Esmeraldas, 28 de Junio 2023

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Esmeraldas

EP PETROECUADOR COMPROMETE 46 MILLONES PARA OBRAS

Este último lunes se llevó a cabo la firma del convenio de cooperación interinstitucional con el gerente general de EP Petroecuador, Ramón Correa Vivanco, con el alcalde del cantón Esmeraldas, que además contó con la presencia del gobernador Frickson Erazo como testigo de honor y de dirigentes de los barrios del sur. 3

GASTRONOMÍA

SOCIEDAD

Máxima alerta en Carondelet por un eventual ‘Súper’ Niño

La pangora, habitante del fondo marino, un deleite al paladar

MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
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EDITORIAL

Desdeel día que nacemos la únicacertezaquetenemos es que en algún momento moriremos. No sabemos cómo, pero sí que definitivamente lo haremos. Pese a ello, es un tema que se evita. Especialmente cuando se presenta como el final del largo camino de la vida. Cuando llega por vejez. Se perfila como ese ocaso plagado de hojas secas, de canas, de arrugas, de dolores articulares y de poca movilidad. Se convierte en un lugar oscuro, al que tenemos que enfrentar. Por eso, el cuidado de los ancianos es una tarea compleja, un trabajo incómodo para los familiares, una carga pesada. ¿Pero qué hay de los sentimientos del adulto mayor? ¿Cómo se afronta el deterioro físico, mental y emocional de las personas?

Quizás es por ello que el jurado del Premio Alfaguara escogió a

‘Cien cuyes’ del peruano Gustavo Rodríguez como la novela ganadora de 2023. Porque, precisamente, el autor se atrevió a confeccionar una trama que ata a la vejez y a la muerte en un nudo indeleble. Lo hace desde la precariedad del cuerpo y la soledad del alma, dos estados que en su combinación resultan en la tormenta perfecta.

Carmen y Jack Harrison, dos de los protagonistas de la obra, pasan por afecciones físicas. Carmen ha quedado imposibilitada tras una cirugía de cadera. Por su parte Jack, con parálisis facial ahoga sus penas en innumerables vasos de Old Parr que le permiten digerir su cruda realidad: la del no retorno.

Una vez que ambos personajes sucumben ante la inevitable trayectoria de sus respectivos estados de salud, toman la irrevocable decisión de ponerle fin al sufrimiento

¿Se puede decidir sobre la muerte? Si el ser humano tiene la potestad de decidir sobre todos los aspectos de su vida, ¿puede también decir hasta cuándo quiere prolongarla? En una emotiva tragicomedia, Gustavo Rodríguez nos lleva a la más profunda reflexión sobre nuestros ancianos. Que hoy pueden ser nuestros abuelos, mañana nuestros padres y en unos años nosotros mismos.

Promesas y nada más

Revisandolas propuestas de gobierno de los candidatos a la Presidencia, nos encontramos con una larga lista de promesas y nada más. Los

‘conocedores’ de los problemas que nos aquejan, prome-

A saltar la chamiza

Gobierno le correspondió la oportunidad histórica de negociar los nuevos contratos de concesión del espectro radioeléctrico con las operadoras móviles privadas . Se trata de un hecho de inmensa trascendencia que, pese al vertiginoso ritmo al que avanza la tecnología en ese campo, se produce apenas cada 15 años. Pese a ello, la convulsión política y la ineficiencia administrativa han impedido que el régimen llegue a definiciones. El tiempo pasa, los plazos estipulados en la negociación siguen venciendo sucesivamente y

no hay acuerdos. Mientras, la ministra de Telecomunicaciones, Vianna Maino, se aferra a un silencio que de tan hermético ya no despierta desconfianza, sino preocupación. En el peor de los escenarios —uno en el que el Gobierno se comporte completamente negligente y las empresas opten por un legalismo inclaudica-

ten combatir la crisis que atraviesa el país Unos

se dedican a recorrer las provincias, muchos quieren parecerse a Nayib Bukele, presidente de El Salvador, y otros se limitan a hacer pasos de baile buscando la viralidad, pero sin explicar lo que harán si llegan al poder.

Lo cierto es que ninguno de los candidatos ha podido explicar con claridad, ni contundencia,

cómo va a disuadir la inseguridad en la que vivimos los ciudadanos todos los días. Ni cómo trabajarán con el posible panorama de una Asamblea Nacional que no

El incómodo silencio de Telecomunicaciones Aeste

el servicio mismo que facilitan las dos operadoras privadas podría suspenderse . En un escenario un poco menos dañino —el de una negociación displicente y apresurada— podría repetirse el mismo error de 2008, cuando, además de una falta de transparencia que despertó suspicacias, la poca previsión derivó en pobres beneficios para el Estado, acuerdos que cayeron pronto en la obsolescencia y un régimen de multas risibles cuyos platos rotos pagó el usuario.

ble—

La quema de la chamiza de la noche del 28 de junio se la hace porque es el día en que la Tierra está más distante del Sol y se enfría. Nuestros indígenas quemaban los restos de las cosechas para tener una noche caliente y contrarrestar esa lejanía con el dios Sol. Además,

al día siguiente se festeja en el santoral católico a dos santos: Pedro y Pablo, que de acuerdo con la historia no compartieron comunidad ni se conocieron, pero que la tradición católica y ortodoxa los vinculó por ser los propagadores del Evangelio en los diferentes puntos de Asia y Europa.

Ahora el país tiene la oportunidad de exorcizar todos esos cuestionamientos y, de paso, prepararse mejor para lidiar con este sector que tanto ha cambiado y con las nuevas tecnologías que se avecinan. Mientras, el silencio gubernamental frente al justificado nerviosismo ciudadano resulta inexplicable y hasta indecoroso.

Y es que las vísperas del 29 de junio, ha sido una tradición no solo rural, sino también urbana, saltar la llama, la chamiza o la fogata. Y como me llamo Pablo, Pedros y Pablos nos reuníamos en el parque de nuestro barrio. Si bien no éramos ni somos unos fervientes católicos, el pretexto de saltar la llama, en la infancia, era poder salir de casa y tener una aventura nocturna por el barrio. En la adolescencia y juventud, la fogata de las vísperas de Pedro y Pablo era el pretexto para tomar unos tragos y lograr que las llamas no se apaguen. Ahora, con mis hijas y mi esposa, buscamos saltar hacia una nueva temporada, como símbolo de lo que vendrá, en espera de mejores días

Las tradiciones son de quienes las viven y las asumen como propias; son ritos vitales cuando se cree en ellos, con la seguridad de saber que no estamos invocando a la suerte, sino que estamos creando lazos afectivos y experiencias de vida con nuestros seres queridos. Saltemos la chamiza, la fogata o como queramos llamarla, pero hagamos de la víspera de San Pedro y San Pablo

una conexión con los que amamos y un recuerdo de los saltos en el tiempo y en los espacios.

Saltemos y zapateemos; brinquemos y bailemos, que nuestra vida es mestiza, con rezagos de indígena, con tintes de religión y con transformación propia para transmitir el júbilo de la vida a las generaciones futuras.

apoye sus propuestas. En lo económico, muchos prometen generación de empleo adecuado y desarrollo sostenible. Otros

dicen que convertirán al Ecuador en un país más competitivo, pero enfocados en el endurecimiento de las políticas tributarias recaudatorias, sin entender que, justamente, los impuestos y aranceles son el ‘ancla’ que nos ata al pasado, a la miseria. Pasemos a lo inclusivo. Todos aseguran que serán inclusivos a nivel social, que

construirán viviendas y las multiplicarán

‘peor que conejos apareándose’.

Solo promesas, nada más, porque explicación financiera o acciones para conseguir los objetivos, eso es lo que no hay.

En cuanto a educación, aseguran

que habrá mucho más acceso para la gente, que aumentarán los cupos. También mantienen ese discurso trillado y

mentiroso de

la educación ‘gratuita’ El momento en el que un profesor recibe un sueldo, ya

nada es gratis.

e interconectado por la tecnología y los idiomas universales.

Finalmente, revisamos otro de los temas de moda, el discurso ambientalista, enfocado en captar el voto joven, pero que no se puede cumplir, porque no tienen un

plan B para generar los recursos que el país necesita. Todos hablan de forma linda y esperanzadora, pero nadie explica

cómo

Nadie menciona a las nuevas carreras acordes a la realidad que se

vive

en un mundo globalizado

lo van a conseguir. Nos drogan de tal forma que unos cuantos sumisos incluso se sienten orgullosos con el remoquete de ‘borregos’ al que hoy rinden tributo.

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII No. 11780 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023
La única certeza es la muerte
JOSÉ ALVEAR @JoseRAlvearC

Alcaldía de Esmeraldas firma convenio con EP Petroecuador

Este último lunes se llevó a cabo la firma del convenio de cooperación interinstitucional con el gerente general de EP Petroecuador, Ramón Correa Vivanco, con el alcalde del cantón Esmeraldas, que además contó con la presencia del gobernador Frickson Erazo como testigo de honor y de dirigentes de los barrios del sur.

Con la firma de este convenio la autoridad del cantón plantea la construcción de varias obras en el cantón como la construcción de vías, canchas, puentes, parques, entre otras obras.

“Han sido días difíciles, pero no imposibles, cuando buscas mejores oportunidades para tu gente, la satisfacción de hacerlo te llena de esperanza, confianza y amor por tu ciudad, es el inicio de recuperar a nuestra amada Esmeraldas”, refirió el alcalde.

Rueda de prensa Mediante una rueda de prensa el alcalde del cantón Esmeraldas dio detalles de la firma de este importante convenio que será de mucho beneficio para la ciudad, y los diferentes barrios que serán intervenidos.

“Para mí es un gusto habernos entregado durante tres meses, porque este proceso comenzó antes de sentarnos en el sillón de la alcaldía donde conseguimos un convenio histórico que va a traer obras, el convenio macro es un convenio paraguas donde entran convenios específicos.”

“Dentro de los cuales vamos a plantear el edificio (construcción remodelación y funcionamiento), vamos a plantear la remodelación de las calles de las que hablamos en campaña.” “Aproximadamente son 46 millones de dólares que va a tener Esmeraldas.”

“Vamos a darle la forma donde indicaremos qué obras van a arrancar primero, siempre hablan de que sean con los barrios del sur, pero también nosotros hemos hablado que el sur depende del norte, porque reactivar comercial y económicamente al cantón, se ha-

bla de trabajar paralelamente entre el sur y el norte” Sectores a intervenir Vamos a intervenir de acuerdo a las proyecciones, donde se quiere empezar por el centro el casco urbano, queremos ver si se puede primero hacer el soterramiento del cableado, sacar los parterres, el edificio, esos van hacer como prioritarios”

“Yo no necesito gastar 46

millones, necesito invertir 46 millones” vamos a priorizar en darle un nombre y un estilo diferente a la ciudad, vamos a hacer obras emblemáticas” Dijo el alcalde del cantón.

Bacheo integral en los barrios “En el sur aún existen barrios que no cuentan con alcantarillado pluvial ni de aguas servidas,”. Y En los barrios que ya cuenten con su asfaltado o hor-

migonado y que sus calles están deterioradas por el paso de los años se realizará un recapeo asfáltico o de hormigón según el material que estas calles tengan. Así lo mencionó el alcalde del cantón Esmeraldas

Construcción de canchas

“Esmeraldas está en emergencia total” pero si vamos a atender con la construcción de 38 canchas que son las primeras

que vamos a poner, para el deporte e integración. “Muchas personas se preguntaran ¿Por qué el deporte? Debemos de pensar en nuestros jóvenes, vamos a tratar de re direccionar la energía de nuestros jóvenes en deporte en cosas sanas”

En las construcciones y proyectos que se ejecutaran en los sectores, se pedirá que se contrate mano de obra local de los sectores para reactivar la economía de estos lugares y de esa manera ayudar a padres de familia que no cuenten con un trabajo.

Levantamiento y elaboración de proyectos “Nosotros lo que vamos a tratar de trabajar ahora son 6 meses para levantar los proyectos, 6 meses donde no vamos a donde no vamos a empresa de levantar los proyectos. Nosotros no pedimos dinero, pedimos que de una vez los proyectos entren a su ejecución directa”.

