Imbabura - Carchi: 09 de enero, 2023

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Un nuevo intento por terminar el camal de Ibarra

Tras 121 días de una nueva paralización de obra, el nuevo camal de Ibarra retomó sus trabajos, con la esperanza de que termine este año y pueda entrar en funcionamiento, a pesar de que su construcción comenzó en 2013.

El poder escondido de los independientes en la Asamblea 4

Ecuador requiere 21 años para duplicar ingreso por habitante 5

“Todo político debería pensar en el futuro. Una planificación a mediano y largo plazos”

Biden visita por primera vez la frontera con México

Intentan golpe de Estado en Brasil 8

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LUNES 09 DE ENERO DE 2023
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Imbabura
Carchi
ECONOMÍA
PAÍS
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PICHINCHA
6 GUILLERMO CHURUCHUMBI CANDIDATO A LA PREFECTURA DE PICHINCHA POR PACHAKUTIK
GLOBAL
GLOBAL
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Espejo, un precursor luchando contra la corrupción

Cada5 de enero, como en 1792, se recuerda el primer periódico de Quito: Primicias de la Cultura de Quito, obra del ilustrado Eugenio Espejo. Pasaron 231 años y el pensamiento del precursor está presente. Espejo escribió y estudió. Denunció a la sociedad de su tiempo dando a conocer los escándalos de las autoridades españolas y criollas. Todo sigue casi igual.

En ‘Reflexiones sobre la viruela’ se anticipó siglo y medio a los descubridores de bacterias y virus -Koch y Pasteur- hablando de las malas condiciones sanitarias de la ciudad. Fue deportado a Lima y peleó, escondido en la Audiencia. En ‘La defensa de los curas’ hería a Villalengua y defendía a los sacerdotes que procuraban mejor vida para los indios. Enjuiciado tras ser encarcelado, se defendió airoso. Prefirió seguir preso hasta recibir satisfacciones. Desterrado en Popayán, conoció al sabio Juan Celestino Mutis.

Carlos Freile señala que “la población indígena sufría más que nadie las consecuencias de la crisis, no solo por la ausencia de medios de vida elementales, sino porque los grupos dominantes exageraron aún”. El historiador Juan J. Paz y Miño sostiene que el precursor denunció la generalizada corrupción de la Audiencia en el siglo XVIII. Carlos Paladines dice que se pasó de “un solo sujeto político, el Gobierno colonial, a uno nuevo, los criollos. El segundo hecho fue fundar un periódico, un gran cambio en un Quito de entre 40 y 60 mil habitantes, donde las noticias se conocían en iglesias y plazas. Primicias tuvo notas informativas”. Ruptura similar a la actual de las tecnologías.

“El tercer hecho”, agrega, fue nombrar a Espejo como director de la biblioteca pública, cuando solo las tenían órdenes religiosas”. Espejo tuvo una visión crítica de la lectura, porque hay que discernir y pensar sobre lo que se lee. Siempre creyó que la educación era un instrumento contra la corrupción.

Yunda y la Justicia

Quito no logra salir de la crisis institucional, de gestión y, sobre todo, de confianza ciudadana que comenzó con la remoción, en 2021, del entonces alcalde Jorge Yunda. La capital necesita que la incertidumbre que dejó esa turbulencia culmine pronto, con las elecciones que se avecinan; sin embargo, eso no será posible mientras Yunda continúe siendo blanco de rabiosos cuestionamientos, obstinada hostilidad y temeraria especulación que imposibilitan cualquier cierre conciliatorio y sensato.

Además del conocido desdén por las formas que ostenta la política capitalina, el exalcalde se pavonea entre elementos que irritan a sus detractores: sus problemas legales, ante la Función Electoral y la justicia ordenada, siguen pendientes; se

mantiene en firme apología de su hijo prófugo; y es, al final de cuentas, el candidato de los mentalizadores de las violentas protestas que han azotado a la capital. No obstante, se ha disparado en las encuestas.

En momentos como estos, la sociedad necesita aferrarse a sus convicciones democráticas y respetar la separación de poderes. Más sano y constructivo resulta este momento que las fuerzas políticas coloquen su atención y energía en la campaña que ahora empieza, y que alivien cualquier tipo de presión malintencionada que pueda existir sobre el Tribunal Contencioso Electoral y la justicia. Solo a esas funciones del Estado les compete pronunciarse sobre la inocencia -o culpa- de Jorge Yunda; cualquier otro juicio le resta legitimidad al proceso electoral.

El país del futuro

Omar Jaén Suárez, doctor en Letras y Ciencias Humanas por la Universidad de París Panteón Sorbona y con otros grados académicos (Ph.D.) en Sociología y Demografía, publicó el libro ‘Reflexiones sobre Panamá y su destino’.

Este historiador y experto en Geopolítica, planteó recuperar el proyecto nacional de Panamá, para lo cual recomendó, acertadamente, que su patria se convierta en “una democracia liberal funcional, en un Estado de bienestar, sociedad racional, ordenada, justa, inclusiva y laica”.

Señaló un fenómeno convertido en factor adverso no solo para Panamá sino para la región latinoamericana y caribeña: la pésima calidad de los políticos que “explotan la ignorancia, el pensamiento mágico y providencialista de la población, para seguir manteniendo el sistema clientelista basado en abultada burocracia que lo único que hace es entorpecer antes que abordar los retos principales. Hemos caído en manos de politiquillos que han comprado el voto popular por tres guayabas y están robando el futuro a las nuevas generaciones”.

Estas palabras merecen especial atención, se refieren a los vendedores de humo, con intereses a menudo alentados únicamente por la rapiña, voracidad por riqueza fácil, inmediata, mal habida que, luego, es exhibida inclusive con la mayor desvergüenza. Si los dineros que engullen esas fauces pudieran ser protegidos o recuperados, otra sería la faz de los pueblos sumergidos en el subdesarrollo.

En el Ecuador, urge un proyecto con prospectivas a corto y largo plazo, que cambie el escenario, nada reconfortante, que se presenta al inicio de 2023: inseguridad y corrupción increíbles, pobreza y extrema pobreza que crecen, clamorosa falta de empleo, deficiencias en salud y otras áreas fundamentales, riesgo de caer en la anomia por el deterioro de la institucionalidad, inconsecuencia y debilidades en la aplicación de la justicia, carencia de líderes genuinos, aumento del éxodo ante el vacío de oportunidades para crecer, movimientos que practican la violencia y de tendencia totalitaria con nexos internacionales, se ha denunciado la existencia de narcopolíticos y narcogenerales, corriente de escepticismo y hasta negatividad que erosiona el alma nacional.

Hace falta un pacto, de sincero cumplimiento, como el de la Moncloa, para avanzar y abandonar las taras históricas y más ataduras que impiden el progreso. No olvidemos que desde el fondo de la caja de Pandora emergió la esperanza.

Novela y dos maestros

Ubidia, Vásconez, etc. Podemos olvidar la primera novela publicada en 1863 ‘La Emancipada’, de M. Riofrío, primer grito novelesco —aunque muy débil—.

lo que en la realidad no podría pasar.”

hacer trampas, pues eso ya parece polítiquería.

Algunas

veces nos preguntamos por qué en literatura en el Ecuador no destacamos internacionalmente, sobre todo en la novela, a pesar de tener excelentes escritores como Adoum, de la Cuadra,

Hemingway, en 1934, sin tapujos le escribe una crítica carta a Scott Fitzgerald, autor de grandes novelas, hasta llevadas al cine, comentando sobre su novela: “Olvida tu tragedia personal al momento de escribir, pues no hay que convertir a los personajes en otra gente, y eso no se puede hacer. No se puede lograr que uno sea otro; no inventar

Le recuerda que el novelista no es un libre pensador o creador: “No hay que tomarse libertades con el pasado de la gente y con su futuro; el resultado: personas que no son gente, sino ejemplos maravillosamente falsos”.

Le exige: “Escribe, escribe de verdad, que no importe a quien puedas hacer daño; no hagas esas renuncias tontas”. Añadiría yo: no escribas tampoco para alabar, pues pocos te leerán. Hay que contar la verdad, no hay que

No ‘retocar los antecedentes de la gente’. Truman Capote lo completó: “Un novelista precisa un detector de mierda”. Hemingway le demanda a Fitzgerald: “No respondas a tus propias preguntas, pues eso no hace falta”. Severo: “Ver, escuchar. Ver bien, pero has dejado de escuchar”.

Sobre los críticos: “No te preocupes lo que dirán los chicos, ni si lo que escribes será una obra maestra. Yo escribo una página de

obra maestra por nueve de porquerías. Intento tirar a la papelera esas porquerías. No se sienta uno deliberadamente a escribir una obra maestra”. “Solo necesitas escribir la verdad y no preocuparte por el destino que le corresponda a tu obra”.

Ojalá mediten sobre los aciertos o no de Hemingway nuestros futuros novelistas. De todas formas es una carta memorable de ‘una cima’ literaria (‘El Viejo y el Mar’) a otra ‘cima’(‘A este lado del paraíso’) . Desde luego no hay que cerrar a la imaginación.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13545 Los escritos
los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan
pensamiento
medio,
se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | LUNES 09 ENERO/2023
de
el
del
que
LÓPEZ
UGO STORNAIOLO FRANKLIN BARRIGA
EDITORIAL ugostornaiolopimentel@gmail.com f-barri@uio.satnet.net

Retoman los trabajos en el nuevo camal de Ibarra

Los problemas para terminar su construcción han sido una constante desde hace casi diez años.

IBARRA.- El nuevo camal de Ibarra nuevamente sufrió un retraso en su construcción, que lleva alrededor de diez años y ha pasado por diversos problemas que no han permitido su terminación y entrada en funcionamiento hasta 2023.

La actual administración municipal, presidida por Andrea Scacco, inyectó recursos para terminar la obra y ponerla en marcha, pero en más de una ocasión se han visto interrumpidos los trabajos, por diversos motivos.

El último fue por la sus-

pensión de la licencia ambiental, lo que mantuvo a los obreros parados por alrededor de cuatro meses, retomando su construcción en el presente año.

