Esmeraldas, 08 mayo 2024

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MIÉRCOLES

Inicia el Año Escolar en Esmeraldas

Con un entusiasmo desbordante, cientos de estudiantes de la provincia de Esmeraldas dieron la bienvenida al nuevo año escolar 2024-2025. 3

Víctimas colaterales del crimen organizado

Atacames con serios problemas de accesibilidad

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
08 DE MAYO DE 2024
Esmeraldas Esmeraldaslahora @ Esmeraldaslahora
SOCIEDAD
CANTONES
10 4 CONTRA MENORES DE 5 AÑOS EN 2023 248 HOMICIDIOS

LORENA BALLESTEROS

@booksbylolita

La era de los clones

“¡Mami, todas van a ir con vestido a la fiesta!”, me dijo mi hija, días después de que le hubiera comprado una blusa para combinar con una falda. Estaba invitada a su primera fiesta semiformal y el evento se iba transformando en todo un acontecimiento. “¿Quiénes son todas?”, pregunté con curiosidad. Tras la virada de ojos habitual, característica de una preadolescente, volvió a repetirme “todas, mami, todas”. Conforme pasaron los días, el tema del vestido no volvió a mencionarse. Evidentemente, no compré vestido alguno, y mi hija fue con la falda y la blusa recientemente adquiridas. Pero, la palabra “todas” no dejaba de resonar en mi cabeza. Después de hacer investigaciones averigüé que “todas” se refería a “las populares”.

Cuando llevé a mi hija a la esperada fiesta le salió a recibir un ejército de clones . Sí, era como mirarse en un cuarto de espejos. ¡Todas!, y aquí sí, ¡todas sus amigas!, estaban vestidas con el mismo estilo de faldas y el mismo tipo de top. Más tarde, cuando fui a buscarla, salieron otras niñas a despedirla. Sí, todas estaban puestas la misma ropa, lucían el mismo peinado, caminaban al mismo paso…

Durante el trayecto a casa no dejé de pensar en que fui testigo de la invasión de los clones.

Es como si ahora se pusieran de acuerdo previamente para evitar “hacer papelones” y ajustarse a lo que está “socialmente permitido”. Procuran no salirse de las líneas. Temen ser fotografiados o capturados en vídeo “siendo distintos”. Es una época difícil en la cual ser diferente ya no es un reto, es simplemente imposible.

Los chicos se agrupan en tribus de clones para sentirse seguros. El temor al rechazo, al ser excluidos es lo que más ansiedad les genera. Ser diferente no está de moda. Y sí, se puede ser diferente siempre y cuando se tenga uno que otro clon que secunde la tendencia. Me rehúso a creer que la realidad es cada vez más parecida a un episodio de Black Mirror.

JOSÉ ALVEAR

@JoseRAlvearC

Educación, la última rueda del coche

Está semana de mayo, con retraso, empezó el año lectivo en la región Costa y Galápagos.

Según Unicef lo último que se debe hacer en una emergencia es cerrar las escuelas. En nuestro

Editor

Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec

Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XLI No. 11984

EDITORIAL

Ayudar a que las mujeres trabajen en paz

EnEcuador más de la mitad de los negocios son gestionados y dirigidos por mujeres, y 73% de ellas son madres y cabeza de hogar. Además, la mayor parte de ellas se dedica al comercio minorista y virtualmente todos sus ‘emprendimientos’ (96%) generan ingresos menores al salario básico.

Ante el azote del desempleo y la falta de oportunidades, la mujer ecuatoriana lucha incansablemente para mantener la economía familiar a flote. Madres que crían solas a sus hijos no tienen más remedio que ganarse el pan por medio de negocios y comercios informales y precarios de bajo ingreso, en campos que requieren poca escolarización.

La sociedad y sus instituciones deberían apoyar y facilitar el creciente rol protagónico que tiene la mujer en la economía ecuatoriana, pero sucede lo contrario.

Se espera todavía que sean esas mismas madres, que sustentan a sus familias, quienes se hagan cargo del cuidado de los niños, ancianos y demás personas vulnerables de la familia. Si, a nivel nacional, el Estado implementara centros de cuidado para menores de 0 a 5 años —algo que hasta hoy solo funciona parcialmente, en algunas urbes—, facilitaría inmensamente la vida de miles de mujeres trabajadoras.

