U L A C I Ò N

POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDAN ANULADOS LOS TITULOS DE ACCIONES No. 5185, 6075, 6902, 8205, 9626, 11135, 12679 y 14278 DEL CONJUNTO CLÍNICO NACIONAL –CONCLINA C.A., DE PROPIEDAD DE: GINA MARIA ONTANEDA VILLAVICENCIO

Quito, 9 de mayo de 2023

es controlada por el inferior, es precisamente éste el más apto para valorar de la mejor manera los medios probatorios presentados por los sujetos procesales, dejando como materia para apelación los errores in procedendo e in iudicando; y, para la casación el análisis de la correcta aplicación del ordenamiento jurídico.

Por lo tanto, estos principios de inmediación y contradicción, si bien son una consecuencia del sistema oral, sin embargo, no se precisa la presencia física de la persona procesada para que se lleve a efecto la misma, pues basta en este caso, con la presencia de su defensor técnico sea público o particular, pues, en esta instancia no se practica prueba alguna, y por ende no se recepta testimonio del reo que amerite su concurrencia. Toda vez que, conforme al artículo 654 numeral 4 del Código Orgánico Integral Penal, recibido el expediente ante la Sala de Garantías Penales de la Corte Provincial de Justicia, dicho órgano jurisdiccional, convocará a los sujetos procesales a una audiencia oral (pública o privada dependiendo del caso), y contradictoria, dentro del plazo de cinco días subsiguientes a la recepción del expediente, para que en dicha audiencia los sujetos procesales fundamenten el recurso y expongan

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000190000953002

Cliente MOROCHO SAULA MARIA ALEJANDRINA Cédula de Ciudadanía Nro. 0601970825 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso 001-004-3122

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000100000490001

Cliente MORA SANDOVAL BLANCA

IRENE Cédula de Ciudadanía Nro. 500744222 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

sus pretensiones. De modo tal que, la apelación se resuelve, en base a las peticiones que en derecho manifiesten los intervinientes, y que, de acuerdo a los principios de buena fe y lealtad procesal, deberán referirse única y exclusivamente a lo que obre de autos, o de la prueba actuada en la audiencia de juicio, todo lo cual deberá exponerse y analizarse de forma fundamentada tanto por el recurrente como por los demás sujetos procesales.

Si operan en esta instancia los principios de suspensión de la audiencia (Art. 568 del COIP, cuando se trata de casos complejos o para deliberación del caso), principio de continuidad y presencia ininterrumpida de los jueces, de fiscalía y de los defensores tanto del reo como de la víctima, existiendo como medida sancionadora la imposición de multa por inasistencia o abandono injustificado, si se trata de defensores particulares (Art. 131.4 del COFJ) y la correspondiente investigación disciplinaria en caso de servidores públicos (Art. 109.17 COFJ).

Tanto el principio de concentración como el de continuidad, están íntimamente ligados al de oralidad. De ahí que no pueden ser interrumpidas, salvo que así lo considere el director (juez), de forma motivada. Una de las características de todo servi-

cio público, y en atención al mandato de la prestación eficiente y eficaz, constituye su continuidad, lo cual implica que, tratándose del derecho de acceso a la justicia, su prestación debe ser ininterrumpida, constante y permanente, dada la necesidad que de ella tienen los usuarios del sistema de justicia.

El artículo 563 del Código Orgánico Integral Penal, dice que las audiencias se regirán entre otras, por la siguiente regla: 1, podrán suspenderse previa justificación y por decisión de la o el juzgador.

De igual forma el artículo 640.6 ídem, dispone que, de considerar necesario de forma motivada de oficio o a pe-

tición de parte la o el juzgador podrá suspender el curso de la audiencia por una sola vez, indicando el día y hora para su continuación, que no podrá exceder de quince días a partir de la fecha de su inicio. Sobre la presencia ininterrumpida de los jueces, la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, en la resolución N° 187-2014, dice que la aplicación de este principio, no se restringe únicamente a la audiencia de juicio sino a todas aquellas en las que se resuelva acerca de un derecho, en concordancia con el artículo 76, numerado 7, literales a, b y c de la Constitución. Cumpliendo con los principios de oralidad, inmediación y contra-

Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional S.A. N.- 48101670 por el valor de US $ 10415.34, con vencimiento al 25-04-2023, se está procediendo a su anulación.

Quien creyere tener derecho sobre este certificado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 días contados desde la última publicación de este aviso.

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACOONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES EXPRESSJOSUE DE POMASQUI S.A.

Se convoca a todos los accionistas de la COMPAÑIA DE TRANSPORTES EXPRESSJOSUE DE POMASQUI S.A., a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACGONISTAS, con el carácter obligatorio que se realizará el dfa MARTES 30 Mayo de 2023, a las 14H80, en el domicilio de la compañía ubicado en la parroquia Pomasqui, calle Ignacio Carrasco N193 y Marieta de Veintimillz de este cantón Quito, provincia de Píchíncha, para tratar el siguiente orden del día:

1.- CONSTATAOON DEL QUORUM.

C

O N V O C A T O R I A FONDO DE JUBILACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO - FCPC

De acuerdo a lo dispuesto en la Asamblea General de Representantes del 01 de noviembre del 2022, se INVITA a las personas naturales y jurídicas, domiciliadas y constituidas en el Ecuador, legalmente capaces de contratar, a presentar su oferta de mantenimiento en general para el Complejo de Tonsupa del Fondo de Jubilacion de la Contraloria General del Estado-FCPC”, ubicado en la Av. Diamond Beach Lote 170A y Av. Club del Pacífico. Tonsupa, Esmeraldas.

Adjuntar la experiencia y oferta en un sobre cerrado.

