Movidelnor y la Mancomunidad de Tránsito con nuevas autoridades
El organismo, que rige el tránsito en 15 cantones del norte de Ecuador, de las provincias de Imbabura, Carchi, Esmeraldas y Pichincha, designó a su nuevo directorio, así como a su nuevo gerente general.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK JUEVES 18 DE MAYO DE 2023 Imbabura-Carchi POLÍTICA Vértigo electoral tras muerte cruzada POLÍTICA ¿Qué es la muerte cruzada? 5 ECONOMÌA Decretos económicos pueden dinamizar la economía 7 GLOBAL Ecuador reafirma actuación constitucional ante OEA 10 GLOBAL Peronismo busca candidato a la Presidencia 11
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Ellos
Que levante la mano el que quiera ser peón! ¡Qué levante la mano el que quiera ser limpiador de baños! Hay un tipo de personas que cree que los pobres son pobres porque quieren. Cuando uno habla de la justa redistribución de la riqueza, ellos lo ven como una ofensa personal.
Hay quienes desde sus privilegios están muy de acuerdo con un sistema donde todos puedan ganar más, pero no más que ellos . La empleada doméstica debería trabajar puertas adentro sin estarse quejando. Debería ser casi una esclava que reciba con gratitud lo que uno ‘buenamente’ pueda darle. Para eso están las cholas, las negras y las indias, ¡para servirnos! ¡Cuántas veces he escuchado esa conversación! Un día en un hotel prestigioso de la capital, un grupo de señoras de alcurnia entre las que estaba yo —no entiendo por qué, si no soy ni señora ni de alcurnia—, escuché algo que me hizo ruido y que en ese momento no tuve el valor de enfrentar. Apareció un mesero con trenza y una de esas señoras dijo: “Ahora para llamarles hay que tratarles de ‘usted’ y hay que decirles señores… ‘señor Indio’”. Todas se rieron. Estaba con mi hijo, quien me veía como diciéndome: “¿Qué esperas para decir algo?”. No tuve el valor. Agaché la cabeza sin reírme y con muchísima vergüenza. Y de alguna manera eso ha sido mi vida: interrelacionarme con alguna gente que minimiza todo aquello que no tenga los ojos claros ni una cuenta de ahorros en algún paraíso fiscal.
Ellos, los que creen que pertenecen a una ralea especial, defienden la idea de la meritocracia. Creen que si uno quiere lograr algo lo puede hacer. Te ponen el ejemplo de la hija del jardinero que ahora es dentista; o la del sobrino del chofer que ahora es abogado. Hacen de la excepción una regla; el resto, los vagos esos renegridos sin oficio ni beneficio, son una escoria para su forma de mirar.
‘¡El que se esfuerza puede!’ Entonces me pregunto:
¿y cuál fue el esfuerzo que hicieron estos parásitos?
CÉSAR RICAURTE @CesarRicaurte3
La necesidad de refrescar la memoria colectiva
Ellegado de los 14 años de la llamada
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
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EDITORIAL
Calma ante la grave crisis política
Enestos momentos de transición política, la prioridad de todo actor político y social debe ser preservar la paz y el orden democrático.
El Gobierno agudizaría peligrosamente la tensión social si es que, aprovechando su libertad de acción —temporal y relativa—, emprende
reformas demasiado drásticas e incompatibles con su baja popularidad ; esto, no obstante, resulta improbable, pues muchos de sus anhelos más radicales son abiertamente inconstitucionales o ya enfrentan jurisprudencia al respecto. A su vez, la oposición, especialmente el
correísmo y los actores más intransigentes del movimiento indígena, llevarían a la democracia a un peligroso limbo si optan, en este momento, por
la violencia tumultuaria y generalizada. Afortunadamente, la explosión sobre la que advertían no se dio ayer y sus bases tienen puesta su aten-
que ver con ese pasado reciente. Los
seguidores del líder máximo lo describen como luminoso, dichoso y enorme, mientras que los detractores lo ven como oscuro, atroz y engañoso.
Revolución Ciudadana no es un tema menor en la actualidad. Al contrario, lo que vemos es que mucho de lo que sucede en el país tiene
Maratón del cuento
Las diferencias no son solo de distintos puntos de vista o de diferentes campos ideológicos. La ruptura es más profunda porque tiene que ver con el negacionismo de ciertos hechos y construcciones de ‘storytelling’ propios del mercadeo, no de la historia.
Por eso, libros periodísticos como
‘La revolución malogra-
da’, de
ción
en las elecciones anticipadas. Paradójicamente, una de las principales amenazas al orden puede venir de la propia Corte Constitucional , sea por obstaculizar la gestión del presidente Guillermo Lasso durante las próximas semanas o por querer
dejar sin efecto la ‘muerte cruzada’, una medida con amplia aceptación popular y jamás cuestionada —hasta ahora— en sus 15 años de vida constitucional. A gritos, la oposición al Gobierno, los asambleístas electos, los indígenas y las calles, venían pidiendo una transición a la situación política, con un amplio rechazo a todas las instituciones. La oportunidad de cambio democrático ha llegado. A la vez, si no se remedia oportunamente, esta grave crisis política puede llegar a tener un serio impacto en los derechos individuales y principios democráticos. Todos los ecuatorianos debemos trabajar en evitarlo.
Mónica Almeida y Ana Karina López, tienen un valor social enorme. Exponen los hechos, los concatenan y los sistematizan para poder redescubrir en perspectiva una historia que vivimos y compartimos como sociedad, pero que, a ritmo de tuits y propaganda, se ha vuelto difusa.
Mientras muchos sostienen que se debe virar la página y dejar de obsesionarse por Correa y su legado, Mónica Almeida y Ana Karina nos dicen algo muy distinto: si no tomamos conciencia de lo que vivimos, si no ordenamos los hechos y miramos de frente lo
Unainiciativa que año a año viene desarrollando Girándula, a pesar de las dificultades, tiene que ver con
la promoción de la lectura entre los pequeños, a fin de estimular a los nuevos lectores, entusiasmarlos con los relatos fantásticos o que también recogen historias reales, relatadas en la mayoría de los casos por sus propios autores.
En el Itchimbía miles de niños y decenas de autores se dieron cita para adentrarse en el mundo maravilloso de los cuentos, de las historias. Los autores hicieron gala de su capacidad de lectores, entregaron sus mejores talentos, en algunos casos se vistieron para hacer más reales sus narrativas y
conquistar así a públicos variados, no solamente de chiquitos sino también de padres y familiares que se dieron cita en la Maratón del Cuento.
Sin mayores respaldos, quienes hacen Girándula entregaron este regalo maravilloso a la ciudad y a los pequeños, que se sintieron cautivados por las lecturas, pero también por las animaciones que se crearon para volver aún más atractivas las lecturas.
De igual manera los ilustradores, quienes son pieza fundamental en la elaboración de los textos estuvieron presentes, compartiendo algo de la magia que sirve de inspiración a unos y a otros.
El objetivo es noble — ¿qué duda cabe?— y los frutos se los cosechará a futuro, cuando esos niños y jovencitos que participaron en la Maratón se vuelvan adultos que amen los libros, que guarden como parte de sus preciadas memorias algo de lo que absorbieron durante las jornadas lectoras.
A la lectura se llega a través de lo lúdico, que desemboca en el conocimiento, en el hambre de saber más, de aprender más, que es
la verdadera fuente de la sabiduría.
que se hizo durante los 14 años de Revolución Ciudadana, no podemos afrontar las profundas heridas, traumas y problemas del presente.
de egos deformados amplificados en espejos de feria que fue el refugio de Julian Assange durante siete años en la Embajada de Ecuador en Londres.
Pero el legado más negativo de esta historia reciente es que nos convertimos en una sociedad fracturada, poblada por muchas personas incapaces de la autoconciencia y, con ello, de mirar al otro y reconocer su realidad. Una sociedad de ciudadanos incapaces de escuchar, porque para dialogar hace falta reconocerse como parte de un proyecto común de vida.
el esperpéntico juego
Basta con citar dos capítulos de ‘La revolución malograda’ que tienen mucha relación entre sí. En ‘Las FARC y narcotráficos, espectros indomables’ se examina con abundancia de hechos las relaciones que tuvo Correa, Alianza PAIS y buena parte de su entorno con las FARC. En el capítulo llamado ‘Julian Assange, un trofeo envenenado’, las autoras cuentan con lujo de detalles
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023
publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13634
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
MATÍAS DÁVILA @matiasdavilau
Eligen a las nuevas autoridades en la Mancomunidad de Tránsito del Norte
EL DATO
Los directorios de la Mancomunidad de Tránsito y de Movidelnor EP se renuevan cada dos años.
IBARRA. - Tras la posesión ofcial de las autoridades seccionales en cada uno de los cantones de Ecuador, los integrantes de la Mancomunidad de Tránsito del Norte se reunieron para elegir a sus nuevas autoridades.
La primera sesión con los alcaldes se dio en el Sindicato de Choferes de Imbabura, ubicado en la ciudad de Ibarra. Acudieron 12 de los 15 burgomaestres de los cantones que integran la Mancomunidad.
El organismo, creado en 2015 por 15 municipios de Imbabura, Carchi, Esmeraldas y norte de Pichincha, a través de una empresa pública (Movidelnor EP), se encarga de la gestión de las competencias de tránsito, transporte y seguridad vial de los cantones integrantes, entre ellas la
formación y administración del trabajo de los agentes civiles de tránsito, procesos de señalización vial, semaforización, matriculación y revisión vehicular.
empresa pública Movidelnor, que nace de la Mancomunidad de Tránsito del Norte, en la cual también se designó a un nuevo gerente general.
Para este directorio, que también lo preside Raúl Lucero , se designó a
MINUTERO
Exprefecto acusado de corrupción
° La Fiscalía formuló cargos contra
Diego García, exprefecto de Imbabura entre 2009 y 2014 por la Revolución Ciudadana, por su presunta participación en el delito de peculado. Desde el 15 de mayo de 2023, la Corte Provincial de Justicia de Imbabura dispuso contra García medidas alternativas a la prisión preventiva, entre ellas la presentación una vez por semana, prohibición de salida del país y prohibición de enajenar un bien inmueble; y, la retención de sus cuentas. Según la Fiscalía, García habría perjudicado al Estado en alrededor de $180.000, con la contratación de guardias para su domicilio con partidas de la Prefectura de Imbabura. (Clic aquí para ampliar la información)
FUNCIONARIOS. Michael
(i) es el nuevo gerente de Movidelnor y Raúl Lucero (d) es el presidente del directorio, así como de la Mancomunidad de Tránsito del Norte.
Elección de Presidente
En el proceso de votación, 11 de los 12 alcaldes presentes (sin votos en contra), respaldaron con su voto a Raúl Lucero , alcalde del cantón Montúfar, provincia de Carchi, para que sea presidente de la Mancomunidad de Tránsito del Norte.
Álvaro Castillo (alcalde de Ibarra - Imbabura), Fausto Ruiz (alcalde de Mira - Carchi), Jomar Cevallos (alcalde de Cotacachi - Imbabura) y Verónica Sánchez (alcaldesa de Pedro Moncayo - Pichincha).
E
Escobar (alcalde de Antonio Ante - Imbabura), Jairo Huera (alcalde San Pedro de Huaca - Carchi), Arnaldo Cuacés (alcalde de EspejoCarchi), Alí Corozo (alcalde de Eloy Alfaro - Esmeraldas), Adís Solís (alcalde de San Lorenzo - Esmeraldas) y Óscar Narváez (alcalde de Pimampiro - Imbabura).
ste último directorio fue el que eligió al nuevo gerente general de Movidelnor, en reemplazo de Luis Fernando Ruiz, quien estuvo en el cargo desde 2021.
El resto del directorio quedó integrado por Joffre Quintero Bolaños (alcalde de Río Verde - Esmeraldas), Jorge Manrique Alomía (alcalde de Urcuquí - Imbabura),
Directorio de empresa
Así, el nuevo gerente general subrogante, desde este 17 de mayo de 2023, es Michael Jiménez Borja, quien tiene más de siete años de experiencia laboral en la Mancomunidad de Tránsito. Economista de profesión, también posee una
César
Sesión inaugural del Concejo de Cotacachi
° La
ambién se eligió a los funcionarios que presidirán el directorio de la
T
maestría en Gestión de Transporte, mención
Tráfco, Movilidad y Seguridad Vial. (FV)
sesión inaugural del Concejo Municipal de Cotacachi y la posesión de las nuevas autoridades del cantón para el periodo 2023-2027, se desarrollará este 18 de mayo de 2023 en el coliseo de la Unidad Educativa Luis Ulpiano de la Torre, a las 15:00. El acto marcará el inicio la segunda alcaldía de Jomar Cevallos, quien acompañado de su equipo de trabajo llegó hasta las instalaciones de la municipalidad el 15 de mayo para asumir funciones, donde lo esperaban representantes de la Unorcac, para a través de un ritual augurar los mejores éxitos en las funciones que asume.
(Clic aquí para leer la noticia completa)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK NORTE 03 QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 I
ELECCIONES. Estos cinco alcaldes conforman el directorio de Movidelnor, empresa pública que rige el tránsito en 15 municipios.
El organismo congrega a 15 cantones del norte de Ecuador, con una empresa pública que rige y norma el tránsito en cada uno de ellos.
