Imbabura - Carchi: 25 de septiembre, 2023

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El desempleo es una de las mayores preocupaciones de los ecuatorianos. Por eso, el próximo inquilino de Carondelet tiene un enorme reto. La ciudadanía espera por condiciones que permitan tener más y mejores empleos. Una de las vías es la democracia directa. 4

COTACACHI RECIBIRÁ LA VUELTA AL ECUADOR

La 50 edición de la Vuelta al Ecuador, modalidad ciclismo de ruta, se disputará del 25 al 30 de septiembre de 2023, con seis etapas, entre las cuales constan dos que pasarán por Imbabura, específicamente por Cotacachi. Por otra parte, en este año, la provincia de Carchi no tendrá ninguna etapa. 3

POLÍTICA

La última gira de Guillermo Lasso entre polémicas y homenajes 6

SEGURIDAD

Así puede cuidarse de las extorsiones

Colombia prepara acciones contra las disidencias de las FARC 9

Así puede cuidarse de las extorsiones

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
LUNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Imbabura-Carchi
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POLÍTICA
GLOBAL
UNA CONSULTA POPULAR PARA IMPULSAR REFORMAS LABORALES

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec

Publicidad: publicidad@lahora.com.ec

Año: XLI No. 13723

EDITORIAL

Importancia de la democracia

LaAsamblea General de la ONU resolvió que cada 15 de septiembre sea el Día de la Democracia que, de año en año, se lo viene conmemorando, de una u otra manera, en los países que tienen regímenes amparados por este sistema de gobierno.

En Ecuador prácticamente pasó desapercibida esta fecha que debe ser sustancial para consolidar aspectos esenciales, a fin de no caer en las fauces del totalitarismo que sumerge a los pueblos en la miseria, la desesperanza y la falta de libertad, de lo cual, actualmente, en América Latina y el Caribe, existen varios países que están atravesando situaciones sumamente complejas, al hallarse bajo el dominio de sátrapas que se apropiaron del poder fingiendo ser demócratas, para luego demostrar su verdadera faz absolutista y apropiarse del mando que, con el mayor cinismo, lo consideran vitalicio y hereditario.

Ese gran patriota que se llamó Abraham Lincoln, merecidamente honrado con formidable monumento tallado en mármol blanco y que se localiza en sitio emblemático de Washington D.C.,

expresó esta célebre frase en su discurso pronunciado el 19 de noviembre de 1863, en el sitio mismo donde se produjo, cuatro meses y medio antes, la Batalla de Gettysburg (Pensilvania):

Lamentablemente, esta orientadora y sabia definición no se la aplica en democracias atrofiadas como la nuestra, donde proliferan dirigentes incapaces y corruptos a los que, en realidad, no les guía el interés general y demuestran, en el ejercicio del poder, comportamientos de contumaz demagogia y disposiciones inconfesables.

Otra sería la suerte de los países de nuestra región con verdaderos adalides dignos de la confianza que recibieron, depositada en las urnas. Siempre hay que recordar que las falencias de la democracia se solucionan con más democracia y la vigencia de sus principios.

Las puertas del infierno

Elsecretario general de la ONU, António Guterres, advirtió con frases dramáticas, el miércoles anterior, que: “Hemos abierto las puertas del infierno”, al no actuar de manera enérgica ante la crisis cli-

Lo que revela el censo

Elúltimo censo ofrece un retrato del país que de ahora en adelante debe ser tomado en cuenta por

cualquier esfuerzo de planeación o política pública. Ecuador es ahora un país mucho más urbano que rural, en el que las tres provincias más pobladas condensan la mitad de la población. Eso significa que, en muchos sentidos, el país perdió el tren de la descentralización y del rescate de la ruralidad, y debe pensar en su desarrollo y su futuro en base a los crecientes centros urbanos.

La composición familiar también ha cambiado. La natalidad ha descendido y el divorcio ya no es la excepción, sino la norma; ambos factores dan lugar a una sociedad de muchas personas que viven solas y de muchas familias compuestas por tres miembros. Ese patrón tiene claras implicaciones en términos de seguridad y educación, más aun cuando se mezclan con urbanización e informalidad.

Otra tendencia importante tiene que ver con la edad de la población. Ecuador ya no es un país joven; tiene una población cuyo promedio de edad se aproxima a los 30 años. Eso significa una gran masa económicamente activa –una garantía de dinamismo económico y social— y un posible descenso del radicalismo político y del crimen a la larga, pues la inseguridad suele ser propia de naciones jóvenes.

Por último, destaca la marcada homogeneización cultural de un país cuya gente en su inmensa mayoría se percibe ahora como mestiza. No es poca cosa, en tanto significa también que el pueblo ecuatoriano ha renunciado al anhelo de otra época de identificarse con el ‘occidente’ e, incluso, a aquellos radicales que inflan el porcentaje autodefinido como indígena.

Cabe preguntarse qué hará el liderazgo nacional ante este nuevo país.

SALVATORE FOTI ecuasalvo@yahoo.it

Porculpa del actual mandatario nos hemos quedado sin país ni instituciones capaces de defender los intereses nacionales. En Ecuador hoy en día puede pasar literalmente cualquier cosa y nadie se inmutaría

pues el Estado no existe.

Hace rato este mandatario está decidido en dejar al peor país jamás recibido por otro mandatario. Inseguridad , salud y educación manejadas ‘a la maldita sea’ juntas con

las demás instituciones y por último la brillante idea de gastar plata en comunicación —bochornosa, dicho sea de paso— a favor de Lasso, que, cuentan por allá, hasta tendría la gran aspiración de volverse a postular para el 2025.

Pero ,si todo esto fuera poco, ahora también nos amenazan con

no cumplir con las obligaciones y las pensiones de los jubilados y seguimos sin tener a

ningún comedido que le pida cuenta a este gobierno.

A este presidente se lo ha defendido con fuerza y descaro

durante demasiado tiempo y hoy se lo sigue solapando con la complicidad del silencio y de la cobardía que no nos hace poner sobre el tapete el argumento

de la inmediata renuncia del mandatario y de todo su gabinete.

Claro está que ya falta poco para que termine su periodo, pero sería digno pedirles la renuncia y por lo menos dejar, históricamente sentado, que este señor

ha destruido al país y no se le puede permitir salir por la puerta grande permitiéndole que entregue la banda presidencial al próximo o a la próxima presidenta.

Insisto en que l a mejor manera de despedirnos de Lasso es con su renuncia y por último nombrarlo ministro de Turismo para que pueda seguir viajando, que parece ser lo que más le gusta. Es una ofensa mantenerlo en el cargo mientras su gente muere y es secuestrada por las calles de cada una de las ciudades del país. Lo mejor sería que se vaya antes de diciembre.

mática ocasionada por la actividad de los seres humanos. “El fuego tiene efectos terribles. Los agricultores ven con horror cómo las inundaciones se llevan sus cultivos. Las temperaturas sofocantes dan luz a enfermedades. Y miles huyen con miedo a medida que se extienden los incendios históricos”. Si no se producen cambios “inmediatos”,

el mundo será cada vez más peligroso e inestable. Lastimosamente, no acudieron a la convocatoria los dos países más contaminantes del planeta: China y Estados Unidos.

Se refirió también a la situación de nuestros países que se encuentran estancados en su desarrollo y sufren los efectos devastadores de una crisis a la que no han contribuido, sometidos al dogal de una deuda insostenible con las naciones más ricas y recordó el compromiso del 2009 de dedicar 100.000 millones de dólares anuales a mitigar los efectos del cambio climático en los países pobres, que hasta hoy no se ha cumplido. De una manera tan dramática como la relatada, Jacques Chirac, en febrero de 2007,

ya advirtió: “Hoy sabemos que la humanidad está destruyendo, a una velocidad aterradora, los recursos y equilibrios que han permitido su desarrollo y que determinan su futuro… la supervivencia misma de toda la humanidad está en peligro… Hoy, ha llegado el momento de ser lúcidos, de reconocer que hemos llegado al límite de lo irreversible, de lo irreparable. De admitir que ya no podemos permitirnos esperar; que cada día que transcurre agrava los riesgos y los peligros…”.

¿Han sido útiles estas adver-

tencias? Obviamente que no. Las dos grandes potencias confrontadas y sus aliados, empeñados en guerras sin sentido y en carreras armamentistas demenciales, no asumen sus responsabilidades con el planeta y derrochan inútilmente recursos que podrían servir para resolver tantos problemas que afectan a la seguridad humana proclamada por las Naciones Unidas, a la que han convertido en una institución irrelevante que, sin duda, requiere una pronta renovación para estar a la altura de los nuevos retos.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
Por dignidad debería renunciar
PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com Medio de comunicación liberal, laico,
agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
OPINIÓN 02
QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
O
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

La Vuelta al Ecuador pasará por Imbabura, pero no por Carchi

Del 25 al 30 de septiembre de 2023 se disputa la competencia de ciclismo más importante del Ecuador.

cantón imbabureño de Cotacachi, tras un recorrido de 89 km.

En la penúltima etapa, con 150 km de distancia, el parque central de Cotacachi será el escenario de partida, mientras que la Mitad del Mundo será la meta de llegada.

Y, para fnalizar, la sexta etapa develará a los ganadores de este año luego de un circuito de 116 km en la Mitad del Mundo.

Imbabureños y carchenses presentes

El colombiano Robinson Chalapud será quien defienda el título de la actual edición de la Vuelta Ciclística a Ecuador, de categoría UCI 2.2 (Unión Ciclista Internacional), entre deportistas locales y extranjeros.

Chalapud, de 39 años, ganó la trigésima novena edición con el equipo al que representa, el ecuatoriano Banco Guayaquil, donde militan imbabureños y carchenses.

Para Chalapud, el recorrido de este año será menor, con solo seis etapas,

pero las exigencias serán mayores, pues sus principales rivales por el título serán sus propios compañeros de

equipo, Jorge Montenegro, ganador en 2019, y Steven Haro, en 2021.

Junto a Chalapud, Haro y Montenegro, completarán el equipo Banco Guayaquil los ciclistas Sebastián Caicedo, Nixon Rosero y los colombianos Carlos Gutiérrez y Cristhian Montoya.

Para Montenegro, la Vuelta a Ecuador representará la despedida del ciclismo profesional, ya que ha confesado que se dedicará por completo a sus estudios que están relacionados con la actividad deportiva, de manera especial, para la planifcación y desarrollo del deporte del pedal.

Otro ganador de la tradicional Vuelta a Ecuador y que buscará repetir título es Santiago Montenegro, campeón de 2020. Montenegro tendrá como compañeros de equipo, en el Movistar Best PC, al ganador de 2004, 2008, 2010 y 2012, Byron Guamá, además de Richard Huera, Joel Fuentes, los colombianos Juan Diego Alba -con varios recorridos en World Tour-, Marco Tulio Suesca y el venezolano Carlos Galviz.

IMBABURA. - Dentro de las seis etapas que este año contempla la Vuelta al Ecuador, modalidad ciclismo de ruta, constan etapas solo en provincias de la Sierra, dentro de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha e Imbabura.

En la ‘Provincia de los Lagos’, habrá

dos fracciones que tendrán llegada y salida en el cantón Cotacachi; mientras que la provincia de Carchi, a pesar de ser conocida como ‘Capital del Ciclismo’ ecuatoriano, no contará con la presencia de ninguna etapa.

Desde la Alcaldía de Cotacachi señalaron que con este tipo de actividades, que reciben el apoyo municipal, se busca dinamizar la economía del can-

tón, pues se espera la llegada de más de 100 ciclistas, que con sus equipos logísticos sumarán al menos 300 personas hospedadas y alimentándose, sin tomar en cuenta grupos de prensa y otros.

“Los eventos nacionales han puesto sus ojos en nuestro cantón y eso nos permite

fortalecer el turismo para generar movimiento económico local”, comentaron.

Hoy parten los ciclistas

La Vuelta número 40, que contará con la participación de unos

115 ciclistas, tendrá un recorrido de 715 kilómetros divididos en seis etapas, comenzando este lunes, 25 de septiembre de 2023, con un circuito en

Menos etapas, sin apoyo

° A pesar de que la Vuelta al Ecuador 2023 contará con ciclistas de Estados Unidos, México, Panamá, Perú y Ecuador, en esta ocasión saldrá sin el apoyo económico del Gobierno.

“La Vuelta Ciclística al Ecuador, como lo dije anteriormente, no cuenta con el apoyo del Gobierno, a través del Ministerio del Deporte, por lo que tuvimos que tomar la dolorosa decisión de reducir la cantidad de etapas (de ocho a seis)”, señaló Santiago Rosero, presidente de la Federación Ecuatoriana de Ciclismo (FEC). Según Rosero, la competición se desarrollará gracias a la empresa privada y el apoyo de cinco municipalidades que conforman la base del financiamiento del evento.

la ciudad de Riobamba, de 133 kilómetros.

Al siguiente día, la etapa 2 unirá a Chimborazo y Cotopaxi, pasando por Tungurahua. La partida se dará en el Municipio de Riobamba y la llegada, luego de 120 km, arribará a la ESPE de Salcedo.

En la

fracción 3, de 108 km, la Vuelta al Ecuador ingresa a Pichincha, para dar la salida en el parque central de Machachi y la llegada en el parque 23 de Julio de Cayambe.

Y en las etapas 4 y 5, Imbabura se hace presente en la competencia, cuando la cuarta fracción parta de Cayambe, desde el parque central, hasta el

EL DATO

En febrero de 2023, la provincia de Carchi fue sede del Campeonato Nacional de Ruta, con la presencia de Richard Carapaz, Jonathan Caicedo y Alexander Cepeda, pero no tendrá etapas en la Vuelta al Ecuador.

CONVOCATORIA FERIA INCLUSIVA FUNDACIÓN COMUNIDAD, FAMILIA Y NIÑO No. FI-FCFYN-2023-003

SERVICIO EXTERNALIZADO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL “QUITO CUNA” PROMOVIDOS POR LA UNIDAD PATRONATO MUNICIPAL SAN JOSE Y ADMINISTRADOS POR LA FUNDACION COMUNIDAD, FAMILIA Y NIÑO, PERIODO OCTUBRE – DICIEMBRE 2023

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CARRERA. Se espera que más de 100 ciclistas sean parte de las seis etapas. (Foto: Archivo)

El próximo Presidente puede destrabar el empleo a través de consulta popular

miento por etapas, dirigido sobre todo a las nuevas inversiones y a los negocios informales que necesitan fexibilidad y más facilidades.