Las ofertas serán recibidas en las oficinas del Fondo hasta el día viernes 19 de mayo 16:00pm, ubicado en la ciudad de Quito, Av. Juan Montalvo E4-135 y Pasaje Enrique Vacas Galindo, Edificio Juan Montalvo, piso 6.

Quito, 11 de mayo de 2023

2.- LECTURA YAPROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

3.- PLAN DE TRABAJO DE LA COMISION DE VIGILANCIA Y ASUNTOS SOCIALES Y RESOLUOON AL RESPECTO.

4.- APROBARON DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMPAIÑIA DE TRANSPORTES EXPRESSJOSUE DE POMASQUI S.A. Y RESOLUCION AL RESPECTO.

Quito, 11 de Mayo de 2023.

Atentamente.

JENRRY MORALES PAREDES 001-004-3116 VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
001-004-3112
001-004-3123
001-004-3121
Lcdo. Marco Martinez Cabezas. REPRESENTANTE LEGAL FONDO DE JUBILACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO-FCPC
001-005-1716

dicción dentro de un sistema penal acusatorio y respetando el marco constitucional de derechos entre los que constan el de defensa en toda instancia judicial, como un derecho de protección, no puede pres-

cindirse de la presencia de los sujetos procesales convocados a la audiencia, su comparecencia es indispensable para que su procedencia sea legal y legítima y se cumpla con el propósito del proce -

EXTRACTO

(Para conocimiento de público en general y publicación por la prensa)

DISOLUCION, EXTINCION Y CANCELACION DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL GRIMPEX SOCIEDADA CIVIL Y COMERCIAL NOTARÍA TRIGESIMA TERCERA DEL CANTÓN QUITO DISTRITO METROPOLITADO. - Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que mediante escritura pública otorgada ante mí doctor Diego Almeida Montero, Notario Trigésimo Tercero del cantón Quito la señora Carmita Giovanny del Rocío Rangles Lara, disuelve, cancela y extingue la Sociedad Civil y Comercial Grimpex Sociedad Civil y Comercial la misma que ha sido disuelta según escritura otorgada el ocho de mayo de dos mil veintitrés.

Quito, 5 de mayo 2023

CONVOCATORIA

Se convoca a todos los señores accionistas del de la Compañía de Taxi Ejecutivo Carapunjr S.A, a la Junta General extraordinaria de Accionistas a efectuarse el día jueves 18 de mayo del presente año a las 16:00 pm, en la sede de la Compañía, ubicada en la Av. Cacha y de los fundadores diagonal al Colegio Mauricie Ravel.

ORDEN DEL DÍA

1 Constatación del Quorum.

2 Lectura y aprobación del acta anterior.

3 Elección Gerente General periodo 20232024

Atentamente

AVISO

Se va a proceder al pago de: DEVOLUCIÓN DE APORTES

Del quien en vida fue:

CBOP. DE POLICIA COMINA COLLAGUAZO

STALIN PATRICIO

Quien se creyeren con derecho a este benefcio podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de treinta (30) días a contarse de la presente publicación.

JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICIA NACIONAL

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA:

En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, capital de la República del Ecuador, hoy día ocho de mayo de dos mil veintitrés ante mí, doctor Diego Javier Almeida Montero, Notario Trigésimo Tercero del cantón Quito, comparece con plena capacidad, libertad y conocimiento, a la celebración en Quito de la presente escritura la señora CARMITA GIOVANNY DEL ROCIO RANGLES LARA, viuda, domiciliada en esta ciudad de Quito, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante Henry Patricio Gavilanes Padilla, fallecido el día cinco de Diciembre del dos mil veintiuno, quien fue único socio, GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL, con RUC No. Uno siete nueve uno nueve dos siete cuatro cuatro tres tres cero cero uno (1791927443001); de conformidad con lo previsto en el Artículo dieciocho, numero veintinueve de la Ley Notarial reformada y vigente, comparece con la siguiente PETICIÓN DE DISOLUCIÓN, EXTINCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA VIDA JURÍDICA DE LA PRENOMBRADA SOCIEDAD, contenida en los siguientes términos: HECHOS: UNO.Mediante Escritura Pública celebrada el doce de Junio del año dos mil tres ante la Notaría Décimo Octava del Cantón Quito, se constituyó la Compañía denominada GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL, S.C.C.. DOS. - Con fecha veintidós de Julio del dos mil tres, el señor Juez Vigésimo de lo Civil de Pichincha dictó el Fallo Resolutivo dictaminando la aprobación de la Constitución de la Compañía GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL. TRES. - Con fecha veintiséis de marzo del dos mil cuatro, se inscribió ante el señor Registrador Mercantil del Cantón Quito, la Sentencia citada en el numeral anterior referente a la Constitución de la Compañía GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL. CUATRO. - Mediante Escritura de Cesión de Participaciones celebrada en la Notaría Sexta del Cantón Quito, el veintinueve de octubre del dos mil siete, el señor Henry Patricio Gavilanes Padilla, en calidad de cesionario adquirió y consolidó el cien por ciento (100%) del capital de la Compañía GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL. Dicha Escritura fue inscrita en el Registro Mercantil del Cantón Quito, el veinticinco de marzo del dos mil ocho. CINCO. - Sucede Señor Juez que mi cónyuge, señor Henry Patricio Gavilanes Padilla, conforme el Certificado de Defunción que se acompaña, fallece el día cinco de diciembre del dos mil veintiuno , siendo único socio, dueño y como tal Representante Legal de la Razón Social GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL. - FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presente petición la fundamento en lo dispuesto en el Artículo dos mil siete del Código Civil; y, en Artículo dieciocho, numeral veintinueve de la Ley Notarial. El Artículo dos mil siete del Código Civil, en lo pertinente textualmente dice: “…Disuélvese, asimismo, la sociedad por la muerte de cualquiera de los socios,”. El Art. 18, Numeral 29 de la Ley Notarial, expresamente manifiesta: “…Son atribuciones exclusivas de los notarios, además de las constantes en otras leyes: …29.Aprobar la constitución o reforma de sociedades civiles y mercantiles, que no estuvieren bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, y demás actos atinentes con la vida de estas, y oficiar al Registrador Mercantil para su inscripción. …”. PRETENSIÓN CONCRETA: UNO. - Señor Notario solicito que mediante el respectivo Acto Notarial se digne DECLARAR la DISOLUCIÓN, EXTINCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA VIDA JURÍDICA DE LA RAZÓN SOCIAL GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL, S.C.C. DOS. - Igualmente se dignará Oficiar al señor Registrador Mercantil del Cantón Quito para que proceda a Inscribir la Disolución, Extinción y Cancelación de la Vida Jurídica de la Razón Social GRIMPEX SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL, S.C.C.; y, proceder posteriormente con las respectivas Marginaciones de Ley.