Jiménez Borja
Así justifica Lasso la ruptura del equilibrio democrático
dos demandas de inconstitucionalidad. La primera de Pachakutik, liderada por la exlegisladora Mireya Pazmiño. Ellos consideran que no hay motivos para decretar la muerte cruzada.
“Está
instrumentalizando esta fgura para evitar un proceso de control pol í
tico que aplica la Asamblea Nacional”, dice el escrito, que pide que se suspenda provisionalmente el Decreto 741.
La segunda es del socialcristiano
El
Decreto de muerte cruzada elimina la Asamblea Nacional, durante seis meses.
Hay dos demandas de inconstitucionalidad impulsadas por sus opositores.
La mano extendida no fue aceptada por la Asamblea. El presidente Guillermo Lasso, en su defensa del juicio político en la Asamblea, les dijo a sus detractores que todavía había tiempo.
“Depongamos nuestras legítimas diferencias para trabajar juntos en contra de las mafas que atentan contra la seguridad de todos y dividen a los ecuatorianos. Todavía estamos a tiempo. Eso sí: es salir de este infundado proceso”, ofreció en el Pleno de la Asamblea.
Pero ese llamado no fue atendido. Este Diario supo que luego de su intervención contarían los votos en la Presidencia: 47 legisladores que voten para impedir la destitución.
En el Gobierno prefieren evitar decir si tenían o no los votos. En la Asamblea defe-
nestrada tampoco había certezas.
En la madrugada de este 17 de mayo de 2023, el Presidente y su equipo, reunidos en Carondelet, definieron ir a la muerte cruzada. Esto es disolver la Asamblea para ir a elecciones presidenciales y legislativas. Dentro de seis meses el país tendrá nuevas autoridades.
El sábado 20 de mayo estaba previsto que se realice la votación por el juicio político que, según el propio Lasso, ya era ilegal, entre otras cosas, por la falta de un informe motivado de la Comisión de Fiscalización.
Las justificaciones
La cadena nacional, emitida a las 07:00 de este 17 de mayo, fue grabada en la madrugada,
aseguraron fuentes de Carondelet. “Ecuador tiene la necesidad de un nuevo pacto político y social, que le permita salir de la grave crisis política en la que se encuentra.
Debemos avanzar a una solución que ofrezca esperanza de un porvenir de mejores días”, dijo Lasso.
Y ofreció algunos de los justificativos que están en el Decreto 741. Pero no todos. En el documento ofcial se expone que lo hizo por grave crisis política y conmoción interna, tal como lo determina el artículo 148 de la Constitución.
¿Los argumentos? Constante confrontación con el Legislativo, 14 juicios políticos (5 a ministros y secretarios), 1.300 pedidos de información. También
falta de legitimidad de la Asamblea, según encuestas. Dos pedidos
de destitución en su contra y dos pedidos de revocatoria de mandato Tres leyes muy importantes, económicas, de gestión y seguridad, bloqueadas.
Esteban Torres y Yesenia Guamaní, de Izquierda Democrática. Ellos creen que apelar a los intentos de destitución realizados desde la Asamblea es una “teoría conspirativa que pretende desconocer una vez m á
s los procesos de fiscalizaci ó n y control pol í
Asimismo, un
juicio político sin informe de Fiscalización y con pruebas introducidas ilegalmente. Y, finalmente, según el Decreto, conmoción interna por “el estado de alarma en la ciudadanía”, debido al llamado a las calles de los opositores. La consigna era: Lasso se va porque se va. El temor del Presidente fue que se repita lo de octubre de 2019 o junio de 2022.
Lasso, la tarde de ayer, se reunió con el cuerpo diplomático para justifcar la medida.
Demandas de opositores
La Corte Constitucional recibió
tico efectuados por la Asamblea”. Recuerdan, al igual que Pazmiño, que Lasso quiere evitar el juicio político. Y también piden la suspensión inmediata del Decreto.
“Vivimos un estado de Derecho, cualquier grupo político tiene pleno derecho a presentar cualquier reclamo e impugnación ante la Corte. Esta será la que determine su constitucionalidad o no. Ahora el Decreto está plenamente vigente”, dijo el ministro de Gobierno, Henry Cucalón. (DLH)
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 04 I QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023
ANUNCIO. El presidente Guillermo Lasso (c) junto a sus colaboradores, anunció la muerte cruzada.
¿Por qué fue decretada por Lasso?
La decisión se produce en medio del juicio político en su contra por presunta malversación de fondos públicos, el cual podría resultar en su destitución
El presidente Guillermo Lasso decretó este recurso con el que disolvió la Asamblea Nacional (AN, Parlamento), de mayoría opositora
Muerte cruzada Mecanismo constitucional que permite al jefe de Estado disolver la Asamblea Nacional
Obliga a convocar nuevas elecciones legislativas y presidenciales en los siguientes 6 meses, durante los cuales Lasso gobernará mediante decretos
¿Cuándo puede decretarse?
Si los legisladores obstaculizan la capacidad para gobernar del presidente Si existe grave crisis política y conmoción interna
Si el poder legislativo se arroga funciones que no le corresponden
‘Artículo inaplicable’
El expresidente de la Asamblea Nacional (Parlamento) de Ecuador
Virgilio Saquicela exigió un pronunciamiento urgente de la Corte Constitucional sobre la "muerte cruzada" aplicada por el presidente Guillermo Lasso, que disolvió el Legislativo y llamó a elecciones anticipadas. Indicó que el fallo del Constitucional es fundamental, toda vez que la aplicación por parte de Lasso del artículo 148 de la carta magna, conocido como "muerte cruzada", sería inaplicable.
¿Por qué se llama "muerte cruzada"?
Por el riesgo de perder el poder en los nuevos comicios, lo que algunos llaman un "suicidio político"; así las cosas, presidente y AN salen perjudicadas
Origen
Se introdujo en la Constitución de 2008 durante el Gobierno del socialista Rafael Correa y nunca antes se había aplicado
Ecuador vive una crisis social y política, marcada por la inseguridad, la corrupción y el empeoramiento de los servicios públicos, entre otras problemáticas
Escenario anunciado
El escenario de la "muerte cruzada" que implica la disolución de la Asamblea y el adelanto de elecciones generales rondaba el panorama político de Ecuador desde hacía un año.
Demanda de inconstitucionalidad
Para la Izquierda Democrática, Pachakutik y PSC no existe "grave crisis política y conmoción interna" y consideraron ilegítimo aplicar la "muerte cruzada" para evitar una probable destitución, por lo que han presentado una demanda de inconstitucionalidad a la Corte Constitucional.
Los correistas podrían salir ganando El actual escenario los favorecería, porque podrían retomar el poder en un contexto generalizado de descontento social
Conaie habla de autogolpe
El presidente de la Conaie, Leonidas Iza, calificó como "un autogolpe de Estado encubierto, apoyado por botas y bayonetas" la declaración de "muerte cruzada".
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Agencia EFE
¿Qué es la "muerte cruzada"?
CORREA
QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 I POLÍTICA 05
CNE convocará a elecciones generales el 24 de mayo
El presidente de la República, Guillermo Lasso, no tiene ningún impedimento legal para candidatizarse, dice Diana Atamaint.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) acata la disposición emitida en el Decreto Ejecutivo 741 suscrito por el presidente Guillermo Lasso, y el próximo 24 de mayo de
2023 convocará a elecciones generales para elegir Presidente y Vicepresidente de la República y 137 asambleístas.
La convocatoria se realizó luego que, con el decreto presidencial, Lasso aplicó la fgura constitucional de la “muerte cruzada” y disolvió el Parlamento.
Desde hoy, jueves 18 de mayo, en la Función Electoral empezó a correr el plazo de siete días para la convocatoria a elecciones, aunque por el momento sus autoridades preferen no calcular
Virgilio Saquicela exige que la Corte Constitucional se pronuncie
° El proceso electoral que organiza el CNE podría quedar insubsistente ante la eventualidad de que los jueces de la Corte Constitucional. (CC) admitan a trámite las demandas de inconstitucionalidad a la aplicación del decreto que fueron presentadas en el transcurso de este 17 de mayo de 2023 por el Partido Social Cristiano (PSC) y una a título personal que fue remitida por Virgilio Saquicela, expresidente del Parlamento. El extitular de la Asamblea consideró que un pronunciamiento de la Corte podría suspender el proceso, así sea posterior. “Pero creo que el CNE tendrá que cumplir lo que dispone la Constitución y en siete días pronunciarse sobre un calendario, pero nosotros exigimos un pronunciamiento de la Corte; tiene que pronunciarse entre mañana (hoy) y pasado mañana y hacer respetar el estado de derecho y el sistema constitucional. Si la Corte dictamina la constitucionalidad del decreto habría atentado contra el estado de derecho ”, afirmó Saquicela.
el monto que se requerirá al Ministerio de Finanzas para organizar el proceso.
Diana Atamaint, presidenta del CNE, junto a los vocales del organismo de sufragio y los jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), dijo que, al ser un proceso inédito, la dirección nacional jurídica del Consejo Electoral analiza temas que deben adaptarse al procedimiento. “Vamos a elaborar un reglamento; queremos ser muy prudentes y tratarlos con responsabilidad; (sobre) temas tan sensibles como aquellos. Nosotros nos dirigiremos al país y a las organizaciones políticas para informar cómo serían las condiciones, pero siempre tomaremos la decisión apegados a la Ley y a la Constitución”, aseguró.
Atamaint dio esta explicación ante una pregunta sobre la situación de los
asambleístas que no culminaron el actual periodo legislativo y que ahora forman parte de una Asamblea disuelta, ¿podrán candidatizarse para participar
EL DATO
El artículo 148 de la Constitución establece que, tras la disolución de la Asamblea, el CNE tiene un plazo máximo de 7 días para convocar a elecciones anticipadas presidenciales y legislativas.
en las elecciones que se avecinan?
Mientras tanto, aclaró que el presidente de la República, Guillermo Lasso, no tiene ningún impedimento legal para candidatizarse.
Después de la convocatoria a elecciones vendrá un periodo de 90 días; plazo en el que las organizaciones políticas deberán realizar elecciones primarias (internas) para elegir sus candidatos a la Presidencia de la República, para asambleístas nacionales, provinciales
y del exterior. Posteriormente arrancará la etapa de inscripción de candidaturas, calificación de postulaciones, debates electorales, campaña electoral, entre otras fases previstas en el calendario electoral.
¿Segunda vuelta?
En el plazo de 90 días no está considerado el tiempo para una eventual segunda vuelta electoral. En caso de que haya necesidad de un balotaje, se deberán analizar “espacios” para cumplir con esa etapa. En todo caso, la presidenta del CNE calcula que la segunda vuelta será inmediata.
En el CNE también se analiza si las elecciones generales se realizarán a la par con los nuevos comicios que fueron convocados en la parroquia Calacalí, y con las consultas populares sobre el Yasuní
y el Chocó Andino, o si se desarrollan por separado. (SC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 06 I QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023
AUTORIDADES. Diana Atamaint, presidenta del CNE junto a los vocales, y jueces del Tribunal Contencioso Electoral
Decretos de urgencia económica pueden dinamizar la economía
Las reformas económicas que se propongan desde el Gobierno de Guillermo Lasso pueden darle más apoyo popular y calmar las aguas del ambiente político.
Empleo y facilidades a los emprendedores están en primera línea.
La economía será un eje central del periodo de transición que inició con el decreto de muerte cruzada. El Gobierno de Guillermo Lasso tendrá seis meses hasta que se posicionen las nuevas autoridades ejecutivas y legislativas.
En los decretos ley de urgencia económica que se emitan durante ese tiempo está la oportunidad de hacer cambios necesarios para el empleo y la inversión en el país.
El primer paso en esa línea se dio con el decreto de la nueva reforma tributaria, que busca reducir el pago del impuesto a la renta de las familias de clase media; además de simplifcar el Régimen de Negocios Populares y Microempresa (Rimpe).
El ministro de Economía, Pablo Arosemena, confirmó que hay otros proyectos en carpeta, comenzando por una reducción adicional de impuestos para los emprendedores.
“
Estamos trabajando por bajar impuestos a los pequeños emprendedores que son el sector más grande del Ecuador. Vamos a seguir en la línea de poner plata en el bolsillo de la familia ecuatoriana, especialmente de la clase media y microemprendedores”, dijo.
LA HORA consultó al Ministerio de Economía más detalles sobre el tema, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.
Sin embargo, la apuesta del Gobierno sería en la línea de establecer incentivos y facilidades para los emprendedores (micro y pequeños) que generen empleo.
Desde el Instituto Ecuatoriano de Economía Política (IEEP) se proponen “estímulos que limiten la carga tributaria
Campos de acción
Además de las reformas para darle mayor alivio tributario a los emprendedores y para facilitar la generación de empleo formal, el Gobierno también tiene campo para actuar en los siguientes temas:
1 Se puede concretar, vía decreto, el nuevo reglamento para simplificar, reducir los tiempos y fomentar las Alianzas Público-Privadas (APP).
2 Reducir pasos ineficientes y tramitologías en los procesos de contratación pública.
3 Impulsar y facilitar los regímenes de zonas francas.
4 Reducir trabas burocráticas y eliminar aranceles distorsivos para la producción.
e incentiven las inversiones en investigación y desarrollo”.
Además, también se debería incluir
la eliminación de la mayor cantidad de impuestos distorsivos como los de herencias y donaciones que difcultan la continuidad de las empresas y la acumulación de capital.