Aún hay tiempo para incluir, en la nueva ley económica urgente que prepara el Ejecutivo, un artículo para incluir en los rubros deducibles del impuesto a la renta todos los gastos en los que incurren para el cuidado de quienes dependen de ellas, incluyendo sus sueldos. Pequeños cambios como estos ayudarían a que las mujeres trabajen en paz y continúen poniendo el hombro para levantar al país.

lindo Ecuador parece ser la primera opción. Ante la pandemia fue la medida inmediata, ante la inseguridad también y qué decir hoy, ante la falta de luz.

Afectar la educación, suspendiéndola, no nos ayuda como país; todo lo contrario, nos estanca. Un país solo sale del tercermundismo al progreso con electricidad barata y un buen sistema educativo; por ende, el Estado debe priorizar el apoyo a su educación con calidad tanto en sus maestros como en infraestructura, pues son

4,5 millones de estudiantes que giran en función de una columna vertebral tan importante como la educación.

Este 2024 el Gobierno de Noboa asignó $4.641 millones de su presupuesto general de $35.536 millones a la educación básica y bachillerato.

Ahora que se reactivaron las clases en todo el país el gran reto de la nueva Ministra de Educación será la de garantizar calidad de profesores bien capacitados que conjuguen perfectamente esa transición hacia el mundo globalizado a través del

PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO pescandon@gmail.com

Urgente innovación

Lasociedad necesita profesionales en todas las áreas laborales, no solo para aumentar la producción, sino también para satisfacer las necesidades de las diferentes áreas industriales, técnicas y tecnológicas, que en este momento ya dejaron de ser completamente manuales e incluyen el conocimiento de la informática, como lo es la mecatrónica

Nuestro sistema educativo, desde los años iniciales, está orientado a reproducir paradigmas de las profesiones tradicionales con las cuales el propio campo laboral está completamente saturado, como lo indican varios reportes periodísticos. Y es que la propia Senescyt, en sus registros de 2023, tiene a 222870 titulados de tercero y cuarto nivel con estudios en el país y en el extranjero. Para complementar lo anterior, el INEC dio la estadística sobre empleabilidad de quienes tienen un masterado y la cifra de desempleo es de 2,7% en 2023, con lo cual tener un título de cuarto nivel no asegura empleo inmediato.

Existe una sobreoferta de estudios de posgrado, tanto nacionales como extranjeros, que, además, cuentan con la certificación y reconocimiento de Senescyt, lo cual no solo es indicativo de que la universidad está descontextualizada y no compite con las extranjeras, sino que muchas de las nacionales son escaparates de entrega de títulos.

Estudiar es un compromiso profesional y académico, tanto del docente como del estudiante, y no se puede banalizar el proceso con autorizaciones a diestra y siniestra de funcionamiento de programas de posgrado.

Urge una renovación de la Universidad contemporánea, que está más vieja que cualquier institución, a pesar de que en todos sus programas y webs se ve que anuncian coloquios, reflexiones y proyectos sobre Inteligencia Artificial o innovación, pero que no aplican en ese conocimiento casa adentro.

La sociedad cambia más rápido de lo que la universidad se entera y así no llegaremos a igualarnos nunca.

campo digital; en otras palabras, que pueda demostrar un sistema nuevo de enseñanza con una definición nueva de los roles tradicionales, tanto de profesores como de estudiantes. Sin olvidar políticas educativas inclusivas Solo cuando logremos la meta de poseer un gran sistema educativo se irá diluyendo ese bono social que representa $1.295 millones, pues tendremos menos población vulnerable y mucho más ciudadanos preparados caminando hacia la prosperidad emocional, moral y económica.