Esto significa que el nuevo polígono cárnico seguramente no esté listo para mayo de 2023, cuando las nuevas autoridades seccionales asumirán sus cargos, por lo que Scacco no podría cumplir con su promesa de terminarlo, a pesar de que en la cuadrilla de constructores y en la misma autoridad hay optimismo en avanzar con los trabajos lo más pronto posible.

Se duplicó el valor inicial

° Cuando se suscribió el primer contrato para la construcción del nuevo camal, en el año 2013, se presupuesta un valor de $5 millones para la primera fase, pero los trabajos se suspendieron en 2014, por falta de recursos y errores en la planificación de la obra. Esta situación incluso pasa factura en la actualidad, pues más de un trabajo complementario se ha tenido que ejecutar para al menos intentar poner en funcionamiento la maquinaria, adquirida hace más de cinco años y que no ha podido, hasta la fecha, ni siquiera ser probada por falta del tendido eléctrico necesario, entre otros detalles.

Según Mauricio Rosales, gerente de la Empresa Pública Municipal de Faenamiento y Productos Cárnicos de Ibarra (Fyprocai), hasta el momento hay más de $8 millones invertidos en el nuevo camal, de los cuales la Alcaldía actual ha destinado alrededor de $3 millones.

En el Departamento Financiero de la Municipalidad se reporta que el monto total invertido en todos estos casi 10 años es de $8’864.000, de los cuales más de $2 millones se usaron para la edificación del centro y la planta procesadora; $2’850.000 para la terminación de la construcción del centro, y $227.000 para las obras complementarias.

Para el equipamiento se destinaron $1’893.000, así como más de $661.827 para equipos complementarios con sus accesorios, entre maquinaria y adecuaciones.

En el desglose de valores, consta que alrededor de $508.000 se invirtió para la construcción y adquisición de una planta de tratamiento, mientras para la vía de acceso fueron $482.000, para la electrificación $38.000, $53.000 para la conexión entre la descarga de la planta y el alcantarillado existente, $25.000 para la construcción de la línea de impulsión palestina – camal, y para la construcción del cerramiento se destinó $99.000.

“Después de mucho esfuerzo hemos reanudado los trabajos en el nuevo camal de Ibarra. La gente está trabajando, poniendo todo listo para poder incorporar los equipos”, dijo Scacco, quien espera terminar su gestión poniendo en funcionamiento esta obra , que a pesar de que no inició con su administración ha hecho varios intentos por lograrlo.

“Hemos subsanado ya todas las obligaciones que han estado pendientes con la autoridad ambiental. Tenemos ya aprobada una auditoría ambiental de cumplimiento. Tenemos un pronunciamiento también favorable sobre los informes de gestión ambiental. Estamos trabajando con la Dirección de Obras Públicas para el cumplimiento de los contratistas y el plan de manejo que se actualizó con la última auditoría”, agregó Santiago Hinojosa, técnico municipal de Gestión Ambiental.

Acelerarán la construcción Mauricio Rosales, gerente de la Empresa Pública Municipal de Faenamiento y Productos Cárnicos de Ibarra (Fyprocai), señaló que actualmente se está trabajando en el cerramiento, obras civiles complementarias y en los equipamientos para el faenamiento.

Añadió que de ser necesario se va a coordinar para que los obreros laboren en dos jornadas , con el objetivo de ponerlo en funcionamiento antes de medio año.

“Esperamos que esta obra, que es un proyecto de ciudad, se haga realidad en los próximos meses. Esta-

mos reprogramando los trabajos, para que si es necesario se trabaje en dos jornadas, de tal manera que el Municipio de Ibarra cuenta con un centro de faenamiento que permita entregar un producto cárnico de calidad para garantizar la salud de los ibarreños”, comentó Rosales.

Obras complementarias Según Gabriel Enríquez, residente de obra, tras la suspensión obligada de la construcción, se retomó los trabajos en el cerramiento del terreno, ubicado en el sector Chorlavisito, en la parroquia San Antonio de Ibarra, para luego avanzar con el resto de detalles que hacen falta para que el nuevo camal entre en funcionamiento.

Explicó que por el momento están 16 personas laborando en el predio central del polígono cárnico, las cuales se mantendrán hasta

terminar la planificación, mientras otra cuadrilla ejecuta adoquinados y obras complementarias en sectores aledaños.

“Estamos realizando el adoquinado de la calle Juan Francisco Leoro, que conduce el nuevo polígono cárnico, donde fue necesario ubicar muros de contención porque hay una altura del terreno que no es la adecuada”, añadió, por su parte, Elías Cabascango, encargado de las obras de adoquinado de las calles aledañas al nuevo camal.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK NORTE 03 QUITO | LUNES 09 ENERO/2023 I
OBRA. Comenzó a construirse en 2013, pero hasta inicios de 2023 no ha podido terminarse.
121 días duró
los
CIFRAS CONVOCATORIA FERIA INCLUSIVA CENTRO PARA EL DESARROLLO Y LA INVESTIGACIÓN SOBRE MOVIMIENTOS SOCIALES DEL ECUADOR “CEDIME” Nro. FI – CEDIME – 001 – 2023 SERVICIO EXTERNALIZADO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL, PROMOVIDOS POR EL MIES Y ADMINISTRADOS POR EL CENTRO PARA EL DESARROLLO Y LA INVESTIGACIÓN SOBRE MOVIMIENTOS SOCIALES DEL ECUADOR “CEDIME” PERIODO 2023. TERMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES PUBLICADOS EN EL PORTAL SERCOP CPC 632300214 – 230 DIAS LABORABLES 4 INGESTAS DIARIAS POR PERSONA PRECIO POR PERSONA 3,07 MAS IVA INFORMACION: 0986109713Email: cedime2022sercop@gmail.com 001-003-2406
la última paralización de
trabajos en el nuevo polígono cárnico de Ibarra.

Todavía faltan cuatro meses para el inicio del nuevo periodo legislativo previsto para el 14 de mayo de 2023 con la elección de las nuevas autoridades. Sin embargo, aunque ya empezaron las negociaciones por captar la Presidencia y las dos vicepresidencias de la Asamblea, los pactos y acuerdos comenzarán a caldear el ambiente político en la Legislatura.

Los partidos y movimientos, más el grupo de independientes abrirán espacios de negociación para sumar los 70 votos que se requieren para alcanzar la Presidencia de la Asamblea Nacional.

En los pasillos legislativos empieza a rondar el rumor de la intención que tendría Virgilio Saquicela de buscar los votos para mantenerse como Presidente de la Asamblea hasta mayo de 2025.

Saquicela asumió la Presidencia el 31 de mayo de 2022 con los votos de sus aliados de UNES, PSC y disidentes de la ID y Pachakutik, y poco después de que Guadalupe Llori fuera destituida.

Ases escondidos

En este juego político, será el grupo de 16 independientes que pertenecían a los movimientos Pachakutik, Izquierda Democrática (ID), Partido Social Cristiano (PSC), y Unión por la Esperanza (UNES), quienes inclinarán la balanza a favor de las opciones que se planteen o de la intención de Saquicela por continuar en la Presidencia.

Dalton Bacigalupo (ID) argumentó que la influencia de los independientes tendrá un peso importante, porque harán viable la integración de una mayoría.

“Tal como está configurada la Asamblea, no puede haber una mayoría sin independientes”, señaló.

Las aproximaciones y los compromisos entre las diferentes bancadas a efectos de concretar una mayoría que permita las designaciones, son claves en esa definición, porque sin 70 votos no se pueden nombrar autoridades.

“Los compromisos que puedan estar adquiriendo asambleístas que pertenecen a partidos y que eventualmente pueden estar posicionándose a favor, posiblemente, de la elección para la presidencia

Independientes tienen los naipes que todos buscan en la Asamblea

Partidos y movimientos abrirán espacios de negociación para calibrar quién tiene los 70 votos que le permita alzarse con la Presidencia del Parlamento.

del Parlamento del doctor Virgilio Saquicela, entiendo que está moviéndose tratando de lograr aproximaciones para tener el voto y optar por la Presidencia de la Asamblea”, dijo Bacigalupo.

La negociación por los votos individuales (de los independientes) por tener un espacio en una de las siete vocalías del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL), también decidirán el futuro en esta instancia.

La falta de una mayoría consolidada y de partidismo dentro de la Asamblea frente al auge de los independientes ha llevado a sorpresas en las votaciones.

Por ejemplo, el 29 de noviembre de 2022, la Asamblea aprobó con 100 votos (incluidos los independientes) el proyecto de Ley Orgánica Derogatoria del Decreto de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia de COVID-19.

En su momento, los jefes de bloques de las otras bancadas también se reunirán para establecer definiciones.

Espacios en disputa Según el informe de Gestión y Transparencia del Observatorio Legislativo de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD), captar una de las siete sillas del CAL es llegar a uno de los “micropoderes” más importantes del país.

Esta instancia está encabezada por el Presidente de la Asamblea y es quien decide la agenda que se va a discutir en el CAL, y en el Pleno, así como la calificación de un determinado proyecto de ley, resoluciones, reformas o enmiendas. La aprobación y trámite de un juicio político también pasa por el CAL.

“La barrera de contención de la Asamblea frente a la política nacional es el CAL”, señala el documento. (SC)

EL DATO

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO PAÍS 04 I QUITO | LUNES 09 ENERO/2023
Pachakutik Bruno Segovia Mario Ruiz Omar Cevallos Peter Calo Darwin Pereira Patricia Sánchez Rosa Cerda Fernando Cabasgango Izquierda Democrática Partido Social Cristiano UNES Amanda Ortiz María del Carmen Aquino Vanessa Freire Eitel Zambrano Elías Jachero Francisco León Eckner Recalde Gruber Zambrano
El correísmo, los socialcristianos, la Izquierda Democrática y Pachakutik, controlan el actual CAL desde
de 2022.
Fuente: Informe de Gestión y Transparencia del Observatorio Legislativo
julio
Asambleístas disidentes y expulsados que se declararon independientes

En la cabeza de gran parte de los ecuatorianos está presente la pregunta de por qué los salarios son tan bajos y las oportunidades tan escasas dentro del mercado laboral.

La razón de fondo es que la economía nacional, luego de la época llamada como de dolarización de mercado (2001 a 2006), se volvió sistemáticamente improductiva, con altos costos para hacer negocios, creciente burocratización e informalidad, poca apertura comercial y poca competencia.