Asimismo, se puede avanzar en simplifcar las normativas
DATOS
Todos los decretos ley de urgencia económica deben pasar por la revisión y el dictamen favorable de la Corte Constitucional.
El ministro de Producción, Julio José Prado, dijo que parte de la estrategia económica será pedir la aprobación directa de la Corte Constitucional sobre los acuerdos comerciales con Costa Rica y China.
Haremos en seis meses lo que estaba planificado para dos años”.
laciones Internacionales en Universidad Internacional del Ecuador, dijo que Lasso ya no tiene la excusa de que la Asamblea bloquea sus iniciativas.
“
para la
entrada de inversión extranjera en sectores como el bancario, lo que abonaría el camino para tener más crédito a mediano y largo plazos.
En días pasados, Arosemena reconoció que la nueva reforma tributaria no se presentó antes porque se tenía la camisa de fuerza del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Reforma laboral
“Tenemos, junto a otras dependencias públicas, proyectos de ley que serán emitidos mediante decreto ejecutivo. Todos con un hilo conductor de reactivar la economía”, aseguró el Ministro de Economía.
Luego de dar alivio tributario a los emprendedores, otra de las prioridades es lograr una reforma laboral concreta y simple.
El ministro de Trabajo, Patricio Donoso, dijo que la ley implicará “mejores opciones” para las personas que no tienen trabajo. “Hay que empezar a preocuparnos
por desempleados e informales”, añadió.
En otras palabras, se apunta a establecer
esquemas fexibles para diferentes realidades y actividades económicas.
Ider Salgado, presidente de SD abogados, aseveró que vía decreto se pueden reemplazar otros decretos obsoletos como el 2393. Esto reduciría la tramitología en los requisitos que deben cumplir los negocios formales.
Asimismo, se puede ampliar el campo de acción del contrato por giro de negocio. Con esto serán aplicables varias modalidades de contratación emitidas durante el Gobierno de Moreno.
Crisis y capital político
Aunque los inversionistas internacionales reaccionaron con temor ante la muerte cruzada y el precio de los bonos ecuatorianos se desplomó , existen visiones que no descartan que el Gobierno pueda capitalizar la coyuntura a su favor.
Arturo Moscoso Moreno, director de la Escuela de Re-
Es una oportunidad enorme, por una parte, de recuperar capital político; y, por otra parte, empezar a preocuparse de los temas que la ciudadanía más demanda. Se debe actuar de una forma más rápida y efectiva, que cause efectos inmediatos en las percepciones de la población acerca del Gobierno”, dijo. Para eso, los decretos ley, de acuerdo con Ramón Casas, economista y consultor internacional, deben ser muy cortos, directos y específcos “Actualmente los inversionistas están asustados por la posibilidad de que regrese el populismo, sobre todo el correísta, pero si Lasso juega bien sus fchas, la situación puede cambiar. A priori, las proyecciones apuntan a que el riesgo país siga creciendo y no se ven muchas opciones de refote de Lasso, pero todo dependerá de cómo actúe el Gobierno en los próximos meses”, aclaró.
María Paz-Jervis, presidenta ejecutiva de la Cámara de Industrias y Producción (CIP), afrmó que la prioridad debe ser combatir los problemas de falta de empleo de calidad, sobre todo para mujeres y jóvenes. (JS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
GESTIÓN. El presidente Guillermo Lasso, el ministro de Economía Pablo Arosemena y el director del SRI, Francisco Briones, comandan los cambios económicos.
PABLO AROSEMENA, MINISTRO DE ECONOMÍA
ECONOMÍA 07 QUITO | JUEVES 18/MAYO/2022 I
El movimiento indígena dividido ante la muerte cruzada
El excandidato presidencial Yaku Pérez llamó a la creación de un tercer frente que sea alternativa al “correísmo y el lassismo”. Mientras la Conaie no llamó a paro nacional.
ral, el puntualizó que no tiene ninguna obsesión por ser candidato a la Presidencia. “Esto no lo resuelvo a título individual, es una decisión colectiva”.
Continuar el juicio político
Por su parte, el presidente de la Confederación de Nacionalidades del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza,
Acotó que la organización seguirá luchando en todos los escenarios, aunque precisó que en la actual coyuntura, con la activación del decreto para el combate del terrorismo, debe realizarse con precaución. “No quieran confundir nuestra lucha, con la lucha contra los grupos terroristas”, advirtió.
Iza exigió a los asambleístas “avanzar en el proceso del juicio político”. Indicando que el Presidente Guillermo Lasso, lidera un “desgobierno”.
Pachakutik en territorio Los asambleístas de Pachakutik, liderados por su coordinador Nacional, Marlon Santi, manifestaron su rechazo a la medida de la disolución de la Asamblea Nacional, indicando que debe existir un contrapeso en la democracia que permita que el Ejecutivo sea controlado por el Legislativo. Durante una rueda de prensa,
Santi destacó que los parlamentarios del movimiento se mantendrán en las calles junto a las comunidades, para rechazar las políticas que el primer
mandatario pueda ejecutar a través de los decretos.
La
activación de la muerte cruzada toma a los movimientos indígenas en una posición complicada. Mientras la Conaie y Pachakutik terminan de resolver sus diferencias internas, la Feine y el excandidato presidencial Yaku Pérez ven en la medida una oportunidad de cambio.
El excandidato presidencial y líder del Movimiento Somos
Agua y Democracia Sí, Yaku Pérez, destacó que la muerte cruzada es una alternativa viable para poner fn a un Gobierno “incapaz”.
“Creo que no hay que celebrar la muerte cruzada, pero frente a la indolencia, la insensibilidad y la incompetencia que representa el Gobierno de Lasso, creo que valió la pena”, puntualizó.
Llamado a la paz
Pérez hizo un llamado a la dirigencia política del país para asumir con responsabilidad el desarrollo de un frente alternativo en los próximos comicios presidenciales y legislativos.
Para el excandidato presidencial,
es fundamental la construcción de un “frente super amplio” que tenga la capacidad de hacer frente a la grave crisis que afecta al país en
los ámbitos económico, social, ambiental, de seguridad ciudadana y ético
‘Tercera vía’ Pérez considera que la tercera vía debe partir de todos los sectores que integran al país, pero puso como limitante que
la Justicia.
“Tiene que ser una minga nacional inclusiva, no excluir a nadie, excepto a los que cometieron o hicieron del Ecuador una tragedia, es decir, el lassismo, la derecha, el correísmo
y la gente que tiene deudas con el país y sobre todo con la Justicia”, apuntó.
Para Pérez esta nueva alternativa debe construirse con el trabajo de sectores de la izquierda hacia el centro. “Esta tercera vía tiene que ser la opción preferencial de los humildes, de los honestos, de la ciudadanía que necesita una respuesta frente al desempleo, la inseguridad y el abandono”, recalcó.
mostró su rechazo a la decisión presidencial de decretar la muerte cruzada y solicitó a los asambleístas seguir avanzando en el desarrollo del juicio político Iza se mostró cauteloso durante su pronunciamiento, indicando que el Consejo Ejecutivo de la Conaie realizará consultas en los cinco niveles de la organización antes de tomar una decisión
sobre las protestas.
El dirigente de la máxima organización indígena del país rechazó además las acusaciones que desde sectores “de la derecha y la oligarquía” se han levantado en contra de la Conaie al responsabilizarla de la violencia. A su juicio, “esta clase política, ha confundido la democracia con la mediocridad”.
Santi califcó la medida de “inconstitucional” e hizo un llamado a todos los sectores del país a participar en un frente unifcado, “para que en caso de que este decreto quede en frme, luchar contra las políticas que venga a hacer el Presidente de la República”.
El excoordinador de la bancada de Pachakutik, Mario Ruiz, pidió al Presidente que respete el principio de “pesos y contrapesos” de la democracia Desde su punto de vista, “
quedarse gobernando a través de decretos- ley, sin el contrapeso de un legislativo que le haga control, es dictadura y eso no podemos aceptarlo jamás”. (ILS)
se la integre con
grupos que han hecho daño al país y que tienen todavía deudas con
° El presidente del Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicas del Ecuador (Feine), Eustaquio Tuala, hizo un llamado a la paz y a la tranquilidad en el país tras la decisión del presidente Lasso de convocar a la muerte cruzada
Tuala fue claro: “no podemos caotizar al país. La muerte cruzada es un mecanismo constitucional”. El dirigente indicó que por el momento queda esperar
Al ser consultado sobre la posibilidad de colocar su nombre en la papeleta electo-
la decisión de la Corte Constitucional ante los posibles pedidos de inconstitucionalidad de la medida. “No hay conmoción social, pero sí crisis política”, dijo. Agregó que es importante que tanto el presidente Guillermo Lasso, como la Asamblea reconozcan su mala gestión para resolver los problemas de los ecuatorianos. “Queda que la Asamblea acepte y que el Ejecutivo en este momento respete al pueblo y no exista abuso”, precisó Eustaquio Tuala.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 PAÍS 08
CONTRAPESOS. Los asambleístas de Pachakutik rechazaron la medida.
OPORTUNIDAD. Yaku Pérez considera que es una oportunidad para el cambio ante la incapacidad. Foto: Facebook Yaku Pérez
Quito sin amenazas de protestas por ‘muerte cruzada’
Ninguna actividad se ha suspendido. El Ministerio de Educación mantiene las clases y los cierres viales se concentran en la Asamblea Nacional.
En Quito, capital política del país, hubo gran expectativa este 17 de mayo de 2023 por el comportamiento de la ciudadanía, ante el anuncio de la ‘muerte cruzada’, decretada por el presidente de la República, Guillermo Lasso.
Sin embargo, ni ayer, ni hoy –18 de mayo– se han anunciado cambios en sectores como educación, transporte público, recolección de basura u otros.
Clases presenciales
En los colegios privados, cercanos a la Asamblea Nacional, las autoridades decidieron que los estudiantes retornen a sus casas por la incertidumbre de una posible movilización.
Sin embargo, el Ministerio de Educación detalló que las clases presenciales se mantienen en todas las instituciones a escala nacional.
María Brown, ministra de Educación, ratifica que seguirán trabajando con normalidad en las agendas desde cada cartera de Estado.
‘Debe mantenerse la normalidad’
Juan Zapata, ministro del Interior, señala que “el país está en absoluta normalidad y esperemos que así contiLas manifestaciones están avaladas por la Constitución (…) si son pacíficas está bien. Solamente actuaremos si el orden constituido se ve afectado. Hasta el momento no tenemos ni una sola novedad en el país”,
JUAN ZAPATA, MINISTRO DEL INTERIOR.
No hay decreto ejecutivo para un estado de excepción, ni existe restricción de derechos. Todo el país está bajo la normalidad”,
JUAN ZAPATA, MINISTRO DEL INTERIOR.
Precio de bonos de deuda ecuatoriana cae ante la muerte cruzada PAÍS “Lo que más preocupación nos genera es la posibilidad de nuevas protestas” POLÍTICA
PIE DE FOTO. En Quito los cierres viales se concentran en los alrededores de la Asamblea Nacional. nuemos”. También destacó que no tienen amenazas de paralizaciones de servicios.
“Si son pacífcas está bien. Solamente actuaremos si el orden constituido se ve afectado. Hasta el momento no tenemos ni una sola novedad en el país”, destaca Zapata.
Cierres viales
Tan solo el Palacio de Gobierno y la Asamblea Nacional tienen resguardo de la Policía y las Fuerzas Armadas. “Eso es lo que estamos haciendo por un tema de prevención, hasta el momento no hemos tenido ningún inconveniente”
Es por eso que en el Palacio Legislativo (sector El Arbolito) es donde hay cierre vehicular. Según la última actualización de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), las calles cerradas
son:
· Av. 6 de Diciembre y calle
Tarqui, Av. Gran Colombia y calle Piedrahita, Av. Gran Colombia y calle Juan Montalvo, Calle de Ote y calle Yaguachi.
·
Vías alternas: Av. Patria, calle Felipe Borja y av. 10 de
Agosto, av Velasco Ibarra, av. Mariscal Sucre.
· Av. 6 de Diciembre y calle Tarqui.
·
Vías alternas: Av. Patria, calle Felipe Borja y Av. 10 de Agosto
En el transporte de pasajeros no hay paralización del servicio. Sin embargo, en la Ecovía, del 18 al 22 de mayo, se cerrarán las paradas Benalcázar y Galo Plaza, pero por los trabajos de repavimentación.
Alertas
Aunque más de un bloque opositor calificó de inconstitucional la ‘muerte cruzad a’ anunciada por Lasso, ningún sector político habló de realizar movilizaciones o, menos, un paro.
(AVV)
VIOLENCIA En juicio contra Germán Cáceres se reprodujo audio grabado por María
Belén Bernal antes de su muerte
La disolución de la Asamblea es claramente constitucional: Osvaldo Hurtado QUITO María Fernanda Racines es la nueva vicealcaldesa de Quito
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
ECONOMÍA
EN
WEB
lahora.com.ec
LA
Uno de los pronunciamientos más esperados fue el de la Conaie, Leonidas Iza, presidente de la Conaie, dio una rueda de prensa en la que señaló que estarán vigilantes, pero no que llamarán a la movilización. “Nos declaramos en vigilia permanente en defensa de los intereses del pueblo ecuatoriano”, dijo Iza. QUITO 09 QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 I
Ecuador refrenda decisión de disolver Asamblea ante la OEA
WASHINGTON. Ecuador defendió este 16 de mayo de 2023 ante el consejo permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA) la decisión del presidente ecuatoriano, Guillermo Lasso, de decretar la disolución de la Asamblea Nacional y convocar elecciones generales anticipadas en medio de un juicio político en su contra.