En Quito a los ocho días de mayo de dos 2023.- Atendiendo la petición, de conformidad con lo establecido en el artículo dieciocho números veintinueve de la Ley Notarial y las atribuciones a mí conferida, publíquese por una sola vez el presente extracto, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad. Lo que pongo en conocimiento del público para los fines consiguientes

Quito, 8 de mayo de 2023

001-004-3115
001-004-3125
Sr. Gustavo Cabezas PRESIDENTE DE LA COMPAÑIA
P-245238-GF VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3

dimiento penal: alcanzar la verdad histórica a través de la verdad procesal.

Recordemos que para que una audiencia sea válidamente celebrada, es necesario, de acuerdo al artículo 563.10 del Código Orgánico Integral Penal, que se cuente con la presencia de la o el juzgador, las o los defensores públicos o privados y la o el fiscal. Los sujetos procesales tienen derecho a intervenir por sí mismos o a través de sus defensores públicos o privados.

Por lo tanto, instalada una audiencia y suspendida la misma, no se podría reinstalar con otros sujetos procesales que no sean los mismos con los que se inició (instaló) la audiencia (salvo por un caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado, verbigracia, ausencia definitiva de un Juez o muerte del defensor, etc.).

Conforme lo consagra el Art. 1 de la Constitución de la República, el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada; es decir, en un Estado de Derecho, los principios constitucionales se encuentran contenidos y desarrollados por las normas jurídicas (Código Orgánico Integral Penal, Código Orgánico General de Procesos, Código Orgánico de la Función Judicial, etc.), las mismas que constituyen un límite al accionar cotidiano de los justiciables (súbditos), y del poder punitivo del Estado. Además sirven para que los administradores de justicia puedan interpretar y aplicar las normas jurídicas en los casos fácticos y concretos sometidos a su conocimiento.

Para Sonia Esperanza Rodríguez (en la obra los Principios Generales Del Derecho, Santiago de Compostela, Servicio de Publicaciones e Intercambio Científico, 2008, pág. 14), los principios generales del derecho, son principios implícitos que se obtienen, vía inducción o abstracción de las normas positivas o a través de la deducción de normas muy abstractas, como pueden ser los valores o principios constitucionales. Son por tanto, abstracciones o generalizaciones de otras normas y pueden servir para colmar una laguna de dichas normas, como criterio interpretativo para interpretarlas y aplicarlas, o como criterio para que el legislador cree una nueva norma. Son posteriores siempre al proceso interpretativo y constituyen un método de auto integración del derecho. De acuerdo a la doctrina, los principios generales del derecho, son máximas o reglas que expresan un juicio respecto de la conducta a seguir por parte de las personas, es decir, determinan el comportamiento a seguirse en determinadas situaciones, contienen por lo tanto, una fuerte carga moral y ética, verbigracia, el principio de buena fe, que inspira la necesidad de exigir un comportamiento ético a los sujetos procesales dentro de la causa; los principios procesales, que son máximas que limitan y estructuran las diferentes fases del proceso con el propósito de garantizar el reconocimiento de los derechos consagrados en las normas sustantivas; y, los principios procedimentales, que son aquellas reglas que los sujetos procesales tienen que seguir con el objetivo de no provocar la nulidad insubsanable del proceso, o causar la indefen-

sión de aquellos, es decir, son de cumplimiento obligatorio dentro de los procesos. El artículo 169 de la Constitución, en relación con el artículo 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, prevén que, el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia, y que las normas procedimentales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, oralidad, dispositivo, celeridad, economía procesal, normas procesales estas que harán efectivas las garantías del debido proceso legal, dentro del cual se incluye el derecho a la defensa; es decir, que las normas procesales sirven como instrumento o medio para garantizar los derechos de las partes en conflicto y que acceden a los órganos de administración de justicia.

Por ello, y con acertada razón se ha dicho que el Derecho Procesal es aquel que instrumentaliza la posibilidad de la defensa de los derechos del ser humano. Tiene una doble función. Por un lado “regula el ejercicio de la soberanía del Estado”, es decir, que el poder absoluto del Estado en

la administración de justicia tiene en el proceso sus límites. Es más cuando el Estado administra justicia a los particulares, a las personas jurídicas de derecho privado y a las entidades públicas en las relaciones con aquellas y entre ellas mismas (incluyendo al mismo Estado); el Derecho Procesal tiene encargada la función de organizar estas relaciones, y la consecuente administración de justicia. Por otro lado, el Derecho Procesal establece el conjunto de principios que debe encauzar, garantizar y hacer efectivo la acción de los asociados para la protección de su vida, su dignidad, su libertad, su patrimonio y sus derechos de toda clase, frente a los terceros, al Estado mismo y a las entidades públicas que de éste emanan, bien sea cuando sucede una simple amenaza o en presencia de un hecho consumado. (Léase DEVIS ECHANDÍA, Hernando, en TEORÍA GENERAL DEL PROCESO, Buenos Aires, tercera edición, Editorial Universidad, 2002, págs. 34/35).