“Entonces vamos a dedicarnos a levantar los estudios, ya que tenemos el convenio marco para que los convenios específicos que se lleguen a presentar, automáticamente sean financiados y de esta forma se realicen la posterior entrega de los mismos”

“En estos 6 meses tendremos los diferentes proyectos para su presentación total, porque si presentamos proyecto por proyecto, puede ser que nos digan cuando se acaba el primer proyecto comienza el segundo y así sucesivamente. Entonces vamos a presentar un cúmulo de proyectos, donde se hablaba de que más menos hablábamos que podían ser 46 millones”

CIUDAD 03 ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023 I
AUTORIDAD. El alcalde del cantón Esmeraldas dio detalles de la firma de convenio con EP Petroecuador.
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Obras serán dadas de baja

Al consultarle al alcalde del cantón sobre si la construcción del edificio continuaría ejecutándose con la misma compañía que estaba trabajando iindicó que no, donde además comunicó que existiría una recomendación para darle de baja al contrato. “Porque primero los precios eran excesivos”

En el tema de la obra que se estaba construyendo a la entrada de la ciudad en el sector de la inmaculada el alcalde indicó

que la obra se la terminará con dineros directos del municipio. Porque también vamos a demostrar que esa obra tuvo un precio excesivo.

“La cancha que se etaria construyendo en el sector del barrio 5 de junio (Puerto limón), se encuentra paralizada y será terminada por mutuo acuerdo por el exceso de precio que tiene”

Precios excesivos

“Les parece justo que la entra-

da de la ciudad tenga rubros de $120,000 dólares si no me equivoco, pero menos de $100,000 no era, por retirar escombros, a ustedes le parece justo que se le haga eso Esmeralda.” “Eso es lo que estamos tratando de cuidar para que Esmeraldas tengan muchas más obras por menores costos”

“Nuestra función hoy es proponer y dejar que las autoridades de control como la contraloría del Estado dictamen, pero como nosotros sí tenemos claro cuánto cuesta sacar escombro no vamos a permitir eso.” Le parece justo que esa misma obra tenga $80,000 dólares en plata, fuera de que el vivero municipal

cuenta con 13,000 plantas que están esperando ser sembrados “

“De esa parte de responsabilidad hablamos, no estamos hablando de la autoridad, ni de la administración saliente estamos hablando de cuidar el bolcillo de los esmeraldeños que lo poco o nada que se haga alcance uy se vea bien.”

CIUDAD 04 I ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023
OBRAS. Varios de las obras que estaban en ejecución se encuentran paralizadas Los costos contratados ,son muy elevados a criterio del Burgomaestre. EDIFICIO. El viernes 14 de mayo del 2021 en los bajos del municipio de Esmeraldas se firmó un de 6 millones 743.062,93 dólares, el proyecto de remodelación del Edificio Municipal y del Parque Central ‘20 de Marzo’ de la ciudad de Esmeraldas. OBRA. La obra de embellecimiento del ingreso a la ciudad, sector Aire Libre-El Potosí, estaba valorada en USD 1.5 millones, la obra empezó en diciembre de 2022.

Afectación en 4 parroquias del cantón Muisne tras sismo de magnitud 5.3

La mañana de este último martes en la ciudad de Esmeraldas se sintió un pequeño sismo el mismo que tuvo como epicentro el cantón Muisne donde causo afectaciones.

El mismo que causo pánico en los pobladores de este cantón además de causar daños tanto en viviendas como en centro educativos y en bienes públicos.

El gobierno autónomo descentralizado (GAD) cantonal informó que existieron afectaciones en las parroquias Muisne, San Francis-

co, San Gregorio y Bolívar.

Donde 7 unidades educativas se vieron afectadas por el sismo y se habrían reportado 9 viviendas con afectaciones además del municipio y de un centro de salud.

AFECTACIONES. En el cantón Muisne este último martes se registró un sismo de 5.3 el cual causo afectaciones en 4 parroquias del lugar Mediante un comunicado oficial se dio a conocer que el cantón Muisne 4 habrían sido las parroquias afectados por el sismo de 5.3 que se registró la mañana de esta ultimo martes en la localidad.

Recorrido en los sectores afectados

Las Fuerzas Armadas del Ecuador, a través del Grupo de Fuerzas Especiales, en coordinación con la Alcaldía de Muisne, llevaron a cabo acciones inmediatas para garantizar la seguridad ante el evento sísmico.

En respuesta al temblor

de magnitud 5.3, desplegaron los protocolos de seguridad en el cantón Muisne. Donde se realizó la remoción de escombros en viviendas afectadas y en la sujeción de paredes en riesgo de colapso.

El equipo y las autoridades de la alcaldía del cantón de Muisne de inmediato se desplegaron por el sector en conjunto de técnicos de diversas áreas, los mismos que realizaron inspecciones minuciosas para evaluar posibles afectaciones estructurales en viviendas, Unidades Educativas y otras institu-

ciones públicas y privadas en el casco urbano y rural.

Afectaciones en las parroquias En la parroquia Muisne se reportaron afectaciones en el servicio eléctrico, siendo afectado el sector el Relleno, donde además se registró la afectación a 4 unidades educativas.

1 Centro de salud afectado, 4 viviendas afectadas además de 2 bienes públicos afectados entre ellas el Municipio y Unidad Multi competente de la Judicatura.

En la parroquia San Fran-

cisco, también se vio a afectado el Servicio eléctrico afectado en el recinto San Francisco sector la invasión, donde se tuvo 5 viviendas afectadas.

En la parroquia San Gregorio se reportaron 2 unidades educativas afectadas. Y la parroquia Bolívar 1 unidad educativa afectada El jefe Político realiza recorrido en diferentes sectores del cantón con el fin de evaluar las afectaciones. Personal de la Secretaría de Gestión de Riesgos y de GAD Muisne continúan levantando información.

CANTONES 05 ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023 I

habitante del fondo marino, un deleite al paladar LA PANGORA,

Menippe frontalis, es el nombre científico que se le da a la pangora, un crustáceo que habita en las rocas del fondo marino y de sabor muy especial.

La pangora o también llamado cangrejo de piedra es un crustáceo que habita en agua de mar, en zonas costeras rocosas.

Características

Se diferencia de las otras especies por su delicado sabor

ritariamente al norte de la provincia de Esmeraldas, siendo una fuente de ingreso para los pescadores artesanales quienes tienen oportunidad de llevar este delicioso crustáceo hasta sus hogares para el consumo de las fa-

milias. La pesca es realizada con redes langosteras de piola nylon y en menor medida en redes de arrastre de barcos pomaderos.

Las pangoras son de hábitos nocturnos en el día permanecen ocultas en cuevas o intersticios en el fondo y

Receta ceviche de pangora

Ingredientes

½ kg. de carne de cangrejo previamente cocinada.

1 cebolla paiteña o morada

¼ de taza de hierbita

¼ de taza de culantro

1 tomate

4 cucharadas de aceite

4 o 5 limones

Sal

Pimienta

de múltiples vitaminas y minerales recomendados para una dieta sana y deliciosa, vitamina A, B1, B9 y B12 y minerales como el Calcio, zinc, hierro, magnesio, fósforo y potasio, son algunos de los que están presentes al consumir este crustáceo que además de ser un manjar cuenta con un alto valor nutritivo para que nuestro cuerpo realice con mayor facilidad sus funciones biológicas. Su carne no contiene

Mostaza al gusto

Preparación

En un recipiente hondo, agrega la carne de cangrejo o el cangrejo en trozos con concha si te gusta así (y está muy limpia) y exprime sobre esta el jugo de los limones. Reserva en la nevera durante unos 10 minutos

Pica la cebolla paiteña en julianas delgadas, lo más delgadas que puedas. Raya el tomate. Incorporar la mostaza y la hierbita

Retira la carne de cangrejo de la

GASTRONOMÍA 06 I ESMERALDAS MIÉRCOLES 27/JUNIO/2023

Entrega de colchones para afectados

El gobernador de la provincia Frickson Erazo, esta llegado hasta los lugares donde se dieron las inundaciones para entregar ayuda

Este último lunes y martes, Frickson Erazo Vivero, Gobernador de la provincia, se trasladó hasta los sectores afectados por las inundaciones a realizar la entrega de colchones y ayudas para las familias de estos sectores.

Este lunes hizo la entrega de 147 colchones a los afectados por las inundaciones del sector de La Propicia 4. La autoridad reconoció que está ayuda es parte de la sociedad civil, de los GAD de otras provincias del del Fondo Complementario de Trabajadores de Petroecuador.

Entregas de ayudas a damnificados

Las entregas de estas ayudas se realizan casa por casa, a los afectados quienes perdieron los enceres en las inundaciones del pasado domingo 4 de junio, el gobernador acompaña la entrega de las ayudad constatando que esta llegue directamente a los damnificados.

Este último, martes El Gobernador de la provincia, junto al jefe político del cantón, visitaron el sector

AYUDA. Desde gobernación se están realizando la entrega de ayudas y de colchones casa por casa en los lugares afectados

de 50 casas donde recorrieron casa a casa entregando modernos colchones, los beneficiados de esta entrega agradecieron a las autoridades de Gobernación y a las empresas que donaron los colchones.

Reunión con el COE

“La idea es que podamos abarcar a todos los sectores afectados” Dijo Erazo. donde además indicó que el día de hoy miércoles mantendrá una reunión con el COE, donde solicitara informes al MIES y al Miduvi la autoridad llegara a territorio con los técnicos de estas instituciones para constatar que realmente se haya censado a la población y que reciban rápidamente los beneficios que le corresponden En esta reunión recibirá informes sobre la entrega de bonos de contingencia, bonos de arrendamientos, entre otros.

“La emergencia no ha pasado y desde la Gobernación están trabajando para brindar la asistencia humanitaria a los hermanos esmeraldeños con la ayuda de los ecuatorianos que siguen brindando su aporte a los damnificados”

CIUDAD 07 ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023 I

Moncho Rivera lanza su nuevo disco

‘Qué clase é viaje’ contiene diez temas, siete de la autoría de Moncho Rivera.

EFE • El salsero puertorriqueño Moncho Rivera, sobrino del legendario cantante Ismael Rivera (El Sonero Mayor), ha lanzado su nueva producción ‘Qué clase é viaje’, su primer álbum de estudio en diez años, después de ‘Riverístico’.

EL DATO Las composiciones que se incluyen en su álbum son lanzadas bajo el sello Sonero Vive Music.

El disco ‘Qué clase é viaje’ contiene diez temas, siete de la autoría de Ramón Ríos Rivera, nombre de pila de Moncho Rivera, entre ellos, dos del ritmo autóctono puertorriqueño de la bomba, una plena y el son montuno ‘Crianza urbana’.

“Este es el álbum más completo que he hecho en toda mi carrera porque tie-

ne salsa, pero también grabé dos bombas y una plena”, aseguró Rivera en un comunicado de prensa. De acuerdo con el salsero, las composiciones que se incluyen en su álbum, lanzado bajo el sello Sonero Vive Music, retrata situaciones de la vida y algunas experiencias propias.

Producción

Rivera destacó que el son montuno ‘Crianza urbana’, incluido también en el disco ‘Riverístico’ en el ritmo de salsa, narra lo que significó para este crecer en el casco urbano de su natal Santurce, conocido sector plagado de historia musical

CANTANTE. Puertorriqueño, Moncho Rivera.

y arte.

La producción ‘Qué clase é viaje’ también incluye una nueva versión de la bomba ‘Ella no merece un llanto’, tema escrito por Bobby Capó y popularizado en 1978 por ‘El Sonero Mayor’, quien guio a su sobrino por sus primeros pasos en el mundo musical.

Moncho Rivera tuvo su primera oportunidad como

cantante a sus 13 años cuando su tío lo invitó a que lo acompañara en el grupo de coristas en una presentación en Puerto Rico.

Su famoso tío, recordó en una entrevista pasada con EFE, le recomendó que no se convirtiera en cantante y que prosiguiera una carrera como pelotero, un camino en el que llegó a despuntar en la Liga de béisbol aficio-

nado en Puerto Rico. Sin embargo, Moncho Rivera decidió en 1999 explorar el ambiente de la industria musical como percusionista de la orquesta de Luisito Ayala y la Puerto Rican Power. Pero, no fue hasta hace más de 20 años que Rivera decidió convertirse en salsero e interpretar los éxitos de su tío.

María Becerra espera impulsar una expansión de su carrera

EFE • La cantautora argentina

María Becerra lanzó ‘Corazón Vacío’, una canción sobre el abandono con la que espera, según dijo a EFE, impulsar una expansión de su carrera hacia nuevos territorios y públicos, e incluso hasta la actuación.