También se puede incluir una pregunta para transformar la anticuada jubilación patronal y el reconocimiento de organizaciones colectivas de trabajo , que reemplacen a los

Cuando se pregunta a los ecuatorianos sobre el mayor problema del país , la respuesta es el aumento de la delincuencia; pero si se les pregunta cuál es su principal problema personal y familiar, la respuesta va en la línea de la

falta de empleo y la falta de ingresos por la precariedad laboral.

Así, según expertos encuestadores como Francis Romero, director de Click Report, la principal preocupación personal de los ecuatorianos es cómo se pueden ampliar las oportunidades de trabajo para tener un mejor presente y futuro.

ineficientes sindicatos que ahuyentan la inversión extranjera y tampoco ayudan a generar mejores condiciones para los trabajadores.

Pedro Romero, director de la Maestría en Economía de la Universidad San Francisco de Quito (USFQ), aboga porque el próximo Presidente se juegue por

impulsar una reforma constitucional puntual que destrabe la posibilidad del trabajo por hora.

3 Dentro de la opción de la consulta popular, también se puede optar por un cambio radical por dos vías.

En este contexto,

el próximo Presidente de la República deberá actuar rápido y con decisión para impulsar cambios en la legislación laboral durante los primeros meses de su mandato, aprovechando su popularidad de la reciente elección ganada y la desesperación de los ciudadanos por soluciones a su situación económica.

De lo contrario, se caerá en la dinámica del actual Gobierno de Guillermo Lasso que, según los mismos empresarios,

traicionó las expectativas que se tenía sobre su gestión.

“Creo que el Ministerio de Trabajo, encabezado por Patricio Donoso, nos queda debiendo muchísimo. Con el gobierno actual hemos estado permanentemente sugiriendo sobre la importancia de flexibilizar el Código de Trabajo; de permitirnos que la gente, al menos, no tenga el riesgo de entrar en la delincuencia por la desesperación de no tener empleo o de entrar en la informalidad ”,

Convertir el pesimismo en oportunidad

° El Índice de Confianza del Consumidor (ICC) de Ecuador es el cuarto más bajo de América Latina, según un análisis del Grupo Raddar y la Cámara Colombo Ecuatoriana. Los ecuatorianos son actualmente de los más pesimistas de la región sobre su situación laboral y de ingresos.

Así, por ejemplo, con corte a julio de 2023, el 67,6% de los encuestados en Ecuador respondió que la búsqueda de empleo estaba peor que tres meses atrás y 57,1% creía que sería más difícil en los siguientes tres meses. Esto se debe a que, dentro la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), con corte a julio de 2023, el porcentaje de población ocupada en el sector informal subió del 51,9% al 54,8% en el último año.

puntualizó Diego Vivero, representante de la Agremiación de Restaurantes de Pichincha.

Cambio tibio o profundo Ider Salgado, presidente de SD Abogados y docente universitario, explicó que se ha intentado hacer un cambio profundo de las normas laborales desde 1936, pero “no se ha podido por temas netamente políticos”.

Actualmente, más de 5,4 millones de ecuatorianos en edad de trabajar están en la informalidad y el desempleo.

De acuerdo con Beatriz Bermeo, economista y consultora empresarial, este escenario desolador se puede convertir en el caldo de cultivo de la esperanza si el próximo Presidente tiene claro qué tipo de reforma laboral quiere impulsar, y sobre todo si está dispuesto a tomar decisiones rápidas y valientes.

“Se debe entender que no existen soluciones que sean aprobadas por todos y que en este momento se necesitan decisiones inmediatas

Si el próximo Presidente se embarca en diálogos interminables, se le acabará el periodo sin hacer nada. El sistema representativo, que en esencia significa elegir representantes para que se tomen decisiones, necesita en Ecuador a un Presidente que no le tenga miedo a cambiar de rumbo en temas laborales”, acotó.

“Lo que se han hecho son reajustes, es decir, en términos de arquitectura, solo remodelaciones. Sin embargo, lo que se necesita es un cambio absoluto de la matriz laboral, que

no solo implica el cambio de Código de Trabajo, sino de todo un sistema normativo”, puntualizó.

En primer lugar, se debería trabajar desde ya en una propuesta de nuevo Código Laboral para, dentro los primeros 90 días, preguntar sobre si aprueba o no toda una nueva legislación.

Según Salgado, esta opción es viable porque no se debe inventar nada. Ya existen experiencias exitosas en países como Chile y México y se las pueden ajustar a la realidad ecuatoriana.

el próximo Gobierno tiene tres opciones para impulsar cambios laborales durante los primeros 90 días de su gestión:

En términos prácticos,

1 Por un lado, está el envío de un proyecto de ley a la Asamblea, lo que sería la opción menos efectiva porque, según Beatriz Bermeo, economista y consultora empresarial, “los políticos jugarán al bloqueo y a manipular las propuestas del nuevo Presidente”.

2 La segunda opción es una especie de nueva remodelación o cambio tibio que incluye un par de preguntas sobre temas labores dentro de una consulta popular amplia.

En esta opción, de acuerdo con Salgado, se podría incluir una pregunta para

viabilizar los contratos de emprendi-

“De cara a la consulta se necesitará mucha información a la ciudadanía sobre los principales cambios y por qué son importantes para que exista más empleo. En mi opinión, cualquier Código de Trabajo que cambie el actual va a ser bueno”, puntualizó Otra vía puede ser la presentación de la siguiente pregunta: ¿Quiere usted que se

contrate a una empresa especialista que analice las necesidades de la población ecuatoriana y se

elabore un nuevo Código de Trabajo para generar más empleo en el país?

“Este nuevo Código, avalado en su elaboración por la ciudadanía, podría ser emitido mediante decreto de ley por el próximo Presidente”, según Juan Carlos Mendoza, abogado en temas laborales. (JS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ECONOMÍA 04 I QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023
OCUPACIÓN. Los ecuatorianos están entre los menos optimistas de la región sobre su futuro laboral.
Se deben aprovechar los primeros meses de mandato para impulsar cambios. El dilema es si se va por un cambio de timón radical o se opta por la fórmula típica de los paños tibios. Una consulta popular podría resolver varias cosas.

Corte Constitucional decidirá el futuro de Alembert Vera

Elementos como no apelar la conformación de la veeduría ciudadana y dejar que la iniciativa siga su curso, así como interponer medidas en la CIDH serán analizados.

El exmagistrado constitucional remarcó que el Cpccs no apeló, ni planteó reclamos al fallo del juez de Montecristi y, por el contrario, dispuso que continúe su conformación. “Eso es lo más grave; pero

cuando empezaron a sospechar que el asunto se les complicaba se adhirieron a una apelación de la Procuraduría General del Estado”, dijo Grijalva. Otro elemento que añade Grijalva, es la solicitud de la consejera

lizado por Alembert Vera a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Escenario posible

A criterio de Agustín Grijalva, el presidente del Cpccs se anticipa a una posible destitución, mantiene la conformación de la veeduría, y

deslinda sus responsabilidades. Pero, al mismo tiempo, intenta cuestionar y desconocer las competencias de la Corte Constitucional en el ámbito internacional.

“Esto también es muy peligroso”, sostuvo Grijalva, quien recordó que la CC es el máximo organismo de protección de derechos en Ecuador, y de interpretación de la Constitución. “Con esta actitud (Alembert Vera) ha empeorado su situación”, subrayó.

Vera podrá defenderse Ramiro Ávila, exjuez de la CC, dejó entrever que también habría las condiciones para una

destitución o para un

llamado de atención a Vera o a los consejeros que lo apoyaron.

la creación de una

Los jueces de la Corte Constitucional (CC) tienen previsto instalar este 25 de septiembre de 2023, a las 10:00, vía telemática, una audiencia pública de seguimiento en la que los vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), con Alembert Vera a la cabeza, deberán explicar sus actuaciones en torno a

veeduría ciudadana que intenta evaluar el nombramiento

de los jueces constitucionales.

A la audiencia virtual también deberá asistir Leiver Quimis, juez de la Unidad Judicial Multicompetente

Penal de Montecristi (Manabí), quien el 29 de agosto de 2023 aceptó la acción de protección a favor de la ciudadana Betyy

Resolución de la causa

podría tomar hasta 20 días

° Fuentes de la Corte Constitucional explicaron que una vez que se produzca la audiencia, los jueces entrarán en la fase de deliberación, donde la resolución de la causa podría tomar hasta 20 días. En esta etapa, la Corte individualizará las conductas de cada uno de los convocados y la presentación de pruebas. Dos días antes de que se instale la diligencia, la Corte negó una solicitud de Gutemberg Vera Páez, padre de Alembert Vera, para que la audiencia convocada para el lunes, 25 de septiembre de 2023, se realice de forma presencial y no virtual.

Moreira y ordenó al Cpccs que conforme una veeduría para

diagnosticar y evaluar las acciones administrativas y designación de jueces por parte del Cpccs Transitorio de Julio César Trujillo, que operó desde marzo de 2018 a junio de 2019.

Ese fallo no fue apelado por Alembert Vera y su administración continuó con el procedimiento. Se mantuvo la convocatoria a la veeduría y hasta el 13 de septiembre se recibieron alrededor de 40 postulaciones.

A partir de entonces, Agustín Grijalva, exjuez de la CC, cree que el presidente del Cpccs ha ido acumulando elementos que podrían configurar una infracción que llevaría a su destitución.

Jhoana Verdezoto para que el pleno del Cpccs deje sin efecto y se archive la conformación de la veeduría. Sin embargo, hasta el momento el organismo no da trámite a dicho pedido.

El exjuez deduce que la conformación de la veeduría se realiza, incluso, en contra de la voluntad de la mayoría del Cpccs. “Esta es una irregularidad adicional en la que están recayendo”, alertó.

A esto se suma el pedido de medidas cautelares rea-

EL DATO

Diana Salazar, titular de la Fiscalía General del Estado, también participará de la audiencia virtual.

Explicó que, como parte del debido proceso, la Corte verifcará el cumplimiento del dictamen del 7 de mayo de 2019 y abrirá las puertas para que Vera se defenda, sea escuchado y pueda rebatir las acusaciones sobre los incumplimientos que se están evidenciando del dictamen de mayo de 2019.

Sin embargo, el criterio de Ávila es que no solo hubo un incumplimiento del dictamen de 2019, sino que se ha “producido un atentado a la independencia de la Corte” por parte de Vera y los consejeros que lo apoyan (Augusto Verduga y Yadira Saltos, cercanos al correísmo), porque, en el fondo, están

cuestionado y deslegitimando el origen de la Corte que tiene la capacidad de mirar la constitucionalidad de todo acto público del Estado.

“La Corte es el gran árbitro que garantiza que la Constitución sea una norma; en el fondo, lo que hace el Consejo es tratar de deslegitimar a la Corte. Me parece que esto está en la agenda política del señor Vera”, expresó Ávila. (SC)

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AUTORIDADES. Jueces de la Corte Constitucional.
QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 I POLÍTICA 05

La gira internacional de despedida de Lasso, sin mayores expectativas

Diferentes analistas consultados por LA HORA calificaron la gira presidencial de Guillermo Lasso como una despedida diplomática. Advirtieron que solo el preacuerdo Ecuador - Corea del Sur sería lo más trascendental para el país.

y al líder del PSC Jaime Nebot como los verdaderos causantes de la crisis de gobernabilidad en el país, Ugo Stornaiolo expresó que “Lasso no tuvo más energía para enfrentar el problema desde adentro, con un Congreso como estaba de oposición y con todas las intenciones de destituirlo”.

gira del Presidente Guillermo Lasso a Estados Unidos probablemente se convierta en su último viaje como máximo representante de la nación. Sin

La

embargo, los alcances de la cita generan dudas sobre la magnitud de los acuerdos alcanzados.

El analista destacó que “la historia recordará que fue un presidente al que le faltó un poco de tacto político, un poco de muñequeo político, un presidente que desperdició oportunidades para negociar”.

A su juicio, el mandatario “

El viaje, que se

extenderá hasta el próximo 27 de septiembre, tenía como punto central la participación del mandatario en el Consejo de Seguridad de la ONU, como uno de los miembros sin derecho a veto, pues

Ecuador vuelve a formar parte de la instancia luego de 31 años.

Adicionalmente, el presidente habló ante el pleno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), durante la Asamblea Anual que celebra la entidad, en la que Lasso destacó los avances de su gobierno en materia de desnutrición infantil, organización de las fnanzas y combate al crimen organizado.

Sobre la seguridad, Lasso hizo un llamado para que todas las naciones trabajen en conjunto para poner fin a las organizaciones del crimen organizado transnacional , pero son pocos

los que observan resultados favorables y en cambio señalan que la agenda representó sencillamente la

despedida de Guillermo Lasso como presidente sin mayor trascendencia para los problemas que afectan al Ecuador, más allá de los acuerdos y reuniones bilaterales.

Despedida presidencial

Para el académico y experto en relaciones internacionales, Richard Salazar Medina, la gira presidencial no logró la trascendencia, en primer lugar, por ser un mandatario que

Relaciones con Venezuela, tema delicado

° Al revisar las declaraciones del presidente Guillermo Lasso, en las que señala que “lo más sano” es recuperar las relaciones bilaterales entre Venezuela y Ecuador, el internacionalista, Richard Salazar, dice que estás palabras no son un buen mensaje. “Tenemos que entender que es una cuestión diplomática. Bastaría con evitar el tema. Ese es un tema muy delicado”. Sobre este aspecto, Patricio Haro advirtió que el restablecimiento de las relaciones no necesariamente deben realizarse con Nicolás Maduro, recordando que la nación de sudamérica pronto iniciará un proceso de elección.

“Las relaciones con Venezuela me parecen sumamente importantes, hay que recordar que Venezuela también se encuentra en un proceso electoral y el Ecuador está reclamando un proceso electoral limpio y transparente. Entonces, desde luego que esas relaciones con otro gobierno, no necesariamente con el presidente Maduro, deberían retomarse en las mejores condiciones”, afirmó.

en algo más de dos meses dejará el cargo, adicional a la pérdida de prestigio que la ONU ha protagonizado en los últimos años debido a la inacción de sus estructuras.