LIGA BARRIAL SANTA MARÍA DE COTOCOLLAO CONVOCATORIA

Se convoca a sesión de Asamblea General Extraordinaria de carácter obligatorio para los representantes de los Clubes Filiales a Nuestra institución (Clubes Jurídicos y No Jurídicos) reunión que se llevará a cabo el día sábado 13 de mayo del 2023, a las 17:00pm en la Sede Social de la institución, ubicado en las calles José Vicente Peñafiel Oe-24B, Barrio Santa María, Parroquia El Condado, con el siguiente ORDEN DEL DÍA:

1. Constatación del Quórum e instalación de la Asamblea General

2. Lectura de la Convocatoria

3. Elección del Directorio para el periodo 2023 2027; y,

4. Posesión del nuevo directorio electo.

VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
001-004-3126
Dr. Iván Garzón Villacrés Mg. y Egresado Iván Garzón Castro.

MERCY ROCIO BALSECA PEÑA, otorgada mediante escritura pública otorgada el nueve de mayo del año dos mil veintitrés, ante mí, DOCTOR JOSÉ ANTONIO

ERO DEL CANTON QUITO, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación tualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del

Particular que pongo en conocimiento para los fnes

CASILLERO JUDICIAL ELECTRÓNICO

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL

CITASE con el siguiente EXTRACTO DE EXTINCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA a:

BENAVIDES BARRIGAS YOSAIRA MARICELA

ACTOR:                      JEFFERSON SANTIAGO PAREDES GODOY

DEMANDADO:           BENAVIDES BARRIGAS YOSAIRA MARICELA

TRAMITE:                   ESPECIAL

ACCIÓN:                     ALIMENTOS ( EXTINCIÓN)

CUANTIA:                     INDETERMINADO

JUICIO No:                   17203-2014-14095

AUTO:

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, jueves 8 de septiembre del 2022, a las 14h03.-  Hágase parte del expediente el escrito presentado con fecha 6 de septiembre del 2022, a las 10h42.-  Atendiendo el mismo, dispongo: 1) NOTIFIQUESE en legal y debida forma con el contenido de la petición a la alimentaria,  BENAVIDES BARRIGAS YOSAIRA MARICELA acorde a lo previsto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos;  en atención a la directriz emitida por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera, Director Nacional de Gestión Procesal, en Memorando circular No.: CJCNGP20180289MC, de 18 de julio de 2018,  la parte actora en el término de 3 días, acérquese al archivo de esta dependencia judicial y proporcione las copias necesarias para la gestión de citación (3 ejemplares por cada demandado/a); por lo que se le advierte al actor y su defensa técnica, que en caso de no cumplir con esta disposición, podría incurrir en deslealtad y abuso del derecho, que contempla el Art. 26 del Código Orgánico de la Función Judicial; el  alimentario en el término de 5 días después de ser notificado,  deberá justificar documentadamente de encontrarse inmerso o no de conformidad al Art. Innumerado 4 Nral. 2 y 3 de la Reforma al Título Quinto del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.- 2) Téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado patrocinador, por parte del alimentante, así como el casillero judicial  y correo electrónico señalados.-Hágase saber a su anterior defensor técnico que ha sido sustituido en la defensa de la presente causa.-3) Oficíese  Al Ministerio de Salud Pública, a fin de que certifique si BENAVIDES BARRIGAS YOSAIRA MARICELA portador de la cédula de ciudadanía No 1725725111 padece alguna discapacidad, conforme se encuentra establecido en el Art. Innumerado 4 numeral 3 de la Ley reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.- NOTIFIQUESE UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, lunes 24 de abril del 2023, a las 11h46.-  VISTOS: Comparece el Ab. JEFFERSON SANTIAGO PAREDES GODOY, en calidad de Procurador Judicial del señor BENAVIDES QUINCHUQUI BRILMAN VINICIO,  con el  fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 18 de abril del 2023 a las 11h20; al efecto juramentada que fue en legal y debida forma, advertida de las penas de perjurio, de la gravedad del juramento, de la obligación que tiene de decir la verdad con claridad y exactitud dice: “De conformidad con el artículo 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, declaro bajo juramento la  imposibilidad determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada en alimentos ANDREA DANIELA BELALCAZAR BATALLAS.- En lo principal:  Cítese a la señorita ANDREA DANIELA BELALCAZAR BATALLAS, con el contenido de la petición de extinción de pensiones alimenticias y el presente auto mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito en cumplimiento a lo que dispone el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos, previniéndoles la obligación que tienen de señalar casilla judicial para sus notificaciones a fin de que el  alimentario en el término de 5 días después de ser notificado,  deberá justificar documentadamente de encontrarse inmerso o no de conformidad al Art. Innumerado 4 Nral. 2 y 3 de la Reforma al Título Quinto del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.NOTIFÍQUESE y CITESE UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, lunes 24 de abril del 2023, a las 11h46.- Quito, miércoles 3 de mayo del 2023, a las 11h30.-De conformidad al Art. 169  de la  Constitución  Política de la República del Ecuador, en anuencia  con el Art.  130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, de oficio, se CONVALIDA de providencia dictado el 24 de abril del 2023, las 11h46, en el sentido que por un error involuntario se hace constar demandada en alimentos “  ANDREA DANIELA BELALCAZAR y Cítese a la señorita ANDREA DANIELA BELALCAZAR BATALLAS, ” SIENDO LO CORRECTO “ demandada en alimentos  BENAVIDES BARRIGAS YOSAIRA MARICELA y . Cítese a la señorita BENAVIDES BARRIGAS YOSAIRA MARICELA”, en este sentido  queda subsanado  el error en el que se ha incurrido. En lo demás, se  estará a lo dispuesto en dicha providencia.- En aplicación del principio de austeridad del servicio público y en concordancia con el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, el presente auto es notificado a las partes procesales en los  CASILLEROS JUDICIALES ELECTRÓNICOS, de sus defensores técnicos, como también en los correos electrónicos (defensor/ partes procesales) que han señalado dentro de la presente causa, para los fines pertinentes.-  NOTIFIQUESE