“Yo me pongo a cantar en cualquier idioma. A mí me fascina siempre desde el lado del respeto, obviamente, y me encanta cualquier género y me gusta aprender de las culturas, nutrirme y envolverme en eso. Siento que eso es lo que hace a mi visión una visión global”, expresó.

Desde su irrupción en la música pop urbana con el

lanzamiento de su primer disco de duración extendida, ‘222’, en 2019, Becerra ha demostrado ser una artista en constante evolución.

Carrera

EL DATO

Su meta final es convertirse en una artista como Shakira o Jennifer López.

Actualmente tiene tres álbumes a su nombre, incluyendo su reciente lanzamiento ‘La nena de Argentina’ y una canción en una película de Hollywood (‘Te Cura’, que es parte de la banda sonora de ‘Rápidos y furiosos X’), así como un ejército de más de 20 millones de seguidores en sus redes sociales.

Nacida en el año en 2000

en la ciudad de Quilmes, en el sureste del Gran Buenos Aires, Becerra comenzó a los 12 años subiendo a Facebook sus videos cantando sus canciones favoritas. En 2015, uno de sus monólogos se viralizó, consiguiendo un millón de visualizaciones en menos de un día, lo que la convenció de saltar a YouTube.

Con su autenticidad, decidió contar en el video de ‘Corazón Vacío’ la historia de mujeres muy cercanas de su familia que se convirtieron en madres solteras.

FARANDULA 08 I ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023
CANTAUTORA. Argentina, María Becerra.

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EXTRACTO JUDICIAL DE PUBLICACIÓN

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

JUICIO: N°. 08201-2023-00594

ACTOR: ESTUPIÑAN CHILA DONNER ALEJANDRO

DEMANDADO: SOLORZANO CELORIO GLORIA ELIZABETH

TRAMITE: SUMARIO

JUEZ: ABG. PRESLEY GRUEZO ARROYO.

Juicio No. 08201-2023-00594

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS. Esmeraldas, jueves 18 de mayo del 2023, a las 15h02.

VISTOS: Ab. Presley Gruezo Arroyo, Juez de la Unidad Especializada en Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Esmeraldas, legalmente posesionado el 11 de abril del 2012, con fundamento en los artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y debido a la razón de sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa de divorcio por causal No. 2023-00594, presentada por el señor ESTUPIÑAN CHILA DONNER

ALEJANDRO en contra de la señora SOLORZANO CELORIO GLORIA ELIZABETH.Una vez que he revisado el con-

tenido de la demanda y demás documentos aparejados, la califco como clara y precisa; y, por reunir los demás requisitos legales la acepto al trámite pertinente en juicio Sumario de Divorcio; por lo tanto, dispongo lo siguiente: 1.- Agréguese la documentación adjunta a la demanda. 2.-Tómese en cuenta el casillero judicial, la dirección de correo electrónico a y la autorización concedida a su abogado patrocinador Ab. Román Ayovi Caicedo. 3.- Cítese, a la demandada señora SOLORZANO CELORIO GLORIA ELIZABETH por medio de prensa, en tres publicaciones de fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, conforme el Art.56.1 del Código Orgánico General de Procesos, quien transcurrido veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda (15 días).-Comparezca en los siguientes tres días, en horas hábiles, a declarar bajo juramento el peticionario, que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada.El anuncio de prueba se considerará en audiencia, a la que deberán acudir los testigos referidos, con los documentos perso-

nales en la hora que se indique de manera puntual.- Actúe la Ab. Yanina Del Hierro Gámez, secretaria del despacho. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. – ABG. YANINA DEL HIERRO GÁMEZ SECRETARIA JUDICIAL DE LA UNIDAD DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD Y PROVINCIA DE ESMERALDAS

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SAN LORENZO, DE LA PROVINCIA DE ESMERALDA Dirección: Barrio Esmeraldas -Calle 10 de Agosto y Eloy Alfaro. Teléfono: 062781-545 San Lorenzo-Esmeraldas-Ecuador. San Lorenzo, Junio 01 del 2023 Of. N°. 00370-UJMCSL-2023 R. del E. EXTRACTO DE CITACION JUICIO: ORDINARIO DECLARATORIA DE UNION DE HECHO NRO. 08256-2023-00217.

ACTOR: ROSALES NAZARENO JORCI MARTIN. DEMANDADOS: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS.

JUEZ: ABG. ALEX RUBEN ROMAN ROBALINO.

OBJETO DE LA DEMANDA. - El señor ROSALES NAZARENO JORCI MARTIN, comparece a esta Unidad Judicial Multicompetente y presenta demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO, en contra de los herederos

PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS. La presente acción la fundamento en los Art. 68, 69 y 70 de la constitución de la República del Ecuador y art. 222 y 232 del Código Civil y art. 289 y 290 del Código General de Proceso; a fn de que en sentencia aceptando mi demanda se declare la Unión de Hecho entre la señora VALENCIA QUINTERO YESENIA ALEXANDRA, y el señor ROSALES NAZARENO JORCI MARTIN, disponiendo que en sentencia se declare la unión de hecho. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y anexo presentado por el señor Rosales Nazareno Jorci Martin, recibido en esta Unidad Judicial con fecha 23 de Mayo del 2023 a las 16h52. De la revisión de la demanda se verifca que ésta cumple con los requisitos determinados en el Art. 142 y Art. 143 del Código Orgánico General de Procesos, estimase de clara, precisa y completa la demanda formulada por el señor ROSALES NAZARENO JORCI MARTIN, y se admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los herederos presuntos y desconocidos, de la fallecida señora VALENCIA QUINTERO YESENIA ALEXANDRA, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2 del Código orgánico General por Procesos, se los citará en tres fechas distintas, por medio de uno de los periódicos de amplia circulación de la Provincia, conforme la norma antes invocada, y de no haberlo se hará en un periódico de la

capital de la Provincia, la misma que contendrá un extracto de la demanda y solicitud pertinente de la providencia. Se les concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda de conformidad a lo establecido en el artículo 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, con apercibimiento de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico para recibir las notifcaciones que le correspondan. En atención a los principios de efcacia, celeridad, buena fe y lealtad procesal, que deben ser tutelados en toda actuación judicial, conforme lo previsto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, el peticionario brinde la colaboración para la práctica de la diligencia de citación y notifcaciones. Se advierte a los demandados la obligación que tienen de señalar casillero Judicial, dentro del perímetro urbano del Cantón San Lorenzo, para posteriores notifcaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario será declarado rebelde. Particular que solicito para los fnes de ley. Atentamente, Abg. Alex Rubén Román Robalino. JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SAN LORENZO DE LA PROVINCIA DE ESMERALDAS. N.M.C.P.

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Máxima alerta en Carondelet por un eventual ‘Súper’ Niño

Hay una curva en un gráfico del Instituto Oceanográfco y Antártico de la Armada del Ecuador (Inocar) que preocupa a las autoridades y ha causado que el Gobierno arme un plan para enfrentar el fenómeno de El Niño.

Este muestra las temperaturas del mar, en el Océano Pacífco y en la Costa ecuatoriana. Han confrontado lo que sucedió en 1997, cuando el país sufrió graves lluvias e inundaciones, costando un 10 del PIB, y el avance de la temperatura de este año.

Desde enero de 2023 estás han aumentado pero siguen el mismo patrón que las de 1997, lo que provoca la alarma. Según el último informe del Inocar, durante mayo la temperatura se elevó 2.23 °C

en el Océano Pacifco y 0.4 °C

en la Costa ecuatoriana.

Si esto continúa, según las autoridades, para septiembre tendremos efectos similares a los de la crisis de 1997. Pero las lluvias, inundaciones, desbordamiento de ríos, oleajes y disminución de la productividad, pueden durar hasta enero de 2024.

En 1997 se produjeron pérdidas económicas graves. Si esto ocurriera ahora en Ecuador se llegaría

al máximo de pérdidas por unos $12.000 millones. De esa catastrófca estimación, $

4.000 millones corresponderían al sector público (incluídas las pérdidas si se aprueba la consulta por el Yasuní que significan $1.200 millones) y $

8.000 millones en el sector privado. La pandemia dejó pérdidas por unos $8.000 millones en el país. Las de El Niño las superaría.

En el peor de los escenarios, un ‘Súper’ Niño azotará a 17 provincias, 143 cantones, habrían 1,5 millones de personas afectadas y unos 35.000 damnificados. Así lo creen los organismos técnicos.

Los informes indican que hay 84 de probabi -

EN LA WEB

lahora.com.ec

PRODUCCIÓN

Se lanzaron dos clúster productivos para industrias del cáñamo, aceites y oleaginosas

GOBIERNO

Julio José Prado renuncia al ministerio de Producción

QUITO

Rehabilitación de 45 UPC iniciará el 1 de julio

ECONOMÍA

Junta de Política y Regulación

lidades de un escenario de afectación moderado .

Pero el escenario 2, el de un Niño moderado a fuerte, es monitoreado y se preparan.

“Con el sostenimiento de las altas temperaturas, se estima que las precipitaciones que se registren en la próxima época lluviosa, desde fnales de noviembre, sean superiores a las registradas en el período de febrero, marzo y abril de 2023 ”, se destaca en un reporte de la Secretaría de Riesgos.

Es decir, la crisis que se vio en Esmeraldas se convertiría en una dolorosa muestra de lo que vendría.

Plan inicial

El Gobierno prefere prepararse para lo peor. Así diseñó el

Plan para enfrentar el Fenómeno ‘El Niño Oscilación Sur’ (ENOS), con una

activa participación de distintas carteras de Estado, pero en especial de la Secretaría de Riesgos, el COE Nacional y las Fuerzas Armadas.

Tiene cinco fases , divididas en: normalidad, mitigación, preparación para la respuesta, respuesta y reconstrucción. Actualmente, el país está en la Fase 2, por la alerta amarilla.

En esta se organizan las instituciones para enfrentar el fenómeno, en especial el COE, que será la columna vertebral de toda la respuesta ante las emergencias y para reducir los efectos económicos.

El ENOS, que es la respuesta inicial, cuesta $ 266 millones. De estos, $200 millones serán financiados por la banda privada con bonos. Los $66 restantes se obtendrán con ajustes al presupuesto nacional.

Educación requiere $90 millones, Riesgos $75 millones, Agricultura $32 millones, Defensa $13 millones, entre los rubros más altos.

Por fuera está Transporte y Obras Públicas, con $158 millones, de los cuales $148 pueden llegar del Banco Mundial.

El Gobierno ya ha adelantado conversaciones con el sector privado, el cuerpo diplomático y la banca internacional, para obtener ayuda.

Hay un plan para reorientar créditos. Incluso, diálogos con los gobiernos de Perú y Chile para explorar la posibilidad de buscar ayuda en bloque. Hasta con los candidatos a la Presidencia

El Gobierno está en alerta máxima

por el incremento de la temperatura marina.

(DLH)

Financiera flexibiliza techos de las tasas de interés para los sectores corporativo y empresarial

SEGURIDAD 286 policías involucrados en delitos o faltas administrativas fueron reincorporados

SOCIEDAD 10 I ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023
Las autoridades del Gobierno han diseñado un plan que busca mitigar los efectos de lluvias, inundaciones, oleajes y disminución de la productividad.
PREVENCIÓN. El presidente de la república, Guillermo Lasso, socializa el Plan ENOS para mitigar los riesgos por el fenómeno de El Niño.

ADIÓS A LOS EXÁMENES GRACIA Y REMEDIALES

Durantela última década,

repetir el año escolar fue prácticamente imposible. Los estudiantes tenían hasta cuatro oportunidades para pasar:

el examen fnal, el supletorio, el examen remedial y de gracia.

tensivos los aprendizaje, en ciertas etapas, pero que, además, al no tener evaluaciones previas u oportunas, los estudiantes podrían tener fallas que se reportaban a medio año, cuando ya era tarde.

tes que si dejaban al final porque sabían que tenía cuatro (exámenes). Inclusive el examen de gracia antes del siguiente año lectivo. Lo que creemos es que el proceso de enseñanzaaprendizaje tiene que ser más sostenido. Por lo tanto, se necesita una evaluación previa.

P. ¿Se ha evaluado el impacto de tener un pase de año casi directo, como ha sido en los últimos 10 años?

repetir el año.

P. ¿El cambio a trimestres aplica en todas las instituciones?

Es

obligatorio en el régimen de sostenimiento fscal. En el particular, municipal y fscomisional depende de cada uno de los modelos pedagógicos que se ajusten a su comunidad educativa.