Salazar Medina recordó que el objetivo principal de la ONU era evitar las guerras en el mundo, apuntando que “

hoy vemos guerras por todas partes, vemos que el sistema internacional que promovió la ONU no está funcionando”. No obstante, dice que es una institución a la cual debe acudir un país pequeño como el Ecuador.

Indicó que al ser un mandatario que fnaliza su presidencia, su discurso “no tuvo gran trascendencia, poca gente le escuchó y es comprensible porque él está de salida”.

Indicó que lo más importante registrado en la gira presidencial fue la reunión con la representación de Corea del Sur,

que permitió avanzar y anunciar la frma de un acuerdo con la nación asiática, de importancia para la economía nacional.

no manejó bien los tiempos, es decir, su lectura de los tiempos estuvo bastante desacertada y desatinada”.

mar el acuerdo que está pendiente desde hace algunos años y que ha sido anunciado desde el año pasado como un preacuerdo, eso sería lo más importante, lo más rescatable. Y si se llega a dar, sería un punto muy importante para la política exterior del gobierno de Lasso, que ha sido bastante pobre en todo sentido”, puntualizó.

Sobre este punto, Richard Salazar destacó que es un tema de poca trascendencia en la política internacional, más cuando ya está de salida su gobierno: “No tiene mucha trascendencia a nivel internacional. De hecho, yo creo que en este momento de elecciones quizá le funciona más a Correa que al propio gobierno de Lasso. Y decir que no se arrepiente de la muerte cruzada es muy comprensible porque era un presidente bloqueado, que no tenía salida. Además era un presidente que no tuvo iniciativa política”.

Participación importante

Si logra, finalmente, fir-

Destacó que

la “complementariedad natural” que existe entre la economía de ambas naciones, convertiría al acuerdo con Corea del Sur en el más importante, incluso superando el alcanzado con China.

Por su parte, Ugo Stornaiolo, analista político y articulista, manifestó que la gira presidencial por Estados Unidos no logró grandes resultados.

Stornaiolo la califcó como “una visita de despedida que está haciendo el presidente Guillermo Lasso”.

Entrevistas controversiales

Sobre las entrevistas concedidas a los medios internacionales, en las que Lasso identifcó al expresidente Rafael Correa

Por su parte, Patricio Haro, rector del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), considera que la presencia de Guillermo Lasso en la asamblea anual de la ONU y en el Consejo de Seguridad fueron importantes para mostrar la realidad del Ecuador y para reiterar el rechazo a la guerra ruso - ucraniana.

Haro apuntó que exponer los temas que preocupan a los ecuatorianos ante la plenaria de la ONU y la presencia del presidente Lasso fue muy importante,

“pero yo diría que también fue muy importante en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas”.

Para Haro, en el Consejo de Seguridad de la ONU, “Lasso fue una voz también firme del Ecuador, frente a la guerra que se está desarrollando ya por casi todos los años en Europa Oriental. La guerra ruso-ucraniana”.

(ILS)

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MENSAJE. El mandatario tomó la palabra en el Consejo de Seguridad de la ONU para exponer su rechazo a la guerra ruso- ucraniana. (Foto: EFE)

Las extorsiones han crecido un 85% este año

En el 2022 hubo 3.188 extorsiones en Ecuador, pero en lo que va del 2023, ya son 5.930 casos. La Policía Nacional ha identificado cuatro maneras en las que se ejecuta este delito.

EXTRACTO POR LA PRENSA

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE LA PARROQUIA DE IÑAQUITO.

JUICIO: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSMORTEM

CUANTIA: INDETERMINADA

TRAMITE: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSMORTEM

PETICIONARIO: ADRIANA CECILIA RON ANDRADE

Los

negocios son uno de los principales blancos de los delitos de extorsión, que en el Ecuador han aumentado un 85%.

Según registros de la Policía Nacional , en el 2022 hubo 3.188 extorsiones, pero en lo que va del 2023, ya son 5.930 casos. Dentro de ellos, se ha identifcado cuatro maneras en las que se ejecuta este

delito:

• Extorsión virtual

• Extorsión común

• Extorsión sexual

• Extorsión tipo vacunas

Las extorsiones se realizan por llamada, mensajes de texto, cartas o presencialmente.

Según las estadísticas, un

40% de las denuncias de extorsión están en

Guayas, Pichincha y El Oro.

Ante este aumento del delito, la Policía Nacional recomienda tener medidas preventivas para evitar la extorsión y formas de actuar en caso de ser amenazado.

Medidas preventivas para evitar extorsión:

No dar información personal, familiar, ni fnanciera a desconocidos o gente de poca confanza.

Mantenga su perfl de redes sociales en privado:

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HIJOS/YO HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO JOSE ROSENDO VALLEJO GUERRERO.

CAUSA NO.- 17204-2023-03068

NOTIFICACIÓN AL PÚBLICO:

INSEGURIDAD. Las extorsiones o vacunas se han vuelto frecuentes, especialmente, entre dueños de negocios.

evite compartir información delicada y aceptar solicitudes de amistades de desconocidos.

Resguarde su negocio: cámaras, botones de auxilio.

En el barrio se puede organizar para colocar alarmas comunitarias, en coordinación con las Unidades de Policía Comunitarias (UPC).

Amenazas vía telefónica: Grabe la conversación, no cuelgue de inmediato, para que logre saber qué tanto conoce de usted el extorsionador. De esa forma podrá saber si se trata de un tipo de estafa o en verdad lo han estudiado.

No confrme información que le proporcionen los extorsionadores: datos de sus hijos o familiares, y no reafrme lo que le digan.

Evada al extorsionador, fnja que no escucha.

Amenazas presenciales: No confronte al extorsionador.

No se resista, ni lo amenace.

Una vez que deje su negocio, comuníquese de inmediato con las autoridades:

• Unidad de Policía Comunitaria

• Fiscalía

• Llamar al 1800 335486 (Delito).

El ministro del Interior, Juan Zapata, aseguró que la información de la ciudadanía permite “romper con las extorsiones”. Para identifcar que una extorsión es del tipo vacuna, la amenaza debe migrar de una llamada telefónica o mensaje de texto a que los antisociales ejerzan intimidación visitando el sitio.

Si hay negativa de parte del dueño, el modus operandi es:

Dañar el local comercial.

Disparar fuera de los locales.

Colocar cartas, mensajes o

explosivos.

Y, como la mayor consecuencia, asesinatos a quienes se niegan a pagar.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Dado el estado de la causa y toda vez que la accionante señora: ADRIANA CECILIA RON ANDRADE, ha dado cumplimiento a lo solicitado por esta Unidad Judicial, se procede a la calificación de la demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POSMORTEM, bajo los siguientes términos: PRIMERA.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda de declaratoria de Unión de Hecho Posmortem presentada por la señora: ADRIANA CECILIA RON ANDRADE, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, determinado en el Art. 289 ibídem: SEGUNDA.- CITACIÓN:_ Bajo la declaratoria de la actora realizada bajo juramento dentro de la causa, se dispone Citación a los herederos presuntos y desconocidos hijosy/o herederos de quien en vida se llamó: JOSE ROSENDO VALLEJO GUERRERO, fallecido conforme lo indica la accionante en su demanda el día 10 de enero del 2023 en esta ciudad de Quito, con el contenido de la demanda y con este auto de calificación, de conformidad con lo previsto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación nacional conforme lo previsto en el Art. 56.1 del COGEP; bajo el extracto que se emitirá para el efecto por parte de secretaria de esta Unidad Judicial, la accionante facilitará las copias necesarias para proceder con lo dispuesto. De igual forma cítese a las herederos conocidos: JOSE OSWALDO VALLEJO PEREZ, ALICIA ALEXANDRA VALLEJO ARMAS Y RITA CECILIA VALLEJO RON, se les citará en las direcciones que ha proporcionado la accionante en su demanda y su citación se realizará a través de la Oficina de Citaciones de la Función Judicial. TERCERO.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.Conforme lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos. Citada la parte demandada, tienen el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en los Arts. 151 y 152 y bajo prevenciones del Art. 156 del mismo cuerpo legal, TÉRMINO que se contará desde que se practique la última citación. Deberán además designar defensa técnica y domicilio legal para recibir notificaciones. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBAS DE LA ACTORA. Téngase en cuenta el anuncio probatorio del accionante. Agréguese a los autos los documentos adjuntados por el accionante a la demanda, mismos que en caso de ser considerados pertinentes, útiles y conducentes, podrían ser tomados en cuenta en la audiencia de juicio. QUINTO.- LA AUDIENCIA PRELIMINAR. Será señalada una vez que obre en autos las actas de citación a los demandados, y haya precluído el término legal para que contesten la demanda; Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalado por el accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica. Agréguese la documentación adjunta. Actúe la Abogada Anita Llumiquinga en calidad de Secretaria de este despacho, bajo la respectiva acción de personal.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. FDO) DRA. LOURDES AMPARITO DIAZ SANCHEZ.-

Lo que comunico a usted para los fines de ley.

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Un 40% de las denuncias de extorsión están en Guayas, Pichincha y El Oro. SEGURIDAD 07 QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 I
EL DATO

Habrá cuatro alternativas para pagar el Metro de Quito

El sistema de pago del Metro de Quito se prepara para la introducción de la ‘ Cuenta Ciudad’ y

cuatro formas de pago alternativas.

En una entrevista con LA HORA, Víctor Hugo Villacrés, gerente general del Metro de Quito, ofreció detalles de esta iniciativa que promete facilitar el acceso a este medio de transporte.

Todo parte con la ‘Cuenta Ciudad’, que se lanzó hace 15 días y es el corazón del sistema. Ésta funciona con un

chip e integra todos los métodos de pago. Eso signifca que los usuarios podrán utilizar su saldo en cualquiera de las cuatro formas de pago disponibles . La tarjeta está lista y actualmente se encuentra en la fase de pruebas, que continuarán durante octubre de 2023 para realizar las revisiones fnales.

Formas de pago

Todas las formas de pago están ancladas a la ‘Cuenta Ciudad’. Esto signifca que, al recargar la cuenta , los usuarios podrán elegir cualquiera de las siguientes opciones de pago:

3Cédula de identidad nueva: Este es un método único, ya que utilizará la cédula de identidad como sistema de validación para el acceso al Metro. No tiene límite de duración.

Esta innovación fue el resultado de conversaciones con el Registro Civil y el Gobierno para garantizar su funcionalidad y seguridad. Además, no se necesitará sacar el documento de identidad de la billetera, pues solo con pasarlo encima del lector ya permitirá el paso.

“No conozco otro Metro en el mundo que utilice los documentos de identifcación para validar el ingreso al Metro o medio de transporte”, dijo Villacrés.

4Tarjeta de la ciudad: Esta tarjeta estará siempre disponible para su uso y permitirá evitar los problemas de tener múltiples tarjetas para diferentes sistemas de transporte, como sucedió en Cuenca.

Para el uso de estas tarjetas ya se han

firmado acuerdos con el

sistema financiero para facilitar su uso. Estas se podrán adquirir en las estaciones del Metro. Además, tampoco se necesitará sacar la tarjeta de la billetera, ya que solo con pasarla por encima del lector, permitirá el paso.

Sistema financiero y convenios

Máquinas y asistencia personal

° Se implementarán cajeros para emitir códigos QR y pagar los 0,45 centavos de dólar necesarios para el viaje. Además, habrá personal disponible para ayudar a los usuarios con cualquier duda.

Este cambio representa una mejora en la experiencia de viaje del Metro, con la promesa de una mayor comodidad y eficiencia en los pagos y la entrada.

El sistema se encuentra en proceso de ajuste y expansión, con la intención de ofrecer a los usuarios una experiencia de transporte más cómoda y versátil.

EL DATO

Para el 15 de noviembre se imprimirán 200 tarjetas de ‘Cuenta Ciudad’.

CIFRA

100.000 personas se encuentran inscritas en la ‘Cuenta Ciudad’.

1

Código QR físico: Este método implica el uso de un código QR físico que será válido por 24 horas. Este tuvo un cambio signifcativo, al reducir su tamaño para su mejor uso.

2Código QR digital: Similar al anterior, pero en formato digital. Esto permitirá que, al tenerlo en la pantalla

del celular, pueda ser aprobado por el sistema. También cuenta con una validez de 24 horas.

Para recargar la ‘Cuenta Ciudad’ se podrá usar las cuentas del banco. Esto será como pagar cualquier servicio básico desde la aplicación móvil del banco.

En cuanto a la participación del sistema financiero, hasta el momento, el Banco Pichincha es la entidad bancaria asociada; sin embargo,

se ha asegurado que los convenios serán abiertos, lo que signifca que otros bancos y cooperativas de ahorro y crédito podrán unirse en el futuro.

Afrman que no hay un convenio exclusivo y que se están frmando tratos con varias entidades fnancieras. (EC)

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PAGO. Tarjeta ciudad con su nuevo diseño. (Foto: Metro) DIGITAL. El QR se podrá imprimir o en la estación del Metro. INNOVACIÓN. La nueva cédula contará con chip electrónico que permite el paso al Metro.
Hasta el momento se confirma el funcionamiento de las opciones para acceder al Metro de Quito y de la cuenta que les dará soporte. Conozca los nuevos mecanismos de pago.

Ejército de Colombia afina acciones contra las disidencias de las FARC

El jefe de las Fuerzas Militares pide afinar acciones para contener el accionar de las disidencias de las FARC, que han causado atentados en varias partes.

En esa dirección, solicitó a los mandos militares que se aseguren de que las patrullas se refuercen para detectar cualquier maniobra sospechosa, “lo que prima es mantener a salvo la población civil, nuestras bases y a nuestros hombres”.

Ataques recurrentes en el Cauca

Por otro lado, reconoció que “la situación en el Cauca es crítica”, debido a los dos últimos atentados con carro bomba en menos de una semana que han afectado a la fuerza pública y a la población civil.

BOGOTÁ.- El comandante de las Fuerzas Militares de Colombia, el general Helder Fernán Giraldo, les pidió este 24 de septiembre de 2023 a las tropas

afinar las acciones de inteligencia para prevenir ataques de los grupos armados como los perpetrados en la última semana por las disidencias de las FARC contra la población civil en el suroeste del país.