Lo que le comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado, como dispone la Ley.-

001-004-3127
001-004-3113 VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5

17204-2022-00965-OFICIO-00128-2023

Causa N° 17204202200965

Quito, miércoles 4 de enero del 2023

En el juicio N° 17204202200965, hay lo siguiente: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO

ACTOR: CEVALLOS SERRANO MARIA BELEN, CEVALLOS SERRANO FRANCISCO JAVIER, CEVALLOS SERRANO JUAN CARLOS  Y SERRANO CABEZAS MAGDALENA

DEMANDADO: CEVALLOS TOBAR FRANCISCO JOSE CARLOS ANIBAL

JUICIO No. 17204-2022-00965

ASUNTO: INTERDICCION

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de noviembre del 2022, a las 15h02. VISTOS: MSc. Esp. Ab. Irina Chávez Coello en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial, dentro de la causa 17204-2022-00965 en ejercicio de las atribuciones que me hallo investida, conforme a lo dispuesto en el artículo 95 del Código Orgánico General de Procesos emite la siguiente resolución: 1) “IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES PROCESALES ”: ACTORES: MARIA BELEN CEVALLOS SERRANO , con cédula de ciudadanía número 1706950613, FRANCISCO JAVIER CEVALLOS SERRANO con cédula de ciudadanía número 1706734975, JUAN CARLOS CEVALLOS SERRANO con cédula de ciudadanía número 1706734967, y MAGDALENA SERRANO CABEZAS con cédula de ciudadanía número 1701959758.- DEMANDADO – SUPUESTO INTERDICTO: FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR, con cédula de ciudadanía número 1701803817.- 2) LA ENUNCIACIÓN BREVE DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEMANDA .- 2.1.- La parte actora comparece formulando la DEMANDA DE INTERDICCIÓN, manifestando en lo pertinente que: “ Ponemos en su conocimiento su señoría que desde hace aproximadamente trece años, es decir en el año 2009 el señor FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANÍBAL CEVALLOS TOBAR inició un tratamiento anti demencial debido a la depresión provocada por cobrar sus derechos de jubilación. Esta situación le generó una fuerte depresión y se empezaron a evidenciar los primeros síntomas como eran olvido de cosas recientes, problemas de coordinación para ubicarse, manejar, entre otros. Se decide acudir donde la Dra. Magdalena Gómez quien nos dice solicita realizar un electro encefalograma que detectó problemas en la carótida y micro infartos cerebrales. Con el objetivo de mantener la salud del señor FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR, la familia inicia el tratamiento respectivo tomando en cuenta el proceso degenerativo que la enfermedad representa. La enfermedad ha venido evolucionando, haciendo que nuestro padre y cónyuge no pueda valerse por sí mismo, teniendo los cuidados permanentes de personas a su alrededor, haciendo que cada vez las actividades diarias presenten una dificultad mayor para él. Tal como lo certifican los diagnósticos médicos que adjuntamos a la demanda, se requiere de una persona quien cuide a nuestro padre y administre sus bienes. Vendrá a su conocimiento señor Juez, que yo MARÍA BELEN CEVALLOS SERRANO, soy hija del señor FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANÍBAL CEVALLOS TOBAR, de conformidad con la partida de nacimiento que se adjunta a la presente y que a lo largo de los años me he encargado de su atención y cuidado directo. Nuestro padre y cónyuge no cuenta con carnet de discapacidad otorgado por el Ministerio de Salud Pública. Nuestros padres los señores FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR y MAGDALENA SERRANO CABEZAS disolvieron la sociedad conyugal el 23 de noviembre de 1998 mediante Escritura Pública celebrada ante el Notario Vigésimo Cuarto del cantón Quito inscrita en el Registro Civil el 17 de diciembre de 1998. Según los pronósticos médicos, la enfermedad de nuestro padre y cónyuge avanza rápidamente y llegará al punto de necesitar constante medicación, asistencia especializada de enfermeras y que no reconocerá a persona alguna en el futuro...”. Fundamenta su pretensión en los Arts. , 381, 393, 464, 466, 467, 468, 478, 479, 481, 482, 483, 484, 332 numeral 5 del Código General de Procesos, anuncia la prueba, la PRETENSIO: En virtud de los argumentos de hecho y de derecho expuesto, de conformidad a los artículos 479 y 484, solicito se proceda a declarar la interdicción judicial de FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR para lo cual se servirá designar Curador, insinuado para el efecto a hija la señora MARIA BELÉN CEVALLOS SERRANO”.- 2.2.- El demandado comparece dentro de la presente causa directamente a la audiencia única.- 3) PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS EXCEPCIONES PREVIAS: En la presente causa NO se han presentado NI alegado excepción previa.- 4) RELACIÓN DE LOS HECHOS PROBADOS, RELEVANTES PARA LA RESOLUCIÓN .- 4.1.- Mediante auto de 18 de abril de 2022 a las 15h45 , se calificó la demanda aceptándose a trámite en procedimiento sumario conforme lo previsto en el numeral 5 del artículo 332 del Código Orgánico General de Procesos.- 4.2.- Al demandado se citó en persona en el domicilio determinado en el libelo inicial tal como consta a fs. 50 de los autos.- 4.3.- Los peritos designados dentro de la presente causa presentaron sus respectivos informes que en lo pertinente en lo principal dicen: a) Psiquiatra. Dra. Yolanda Villacreces Vinueza (Fs. 64 vuelta a la 65), de fecha 13 de septiembre de 2022; quien en lo principal manifiesta: “...Paciente con antecedente de enfermedad comórbida de diabetes, hipertensión arterial, síndrome coronario agudo con colocación de stent en coronaria izquierda, presento evento vascular de tipo isquémico (infarto cerebral) por tanto el paciente presenta cuadro compatible con demencia vascular. Necesita ayuda de terceros... ”, b) Doctora Andrea Chávez Párraga psicóloga (Fs. 58 a la 62), de fecha 08 de septiembre de 2022 quien informa en las conclusiones: “...Según la respectiva observación y la respectiva evaluación realizada al señor FRANCISCO JOSÉ CEVALLOS TOBAR se confirma que existe un deterioro cognitivo GRAVE. Se concluye que el señor FRANCISCO JOSÉ CEVALLOS TOBAR no presenta signos o síntomas de DEPRESIÓN. Los resultados de las pruebas realizadas, indican que el señor FRANCISCO JOSÉ CEVALLOS TOBAR, presenta signos y síntomas de ANSIEDAD LEVE, debidamente controlada y manejada. Se concluye que el señor FRANCISCO JOSÉ CEVALLOS TOBAR, debido a su grave deterioro cognitivo, no es una persona autónoma para poder desenvolverse normalmente en actividades diarias, necesita asistencia permanente de sus familiares y personal de asistencia médica; tiene limitación de capacidades y funciones primarias básicas (limitación de movimiento, coordinación, comunicación, memoria, concentración, entre otras) para tener una vida independiente. Se puede concluir, además, que el deterioro cognitivo grave del señor FRANCISCO JOSÉ CEVALLOS TOBAR, es un diagnóstico que desmejorará progresivamente, es irreversible y será de por vida...” .