En

agosto de 2023, casi dos millones de estudiantes del régimen Sierra-Amazonía volverán a las aulas y ya no tendrán cuatro, sino una sola oportunidad para no ‘jalarse’ el año. Así lo explica Andrés Chiriboga, ministro de Educación subrogante, quien en conversación con LA HORA detalla qué cambios existen y cómo se aplicará el reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural. (AVV)

P. ¿Cuál va a ser el cambio desde agosto de 2023?

La implementación de trimestres. Pero, además, no es solamente un cambio de cronograma y tal vez lo más importante sea entender por

ANDRÉS

qué hemos optado por un sistema trimestral.

P. ¿Qué fallaba en el sistema de quimestre?

Habíamos visto que existió un sistema quimestral que respondía a la necesidad de tener periodos pedagógicos en los que se hagan más in-

P. ¿Estas fallas que se reportaban a medio año se suplían con los exámenes finales? Claro, lo que se implementó fueron exámenes de evaluación, al fnal. Que, si no cumplían con los estándares para ser promocionados, lo que sucedía era que se implementaban los supletorios que tradicionalmente siempre existieron, pero adicionalmente los exámenes de gracia y remediales. Esto para garantizar la no repitencia (de año), de los estudiantes y que no se vea la sanción como el resultado de no haber alcanzado objetivos de aprendizaje.

P. ¿Se degeneró el modelo quimestral? Sí, porque hubo estudian -

Hay distintos estudios que demuestran que los resultados de aprendizaje de lecto-escritura , por ejemplo, están por debajo de la media.

Al ser promocionados los estudiantes, permanentemente, de forma automática se generaba que no había consecuencias en no alcanzar objetivos de aprendizaje. Esto hace que nuestros estudiantes se hayan enfrascado en la posibilidad de seguir pasando.

P. Ahora ya solo hay un supletorio, ¿desde qué grado un estudiante puede perder el año?

Los estudiantes de menos de cuarto de básica no pueden perder, porque las calificaciones son cualitativas hasta ese nivel. Desde quinto en adelante sí se puede

P. ¿Se ha evaluado el impacto para los estudiantes de pasar de un modelo quimestral a trimestral? No es muy grande el impacto. Recordemos que después de la emergencia sanitaria el Ministerio de Educación ha implementado un proceso de nivelación de los estudiantes que se realiza en las primeras semanas. Esto va a permitir que los estudiantes estén preparados para enfrentar evaluaciones tempranas que es lo que permite el régimen trimestral.

Cronograma de clases

Fechas de ingreso en la Sierra:

° Bachillerato e Inicial: 22 de agosto de 2023. Octavo, noveno, décimo de básica, Preparatoria (primer año de educación general básica): 23 de agosto.

° Educación general básica media (quinto, sexto, séptimo) y educación general básica elemental (segundo, tercero y cuarto): 24 de agosto.

° 1’800.000 estudiantes de la Sierra-Amazonía iniciarán el año escolar con este nuevo sistema de trimestres.

Fuente: Ministerio de Educación.

EL DATO

Según Ineval, solo el 36% de los estudiantes de 10 años tiene una buena comprensión lectora.

CIFRAS

3,2 millones de estudiantes hay en el sistema educativo fiscal nacional.

SOCIEDAD 11 ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023 I
Volver a trimestres no es solamente un retornar a un sistema de cronograma distinto. Implica tener evaluaciones previas que permitan tener a los docentes, padres de familia y estudiantes ir tomando medidas correctivas de manera más oportuna”
CHIRIBOGA MINISTRO DE EDUCACIÓN SUBROGANTE
El reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural determina que los años lectivos vuelvan a ser por trimestres y que solo habrá un exámen supletorio.
EDUCACIÓN. La malla curricular no ha sufrido cambios en este 2023.

Feria del Cacao y Chocolate se realizará en julio

La expectativa por la realización de la segunda edición de la Feria del Cacao y Chocolate Chokao es alta en Ecuador. Se espera generar $3 millones en transacciones con dos ruedas de negocios programadas en este evento que es organizado por la Asociación Nacional de Exportadores de Cacao del Ecua -

dor (Anecacao). El encuentro se realizará del 18 al 20 de julio, en el hotel Hilton Colón, en Guayaquil. En esta nueva edición también habrá un mayor número de marcas participantes. En la primera edición, en 2022, fueron 60 y para este año estarán presentes más de 90.

La conectividad móvil en Ecuador es cara e ineficiente

A pesar de los avances reivindicados por el Gobierno, la brecha de uso es alta. La renegociación de los contratos con las operadoras móviles es un punto ciego.

Ecuador tiene una de las brechas de uso de conectividad móvil más altas en América Latina. Eso quiere decir que existe un alto porcentaje de personas que no accede a conectividad móvil, a pesar de estar supuestamente en zonas de cobertura.

Los altos costos, la falta de inversión, las intermitencias y fallas en el servicio, entre otros aspectos, hacen que la brecha de uso en la economía ecuatoriana llegue al 49%, lo que supera en 18 puntos a la media regional de 31%. Incluso se llega a duplicar la brecha de uso que se registra en Brasil y Costa Rica.

En otras palabras, según Verónica Rosales, ingeniera en telecomunicaciones, buena parte de la población se queda fuera de la conectividad móvil, debido a que no puede costear los planes vigentes y queda relegada por la oferta de servicios de un mercado con dos grandes operadoras privadas y una operadora pública.

El problema de la brecha de uso es una de las principales conclusiones del informe titulado ‘Brechas de conectividad en América Latina 2022’, elaborado por el Global System for Mobile Communications (GSMA).

De acuerdo con este estudio, para reducir esta brecha, además de contratos adecuados de concesión con las operadoras móviles, se necesitan medidas como eli-

minar o reducir impuestos que encarecen los planes y los celulares (IVA) para las personas de bajos ingresos.

También se deben considerar soluciones alternativas para ampliar la conectividad. Complementar el alcance de la cobertura fuera de las posibilidades del mercado con nuevos modelos de negocio como ‘Internet para Todos’ (Perú), la utilización de recursos fnanciados por el Estado como el Fondo de Desarrollo de Telecomunicaciones (Chile) y otras soluciones innovadoras.

Otra opción es ampliar la base de contribución de los

Fondo de Servicio Universal (FSU), que se nutre con un porcentaje de la facturación de las operadoras móviles en Ecuador, para incluir a los agentes del ecosistema digital de Internet más amplio, así como presupuesto asignado del sector público.

Índice de conectividad De 2018 a 2022, Ecuador subió tres puestos en el índice de Conectividad Móvil. El país actualmente tiene la ubicación 80 entre 170 países analizados. En Sudamérica, solo Bolivia y Venezuela están más abajo en el ranking. La velocidad de descarga

y subida de datos es hasta cinco veces menor que en los países más desarrollados. Ecuador también saca baja califcación porque solo el 33% de su espectro está utilizado, lo que deja por fuera un importante espacio para ampliar servicios. En infraestructura, el país ha pasado de una califcación de 59,83 sobre 100 en 2018 a 60,25 en 2022. Esto a pesar de que el Gobierno de Lasso ha resaltado un aumento sustancial en inversión. Por ejemplo, en la rendición de cuentas de 2022, el Ministerio de Telecomunicaciones informó que se invirtieron $904 millones.

La realidad, como ya publicó LA HORA, es que actualmente la cobertura de banda ancha móvil es del 70% en las ciudades; pero de apenas el 20% en las zonas rurales.

Además, aunque las dos grandes operadoras privadas tienen contratos vigentes desde 2008, todavía se registran constantes reclamos por la calidad del servicio,

problemas de los clientes para cancelar planes, irregular cobertura, entre otros.

Renegociación sin avances

El primero de junio de 2023, durante una entrevista con Ecuavisa, la ministra de Telecomunicaciones, Vianna Maino, aseguró que la renegociación de los contratos de concesión con las operado-

ras Claro y Movistar estaba cerrada en un 80%.

Esta declaración se dio sin abonar mayores detalles al respecto. LA HORA ha consultado al Ministerio de Telecomunicaciones sobre las condiciones al menos generales del proceso y cómo se va a evitar repetir los errores de negociaciones pasadas; pero no se ha podido obtener respuesta hasta el cierre de esta edición.

En 2022, durante una comparecencia ante la Comisión de Fiscalización de la cesada Asamblea, Maino reconoció que

los acuerdos frmados en 2008 se volvieron obsoletos ante el rápido avance de la tecnología.

Asimismo, resaltó que era sumamente importante tener mejores contratos porque el mercado nacional no era atractivo para otros competidores.

“Existen 14’190.890 usuarios entre ambas empresas privadas. No tenemos al momento otras que quieran prestar el servicio. Si no se renuevan los contratos no tenemos cómo reemplazarlas”, dijo en ese momento la Ministra.

El tema avanza de espaldas a la ciudadanía y ese hermetismo, de acuerdo con Rosales, abre la puerta para que candidatos como Yaku Pérez generen expectativas populistas sobre sacar miles de millones a las operadoras por la renovación de los contratos, o incluso nacionalizar el servicio.

“Además del costo cobrado por la concesión, los nuevos contratos deberían establecer mejores parámetros para asegurar la calidad del servicio, establecer mecanismos para verifcar que se cumplan los compromisos firmados e incluso añadir sanciones más fuertes por incumplimientos”, aseveró.

LA HORA publicó que las operadoras privadas móviles pagaron multas de $183.261 por incumplimientos durante los últimos cuatro años. Ese monto es un porcentaje mínimo ante el movimiento del negocio. (JS)

ECONOMÍA 12 I ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023
Índice de Conectividad Móvil (Países sudamericanos) País Uruguay Brasil Chile Colombia Argentina Perú Paraguay Ecuador Bolivia Venezuela Ubicación mundial 46 47 49 67 69 73 78 80 94 96

Irregularidades y ataques a los medios marcan la campaña anticipada

Representantes de organizaciones que monitorean las elecciones mostraron sus preocupaciones y observaciones.

peremos que esta campaña se mantenga así y no registremos los índices de violencia de las elecciones seccionales de 2023”, apuntó.

Fiscalización nula

Evaluación especial

A pocos días de arribar a la mitad del proceso electoral anticipado y ante el desarrollo acelerado que ha tenido que llevar adelante el Consejo Nacional Electoral (CNE), los partidos y los propios candidatos, ya hay una primera evaluación de la contienda electoral

La premura generó un primer momento de inflexión cuando el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) determinó que la participación debía ser paritaria, corrigiendo la decisión de la directiva del CNE, que había indicado que la paridad sería solo del 30%.

Por su parte, representantes de

diferentes organizaciones sociales del país emitieron alertas sobre puntos que podrían generar dudas sobre las garantías de la votación.

Simón Jaramillo de Participación Ciudadana, César Ricaurte de Fundamedios

y Juan Esteban Guarderas de Fundación contra la Corrupción,

plantearon a LA HORA su balance sobre el proceso y sus alertas.

Violencia contra medios

El director de Fundamedios, César Ricaurte, destacó que en esta primera parte del proceso se

ha evidenciado un alto nivel de ataques a medios de comunicación y periodistas por parte de dos sectores en la contienda.

Advirtió que “hay sectores políticos que han convertido a los medios y los periodistas en un blanco y realizan una campaña explícita en contra de los medios”.

Ricaurte acotó que hay evidencia suficiente para señalar que tanto el candidato Jan Topic, como el expresidente, Rafael Correa, han realizado amenazas contra medios y periodistas.

Sobre el caso de Correa, quien se encuentra prófugo de la Justicia, indicó que “lo que llama la atención es lo frontal que se realiza el ataque”. Recordó que luego de salir del G

obierno, los ataques a la prensa por parte del exmandatario no eran tan directos.

Acotó que en la actualidad se observan que “los spots han convertido los ataques a la prensa en un motivo de campaña, intensa y generalizada a través de las redes sociales”.

Sobre los ataques del correísmo a los medios ,

Ricaurte destacó que “no son novedad, es el regreso al pasado, a lo peor del pasado”

Sobre la violencia política durante la campaña, el director de Fundamedios indicó que mantienen el monitoreo en todo el país y hasta el momento no hay eventos que reportar.

“Es -

E

l presidente de la Fundación contra la Corrupción, Juan Esteban Guarderas, por su parte, señaló que el CNE con

la dirección de Diana Atamaint “ha tenido un sin número de irregularidades que nos demuestran que el sistema no cambia, no hay ninguna garantía en el proceso electoral”.