“Como líderes de la defensa de Colombia, es nuestro deber adoptar medidas concretas que anticipen y neutralicen las acciones violentas de grupos armados organizados que no se sometan a los procesos de

paz o que quieran continuar delinquiendo y maltratando a nuestros compatriotas”, manifestó Giraldo, en un mensaje dirigido a los demás generales y almirantes. El mensaje, divulgado por medios locales, se conoce luego de que la vicepresidenta de Colombia, Francia Márquez, exigió a las fuerzas de seguridad “respuestas y resultados concretos” ante la grave situación de violencia e inseguridad en el departamento del Cauca (suroeste), del cual es oriunda y donde se han recrudecido en las última semanas los ataques del Estado Mayor Central (EMC), la principal

FO CUS

disidencia de las FARC. En la última semana, ataques realizados por el EMC, en Cauca y Valle del Cauca dejaron dos muertos y 10 heridos, al igual que afectaciones a viviendas de civiles.

“Afinemos nuestros procesos de inteligencia militar. Una información precisa y oportuna puede marcar la diferencia entre una victoria y una derrota (...). Debemos saber quiénes son, cómo delinquen y cuáles son sus planes. Esta información puede estar a nuestro alcance si trabajamos de forma inteligente y diligente”, pidió el general Giraldo.

Al referirse a los atentados ocurridos en el suroeste del país y que el EMC de las disidencias de las FARC han reconocido ser sus autores, dijo que los responsables están manifestando que no quieren la paz.

“No tienen ninguna intención real de paz y, por el contrario, su único interés es el de continuar lucrándose de las economías ilícitas a costilla de los hombres y mujeres más humildes de nuestra patria”, aseguró.

Por último, el comandante de las Fuerzas Militares animó a los jefes de las demás fuerzas a aumentar las medidas “para vencer todas las amenazas que acechan nuestro país y aseguremos un futuro seguro para toda la población colombiana”. EFE

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DECISIONES. Foto de archivo del ministro de Defensa de Colombia, Iván Velásquez (d), junto al comandante de las Fuerzas Militares de Colombia, general Hélder Fernán Giraldo.
ELECCIONES Comenzaron los 19 días de campaña electoral en Ecuador para la segunda vuelta
lahora.com.ec EN
ELECCIONES
Verónica
Abad y Andrés Arauz
dejan
más dudas que certezas QUITO UPC de La Ferroviaria se construyó con presupuesto municipal PAÍS El defensor de la selva José Esach es el nuevo líder de la Confeniae
LA WEB
UN PODCAST DE LA HORA
Con Gabriela Vivanco
GLOBAL 09 QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 I
ENTREVISTA A EL SACERDOTE ROBERTO FERNÁNDEZ IGLESIAS
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Se ‘encienden’ las fiestas en honor a San Francisco de Asís

Hasta el 4 de octubre Valencia celebrará a su Santo Patrono. Hay varias actividades.

Los comerciantes que participan en la feria comercial de Valencia llegan poco a poco para ocupar los puestos asignados y así formar parte de las festividades programadas en honor San Francisco de Así, patrono de la ciudad.

Hasta el 9 de octubre, una sección de la avenida 13 de Diciembre será utilizada por emprendedores de diversas provincias del país.

Ropa, juguetes y bisutería se ubicarán en esta calle; mientras que los carruseles y juegos mecánicos se situarán en las avenidas Jorge Herrera Cruz, General Enríquez y Sucre, según la información proporcionada por la Comisaría Municipal.

Por tal motivo habrá cambios en el tráfco vehicular, los cuales ya se hicieron conocer a las diversas cooperativas de transporte que operan en la Terminal Terrestre de Quevedo, dijo William Ordóñez, jefe de la Unidad de Tránsito .

Los automotores deberán circular por la avenida 13 de Diciembre hasta llegar a la calle Ingeniero Páez, donde deben ingresar y avanzar

hasta la avenida Vicente Rocafuerte y retomar el tramo previamente desbloqueado de la avenida 13 de Diciembre. Este plan de tráfco está vigente desde el pasado 17 de septiembre.

Feria Taurina La Feria Taurina Valencia 2023 se realizará el sábado 30 de septiembre y domingo 1 de octubre, a partir de las 15:00. El ‘Gran Festival Cómico Taurino’ formará parte de este espectáculo.

Está previsto un mano a mano entre ‘Los locos del

Ruedo’ y ‘Trapito, el Rey de los Payasos y sus enanitos toreros’. Además, se ofrecerán cinco becerras y dos toros para el disfrute del público.

La entrada general costará $5 dólares y la tribuna $7. También se permitirá de manera gratuita el ingreso de dos niños menores de 12 años con la compra de un boleto.

El 1 de octubre actuará el torero mexicano Juan Pedro Llaguno, así como los ecuatorianos Israel Tapia (modalidad de rejoneador)

y el novillero Juan Palacios, conocido como ‘El Pantera’. Las entradas valdrán $10 y $13.

Procesión

El pregón se efectuó el sábado anterior. La novena comenzó ayer.

Francis Kwasi, párroco de la iglesia San Francisco de Asís, comentó que las actividades se coordinaron con la Alcaldía y hay colaboraciones por parte de los priostes que incluye bandas de músicos y fuegos pirotécnicos.

EL DATO

$60 mil es el presupuesto asignado para las fiestas, entre los artistas intervendrá Gerardo Morán.

El 1 de octubre se efectuarán dos misas, el lunes 2 de octubre se bendecirán plantas y animales, el 3 será la procesión (18:00), eucaristía y baile popular y el 4 de octubre (18:00) se llevará a cabo una misa presidida por el monseñor Skiper Yánez, obispo de Babahoyo. (LL)

Proyecto beneficia a grupos vulnerables de Babahoyo

Con mucha felicidad, los pequeños Anthony y Daybeliz (cinco y siete años, respectivamente), quienes habitan en la ciudadela Cristo del Consuelo, recibían de las manos del personal de la Dirección de Gestión Social del GAD Municipal de Babahoyo, nuevos kits escolares y alimentos.

Ellos forman parte de los 160 usuarios del Proyecto de

Erradicación Progresiva de la Mendicidad que se ejecuta en convenio con el Ministerio Inclusión Económica Social Ecuador, MIES.

En atención a este grupo vulnerable, y buscando una mejor calidad de vida cada uno de ellos también recibió atención de áreas como Psicología, Trabajo Social, Promoción, Talleres recreativos, Talleres con familias,

Colonias Vacacionales, entre otras actividades.

La entrega también se realizó en Los Laureles, El Salto y el sector 27 de Mayo, en este último, Heidy (siete) y su hermano Edgar (10) fueron los benefciados con este aporte.

‘‘Estoy muy agradecida con todo, nos ayudará a seguir estudiando’’, expresó uno de los niños. (DLH)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 LOS RÍOS 10
DIVERSIÓN. La plaza de toros se encuentra ubicada en la ciudadela San Francisco 2, en los exteriores del estadio municipal. APORTE. Las madres de familia agradecieron por los implementos.

Loja disfrutó un fin de semana de rally

Loja – Catamayo – Gonzanamá y Malacatos, las zonas donde se desarrolló esta competición que registró un total 281,6 Km recorridos. El guayaquileño Alfonso Quirola y el lojano Leonardo Rojas levantaron el trofeo como ganadores.

Durante dos días intensos, la provincia de Loja fue testigo de la pasión y la emoción del automovilismo en la V Válida del Campeonato Nacional y IV Campeonato del Sur, conocido como el ‘Rally Provincia de Loja’. La competencia atrajo a 68 talentosos pilotos de diferentes regiones de Ecuador y contó con la presencia entusiasta de cientos de espectadores a lo largo de los diferentes tramos del recorrido.

El evento fue organizado por Loja Automóvil Club y la Prefectura como parte de las festividades para conmemorar los 164 años del Federalismo. La competencia inició

el viernes 22 de septiembre en la pista atlética del estadio de la Universidad Nacional de Loja, donde se llevó a cabo la ceremonia de inauguración en presencia de autoridades provinciales, cantonales y de la universidad.

El rally presentó modalidades dobles, con pilotos compitiendo simultáneamente en diversos puntos de la pista para completar cada tramo en el menor tiempo posible. En la categoría RC2N, el piloto Juan Guerrero y su copiloto Edin Ríos de Cuenca se destacaron como los ganadores generales en una emocionante competencia.

El segundo tramo crono-

metrado se desarrolló en la vía antigua Cuenca-Motupe, donde Julio Rojas y Cristian Ortiz de Loja en la modalidad T1 registraron el mejor tiempo. Luego, los competidores se dirigieron al tramo que abarcaba Parque Eólico-La Y en el cantón Catamayo, donde Andrés Guerra y Eduardo Sempértegui de Carchi se impusieron en la categoría RC2E.

El sábado 23 de septiembre marcó el día de definiciones, después de una competencia reñida en la tabla general y en las diferentes categorías participantes. Los pilotos compitieron en tramos que desafiaron su habilidad y destreza, dejando a los espectadores asombrados por su destreza.

El cierre del rally tuvo lugar en la pista atlética del estadio de la UNL, nuevamente en la modalidad dobles. Después de un arduo trabajo, Alfonso Quirola y Leo Rojas de Guayaquil se proclamaron como los grandes ganadores del Rally Provincia de Loja 2023, con un tiempo total de 01:06:07.990.

tos días.

COMPETENCIA. Loja vivió dos días de competencia automovilística de alto nivel con diferentes exponentes de varias provincias del Ecuador.

Ganadores

General

° Alonso Quirola y Leo Rojas

° Juan Guerrero y Edin Ríos

° Fabricio Cuenca y Xavier Pinos

Camionetas

° John Zabaleta y Adrián Castillo

° Claudio Rodríguez y Vicente Analuisa

° Jairo León y Juan Armijos

RC2E

° Alonso Quirola y Leo Rojas

° Andrés Guerra y Eduardo Sempértegui

° Rubén Cuenca y Juan Paredes

RC2N

° Juan Guerrero y Edin Ríos

° Fabricio Cuenca y Xavier Pinos

° Sebastián Palacios y Daniel Galarza

RC4

° Patricio Moreno y José Troya

° Carlos Larrea y Javier Holguín

° Diego Iñiguez y Micky Larrea

RC5

° Sebastián Guerrero y Edgar Parreño

° Javier Serrano y Estaban Maldonado

° Andrés Gómez y Mateo Gómez T1

° Juan Cordero y Jorge Durán

° Francisco Gonzales y David Guarnizo

° Álvaro Paladines y Jhonny Jaramillo T3

° Andrés Mogrovejo y Sebastián Paredes

° Gonzalo Poma y Edwin Pucha

° Juan Maldonado y Max Aguilar T4

° Wilfrido Alvarado y Elvis Ramírez

° Rafael Jaramillo y Paúl Patiño Todoterreno

° Mauricio Montalvo y Carolina Lara

° Israel Sarsoza y Paúl Galán UTV – ATMOS

° Daniel Álvarez y Luis Segarra UTV – Turbo

° John Rodríguez y Fabián Coronel

° Andrés Espinosa y José Morán

° Davis Urgilés y Ramiro Román

El incendio que había mantenido en vilo a los habitantes de la zona alta del barrio Santa Rosa del cantón Quilanga durante más de una semana finalmente ha sido contenido, gracias al esfuerzo conjunto de diversas estaciones de bomberos, personal militar y voluntarios. Después de ocho días de labores, finalmente pudieron controlar el incendio forestal producido en la parte alta del barrio Santa Rosa desde el pasado 16 de septiembre.

El viernes 22, el trabajo de varias estaciones de bomberos de Quilanga, Catamayo, Portovelo, Machala, Santa Rosa, personal militar y voluntarios logró mitigar las llamas tras varios días de extensas jornadas de trabajo. Este suceso hasta el momen-

to deja una afección de 3.000 hectáreas para los cantones de Quilanga y Espíndola.

El alcalde Juan Carlos Santín declaró para un medio local que se realizó la activación el pasado 22 de septiembre del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal para efectuar una evaluación de la situación. “Resolvimos realizar los monitoreos con la finalidad de determinar en estos días posibles activaciones y precautelar la salud de los moradores del barrio Santa Rosa”, añadió.

Añadió que ya han solicitado el contingente de la Gobernación y la Secretaría de Gestión de Riesgos y Emergencias quienes han estado presente en la zona afectada dando su apoyo durante es-

Santín, expresó que ya tendrían al presunto responsable del incendio que por querer realizar una quema de rastrojo en un punto del barrio Santa Rosa habría originado este incendio de gran magnitud. “Se le ha indicado a este ciudadano que se realizará la aplicación de la ley para las sanciones correspondientes y así entienda que no se puede jugar con la naturaleza y la vida de los seres humanos con estas malas acciones”.

Ebelio Dávila integrante del Cuerpo de Bomberos de El Oro se vio afectado por las llamas, él mismo sufrió quemaduras de primer y segundo grado en el 50% de su cuerpo. En una areoambulancia de las Fuerzas Armadas fue trasladado al Hospital Luis Vernaza de Guayaquil para que reciba la atención.

Quienes hacemos la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Microempresa “Fortuna”: con mucho pesar ante el sensible fallecimiento del distinguido

Expresamos nuestras más sinceras condolencias a toda su familia, especialmente a su sobrino Lcdo. Claudio Burneo Burneo, Gerente General de nuestra institución Loja, 22 de septiembre del 2023

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOJA 11 QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 I
Firma Econ. Miguel Puertas Bravo Presidente del Consejo de Administración
Quilinga se suma a los cantones afectados por incendios forestales

Las Mercedes sigue con huecos e inseguridad

Los conductores

El jueves 21 de septiembre, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) anunció que iniciaba la intervención de la vía a Las Mercedes

Sin embargo, 24 horas después la maquinaria pesada ya no fue observada en el sitio y eso causó el malestar de las personas que habitan en comunidades aledañas a esta red estatal.

En el comunicado se confirmaba que el mantenimiento se hará en el tramo correspondiente a la juris-

dicción de la provincia Tsáchila, Santo Domingo – Las Mercedes – 10 de Agosto –puente del río Mulaute.

Molestia

Andrés no ocultó su inconformidad porque a diario tiene problemas para transitar por esta vía y pide a las autoridades que ejecuten acciones concretas.

EL DATO

En la noche la vía se torna peligrosa, por los delincuentes y baches que no se distinguen con facilidad.

Aseguró que la población ya está cansada de tantos incumplimientos y estarían analizando medidas de resistencia para presionar al Gobierno Nacional.