- 4.4.- El17 de octubre de 2022 se realizó la AUDIENCIA ÚNICA, a la cual comparecieron las partes procesales debidamente acompañadas por sus defensores técnicos.- En dicha audiencia las partes asistentes manifestaron que no existe ningún vicio de procedibilidad que alegar por lo que se declaró la validez del proceso hasta dicha fase. Fijado el objeto de la controversia en “ determinar si el señor FRANCISCO JOSE CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR se encuentra inmersa en las causales de interdicción por demencia y en caso de que este inmerso declarar su interdicción y nombrar a su favor a un/a curador/a ”, NO se realizó la conciliación dada la naturaleza de la causa conforme lo establece el artículo 2352 del Código Civil evacuándose la prueba correspondiente que en lo pertinente consistió en: a) PRUEBA DOCUMENTAL: Certificado médico emitido por Instituto Ecuatoriano de seguridad Social con fecha 06 de agosto de 2021 (fs. 12), Certificado Médico emitido por la Dra. Marcela Vásconez Jácome (fs. 13), Copias de cédulas y papeletas de votación de los actores (fs. 15 a 18), copia de la cédula del demandado (fs. 19), Certificado Bancario (fs. 14), Certificado de gravamen de la casa N47 C (fs. 10 y 11), Certificado de gravamen de la casa No. 865, partidas de nacimiento de parientes (fs. 7 a la 9), Inscripción de Matrimonio del señor Francisco José Carlos Anibal Cevallos Tobar (fs. 3), Inscripción de Nacimiento de los hijos del señor Francisco José Carlos Anibal Cevallos Tobar (fs. 4 a 6), Certificado de estado civil de la señora Magdalena Serrano Cabezas (fs. 2), Certificado de estado civil del señor Francisco José Carlos Anibal Cevallos Tobar (fs. 1) b) PRUEBA TESTIMONIAL : De los testigos Christian José Albornoz Cevallos, quienes al responder el interrogatorio dicen: 1.- Indique si usted conoce al señor Francisco Cevallos R. Si. 2.-Qué relación tiene con el señor Francisco Cevallos R. Mi tío por parte de mi mamá. 3.- Conoce usted el estado de salud del señor Francisco Cevallos actual R. Si es una persona que no puede establecer una conversación normal no puede defenderse por sí mismo. 4.- Puede describir la situación de salud física R. Mi tío ya no puede comunicarse no me reconoce y siempre está en silla de ruedas y depende de otra persona para satisfacer su alimentación. 5.- Hace que tiempo esta así R. Unos 13 años de lo que empecé a notar su salud. 6.- Conoce si puede valerse por sus propios medios R. No. 7.- Conoce si su tío puede hacer su firma autógrafa R. No es imposible. 8.- Cuando fue la última vez que le vió R. En el mes de agosto del presente año. 9.- El señor Francisco Cevallos le reconoció R. No. La testigo María de los Angeles Serrano Cabezas, 1.- Indique si usted conoce al señor Francisco Cevallos R. Si. 2.- Qué relación tiene con el señor Francisco Cevallos R. Es mi cuñado. 3.- Conoce el estado de salud actual R. Si. 4.- Podría describir como se encuentra el señor Francisco Cevallos R. Si mi cuñado hace más o menos hace 13 años empezó esta enfermedad y poco a poco ha venido decayendo a pesar que le ayudan con medicinas con médicos y es una bendición que se ha retrasado su deceso pero no se puede valer por sí misma me da tristeza que hace unos meses me reconocía me hacía alguna seña o gesto y ahora no y no he ido donde mi hermana y le visto que no puede comer solo tiene un fisioterapista que le ayuda pero se mueve un poco en la silla de ruedas y tiene la bendición que su familia le ha puesto una enfermera y le ha servido para que no se deteriore en la enfermedad pero en el si no puede dice palabritas o parte de palabras. 5.- Conoce si puede realizar su firma autógrafa R. No es imposible y solo he visto que las enfermeras le dan colores pero él se guarda y no puede hacerlo. Patricio Xavier Peñaherrera Cordovez; 1.- Indique si usted conoce al señor Francisco Cevallos R. Si. 2.- Hace cuánto tiempo R. 10 años. 3.- Qué relación tiene con el señor Francisco Cevallos R. Soy esposo de la nieta. 4.-Podría describir la salud del señor Francisco Cevallos R. Actualmente está bien deteriorada no puede valerse necesita apoyo médico enfermeras. 4.- El señor puede tener una conversación fluida R. No. 5.- Cuando fue la última vez que le vio al señor Francisco Cevallos R. Hace unos 2 meses pero pasa en silla de ruedas no tiene mucho contacto no gesticula apenas puede mover su cabeza su mano. 5.- Cuando le visitó le reconoció el señor Francisco Cevallos R. No. c) PRUEBA PERICIAL: Las peritos nombradas dentro de la presente causa comparece con el fin de sustentar sus informes periciales y de este modo judicializarlos.- b.1.-Dra. Yolanda Villacreses Vinueza, b.2.- Psic. Andrea Chávez Parra. El perito expone que hizo una valoración psicológica.- 4.5.- Conforme lo dispuesto en el artículo 483 del Código Civil en concordancia con los artículos 467; y, 468 ibídem la suscrita en la misma audiencia única se escuchó a los parientes del señor FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR, con cédula de ciudadanía número 1701803817, con el fin de formarse criterio de la persona idónea a quien de ser necesario se nombrará como curador/a; es así que, se escuchó a los señores MARIA BELEN CEVALLOS SERRANO , hija , FRANCISCO JAVIER CEVALLOS SERRANO hijo, JUAN CARLOS CEVALLOS SERRANO hijo, y MAGDALENA SERRANO CABEZAS esposa quienes coincidieron unánimemente que en caso que se declara la interdicción.- 4.6.- Se reinstala la Audiencia única para el día 17