En última instancia, todo este escenario ha hecho que, después del espejismo del boom petrolero entre 2010 y 2014, la producción y la generación de riqueza se haya desplomado incluso antes de la pandemia.

Entre 2014 y 2019, el ingreso por cada ecuatoriano o el llamado Producto Interno Bruto (PIB) per cápita se redujo de casi $6.500 a menos de $6.100 anuales; y con el golpe de la COVID-19 se hundió a $5.600 en 2020.

La recuperación económica de 2021 mejoró un poco la situación hasta los $5.800.

Actualmente, incluso con las cifras récord de ventas en 2022, en el mejor de los casos, el ingreso por ecuatoriano puede llegar a $6.000 anuales.

Con ese nivel tan bajo como punto de partida, y asumiendo que se puede sostener un

Feriados generaron $480 millones en 2022

El sector turístico en Ecuador logró una cifra récord de recaudación durante los feriados de 2022, con ingresos estimados por $480 millones. Esto es $94 millones más que en los mismos periodos de 2019, antes de la pandemia. En un comunicado, el Ministerio de Turismo señaló que la cifra de

recaudación de los 10 feriados que tuvo Ecuador en 2022 supera a la de 2015, que sirve de referencia en la estadística de esa cartera. Las provincias más visitadas durante los festivos de 2022 fueron Manabí, Santa Elena, Guayas y Azuay. (JS)

en el tercer trimestre se registró un crecimiento de la inversión del 1%; las exportaciones se frenaron con un aumento de 0,1%; y todo el impulso vino del consumo interno de los hogares.

las zonas francas.

Sin embargo, Acosta Burneo considera que cualquier medida será poco efectiva si no se transforma radicalmente el entorno para invertir en el país.

Ecuador necesita 21 años para duplicar el ingreso por cada habitante

El crecimiento económico de 2021 y 2022 ha sido un paso en la dirección correcta; pero se necesita más inversión, competencia y apertura comercial para acelerar el desarrollo.

crecimiento del 3% anual del PIB, al Ecuador le tomará al menos 21 años duplicar su riqueza e igualar los actuales niveles de países de la región como Panamá y Costa Rica.

“A este ritmo, las siguientes dos generaciones no gozarán de una economía dinámica capaz de generar oportunidades y bienestar”, puntualizó Alberto Acosta Burneo, economista y editor de Análisis Semanal.

Lasso cambió la tendencia Entre 2021 y 2022, la economía ecuatoriana ha crecido un 4,2% y un 3%, respectivamente. Este es un cambio ra-

dical con respecto al promedio de 0,5% de crecimiento entre 2015 y 2019.

Sin embargo, el esfuerzo es insuficiente, incluso si se repite un 3% de incremento en 2019. Con eso, el país apenas recuperará los niveles de 2018, pero en pocos sectores Acosta Burneo explicó que se prevé que para este año, los sectores más dinámicos van a ser los de minería y petróleo, con una expansión del 7,2 %, pesca con 5,9 % y camarón con 5,5 %. El resto tendría un crecimiento inferior al promedio.

La economía ecuatoriana crece lentamente por insuficiente inversión . Ya

El ambiente de crispación política, en medio de las elecciones seccionales, juega en contra del Gobierno. Se han despertado las amenazas de paralizaciones desde la Confederación de Nacionalidades Indígenas (Conaie), ahora bajo el pretexto de la lucha antiminera. Esto a pesar de las múltiples concesiones que han hecho las autoridades desde el paro violento de junio de 2022. Entre esas está la no apertura del catastro minero que, de acuerdo con Carolina Orozco, de la empresa Torata Mining, ha impedido que se concreten inversiones en el sector.

Al menos 13 empresas de media y gran minería estarían pendientes de 91 concesiones.

Esa misma incertidumbre se replica en otros sectores de la economía, en los que las inversiones se hacen en menores niveles de lo que se podría, y con varias dudas sobre el futuro del país.

Tratados comerciales Para darle un impulso adicional al país, el Gobierno de Guillermo Lasso ha ofrecido que en febrero de 2023 se firmará el tratado comercial con Costa Rica y en marzo se hará lo mismo con China.

Además, se continuará con las negociaciones con Corea del Sur y se añadirán procesos de apertura comercial con Canadá, Panamá, República Dominicana y Singapur.

También se ha ofrecido continuar la reducción del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y bajar el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) para varios productos y sectores, entre ellos la importación de armas.

Por otro lado, de acuerdo con el ministro de Producción, Julio José Prado, el Gobierno insistirá en enviar una Ley de Inversiones a la Asamblea, pero enfocada en

Para eso se necesita garantizar la seguridad jurídica y respeto al Estado de derecho; eliminar trámites innecesarios y barreras de entrada a nuevos inversionistas; adoptar una legislación laboral moderna; permitir la competencia internacional en el mercado financiero y liberar el flujo de capitales.

“En resumen, copiemos lo que ha funcionado en el mundo desarrollado. La verdadera interrogante es: ¿estamos dispuestos a impulsar este cambio?”, cuestionó.

Tanto las reformas en temas como el laboral y de inversiones, como la aprobación de los tratados comerciales, deben pasar por la Asamblea; pero la actual mayoría de oposición no es confiable para el Gobierno ni para el país. (JS)

Actualmente, la economía ecuatoriana produce, en promedio, $500 por trabajador al mes; pero para el costo por trabajador formal supera los $600.

Ecuador necesita un crecimiento de entre el 4,5% y 5% del PIB durante varios años para generar más empleo y aumentar los ingresos de sus habitantes.

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ESTANCAMIENTO. La economía nacional no genera suficientes empleos y oportunidades.
EL
$5.800 anuales es el ingreso por
$7.000
CIFRAS
DATO
habitante en Ecuador. En Perú y Colombia está en los
anuales.

Churuchumbi: “Es posible hacer obras con cogestión, con mingas ciudadanas”

El candidato a la Prefectura de Pichincha, por Pachakutik, plantea siete ejes de gestión. Dice que no teme trabajar en alianza con el sector privado, pero que promoverá las obras con mingas comunitarias y que con Jorge Yunda en la Alcaldía serán un gran equipo.

Luis Guillermo Churuchumbi Lechón nació el 18 de enero de 1970, en la comunidad Pesillo, de la parroquia Olmedo, en Cayambe, cantón en el que fue electo alcalde desde 2014

El cargo lo dejó a meses de culminar su segundo periodo, para lanzarse como candidato a la Prefectura de Pichincha, por el movimiento Pachakutik.

Churuchumbi dice que su experiencia como alcalde de Cayambe, en dos periodos, le permiten saber cómo trabajar en la provincia, a la que califica como olvidada.

“Todo político debería pensar en el futuro. Una planificación a mediano y largo plazo ”, señala, al tiempo de resaltar que Pichincha tiene muchos recursos para explotar. “Tenemos de todo, tenemos el Chocó Andino, que es el pulmón de los quiteños”.

Como prioridad para el trabajo en Pichincha, Churuchumbi considera que se debe trabajar en aspectos de seguridad y vialidad.

Vías seguras y ampliaciones

El candidato ofrece colocar en las vías de Pichincha cámaras de videovigilancia, que se conecten con un centro de monitoreo articulado al ECU-911, para dar respuesta inmediata en caso de accidentes de tránsito, deslizamientos o robos en carretera.

Por otro lado, tiene la propuesta de extender la

autopista Rumiñahui.

“Están pagando (los pichinchanos) un peaje por congestión vehicular”, dice, por lo que ofrece extender esta autopista con 1 kilómetro de puente encima del río Machángara y conectar directamente con el túnel, por el sector del Itchimbía, para

CANDIDATO. Guillermo Churuchumbi es licenciado en Ciencias de la Educación, con especialización en pedagogía intercultural.

salir al parque El Arbolito. “Existen los estudios (…). Nos costaría aproximadamente 180 millones de dólares”, señala y reitera que la inversión será mediante alianzas público - privadas.

Otra vía para intervenir “de manera inmediata ”,

dice Chururchumbi, es la vía Alóag - Santo Domingo. “Tenemos que intervenir los kilómetros 20 y 26, que es donde más existen desastres naturales”.

Esto se lograría a través de la construcción de túneles.

Cogestión y mingas

El candidato dice que es posible realizar obras con cogestión y plantea mingas ciudadanas y colaboración barrial. Si bien señala no temer a hacer alianzas con el sector privado, detalla que es posible trabajar con las comunidades.

Tasa vial

Al igual que otros candidatos – excepto Paola Pabón –, Churuchumbi dice que de llegar a la Prefectura derogará la tasa vial que se paga desde el 2022, como nuevo impuesto que se cobra junto a la matriculación vehicular y que se pagará una vez al año.

Sobre el turismo, dice que Pichincha es una provincia completa: con paisajes, fiestas populares, gastronomía y más.

“Tenemos de todo. Lo que necesitamos es organizar y consolidar productos turísticos en la provincia”, aunque no especifica cuál sería el costo de un plan agresivo en esta área.

“Podría ir desde unos $100 mil dólares”, comenta.

Si bien la elección de prefecto y alcalde se vota por separado, Churuchumbi confía en que Jorge Yunda , candidato a la Alcaldía de Quito por su partido, llegará a ganar y “harán un gran equipo”. (AVV)

1

.- ‘Seguro te cuido’: Promete un helicóptero para emergencias, patrulleros para cada cantón de la provincia y sistema de videovigilancia en las carreteras.

2

.- Vías seguras: Promete mejorar 2.177 kilómetros de carreteras en los cantones y parroquias de Pichincha, conectando la ruralidad con la ciudad con vías seguras.

3

.- ‘Camello fijo’: Propone 2 millones de dólares para nuevos emprendimientos de jóvenes, jefas de hogar y desempleados.

4

.- ‘Más tiempo con tu familia’: Quiere bajar de 35 a 7 minutos el tiempo durante las horas pico, desde el peaje hasta el parque El Arbolito, con la extensión de la autopista Rumiñahui.

5

.- Vivamos Pichincha: Promete siete campamentos en las montañas y bosque nublado.

6

.- Festival internacional del Sol: Promoverá festivales permanentes en la Mitad del Mundo.