“Llegaron con la maquinaria para aparentar en la bajada del Toachi , pero al

siguiente día ya no se los ve trabajando. Pienso que lo hicieron porque se enteraron que planificábamos el cierre de esta vía en mal estado”, expresó.

Conductores

En la actualidad, ha subido el flujo de transportistas que optan por este camino para movilizarse desde la provincia Tsáchila hacia el noroccidente de Pichincha, o viceversa.

La mayoría dice que no

Cobertura

° Ante el comunicado emitido por el MTOP, personal de Diario La Hora recorrió varios kilómetros de la vía con el objetivo de graficar los trabajos y conversar con algún funcionario de esta cartera de Estado para que brinde detalles más técnicos de la intervención. Sin embargo, no hubo resultados positivos en el tramo visitado.

tienen más alternativa porque todavía no habilitan el puente sobre el río Blanco y la ruta por Valle Hermoso tampoco está en buenas condiciones.

“Conducir por aquí es un verdadero viacrucis. Hay

huecos de todo tamaño en la vía y esto no permite circular a más de 50 kilómetros por hora, si caemos a un bache grande, nos quedamos llanta baja”, manifestó Roque Macías. (JD)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 SANTO DOMINGO 12 P
piden que se ejecuten trabajos de calidad y continuos, no a medias.
REALIDAD. Habitantes y conductores se quejan por el mal estado de la calzada.
lahora.com.ec - derechoecuador.com

Alrededor de una decena de directores han pasado por el Municipio de Ambato

Directores y exgerentes removidos y reubicados

° Comunicación

Estéfano Borja (Removido)

Gabriela López (Removida)

° Avalúos y Catastros

Carlos Viteri (Removido)

Gabriel Tintín (Removido)

La administración municipal de Diana Caiza lleva cuatro meses al frente de la ciudad, tiempo en el cual 10 funcionarios nombrados por la nueva Alcaldesa , entre directores y gerentes de empresas públicas municipales, han sido removidos de sus cargos, además, del Secretario del Concejo y la Coordinadora de Alcaldía. (Ver recuadro)

En las direcciones de Comunicación, y Avalúos y Catastros ya han pasado dos directores por cada una Al momento se espera la designación de un tercer director para estas áreas.

Estos datos han sido recabados por La Hora recopilando documentos del Municipio, ya que desde la institución no se ha atendido a los permanentes pedidos de información sobre el tema.

También este medio de comunicación solicitó una entrevista desde el lunes 18 de septiembre de 2023 con Diego Chicaiza , secretario de Gestión Estratégica del Municipio de Ambato, para que pueda responder las razones a los constantes cambios que se realizan en las direcciones, sin embargo, nunca se tuvo res-

° Cultura

Jean Carlos Miranda (Removido)

° Planificación

Franklin Quishpi (Removido)

° Financiera

Alejandra Montero (Removida)

° Tránsito y transporte

Miguel Ángel Freire (reubicado en Unidad de Terminales)

° Obras Públicas

Sebastián Monar (ha realizado un trabajo itinerante entre la dirección de Obras Públicas y Planificación)

Mauricio Ocaña (Removido)

° Unidad de Terminales

Karina Ullauri (reubicada en Tránsito)

° Emapa

Vinicio Camacho (Gerente removido)

° Hospital Municipal

EL

puesta. Nombramiento de directores Durante la posesión de Caiza, el lunes 15 de mayo de 2023, el equipo de trabajo que debía estar conformado por 20 directores departamentales , tres gerentes de empresas públicas, cinco representantes de entidades operativas desconcentradas y dos adscritas no estuvo completo.

Esto se contrapone a las acciones desarrolladas por sus homólogos de Quito y Guayaquil, quienes presentaron a todos sus colaboradores desde el primer día de administración, junto con sus perfles profesionales y experiencia laboral.

Los funcionarios del Municipio de Ambato fueron nombrados varias semanas después, otros como el primer gerente de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ambato (Emapa), Vinicio Camacho, o el primer director de Comu-

nicación, Estéfano Borja, dejaron sus cargos en menos de un mes de su designación.

Para los medios de comunicación acceder a información de varias dependencias públicas se mantuvo en reserva por semanas, incluso a pesar de las peticiones para conocer los perfles de los directores.

Apenas el 26 de julio, es decir, más de dos meses después del inicio de la gestión, se proporcionó un directorio ofcial con los contactos telefónicos de los funcionarios municipales, pero nunca sus perfiles, que hasta ahora son un secreto, incumpliendo con la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Desorganización

Todo esto refleja una desorganización en la administración municipal afirma Giuseppe Cabrera, analista político , quien aseguró que consolidar

un equipo de trabajo puede tardar hasta un año.

“Hay personas que piensan que esto está bien, que aplauden el cambio de directores como si fueran peones de una autoridad”, sentenció.

El analista político indicó que el cambio repentino de funcionarios impide que haya estabilidad en la ciudad, pues los proyectos no se pueden completar.

“Al tener directores desechables estos no tienen iniciativa propia, sino que básicamente están al vaivén del humor de la autoridad”, dijo.

Mientras que Gonzalo Ca-

Germán Viteri (Gerente removido)

Otros funcionarios removidos

° Coordinación de alcaldía

Estefanía Sánchez (Removida)

° Secretario de Concejo

Gonzalo Armas (Removido)

llejas, concejal del cantón , aseguró que a la administración municipal le falta defnir sus objetivos y contar con un plan estratégico para solucionar lo inmediato, pasar a lo urgente y luego proyectarse al futuro.

“No he visto hasta ahora que haya un plan de priorización efectiva que nos permita de alguna forma saber que en un tiempo determinado vamos a poder ver resultados”, dijo.

Callejas mencionó que habrá que analiz ar lo que está pasando a la interna del Municipio , pues puede ser que los funcio narios hayan sido presionados para actuar de alguna forma específica, siendo ese el motivo para que varios directores decidan dar un paso al costado al no estar de acuerdo. (RMC/FC)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK TUNGURAHUA 13 QUITO | LUNES 25/SEPTIEMBRE/2023 I
En cuatro meses de gestión 10 funcionarios, entre directores y gerentes, han sido removidos de sus cargos.
Al tener directores desechables estos no tienen iniciativa propia, sino que básicamente están al vaivén del humor de la autoridad”
GIUSEPPE CABRERA ANALISTA POLÍTICO
No he visto hasta ahora que haya un plan de priorización efectiva que nos permita de alguna forma saber que en un tiempo determinado vamos a poder ver resultados”
GONZALO CALLEJAS CONCEJAL DE AMBATO
GOBIERNO. La actual administración municipal estará a cargo de la ciudad hasta 2027.
DATO La actual Administración Municipal entró en funciones el pasado 15 de mayo de 2023.

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Singapur devolverá a China al panda gigante nacido en la isla

La primera cría de panda gigante nacida en Singapur, Le Le, será devuelta a China en la segunda mitad de diciembre, en virtud de las políticas de préstamos de la conocida como “diplomacia del panda” de Pekín, según anunció este 22 de septiembre de 2023 la ciudad-Estado asiática. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LUNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Ecuador

ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA

CONSULTA CIVIL

AUTOR: MGS. MARLON A. RON ZAMBRANO

El Estado ecuatoriano se encuentra conformado por la Función Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral, y, Participación Ciudadana y Control Social. Esta distribución tuvo como finalidad satisfacer los derechos fundamentales de los/as ciudadanos/as y hacer respetar los fines del Estado. Fue realizada a partir del 20 de octubre de 2008, fecha de promulgación de la Constitución de la República del Ecuador. Si bien es cierto que cada Función guarda independencia, incluso diferentes objetivos, puesto que, el Consejo Nacional Electoral –Función Electo-

ral– busca fortalecer la democracia del país, por otro lado, el Consejo de la Judicatura –Función Judicial– busca fortalecer la justicia; empero, tienen algo en común entre ellas, entre otras cosas, generan actividad administrativa. 1 Es preciso señalar que, las Funciones del Estado ecuatoriano derivan del consentimiento de sus ciudadanos, debiéndose buscar un equilibro entre las atribuciones otorgadas y los derechos de las personas. Así pues, ministros, directores ejecutivos, legisladores, alcaldes, ejecutivos, jueces y demás servidores que gocen de un cargo público les corresponden rendir cuenta permanentemente de su ejercicio, el mismo que deberá englobarse en el mayor

deber del Estado, garantizar sin discriminación el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, artículo 3.1. del cuerpo legal mencionado.

La Administración a través de tareas de orden fáctico dan cumplimiento a sus competencias previstas en la Norma Suprema y a sus atribuciones legales de asuntos que inciden directamente con las necesidades de la sociedad. De tal forma, la actividad administrativa se realiza diariamente, de forma permanente y se plasma de manera variada; sin embargo, la Administración también actúa en el derecho privado, como los actos jurídicos de derecho público que deben aco-

plarse con los actos jurídicos de derecho privado de la Administración, así lo prevé el inciso final del artículo 89 del Código Orgánico Administrativo, esto no obsta la separación entre una actividad administrativa y las demás dentro del Estado, como la legislativa o política. Por ello, las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal deberán actuar bajo un criterio finalista, esto es, buscar un objetivo práctico, canalizado en su actividad. Estas actuaciones se manifiestan dentro del marco jurídico entre la Administración y el administrado/los administrados, pero, solo puede

RESPUESTA

Con la reforma al Art. 400 del COGEP, se abre la posibilidad de que se realicen varios señalamientos en caso de que no exista posturas calificadas luego del segundo señalamiento; con la particularidad de que a partir del tercer señalamiento se admiten posturas de hasta el 75% del avalúo pericial; es decir que en este caso ya se produce una primera rebaja no en el avalúo sino en el monto de la oferta.

Sin embargo, de acuerdo con el Art. 405 del COGEP, de no existir ofertar en el tercer señalamiento, se podrá solicitar la retasa, que como ya se ha indicado en consultas anteriores, consiste en una rebaja en cuanto al avalúo. Como se trata de un nuevo avalúo que tiene implícita una rebaja del valor, entonces se debería empezar por el primer señalamiento con el cien por ciento del valor del nuevo avalúo, y de no existir ofertas, se continuaría con el segundo y tercero, sucesivamente.

No sería posible que con la retasa se inicie con un tercero, cuarto o quinto señalamiento, porque en tal caso debería admitirse ofertas hasta el 75% del avalúo, lo que se traduce en un doble rebaja, una por la retasa y otra por el porcentaje de la oferta.

En caso de efectuarse la retasa de acuerdo con el Art. 405 del COGEP, se deberá reanudar el proceso de remate con un primer señalamiento que deberá cubrir el cien por ciento del nuevo avalúo; de no haber ofertas, con el segundo señalamiento y así sucesivamente.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE
DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR
25
SEPTIEMBRE
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¿Cómo se debe realizar el procedimiento de retasa y embargo de bienes?

actuar en el marco sus respectivas competencias legales, para entender aquello basta leer el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador que contiene el principio de la legalidad administrativa o de la vinculación positiva de la Administración. Debe tenerse en cuenta que la Administración no solo necesita una norma para actuar, sino que, debe ser previa, clara y pública, acorde a los ítems dados por el artículo 82 del cuerpo legal ibídem (principio de seguridad jurídica). Entonces la Administración está condicionada por el principio de ‘‘habilitación legal previa’’ y únicamente realizará actividad administrativa cuando se cumpla los presupuestos de hecho que la norma prevé, pero, esto no significa que la Administración se encuentre estrictamente sujeta a la ley, como un imperativo categórico, ya que, debemos tomar en cuenta que no precisamente el Derecho Administrativo y la Administración han venido juntos, incluso, podemos precisar que la Administración se enfrenta a problemas y necesidades sociales que el Derecho Administrativo y el ordenamiento jurídico no han plasmado o han previsto de diferente manera. Sin menoscabo de lo mencionado, la Administración tiene el objetivo de precautelar el interés general, por

ello, hoy por hoy, se le ha otorgado al principio de legalidad un mayor alcance, incluso, la Corte Constitucional del Ecuador2 indicó que este principio contiene un alcance ampliado y que lo podemos definir como el principio de estricta legalidad o juridicidad, el mismo que se configura en el artículo 14 del Código antes descrito, que en su último inciso define que la Administración goza de la discrecionalidad en su actividad administrativa.

Como se aprecia, el legislador definió que la actividad administrativa fuera de las atribuciones de la institución emisora vulneraría el núcleo esencial del principio de legalidad y la facultad de competencia (acto ilegítimo), mientras que, cualquier acción contra legem o prater legem (contra ley o fuera de ley) no se ajustaría al principio de juridicidad (acto arbitrario), consonante al artículo 18 del Código Orgánico Administrativo. Dicho de forma anexa, cada actuación administrativa se configura estrictamente en la órbita de las funciones legales otorgadas y en apego al ordenamiento jurídico vigente. Líneas ratificadas por el jurista Juan Colombo Campbell, en su obra Funciones del derecho procesal constitucional, en Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano

2002, Montevideo: Fundación Konrad Adenauer, 2002, p. 137. No cabe duda, en el marco del buen funcionamiento de la Administración, la actividad administrativa sirve al interés general y deberá emitirse con el pleno sometimiento al ordenamiento jurídico aplicable, en cuanto este está orientado a la promoción de la dignidad humana.

Como puede observarse, la actividad administrativa se encuentra regulado bajo principios, además de los ya mencionados, podemos manifestar que la Administración deberá actuar acorde a los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia, evaluación, confianza legítima, responsabilidad y proporcionalidad, artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador y artículo 2 y ss. del Código Orgánico Administrativo.

Entre tanto, la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos también prevé, en su artículo 3, ciertos principios que la Administración debe acatar, como: celeridad; consolidación; control posterior; pro administrado, gratuidad, simplicidad, veracidad, no duplicidad, mejora continua y tecnología de la

información. En estas mismas líneas, la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública declara que la Administración deberá actuar conforme a los principios de eficacia, seguridad jurídica, buena fe, racionalidad, igualdad de trato y economía.

Aunado a lo anterior, podemos estatuir que la Administración para cumplir con sus objetivos realiza actividad administrativa –al amparo del cumplimiento de ley y del interés general– la misma que, el legislador, mediante el artículo 98 del Código ut supra, la dividió en cinco actuaciones: 1) acto administrativo; 2) acto de simple administración; 3) contrato administrativo; 4) hecho administrativo; y, 5) acto normativo de carácter administrativo.