Recordó que a pesar de las denuncias de irregularidades en procesos anteriores, la Presidenta del CNE no ha llevado adelante las notificaciones e investigaciones pertinentes. “ No se ha hecho nada”, reclamó. Guarderas destacó que los ecuatorianos han podido observar el desarrollo de campañas irregulares, “sin que haya un control o fscalización por parte del CNE”.

El representante de Fundación contra la Corrupción criticó además la falta de previsión de las autoridades electorales ante un proceso que pudo preverse. “Lo responsable es que el CNE ya hubiese previsto que podía darse este caso Lamento

la total improvisación

por parte de las autoridades electorales”.

A su juicio los consejeros pudieron haber adelantado los procesos en caso de la activación de la muerte cruzada “y ahora estamos viendo que todo va sobre la marcha”.

Acotó que la premura llevó a que

los procesos de democracia interna no se realizarán como está planifcado, así como la norma sobre la paridad de género, que fue corregida por el TCE.

Guarderas, al realizar un balance sobre la campaña adelantada que realizan algunos partidos y candidatos, indicó que hay responsabilidades defnidas

“El TCE no puede sancionar de ofcio, corresponde al CNE solicitar las sanciones. Es evidente el incumplimiento de funciones por parte de las autoridades electorales”, sentenció (ILS)

° Simón Jaramillo, subdirector de Participación Ciudadana, consideró que el actual evento electoral amerita una evaluación especial, debido a lo inédito del proceso y lo corto de sus tiempos.

“Es un proceso absolutamente acortado y ha motivado algunas particularidades, el Consejo tuvo que escoger qué ítems mantener y cuáles no, como por ejemplo la no actualización del padrón electoral ”, acotó. Jaramillo puntualizó que dentro de las particularidades generadas se encuentra un proceso de democracia interna en los partidos; “no sé si es menos democrático, pero sí fue menos participativo”.

El directivo de Participación Ciudadana coincidió en que una de las fallas más importantes dentro de las decisiones de la autoridad electoral, fue el tema de la paridad de géneros. “Ventajosamente el Contencioso corrigió este error”.

Para Simón Jaramillo los puntos críticos del proceso se encuentran en el desarrollo de la campaña electoral y la implementación de la logística para la votación; es decir, impresión de las papeletas y el material para ejercer el sufragio.

“Por las condiciones será muy complejo. El CNE tiene que hacer simulacros, tiene que hacer registro de veedores, obviamente cuando uno corre con los temas siempre habrá el riesgo de que hayan desajustes” , advirtió.

Al hacer un balance sobre la violencia política, Jaramillo señaló que los monitoreos que vienen desarrollando revelan “violencia política, sobre todo contra las mujeres” en las redes sociales.

POLÍTICA 13 ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023 I
PREMURA. Juan Guarderas criticó la improvisación en el proceso por la falta de previsión del CNE. Foto: Referencial

Judicatura requiere $799 millones para 30 proyectos

Los datos se desprenden de un informe de 26 páginas de la mesa técnica integrada por funcionarios de la Judicatura y el Ministerio de Economía.

Requerimientos tecnológicos

° En el ítem de requerimientos tecnológicos o automatización, el CJ presentó el Proyecto de ‘Acceso a la Justicia’ y ‘Automatización de sistemas de la Función Judicial’ que busca la materialización y aplicación adecuada del modelo de atención a víctimas de violencia de género, con la creación del Registro Único Judicial que, por mandato de la Ley Orgánica para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, debe integrar de forma automatizada la gestión judicial de defensores públicos, fiscales, jueces, peritos, etc. Además, procesos de automatización que actualmente se manejan manualmente tales como métodos de solución de conflictos, justicia de paz.

cumplimiento de la sentencia emitida por Cecilia Pareja, jueza de la Unidad de la Familia de Pichincha, de abril de 2023, el Consejo de la Judicatura (CJ) identifcó 30 proyectos que cubren los requerimientos tecnológicos, de talento humano y bienes, con los cuales se garantizaría

En

y que está en análisis de la Senplades, desde el 22 de junio, es de

$34’ 272.879,05.

la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia) de los usuarios del sistema, y cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de la institución.

El monto de los 30 proyectos de gasto corriente e inversión que planteó como requerimiento el CJ en las mesas técnicas que se insta

laron en junio con delegados del Ministerio de Economía

para ser ejecutados entre 2023, 2024 y 2025, fue de $799’ 176.776.

, 19 son de inversión, 9 de gasto corriente y

Del total de proyectos

2 corresponden a los requerimientos de la Fiscalía

General de Estado (FGE) y de la Defensoría Pública.

Los prioritarios

rubros de talento humano y bienes para el sostenimiento y mejoramiento del sistema judicial.

EL DATO

Según

la Judicatura los proyectos son ejecutables si los recursos se transfieren con la debida oportunidad. Est as propuestas

fueron presentad a

s entre mayo y junio de 2023.

Para talento humano En el requerimiento presupuestario para talento humano se agruparon todas las necesidades para solventar el

déficit de jueces, fiscales, defensores públicos , así como otros funcionarios judiciales necesarios para elevar la capacidad de despacho de las unidades, planteando una ejecución progresiva, considerando que, en algunos casos, el ingreso de funcionarios requiere procesos previos como

Mejoramiento del sistema judicial

° El último grupo de proyectos tiene que ver con el eje de bienes para el mejoramiento del sistema judicial, entre los que se encuentran la construcción de edificios en lugares en los que la infraestructura actual no permite un buen servicio como en la ciudad de Esmeraldas, en Rioverde, en Orellana; la repotenciación de otros como el edificio de la Corte Nacional de Justicia, Santo Domingo de los Tsáchilas, etc.

L

a Judicatura realizó una subdivisión de los 30 proyectos y solo presentó a la Secretaria Nacional de Planificación (Senplades) nueve considerados

“ prioritarios ” para gasto corriente, que cubren los

El financiamiento para los nueve proyectos durante 2023, 2024, y 2025, asciende a $267 ’ 215.125 , entre otros para contratar jueces, compra de equipo jurisdiccional, infraestructura, plan de citaciones, etc.

Presupuesto para 2023

Para el ejercicio fiscal 2023, el monto que fue solicitado al Ministerio de Economía durante las mesas técnicas

Otros proyectos prioritarios identificados fueron la formación, pasantías, evaluación, modernización del sistema de control disciplinario, jubilaciones y planes como el de citaciones.

concursos públicos de oposición y méritos.

En este grupo también se solicitaron los recursos para realizar los concursos, dado que el Consejo de la Judicatura ya no cuenta con bancos de elegibles de donde realizar designaciones para reemplazos de jueces. Actualmente, solo está vigente el banco de elegibles de primer nivel con tiempo de vigencia hasta enero de 2024. (SC)

En este grupo también están aquellos proyectos necesarios para el funcionamiento cotidiano del servicio judicial como el mantenimiento de la infraestructura, de los edificios, que implican, por ejemplo, la garantía de que las salas de audiencia cuenten con audio y video, que las Cámaras de Gessell estén habilitadas, el funcionamiento de ascensores, aires acondicionados, etc. Asimismo, que se cuente con insumos de oficina: papel, tinta de impresión, etc.. Así también contempla los rubros para servicios básicos como agua, luz, internet.

JUSTICIA 14 I ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023
DIÁLOGOS. Reunión de mesas técnicas entre delegados del CJ y el Ministerio de Economía. AUTORIDAD. Wilman Terán preside sesión del Consejo de la Judicatura.

Perú presenta plan de prevención para el fenómeno de El Niño

LIMA. El Gobierno de Perú presentó este 27 de junio de 2023 un gran plan de más de 600 obras e intervenciones de prevención que se desarrollarán hasta diciembre próximo con el objetivo de enfrentar el impacto del fenómeno climático de El Niño, con una inversión de 1.446 millones de soles (401 millones de dólares).

La corrupción evadió los fuertes

filtros

en Chile

Un alcalde que ingresó a prisión y las sospechas en la coalición de Gobierno destapan el debate de esta lacra.

El plan multisectorial fue detallado durante el “Encuentro Intergubernamental de Preparación ante el Fenómeno de El Niño”, que fue inaugurado en Lima por la presidenta Dina Boluarte y el primer ministro, Alberto Otárola, con la asistencia de ministros, gobernadores regionales, otras autoridades y altos funcionarios. EFE

que los esfuerzos anticorrupción continúan enfrentando presiones” y “resalta que ningún país es inmune a experimentar estancamiento o retroceso en la lucha contra la corrupción”, agregó.

Problema transversal Expertos señalan que los casos del alcalde Torrealba, antiguo miembro del partido conservador de la derecha tradicional Renovación Nacional, y la investigación en torno al exmarido de la senadora Pérez y a las sospechosas relaciones entre RD y la organización ‘Democracia Viva’ en la región septentrional de Antofagasta demuestran que la corrupción es transversal y no depende solo de los colores políticos.

Brasil apuesta por financiar la agricultura sustentable

BRASILIA. El presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, anunció este 27 de junio de 2023 un programa de financiación de proyectos de desarrollo agrícola sustentables, dotado de 364.000 millones de reales (77.446 millones de dólares).

Lula destacó que se trata del “

SANTIAGO DE CHILE. El ingreso en prisión preventiva del alcalde de Vitacura, una de las comunas acomodadas de Santiago de Chile, el conservador

Raúl Torrealba, y la

corrupción en Chile, uno de los países de Latinoamérica que aparecen como más efectivos frente a esta lacra.

al debate público la

suspensión este 27 de junio de 2023 de militancia de la diputada Catalina Pérez, de Renovación Democrática (RD), partido de la coalición progresista de Gobierno, han sacado

Según el índice de Capacidad para Combatir la Corrupción (CCC), publicado esta semana por el laboratorio de ideas Americas Society/Council of the Americas (AS/COA) y la consultora Control Risks, y que evalúa la capacidad de 15 países para “detectar, casti-

gar y prevenir la corrupción”, Chile es el tercer estado latinoamericano que mejor combate los casos de corrupción, solo por detrás de Uruguay y Costa Rica. El estudio advierte, no obstante, que el promedio del continente descendió por primera vez desde 2020, ya que 10 de los 15 evaluados cayeron en su puntuación, lo que “indica

Torrealba, para quien un juez decretó el viernes orden de prisión preventiva de 150 días, está acusado de varios delitos, entre ellos fraude al fisco, asociación ilícita, delitos tributarios y lavado de activos, además de líder de una organización criminal dedicada a defraudar dineros desde la Municipalidad de Vitacura.

Torrealba fue alcalde de Vitacura, entre 1996 y 2021. Y durante su gestión habría desviado fondos públicos, a través de las corporaciones ‘Vita’, que son de derecho privado. Los montos habrían llegado a sus cuentas personales, incluso haciendo traspaso de sobres con dinero en efectivo. EFE

mayor plan de fnanciación ” pública para la agricultura presentado en el país, con recursos que superan en un 27 los destinados el año pasado, y que tiene como meta promover la “responsabilidad” en la actividad agrícola.

“En Brasil no precisamos deforestar nada para criar más ganado o para sembrar más soja ”, declaró el mandatario, quien instó a todos los empresarios del campoa “respetar más a la naturaleza” y dejar de lado las “ideologías”, para

apostar en el crecimiento económico sustentable.

Reiteró que el país tiene 30 millones de hectáreas de tierras degradadas que el Gobierno se plantea recuperar para

colaborar con el combate al cambio climático , sin “agredir más” a la naturaleza. EFE

GLOBAL 15 ESMERALDAS MIÉRCOLES 28/JUNIO/2023 I
INVESTIGADO, El alcalde de la comuna santiagueña de Vitacura, Raúl Torrealba, ingresó a prisión.

La Beatlemanía a través de los ojos de Paul McCartney

La Beatlemanía vista a través de los ojos de Paul McCartney centra una exposición que la National Portrait Gallery de Londres dedica a las fotografías que el mismo músico británico tomó con una cámara Pentax a principios de los pasados años 60, cuando el cuarteto de Liverpool se convertía en un fenómeno mundial. EFE

MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023 Esmeraldas
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MULTA EXORBITANTE: PODER O ABUSO DE PODER DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CONSULTA PENAL

¿Qué requisitos debe cumplir la denuncia o la acusación particular para asuntos de vulneraciones de los derechos al consumidor?

