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Piratas siguen asaltando a pescadores de Galera

Tres pescadores más que habían salido desde el puerto de la parroquia Galera en el cantón Muisne, fueron perjudicados con el robo del motor de la embarcación en la que laboraban, en horas de la noche de este último miércoles.

Felizmente, en la mañana de este jueves, fueron divisados por otros compañeros de la parroquia Tonchigüe, quienes les remolcaron hasta el puerto de la localidad para que lleguen a tierra firme y puedan contactarse con sus familiares.

Pescadores de Súa

Una fuente que, desde Galera, contactó al autor de esta nota, fue quien hizo conocer de este nuevo hecho delictivo en alta mar, revelando que los tres tripulantes afectados son oriundos de la parroquia Súa y pescaban en una lancha de Galera.

Detalló que, por esa razón, una vez que estuvieron en Tonchigüe, fueron reco- gidos por otra embarcación de pescadores de Súa, quienes les llevaron, remolcando la lancha, hasta esta última localidad atacameña donde hasta la mañana de ayer permanecía la embarcación perjudicada.

Robo de motores

No precisó las características del motor sustraí - do, lo que sí lamentó es la frecuencia con la que están siendo perjudicados los pescadores de Galera, considerando que el fin de semana anterior, también fueron afectados con el robo de motores y lanchas, varios pescadores de esa localidad.

Añadió que, en la mañana de este jueves, había desazón y desconcierto en los familiares de pescadores que se encontraban en alta mar, luego de conocerse la noticia de los hombres de mar afectados, pues no sabían si quienes permanecían en faenas de pesca se encontraban en esas tareas o también podrían estar a la deriva producto del ataque de piratas.

Hasta pasado el mediodía de este jueves, no se habían reportado más perjudicados por los delincuentes del mar, aunque familiares de los pescadores que aún no llegaban a puerto, seguían rezando para que se encuentren bien y regresen sin novedades a sus respectivos hogares.(LV)

UNIDAD JUDICIAL PENAL CON

SEDE EN EL CANTON ESMERALDAS EXTRACTO R.del E.

JUICIO: N° 08282-2022-09080

DENUNCIANTE: SOSA PROAÑO

PATRICIO HERNAN, portador de la cédula de identidad número 1706549076, ecuatoriano, casado, mayor de edad, en calidad de representante legal de la compañía HOTELES DECAMERON S.A.

DENUNCIADO: ARROYO QUI -

ÑONEZ KLEBER FERNANDO

CONTRAVENCION DENUNCIADA: CONTRAVENCION PENAL DE CUARTA CLASE

Al denunciado ARROYO QUI -

ÑONEZ KLEBER FERNANDO se le hace saber que se ha dictado lo siguiente:

UNIDAD JUDICIAL PENAL DE ESMERALDAS DE ESMERALDAS.Esmeraldas, martes 27 de septiembre del 2022, las 10h45, VISTOS: Abg. Saby Dinorat Hinojosa Copete, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Penal de Esmeraldas, mediante acción de personal No.6184DNTH-2015- SBS del 26 de mayo del 2015.- y de conformidad a la Resolución No. 088-2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura.-Avoco conocimiento de la presente contravención de No.08282-2022-09080; En lo principal; una vez que el recurrente ha dado cumplimiento al auto de fecha 7 de Septiembre del 2022, a las 09h27 minutos, se dispone; La Contravención Penal, presentada por SOSA PROAÑO PATRICIO HERNAN, en contra de ARROYO

Judiciales

QUIÑONEZ KLEBER FERNANDO, se la califica de clara y precisa de conformidad a lo establecido en el artículo 642 del COIP, por lo que se la acepta a trámite... UNIDAD JUDICIAL PENAL DE ESMERALDAS DE ESMERALDAS.-

Esmeraldas, viernes 6 de enero del 2023, las 15h52, VISTOS: Abg. Saby Hinojosa Copete, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Penal de Esmeraldas legalmente nombrada y posesionada del cargo, en mérito de la resolución N° 0882015 y mediante acción de personal No. 6184-DNTH-2015-SBS, de fecha 26 de mayo del 2015, suscrita por la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura.- Continuando con la prosecución de la causa se dispone:

1) Agréguese al expediente la declaración con juramento realizada por el denunciante SOSA PROAÑO PATRICIO HERNAN, por medio de la cual declara bajo juramento que desconoce el domicilio de la persona denunciada, por lo que conforme la solicitud realizada, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 inc. 1 núm. 1 del Código Orgánico General de Procesos, norma supletoria en materia penal, se dispone la citación de la persona denunciada en uno de los periódicos de mayor circulación del cantón Esmeraldas, provincia de Esmeraldas, publicación que será a costas del denunciante.- 2) El actuario del despacho elabore el extracto respectivo.- 3) Una vez verificada las 3 publicaciones se convocará a la audiencia respectiva.- 4) Se le recuerda a la parte denunciada que tiene la obligación de comparecer y señalar casillero con un abogado defensor privado de su confianza, y en caso de no contar se dispondrá la presencia de un defensor público.- Actúa el Dr. Freddy Leonardo Jimbo Ordóñez, en calidad de Secretario Titular legalmente nombrado por el Consejo Nacional de la Judicatura mediante Resolución No. 205-2015, y acción de personal No. 9544-DNTH-2015KP.- NOTIFIQUESE.- Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes.

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