Acto administrativo

Aproximadamente en 1795, cuando se aplicó la separación

de los Poderes/Funciones del Estado, se estableció que toda actividad administrativa deberá sujetarse a lo prescrito en el ordenamiento jurídico, así pues, se dejó atrás que no para todo trámite administrativo y procedimiento administrativo resultará en una mera actividad técnica, sino, existirán casos que deberán emitirse una declaración formal de la voluntad. 3

El artículo 98 del Código Orgánico Administrativo estatuye: ‘‘Acto administrativo es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo’’

La Sala de lo Contencio-

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.

De conformidad con la Ley de Compañías y el artículo 19 del estatuto social de la compañía “THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.” se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria, el día lunes 02 de octubre de 2023 a las 10H30 en el domicilio de la compañía ubicado en las calles Av. Maldonado S34-370 Y Manglar Alto de la ciudad de Quito, para tratar el siguiente punto del orden del día:

1. “Conocer y resolver sobre la venta de un bien inmueble de propiedad de la compañía THE TESALIA SPRIMNGS COMPANY S.A. ubicado en la ciudad de Ambato.”

Quito, 25 de septiembre de 2023. Atentamente,

NOTA: A los accionistas que deseen hacerse representar en la Junta General, nos permitimos recordarles la necesidad de que los poderes de representación que otorguen deberán sujetarse a lo dispuesto en el Reglamento para Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías.

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so Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, en Resolución Nro. 0504-2014, emitida en el Juicio Nro. 0122-2011, postuló: ‘‘El acto administrativo es una declaración. Se trata de una declaración intelectual y, en consecuencia, un acto jurídico que excluye los actos de pura ejecución o actos materiales que puede realizar la Administración Pública”; el jurista Mario Santofino Gamboa, en su obra Tratado de Derecho Administrativo, el acto administrativo es: ‘‘(…) toda manifestación unilateral, por regla general de voluntad, de quienes ejercen funciones administrativas, tendientes a la producción de efectos jurídicos’’ (2003, p. 131); y, por otro lado, el tratadista ecuatoriano Marco Morales Tobar, en su libro El Acto Administrativo. En: Derecho Constitucional para fortalecer la democracia, definió al acto administrativo como una declaración de voluntad de autoridad competente, que versa sobre asuntos de la administración pública y que tienes efectos jurídicos de orden particular o general, ambas concepciones se encuentran en apego a lo avizorado en el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo que señala: ‘‘es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo’’, para Jorge Moreno Yanes, en su artículo ‘‘Breves reflexiones sobre el Código Orgánico Administrativo’’ 4 asevera que la definición dada por el Código en mención es la adecuada y la correcta, puesto que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ‘‘ERJAFE’’ y el Código Orgánico de Organización Territorial ‘‘COOTAD’’ en donde se establecía que el acto administrativo es: ‘‘toda declaración’’, lo cual traía consigo una gran confusión que incluía no solo al acto administrativo en razón a la actividad administrativa, sino también al referente a la actividad legisladora o política.

Mientras que, para otros autores como Agustín Gordillo, en su obra Tratado del Derecho Administrativo, Tomo III, p. 193, sostiene que la noción de “acto administrativo” cumple una función metodológica

y sistematizadora dentro del Derecho Administrativo, figura jurídica que está desprovista de caracteres dogmáticos que exijan arribar a una definición determinada como única válida y verdadera.

Alcance del acto administrativo

Sin duda alguna, el concepto dado por varios tratadistas y por la norma para establecer el alcance de acto administrativo, en algún momento será ambiguo o no responderá a la praxis, un claro ejemplo de ello es la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicación ‘‘TIC’s’’ y de la Inteligencia Artificial ‘‘IA’’ en la administración pública, que para ciertos trámites administrativos la Administración emitirá un acto administrativo que no englobe –en su totalidad– la definición actual. Más allá de esto, sin duda, el acto administrativo deberá cumplir con ciertas características básicas determinadas en el artículo 99 del Código Orgánico Administrativo, tales como: 1) competencia; 2) objeto; 3) voluntad; 4) procedimiento; y, 5) motivación; en tal virtud, si el acto administrativo no cumple con los parámetros antes descritos el acto administrativo no tendrá validez, por ende, no producirá efectos jurídicos.

Acto de simple administración

El artículo 120 del Código Orgánico Administrativo prevé que este tipo de acto cumple con ciertos requisitos que cumple el acto administrativo, como: la voluntad, unilateralidad y efectos jurídicos individuales. No obstante, el acto de simple administración también debe cumplir con el parámetro de la motivación, conforme a lo determinado por la Corte Constitucional del Ecuador en la Sentencia 115817-EP/21 de 20 de octubre de 2021, emitida en el caso 115817-EP, que mencionó: ‘‘(…) todo acto del poder público debe contar con una motivación correcta’’ (párr. 22).

Por otra parte, también guarda consigo características propias como: la declaración unilateral puede ser interna o entre órganos de la administración y también puede producir efectos jurídicos de forma indirecta. Jorge Moreno Yanes, en su artículo citado en el párrafo anterior, menciona

que el acto de simple administración ‘‘ayuda con el criterio técnico, económico, o jurídico a la autoridad que debe emanar el acto principal’.’5

En doctrina, varios autores como Hugo Caldera Delgado, divide este tipo de actos en: actos complejos y actos simples. Los primeros son elaborados por dos o más órganos de la Administración, entre los cuales no existe una relación de jerarquía. Mientras que, los segundos son emanados por una sola entidad, o entre dos o más, pero donde sí existe una vinculación jerárquica.

Esta división se debe a la doctrina italiana, pero, actualmente, solo presenta un mero interés histórico, los mismos que ahora se conocen como actos de simple administración. Sin perjuicio de la tesis antes descrita, los actos de simple administración pueden llegar hacer instrucción, orden de servicio, sumilla, actos de opinión, actos de dictamen y demás actos que materializan el acto administrativo. La Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, en el Juicio nro. 2003-20746, manifestó: “Los actos de simple administración por su naturaleza consultiva y preparatoria a la manifestación de la voluntad administrativa no son propiamente impugnables. Ello sin perjuicio del derecho a impugnar el acto administrativo que omitió un dictamen o informe cuando ellos eran necesarios o cuando se sustentó en un informe o dictamen erróneo” (p. 5603).

Hecho administrativo

Existen actos registrales, certificatorios, operativos o terminales que se engloban dentro de la actividad administrativa de la Administración como un hecho administrativo. Este tipo de actuación son meramente técnicos y producen efectos jurídicos directos o indirectos, además, no tiene la necesidad que exista o no un acto administrativo previo. Pueden ser realizados operaciones técnicas o actuaciones físicas.

ANULACIÓN

POR PERDIDA

Anulo por pérdida póliza No. 0104772. del Banco Procredit

Las decisiones de la Administración no se agotan únicamente con la emisión del acto administrativo, sino que existe una operación material de carácter administrativo para la ejecución voluntaria o forzosa del mismo, por ejemplo: La Agencia Metropolitana de Control (AMC), institución

adscrita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Quito, tiene la competencia de ejecutar los actos administrativos emitidos en los procedimientos administrativos sancionadores –esta ejecución puede cumplirse de forma voluntaria por la persona interesada o de manera forzosa por la Administración–. En su calidad de

CONVOCATORIA

A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EJECUTIVO DISTRITO FLASHDELSUR S.A. Conforme a lo establecido en la ley de compañías y estatutos de la Compañía Distrito Flashdelsur se convoca a los señores accionistas a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA, que se realizara el día MARTES 03 DE OCTUBRE del 2023 a las 09:h30 a.m., en la sede social de la Compañía, ubicada en el sector de Guamaní Alto, calle Francisco Campos N5545 y Clodoveo Carrión Edificio RENGIFO ACOSTA tercer piso, para tratar los siguientes puntos:

1.- Constatación del quorum.

2.- Aprobación de dividendos Acumulados y/o aumento del capital de la compañía.

3.- Elección de los señores comisarios

NOTA: EN CASO DE NO HABER EL QUORUM A LA HORA SEÑALADA LA ASAMBLEA SE LLEVARA A CABO UNA HORA MAS TARDE CON LOS ACCIONISTAS PRESENTES EN LA FECHA Y LUGAR ANTES MENCIONADO.

ATENTAMENTE

Sr. LUIS TOAPANTA GERENTE DE LA COMPAÑIA

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE SOCIOS DEL CLUB RANCHO SWIMM ELITE

De conformidad con los estatutos del Club, la actual Ley de Deporte, Educación Física y Recreación y sus Reglamentos se convoca a todos los Socios a la Asamblea General de Elecciones a efectuarse el día miércoles 11 de octubre del 2023 a las 17h00 en la sede del Club ubicada en Calle Eugenio Espejo, sector Miravalle, con el propósito de conocer el siguiente orden del día:

1. Elección del Directorio Definitivo del Rancho Swimm Elite;

Se entenderá legalmente constituida la Asamblea General en primera convocatoria con la asistencia de un número de Socios con derecho a voto equivalente a la mitad más uno. No existiendo ese porcentaje, la Asamblea General de Elecciones se instalará, sin que sea necesario realizar segunda convocatoria luego de haber transcurrido una hora, con el número de Socios presentes.

Quito, 25 de septiembre del 2023

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ente de control, la AMC emite actos con diferentes obligaciones (pecuniaria y de hacer), entre las cuales, podemos considerar la orden de derrocar lo ilegalmente construido, cuando el obligado no ha cumplido con el derrocamiento la Agencia procede con la ejecución sustitutoria como medio de ejecución forzosa como lo prevé el artículo 239 del Código Orgánico Administrativo.

De tal forma, para derrocar la Administración necesita la participación de sus funcionarios y de maquinaria idónea para dicha actuación material, que al final dicho derrocamiento como un hecho administrativo. Es preciso indicar que, la etapa de ejecución de un administrativo es más complejo de lo descrito en líneas anteriores, puesto que, para esclarecer y entender de mejor manera se procedió a ejemplificar de forma sencilla y breve. Algo similar sucedió en el Juicio nro. 183-2008, sustanciado por la Sala de lo Civil y Mercantil, en el cual se impugnó el hecho administrativo realizado por el Alcalde del Municipio de Puerto Quito.

Para finalizar, debemos indicar que las personas afectadas por hechos administrativos pueden impugnar las actuaciones de las administraciones públicas mediante reclamación o requerir las reparaciones a las que tengan derecho.

Contrato administrativo

Además del cambio de paradigma de las funciones del Estado que trajo la Constitución de la República del Ecuador, a partir del 2008, existió un cambio radical debido a la introducción de un sistema nacional para las contrataciones que necesiten las instituciones gubernamentales.

El Sistema de Contratación Pública fue creado para articular y armonizar todas las instancias para la planificación, control, administración, presupuesto de las adquisiciones de bienes y servicios que realicen las instituciones estatales. Este cambio se otorga con la finalidad que la Administración pueda cumplir con sus objetivos, ya que, en muchos casos necesitan de la colaboración y participación de los/as ciudadanos/as, esto puede darse por falta de estructura, material, personal o económico: en con-

secuencia, el contrato administrativo se configura como uno de los mecanismos que tiene la Administración para cumplir con sus competencias.

En palabras del gran tratadista Roberto Dromi, en su libro ‘‘Derecho Administrativo’’, el contrato administrativo es: “declaración bilateral o de voluntad común, productora de efectos jurídicos entre dos personas de las cuales una está en ejercicio de la función administrativa’’ (1997, p. 326). De manera similar, para el Jurista Juan Carlos Cassagne, en su obra El Contrato Administrativo, señaló: ‘‘todo acuerdo de voluntades generadoras de obligaciones, celebradas por un órgano estatal en ejercicio de la función administrativa, caracterizado por un régimen exorbitante del Derecho Privado, susceptible de producir efectos, con relación a terceros” (p. 66).

Para varios tratadistas como aquellos de la corriente anglosajona huyen de la existencia del contrato administrativo, puesto que, niegan la separación del contrato común y el contrato administrativo, sostienen que la única diferencia existente son simples modalidades o matices previstos de forma cualitativa de los intereses comprometidos.

En esta misma línea, la falta de existencia de los contratos resulta por la falta de vínculos contractuales, la actividad administrativa de la Administración que se expresa de modo unilateral. Fuera de cualquier

debate, en nuestra legislación se prevé la existencia del contrato administrativo que acorde al artículo 125 del Código Orgánico Administrativo es el acuerdo de voluntades entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno de ellos debe ejercer una función administrativa. Los contratos administrativos producen efectos jurídicos y se rigen por un ordenamiento jurídico específico. Esta definición va de la mano con lo estatuido en el cuerpo legal mencionado. Juan Carlos Cassagne en su obra El contrato administrativo, definió: ‘‘(…) responde a la idea de que los particulares colaboren con la misión que persigue la administración mediante la institución contractual que, correlativamente, le garantiza al contratista privado la intangibilidad de sus derechos económicos’’ (2005, p. 191).

Acto normativo de carácter administrativo

La Administración, a través de las máximas autoridades administrativas de la correspondiente entidad pública ejerce la competencia normativa de carácter administrativo para regular sus asuntos internos. Es necesario indicar que, esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley; sin embargo, en muchos casos la ley prevé dicha competencia a la máxima autoridad legislativa de una administración pública, acorde a lo estatuido en el artículo 130 del

CONVOCATORIA

Francisco de Orellana, a 25 de septiembre del 2023.

De conformidad a lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 41 Del Estatuto del Club, se convoca a todos los socios, a la Asamblea General de Elección del Directorio, que se llevará a cabo el día miércoles 11 de octubre del 2023, a las 19H00, en la sede del club ubicada en las Napo y García Moreno, frente al Hotel Auca en la ciudad del Coca, Provincia de Orellana, al tenor del siguiente orden del día:

1.- Constatación del quórum e Instalación de la Asamblea de Elecciones.

2.- Elección del Directorio.

3.- Posesión del Directorio Electo.

4.- Clausura.

Para el desarrollo de la Asamblea General de Elecciones, de no haber quorum, se volverá a convocar por segunda vez, señalando nueva fecha y hora.