“Esta es una decisión democrática, no solo porque es constitucional, sino porque le devuelve al pueblo ecuatoriano el poder de decidir su futuro en las próximas elecciones”, afrmó el representante alterno de Ecuador ante la OEA, Marco Vicente Ponce.
En una sesión ordinaria en la que se discutieron diversos
EL DATO
POSTURA. El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, consideró que no habrá inestabilidad en Ecuador.
temas del día, el representante ecuatoriano solicitó tomar la palabra para leer un comunicado de la Presidencia de su país en el que afrmó que “esta es la mejor decisión posible” y que abre “el camino a recuperar la esperanza, la tranquilidad” y permite al Gobierno “centrar todos sus esfuerzos en atender las necesidades de las familias ecuatorianas”.
Reacciones
La coyuntura que se vive en Ecuador no solo tuvo eco en la OEA, sino que generó reacciones en países como Perú, Chile, México, Bolivia y EE.UU.
Perú, por ejemplo, expresó su respaldo a Ecuador y aseguró que Lasso, ejerció “sus funciones constitucionales” al decretar la disolución del Parlamento y convocar elec-
Chile pide “a todas
° El canciller de Chile, Alberto van Klaveren, aseguró que el Gobierno de Gabriel Boric está siguiendo “con mucha atención” la crisis en Ecuador y pidió “a todas las partes” del país “respetar el orden constitucional”.
“Estamos siguiendo con mucha atención lo que está sucediendo en Ecuador y con mucho respeto. Creemos que debe observarse esta situación con especial cuidado”, dijo el ministro chileno.
ciones generales anticipadas, en medio del juicio político en su contra.
“El Gobierno de Perú reitera su respaldo al proceso democrático en la hermana República del Ecuador”, sostuvo el Ministerio de Relaciones Exteriores peruano.
De su parte, el expresidente de Bolivia Evo Morales cuestionó la “doble moral” del mandatario ecuatoriano por disolver el Parlamento y haber criticado en su momento al peruano Pedro Castillo por hacer, a su juicio, “lo mismo”.
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en cambio, consideró que no habrá inestabilidad política o violencia en Ecuador. “Ojalá y los hermanos ecuatorianos puedan resolver esto, así con este procedimiento, si se va a convocar a nuevas elecciones que participen todas las fuerzas políticas y no creo que haya violen-
cia política”, estimó.
EE.UU. ofrece apoyo Estados Unidos aseguró que su relación con el Gobierno de Ecuador permanece “fuerte” tras la decisión del presidente del país, Guillermo Lasso, de disolver la Asamblea Nacional.
“Nuestra relación bilateral con el Gobierno de Ecuador y con el pueblo ecuatoriano permanece fuerte”, remarcó el portavoz del Departamento de Estado, Vedant Patel.
El portavoz explicó que el Gobierno de Joe Biden está “al tanto” de la decisión de Lasso, ofreció su apoyo a “las instituciones y a los procesos democráticos de Ecuador”, y expresó su respeto “a la voluntad del Gobierno y del pueblo ecuatoriano”.
El vocero de la diplomacia estadounidense agregó que Washington seguirá trabajando con Quito. EFE
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 10 I QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023
La resolución del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, fue seguida y comentada por líderes de la región.
las partes” que respeten el orden constitucional
VOCERO. El canciller de Chile, Alberto van Klaveren, en una fotografía de archivo.
En la sesión de la OEA no participó el representante de Ecuador, Mauricio Montalvo Samaniego, sino el representante alterno.
El peronismo busca candidato presidencial en Argentina
Perú enfrenta el peor brote de dengue
LIMA. El aumento global de temperaturas, la falta de acceso a los servicios de agua y las lluvias e inundaciones agudizadas por el fenómeno de El Niño c ostero han conformado una tormenta perfecta para dar rienda suelta al dengue en Perú, que vive el peor brote de esta enfermedad de su historia más reciente.
Tan solo en los primeros cuatro meses y medio de 2023
La baja de Cristina
la confrmación de ningún candidato presidencial, a pocas semanas del límite para presentar a los precandidatos.
Fernández anunció por sorpresa este 16 de mayo que no será candidata a presidente a través de una larga carta,
BUENOS AIRES. El peronismo, que gobierna Argentina desde 2019, debe desde este 17 de mayo de 2023 ordenar su estrategia electoral después de que la vicepresidenta, Cristina Fernández, confirmara que no será candidata a las elecciones presidenciales del 22 de octubre, en medio del gran descontento social por la crisis económica.
donde criticó a la oposición, a la Justicia y al acuerdo de Argentina con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El peronismo estaba armando un acto el 25 de mayo próximo en el centro de Buenos Aires como escenario del ‘operativo clamor’ para que Fernández se presentara como candidata a presidenta, y sus organizadores igualmente confrmaron que se realizará, pese a la carta de la vicepresidenta.
EL DATO
diciembre, Cristina Fernández fue condenada mes en primera instancia en una causa por corrupción.
actos de la vicepresidenta refejan la difcultad de ganar las elecciones.
Cristina Fernández es la fgura que lograría el voto del llamado núcleo duro del kirchnerismo -entre un 25% y 30% del electorado-, pero las encuestas muestran el “alto rechazo” que despierta en el resto de los votantes que le impediría ganar los comicios.
, los casos confrmados y probables de dengue en el país superan las cifras registradas en todo 2017, que hasta la fecha era considerado el año más devastador, al menos en el siglo XXI, de esta enfermedad endémica causada por la picadura de un mosquito infectado.
Hasta la fecha, las autoridades sanitarias peruanas reportaron 79 muertes y más de 72.000 casos de dengue, la mitad de ellos
VECTOR. El Aedes Aegypti es el responsable de la transmisión de dengue y chikunguña. EFE
confrmados y la otra mitad “probables”.
Estos últimos, según detalló el director del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) del Ministerio de Salud (Minsa), César Munayco, son pacientes sintomáticos o pertenecientes a áreas endémicas de dengue, cuyo diagnóstico no ha sido ratifcado por una prueba. El número real, por tanto, podría ser menor (o mayor), aunque el doctor sostiene que la mayoría de casos “probables” pasan después a confrmarse. EFE
LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL COTALO
PELILEO TUNGURAHUA ECUADOR Cotalo, 17 de mayo del 2023
Señores:
PRESIDENTES DE CLUBES JURIDICOS FILIALES DE LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL COTALO Presente.De mi consideración:
Reciba un atento y cordial saludo, al mismo tiempo realizo la CONVOCATORIA para la asamblea general ordinaria de nuestra liga para elección del nuevo directorio de nuestra institución periodo 2023 2027 cumpliendo con lo que dispone el estatuto, ley del deporte y reglamento sustitutivo artículo 15, en la sede de la institución ubicada en la parroquia Cotalo, coliseo de deportes barrio centro el sábado 3 de junio del 2023 a partir de las 19H00, para tratar el siguiente orden del día:
Orden del día
1.- Constatación del Quorum
2.- Elección y posesión del Directorio de Liga Deportiva Parroquial Cotalo. Por la atención y presencia que se permita dar a la presente me suscribo agradeciéndole su presencia de antemano.
La decisión de la también exmandataria (2007-2015) deja desamparados a sus seguidores, que le insistían que aceptara postularse para un tercer mandato, y a la
Estrategia
coalición ofcialista sin
El escenario
Lo que reconocen sus propios seguidores es que Cristina Fernández es el candidato del peronismo que más votos reúne , pero los
° La economía argentina atraviesa graves desequilibrios macroeconómicos, con una inflación que corría al 108,8% anual en abril pasado y con una pobreza que era del 39,9% a fines de 2022, está fuertemente condicionada por la escasez de divisas, el cierre de los mercados de deuda internacionales y el déficit fiscal y se prevé una caída del 3% del PIB este año.
El presidente Alberto Fernández quedó en un estado de alta debilidad política, por la que también tuvo que desistir de buscar la reelección, aunque jugueteó con la idea.
La exmandataria ya reconoció la difcultad de ganar encabezando una fórmula cuando eligió a Alberto Fernández como candidato a presidente en 2019 y se postuló ella como vicepresidenta.
La jugada electoral fue exitosa, pero
en los últimos tiempos la tensión política ha sido evidente entre ambas cabezas del Ejecutivo , con la vicepresidenta lanzando grandes críticas a la política económica del Gobierno, como si ella no fuera parte del mismo. EFE
Sr. Guido Arcos Sánchez. Srta. Maribel Rodriguez S. PRESIDENTE PROVISIONAL SECRETARIA PROVISIONAL C.I. 180417166-6 C.I. 180338210-8
Nota: caso de no existir el quorum reglamentario la sesión se dará inicio una hora después como estipula la ley.
LIGA DEPORTIVA BARRIAL CONDEZAN
QUISAPINCHA TUNGURAHUA
Condezan, 17 de mayo del 2023
Señores:
PRESIDENTES DEL CLUBES JURIDICOS FILIALES DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL CONDEZAN Presente.De mi consideración:
Reciba un atento y cordial saludo, al mismo tiempo realizo la CONVOCATORIA para la asamblea General Ordinaria de Clubes Filiales de nuestra institución para elección del nuevo Directorio periodo 2023- 2027 de LIGA DEPORTIVA BARRIAL CONDEZAN el sábado 3 de junio del 2023 en la sede de Liga ubicado en la Parroquia Quisapincha Barrio Condezan a partir de las 19H00 con el siguiente:
Orden del día
1.- Constatación del Quorum
2.- Elección y posesión del nuevo directorio de Liga Deportiva Barrial Condezan Por la atención y presencia que se permita dar a la presente me suscribo agradeciéndole su presencia de antemano
Atentamente
Sr. Luis Tóala Iza Sr. Eduardo Nuñez Chadan
PRESIDENTE PROVISIONAL SECRETARIA PROVISIONAL
C.I. 1803049194 C.I. 1803482056
Nota: caso de no existir el quorum reglamentario se dará inicio una hora después con los delegados presentes que hayan presentado su credencial respectiva
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
POLÍTICA. La vicepresidenta de Argentina, Cristina Fernández. EFE
Fernández obliga al movimiento a replantear su estrategia frente a las próximas elecciones.
En
GLOBAL 11 QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 I
Violencia social, principal causa de las muertes violentas en Tungurahua
La Policía explica que tan solo dos muertes violentas en este 2023 tienen que ver con la violencia criminal y seis responden a violencia social.
Seis de las nueve muertes violentas que se han registrado en Tungurahua, en lo que va de este 2023, obedecen a la violencia social, es decir, aquella que sucede en sectores privados o donde la Policía no puede intervenir de manera directa.
Es decir en casas, sitios para festas, reuniones familiares, entre otros, que son de propiedad privada. Según datos de la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Extorsión y Secuestro (Dinased) de Tungurahua, este año, de nueve muertes violentas contabilizadas hasta el momento, más de la mitad se han dado en los espacios antes determinados. Esta cifra es igual a la misma fecha en 2022.
Los casos
Así pues, el comportamiento violento de las personas juega el protagonismo en estos casos. El más reciente sucedió en el barrio Las Marianitas,
Recomendaciones
EL DATO
Danny Cabrera, teniente coronel de Policía y jefe (s) del Distrito Ambato sur aseguró a La Hora que al momento la Policía ha reforzado sus estrategias de seguridad para evitar más hechos violentos en su sector, mismo en el que se registraron los decesos de una mujer y una menor.
sur de Ambato, en el que un hombre acuchilló a su cuñada hasta matarla.
Cerca de 48 horas después, otro crimen se registró en el barrio El Cristal de Picaihua, en el que una menor de 13 años fue estrangulada por su primo el que fue descubierto poco antes de que sepultara su cadáver en el patio de la vivienda de la occisa.
Sebastián Valdiviezo, jefe de la Dinased aseguró que solo dos de los nueve hechos registrados durante este 2023 en esta jurisdicción han sido ejecutados por violencia
° El bienestar emocional está ligado a otros factores, explicó Eduardo Haro, psicólogo clínico.
El profesional sostuvo que los episodios de ira pueden ser controlados con la terapia adecuada sin embargo “este tipo de ayuda que deberían recibir las personas no es algo que el Estado garantice y tampoco es una cultura que como sociedad tengamos, de hecho, se piensa que quien viene al psicólogo es porque está loco o loca y no es así, se trata de salud mental”, puntualizó.
criminal. Otro se dio dentro de la cárcel de Ambato y el resto son casos de violencia social.
Sociedad en riesgo Antonio Muenala, sociólogo y docente universitario aseguró que “vivimos en una sociedad donde las personas buenas, malas, conflictivas, son el caldo de cultivo ante la descarga emocional por diferentes factores”.
“La pobreza, la falta de oportunidades, la inseguridad, la exposición a pantallas que hoy comunican lo que sea, la abundancia de mala información y muchos otros conceptos que se atañen a los constructos sociales y que no es neta responsabilidad del individuo sino de un Estado que no trabaja por brindar las garantías para el buen vivir”, aseguró.
muerte para estas personas es la solución, nos hemos quedado con la frialdad de pensar que incluso podemos tomar justicia por propia mano y lo hacemos, y asimismo, estamos naturalizando la violencia como parte de nuestro entorno social y este es un gravísimo problema”, determinó.