.- Sinchi Warmi: Quiere ubicar casas de acogida para mujeres víctimas de maltrato, así como capacitación y capital semilla para sus emprendimientos.

7

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | LUNES 09 ENERO/2023 PICHINCHA 06
Guillermo Churuchumbi tiene un diplomado en Participación Política, Gestión y Desarrollo en el Ámbito Local y una maestría sobre Estudios Latinoamericanos en Relaciones Internacionales.
EL DATO
Ejes de trabajo
Con Jorge Yunda haremos un gran equipo”
GUILLERMO CHURUCHUMBI CANDIDATO A LA PREFECTURA DE PICHINCHA

Biden visitó por primera vez la frontera con México

El viaje del presidente de Estados Unidos llegó días después de que su Gobierno anunciara nuevas restricciones migratorias.

WASHINGTON.- Joe Biden, presidente de Estados Unidos, visitó este 8 de enero de 2023 el puente Las Américas, que conecta la ciudad de El Paso, Texas, con Ciudad Juárez, en México, durante su primera visita a la frontera en los dos años que lleva de mandato.

Biden, acompañado del secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, se reunió con agentes de la Patrulla Fronteriza y observó una serie de demostraciones de tácticas que utilizan las autoridades para requisar personas y vehículos en el paso fronterizo.

Minutos después de haber aterrizado en la ciudad, el presidente Biden sostuvo un breve encuentro con el gobernador de Texas, el republicano Greg Abbott, una figura polémica y crítica del gobierno actual, quien lideró durante el año pasado el envío de migrantes en buses desde la frontera a distintas ciudades al noreste del país, como Washington y Nueva York.

Abbott le entregó a Biden una carta, donde le dice que su visita a la frontera llega muy tarde y lo acusa de llevar a cabo una política de “fronteras abiertas”.

“Este caos es un resultado directo de su fracaso en hacer cumplir las leyes migratorias” de EE.UU., aseguró el gobernador en la misiva.

El viaje de Biden llega días después de que su gobierno anunciara nuevas restricciones migratorias y en medio de un aumento en la llegada de personas a la frontera, de países como Cuba, Nicaragua y Venezuela.

El secretario Mayorkas adelantó a reporteros en el vuelo de Washington a El Paso que su agencia ya envió más de 100 nuevos agentes de la Patrulla Fronteriza a El Paso y que se abrirá una nueva instalación que permitirá procesar hasta

1.000 personas por día.

Como parte de un acuerdo con México, EE.UU. comenzará a expulsar a los migrantes de Haití, Nicaragua y Cuba que crucen la frontera de manera irregular.

El gobierno de López Obrador acordó recibir hasta 30.000 migrantes al mes, según informaron las autoridades estadounidenses.

Con esta medida, el gobierno Biden expande el uso del Título 42, una polémica norma sanitaria que fue impuesta por el expresidente Donald Trump (2017-2021) y que la actual administración ha mantenido bajo orden de los tribunales.

La decisión fue criticada duramente por senadores del partido demócrata y organizaciones en defensa de los derechos humanos.

Un grupo de cuatro influ-

yentes senadores demócratas, incluyendo el legislador por el estado de Nueva Jersey Bob Menéndez, presidente del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara Alta, rechazaron las nuevas políticas del gobierno. “Continuar utilizando esta política fallida e inhumana

de la era Trump no hará nada para restaurar el Estado de derecho en la frontera”, escribieron Menéndez, Ray Luján, Alex Padilla y Cory Booker en un comunicado.

Desde que entró en vigencia en 2020, el Título 42 ha permitido el arresto de más de 2,5 millones de migrantes en la frontera, según el International Rescue Committee.

Agenda en México Después de su paso por la frontera, el mandatario demócrata visitará México , donde se reunirá con López Obrador. La inmigración y el control del narcotráfico serán dos de los principales temas a tratar entre los líderes.

Este martes se unirá a la conversación el primer ministro de Canadá, Justin Trudeau. EFE

PAÍS

° Líderes del Partido Republicano acusaron este domingo al presidente Joe Biden de viajar a la frontera, por primera vez en su mandato, solo para hacerse fotos.

“Desde su primer día de presidencia, Joe Biden ha puesto a los contrabandistas de drogas y a los traficantes de personas por delante de las familias (…) la visita de Biden no es más que una sesión fotográfica”, dijo la presidenta del Comité Nacional Republicano, Ronna McDaniel, en un comunicado.

“A menos que Biden haga un giro completo de 180 grados con su desastrosa agenda fronteriza, la crisis humanitaria que estamos presenciando solo continuará”, aseguró, por su parte, la congresista Mónica de la Cruz.

ECONOMÍA

EDUCACIÓN

CONVOCA

(1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación. Atentamente

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | LUNES 09 ENERO/2023 I GLOBAL 07
VISITA. Este es el primer viaje de Biden a Latinoamérica desde que asumió el cargo hace dos años. (Fotos: Reuters)
Ambato, 09 de enero del 2023. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIÓN DEL DIRECTORIO. De conformidad a lo que dispone el Art 151 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación en concordancia a lo establecido en el inciso segundo del Art. 75 del Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, se CONVOCA A todos los clubes filiales de la institución, que se encuentren debidamente acreditados mediante Acuerdo Ministerial y sus Directorios vigentes, a la Asamblea General Extraordinaria de Elección del Directorio, de Liga Deportiva Parroquial Huachi Chico, la cual se llevará a cabo el día Martes 24 de Enero del 2023, a las 20:00 en la sede ubicada en
1.
2.
3.Moción
4.
5.
En
Reglamento
CLUB ESPECIALIZADO FORMATIVO ATLETICO “EL CONDE” ACUERDO MINISTERIAL Nº 113 Señores: SOCIOS ACTIVOS DEL CLUB ESPECIALIZADO FORMATIVO ATLETICO EL CONDE Presente. San Miguel, 05 de Enero del 2023. CONVOCATORIA. De conformidad a lo que establece en el Art. 16, 18 y en la disposición Transitoria primera del REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACION emitido el 06 de Julio del 2020 y en base al acuerdo Ministerial N° 113, de fecha 10 de Marzo del 2022, que aprueba la personería jurídica y aprobación de Estatutos del Club Especializado Formativo Atlético “El Conde" según consta en los artículos 16,17,18,19 y 20.
A. Asamblea General Extraordinaria del Club Especializado Formativo Atlético "EL CONDE", para el DIA LUNES 23 DE ENERO DEL 2023, a las 19H00 en la sede del Club ubicada en la calle Eloy Alfaro 0848, entre Abdón Calderón y Teniente Hugo Albán, cantón San Miguel, Provincia de Bolívar.; para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quorum 2. Instalación de la Asamblea. 3. Lectura, análisis y aprobación de la Reforma al Estatuto del Club Especializado Formativo Atlético "EL CONDE ", según lo dispone el Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte Educación Física y Recreación. 4. Clausura Se ruega puntual asistencia. Atentamente CRISTIAN RAFAEL MORA MEDRANO CRISTIAN FERNANDO SEGURA MORA PRESIDENTE SECRETARIO CLUB
la calle Miguel de Cervantes y Av. Atahualpa, de la ciudad de Ambato, Provincia Tungurahua para tratar el siguiente orden del día:
Constatación del quórum.
Instalación de la Asamblea.
de candidaturas y elección
Nombramiento y posesión del directorio electo.
Clausura. El procedimiento se sujetará a lo establecido en la Ley del Deporte, Educación Fisica y Recreación, al Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Recreación, al Educación Física y Recreación, y en lo que fuere pertinente al estatuto de Liga Deportiva Parroquial Picaihua.
lo que refiere al quórum reglamentario se estará de acuerdo a lo prescrito en la disposición del Art. 17 del
Sustitutivo
SE
Republicanos dicen que el viaje fue solo para hacerse fotos
AÍS PAÍS SEGURIDAD
Ecuador y Japón anuncian proyectos bilaterales
Invertir en acciones de empresas del exterior tiene sus ventajas
Simulacros y debates marcan la agenda electoral
Mezclan la cocaína incautada para evitar su reutilización Senescyt presenta nuevo tutorial para ingresar a las universidades

BOGOTÁ.- La Fiscalía suspendió por 15 días las órdenes de captura contra tres miembros de una disidencia de las FARC que se acogieron al cese el fuego bilateral de seis meses anunciado por el Gobierno de Colombia con varios grupos armados para buscar la “paz total”

Así lo anunció este 8 de enero de 2023 el organismo, que detalló en un comunicado que el presidente Gustavo Petro reconoció en una resolución a esas tres personas como “representantes de la estructura disidente que se autodenomina Estado Mayor Central” y es liderada por alias ‘Iván Mordisco’.

“La Presidencia de la República remitió al Fiscal de la Nación la solicitud de suspensión de órdenes de captura que se hayan dictado o se dicten en contra de tales personas”, se agregó.

En ese sentido, el organismo ordenó “la suspensión, por el término de 15 días, de

todas y cada una de las órdenes de captura, incluidas las que tienen fines de extradición, que se hayan dictado o que se dicten en contra de los tres ciudadanos”.

“La resolución fue comunicada a todas las autoridades del orden nacional e internacional, incluyendo la Interpol, para su cumplimiento”, precisó la Fiscalía.

El organismo no da los nombres de los tres beneficiados con la medida, pero medios locales, como los diarios El Tiempo y El Espectador, señalan que se trata de Willinton Henao Gutiérrez, alias ‘Olmedo’; Carlos Eduardo García Téllez, alias ‘Andrei’, y Sandra Milena Niño Guerrero.

Según el Gobierno, otros grupos que se sumaron al cese el fuego bilateral son la Segunda Marquetalia, que es una de las principales disidencias de las FARC; las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) y las Autodefensas de la Sierra.

Manifestantes se tomaron el Palacio Presidencial de Brasil

Conforme al numeral veintitrés del artículo dieciocho de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público en general que por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, las personas que tuvieren interés en la liquidación de la sociedad conyugal de los ex cónyuges señores ILIANA BETZABE RUIZ CAICEDO y FAUSTO VLADIMIR MEJÍA CARRERA, celebrada ante mi mediante escritura pública con protocolo 20221701044P03815, el treinta de diciembre del dos mil veintidós, podrán presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Quito, 30 de diciembre del 2022 001-003-2400

BRASILIA.- Las caravanas llegaron desde varias zonas de Brasil, este 8 de enero de 2023, para invadir el Palacio de Planalto, sede del Ejecutivo, y la Corte Suprema , después de haber irrumpido antes en el Congreso Nacional en actos contra el presidente Luiz Inácio Lula da Silva.