Atentamente,

CONVOCATORIA

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y del Estatuto Social de la Compañía Circulo de Servicios de Transporte Transcirculo S.A. se convoca a la Junta General Extraordinaria de accionistas, misma que tendrá lugar el día 04 de X el 2023 a las 15h. en las oficinas de la Compañía ubicada en Llano Chico, Barrio Santa Ana, Calle García Moreno y Latacunga s/n esquina, de esta ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día:

1.- Constatación del quorm

2.- Ratificar la decisión de reactivar a la compañía

3.- Conocer y aprobar los balances y estados financieros de la Compañía desde el 2014 hasta el 2023

4.- Lectura y aprobación del acta.

Se pone en conocimiento del contenido de la presente convocatoria y a la vez se convoca al señor Comisario Jimmy Mauricio Loachamin Gualoto.

Atentamente

Edison Pumisacho Ushiña

Daniel Loachamin Gualoto

EL PRESIDENTE.

EL GERENTE

COMPAÑÍA DE TRANSPORTES TURISMO ESCOLAR UNIPRO C.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad con lo previsto en los Arts. 233, 235 y 236 de la Ley de Compañías y Art. 3 vigente Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas, expedido por la Superintendencia la Compañías, Valores y Seguros, se CONVOCA a los/las accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES TURISMO ESCOLAR UNIPRO C.A., a la Junta General Extraordinaria a celebrarse de manera presencial el lunes 02 de octubre del 2023, a las 09h00 en la Sede Social de la Compañía, ubicada en la calle de las Belladonas E13 435 y de los Trigales Barrio El Edén, del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de conocer, tratar y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día:

1. Selección de la auditoría externa del Registro de firmas auditoras calificadas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, en cumplimiento de los Arts. 318 y siguientes de la Ley de Compañías; y,

2. Autorización a la señora Gerente General para la contratación con la firma auditora seleccionada por la Junta General.

Facultad de incluir puntos adicionales:

De conformidad con lo previsto en el Art. 235 de la Ley de Compañías, se deja a salvo el derecho de los accionistas que sean titulares de por lo menos el cinco por ciento del capital social, el solicitar a la Gerencia General de la compañía, la inclusión de asuntos adicionales que consideren debe ser tratados en la junta general o bien realizar correcciones (de forma) en la convocatoria realizada. Este derecho podrá ejercerse por una sola vez, hasta 72 horas luego de publicarse la presente convocatoria.

En atención a la disposición del Art. 242 de la Ley de Compañías, se convoca especial e individualmente al Comisario Principal de la compañía, señor Víctor Hugo Villacís.

Quito D.M., 22 de septiembre de 2023

Atentamente,

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Bolívar Mieles Pinargote Moreno Valverde Roberto Paul PRESIDENTE DEL CLUB SECRETARIO DEL CLUB 001-004-3565

Código Orgánico Administrativo.

Si bien es cierto que, este tipo de acto es para regulación interna, también puede emitirse para regular las actuaciones de las personas, pero, dicha atribución debe estar expresamente prevista en el ordenamiento jurídico, no obstante, este tipo de actos que regulen o establezca requisitos para las administrados, entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial, conforme lo determina el artículo 16 de la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. Aunque, esta potestad legislativa otorgada a las administraciones cuenta con sus propios límites/prohibiciones, las mismas que se encuentra previstas en el artículo 131 del Código ibídem, por ejemplo, no podrá a través de un acto normativo de carácter administrativo: restringir los derechos y garantías constitucionales; regular materias reservadas a la ley; solicitar requisitos adicionales para el ejercicio de derechos y garantías distintos a los previstos en la ley; regular materias asignadas a la competencia de otras Administraciones; delegar la competencia normativa de carácter administrativo; y, emitir actos normativos de carácter administrativo sin competencia legal o constitucional.

Por otro lado, en razón a este tipo de actividad, el presidente de la República goza de una potestad reglamentaria en relación a las leyes formales, es decir, podrá expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas, ni alterarlas, potestad que se ampara a lo consagrado en el artículo 147.13 de la Constitución de la República. Empero, el ejercicio de esta potestad es diferente a la competencia normativa de carácter administrativo, puesto que, la última se ejerce en relación con el conjunto de la administración pública central, así como los que convengan a la buena marcha de la administración.

Bibliografía

Aguilar Juan Pablo & Chi-

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Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000080009026002

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ENRIQUE Cédula de Ciudadanía

Nro. 1700699695 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

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Santofimio Gamboa Jaime Orlando, Tratado de Derecho Administrativo: Introducción a los conceptos de administración pública y el derecho administrativo: Colombia.

1.Es menester indicar que, cuando hablamos en el presente estudio sobre actividad administrativa, nos estamos refiriendo a cualquier tarea que la Administración realiza para cumplir sus objetivos, llámense estos actuaciones administrativas o actividades de la administración pública. Sin embargo, debemos exceptuar los trámites administrativos para referirnos a la actividad administrativa, puesto que, estos es el conjunto de requisitos, actividades, diligencias, actuaciones y procedimientos que realizan las personas ante la Administración Pública o ésta de oficio, con el fin de cumplir una obligación.

2.Sentencia nro. 37-19-IN/21 de 21 de diciembre de 2021, emitida en el Caso nro. 37-19-IN

3.Véase a Nicolás Granja Galindo, en su obra ‘‘Fundamentos del Derecho Administrativo’’, Ed. Universidad Particular de Loja, 2005, p. 296.

4.Publicado por Juan Pablo Aguilar y Verónica Chiriboga en su obra ‘‘Estudios sobre el Código Orgánico Administrativo’’, Ed. Cevallos: 2019, p. 91-113.

5. Óp. Cit.

EXTRACTO

Mediante escritura pública número 20231701071P01401, otorgada ante mí Doctora María Elena Altamirano Palacios, Notaria Septuagésima Primera del cantón Quito, el día veinte de septiembre del año dos mil veinte y tres, se celebró la CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA “GUJAR S.C.C.”, de conformidad con la ley pongo en conocimiento del público el extracto de la referida escritura y es como sigue:

1.- Los socios que la conforman son: El señor CARLOS ALFREDO GUDIÑO JARRIN; y, el señor PEDRO FRANCISCO CORRAL JAUREGUI, mayores de edad, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en esta ciudad de Quito.

2.- La razón social es “GUJAR S.C.C.”

3.- La sociedad tendrá por Objeto Social: El objeto principal de la sociedad será: servicio de catering, organización de todo tipo de eventos, alquiler de menaje para todo tipo de eventos, venta de comidas y bebidas en restaurante, incluso para llevar, restaurantes de comida rápida, venta al por menor de bebidas alcohólicas; producción, elaboración y comercialización de productos congelados, actividad de alojamiento, actividad de alquiler y arrendamiento, elaboración de productos alimenticios, estas actividades comprenden la preparación, procesamiento, manufactura, comercialización, distribución, importación y exportación de alimentos en todas sus formas y variedades, incluyendo pero no limitándose a la producción de alimentos procesados, enlatados, congelados, frescos y cualquier otro tipo de producto alimenticio, importación y exportación de bienes muebles. La empresa podrá realizar actividades relacionadas con la investigación, desarrollo, innovación, diseño de recetas, elaboración de menús, catering, servicio de alimentos a restaurantes y eventos, así como la prestación de servicios de consultoría en materia gastronómica y alimentaria. La compañía también podrá adquirir, poseer, arrendar, administrar y operar instalaciones de producción de alimentos, cocinas industriales, restaurantes, puntos de venta y otros establecimientos relacionados con la industria alimentaria. Además, la empresa podrá participar en la cadena de suministro de alimentos, incluyendo la compra de materias primas, logística de distribución y almacenamiento de productos alimenticios. Asimismo, la compañía podrá desarrollar y comercializar marcas y productos propios, así como representar y distribuir marcas de terceros. Además, la sociedad tendrá capacidad amplia y suficiente de que gozan los sujetos de derecho de conformidad con las leyes, pudiendo ejecutar cualquier operación, acto o negocio jurídico. En general podrá celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, efectuar importaciones, producir bienes e insumos relacionados con el negocio de la comida, para lo cual podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, cuya actividad sea similar o complementaria a la suya, pudiendo incluso participar como accionista o socio en otro tipo de sociedades sean estas civiles y comerciales, anónimas, limitadas o de acciones simplificadas.

4.- El capital suscrito es la cantidad de CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $400,00).

5.- El capital pagado es la cantidad de CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $400,00).

6.- Total de cuatrocientas participaciones de UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $1,00) cada una.

7.- La sociedad que se constituye tendrá una duración de CINCUENTA AÑOS, a partir de la fecha de inscripción de esta en el Registro Mercantil del Cantón Quito, pudiendo ser disuelta o prorrogada de conformidad con lo establecido en la cláusula décima sexta de los estatutos y por lo dispuesto en el Título XXVI del Libro IV del Código Civil.

Particular que pongo en conocimiento para los efectos legales pertinentes.

LUNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
001-004-3554
001-004-3563
001-003-3616

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENAPROVINCIA DE NAPO

NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: SALDARRIAGA MUÑOZ CLAUDIO JACINTO

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE GREFA TANGUILA TATIANA MAGALY

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2023-00574

CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO.

TRAMITE: VOLUNTARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor SALDARRIAGA MUÑOZ CLAUDIO JACINTO, Presentó una DEMANDA DE DECLARATORIA DE UNION DE HECHO, cuyo extracto es como sigue:

“…Tena, viernes 18 de Agosto del 2023, a las 08h24.- “ VISTOS: PRIMERO:… CALIFICACIÓN Y TRAMITE.- Conozco de la demanda de Declaratoria de Unión de Hecho presentada por el señor CLAUDIO JACINTO SALDARRIAGA MUÑOZ en contra (…), de los Herederos, Presuntos y Desconocidos de quien en vida fue Grefa Tanguila Tatiana Magaly, por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP en concordancia con el artículo 289 ibídem, en consecuencia se la admite a trámite ORDINARIO. SEGUNDO.- CITACIÓN.- (…) 2.4.- Por cuanto el actor ha declarado bajo juramento, en su libelo, el desconocer la individualidad y el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de la señora GREFA TANGUILA TATIANA MAGALY en atención a lo previsto en el artículo 56 COGEP respecto de la citación a través de uno de los medios de comunicación indica, que a la persona cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se ordena que se cite a los herederos presuntos y desconocidos de GREFA TANGUILA TATIANA MAGALY con el contenido de la demanda, anuncio probatorio y este auto de calificación mediante tres publicaciones que deberán ser efectuadas en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, esto es en el Diario “La Hora”, que se edita en la ciudad de Quito, en tres días hábiles y en distintas fechas. Transcurridos VEINTE DÍAS desde la última publicación o transmisión del mensaje radial, a los herederos presuntos y desconocidos se les concede el término de TREINTA DÍAS para que den contestación a la demanda, propongan excepciones previas y presente sus anuncios probatorios de conformidad con los artículos 151, 152 y 153 COGEP, bajo prevenciones de tramitarse la causa en la forma prevista en el número 2 del artículo 87 COGEP para lo cual, el señor Actuario de la Judicatura deberá conferir el extracto correspondiente, con la demanda y este auto de ser el caso (…). TERCERO.- PRUEBAS.- En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la parte actora, constantes en su escrito de demanda, en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte, esto es: Prueba Documental a) Copia de la cédula de ciudadanía del compareciente señor CLAUDIO JACINTO SALDARRIAGA MUÑOZ y de sus testigos; b) Copia de la cedula y certificado de Defunción de la señora Grefa Tanguila Tatiana Magaly; c) Fotografías; d) Informe de Estadístico de Nacido vivo de la niña NN. APELLIDOS Grefa Tanguila, otorgado por el Hospital Jose María Velasco Ibarra; e) Certificado de nacimiento del niño Quinche Grefa Jhoel Ariel; f) La Declaración de parte del actor y la comparecencia de los Testigos, se la realizará en su momento procesal oportuno debiendo notificárseles de su comparecencia en el casillero electrónico señalado. CUARTO.RAZÓN ACTUARIAL.- Precluído que sea el término concedido a los demandados, el Actuario de la Judicatura sentará razón respecto si los demandados han comparecido a juicio y han hado contestación a la demanda dentro del término concedido para el efecto. No se dispone inscripción de la demanda por cuanto no se ha justificado que la actora y el causante hayan adquirido bienes raíces.- QUINTO.- CURADOR AD LITEM.- Una vez que del proceso conste citado el demandado y los herederos presuntos y desconocidos, se procederá a su designación de ser procedente. SEXTO.- AUTORIZACIÓN Y PATROCINIO.- Tómese en cuenta la autorización conferida por el actor a su patrocinador Dr. Patricio Rojas Trelles para que le represente en esta instancia. SEPTIMO.- NOTIFICACIONES.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y correo electrónico, señalado por el compareciente, para recibir futuras notificaciones…Cúmplase y Notifiquese.”. Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.

EXTRACTO

Mediante escritura pública número 20231701071P01400, otorgada ante mí Doctora María Elena Altamirano Palacios, Notaria Septuagésima Primera del cantón Quito, el día veinte de septiembre del año dos mil veinte y tres, se celebró la CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA “VICA S.C.C.”, de conformidad con la ley pongo en conocimiento del público el extracto de la referida escritura y es como sigue:

1.- Los socios que la conforman son: El señor CARLOS ALFREDO GUDIÑO JARRIN; y, el señor PEDRO FRANCISCO CORRAL JAUREGUI, mayores de edad, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en esta ciudad de Quito.

2.- La razón social es “VICA S.C.C.”

3.- La sociedad tendrá por Objeto Social: El objeto principal de la sociedad será: venta de comidas y bebidas en restaurante, incluso para llevar, servicio de catering, organización de todo tipo de eventos, alquiler de menaje para todo tipo de eventos, restaurantes de comida rápida, venta al por menor de bebidas alcohólicas; producción, elaboración y comercialización de productos congelados, actividad de alojamiento, preparación, procesamiento, manufactura, comercialización, distribución, importación y exportación de alimentos en todas sus formas y variedades, incluyendo pero no limitándose a la producción de alimentos procesados, enlatados, congelados, frescos y cualquier otro tipo de producto alimenticio. La empresa podrá realizar actividades relacionadas con la investigación, desarrollo, innovación, diseño de recetas, elaboración de menús, catering, servicio de alimentos a restaurantes y eventos, así como la prestación de servicios de consultoría en materia gastronómica y alimentaria. La compañía también podrá adquirir, poseer, arrendar, administrar y operar instalaciones de producción de alimentos, cocinas industriales, restaurantes, puntos de venta y otros establecimientos relacionados con la industria alimentaria. Además, la empresa podrá participar en la cadena de suministro de alimentos, incluyendo la compra de materias primas, logística de distribución y almacenamiento de productos alimenticios. Asimismo, la compañía podrá desarrollar y comercializar marcas y productos propios, así como representar y distribuir marcas de terceros. Además, la sociedad tendrá capacidad amplia y suficiente de que gozan los sujetos de derecho de conformidad con las leyes, pudiendo ejecutar cualquier operación, acto o negocio jurídico. En general podrá celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, efectuar importaciones de bienes, producir bienes e insumos, para lo cual, de necesitarlo, podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, cuya actividad sea similar o complementaria a la suya, pudiendo incluso participar como accionista o socio en otro tipo de sociedades sean estas civiles y comerciales, anónimas, limitadas o de acciones simplificadas.