RESPUESTA

Hemos venido reiterando que lo relativo a la prosecución de las infracciones contenidas en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, al tener un carácter penal, evidentemente la norma supletoria es el Código Orgánico Integral Penal, en ese sentido la denuncia y la acusación particular a la que se hace referencia en el artículo 84 deben cumplir los formalismos determinados en el COIP para esas instituciones.

NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

Introducción

Analizaré el contrato administrativo con cláusula exorbitante, el principio de igualdad contractual, las prerrogativas y las potestades de la Administración Pública; características de dicha cláusula, el principio de legalidad, la impugnación. Todo esto comprende a la Administración Pública y a su poder unilateral de crear cláusulas exorbitantes, que rompen el principio de igualdad con-

tractual, visibilizando su imperio; comprende una estipulación legal con prerrogativas, en las que prevalece el interés público sobre el particular.

Manifiesta su privilegio frente al contratista/ administrado, porque esta deberá cumplir con la función de velar por el buen uso de los recursos públicos y de garantizar el buen vivir, lo que desequilibra la relación bilateral que debe existir en un contrato.

Las prerrogativas que tiene la Administración Pública, contenidas en una cl á usula

exorbitante, sí constituyen un abuso de poder, porque esta puede usar su potestad para hacer una interpretación unilateral del contrato o terminación unilateral o anticipada del mismo, por eso la importancia de conocerlas.

El contrato administrativo con cláusula exorbitante sería un contrato administrativo de adhesión, porque el contratista o administrado no podría modificar dicho contrato, ya que el mismo se encuentra sujeto a regulaciones legales dadas por el Servicio Nacio-

nal de Contratación Pública (SERCOP), por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento. En otros casos, estos se encontrarían regulados por otros actos, como veremos con ejemplos.

Cl á usulas exorbitantes o excepcionales al Derecho Privado

El sector público comprende varias instituciones públicas que se encuentran enumeradas en el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia

con el artículo 44 del Código Orgánico Administrativo, en estas instituciones públicas encontramos servidores públicos que en el ejercicio de sus atribuciones legales y dentro del ámbito de su competencia, emiten actos jurídicos de derecho público, es decir, actos administrativos, que forman la rama del Derecho Administrativo.

Existen actuaciones públicas que se aplican de forma general, como por ejemplo los reglamentos, pero estos pueden incluir multas, con-

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE
2008 La Hora QUITO, ECUADOR
AUTORA: AB. ROSANA CASTRO ARROYO, MSC.1
http//www.derechoecuador.com MIÉRCOLES, 28 DE JUNIO DE 2023 C1
La Hora ESMERALDAS, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

tenidas en cláusulas exorbitantes. De estos reglamentos se pueden derivar actos jurídicos o negocios jurídicos particulares, como lo son los contratos, mismos que se sujetan a lo determinado en el reglamento del cual nacieron, que viene a regularlo.

Un contrato constituye una fuente directa de derechos y obligaciones, regula las relaciones jurídicas de las partes. Como requisito primordial de todo contrato encontramos al consentimiento, es decir, el acuerdo de voluntades. Este puede ser expresado en dos momentos, en la oferta y en la aceptación. En la oferta el consentimiento se convierte en el acto jurídico por el cual la una de las partes propone a la otra, la celebración de un contrato. En la aceptación, el consentimiento se convierte en el acto jurídico por el cual, la persona a la que va dirigida la oferta, la acepta, sea de forma expresa o tácita.

Las cláusulas exorbitantes o excepcionales al derecho privado, son exorbitantes, porque se convierten en verdaderos poderes unilaterales de la Administración Pública, y son excepcionales, porque no es usual encontrarlas en el derecho privado, aunque en algunos contratos de naturaleza especial se presentan. Visibilizan el poder que tiene la Administración Pública, que comprende una prescripción legal con prerrogativas, en las que prevalece el interés público sobre el particular. Estas cláusulas facultan a la Administración Pública a realizar determinados actos de control excepcional en el contrato, como: imponer sanciones, modificar cláusulas, dar instrucciones a las partes intervinientes en el contrato; implica una posición de superioridad jurídica por parte de la Administración Pública, que tendría la facultad de imponerlas unilateralmente en un con-

trato como medio coercitivo con el fin de ejercer y tener el control.

Estas cláusulas rompen el principio de igualdad contractual, este principio prima en el contrato privado, en el contrato público la Administración Pública empieza su relación con la otra parte (administrado/becario/contratista), con mayor jerarquía porque hacen notorio su poder, su poder unilateral de imposición, implicando que no habrá entre las partes el principio de igualdad contractual, porque no habrá un equilibrio contractual.

A manera de ejemplo, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante Acuerdo Nro. 2013-132, de fecha 14 de octubre de 2013, expidió el Reglamento para el “Programa de Becas para el fortalecimiento del Talento Humano en salud”, mismo que norma el proceso de adjudicación de becas de nivel técnico o tecnológico y pos-

grado en el país. Siendo así, las partes intervinientes serían: 1) Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación; 2) Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas (IECE); 3) Ministerio de Salud Pública (MSP); y, 4) Las personas naturales que tienen la calidad de postulante, adjudicatario/a y becario/a. Dicho programa financia los estudios a nivel técnico o tecnológico, en Institutos Superiores que ofrezcan dichos estudios; y, de postgrado, correspondientes a especialidades, en las instituciones de educación superior públicas y particulares nacionales, en el ámbito de ciencias de la salud.

El Reglamento en mención incluye la suscripción de un contrato entre la administración y el becario/a (administrado), con una terminación unilateral del contrato de beca, en caso de incumplimiento por varias causales estipuladas en el

CONVOCATORIA

Se convoca con carácter obligatorio, a los Señores Accionistas de la Compañía Transportes Reino de Quito S.A., a la Junta General Extraordinaria a realizarse el día lunes 17 de julio del 2023 a las 10H00 am, misma que se llevará a cabo en la oficina de la compañía ubicada en la Av. Juan Molineros E10 – 102 y Eloy Alfaro, para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum.

2. Lectura del orden del día

3. Informe del señor Gerente General Byron Pérez C.

4. Elección del Gerente General de la Compañía de Transportes Reino de Quito S.A; año 2023-2025.

5. Lectura y aprobación del Acta.

Se convoca de manera especial y particular al Señor Sergio Vega Comisario Principal de la Compañía.

Se solicita puntual asistencia.

Quito DM, 27 de junio del 2023 Atentamente,

CONVOCATORIA

D.M QUITO 06 de Julio del 2023

A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA PUEBLOBLANCOEX.SA

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 231 de la ley de compañías, el Artículo Vigésimo de las atribuciones de la Junta establecidas en los Estatutos Sociales de la Compañía; Con lo establecido en el artículo primero del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas, emitido por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros vigente, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía PUEBLOBLANCOEX. S.A., a la Junta General de Accionistas, a celebrarse el día jueves 06 de Julio del 2023 a las 14:00pm a llevarse a cabo en el salón de reuniones de la compañía ubicada en la Calle Bernardo de Legarda LTE 44 Y Calle 5; Sierra Dorada, para tratar y resolver el siguiente Orden del día: Orden del Día:

1. Constatación del Quorum por parte del Sr. Presidente.

2. Resolución sobre el Incremento de Acciones para la Compañía y Accionistas.

3. Informe de Revocatoria de cupos.

Para el efecto se convoca de manera individual y personal al señor Fernando Flores en su Domicilio Ubicado en el Sector Calacalí Av. Principal S/N de acuerdo a lo establecido de la Ley de Compañías el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas, el Estatuto de la misma

“CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA “GEOPETSA SERVICIOS PETROLEROS S.A.”

De conformidad con lo estipulado en el Estatuto Social y lo prescrito en la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la Compañía GEOPETSA SERVICIOS PETROLEROS S.A., y de manera especial e individual a AUDITRUST SAS, comisario de la misma, a la reunión de Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día 10 de julio de 2023, a las 15H30, en las instalaciones de la compañía ubicadas en la Av. Amazonas N39-123 y José Arízaga, Edificio Amazonas Plaza piso 8, oficina No 61, del cantón Quito, provincia de Pichincha. Conforme a lo dispuesto en el artículo 233 de la Ley de Compañías y en el Art. 20 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, los accionistas podrán comparecer a la Junta de manera telemática, en el presente mediante videoconferencia a través del sistema Zoom. La invitación y link para la videoconferencia se les enviará a sus correos electrónicos registrados en la Compañía en la convocatoria por correo que efectuará la Presidenta Ejecutiva.

Se conocerán y resolverán los siguientes asuntos:

1. Conocer y resolver sobre el informe de la Presidenta Ejecutiva respecto del ejercicio económico del año 2022.

2. Conocer y resolver sobre el informe del Comisario sobre el ejercicio económico del año 2022.

3. Conocimiento del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre de 2022.

4. Conocer y resolver sobre el informe de Auditoría Externa de la compañía correspondiente al ejercicio económico del año 2022.

5. Resolver acerca de la distribución de las utilidades.

6. Designación del Comisario de la Compañía para el ejercicio económico 2023.

7. Designación de Auditor externo para el ejercicio económico del año 2023.

Los documentos de soporte están a su disposición: Al comisario se lo convocará además en la dirección señalada para el efecto en la compañía.

Atentamente,

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Sr. Ricardo Velez PRESIDENTE
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documento citado en este ejemplo; pero también implica una multa exorbitante, nada más y nada menos que una multa equivalente a trescientas cincuenta (350) remuneraciones mensuales básicas unificadas del trabajador privado en general. Entonces, si a un becario en salud le adjudican una beca, cuyo monto a financiar es de USD 80.000, si este no cumpliere con el periodo de compensación, en las unidades operativas designadas por el Ministerio de Salud Pública, tendría que pagar como multa la cantidad de USD. 157.500 más los intereses generados, lo que equivale a 350 remuneraciones mensuales, considerando que este es de USD 450 para el año 2023.

Por ejemplo, la noción de

cláusula exorbitante o excepcional al derecho privado no existe en el ordenamiento jurídico colombiano, el autor Ciro Norberto Güechá Medina, habla de una falacia de la cláusula exorbitante o excepcional, ya que la Administración está dotada de prerrogativas que hace valer frente a los administrados, dentro del procedimiento administrativo. Siguiendo este ejemplo, lo mismo sucedería en el Ecuador.

Un ejemplo de prerrogativa, es la que tiene la Procuraduría General del Estado, de acuerdo con el artículo 3, literal g) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, que le faculta hacer análisis e interpretación de los contratos firmados por las instituciones públicas.

Debiendo aclarar que

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.

De conformidad con la Ley de Compañías y el artículo 19 del estatuto social de la compañía “THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.” se convoca a los señores accionistas de la misma, a la Junta General Extraordinaria a celebrarse en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, el día martes 04 de julio de 2023 a las 10H30 en el domicilio de la compañía ubicado en la Av. Maldonado S34-370 y Manglar Alto, para tratar el siguiente punto del orden del día:

1. “Conocer y resolver sobre el otorgamiento de un Poder General”.

Quito, 28 de junio de 2023.

Atentamente,

Jose Luis Cuesta Ribadeneira NOESIS REPRESENTACIONES NOSREP CIA. LTDA.

Gerente General THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.

NOTA: A los accionistas que deseen hacerse representar en la Junta General, nos permitimos recordarles la necesidad de que los poderes de representación que otorguen deberán sujetarse a lo dispuesto en el Reglamento para Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías.