No dejemos como última rueda del coche nuestro semillero representado en la educación. El camino correcto es dejar de aplicar medidas parches y empezar a cimentar políticas de Estado intocables y fuertes. Según el manual libertario, los cuatro pilares para que un país sea realmente competitivo son: educación, salud, justicia y seguridad. Esperemos que el Gobierno se dé cuenta y lo priorice como una fórmula para disminuir la inseguridad y generar opciones de ingresos en un futuro inmediato.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO OPINIÓN 02 Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
General: Jean Cano
Editor
Regional: Josué Navarrete
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. O ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024

Inicia el Año Escolar en Esmeraldas

Desde las aulas de la Unidad Educativa Walter Quiñonez Sevilla hasta los rincones más remotos de la región, los jóvenes se embarcaron en una nueva travesía académica, superando obstáculos y demostrando su incansable anhelo por el aprendizaje.

Ceremonia de Apertura

El 6 de mayo marcó el inicio oficial del ciclo escolar en el régimen Costa-Galápagos, y la Unidad Educativa Walter Quiñonez Sevilla fue el epicentro de una celebración llena de emoción. Con la presencia de Xavier Mora, Coordinador Zonal 1 de Educación, autoridades locales, docentes y padres de familia, 675 estudiantes dieron la bienvenida al nuevo año con gran regocijo. En su discurso, Xavier Mora resaltó la importancia fundamental de la educación como pilar de la sociedad. Enfatizó el papel crucial que desempeñan los docentes y los padres de familia en la formación sólida y en valores de los estudiantes. Sus palabras resonaron como un llamado a la unidad y al compromiso colectivo en la búsqueda de una educación de calidad.

Cronograma escalonado: una logística coordinada

Para garantizar un inicio ordenado y eficiente, el Ministerio de Educación implementó un cronograma escalonado en las provincias

Con un entusiasmo desbordante, cientos de estudiantes de la provincia de Esmeraldas dieron la bienvenida al nuevo año escolar 2024-2025.

de Esmeraldas e Imbabura, donde un total de 163,813 estudiantes y 8,516 docentes de 866 establecimientos educativos iniciaron el nuevo ciclo.

° 6 de mayo: Bachillerato (1ro., 2do. y 3ro.) y Educación Inicial.

° 7 de mayo: Educación General Básica Superior (8vo., 9no. y 10mo. EGB) y Preparatoria (1ro. EGB).

° 8 de mayo: Educación General Básica Media (5to., 6to. y 7mo. EGB) y Educación General Básica Elemental (2do., 3ro. y 4to. EGB).

Un ciclo académico completo El año escolar se dividirá en tres períodos académicos, asegurando así el cumplimiento de los 200 días laborables estipulados en el régimen escolar. Esta estructura garantizará una experiencia educativa completa y enriquecedora para los estudiantes. Jazmín Ortiz, una estudiante del plantel, expresó con entusiasmo: “Estamos encantados de regresar a las aulas, preparados para embarcarnos en una nueva y emocionante travesía educativa. Queridos

amigos y maestros, una vez más los pasillos y aulas se iluminarán con la enseñanza y el aprendizaje de nuestros queridos docentes”.

Desafíos en las Zonas Rurales En las zonas rurales de Esmeraldas, donde residen poblaciones afroesmeraldeñas y de la nacionalidad chachi, el acceso a la educación implica superar desafíos únicos. El transporte fluvial se ha convertido en un aliado indispensable, ya que los estudiantes deben utilizar canoas, embarcaciones con motores fuera

de borda y balsas de caña y madera para cruzar los ríos y llegar a sus planteles.

Una Odisea diaria hacia el aprendizaje

Nixon Quiñonez, ex presidente de la parroquia rural Anchayacu, describió cómo los propios alumnos deben remar y movilizar a sus compañeros en estas embarcaciones improvisadas. Además, enfrentan el desafío de caminar por senderos lodosos y anegados, requiriendo el uso de botas plásticas para protegerse.

Sur de Esmeraldas

La situación no fue diferente en Muisne, ubicada en el sur de la provincia. Allí, los padres de familia expresaron su preocupación por el uso de tarabitas o tableros improvisados para cruzar los ríos, ya que el puente sobre el río San Francisco se derrumbó hace más de un año debido a las crecidas. A pesar de los obstáculos, las autoridades educativas y gubernamentales se han comprometido a garantizar el acceso a la educación. El gobernador Javier Buitrón, junto con representantes del Municipio de Eloy Alfaro y del Ministerio de Educación, inauguraron el ciclo escolar en uno de los planteles de la zona, entregando pupitres y reforzando la importancia de la preparación ante situaciones de emergencia.(DLH)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK EDUCACIÓN 03 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024 I