4.- El capital suscrito es la cantidad de CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $400,00).

5.- El capital pagado es la cantidad de CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $400,00).

6.- Total de cuatrocientas participaciones de UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $1,00) cada una.

7.- La sociedad que se constituye tendrá una duración de CINCUENTA AÑOS, a partir de la fecha de inscripción de esta en el Registro Mercantil del Cantón Quito, pudiendo ser disuelta o prorrogada de conformidad con lo establecido en la cláusula décima sexta de los estatutos y por lo dispuesto en el Título XXVI del Libro IV del Código Civil.

Particular que pongo en conocimiento para los efectos legales pertinentes.

R. DEL E.
.001-004-3544
001-004-3555 LUNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR C6

17230-2022-13739-OFICIO-18315-2023

Causa N° 17230202213739

Quito, lunes 21 de agosto del 2023

Señor(es)

EXTRACTO – 17230-2022-13739

Presente.

En el juicio N° 17230202213739, hay lo UNIDADsiguiente: JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. AVISO JUDICIAL EXTRACTO DE CITACION POR LA PRENSA

Se le hace saber a: ALBERTO FIERRO VALAREZO, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda, cuyo extracto es el siguiente:

EXTRACTO DE LA DEMANDA

ACTOR: ASEGURADORA DEL SUR C. A.

DEMANDADOS: LUIS ALBERTO FIERRO VALAREZO Y LORGIA OLIVETI LOAIZA OCHOA

JUICIO: 17230-2022-13739

PROCEDIMIENTO / ACCION: EJECUTIVO – FACTURA O PRIMA DE SEGUROS

OBJETO.- Según relata el actor, que con fecha 24 de agosto del 2018, el demandado suscribió la solicitud y compromiso –Seguros de Fianza de Aseguradora del Sur, en la cual se autoriza a ASEGURADORA DEL SUR emitir las siguientes pólizas) a) póliza de garantía por anticipo de buen uso No. 1025730, por USD 241.171,00; y b) póliza de Garantía de fiel cumplimiento No. 1025731, por USD 2’411,710,01, Que el demandado y la demandada-garante, suscriben las condiciones generales de la solicitud y compromiso de seguros de fianzas.- Que con fecha 24 agosto 2018, el demandado suscribe el contrato No GG-067-2018, para el proyecto “Urbanización y Construcción de soluciones habitacionales ubicadas en la Parroquia Nueva Loja, cantón lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Que en la misma fecha suscribe la póliza de Fiel cumplimiento de contrato No. 1025731, ya referida, Que en la misma fecha suscribe la Póliza de Seguro de buen uso de anticipo No. 1025730 por la suma asegurada de 2’411.710,01; asegurando a la empresa pública de desarrollo estratégico Ecuador Estratégico EP, póliza que fue renovada quince veces, siendo su última renovación el 24 de abril del 2021. Que el 26 de marzo 2019, suscribe la póliza de fiel cumplimiento de contrato No. 1043782 por USD 13.874,52, que fue renovada once veces, siendo su última renovación 11 febrero 2021. Que el 26 de marzo 2019, suscribe la Póliza de seguro de buen uso de anticipo No. 1043781 por USD 138.745,15, asegurando a la Empresa Pública de Desarrollo Estratégico Ecuador Estratégico EP. Que fue renovada quince veces, siendo su última renovación 24 abril 2021, Que el 01 de julio 2019, suscribe la Póliza de Seguro de fiel cumplimiento de contrato No. 1054183 por USD 4.413,34, asegurando a la Empresa pública de desarrollo estratégico Ecuador Estratégico EP. Que fue renovada nueve veces; Que el 01 de julio 2019, suscribe la póliza de seguro de buen uso de anticipo No. 1054182 por USD 44.133,38, asegurando a la empresa pública de desarrollo estratégico Ecuador Estratégico EP, que fue renovada diez veces; Que mediante oficio EEE-P-EEEP-2020-0092-O de 24 de enero de 2020, la Empresa Pública de Desarrollo Estratégico Ecuador Estratégico EP informa a Aseguradora del Sur sobre la ejecución de las pólizas de buen uso de anticipo y las pólizas de Garantía de Fiel cumplimiento, La Póliza de Fiel cumplimiento de contrato 1025731 fue subrogada el 05 de abril de 2021, por el Gerente General Subrogante de la Empresa Pública Casa para todos EP, en la cual acepta haber recibido la cantidad asegurada de USD 241.171,00 y ceded los derechos y acciones que tiene en contra de FIERRO VALAREZO LUIS ALBERTO a favor de Aseguradora del Sur. Convirtiéndose la póliza y sus subrogaciones en título ejecutivo. Que la póliza de Fiel cumplimiento de contrato 1043782, fue subrogada el 05 de abril del 2021, por el Gerente General subrogante de la Empresa Pública Casa para todos EP, en la cual acepta haber recibido la cantidad asegurada de USD 13.874,52; y cede los derechos y acciones que tiene en contra de FIERRO VALAREZO LUIS ALBERTO a favor de Aseguradora del Sur convirtiéndose la póliza y sus respectivas subrogaciones en título ejecutivo.- Que la póliza de fiel cumplimiento de contrato 1054183 fue subrogada el 05 de abril del 2021, por el Gerente General subrogante de la Empresa Pública Casa para todos EP, en la cual acepta haber recibido la cantidad asegurada de USD 4.413,34 y cede los derechos y acciones que tienen en contra el señor Fierro Valarezo Luis Alberto a favor de Aseguradora del Sur, convirtiéndose loa Póliza y sus respectivas subrogaciones en título ejecutivo. Que la póliza de buen uso de anticipo 1025730, fue subrogada el 02 de junio 2021, por Gerente Genera Subrogante de la Empresa Pública Casa para Todos E.P., en la cual acepta haber recibido la cantidad asegurada de USD 556,104,02 y cede los derechos y acciones en título ejecutivo. Que la póliza de buen uso de anticipo 1043781 fue subrogada el 02 de junio de 2021 por Gerente General Subrogante de la Empresa Pública Casa para todos EP. En la cual acepta haber recibido la cantidad asegurada de USD 57.049,61 y cede los derechos y acciones que tiene en contra de Fierro Valarezo Luis Alberto a favor de Aseguradora del Sur, convirtiéndose la póliza y sus respectivas subrogaciones en título ejecutivo.- Que la póliza de buen uso de anticipo 1054182 fue subrogada el 02 de junio del 2021, por el Gerente General Subrogante de la Empresa púbica Casa para Todos EP, en la cual acepta haber recibido la cantidad asegurada de USD 44.133,38, y cede los derechos y acciones que tiene en contra de Fierro Valarezo Luis Alberto a favor de Aseguradora del Sur. Convirtiéndose la póliza y sus respectivas subrogaciones en título ejecutivo. Que es su pretensión que en sentencia resuelva que los demandados paguen: el capital adeudado por las pólizas 1025731,1043782, 1054183, 1025730, 1043781 y 1054182, esto es USD 916.745,87; el máximo legal de interés por mora esto es del 9,33%; y, el valor de las costas procesales y honorarios de la defensa. CUANTIA.- Se fija la cuantía en la suma de USD 1’100.095,04

PROVIDENCIAS

Juicio No. 17230-2022-13739

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de septiembre del 2022, a las 15h46. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo de ley. En lo principal, se considera: PRIMERO: CALIFI- CACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en documentos que constituyen título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, la parte demandada, en el término de QUINCE (15) días, pague la obligación demandada, o conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP y proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- 3.1. CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada señor FIERRO VALAREZO LUIS ALBERTO y LORGIA OLIVETI LOAIZA OCHOA, en el lugar señalado en el libelo, en la forma prevista por los Arts. 54 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación de señalar casil- lero judicial; para el efecto, para cuyo efecto se remita atento deprecatorio electrónico a la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS; mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Balzar, Provincia de Guayas, Para lo cual el señor Secretario del Despacho, cumpla con enviar el referido deprecatorio, con las nuevas directrices aplicadas al modelo de Gestión para la Administración de Justicia y Buenas Prácticas, cuya documentación será escaneada por el Actuario del despacho y remitidas electrónicamente mediante el SATJE a la Unidad Judicial deprecada, por lo que la parte accionante una vez enviada la información virtual, deberá dar las facilidades del caso en la Unidad Judicial deprecada, a fin de que se realice la diligencia de citación y posteriormente la devolución a esta Unidad Judicial de origen.- Conforme a la disposición reformatoria primera del Código Orgánico Administrativo, la cual en su número 2., agrega al final del artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos lo siguiente: “Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.”; en tal virtud practicada que sea la citación conforme a la ley; por intermedio de Secretaría, realícese la publicación referida en la reformatoria mentada, para lo cual se sentará la razón correspondiente. 3.2. CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada LOAIZA OCHOA LORGIA OLIVETI en el lugar señalado en el libelo, en la forma prevista por los Arts. 54 y siguientes del COGEP, 185463716-DFE previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial; para el efecto, para cuyo efecto se remita atento deprecatorio electrónico a la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVIN- CIA DE SUCUMBÍOS; mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Balzar, Provincia de Guayas, Para lo cual el señor Secretario del Despacho, cumpla con enviar el referido deprecatorio, con las nuevas directrices aplicadas al modelo de Gestión para la Administración de Justicia y Buenas Prácticas, cuya documentación será escaneada por el Actuario del despacho y remitidas electrónicamente mediante el SATJE a la Unidad Judicial deprecada, por lo que la parte accionante una vez enviada la información virtual, deberá dar las facilidades del caso en la Unidad Judicial deprecada, a fin de que se realice la diligencia de citación y posteriormente la devolución a esta Unidad Judicial de origen.- Conforme a la disposición reformatoria primera del Código Orgánico Administrativo, la cual en su número 2., agrega al final del artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos lo siguiente: “Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.”; en tal virtud practicada que sea la citación conforme a la ley; por intermedio de Secretaría, realícese la publicación referida en la reformatoria mentada, para lo cual se sentará la razón correspondiente.

3.3. Por cuanto el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la o del demandado, la o el juzgador ordenará también que se le haga conocer a la o al demandado, por correo electrónico, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, se dejará constancia en el sistema. Esto no sustituye a la citación oficial.- CUARTO.- EMBARGO.- Atento lo solicitado, y en mérito de la documentación aparejada: certificado emitido por el Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, y de conformidad al artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, con fundamento en la escritura pública de hipoteca abierta, se dispone el EMBARGO de un lote de terreno urbano, signado con el numero veinticinco, de la manzana número cero uno, sector número cero tres, zona número cero tres, ubicado en la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, adquirido por compraventa a los señores Milton Eduardo Tinizaray Ortega y Olivia del Carmen Valarezo Orellana, mediante escritura pública celebrada en la Notaria Primera de este cantón a cargo del Doctor José María Barrazueta Toledo, el doce de enero del dos mil diez e inscrita el quince de enero del dos mil diez. Los linderos son: NORTE: Con la calle Jorge Añazco, en siete coma setenta metros.- SUR: Con el lote número cero uno construcción del inmueble Jenny Cárdenas, en siete coma setenta metros.- ESTE: Con el lote cero uno construcción del inmueble Jenny Cárdenas, en catorce coma cincuenta y tres metros.- OESTE: Con el lote veinticuatro, en catorce coma cincuenta y tres metros.- Lo que da una cabida de ciento once coma ochenta y ocho metros cuadrados de superficie, de propiedad del demandado: LUIS ALBERTO FIERRO VALAREZO.- .- EJECUCIÓN DEL EMBARGO.- Para la ejecución de la diligencia ordenada, para ello remítase atento deprecatorio electrónico a la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Para lo cual el señor Secretario del Despacho, cumpla con enviar el referido deprecatorio, con las nuevas directrices aplicadas al modelo de Gestión para la Administración de Justicia y Buenas Prácticas, cuya documentación será escaneada por el Actuario del despacho y remitidas electrónicamente mediante el SATJE a la Unidad Judicial deprecada, por lo que la parte accionante una vez enviada la información virtual, deberá dar las facilidades del caso en la Unidad Judicial deprecada, a fin de que se realice la diligencia de citación y posteriormente la devolución a esta Unidad Judicial de origen. En virtud de que la parte actora ha insinuado como DEPOSITARIO JUDICIAL al señor VICTOR PAUCAR MORA, se designa como depositario judicial al referido, para lo cual la Unidad Judicial dep- recada deberá tomar en cuenta a fin de realizar los oficios correspondientes.- NOTIFICACIÓN DEL EMBARGO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 376, concordante con el artículo 384 inciso quinto, se dispone notificar con este embargo al juez De La Unidad judicial Civil Con Sede En La Parroquia Iñaquito Del Distrito Metropolitano De Quito, Provincia De Pichincha, (Juicio Nro. 17230-2019-18689), a fin de que dicha entidad acreedora pueda hacer valer sus derechos.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ(PONENTE)

Juicio No. 17230-2022-13739

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de julio del 2023, a las 14h04. VISTOS: Agréguese al proceso el acta de diligencia que antecede.- PRIMERO.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada ALBERTO FIERRO VALAREZO , por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. SEGUNDO.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, en concordancia con la Resolución No. 102-2023, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante la cual se resuelve priorizar las notificaciones electrónicas de todas las actuaciones judiciales, se notifica de forma electrónica al domicilio legal señalado por las partes, el presente auto. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.-NOTIFÍQUESE ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ(PONENTE)

Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted, para los fines de Ley.- Se le previene de la obligacion que tiene de señalar la casilla judicial de un Abogado y correo electrónico como dispone la Ley, para que reciba sus notificaciones

001-004-3547 LUNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR C7

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