Los ventanales de la sede del Poder Judicial y del Congreso Nacional fueron rotos por los manifestantes, seguidores del expresidente Jair Bolsonaro, quienes ocuparon los edificios de los tres poderes en el país.

Lula, quien estaba de visita en el interior del estado de Sao Paulo, no se encontraba ayer en Brasilia, donde patrullas de la Policía Legislativa, que vela por la seguridad en el Congreso, fueron atacadas y las barreras que acordonaban las sedes de los tres poderes fueron destruidas.

No aceptan la derrota Los protestantes piden la intervención militar de las Fuerzas Armadas para derrocar a Lula, quien asumió la Presidencia hace una semana, el 1 de enero.

El grupo de bolsonaristas no reconoce la victoria en

las urnas de Lula, quien en la segunda vuelta del 30 de octubre ganó con el 50,9� de los votos válidos frente al 49,1 % de Bolsonaro.

Las policías del Legislativo y de la Fuerza Nacional de Seguridad, un grupo de élite

Condena internacional

° Mandatarios de varias partes del mundo expresaron ayer su rechazo a las manifestaciones en Brasil de este 8 de enero de 2023. Uno de ellos fue el presidente ecuatoriano Guillermo Lasso, quien en su cuenta de Twitter, condenó las protestas y respaldó a Lula da Silva. “Condeno las acciones de irrespeto y vandalismo perpetradas a las instituciones democráticas en Brasilia, pues atentan contra el orden democrático y la seguridad ciudadana. Expreso mi respaldo y el de mi Gobierno al régimen de Lula legalmente constituido”, escribió Lasso.

En la misma línea se pronunciaron mandatarios y autoridades de países como Argentina, Chile, Colombia, Estados Unidos y la Unión Europea.

de agentes de los diferentes estados, lanzaron gases lacrimógenos para dispersar, sin éxito, a los manifestantes, que portaban banderas y algunos estaban armados con palos.

El ministro de Justicia, Flávio Dino, que desde el sábado había autorizado la actuación de la Fuerza Nacional de Seguridad ante la llegada a la capital brasileña de decenas de autobuses de bolsonaristas, dijo que la voluntad de los radicales “no prevalecerá”.

El exjuez y exministro de Justicia de Bolsonaro, Sergio Moro, pidió, a través de Twitter, que los manifestantes abandonen las instalaciones gubernamentales.

Pronunciamiento de Lula

El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, dio su primera declaración al menos dos horas después del inicio de la toma de las sedes de los poderes del Estado, donde afirmó que los “vándalos fascistas” serán “encontrados” y “castigados”.

En ese momento también decretó la intervención del Distrito Federal y la acción militar para controlar la invasión, que se consiguió casi una hora más tarde. (DLH/EFE)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 08 I QUITO | LUNES 09 ENERO/2023
Suspenden órdenes de captura de tres disidentes de las FARC Seguidores del expresidente Bolsonaro también ingresaron al Congreso y a la Corte Suprema, como protesta.
PROTESTA. La toma se dio la tarde de este 8 de enero de 2023. NOTARÍA CUADRAGÉSIMA CUARTA DEL CANTÓN QUITO
2022-17-01-044-0-01155
NOTARIA CUADRAGÉSIMA CUARTA DEL CANTÓN QUITO EXTRACTO

Pronostican fuertes lluvias y tormentas para Esmeraldas

La alerta nacional la emite el INAMHI, las lluvias más intensas serán la madrugada del lunes 9 y miércoles 11 de enero.

El Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología del Ecuador( INAMHI ) lanzó la advertencia Nro. 02 que está vigente desde el pasado 8 de enero hasta el próximo viernes 13, informa el instituto especializado que habrá lluvias intensas con tormenta en la región Litoral del Ecuador que incluye a Esmeraldas.

La precipitación diaria en este rango de fechas y área geográfica(región de Litoral) se encuentra en la máxima categoría. Una gran porción del espacio Esmeraldeño está señalado con predicciones de lluvias de alta intensidad y tormentas con rafagas de vientos moderados.

Tome precauciones

El instituto en la advertencia Meteorológica N.2, señala que la alta probabilidad que exista acomulación de agua en hogares, negocios y caminos

EL DATO

La máxima alerta para Esmeraldas está vigente hasta el viernes 13 de enero del presente año, en la región interandina y amazónica hay una menor intesidad.

susceptibles, también agrega que las condiciones de las vías podrán verse afectadas por el agua estancada, deslizamientos de tierras y banco de niebla y concluye que es probable que exista desbordamiento de cuerpos de agua en localidades donde se prevé mayor intensidad de precipitaciones.

¿Qué es el INAMHI?

A través de la ciencia y la tecnología actual se tiene la

posibilidad de vigilar y predecir el comportamiento de la atmósfera y las aguas interio-

res. Produce información fundamental para emitir alertas tempranas que pueden sal-

var muchas vidas, reducir los daños materiales y proteger el medio ambiente.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS 09 QUITO | LUNES 09 ENERO/2023 I

Desfile Magno en el Carnaval de Negros y Blancos

Artistas con disfraces individuales, comparsas, murgas y carrozas recorrieron las calles de Pasto (Colombia). El Carnaval de Negros y Blancos se realizó el 6 de enero de 2023 con el tradicional ‘Desfile Magno’. Las carrozas y disfraces que participan del desfile se realizan con varias semanas de anticipación. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
LUNES
09 DE ENERO DE 2023 Ecuador
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Da

ACCIÓN DE INCUMPLIMIENTO

CONSULTA PENAL

RESPUESTA

El artículo 2 de la Resolución General y Obligatoria No.09-2018, emitida el 5 de septiembre del 2018 por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, determinó: “ARTÍCULO 2.- En el procedimiento abreviado, como resultado de la negociación entre fiscal y procesado, que incluye el análisis de los hechos imputados y admitidos y la aplicación de atenuantes, incluida la trascendental, la pena a imponerse nunca podrá ser menor al tercio de la pena mínima determinada en el tipo penal.”

• Artículo 70 del COIP, inciso primerio: “Aplicación de multas.- En las infracciones previstas en este Código se aplicará además la pena de multa conforme con las siguientes disposiciones:...”

A diferencia de las demás garantías jurisdiccionales contempladas tanto en la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la acción de incumplimiento, no posee artículos establecidos en la norma que permitan determinar los elementos esenciales de la misma, es por ello que, a través de un análisis de estos elementos, así como de la jurisprudencia vinculante emitida por la Corte Constitucional estableceremos cuáles son los mismos.

Acción de incumplimiento en la doctrina

La acción de incumplimiento data de tiempo reciente, por lo cual, no es usual encontrar un amplio análisis doctrinario al respecto, ni un contexto históri-

co amplio de la misma, no obstante, existen autores ecuatorianos que han realizado un análisis de la mencionada acción.

En estas líneas, la acción de incumplimiento, es una garantía encaminada a dotar de eficacia la justicia constitucional y de manera secundaria, es una garantía al derecho a la tutela judicial efectiva, que este fin es secundario, parte del supuesto de que es responsabilidad primordial del juez garantizar la tutela judicial efectiva al emitir sentencia. (Porras y Romero, 2012, pág. 64)

De esta manera, observamos que es el juez quien tiene la capacidad y obligación de dictar sentencia y además lograr la ejecución de la misma, en virtud de ello, se observa su estrecha vinculación con el derecho a la tutela judicial efectiva. Es así, que si la acción de incumplimiento procura el cumplimiento de sen-

tencias y dictámenes constitucionales, la Corte Constitucional mediante el conocimiento de esta acción no busca otra cosa sino que garantizar la eficacia de la justicia constitucional. (Porras y Romero, 2012, pág. 65)

Ahora bien, como es la decisión del juez de instancia la que está siendo demandada como incumplida, se evidencia que esta autoridad tiene obligaciones a su cargo, las cuales de manera general serán las de exigir y asegurar el cumplimiento de la sentencia. No obstante, estas obligaciones implican que el juez deba: 1. Dictar una sentencia ejecutable, 2. Dictar las medidas que sean necesarias para su cumplimiento, 3. Informar a la Corte Constitucional el cumplimiento o no de la sentencia. (Porras y Romero, 2012, pág. 65)

Se concluye entonces, que la Corte Constitucional no es el ór-

gano ejecutor de las sentencias constitucionales sino el órgano sancionatorio de última instancia de los incumplimientos, toda vez que analizará el cumplimiento o no de la misma, dejando de lado el análisis en torno a las medidas adoptadas por el juez. (Porras y Romero, 2012, pág. 68)

En síntesis, la acción de incumplimiento es una facultad otorgada a la Corte Constitucional que le permite no solo insistir en el cumplimiento de la sentencia, sino disponer las sanciones a la persona que incumple.

Acción de incumplimiento y la normativa ecuatoriana

A fin de comprender la naturaleza jurídica, objeto, legitimado activo y pasivo y de más elementos esenciales de la acción de incumplimiento, a continuación,

De forma reiterada hemos sostenido que en el procedimiento abreviado, el cálculo de la rebaja, de conformidad con lo determinado por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, parte de la pena en abstracto, es decir de aquella determinada en el tipo penal.

Esta lógica es aplicable también para la multa, si como se ejemplifica, la pena del tipo es de 3 a 5 años, la multa que le correspondería es la que consta del artículo 70.7 del COIP: “7. En las infracciones sancionadas con pena privativa de libertad de tres a cinco años se aplicará la multa de diez a doce salarios básicos unificados del trabajador en general.”, para el procedimiento abreviado, la rebaja se calcularía partiendo del mínimo (diez salarios) previsto en la norma (pena en abstracto).

NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com LUNES, 09 DE ENERO DE 2023 C1
¿Cómo aplicar la multa en el procedimiento abreviado?

indicaré el articulado contenido en la normativa ecuatoriana.