El especialista hizo énfasis en que el hecho de que “Ecuador esté entre los 10 países más violentos de Latinoamérica parece una carta de justifcación del por qué las personas hoy se miden menos a la hora de tener respuestas agresivas”.
EL DATO
De los dos asesinatos cometidos en menos de dos días uno del otro en Ambato, los implicados se encuentran procesados tras ser capturados oportunamente por la Policía.
Muenala sostiene que, en Ecuador, “solo en 2022 se contabilizaron más de 80 mil llamadas de ayuda al 911 a nivel nacional en donde se deriva violencia de todo tipo, aun así, la gente ha llegado a aplaudir la muerte de otra persona el que la Policía abate un delincuente está bien, es parte de su trabajo, pero que de esto se haga celebración ya es muestra de cómo la negligencia estatal ha hecho que, a la falta de seguridad, la
Fenómeno de la violencia
Para Eduardo
Haro, psicólogo clínico, las razones que motivan la violencia en las personas pueden ser genéticas por problemas de salud mental, di scapacidades psíquicas o físicas, hasta un histórico anterior de maltratos en el entorno familiar o la edad misma de la gente.
“Si a esto le sumamos el consumo de licor u otras sustancias la situación se torna complicada, ahora que, en los jóvenes, por ejemplo, también influye el consumo inapropiado de contenidos digitales que distorsionan la realidad de las cosas”, dijo el experto.
Violencia social y violencia criminal
° Para Marco Enríquez, coronel de Policía y jefe de Subzona Tungurahua (s) la violencia social es aquella en la que las muertes se han dado en espacios como viviendas, terrenos y otros que son de propiedad privada y donde la Policía no puede intervenir de manera directa o sin la autorización de las autoridades judiciales, mientras que la violencia criminal es la que sucede a partir de hechos delictivos como sicariatos, disputas entre bandas, robos, y otros.
Pero más allá de esto, Haro aseguró que “nueve de cada 10 pacientes que recibo en consulta han referido notar cambios en su comportamiento a raíz de la pandemia, el encierro que generó desesperación, angustia, la muerte de familiares y conocidos, hizo que despertaran trastornos entre los que están los comportamientos iracundos”.
El experto explicó que “esta situación sucede porque si algo nos dejó el COVID-19 es que socialmente pudimos ser tolerantes y hasta valientes detrás de una pantalla, no así en persona, cuando nos guardamos comentarios, opiniones u otras privaciones sociales que pusieron a prueba la paciencia y la falta de manejo de emociones, peor cuando nunca se aprendió cómo hacerlo”, sostuvo. (MAG)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO TUNGURAHUA 12 I QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023
ARCHIVO. En Tungurahua predominan las muertes violentas por violencia social.
A partir de junio se prevé eventos naturales peligrosos
La SNGR hace recomendaciones a los gobiernos municipales de la provincia.
Todos los cantones de Los Ríos están en Alerta Amarilla ante la posible presencia del Fenómeno El Niño a partir del segundo semestre del presente año, así lo confirmó Bolívar Gavilánez, representante de la Secretaría de Gestión de Riesgos y Emergencias en la provincia, SNGR.
Esto, en torno a la resolución que dio a conocer la SNGR en la que señala que 17 provincias del país forman parte de la declaratoria, allí se detalla que el objetivo es la prevención de un sin número de eventos naturales y proteger la integridad de los habitantes.
En el documento también se sugiere a los municipios de las provincias que constan en la lista que desarrollen acciones preparatorias y de respuestas, en coordinación con gobernaciones y otras entidades que tengan competencias con este tipo de situaciones.
De igual forma, recomiendan que se activen las Mesas Técnicas de Trabajo de los Comités de Operaciones de Emergencias (COE) y elaboren los procesos de respuestas, basados en los lineamientos que son remitidos por esta Secretaría de
EL DATO
Eventos adversos naturales podrían aparecer en los meses de junio, julio y agosto.
Estado a los gobiernos municipales desde octubre de 2022.
Entre ellos consta precautelar la vida de las personas, proteger los recursos, infraestructuras, bienes, servicios, y otros que correspondan a sus territorios.
En la ‘Ciudad del Río’ Quevedo es uno de los cantones que ya se prepara para estas advertencias, así lo dijo
Fenómenos naturales
° Caída de ceniza por erupciones de volcanes, creciente y desbordamiento de ríos, lluvias acompañadas de truenos y relámpagos, así como tormentas eléctricas, deslaves, entre otros fenómenos son considerados eventos peligrosos.
Wilson Pérez, representante de la SNGR.
Sin embargo, manifestó que con el ingreso de las nuevas autoridades hay cambio de personal y están empapándose de sus responsabilidades, también se espera la designación del representante del COE que por ahora es el alcalde Alexis Matute. “Si el señor alcalde está muy ocupado con sus funciones,
puede delegar esta responsabilidad a algún concejal con el fin de sentarnos y determinar los protocolos de prevención lo antes posible con otras instituciones de respuesta, pero en Quevedo siempre hemos estado en alerta”, dijo Pérez.
Entre las zonas conside-
radas de riesgo se encuentran la parroquias rurales La Esperanza, y San Carlos; y en el área urbana las parroquias: Venus del Río y 24 de Mayo, que comprende los sectores Puerto López y Cruz María, en estas últimas comunidades se evacuó a varias personas. (LL)
La presencia de mosquitos, producto del agua estancada que se mantiene en varias de las calles de la ciudadela Los Girasoles, cantón Ventanas, está afectando la salud de sus habitantes.
Así lo dieron a conocer los vecinos, también indicaron que cuando llueve el agua ingresa hasta sus viviendas y deben poner a buen recaudo sus enseres. Manifestaron que niños y adultos se
han enfermado de dengue, por lo que piden a las autoridades del cantón que desplieguen personal para que fumiguen la zona. Temen que la situación empeore en los próximos días. (LL)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOS RÍOS 13 QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 I
INVIERNO. Desde la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos se hacen recomendaciones a los gobiernos municipales de Los Ríos.
El dengue ‘hace de las suyas’ en la ciudadela Los Girasoles
MEDIDA. Habitantes de este sector tienen problemas en su salud.
Se conmemora el mes del orgullo GLBTI
Con el apoyo del Consejo Cantonal para la Protección de Derechos se ha organizado una agenda de actividades.
Para conmemorar el mes del orgullo GLBTI, se ha preparado una amplia agenda de actividades que inicia el domingo 21 de mayo y culmina el 24 de junio. Con estos eventos buscan concienciar y sensibilizar a la ciudadanía para eliminar la homofobia.
trabajando en la sensibilización”.
EL DATO
La comunidad GLBTI busca realizar un censo poblacional.
Khaled Varela, vicepresidente de la comunidad, mencionó que trabajan para el buen trato hacia los integrantes del colectivo mediante estadísticas. En la actualidad, el 73 % de las personas sienten homofobia.
Varela sostuvo que hace cuatro años la erradicación de la homofobia había disminuido. “Solo el 47 % de personas eran intolerantes, ahora las cosas han cambiado, creen necesario seguir
Mientras tanto, Carolina Torres indicó que en la provincia solo el 0,1 % de integrantes del colectivo tienen trabajos estables . “Las personas piensan que solo podemos ser estilistas o trabajadoras sexuales, cuando las cosas son diferentes”. Es así que también realizarán ferias gastronómicas para recaudar fondos y ayudar a sus compañeros.
Programación
Empieza con la vigilia por el Día Internacional contra la Lesbo-Homo-Trans-Bifobia, el domingo 21 de mayo, a las 18:00, en el parque de la Juventud.
El 12 de junio serán parte de la conmemoración al
matrimonio igualitario, en el Registro Civil. Otra de las actividades, es el campeonato de la comunidad que se realizará el domingo 18 de junio en la
Cumplen sentencia con trabajo comunitario
250 personas, que cuentan con beneficios penitenciarios y que salieron del Centro de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista luego de cumplir con la mitad de su sentencia y tener buen comportamiento, realizan trabajos comunitarios como parte de su reinserción a la comunidad
El proceso se da mediante capacitaciones previas, con temas enfocados a habilidades blandas, es decir, charlas que están relacionadas con la inteligencia emocional, el pensamiento crítico, liderazgo, la resiliencia o la gestión de cambio.
Héctor Trujillo, director de rehabilitación del CRS, manifestó que luego que se capacitan están listos para
realizar el trabajo comunitario. “Previamente se realiza una inspección para saber qué tipo de herramientas deben llevar y cuántas personas tienen que laborar”.
EL DATO
La Diócesis de Santo Domingo también apoya a un grupo de mujeres privadas de libertad para su rehabilitación y posterior reinserción.
Uno de los espacios en donde ya han prestado los servicios es en la cooperativa Los Alpes, 27 hombres ayudaron a un grupo de mujeres que adecentaban un parque.
Coordinación
Trujillo señaló que este trabajo lo realizan junto con la Defensoría Pública , quienes les prestan un espacio
para las capacitaciones. Además, generan vínculos con otras instituciones para que les ayuden con los materiales que necesitan para el trabajo.
Una de las personas que hace uso del beneficio penitenciario, sostuvo que hace un año salió de prisión y se presenta un día a la semana en la Fiscalía. Mencionó que estos programas son importantes, porque les permite socializar y hacer ver a las personas que no tienen que tenerles miedo. Indicó que se siente bien ayudando a otras personas y espera seguir así porque está construyendo su futu-
cancha sintética del parque lineal Manuel Ramos.
La marcha del orgullo GLBTI cierra la programación el sábado 24 de junio, a las 15:00. La concentración
será en el parque Joaquín Zaracay.
Está previsto la elección de la Reina de la comunidad GLBTI, en la discoteca Nova, a las 20:00. (CT)
SITUACIÓN. Quienes salieron de la cárcel buscan su reinserción.
ro junto con su familia.
En la cárcel existen otros programas de rehabilitación, cerca del 80 % de los privados de libertad se capacitan. Brindan talleres de:
metalmecánica, carpintería y crianza de cerdos. Mientras que otros están estudiando.
En la actualidad existen 980 reos en la cárcel. (CT)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SANTO DOMINGO 14 I QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023
COMUNIDAD. Luchan por sus derechos.
María José Sotomayor dice que llegó a fortalecer la Viceprefectura de Loja
En funciones junto al Prefecto están desde el 15 de mayo, mientras que el 17 fueron posesionados mediante acto. Tiene algunos proyectos.
La actual viceprefecta de Loja, María José Sotomayor, manifestó que en funciones está junto al prefecto, Mario Mancino, desde el pasado lunes 15 de mayo. Durante los primeros tres días en el cargo ha dialogado con los funcionarios de carrera de la institución y ha conocido de cerca, cada uno de los proyectos que lleva adelante la entidad, a favor de los 16 cantones de la provincia . Su compromiso es fortalecer el quehacer institucional, a lo largo de estos cuatro años de administración.
EL DATO
La mayoría de funcionarios estarían con contratos hasta diciembre de 2023, luego de esta fecha podrían hacer cambios, tras una evaluación.
cretas constan las reuniones con el equipo de trabajo, con el resto de personal con miras a seguir trabajando y que las actividades no se paralicen con el ingreso de las nuevas autoridades. Dentro del tema social, continúan los talleres y ayudas, y su propuesta es incrementar esos servicios a lo largo de los 16 cantones y no únicamente quedarse en Saraguro, Catamayo, Loja y otros.
Institución
Según Sotomayor, entre las primeras actividades con -
Hasta el momento no hay mayores cambios, en cuanto a talento humano los puestos de libre remoción han sido cambiados, otros ratificados, mientras que los contratos algunos fenecen recién en diciembre de
2023. “Nosotros vamos a incluir otros campos de apoyo como el deporte, salud y la cultura, pese a no ser nuestras competencias lo haremos con miras de cumplir con lo ofertado en campaña. Las brigadas móviles de cuidado a las mascotas seguirán en la provincia”, dijo.
Respaldo
Los proyectos de los grupos prioritarios como: niños, adultos mayores, personas con discapacidad, entre otros, seguirán con mayor respaldo, pero también incorporarán en esta administración los grupos de danza, banda musical, el deporte en sus diferentes disciplinas, el emprendimiento, las ferias y más actividades en los cantones. Actualmente están en la búsqueda de la conformación de la casa violeta, donde brindarán atención e información a mujeres y a los emprendedores.
Invitó a las autoridades electas y de los diferentes ministerios a trabajar de mane-
ra conjunta y articulada para la solución de los problemas de la ciudadanía en cada una de sus competencias. Su trabajo será de territorio, la idea es conocer de cerca los problemas y darles viabilidad y solución. El personal estará en cada uno de los cantones
recorriendo y analizando las necesidades para poder tomar los correctivos en beneficio de los ciudadanos y no de intereses personales. “Ayer tuvimos nuestro acto de posesión oficial y de manera inmediata seguimos trabajando de manera regular”, agregó.
Alcaldía de Franco Quezada implementa guías ciudadanos
Como “Guías Ciudadanos” se denominan los nuevos funcionarios que ingresaron a laborar en el Municipio de Loja, desde el 15 de mayo, prestando el servicio de guías para los usuarios que lleguen a realizar los trámites en la institución. El horario de trabajo es de lunes a viernes en horas de oficina.
Incorporación
TOME NOTA
Estas personas han recibido capacitación en atención al cliente. A futuro harán un análisis y verán si se implementan más personas.