001-004-3120 VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C6

de octubre de 2022 a fin de que la suscrita proceda con la examinación del supuesto interdicto conforme lo dispuesto en el artículo 482 del Código Civil, realizándose preguntas básicas a la demandada, como: ¿Cuál es su nombre?; ¿sabe qué día es hoy?, ¿qué hora es?, ¿reconoce algún pariente?, ¿sabe el nombre de dos parientes que se le indicó en ese momento, las respuestas no fueron entendibles ya que hacía unos sonidos; y, le quedaba viendo a la señora que le cuida. 5) MOTIVACIÓN: Con estos antecedentes, encontrándose el proceso en estado de resolver, para hacerlo se considera: 5.1.- La suscrita Jueza es competente para conocer y resolver la presente causa de conformidad a lo prescrito en el artículo 175 de la Constitución de la República, artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, así como en los artículos 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos y al sorteo de ley.5.2.- No se advierte omisión de ritualismo o solemnidad sustancial que pueda influir en la decisión de la causa, por lo que se declara su validez procesal.- 5.3.- El Código Orgánico General de Procesos en el artículo 333 numeral 4 establece que el procedimiento sumario “ 4. Se desarrollará en audiencia única, con dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos en debate y conciliación y la segunda, de prueba y alegatos. ”.- 5.4.- El Código Orgánico General de Procesos en lo pertinente prescribe: “ Art. 169.- Carga de la prueba. Es obligación de la parte actora probar los hechos que ha propuesto afirmativamente en la demanda y que ha negado la parte demandada en su contestación ”.(...), estableciendo que “ Art. 158.- Finalidad de la prueba. La prueba tiene por finalidad llevar a la o al juzgador al convencimiento de los hechos y circunstancias controvertidos .”.- 5.5.- En los actuales momentos, la prueba no puede ser considerada únicamente como una carga onus probandi, sino también, como en la especie, un prototípico y autonómico derecho a probar. El Artículo 76 numeral 7 literal h) de la Constitución de la República, determina “ En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas : (...) 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías : (...) h) Presentar de forma verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra...”; el artículo 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “ Principio de la Verdad Procesal.- Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes...”; el Artículo 9 inciso 2° ibídem, determina “ PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD.- La actuación de las juezas y jueces de la Función Judicial será imparcial, respetando la igualdad ante la ley. En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, la ley y los elementos probatorios aportados por las partes...”; de su parte el inciso primero del Artículo 19 ibídem, determina “PRINCIPIOS DISPOSITIVO, DE INMEDIACIÓN Y CONCENTRACIÓN.- Todo proceso judicial se promueve por iniciativa de parte legitimada. Las juezas y jueces resolverán de conformidad con lo fijado por las partes como objeto del proceso y en mérito de las pruebas pedidas, ordenadas y actuadas de conformidad con la ley...”.- 5.6.- Juan Larrea Holguín, sobre el vocablo interdicción, dice: “Decreto o sentencia judicial que priva a una persona de la libre administración de sus bienes y, normalmente, la sujeta a un guardador, quien le representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter muy personal, como los testamentarios.” (Diccionario del Derecho Civil, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito –Ecuador, 2006, p. 248).- 5.7.- El Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación.|| Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.”. 5.8.- El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I – V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª edición, Quito-Ecuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”. - 5.9.- Para el insigne tratadista chileno, Luis Claro Solar, expresa que “En la interdicción del demente la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. En interés de la persona demente y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla, con respecto a sus facultades mentales, en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. En interés público, la autoriza también para garantir a la sociedad de los peligros a que podría exponerla la presencia un demente que ejecutara actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila, fuera el homicidio por ejemplo. Los jueces no están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto demente y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida.”, (Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado De las Personas, Tomo Tercero, editorial jurídica de Chile, Santiago de Chile 2013, p. 100, apartado 2421). 