Constitución

La acción de incumplimiento no se encuentra plasmada en el Capítulo tercero de la Constitución de la República de Ecuador, el cual versa sobre las garantías jurisdiccionales, no obstante, la Carta Suprema, en el numeral 9 de su artículo 436 determina que: “La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones: Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.”

Es decir, si bien la Constitución no establece el nombre de “acción de incumplimiento” en su texto o la reconoce dentro del mismo como una garantía constitucional, se observa que en el articulado antes señalado, se ve plasmado a breves rasgos lo que sería el objeto de dicha acción.

El artículo 429 ibídem, señala que: “La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Ejerce jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de Quito.

Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitución serán adoptadas por el pleno de la Corte.”

Ello, en concatenación con

Parquesanto del Ecuador SA PQE

JARDINES SANTA ROSA

Anula por perdida, los siguientes Recibos de Cobro Proteger: 401, 402, 403, 404, 405, 406, 407, 408, 409, 410, 630, 766, 767, 768, 769, 770 001-004-2445

los numerales 9 (numeral descrito anteriormente) y 1 del artículo 436 del texto normativo antes citado que señala que la Corte Constitucional es: “(…) la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.”, lo cual nos otorga luces respecto a quién es el órgano competente para conocer la mencionada acción.

Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional contiene cuatro artí-

culos que versan sobre la acción de incumplimiento, los cuales me permitiré transcribir a continuación, con el fin de realizar un análisis de cada uno de ellos:

“Art. 162.- Efectos de las sentencias y dictámenes constitucionales.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.”

“Art. 163.- Incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción

PÉRDIDA DE TÍTULOS DE ACCIONES

De conformidad al artículo 197 de la Ley de Compañías, por pérdida de los TÍTULOS DE ACCIONES de la compañía Bupa Ecuador S.A. Compañía de Seguros, , se procederá a anular una vez transcurridos treinta días a partir de la fecha de la última publicación y emitir DOS TÍTULOS NUEVOS, el uno a favor de Bupa Investment Corporation Inc. y el otro a favor de Paz y Miño Asesores Jurídicos Cía. Ltda. 001-003-2401

de incumplimiento ante la Corte Constitucional.

Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la Judicatura, según corresponda.

En los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte Constitucional, se podrá presentar la acción de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma Corte.

Para garantizar su eficacia se podrá solicitar el auxilio de la Policía Nacional.”

“Art. 164.- Trámite.- La acción de incumplimiento de sentencias constitucionales tendrá el

siguiente trámite:

1. Podrá presentar esta acción quien se considere afectado siempre que la jueza o juez que dictó la sentencia no la haya ejecutado en un plazo razonable o cuando considere que no se la ha ejecutado integral o adecuadamente.

2. Cuando se trate del incumplimiento de sentencias expedidas dentro de procesos de garantía judiciales de derechos constitucionales, la jueza o juez competente, a petición de parte, remitirá el expediente a la Corte Constitucional, al cual acompañará un informe debidamente argumentado sobre las razones del incumplimiento suyo o de la autoridad obligada, para lo cual tendrá un término de cinco días desde el momento en que el inte-

A LOS ACREEDORES DEL FIDEICOMISO FLUJOS Y GARANTIA COMREY

NOTIFICA a los posibles acreedores que cuenten con los documentos de soporte y justificativos, para que acrediten sus derechos en el término de diez (10) días, desde la última fecha de publicación de esta comunicación, ante su Fiduciaria, HEIMDALTRUST Administradora de Fondos y Fideicomisos S.A., en sus oficinas, ubicadas en Av. República del Salvador N35-146 y Portugal Edificio Prisma Norte Piso 9, podrán comunicarse también al correo electrónico cperez@heimdal.com.ec, y al teléfono (02) 3946-740 ext 216, de ésta ciudad de Quito, Provincia Pichincha. 001-004-2447

CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE INVERSIONISTAS O TENEDORES DE TÍTULOS

VT - PAC 1

ASOCIACIÓN DE FÚTBOL NO AMATEUR DE PICHINCHA A. F. N. A.

De conformidad con el Art. 13 de su Estatuto y por resolución de su Directorio, convocase a Asamblea General Ordinaria de Socios, la que tendrá lugar de manera presencial el día lunes 23 de enero de 2.023, a partir de las 17H00, en el Salón Auditorio de la A.F.N.A., ubicado en la casa No. 22-523 de la calle Andalucía y Mena Caamaño de esta ciudad de Quito, salvo que por las circunstancias biosanitarias, no se pueda efectuar presencialmente dicha sesión, la que sólo en ese caso se realizaría bajo el sistema online o videoconferencia, por medio del programa o sistema Zoom, (sistema que será activado momentos antes de la fecha de instalación de la Asamblea), con el siguiente orden del día:

1) Informe de labores presentado por el Señor Presidente de la Entidad;

DOMESTICA

Puertas adentro / Riobamba / vivir con adulto mayor / 0987051170. 001-003-2410

Se notifica la perdida de los siguientes documentos de PARQUESANTO DEL ECUADOR S.A PQE Recibos provisionales de cobro X-003-76194, 76530, 75572, 75570, 76532. 001-003-2383

2) Informe del Señor Gerente;

3) Informe de los señores Comisarios de Cuentas;

4) Conocimiento de las solicitudes de afiliación a la AFNA presentadas por varios clubes.

5) Varios.

De acuerdo con lo señalado en el Art. 14 del Estatuto de la AFNA, de no haber el quórum necesario a la hora señalada en esta convocatoria, se esperará treinta minutos, transcurridos los cuales se instalará la Asamblea con el número de delegados presentes.

Los clubes deberán cumplir con el mandato del Art. 15 del Estatuto, al designar sus delegados a dicha Asamblea.

Quito D. M., enero 3 de 2023

Ab. Fred Larreategui Fabara Dr. Juan Pablo Velasco Franco Presidente. Secretario

Conforme con lo establecido en el Contrato de Constitución del Fideicomiso Mercantil Vivienda de Interés Público Banco Pacífico 1, se convoca a Asamblea de Inversionistas de los títulos VT - PAC 1, que se llevará a efecto el día  martes 17 de enero de 2023, a las 11:00 horas La reunión será presencial y se llevará a cabo en las oficinas de CTH S.A. Servidor Maestro de la titularización, en la Avenida Naciones Unidas E3-39 y Amazonas, Edificio La Previsora, Torre A, piso 6, oficina 601. La Asamblea conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos:

1. Análisis y resoluciones respecto del oficio AJ-161-2022 (de 16 de noviembre de 2022), remitido por Banco del Pacífico S.A. en el que comunica la decisión unilateral de dar por terminado el Contrato de Administración de la Cartera del Fideicomiso.

2. Revisión de los datos relacionados con la aplicación de acuerdos transaccionales. Análisis y resoluciones de los inversionistas.

En caso de comparecer mediante un delegado, por favor, solicitamos enviar una autorización por escrito, por correo electrónico al correo fleon@fiducia.com.ec o entregarla el día de la asamblea.

De conformidad con lo estipulado en el Contrato de Fideicomiso, de no existir el quorum necesario en la fecha y hora para la que fue convocada la reunión de la Asamblea de Inversionistas, está podrá reunirse válidamente una hora después de la fecha y hora para la que fue convocada, con los Inversionistas asistentes.

Atentamente, FIDUCIA S.A.

001-003-2396

ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS MERCANTILES Agente de Manejo Fideicomiso Mercantil Vivienda de Interés Público Banco Pacifico 1 001-003-2402

LUNES 09 DE ENERO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2

resado hizo la solicitud.

3. En caso de que la jueza o juez se rehúse a remitir el expediente y el informe, o lo haga fuera del término establecido en el numeral anterior, el afectado podrá solicitar, directamente a la Corte Constitucional, dentro de los diez días siguientes al vencimiento del término se-

ñalado, que ordene a la jueza o juez la remisión del expediente y declare el incumplimiento de la sentencia.

4. En caso de incumplimiento de sentencias y dictámenes de la Corte Constitucional, ésta de oficio o a petición de parte, ejecutará directamente las medidas necesarias para hacer efectiva

CIA. CAMPODURO S.A.

REUNION ORDINARIA, EL DÍA JUEVES 12

DE ENERO DEL 2023 A LAS 14:00 HORAS

PUNTO A TRATAR.

APROBACIÓN DEL BALANCE AÑO 2022

ATENTAMENTE LA DIRECTIVA

CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE INVERSIONISTAS O TENEDORES DE TÍTULOS

VT - PAC 3

Conforme con lo establecido en el Contrato de Constitución del Fideicomiso Mercantil Vivienda de Interés Social y Público Banco Pacífico 3, se convoca a Asamblea de Inversionistas de los títulos VT - PAC 3, que se llevará a efecto el día  martes 17 de enero de 2023, a las 11:00 horas. La reunión será presencial y se llevará a cabo en las oficinas de CTH S.A. Servidor Maestro de la titularización, en la Avenida Naciones Unidas E3-39 y Amazonas, Edificio La Previsora, Torre A, piso 6, oficina 601.

La Asamblea conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos:

1. Análisis y resoluciones respecto del oficio AJ-161-2022 (de 16 de noviembre de 2022), remitido por Banco del Pacífico S.A. en el que comunica la decisión unilateral de dar por terminado el Contrato de Administración de la Cartera del Fideicomiso.

2. Revisión de los datos relacionados con la aplicación de acuerdos transaccionales. Análisis y resoluciones de los inversionistas.

En caso de comparecer mediante un delegado, por favor, solicitamos enviar una autorización por escrito, por correo electrónico al correo fleon@fiducia.com.ec o entregarla el día de la asamblea.

De conformidad con lo estipulado en el Contrato de Fideicomiso, de no existir el quorum necesario en la fecha y hora para la que fue convocada la reunión de la Asamblea de Inversionistas, está podrá reunirse válidamente una hora después de la fecha y hora para la que fue convocada, con los Inversionistas asistentes.

Atentamente, FIDUCIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS MERCANTILES Agente de Manejo

Fideicomiso Mercantil Vivienda de Interés Social y Público Banco Pacifico 3 001-003-2404

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

CITACIÓN JUDICIAL A: GLORIA CECILIA JARA ESCOBAR. ACTOR: ALVAREZ MANTILLA MAURO RAMIRO. DEMANDADA: GLORIA CECILIA JARA ESCOBAR JUICIO: No. 17230-2021-03326 TRÁMITE: SUMARIO.