Ocho son las personas entre hombres y mujeres quienes ingresaron a laborar con esta nueva administración de Franco Quezada. El papel que cumplen es guiar a los usuarios que acuden a la institución a realizar sus diferentes trámites municipales, es decir si alguien llega
de las parroquias rurales y no conoce donde queda: Higiene, Ornato, Umapal, Rentas, Obras Públicas, Riesgos, Asesoría Jurídica, estas personas se encargan de trasladarlos hasta dichos departamentos y ayudarles a procesar su diligencia.
Para conocimiento de la ciudadanía, estas ocho personas están vestidas con uniforme, se les puede distinguir por su camisa blanca con los logos y los colores de la bandera de Loja.
“Esta nueva administración llega con algunos cambios, lo que buscamos es darle una nueva imagen al Municipio, es decir que sea una Alcaldía amigable, corpo -
rativa y moderna. “Desde el 15 incorporamos a los guías ciudadanos, los cuales están en los ingresos del Municipio guiando a la ciudadanía”, dijo Jorge Jaramillo, director de Talento Humano del Municipio de Loja.
Guías
Estas personas tendrían un sueldo de entre 500 y 600 dólares, por ahora pertenecen al departamento de Gestión Documental. La implementación se dio en vista que varios usuarios no conocen las jefaturas y al llegar al Municipio tienen que pasar el tiempo caminando de un lugar a otro y al final no pueden cumplir con su trámite.
“Ellos están en las entradas, en los pasillos y en cada uno de los pisos ayudando al ciudadano a cumplir con su
trámite. “Por ahora son ocho jóvenes, les pedimos a la ciudadanía a que puedan dejarse guiar, y ante cualquier
acto de irrespeto y falta de atención, deben hacer llegar su denuncia para tomar los correctivos”, agregó.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOJA 15 QUITO | JUEVES 18/MAYO/2023 I
VICEPREFECTA. La actual viceprefecta de Loja, María José Sotomayor durante sus primeros días en funciones.
GUIAS. Ocho guías ciudadanos han sido incorporados en la actual administración municipal.
Hallan planeta
de tipo terrestre que podría estar cubierto de volcanes
Científicos de los institutos españoles de Astrofísica de Andalucía (IAA-CSIC) y de Astrofísica de Canarias participaron en el descubrimiento de un planeta de tipo terrestre que podría hallarse cubierto de volcanes, el tercero que se localiza en el entorno de la estrella cercana LP791-18, un minineptuno. EFE
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO JUEVES 18 DE MAYO DE 2023 Ecuador
ACCIÓN DE INCUMPLIMIENTO
tancia de los incumplimientos, toda vez que analizará el cumplimiento o no de la misma, dejando de lado el análisis en torno a las medidas adoptadas por el juez. (Porras y Romero, 2012, pág. 68)
En síntesis, la acción de incumplimiento es una facultad otorgada a la Corte Constitucional que le permite no solo insistir en el cumplimiento de la sentencia, sino disponer las sanciones a la persona que incumple.
Acción de incumplimiento y la normativa ecuatoriana
A fn de comprender la naturaleza jurídica, objeto, legitimado activo y pasivo y de más elementos esenciales de la acción de incumplimiento, a continuación, indicaré el articulado contenido en la normativa ecuatoriana.
Constitución
CONSULTA PENAL
A diferencia de las demás garantías jurisdiccionales contempladas tanto en la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la acción de incumplimiento, no posee artículos establecidos en la norma que permitan determinar los elementos esenciales de la misma, es por ello que, a través de un análisis de estos elementos, así como de la jurisprudencia vinculante emitida por la Corte Constitucional estableceremos cuáles son los mismos.
Acción de incumplimiento en la doctrina
La acción de incumplimiento data de tiempo reciente, por lo cual, no es usual encontrar un amplio análisis doctrinario al respecto, ni un contexto histórico amplio de la misma, no
obstante, existen autores ecuatorianos que han realizado un análisis de la mencionada acción.
En estas líneas, la acción de incumplimiento, es una garantía encaminada a dotar de efcacia la justicia constitucional y de manera secundaria, es una garantía al derecho a la tutela judicial efectiva, que este fn es secundario, parte del supuesto de que es responsabilidad primordial del juez garantizar la tutela judicial efectiva al emitir sentencia. (Porras y Romero, 2012, pág. 64)
De esta manera, observamos que es el juez quien tiene la capacidad y obligación de dictar sentencia y además lograr la ejecución de la misma, en virtud de ello, se observa su estrecha vinculación con el derecho a la tutela judicial efectiva. Es así, que si la acción de incumplimiento procura el cumplimiento de sentencias y dictámenes consti-
tucionales, la Corte Constitucional mediante el conocimiento de esta acción no busca otra cosa sino que garantizar la efcacia de la justicia constitucional.
(Porras y Romero, 2012, pág. 65) Ahora bien, como es la decisión del juez de instancia la que está siendo demandada como incumplida, se evidencia que esta autoridad tiene obligaciones a su cargo, las cuales de manera general serán las de exigir y asegurar el cumplimiento de la sentencia. No obstante, estas obligaciones implican que el juez deba: 1. Dictar una sentencia ejecutable, 2. Dictar las medidas que sean necesarias para su cumplimiento, 3. Informar a la Corte Constitucional el cumplimiento o no de la sentencia.
(Porras y Romero, 2012, pág. 65)
Se concluye entonces, que la Corte Constitucional no es el órgano ejecutor de las sentencias constitucionales sino el órgano sancionatorio de última ins-
La acción de incumplimiento no se encuentra plasmada en el Capítulo tercero de la Constitución de la República de Ecuador, el cual versa sobre las garantías jurisdiccionales, no obstante, la Carta Suprema, en el numeral 9 de su artículo 436 determina que: “La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confera la ley, las siguientes atribuciones: Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.”
Es decir, si bien la Constitución no establece el nombre de “acción de incumplimiento” en su texto o la reconoce dentro del mismo como una garantía constitucional, se observa que en el articulado antes señalado, se ve plasmado a breves rasgos lo que sería el objeto de dicha acción.
El artículo 429 ibídem, señala que: “La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Ejerce jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de Quito.
Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitución serán adop-
RESPUESTA
El artículo 622.6 del COIP, determina que en la sentencia debe contender la condena a reparar integralmente los daños ocasionados por la infracción con la determinación del monto económico que pagará la persona sentenciada a la víctima y demás mecanismos necesarios para la reparación integral, con determinación de las pruebas que hayan servido para la cuantificación de los perjuicios cuando corresponda.
El artículo 628 nos trae las reglas para la reparación integral, indicando además que toda sentencia condenatoria deberá contemplar la reparación integral de la víctima, con la determinación de las medidas por aplicarse, los tiempos de ejecución y las personas o entidades públicas o privadas obligadas a ejecutarlas. De conformidad con la normativa expuesta, entendemos que el artículo 87 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor se encuentra derogado. La jueza o el juez de contravenciones, al momento de emitir la sentencia tienen que determinar la condena a reparar integralmente a la víctima. El artículo 78 del COIP, trae los mecanismos de reparación integral y el 628 ibídem regula que debe observar el juzgador para la implementación de esta institución.
El COIP obliga a la jueza o al juez de contravenciones a determinar en sentencia la reparación integral de la víctima y da las reglas para hacerlo, las mismas que son aplicables para los casos de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com JUEVES, 18 DE MAYO DE 2023 C1
Autora: María José Vega
¿Cómo procede el pago de daños y perjuicios en casos de vulneraciones a los derechos de los consumidores?
tadas por el pleno de la Corte.”
Ello, en concatenación con los numerales 9 (numeral descrito anteriormente) y 1 del artículo 436 del texto normativo antes citado que señala que la Corte Constitucional es: “(…) la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratifcados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.”, lo cual nos otorga luces respecto a quién es el órgano competente para conocer la mencionada acción.
Ley Orgánica de Garantías
Jurisdiccionales y Control
Constitucional
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional contiene cuatro artículos que versan sobre la acción de incumplimiento, los cuales me permitiré transcribir a continuación, con el fn de realizar un análisis de cada uno de ellos:
“Art. 162.- Efectos de las sentencias y dictámenes constitucionales.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.”
“Art. 163.- Incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de incumplimiento ante la Corte Constitucional.
Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la Judicatura, según corresponda.
En los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte Constitucional, se podrá presentar la acción de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma Corte.
Para garantizar su efcacia se podrá solicitar el auxilio de la Policía Nacional.”
“Art. 164.- Trámite.- La acción de incumplimiento de sentencias constitucionales tendrá el siguiente trámite:
1.Podrá presentar esta acción quien se considere afectado siempre que la jueza o juez
que dictó la sentencia no la haya ejecutado en un plazo razonable ocuando considere que no se la ha ejecutado integral o adecuadamente.
2. Cuando se trate del incumplimiento de sentencias expedidas dentro de procesos de garantía judiciales de derechos constitucionales, la jueza o juez competente, a petición de parte, remitirá el expediente a la Corte Constitucional, al cual acompañará un informe debidamente argumentado sobre las razones del incumplimiento suyo o de la autoridad obligada, para lo cual tendrá un término de cinco días desde el momento en que el interesado hizo la solicitud.
3.En caso de que la jueza o juez se rehúse a remitir el expediente y el informe, o lo haga fuera del término establecido en el numeral anterior, el afectado podrá solicitar, directamente a la Corte Constitucional, dentro de los diez días siguientes al vencimiento del término señalado, que ordene a la jueza o juez la remisión del expediente y declare el incumplimiento de la sentencia.
4.En caso de incumplimiento de sentencias y dictámenes de la Corte Constitucional, ésta de oficio o a petición de parte, ejecutará directamente las medidas necesarias para hacer efectiva su decisión.”
“Art. 165.- Efecto de las decisiones de la justicia constitucional en las acciones de incumplimiento de sentencias.- En el trámite de la acción, la Corte Constitucional podrá ejercer todas las facultades que la Constitución, esta Ley y el Código Orgánico de la Función Judicial le atribuyen a los jueces para
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Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000100000434001 Cliente
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la ejecución de sus decisiones, con el objeto de hacer efectiva la sentencia incumplida y lograr la reparación integral de los daños causados a la o el solicitante.”
Una vez transcritos los mismos, es preciso analizar los mismos a fn de responder las siguientes interrogantes:
¿Cuál es el objeto jurídico de la acción de incumplimiento?
Si bien la LOGJCC no establece específicamente su objeto, del análisis del artículo 162 del texto normativo antes señalado y citado en párrafos precedentes, podemos determinar que el mismo, es que se cumpla inmediatamente las sentencias y dictámenes constitucionales emitidos por la autoridad competente. No obstante, el término “inmediato” deberá ser analizado, a la luz del concepto de “plazo razonable”, el cual es introducido en el numeral 1 del artículo 164 ibídem.
¿Quién puede interponer esta acción o quién es el legitimado activo?
El numeral 1 del artículo 164, determina que quien se considere afectado podrá presentar esta acción, no obstante, establece dos requisitos para ello:
• Que quien haya dictado sentencia no la haya ejecutado en un plazo razonable
• Que el dictamen o sentencia no se haya ejecutado integral o adecuadamente.
En este sentido, evidenciamos que el concepto de plazo razonable, juega un rol fundamental, al interponer esta
POR PERDIDA SE ANULA EL CD No. 05101DPV006636-6 A FAVOR DE LUIS PEDRO MELGAR CHAPA DE $ 8,000.00 DE BANCO BOLIVARIANO
ANULACION DE CHEQUE Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 934 al 934 presentado por el girador PROAVIVARTA S.A. Cta Cte No.5085018405 DEL BANCO BOLIVARIANO.
acción, es por ello que a continuación indicaré el concepto del mismo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Caso Genie Lacayo vs Nicaragua, introduce el concepto de plazo razonable, indicando que: “Se trata de un concepto difícil de defnir, pero se pueden invocar para precisar los elementos que ha señalado la Corte Europea de Derechos Humanos (…) a) la complejidad del asunto; b) la actividad procesal del interesado; y c) la conducta de las autoridades judiciales en el caso en concreto” (Rodríguez, s.f., pág. 115)
Es así, que justamente lo que se evaluará al momento de determinar el incumplimiento o no de una sentencia, además de los demás elementos, será si es
que la misma fue ejecutada en el plazo razonable de conformidad a la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado y la conducta de las autoridades judiciales, en este caso, el juez que emitió la respectiva sentencia y resolución.
Cabe recalcar, que este no será el único elemento a ser considerado en el análisis, puesto que una sentencia puede haber sido ejecutada parcialmente en el plazo razonable para el efecto, sin embargo, puede ser que la misma no haya sido ejecutada ocumplida de manera integral oadecuadamente. Piénsese por ejemplo en una medida de reparación integral que no haya sido cumplida o ejecutada.
En consecuencia, ¿Quién es
CLUB DEPORTIVO BASICO BARRIAL “PUMAS DEL VALLE” Resolución Administrativa MD-CZ2-2023-0057 de 9 de Mayo de 2023 Rumiñahui-Sangolqui-Pichincha
CONVOCATORIA
Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Barrial “PUMAS DEL VALLE”, a la asamblea general extraordinaria para la asamblea de elecciones (periodo 2023-2027) que se realizará el día 1 de junio de 2023 a las 19h00.