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEP- TRÁMITE ORAL - TRÁMITE ORAL

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL A:

MOLINA LEON JENNY YOLANDA y RIVERA CEVALLOS JAIME OSWALDO

ACTOR: MONCAYO PINO ROBERTO NICOLAS

DEMANDADO/S: MOLINA LEON JENNY YOLANDA y RIVERA CEVALLOS JAIME OSWALDO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HA DISPUESTO LA PRACTICA DE LA SIGUIENTE DILIGENCIA DENTRO DEL JUICIO 17230-202010343.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 26 de octubre del 2020, a las 10h23. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante acción de personal Nro. 4962-DP17-2018-MP del 5 de junio del 2018.- PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el Laudo Arbitral, constituye título de ejecución, de conformidad al Art. 363 numeral 2; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento de ejecución. SEGUNDO: Por no haber convenido el pago de interés y costas en caso de incumplimiento del mandamiento de ejecución, procede emitir el mandamiento de ejecución: MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN.- De conformidad con el Art. 372 del Código Orgánico General de Procesos se dicta mandamiento de ejecución en los siguientes términos: (2.1).- IDENTIFICACIÓN DE LA PARTE EJECUTADA que debe cumplir con la obligación, son los señores JAIME OSWALDO RIVERA CEVALLOS y JENNY YOLANDA MOLINA LEÓN.(2.2).- ORDEN DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES: Los ejecutados JAIME OSWALDO RIVERA CEVALLOS y JENNY YOLANDA MOLINA LEÓN, por sus propios derechos, en la forma y calidad que han sido demandados cumplan con las siguientes obligaciones que se proceden a cumplir las obligaciones adquiridas con el ejecutante ROBERTO NICOLÁS MONCAYO PINO, las cuales se detallan a continuación: OBLIGACIONES DE HACER: 1.- Procedan con la SUSCRIPCIÓN de las escrituras de compraventa en favor del ejecutante, respecto de los siguientes bienes inmuebles: Departamento 2B con un área aproximada de setenta y nueve punto treinta y tres metros cuadraos, Bodegas número 19 y 24; y, parqueadero número 27 que forman parte del edificio “MALENA”, ubicado en el pasaje Gaspar Cañero y Avenida Seis de Diciembre, de la urbanización Barberis, parroquia Zambiza, cantón Quito, provincia de Pichincha”.- 2).- Deberán suscribir el formulario de liquidación del impuesto a utilidad y alcabalas del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y cualquier otro documento para que se 134897148-DFE perfecciones la transferencia de dominio.- Esto de acuerdo a los literales A, B y C de la cláusula SEGUNDA del Laudo.- 3) Deberán proceder con la reparación de vidrios e instalación de bomba de agua y generador eléctrico, conforme lo establecido en el numeral 2.1, literales E y F del adendum al Laudo.- OBLIGACIONES DE DAR: 4).- Deberán pagar del valor de los impuestos de utilidad y obras que se generen durante el proceso de transferencia de dominio de los inmuebles señalados, conforme lo establecido en el literal B de la cláusula SEGUNDA del Laudo.- Dada la naturaleza de las obligaciones; para el cumplimiento de las mimas, se les concede a los ejecutados el término de 30 días a partir de la notificación con este auto, bajo prevenciones legales que, de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, incluso por medio de terceras personas, a costa de los ejecutados.TERCERO.- Por tratarse de la ejecución de un título distinto a sentencia ejecutoriada, se ordena que se NOTIFIQUE, en el lugar señalado, en persona o mediante tres boletas, conforme lo previsto en los Arts. 54 y 55 del COGEP, a los ejecutados JAIME OSWALDO RIVERA CEVALLOS y JENNY YOLANDA MOLINA LEÓN, con una copia de la demanda y este auto de mandamiento de ejecución; para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones.- El ejecutante proporcione las copias necesarias para efectuar las boletas de la notificación dispuesta.- CUARTO.- Se deja a salvo el derecho de la parte ejecutada para oponerse de conformidad con el Art. 373 Ibídem.- Actúa como secretaria la Ab. Patricia Feijoo.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 18 de abril del 2023, a las 15h07. Vistos. En lo principal, se dispone: en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, Notifíquese a la parte demandada MOLINA LEON JENNY YOLANDA y RIVERA CEVALLOS JAIME OSWALDO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 19 de mayo del 2023, a las 14h03. VISTOS: Incorpórese al proceso el escrito presentado por la parte accionante.- En lo principal se dispone: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169 de la Constitución de la República y artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se reforma, en lo pertinente, el auto de sustanciación de fecha 26-10-2020, las 10h23 en el numeral (2.2) OBLIGACIONES DE HACER: 1. Departamento 2B con un área aproximada de setenta y nueve punto treinta y tres metros cuadrados, y no como se hace constar.- En todo lo demás las partes estarán sujetas a lo allí dispuesto.- Luego de la revisión de los recaudos procesales se desprende que existe un error involuntario de tipeo del extracto constante a fojas 134 del expediente, procédase a la corrección solicitada como se encuentra descrita en el escrito que antecede y remítase el extracto correspondiente, en el que se incluirá el presente auto de

Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones.

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también existen contratos administrativos que se encuentran sujetos o regulados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento, contratos que implican un objeto lícito, diferente al objeto del contrato privado; como finalidad tiene que cumplir con alguna obligación con el pueblo, como brindar algún servicio público como lo hacen algunas empresas públicas. En este caso el contratista también tiene limitada su libertad contractual porque la Administración

Pública a contratar impone sus lineamientos no solo en los términos de referencia, también en el pliego y lo traslada al contrato, por eso la modalidad sería un contrato administrativo de adhesión, cuando el contratista firma el Contrato da su consentimiento y se adhiere al mismo.

La Administración Pública contratante goza de prerrogativas o privilegios frente al contratista/ administrado, porque esta deberá cumplir con la función de

“POR PERDIDA SE ANULA EL CD No. 05201DPV011695-6 A FAVOR DE ROBERTO ANTONIO QUINTANA DE $ 40,000.00 DE BANCO BOLIVARIANO”.

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000110001718005

Cliente CLAVIJO VARGAS LUPE

BEATRIZ Cédula de Ciudadanía Nro. 1708092240 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-004-3273

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro.

002000170000500002 Cliente

ARGUELLO ALTAMIRANO ERICH

POUL Cédula de Ciudadanía Nro. 1709034837 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 2000130000125000

Cliente PERUGACHI ALVEAR LUZ

ANGELICA Cédula de Ciudadanía

Nro. 1701696179 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

velar por el buen uso de los recursos públicos y de garantizar el buen vivir, lo que desequilibra la relación bila-

teral que debe existir en un contrato, dejando desprotegido al contratista. Prerrogativas

CLUB DEPORTIVO BASICO PARROQUIAL “SPORTING DEL VALLE”

Acuerdo Ministerial Nro.: 1833 del 10 de octubre del 2013 Rumiñahui-San Pedro de Taboada-Pichincha

Rumiñahui: 28 de junio del 2023 CONVOCATORIA

Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Parroquial “SPORTING DEL VALLE” , a la asamblea general extraordinaria para la Reforma Integral del Estatuto que se realizará el día 15 de julio del 2023 a las 19h00 , Lugar: Av. Mariana de Jesús y Manuel Pomboza, Parroquia de San Pedro de Taboada del Cantón Rumiñahui Provincia de Pichincha.

Orden día.

1. Constatación del quórum.

2. Aprobación de la Reforma Integral del Estatuto del Club

¿Qué es una Prerrogativa? Para el autor Álvaro Luis Carrera Vera (2016) es un privilegio o beneficio del que goza una persona, llegando a tener más facultades que la otra parte en la relación contractual, en esta ocasión sería el Estado y sus institu-

ciones públicas contratantes que tendría ese privilegio o beneficio, ocasionando superioridad jurídica. Su fin es precautelar el cumplimiento efectivo del contrato y lograr la satisfacción del bien común.

Potestades

CONVOCATORIA

El Presidente Provisional de la PRE COMPAÑIA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A. CONVOCA a sus pre accionistas a la Junta General EXTRAORDINARIA, la misma que tendrá lugar, el día miercoles 28 de Junio del 2023, a las 9:00am, en la dirección: en la Provincia de Pichincha, Distrito Metropolitano de Quito, parroquia Chillogallo, barrio Simón Bolivar, Via La Libertad de Chillogallo, calle principal, OE 12H y calle secundaria, A la casa barrial para tratar el siguiente orden del dia:

1. Lectura de la convocatoria y constatación del Quórum;

2. Instalación de la Junta por parte del Señor presidente provisional;

3. Entrega dela Resolución No. AMT-DG-0015-2023 DEL Informe Previo de Constitución Jurídica de la Pre COMPAÑIA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A., por parte del Asesor Legal: Abg. Milton Rodrigo Aguas Toapanta;

4. Análisis y Revisión de cuentas pendientes de pago por parte de os pre accionistas de la Pre COMPAÑIA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A,

5. Elección de representantes definitivos principales y suplentes para el periodo 2023 - 2025.

NOTARIA PRIMERA DEL CANTON RUMIÑAHUI

Dr. Diego Xavier Chiriboga Pazmiño Av. Luis Cordero 555. Telf. 2333644. Sangolquí-Ecuador

EXTRACTO

NOTARÍA PRIMERA DEL CANTON RUMIÑAHUI: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí Doctor DIEGO XAVIER CHIRIBOGA PAZMIÑO, Notario Primero del Cantón Rumiñahui, el veinte y seis de junio de dos mil veinte y tres, los señores LUCIO EMILIO OCHOA CAMPOVERDE Y LEIDI MARIA ROMERO ROMERO , por sus propios y personales derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta anteriormente.-

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación del numeral 23 de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público, la publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores LUCIO EMILIO OCHOA CAMPOVERDE y LEIDI MARIA ROMERO ROMERO otorgada mediante escritura pública de fecha veinte y seis de junio de dos mil veinte y tres, ante el suscrito Dr. Diego Xavier Chiriboga Pazmiño, Notario Primero del Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Sangolquí, a 26 de junio de 2023.-

NOTA:

Será permitido el ingreso a la Junta General Extraordinaria, únicamente a los pre accionistas que constan en la Resolución No. AMTDG-0015-2023 del lnforme Previo de Constitución Juridica de la PRE CIA CONVENCIONALIMATAXi S.A.; y en caso de enviar representantes, estos deberán presentar un poder legalmente notariado.

Fajardo, 27 de junio de 2023

CONVOCATORIA

A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE APROBACIÓN DE ESTATUTO

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a los señores socios fundadores del Club Deportivo Básico Barrial “AC- DC”, a la Asamblea General Extraordinaria que se cel- ebrará en la sede del Club, ubicado en: el barrio Rumiloma, calle Huancavilca y Cofanes, perteneciente a la Parroquia Urbana de “FAJARDO”, cantón Rumiñahui, provincia Pichincha, fecha 12 de julio de 2023, a partir de las 19h00, con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quórum.

2. Aprobación del Acta constitutiva del Club

3. Aprobación del Estatuto del Club.

MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
001-003-3335
----------------------------------------------- --------------------------------------------Sr. Pablo Roberto Llumiquinga Oña Sr. Milton Daniel Quinga Caiza Presidente Provisional. Secretario provisional. C.C. 1717320707 CC: 1717965329 001-003-3337
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
001-003-3327
001-003-3328
001-003-3333
001-005-1790
001-003-3339

¿Qué potestades otorga la cláusula exorbitante o excepcional al derecho privado a la administración pública?

1) Hecho del príncipe : Se refiere a la adopción de medidas de orden legal o administrativo de carácter general que, aunque no modifica el objeto del contrato, sí incide en él haciendo más oneroso el cumplimiento a cargo del contratista;

2) Interpretación unilateral del Contrato : La Interpretación del contrato público es una potestad que tiene la administración pública y se torna abusiva por el simple hecho de que ella es juez y parte de interpretar el contrato (esto proviene por el principio de Autotutela), pero tiene la capacidad de interpretar sus mismas cláusulas porque las elaboró, estableció, perfeccionó y le da validez al contrato; y,

3) Terminación unilateral y anticipada del contrato: Se encuentra determinada en ley expresa, en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. La terminación unilateral por parte de la Administración Pública se debe a que los actos del Estado gozan de

plena ejecutividad, es decir, no debe acudir a ninguna otra autoridad para realizar dicha terminación. La cláusula exorbitante puede

operar sólo en los contratos de ejecución de obra porque solicitan que cuenten con un plazo estipulado y se la invoca desde el momento de la

DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mí, DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO, el 23 de Junio del 2023, entre los señores ENNER FRANKLIN ORTEGA VILLAZHAGÑAY; y, ADRIANA BEATRIZ MEJIA ROMERO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal; de la cual los peticionarios son divorciados entre sí, realizado el Divorcio el 1 de Marzo del dos 2023, ante ante la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Miñez y Adolecencia, con cede en la parroquia Carcelen, de esta ciduad de Quito, e inscrito en el Registro Civil de la Provincia de Pichincha, el 27 de abril del 2023 - La Liquidación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de la Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Ofcial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y/o Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores ENNER FRANKLIN ORTEGA VILLAZHAGÑAY; y, ADRIANA BEATRIZ MEJIA ROMERO, otorgada mediante escritura pública de 18 de Mayo del 2023, ante el suscrito DR. JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO, por el término de veinte ( 20 ) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fn de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fnes legales correspondi-

suscripción del contrato. Características ¿Qué características tiene n las Cláusulas Exorbitantes o Excepcionales al derecho privado?