001-004-2442

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de marzo del 2021, a las 11h32. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado. 1) La demanda de clara, precisa y que cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO. 2) Cítese a la demandada GLORIA CECILIA JARA ESCOBAR, en el lugar que se indica en el escrito que se atiende; para tal propósito envíese suficiente despacho a la Oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad, para proveer. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la demandada ( gloriajara@hotmail.com ), se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse.- 3) Se concede a la parte demandada el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora en su demanda. 5) Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa.- Actúe el Abogado Víctor Reyes en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f).- DR. SEBASTIÁN SALTOS PINTO, JUEZ.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 15 de diciembre del 2022, a las 11h11. En lo principal, en virtud del juramento rendido por la actora conforme al acta de fecha 12 de diciembre del 2022, se ordena CITAR con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada JARA ESCOBAR GLORIA CECILIA por la prensa de conformidad con lo determinado en el numeral segundo, inciso segundo del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el extracto.- Se procede a notificar en el correo electrónico, a fin de precautelar la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente dice: “[…] Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”. NOTIFÍQUESE.- f).DR. SEBASTIÁN

SALTOS PINTO, JUEZ.

Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para

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su decisión.”

“Art. 165.- Efecto de las decisiones de la justicia constitucional en las acciones de incumplimiento de sentencias.- En el trámite de la acción, la Corte Constitucional podrá ejercer todas las facultades que la Constitución, esta Ley y el Código Orgánico de la Función Judicial le atribuyen a los jueces para la ejecución de sus decisiones, con el objeto de hacer efectiva la sentencia incumplida y lograr la reparación integral de los daños causados a la o el solicitante.”

Una vez transcritos los mismos, es preciso analizar los mismos a fin de responder las siguientes interrogantes:

¿Cuál es el objeto jurídico de la acción de incumplimiento?

Si bien la LOGJCC no establece específicamente su objeto, del análisis del artículo 162 del texto normativo antes señalado y citado en párrafos precedentes, podemos determinar que el mismo, es que se cumpla inmediatamente las sentencias y dictámenes constitucionales emitidos por la autoridad competente.

No obstante, el término “inmediato” deberá ser analizado, a la luz del concepto de “plazo razonable”, el cual es introducido en el numeral 1 del artículo 164 ibídem.

¿Quién puede interponer esta acción o quién es el legitimado activo?

El numeral 1 del artículo 164, determina que quien se considere afectado podrá presentar esta acción, no obstante, establece dos requisitos para ello: • Que quien haya dictado sentencia no la haya ejecutado en un plazo razonable • Que el dictamen o sentencia no se haya ejecutado integral o adecuadamente.

En este sentido, evidenciamos que el concepto de plazo razonable, juega un rol fundamental, al interponer esta acción, es por ello que a continuación indicaré el concepto del mismo.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Caso Genie Lacayo vs Nicaragua, introduce el concepto de plazo razonable, indicando que: “Se trata de un concepto difícil de definir, pero se pueden invocar para precisar los elementos que ha señalado la Corte Europea de Derechos Humanos (…) a) la complejidad del asunto; b) la actividad procesal del interesado; y c) la conducta de las autoridades judiciales en el caso en concreto” (Rodríguez, s.f., pág. 115)

Es así, que justamente lo que se evaluará al momento de determinar el incumplimiento o no de una sentencia, además de los demás elementos, será si es que la misma fue ejecutada en el plazo razonable de conformidad a la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado y la conducta de las autoridades judiciales, en este caso, el juez que emitió la respectiva sentencia y resolución.

Cabe recalcar, que este no será el único elemento a ser considerado en el análisis, puesto que una sentencia puede haber sido ejecutada parcialmente en el plazo razonable para el efecto, sin embargo, puede ser que la misma no haya sido ejecutada o cumplida de manera integral o adecuadamente. Piénsese por ejemplo en una medida de reparación integral que no haya sido cumplida o ejecutada.

En consecuencia, ¿Quién es el legitimado pasivo de esta acción o contra quién se interpone la misma?

La LOGJCC no establece un legitimado pasivo en concreto, no obstante, de la lectura de sus articulados se puede determinar que quienes tienen la obligación

de ejecutar las sentencias en materia constitucional son los jueces, por lo cual si es que no existe esta acción o la misma es defectuosa, se puede interponer la acción de incumplimiento.

En este sentido, se entendería que al existir esta obligación expresa en la ley, el legitimado pasivo es el juez, tribunal (incluso Corte Constitucional), sin embargo, se debe tomar en consideración, que no podría excluirse a la persona que debe cumplir con lo que determina el juez, piénsese por ejemplo en un órgano estatal al que se le haya ordenado el cumplimiento de una medida de reparación integral.

Así, por ejemplo, si es que el juez demuestra que tomó todas las medidas tendientes a la ejecución de la sentencia y que la misma no fue cumplida por causas ajenas al mismo, quedaría exento de responsabilidad o si es que el legitimado activo, determinara este hecho, antes de interponer la acción, la misma no necesariamente debería ser interpuesta en contra del juez.

Es por ello, que el numeral 2 del artículo 164 de la mencionada ley establece que el juez deberá remitir un informe debidamente fundamentado sobre

Quito, 06 de enero del 2023

CONVOCATORIA

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 234 y 236 de la Ley de Compañías, convoco a los Accionistas de la Compañía DE SERVICIO EJECUTIVO NUEVO AEROPUERTO EXPRESS DEL VALLE NUEVOEXPRESS S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas, la misma que tendrá lugar el día, miércoles 18 de enero del año 2023, a las 09:H00 en su local ubicado en la calle Quito y E35, Parroquia El Quinche del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar y resolver el siguiente orden del día.

1. Designación del Presidente.

2. Designación del Gerente General.

3. Designación del Comisario.

4. Posesión de las Nuevas Autoridades.

5. Lectura y Aprobación del Acta de la presente Junta.

Se convoca de manera especial e individualmente al señor Castro Cruz Mario Galo Comisario de la Compañía.

Sr. Daniel Amanta Pillajo

PRESIDENTE 001-003-2409

CONVOCATORIA FERIA INCLUSIVA

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN, EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN

POPULAR DEL ECUADOR - INEPE

Nro. FI – INEPE – 001 – 2023

SERVICIO EXTERNALIZADO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL, PROMOVIDOS POR EL MIES Y ADMINISTRADOS POR EL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN, EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN

POPULAR DEL ECUADOR – INEPE, PERIODO 2023.

TERMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES PUBLICADOS EN EL PORTAL SERCOP CPC 632300214 – 228 DIAS LABORABLES

4 INGESTAS DIARIAS POR PERSONA PRECIO POR PERSONA 3,07 MAS IVA

INFORMACION: 0986109713Email: cedime2022sercop@gmail.com 001-003-2407

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TAXI SERVICIOS TAX- SERV C.A

Juan Carlos Escobar Vela, en mi calidad de Presidente de la Compañía TAXI SERVICIOS TAX –SERV C.A. y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 230-231 con sus numerales 1, 2, 3, 4, 5, así como lo que dispone en los artículos, 234236 – 237 – 238 inciso segundo y 239 de la ley de compañías y, de acuerdo a lo que dispone los Artículos 9, 10, 11, 12, 13, y 14 del Estatuto Social, convoco a Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía, la misma que se llevará a cabo de manera presencial en la sede social del Conjunto Habitacional la LUZ ubicada en las calles Jijón Caamaño y Rafael Ramos, Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, el día Sábado 21 de Enero del 2023, a las 09h30 horas para tratar los siguientes puntos del Orden del Día:

Informe del Sr. Presidente

Informe del Sr. Gerente General

Lectura y resolución del Balance del año 2022

Lectura y resolución del Presupuesto para el año 2023 5.Informe del Señor Comisario.

Resolución sobre el destino de utilidades del año 2022.

Intervención Representantes UPROTAPI.

Varios

Resoluciones

Se convoca en forma especial e individual a los señores Comisarios de la Compañía Principal y Suplente, al Sr. Jorge Oswaldo Paguay López, y al señor Marcelo Efraín Navas Pazmiño en su orden.

Quito, viernes 06 de enero del 2023.

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Club Deportivo Básico Barrial “ALIANZA

Sangolquí, 24 de Mayo del 2022

CURIPUNGO”

De conformidad con las disposiciones estatutarias del Acuerdo Ministerial Nro 2194 de fecha 2014-03-13, se convoca a los señores socios del Club Deportivo Básico Barrial “ALIANZA CURIPUNGO”, a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, que se celebrará el día 8 de Junio del 2022 a partir de las 00:00:00 en la dirección: AV INES GANGOTENA - CURIPUNGO, para tratar el siguiente Orden del día:

1. Constatación de Quórum

2. Elección del directorio del Club Deportivo Básico Barrial “ALIANZA CURIPUNGO”, para el período 2022-2024

3.Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio

OÑA EVARISTO EDGAR KLEVER ESPINOSA LUIS ALFREDO PRESIDENTE/A SECRETARIO/A CC. 1708553936 CC. 1708218837 001-003-2399

REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N.- 313477-2022-DFCI

ACCIONANTE: ALEXIS VLADIMIR RODRIGUEZ PADILLA REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA SOLUCIONES VIRTUALITE INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA VIRTUALIT S.A.