Lugar: (Sangolqui, Barrio Cashapamba, Calle Ignacio Regalado y Andrés Tigsi) Orden del día:
1.Constatación de Quórum
2.Elección del directorio del Club Deportivo Básico Barrial “ PUMAS DEL VALLE”.4 años
3.Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 2000110000242000
Cliente YANACALLO YANACALLO
MARIAELIZA Cédula de Ciudadanía Nro. 1711314011 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
001-004-3138
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 1439 al 1441 presentado por el girador PROAVIVARTA S.A. Cta Cte No.5085018405 DEL BANCO BOLIVARIANO. 001-005-1742
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 1486 al 1487 presentado por el girador PROAVIVARTA S.A. Cta
Cte No.5085018405 DEL BANCO BOLIVARIANO. 001-005-1742
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque
CHQ 1451 al 1453 presentado por el girador PROAVIVARTA S.A. Cta
Cte No.5085018405 DEL BANCO BOLIVARIANO. 001-005-1742
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 1529 al 1532 presentado por el girador PROAVIVARTA S.A. Cta
Cte No.5085018405 DEL BANCO BOLIVARIANO.
Por haberse extraviado el certifcado de inversión emitido por el Banco Internacional S. A. No. 515673 por el valor de US $ $5000 con vencimiento al 15-06-2023, se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre este certifcado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 días contados desde la última publicación de este aviso.
00-005-1743
POR PERDIDA SE ANULA EL CD No. 05501DPV0070438 A FAVOR DE FIALLOS CORDOVA HECTOR IVAN DE $ 250,001.00 DE BANCO BOLIVARIANO 001-005-1742
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 1287 al 1288 presentado por el girador PROAVIVARTA S.A. Cta
Cte No.5085018405 DEL BANCO BOLIVARIANO.
001-005-1742
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
001-005-1742
001-005-1742
001-005-1742
ARLEY ALEXANDER PUERRES CEDEÑO LORGIO ANTONIO CEDEÑO DOICELA PRESIDENTE/P. SECRETARIO/P. 001-004-3152
CONVOCATORIA
Al amparo de lo que dispone los artículos Séptimo y Octavo del Estatuto Social de la Compañía y a los artículos 119, 235 y 236 de la Ley de Compañías vigente, se convoca a todos los accionistas y al Señor Comisario Tapia Sandoval Nelson Rolando de la compañía TRASVILLAVEGA S.A. domiciliado en la Parroquia de Yaruqui Barrio Chaupistancia Pasaje Carvajal S/N, a la Junta General Extraordinaria a realizarse el día Lunes 29 de Mayo del 2023, a los 11h00 am, en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Gonzalo Meneses e1-181 y Norberto Salazar, barrio San Blas, parroquia Tumbaco, cantón Quito.
En la cual se tratará el siguiente orden del día.
1. Constatación del Quorum reglamentario e instalación de la junta.
2. Conocimiento y Reglamento sobre las Reformas al estatuto de la compañía.
3. Conocimiento y resolución sobre las Reformas al Reglamento Interno de la compañía.
4. Autorización al representante legal para que proceda con los tramites de aprobación de la reforma de Estatutos.
5. Conocimiento y aprobación sobre los tramites de paradas de la compañía.
6. Lectura y Aprobación de la presente Acta de Junta General Extraordinaria.
La presente convocatoria también se la hará conocer mediante correo electrónico a cada uno de los Señores Accionistas. Atentamente,
CONVOCATORIA
Se convoca a los integrantes del Club Deportivo Especializado Formativo ESGRIMA CIUDAD DE QUITO; a la Asamblea General de Elección del Directorio definitivo, a realizarse el día VIERNES 2 DE JUNIO 2023, en la sede del Club, ubicada en las calles Juan Galarza Oe2-13 y Av. De la Prensa, Rancho San Vicente, barrio La Concepción, de la ciudad de Quito a las 20:00, bajo el siguiente orden del día:
1. Constatación de Quorum.
2. Elección de los integrantes del Directorio.
3. Toma de juramento.
4. Clausura de la Asamblea. Atentamente,
Víctor Delgado Mateo Reascos PRESIDENTE PROVISIONAL SECRETARIO PROVISIONAL
R.DEL E.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENAPROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: LIDIA ELIZABETH CARRASCO ALCIVAR
DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE LUIS MIGUEL LAZO GUAMBUGUETE
JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA
SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA
JUICIO: 15951-2023-00164
CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEN
TRAMITE: ORDINARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora LIDIA ELIZABETH CARRASCO ALCIVAR, Presentó una DEMANDA DE DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEN, cuyo extracto es como sigue:
“…Tena, martes 18 de abril del 2023, a las 11h28. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la documentación adjunta presentados por la compareciente CARRASCO ALCIVAR LIDIA ELIZABETH, como también el acta de juramento constante a fojas 76 de los autos.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenando en providencia de viernes 10 de marzo del 2023,las 08h26.- En lo principal y en base la razón sentada por la señora secretaria de esta Unidad Judicial y al sorteo de ley.- PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y TRAMITE.- Conozco de la demanda de Declaratoria de Unión de Hecho post morten presentada por CARRASCO ALCIVAR LIDIA ELIZABETH en contra de los Herederos Conocidos, Presuntos y Desconocidos de quien en vida fue el señor LAZO GUAMBUGUETE LUIS MIGUEL por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP en concordancia con el artículo 289 ibídem, en consecuencia se la admite a trámite ORDINARIO. SEGUNDO.- CITACIÓN.- A) A LOS DEMANDADOS se los citara: HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS.- Por cuanto la actora ha declarado bajo juramento el desconocer la individualidad y el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos del señor LAZO GUAMBUGUETE LUIS MIGUEL en atención a lo previsto en el artículo 56 COGEP respecto de la citación a través de uno de los medios de comunicación indica que a la persona cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se ordena que se cite a los herederos presuntos y desconocidos del causante, con el contenido de la demanda, anuncio probatorio y este auto de calificación mediante tres publicaciones que deberán ser efectuadas en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional en tres días hábiles y en distintas fechas, esto es en el diario “La Hora”. Transcurridos VEINTE DÍAS desde la última publicación o transmisión del mensaje radial, a los herederos presuntos y desconocidos se les concede el término de TREINTA días para que den contestación a la demanda, propongan excepciones previas y presente sus anuncios probatorios de conformidad con los artículos 151,152 y 153 COGEP, bajo prevenciones de tramitarse la causa en la forma prevista en el número 2 del artículo 87 COGEP para lo cual, la señorita actuaria de la Judicatura deberá conferir el extracto correspondiente, con la demanda. CUARTO. -PRUEBAS. - En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la parte actora, constantes en su escrito de demanda en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte. Prueba Documental adjuntada a la demanda; b) Prueba Testimonial. - Las declaraciones testimoniales de los señores: JORGE ALBERTO MONTAÑO ANDI, LEANDRO PATRICIO DELGADO SALAGATA; ISABEL TERESA ALCIVAR RENDÓN, VANESSA ELIZABETH SILVA LOPEZ. LIZETH CRISTINA FREIRE ERAZO, CESAR GONZALO SOTO MOREANO; TOAPANTA CALERO DENISE JACKELINE; FERNANDO FRANCISCO GREFA GREFA, ANGIE NIKOL ORTIZ ZABALA y NAYELI MISHEL GREFA ANDY se la realizará en su momento procesal oportuno debiendo notificárseles de su comparecencia en los casilleros electrónicos y correos electrónicos señalado por la actora y c) En cuanto a la Prueba Pericial en el momento procesal oportuno se proveerá lo que enderecho corresponda. QUINTO.- RAZÓN ACTUARIAL.- Precluído que sea el término concedido a los demandados, la señorita actuaria de la Judicatura sentará razón respecto si los demandados han comparecido a juicio y han hado contestación a la demanda dentro del término concedido para el efecto.- SEXTO.- AUTORIZACIÓN Y PATROCINIO.- Tómese en cuenta la autorización conferida por la actora a su patrocinadora Dra. Dalia Unda Mena de Hernández, para que le represente en esta instancia.-SEPTIMO.- NOTIFICACIONES.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y correo electrónico, señalado por la compareciente, para recibir futuras notificaciones, Se indica a la señorita secretaria que el extracto se elaborará con el contenido de este auto, la demanda, una vez que se ejecutoriado el presente por el ministerio de ley. Cítese y Notifíquese. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE”. Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
001-004-3130
001-004-3145
Julio Ramiro Vinueza Vega Gerente 001-004-3148
el legitimado pasivo de esta acción o contra quién se interpone la misma?
La LOGJCC no establece un legitimado pasivo en concreto, no obstante, de la lectura de sus articulados se puede determinar que quienes tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional son los jueces, por lo cual si es que no existe esta acción o la misma es defectuosa, se puede interponer la acción de incumplimiento.
En este sentido, se entendería que al existir esta obligación expresa en la ley, el legitimado pasivo es el juez, tribunal (incluso Corte Constitucional), sin embargo, se debe tomar en consideración, que no podría excluirse a la persona que debe cumplir con lo que determina el juez, piénsese por ejemplo en un órgano estatal al que se le haya ordenado el cumplimiento de una medida de reparación integral.
Así, por ejemplo, si es que el juez demuestra que tomó todas las medidas tendientes a la ejecución de la sentencia y que la misma no fue cumplida por causas ajenas al mismo, quedaría exento de responsabilidad osi es que el legitimado activo, determinara este hecho, antes de interponer la acción, la misma no necesariamente debería ser interpuesta en contra del juez.
Es por ello, que el numeral 2 del artículo 164 de la mencionada ley establece que el juez deberá remitir un informe debidamente fundamentado sobre las razones del incumplimiento suyo o de la autoridad obligada.
En este punto, es preciso mencionar que incluso el juez, podría interponer esta acción, como medida para garantizar el cumplimiento de la sentencia o dictamen constitucional.
Sin embargo, por lógica, será también legitimado pasivo la persona obligada a cumplir la sentencia constitucional, cuando el juez haya emitido la misma.
¿Ante quién se interpone la acción de incumplimiento?
El numeral 9 del artículo 436 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que es atribución de la Corte Constitucional del Ecuador conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.
¿Cuál es el alcance y/o naturaleza jurídica de la acción de incumplimiento?
La Corte Constitucional ha ma-
nifestado que “Por medio de la acción de incumplimiento de sentencias o dictámenes constitucionales no es factible un nuevo análisis sobre el fondo del asunto, toda vez que el mismo fue objeto de estudio previamente (…) el ámbito de acción de esta garantía jurisdiccional se circunscribe a la ejecución de aquella sentencia o resolución expedida por el juez competente” (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 074-16-SISCC, Caso 0010-14-IS, 15/11/16, página 23, párrafo 3)
Es decir, la naturaleza de esta acción es que se cumpla la ejecución de la sentencia o dictamen constitucional, para lo cual se valorará si la misma fue ejecutada dentro de un plazo razonable o si es que su cumplimiento fue el adecuado y se lo realizó integralmente.
¿Cuál es la fnalidad de la acción de incumplimiento?
La acción de incumplimiento tiene como fnalidad remediar las consecuencias del incumplimiento de dictámenes constitucionales o sentencias dictadas por los jueces constitucionales, es así, que la Corte Constitucional, en caso de evidenciar el incumplimiento total o parcial de la sentencia o dictamen alegado por el accionante, puede aplicar los mecanismos previstos en la Constitución y ley, hasta que la reparación del derecho sea satisfecha y la autoridad que incumplió el mandato al que estaba obligado sea sancionada. Es además un mecanismo para verifcar que se cumplan las sentencias dictadas por los jueces constitucionales, dando atención al principio de tutela judicial efectiva. (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 004-14-SIS-CC, Caso 0004-12IS)
Jurisprudencia relevante referente a acciones de incumplimiento
Sentencia 042-17-SIS-CC, Caso 0018-12-IS
Detalle del caso
El caso deviene de una acción de incumplimiento de una acción de protección presentada en contra del Director Ejecutivo y del Director Nacional de Recursos Humanos de PROFORESTAL por la terminación de una relación laboral.
Regla jurisprudencial
La importancia de esta sentencia, radica en la Corte Constitucional establece como regla jurisprudencial que “En los casos en que se presenten dos tipos
Juicio No. 17294-2022-00627
UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 16 de mayo del 2023, a las 10h44.
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: MILTON ORLANDO ESPINEL PUGA REPRESENTANTE LEGAL DE IMPORTADORA MUNDO LED ECUADOR.