5.10. Los presupuestos procesales en el presente asunto se encuentran acreditados a plenitud. La capacidad legal de una persona es la facultad que tiene para ejercer sus derechos y administrar sus bienes, sin que para ello se requiera la intervención de otra (art. 1461 último inciso del Código Civil), dicha capacidad es la regla general para los mayores de edad, de la cual quedan excluidos por excepción ciertas personas a quienes por razones especiales el mismo cuerpo legal invocado niega o limita esa capacidad de ejercicio. Tenemos, por tanto, que están excluidos en forma absoluta de la facultad en mención los dementes, los impúberes y los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito. Sus actos no surten ni aun obligaciones naturales, y no admiten caución (Art. 1463 Ib.). El tercer inciso de la disposición legal referida, señala que son incapaces relativos los menores adultos, los que se hallan en interdicción de administrar sus bienes, y las personas jurídicas. En el plano jurídico la finalidad de la institución jurídica denominada incapacidad sea absoluta o relativa, es la de proteger a las personas que en razón de su edad o por limitaciones graves de índole psicológica o fisiológica, no pueden actuar en condiciones normales en el medio social que los rodea, ayer el legislador y hoy el asambleísta crearon la figura jurídica de la interdicción mediante la cual se desvirtúa la presunción de capacidad general de que goza en principio toda persona. En los procesos de interdicción por demencia, el asambleísta patrio creó dicha figura para darle protección al enfermo, con los que se busca desvirtuar la presunción legal de capacidad de las personas consagradas en el Art. 1462 ibídem “Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.” . En esta clase de procesos es forzosa la práctica de la prueba pericial, dicho medio probatorio legalmente practicado y legalmente apreciado y valorado, es el que le permite al juzgador concluir si la interdicción debe o no ser decretada. A la persona que se le declara en estado de interdicción se le designa un curador provisional para que lo represente legalmente, quien deberá hacerse cargo entre otros aspectos del su cuidado personal, de la recuperación de ser aquello posible y de la administración de sus bienes del interdicto. Por esto, se exige que la persona designada cuente con suficientes capacidades morales y económicas para que pueda ejercer este encargo con responsabilidad y garantice el desempeño adecuado de sus funciones. La interdicción constituye, en esencia, una garantía para el incapaz, porque podría quedar desprotegido si no se le proporcionara la protección jurídica necesaria a través de la intervención de las y los jueces, quienes tienen la potestad de apreciar los elementos incorporados a la causa y de pronunciarse sobre la capacidad o incapacidad de las personas.- 5.11.- En el presente caso se ha justificado la necesidad de declarar al demandado FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR, con cédula de ciudadanía número 1701803817 en interdicción conforme se desprende de los informes periciales en los que en lo principal han manifestado que el señor tiene demencia de vascular, no puede valerse por sí mismo sino que necesita de terceras personas para que pueda realizar todas las cosas cotidianas; y, con del reconocimiento efectuado por la suscrita juzgadora al señor demandado FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR se verificó que no puede valerse por sí solo.- Al respecto el Código Civil en su artículo 484 prescribe: “ Se conferirá la curaduría del demente: 1. Al cónyuge si no hubiere separación conyugal. Pero el cónyuge tendrá derecho de aceptar o repudiar esta guarda, y en caso de no aceptarla, podrá pedir la liquidación de la sociedad conyugal; 2. A sus descendientes; 3. A sus ascendientes; y, 4. A sus colaterales, hasta el cuarto grado, o a sus hermanos. Los padres no podrán ejercer este cargo, sin el consentimiento del otro cónyuge. El juez elegirá, en cada clase de las designadas en los numerales 2., 3 y 4, la persona o personas que más idóneas le parecieren. A falta de las personas antedichas, tendrá lugar la curaduría dativa.” (Énfasis añadido).- 6) DECISIÓN: Por lo expuesto, en aplicación al Principio de celeridad procesal contemplado en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial; principios de simplificación, eficacia, celeridad y economía procesal consagrados en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, al haberse justificado con los informes efectuados por las dos peritos nombradas en la presente causa; así como, por la examinación personal efectuada por la suscrita jueza en la diligencia de reconocimiento del señor FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR, con cédula de ciudadanía número 1701803817; la procedencia de la interdicción y por ende el nombramiento de un o una curadora a su favor, de conformidad a lo prescrito en los artículos 478 y siguientes del Código Civil, la suscrita RESUELVE declarar la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del señor FRANCISCO JOSÉ CARLOS ANIBAL CEVALLOS TOBAR, con cédula de ciudadanía número 1701803817, nombrándose por lo mismo como CURADORA INTERINA a su hija la señora MARIA BELÉN CEVALLOS SERRANO, con cédula de ciudadanía número 1706950613, a fin de que lo represente en todos los actos públicos y privados. Se advierte que la interdicta no será privada de su libertad personal ni podrá ser trasladado a un hospital psiquiátrico a no ser que obtenga autorización judicial. Ejecutoriado que sea el presente auto, inscríbase en el Registro de la Propiedad y notifíquese al público mediante la publicación en uno de los diarios de esta ciudad, así como mediante los carteles respectivos en los parajes más frecuentados, conforme establece el artículo 468 del Código Civil. - A petición de parte se dará cumplimiento a lo determinado en el artículo 398 y siguientes del Código Civil.- 7) INDEMNIZACIONES, INTERESES Y COSTAS: Sin costas, indemnizaciones, intereses, ni honorarios que regular.NOTIFÍQUESE.-

001-004-3120 VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C7

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.