ACCIONADO: OMAR FRANCISCO BALDEON GARRIDO

CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO

INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 04 de enero del 2023, a las 15H11. Dentro del trámite de Visto Bueno N° 3134772022-DFCI, que sigue el señor (a) ALEXIS WLADIMIR RODRIGUEZ PADILLA REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA SOLUCIONES VIRTUALIT E INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA VIRTUALIT S.A. en calidad de empleador en contra del señor (a) OMAR FRANCISCO BALDEON GARRIDO en calidad de trabajador. En lo principal se dispone: 1) Agréguese a los autos el memorial presentado por la parte accionante.2) De conformidad con lo establecido en el inciso 3 del Art. 9 del Acuerdo Ministerial No. MDT-2021-219 y considerando que la parte actora ha manifestado bajo juramento, desconocer el lugar de domicilio actual de la parte accionada, con la copia del extracto de esta providencia, notifiquese al trabajador mediante 1 (una) publicación a realizase, en periódico de amplia circulación de esta ciudad., previniéndole al accionado que de no dar contestación al petitorio en el término de 22 (veinte y dos) días, a contarse a partir de la última publicación. se continuará con el trámite en su rebeldía.- 3).- Se advierte al accionado de su obligación de señalar casilla judicial, para futuras notificaciones.- 4).- Las publicaciones por la prensa deberán remitirse a este inspector en el término de 10 días contados a partir de notificación con la presente providencia, bajo prevención de ordenar el archivo del expediente en caso de no dar cumplimiento- NOTIFIQUESE. f) AB DAVID CALVOPIÑA IGLESIAS.-

Lo que comunico a usted para los fines de ley 001-003-2398

Quito, lunes 06 de enero de 2023

CONVOCATORIA

Se convoca a los señores accionistas que conforman la Compañía de Transporte de Taxis Ejecutivos Antenatax S.A. a la Junta Extraordinaria a efectuarse el día lunes 30 de Enero del 2023. a las 10:00 am (diez de la mañana) en la oficina ubicado en las calles Carlós Arteta OE 10-56 y Pasaje A sector la Pulida.

Orden del día:

I. Constatación del Quorum.

2. Palabras de bienvenida del Señor Presidente Daniel Figueroa

3.- Palabras de Sra. Gerente Abg. Margarita Bedoya

4.-Intervención del Ing. Oberman Acosta ( Contador)

5.- Asuntos varios

6. -Clausura

Atentamente,

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CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE INVERSIONISTAS O TENEDORES DE TÍTULOS

VT - PAC 2

Conforme con lo establecido en el Contrato de Constitución del Fideicomiso Mercantil Vivienda de Interés Público Banco Pacífico 2, se convoca a Asamblea de Inversionistas de los títulos VT - PAC 2, que se llevará a efecto el día  martes 17 de enero de 2023, a las 11:00 horas La reunión será presencial y se llevará a cabo en las oficinas de CTH S.A. Servidor Maestro de la titularización, en la Avenida Naciones Unidas E3-39 y Amazonas, Edificio La Previsora, Torre A, piso 6, oficina 601.

La Asamblea conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos:

1. Análisis y resoluciones respecto del oficio AJ-161-2022 (de 16 de noviembre de 2022), remitido por Banco del Pacífico S.A. en el que comunica la decisión unilateral de dar por terminado el Contrato de Administración de la Cartera del Fideicomiso.

2. Revisión de los datos relacionados con la aplicación de acuerdos transaccionales. Análisis y resoluciones de los inversionistas.

En caso de comparecer mediante un delegado, por favor, solicitamos enviar una autorización por escrito, por correo electrónico al correo fleon@fiducia.com.ec o entregarla el día de la asamblea.

De conformidad con lo estipulado en el Contrato de Fideicomiso, de no existir el quorum necesario en la fecha y hora para la que fue convocada la reunión de la Asamblea de Inversionistas, está podrá reunirse válidamente una hora después de la fecha y hora para la que fue convocada, con los Inversionistas asistentes.

Atentamente, FIDUCIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS MERCANTILES

Agente de Manejo Fideicomiso Mercantil Vivienda de Interés Público Banco Pacifico 2 001-003-2403

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CURIPUNGO” CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO BARRIAL “ALIANZA

las razones del incumplimiento suyo o de la autoridad obligada.

En este punto, es preciso mencionar que incluso el juez, podría interponer esta acción, como medida para garantizar el cumplimiento de la sentencia o dictamen constitucional.

Sin embargo, por lógica, será también legitimado pasivo la persona obligada a cumplir la sentencia constitucional, cuando el juez haya emitido la misma.

¿Ante quién se interpone la acción de incumplimiento?

El numeral 9 del artículo 436 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que es atribución de la Corte Constitucional del Ecuador conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

¿Cuál es el alcance y/o naturaleza jurídica de la acción de incumplimiento?

La Corte Constitucional ha manifestado que “Por medio de la acción de incumplimiento de sentencias o dictámenes constitucionales no es factible un nuevo análisis sobre el fondo del asunto, toda vez que el mismo fue objeto de estudio previamente (…) el ámbito de acción de esta garantía jurisdiccional se circunscribe a la ejecución de aquella sentencia o resolución expedida por el juez competente” (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 074-16-SISCC, Caso 0010-14-IS, 15/11/16, página 23, párrafo 3)

Es decir, la naturaleza de esta acción es que se cumpla la ejecución de la sentencia o dictamen constitucional, para lo cual se valorará si la misma fue ejecutada dentro de un plazo razonable

o si es que su cumplimiento fue el adecuado y se lo realizó integralmente.

¿Cuál es la finalidad de la acción de incumplimiento?

La acción de incumplimiento tiene como finalidad remediar las consecuencias del incumplimiento de dictámenes constitucionales o sentencias dictadas por los jueces constitucionales, es así, que la Corte Constitucional, en caso de evidenciar el incumplimiento total o parcial de la sentencia o dictamen alegado por el accionante, puede aplicar los mecanismos previstos en la Constitución y ley, hasta que la reparación del derecho sea satisfecha y la autoridad que incumplió el mandato al que estaba obligado sea sancionada. Es además un mecanismo para verificar que se cumplan las sentencias dictadas por los jueces constitucionales, dando atención al principio de tutela judicial efectiva. (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 004-14-SIS-CC, Caso 0004-12-IS)

Jurisprudencia relevante referente a acciones de incumplimiento

Sentencia 042-17-SIS-CC, Caso 0018-12-IS

Detalle del caso

El caso deviene de una acción de incumplimiento de una acción de protección presentada en contra del Director Ejecutivo y del Director Nacional de Recursos Humanos de PROFORESTAL por la terminación de una relación laboral.

Regla jurisprudencial

La importancia de esta senten-

cia, radica en la Corte Constitucional establece como regla jurisprudencial que “En los casos en que se presenten dos tipos de garantías jurisdiccionales -acción extraordinaria de protección y acción de incumplimiento de sentencias- de forma simultánea ante la Corte Constitucional y que las mismas se encuentren relacionadas con una misma sentencia de garantías jurisdiccionales, el Pleno de la Corte Constitucional deberá priorizar la sustanciación de la acción extraordinaria de protección, de manera que una vez emitida la sentencia que corresponda, se proceda a conocer y sustanciar la acción de incumplimiento que verse sobre el mismo fallo. Esto con el objeto de evitar la emisión de decisiones contradictorias y para efectos de que se establezca inicialmente si el fallo impugnado tanto por acción extraordinaria de protección como por acción de incumplimiento vulnera o no derechos constitucionales, previo a analizar si se ha ejecutado o no integralmente.” (Corte Constitucional del Ecuador, 2017, pág. 49)

Diferencia entre acción de incumplimiento y acción por incumplimiento Considero pertinente establecer una diferencia entre las dos acciones antes señaladas, debido a que es común confundirlas.

En este sentido, la Corte Constitucional ha manifestado que; “La acción por incumplimiento constituye una garantía jurisdiccional que ha sido creada para proteger derechos constitucionales, en especial, la seguridad jurídica y el principio de legalidad, para lo cual, activa el derecho a reclamar ante la Corte

Constitucional el cumplimiento de una norma clara, expresa, exigible, que contenga una obligación de hacer o no hacer, y que conste en nuestro ordenamiento jurídico vigente” (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 013-15-SAN-CC, Caso 0047-13AN, 21/10/15, pág. 8, párrafo 4)

Por otro lado, la Corte ha señalado que: “El alcance de la acción de incumplimiento no es otro que:… dar protección a los ciudadanos contra eventuales actos violatorios de sus derechos, en los que las autoridades conminadas al cumplimiento de una sentencia dictada en garantías constitucionales, no ha cumplido con lo ordenado, o lo han hecho parcialmente, de tal forma que la reparación realizada no satisfaga la reparación del derecho violado”

En síntesis, la acción por incumplimiento tiene como fin reclamar el cumplimiento de una norma clara, expresa, exigible nacional o internacional, mientras que la acción de incumplimiento busca reclamar el cumplimiento de una sentencia o dictamen que ha sido incumplida o cumplida parcialmente.

Conclusión

La acción de incumplimiento es una garantía jurisdiccional presentada ante la Corte Constitucional del Ecuador, que busca el inmediato cumplimiento de los dictámenes o sentencias constitucionales, en virtud de ello, se entiende que cualquier persona que se considere afectado puede interponer esta acción, en contra del juez que no ejecutó la sentencia o que no adoptó las medidas adecuadas para su cumplimiento, así como en contra de la persona que debía cumplir de ma-

nera directa la misma.

Bibliografía

Asamblea Nacional del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi, Ecuador.

Asamblea Nacional del Ecuador. (2009). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Quito, Ecuador.

Corte Constitucional del Ecuador. (2017). Ecuador Mamakamachiy Wasi. Boletín Edición Anual 2017. Quito, Ecuador. Recuperado de: file:///C:/Users/user/Downloads/Boleti%CC%81n%20 perio%CC%81dico%202%20(2). pdf

Centro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional. (2016). Desarrollo Jurisprudencial de la primera Corte Constitucional (período noviembre de 2012-noviembre de 2015). Quito, Ecuador. Recuperado de: http://bivicce.corteconstitucional.gob.ec/bases/ biblo/texto/Desarrollo_Jurisprudencial_2012-2015/Desarrollo_Jurisprudencial.pdf

Porras, A. y Romero, J. (2012). Guía de Jurisprudencia Constitucional ecuatoriana. Tomo II. Quito, Ecuador. Recuperado de: http://bivicce. corteconstitucional.gob.ec/bases/biblo/texto/Guia_jurisprudencia_constitucional_ecuat_2/ Guia_jurisprudencia_constitucional_ecuat_2.pdf

Rodríguez, A. (s.f). El Plazo Razonable en el marco de las Garantías Judiciales. Pereira, Colombia. Recuperado de: file:///C:/Users/user/Downloads/Dialnet-ElPlazoRazonableEnElMarcoDeLasGarantiasJudiciales-3851181.pdf

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Imbabura - Carchi: 09 de enero, 2023 by LA HORA Ecuador - Issuu