1) Acuerdo de voluntades cuando suscriben un contrato, a manera de ejemplo, en el caso arriba citado, el acuerdo sería entre la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y el becario (administrado). La una entidad concede la beca, el becario acepta la beca, la relación contractual, el negocio jurídico y por ende se somete al Reglamento para el ‘Programa de Becas para el fortalecimiento del Talento Humano en salud”, que contiene la cláusula en mención;

2) Se encuentran reguladas previamente, es decir, con anterioridad al contrato; puede ser una ley, como lo es Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública o volviendo a ejemplo arriba citado, la cláusula se encuentra tipificada en el Reglamento para el ‘Programa de Becas para el fortalecimiento del Talento Humano en salud”;

3) Rompen el Principio de Igualdad, porque la Administración Pública tiene prerrogativas en relación con la otra parte interviniente, que vendría a ser el administrado.

Principio de Legalidad ¿Gozan del Principio de Legalidad las Cláusulas

Exorbitantes o Excepcionales al derecho privado?

lahora.com.ec

Estas cláusulas pueden estar contenidas en los contratos administrativos y los contratos que celebra el Estado constituyen actuación administrativa, subordinada al principio de legalidad y encaminada al cumplimiento tanto de los fines del Estado, como de las propias entidades públicas que los celebran y en definitiva se encuentran determinados por el interés general. Con respecto al principio de legalidad, este se encuentra tipificado en el artículo 76,

MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
EXTRACTO
001-004-3274
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numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador. Con respecto al Interés general, este se encuentra tipificado en el artículo 37 del Código Orgánico Administrativo, mencionando que las Administraciones Públicas sirven con objetividad al interés general.

Los contratos administrativos se rigen por reglas de derecho público y que los conflictos surgidos del mismo sean sometidos a la jurisdicción Contencioso Administrativa.

Impugnación

¿ Son impugnables las Cláusulas Exorbitantes o Excepcionales al derecho privado? El artículo 173 de la Constitución de la República del Ecuador, permite la impugnación tanto en vía administrativa como en vía judicial de los actos administrativos.

En materia de Contratación Pública tanto la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como su Reglamento y el Código Orgánico Administrativo establecen los medios de impugnación respectiva.

Volviendo al ejemplo, arriba citado, la cláusula exorbitante fue creada por el Reglamento para el Programa de Becas para el fortalecimiento del Talento Humano en salud, que vendría a ser un acto administrativo (artículo 98 OCA), siendo una declaración unilateral emitido por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, efectuada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales o generales; en este caso sería a todos los becarios del “Programa de Becas para el fortalecimiento del Talento Humano en salud” y se cristaliza con la suscripción de un Contrato Administrativo con el becario.

Conclusiones

o excepcionales al derecho privado visibilizan el poder que tiene la Administración Pública, que comprende una estipulación legal con prerrogativas, en las que prevalece el interés público sobre el particular. Estas cláusulas facultan a la Administración Pública a realizar determinados actos de control excepcional en el contrato.

En materia de contratación pública como en materia administrativa, las prerrogativas sí constituyen un abuso de poder, cuando el contrato administrativo le da facultad de discrecionalidad a la entidad contratante, para que modifique las condiciones y obligaciones por medio de

una resolución o acto administrativo.

El Contrato Administrativo con cláusula exorbitante es un contrato de adhesión, donde la parte interviniente, sea contratista o administrado, es la que acepta el contrato, no podrá modificar el mismo porque el contrato ya tiene cláusulas pre establecidas, no negociables y solo le corresponde aceptarlas con su sola firma.

IX. Bibliografía: Álvaro Luis Carrera Vera, “El Contrato Administrativo, Análisis de la Facultad Estatal para imponer Cláusulas Exorbitantes en la Contratación

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMPAÑÍA “VORMUND S.A.”

De conformidad con las normas legales y estatutarias pertinentes, se convoca a los accionistas de la compañía “VORMUND S.A.”, a la Junta General Extraordinaria de la compañía, que tendrá lugar en las instalaciones del domicilio principal de la compañía, ubicado en Calle Suiza N34-41 y Av. República del Salvador, Distrito Metropolitano de Quito, Pichincha, el día 06 de julio del 2023, a las 10h30, o en su defecto para los accionistas que deseen asistir de manera virtual, se compartirá el enlace y la plataforma que se utilizará para dicha junta, para ello se conmina a confirmar su asistencia mediante esta modalidad o por correo electrónico. En lo demás se actúa conforme lo dispone la normativa aplicable y el estatuto social de la compañía. En la Junta se tratará y resolverá sobre los siguientes puntos en el orden del día:

1. DESIGNAR NUEVO GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA.

2. APROBAR LA REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA COMPAÑÍA, RESPECTO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

a. ELIMINACIÓN DE LA FIGURA DEL COMISARIO DE LA COMPAÑÍA.

b. FORMA DE CONVOCATORIA A JUNTAS GENERALES.

c. ACUERDOS PARASOCIALES

3. RENDICIÓN DE CUENTAS

De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, los respectivos documentos que serán conocidos según el orden del día procedente están a disposición de los accionistas, en las instalaciones del domicilio principal de la compañía, ubicado en Av. Suiza N34-41 y Av. República del Salvador, Distrito Metropolitano de Quito, Pichincha.

Se deja constancia que conforme lo establece la normativa vigente y el estatuto de la compañía, la Junta General se celebrará dentro de ocho días contados a partir de que se está efectuando la presente convocatoria.

De la misma manera, se indica lo siguiente a todos los accionistas, conforme lo establece la normativa vigente para este efecto:

• De la información relacionada: Para garantizar el derecho de los accionistas a la información, se acompaña a la presente convocatoria, toda la información relacionada a los asuntos del orden del día.

Del derecho de los accionistas minoritarios a incluir puntos adicionales o correcciones a los puntos del orden del día. Los accionistas minoritarios que sean titulares de por lo menos el 5% del capital social de la compañía, podrán solicitar, por una sola vez que se incluyan o corrijan puntos del orden del día. Para lo cual deberán dirigir una comunicación al Representante Legal de la compañía dentro de un plazo improrrogable de 72 horas desde el envío de la presente convocatoria. De ser el caso, se pondrá en conocimiento de los demás accionistas hasta 24 horas después de haber recibido la comunicación. Por consiguiente, la junta general ordinaria, se instalará en el plazo de 5 días, contados a partir del día siguiente de la circulación del requerimiento del accionista solicitante.

De la comparecencia de manera telemática: Los accionistas que comparezcan a la junta a través de medios telemáticos, deberán remitir al secretario de la Junta, un correo electrónico donde se consigne la forma de votación para cada moción. Correo electrónico: coordinacionlegal@vormundcapital.com

De la representación convencional: Los accionistas podrán comparecer a través de un tercero mediante un poder general o especial incorporado a instrumento público o privado. El documento deberá ser presentado previo a la instalación de la junta de manera física, o enviado al siguiente correo electrónico: coordinacionlegal@vormundcapital.com) El original deberá ser enviado dentro de los 2 días siguientes a la celebración de la Junta, en cualquiera de los casos deberá contener la firma del accionista que otorga y el documento de identificación del representante del mismo. No podrán ser representantes de los accionistas, los administradores ni comisarios

De manera especial e individual se convoca al Comisario Principal de la compañía VORMUND S.A.

Atentamente,

Las cláusulas exorbitantes

Pública”, tesis para la obtención del título de abogado, 2016, http://repositorio.ucsg.edu.ec/ bitstream/3317/4910/3/TUCSG-PRE-JUR-DER-21.pdf

Ciro Norberto Güechá Medina, “Falacia de las cláusulas exorbitantes en la contratación estatal, http:// www.scielo.org.co/scielo. php?script=sci_arttext&pid =S1692-25302006000200002

Código Orgánico Administrativo.

Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública y su Reglamento.

Rosa Lucía Ortuño Samaniego, “Las Clausulas Exorbitantes y la Terminación

Unilateral de los Contratos de

acuerdo con la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública”, tesis para la obtención del título de abogada, 2014, http://dspace.uazuay.edu.ec/ handle/datos/3980

Reglamento para el ‘Programa de Becas para el fortalecimiento del Talento Humano en salud”, emitido por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, Acuerdo Nro. 2013- 132, de fecha 14 de octubre de 2013.

1.Abogada por la Universidad Central del Ecuador; Magíster en Litigio y Arbitraje Internacional por la Universidad San Francisco de Quito; Magíster en Asesoría Jurídica de Empresas por la Universidad de la Rioja; Especialista en Derecho Procesal por la Universidad Andina Simón Bolívar; cursando la Maestría en Derecho Procesal en la Universidad Andina Simón Bolívar.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMPAÑÍA “INSIGHTREALESTATE & BUSINESS S.A.”

De conformidad con las normas legales y estatutarias pertinentes, se convoca a los accionistas de la compañía “INSIGHTREALESTATE & BUSINESS S.A.”, a la Junta General Extraordinaria de la compañía, que tendrá lugar en las instalaciones del domicilio principal de la compañía, ubicado en Calle Suiza N34-41 y Av. República del Salvador, Distrito Metropolitano de Quito, Pichincha, el día 06 de julio del 2023, a las 12h30, o en su defecto para los accionistas que deseen asistir de manera virtual, se compartirá el enlace y la plataforma que se utilizará para dicha junta, para ello se conmina a confirmar su asistencia mediante esta modalidad o por correo electrónico. En lo demás se actúa conforme lo dispone la normativa aplicable y el estatuto social de la compañía. En la Junta se tratará y resolverá sobre los siguientes puntos en el orden del día:

1. DESIGNAR NUEVO GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA.

2. APROBAR LA REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA COMPAÑÍA, RESPECTO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

a. ELIMINACIÓN DE LA FIGURA DEL COMISARIO DE LA COMPAÑÍA.

b. FORMA DE CONVOCATORIA A JUNTAS GENERALES.

c. ACUERDOS PARASOCIALES

3. RENDICIÓN DE CUENTAS

De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, los respectivos documentos que serán conocidos según el orden del día procedente están a disposición de los accionistas, en las instalaciones del domicilio principal de la compañía, ubicado en Av. Suiza N34-41 y Av. República del Salvador, Distrito Metropolitano de Quito, Pichincha.

Se deja constancia que conforme lo establece la normativa vigente y el estatuto de la compañía, la Junta General se celebrará dentro de ocho días contados a partir de que se está efectuando la presente convocatoria.

De la misma manera, se indica lo siguiente a todos los accionistas, conforme lo establece la normativa vigente para este efecto:

• De la información relacionada: Para garantizar el derecho de los accionistas a la información, se acompaña a la presente convocatoria, toda la información relacionada a los asuntos del orden del día.

• Del derecho de los accionistas minoritarios a incluir puntos adicionales o correcciones a los puntos del orden del día. Los accionistas minoritarios que sean titulares de por lo menos el 5% del capital social de la compañía, podrán solicitar, por una sola vez que se incluyan o corrijan puntos del orden del día. Para lo cual deberán dirigir una comunicación al Representante Legal de la compañía dentro de un plazo improrrogable de 72 horas desde el envío de la presente convocatoria. De ser el caso, se pondrá en conocimiento de los demás accionistas hasta 24 horas después de haber recibido la comunicación. Por consiguiente, la junta general ordinaria, se instalará en el plazo de 5 días, contados a partir del día siguiente de la circulación del requerimiento del accionista solicitante.

• De la comparecencia de manera telemática: Los accionistas que comparezcan a la junta a través de medios telemáticos, deberán remitir al secretario de la Junta, un correo electrónico donde se consigne la forma de votación para cada moción. Correo electrónico: coordinacionlegal@vormundcapital.com

De la representación convencional: Los accionistas podrán comparecer a través de un tercero mediante un poder general o especial incorporado a instrumento público o privado. El documento deberá ser presentado previo a la instalación de la junta de manera física, o enviado al siguiente correo electrónico: coordinacionlegal@vormundcapital.com El original deberá ser enviado dentro de los 2 días siguientes a la celebración de la Junta, en cualquiera de los casos deberá contener la firma del accionista que otorga y el documento de identificación del representante del mismo. No podrán ser representantes de los accionistas, los administradores ni comisarios

De manera especial e individual se convoca al Comisario Principal de la compañía

INSIGHTREALESTATE & BUSINESS S.A.

Atentamente,

MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C6
001-003-3343
001-003-3344
Johanna Cevallos Rojas Gerente General VORMUND S.A.

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