QUERELLANTE: RAFAEL ANDRÉS CUADRADO VILLACIS
QUERELLADOS: MILTON ORLANDO ESPINEL PUGA REPRESENTANTE LEGAL DE IMPORTADORA MUNDO LED ECUADOR
JUCIO: CONTRAVENCIONES A LA LEY ORGANICA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. CAUSA No. 17294-2022-00627
ABOGADO: Dr. /Ab. JUAN CARLOS TORRES JIMENEZ;
UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- 1.- PRIMERA LOS QUERELLADOS SON: MILTON ORLANDO ESPINEL PUGA REPRESENTANTE LEGAL DE IMPORTADORA MUNDO LED ECUADOR. SEGUNDA.- DETERMINACIÓN DE LA INFRACCIÓN DE QUE SE LE ACUSA.- Al querellado por haber incumplido las obligaciones de servicios ofrecidos y se establezca indemnización por daños y perjuicios.- TERCERA.- RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LA INFRACCIÓN, CON DETERMINACIÓN DEL LUGAR Y LA FECHA EN QUE SE COMETIÓ.- 1.- Con fecha 20 de diciembre compre un televisor marca LG de 50 pulgadas modelo UP77, en la tienda comercial IMPORTADORA MUNDO LED ECUADOR, quien tiene publicidad en mercado libre y redes sociales como Facebook, Instagram donde asegura que sus productos son de buena calidad (...) mi peor experiencia en la compra de estos equipos (...) decidí comprar el televisor el día 20 de diciembre del 2021 (...) solicite al señor Milton Orlando Espinel me devolviera el valor cancelado por el televisor (...) se me informo que el televisor estaba en el técnico que cualquier momento puedo ir a revisar (...)a pesar de 203070539-DFE reiterados nunca se me dio la dirección para ir a retirar (...) no he tenido ningún pronunciamiento del vendedor y representante de la empresa (...). Incorpórese al expediente el oficio No. MDI-VSC-SDMDSM-2023-7935-OF, suscrito por control migratorio. 2.- Agréguese al expediente el escrito presentado por el señor RAFAEL ANDRÉS CUADRADO VILLACIS, de 08 de mayo del 2023 en atención al mismo en lo principal se dispone: Una vez que se ha realizado el trámite correspondiente para realizar la citación y por cuanto, de la oficina de citaciones se ha remitido la certificación de no citación, en virtud de lo expuesto y de conformidad al Artículo 56. 1 del CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS, que indica “...Citación a través de uno de los medios de comunicación. A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: 1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso...”, se dispone: PRIMERO.- El señor RAFAEL ANDRÉS CUADRADO VILLACIS, concurrió a esta Unidad Judicial Penal, el día 24 de abril del 2023, a reconocer firma y rubrica y juramento de su escrito con respecto a la parte en la que indica “...Por lo expuesto, dado que desconozco el paradero del denunciado, así como me es imposible determinar el lugar donde se encuentra el mismo, pues actuando en contra de los principios de buena fe y lealtad procesal el denunciado está ocultando su paradero y domicilio, para NO ser notificado, de conformidad con lo que dispone el Art. 648 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), SOLICITO, se sirva ordenar la CITACIÓN POR LA PRENSA del denunciado...” diligencia que se llevó a cabo en la Unidad Judicial Penal con sede en la parroquia Iñaquito en la fecha señalada.- SEGUNDO: Una vez que se ha dado cumplimiento a la diligencia de reconocimiento de firma y rubrica y juramento por parte del señor RAFAEL ANDRÉS CUADRADO VILLACIS, se dispone CITAR, al señor MILTON ORLANDO ESPINEL PUGA, con el contenido de la denuncia o su parte principal, extracto que será entregado por secretaria, dicha citación se deberá realizara a través de la prensa, esto es, en tres días distintos en un diario de mayor circulación del País, a costas del peticionario, quien una vez que haya dado cumplimiento con lo dispuesto por esta autoridad, remitirá a esta autoridad los diarios de fechas distintas donde conste el extracto de la citación .- Actúe el Luis Huilcapi, en calidad de secretario encargado de esta Unidad Judicial Penal.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.
AB. LUIS HUILCAPI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL PENAL IÑAQUITO
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
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de garantías jurisdiccionales -acción extraordinaria de protección y acción de incumplimiento de sentencias- de forma simultánea ante la Corte Constitucional y que las mismas se encuentren relacionadas con una misma sentencia de garantías jurisdiccionales, el Pleno de la Corte Constitucional deberá priorizar la sustanciación de la acción extraordinaria de protección, de manera que una vez emitida la sentencia que corresponda, se proceda a conocer y sustanciar la acción de incumplimiento que verse sobre el mismo fallo. Esto con el objeto de evitar la emisión de decisiones contradictorias y para efectos de que se establezca inicialmente si el fallo impugnado tanto por acción extraordinaria de protección como por acción de incumplimiento vulnera o no derechos constitucionales, previo a analizar si se ha ejecutado o no integralmente.” (Corte Constitucional del Ecuador, 2017, pág. 49)
Diferencia entre acción de incumplimiento y acción por incumplimiento
Considero pertinente establecer una diferencia entre las dos acciones antes señaladas, debido a que es común confundirlas.
En este sentido, la Corte Constitucional ha manifestado que; “La acción por incumplimiento constituye una garantía jurisdiccional que ha sido creada para proteger derechos constitucionales, en especial, la seguridad jurídica y el principio de legalidad, para lo cual, activa el derecho a reclamar ante la Corte Constitucional el cumplimiento de una norma clara, expresa, exigible, que contenga una obligación de hacer o no hacer, y que conste en nuestro ordenamiento jurídico vigente” (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 013-15-SAN-CC, Caso 0047-13-AN, 21/10/15, pág. 8, párrafo 4)
Por otro lado, la Corte ha señalado que: “El alcance de la acción de incumplimiento no es otro que:… dar protección a los ciudadanos contra eventuales actos violatorios de sus derechos, en los que las autoridades conminadas al cumplimiento de una sentencia dictada en garantías constitucionales, no ha cumplido con lo ordenado, o lo han hecho parcialmente, de tal forma que la reparación realizada no satisfaga la reparación del derecho violado”
En síntesis, la acción por incumplimiento tiene como fn reclamar el cumplimiento de una
norma clara, expresa, exigible nacional o internacional, mientras que la acción de incumplimiento busca reclamar el cumplimiento de una sentencia odictamen que ha sido incumplida o cumplida parcialmente.
Conclusión
La acción de incumplimiento es una garantía jurisdiccional presentada ante la Corte Constitucional del Ecuador, que busca el inmediato cumplimiento de los dictámenes o sentencias constitucionales, en virtud de ello, se entiende que cualquier persona que se considere afectado puede interponer esta acción, en contra del juez que no ejecutó la sentencia o que no adoptó las medidas adecuadas para su cumplimiento, así como en contra de la persona que debía cumplir de manera directa la misma.
Bibliografía
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EXTRACTO
NOTARIA DÉCIMA OCTAVA DEL CANTON QUITO.Cúmpleme de poner en conocimiento que mediante escritura pública celebrada el primero de marzo de dos mil veintitrés 20231701018P01093, ante la suscrita Notaria Décima Octava Doctora Glenda Zapata Silva, los señores MÓNICA PATRICIA GÓMEZ VITERI Y NELSON RENE VIVERO RAMOS procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fue disuelta mediante Sentencia de Divorcio de la Corte del Circuito de Fairfax el 14 de julio del 2003 y cuya inscripción de matrimonio se realizo el veinticinco de julio de 2018 en la Dirección General de Registro Civil Identifcación y Cedulación de la República del Ecuador, se tomó Nota al margen de la partida de matrimonio correspondiente.
Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Ofcial N° 406 de 28 de noviembre de 2006, que a su vez reforma el artículo 18 de la Ley Notarial agregado varios numerales, entre los cuales, el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal.
Pongo en conocimiento del público, mediante una publicación en un diario de circulación nacional el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores MÓNICA PATRICIA GÓMEZ VITERI Y NELSON RENE VIVERO RAMOS por el término de veinte días a contarse desde la fecha de su publicación de este extracto, a fn de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fnes legales correspondientes.
Quito, 3 de mayo del 2023
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
DRA. GLENDA ZAPATA SILVA NOTARIA DECIMA OCTAVA DEL CANTON QUITO
001-004-3147
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITCIÓN JUDICIAL A: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR HÉCTOR HUGO PÉREZ RIVERA
JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA
NRO: 17204-2023-01257
ACTOR: ICIAR LASECA TEJERO
DEMANDADO: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR HÉCTOR HUGO PÉREZ RIVERA
AUTO:
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO
DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, 26 de abril del 2023, las 10h02.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud del sorteo de ley; conforme la Resolución No. 199-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 195, de 05 de marzo de 2014. Agréguense al proceso el escrito que antecede, puesto en mi conocimiento en esta fecha. En lo principal, una vez que se ha cumplido lo ordenado en providencia anterior, la solicitud que precede reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al procedimiento voluntario previsto en el artículo 334, numeral 6, del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). En consecuencia, se dispone: 1) En mérito al juramento rendido por la peticionaria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 en concordancia con el artículo 56 numeral uno del COGEP, cítese por la prensa a los herederos desconocidos del señor HÉCTOR HUGO PÉREZ RIVERA, para el efecto, por Secretaría entréguese el extracto correspondiente.
2) De conformidad con el artículo 335, último inciso, del COGEP, la audiencia se convocará cumplida la citación ordenada en el numeral anterior, y a la que comparecerán las partes en forma personal o a través de procurador (a) judicial debidamente facultado (a) conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 87 del COGEP. 3) Con relación a la prueba anunciada: 3.1 De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la documentación que acompaña a la solicitud; 3.2 De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba testimonial que ofrece para acreditar los hechos. Los testigos llamados a declarar serán notificados de conformidad con el artículo 191 del COGEP, y comparecerán el día y hora de la audiencia, bajo prevenciones legales portando sus documentos de identidad; 3.3 Con relación a la declaración de parte de la señora ICIAR LASECA TEJERO, se receptará vía telemática según lo dispuesto en los artículos 116 y 192 del COGEP, para lo cual, al momento de la convocatoria a la audiencia se indicará el respecto link de enlace.- Fr. Dr. Fabián Espinosa, Juez
Lo que comunico a usted Y LE CITO previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones.
Dr. Edgar Yánez Vaca Secretario
EXTRACTO DE CITACIÓN REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
ACTOR: ACOSTA JARAMILLO ANGELO GEOVANNY
DEMANDADO: VERGARA NAVAS CECILIA ALEXANDRA.
CAUSA No. 17981-2023-00468
ABOGADO: EVELYN YAJAIRA ANDRADE TORRES
CASILLA JUDICIAL N° 0
EXTRACTO DE DEMANDA: “1. Se declare disuelto el vínculo matrimonial entre los señores ACOSTA JARAMILLO ANGELO GEOVANNY, con número de cédula de ciudadanía 1711594216 Y VERGARA NAVAS CECILIA ALEXANDRA, con número de cédula de ciudadanía 1714206685, matrimonio que fue celebrado en el cantón Quito, provincia de Pichincha, registrado en el 15 de mayo de 2009, en el Tomo / Página / Acta: 1 / 21 / 21. 2. Así también se ordenará que se inscrita esta sentencia en el Registro Civil, a fin de que surta los correspondientes efectos legales”.
PROVIDENCIA:
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 28 de abril del 2023, a las 11h43. VISTOS:
El suscrito Ab. Pepe Granda Herrera, nombrado como Juez, mediante Resolución No. 288-2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, con fecha 28 de septiembre del 2015, de conformidad con lo establecido, en los artículos 175, 176, 177 y 178 numeral 3° de la Constitución de la República, artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, artículos 255 y 256 del Código de la Niñez y Adolescencia, y Acción de Personal No. 10861-DP17-2018-MP, de fecha 26 de septiembre del año 2018, avoco conocimiento y soy competente para conocer y resolver la presente causa en calidad de Juez titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Quitumbe, cantón Quito, provincia de Pichincha. En lo principal, se considera que LA DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL, presentada por el señor ANGELO GEOVANNY ACOSTA JARAMILLO, con cédula de ciudadanía No. 171159421-6, en contra de la señora CECILIA ALEXANDRA VERGARA NAVAS, con cédula de ciudadanía No. 171420668-5, contiene los requisitos establecidos en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la acepta a trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO, de conformidad con lo prescrito en los Arts. 332 y 333 del COGEP, consecuentemente SE DISPONE: 1)Que se cite en legal y debida forma a la demandada señora CECILIA ALEXANDRA VERGARA NAVAS, con cédula de ciudadanía No. 171420668-5, con el extracto de la demanda de divorcio por causal presentado por el señor ANGELO GEOVANNY ACOSTA JARAMILLO, con cédula de ciudadanía No. 171159421-6, con el extracto de este auto de sustanciación, en tres fechas distintas, en uno de los medios de comunicación escrita de amplia circulación nacional. Se previene a la demandada la obligación que tiene de comparecer, una vez transcurridos veinte días desde la última publicación contestar la demanda y anunciar prueba en el término de quince días, conforme establece el penúltimo inciso del artículo 56 del COGEP, bajo prevenciones de continuar con el trámite de la causa en rebeldía. El extracto se remitirá con firma digital al correo electrónica del abogado de la parte actora.
2)Se previene al demandada la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y CONTESTAR LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, luego de ser citada, conforme a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía y con las implicaciones que señala la ley. La prueba que anuncie deberá reunir los requisitos señalados en los artículos 160 y 161 del COGEP;
3) PROVEYENDO LA PRUEBA ANUNCIADA POR LA ACTORA. La prueba documental y testimonial anunciada por la actora podrá ser considerada en lo que fuera pertinente, útil y conducente en la audiencia única; 4) La audiencia única conforme lo establece el inciso segundo del numeral 4, del artículo 333 ibídem, deberá efectuarse en los 201988561-DFE términos señalados en dicha norma legal; 5) Las partes presentarán sus escritos directamente en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA ubicada en la Av. Lira Ñan y Av. Otoya Ñan, junto a la Estación de Bomberos y el Distrito de Policía sector Quitumbe. Actúa en calidad de secretaria encargada la Ab. Yadira Marlene Ibujés Quelal, mediante acción de personal No. 02280-DP17-2023-JM., en reemplazo de VACANTE, por el periodo comprendido desde el día 05 de abril del año 2023 hasta el día 05 de julio del año 2023. Por ahorro de papel la notificación se efectúa únicamente de forma electrónica. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F) Pepe Alonso Granda Herrera, Juez
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