Atacames con serios problemas de accesibilidad

Un problema recurrente vive Atacames, pues el deterioro de sus rutas principales es muy peligroso, se pudo apreciar en el descontento de los miles de turistas que por vía terrestre desde la capital accedieron hacia Atacames. Es destacable el gran esfuerzo por la luminaria instalada en un amplio sector de esta ruta que brinda seguridad y buena presencia hacía con los turistas. Sin embargo la travesía empieza mucho antes, es normal ver autos estacionados en diferentes tramos de la vía y en horas del día,

Varios sectores de Quinindé

no tendrán

La empresa de energía CNEL EP ha informado a través de sus redes sociales trabajo de mantenimiento en diferentes sectores y horarios en Quinindé, a continuación el detalle.

de 12:30 a 15:30

° Miércoles 8 de mayo

Sectores: Divino Niño, Los Girasoles, San Agustín, Jimmy Anchico y 1 de Junio.

° Jueves 9 de mayo:

Barrio San José de los Aserríos, Nuevos Horizontes Alto, Las Palmas,

Tras un exitoso feriado que dinamizó la economía de los principales balnearios de la provincia del sur, un denominador común navega entre los turistas, es la inconformidad sobre las rutas de acceso hacia las playas.

pues los vehículos sufren afectaciones principalmente en sus llantas.

En los momentos más violentos que sufrió Esmeraldas en materia de seguridad, la ruta Esmeraldas - Tonsupa era utilizada por antisociales que colocaban vidrios o ‘miguelitos’ en los desperfectos de la ruta para que los vehículos se detuvieran y puedan

perpetrar robos a los desdichados viajeros.

Los nativos que se movilizan a diario por estas rutas, acusan de recurrente y peligroso movilizarse sin conocer las falencias de la vía. Los malecones; principal punto de atención sufren la misma historia, principalmente el de Tonsupa, esta disyuntiva es sin duda un

Fundo Limón y subcentro de salud.

° Viernes 10 de mayo: Nuevos Horizontes Bajo, Av. Jorge Chiriboga, vía Palcien, 24 de Junio, Las Vertientes, El Cisne y El Viudo.

De 09:30 a 12:30

° Sábado 11 de mayo:

Divino Niño, Los Girasoles, San Agustín, Jimmy Anchico y 1 de Junio.

° Domingo 12 de mayo: Barrio San José de los Aserríos, Nuevos Horizontes Alto, Las Palmas, Fundo Limón, subcentro de salud, Las Maravillas y Av. Jorge Chiriboga.

punto en contra dentro del marco de reactivación, vivimos un esfuerzo provincial para que Esmeraldas se active económicamente, en vís-

peras de un ambiente de relativa paz y seguridad según las cifras oficiales, el sector turístico es indispensable para la provincia lo cual deben ser apoyadas por todos los entes gubernamentales a fin de solucionar esta problemática, con ello ayudar a estas comunidades que dependen de este importante sector económico.(JNG)

el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. Registro Oficial No. 979 de fecha 27 de julio 2023 Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 0803515101002007000 Ubicado: Mompiche vía: Mompiche - Portete, Parroquia: Bolívar, Cantón: Muisne, Provincia: Esmeraldas, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: al NORTE: 20 00m. con Callejón s/n SUR: 20 00m.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO CANTONES 04 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024 JEFATURA DE AVALUOS Y CATASTRO GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE Extracto de publicación De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. Registro Oficial No. 979 de fecha 27 de julio 2023 Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 0803515151002008000 Ubicado: Mompiche vía Mompiche - Portete, Parroquia: Bolívar, Cantón: Muisne, Provincia: Esmeraldas, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: al NORTE: 20 006m. con Tetyana Yeroshehenkova SUR: 20 002m. con Callejón s/n; al ESTE: 40 00m con Vía Mompiche-Portete OESTE: 40,008m. con Mateo Caicedo. Superficie total de 752,00 m2, con un área de construcción de 0 00 m2, a favor de ROSA ALICIA ESTACIO DOMINGUEZ de estado civil soltera A fin de que en algún caso resultare afectado con la pretendida adjudicación, comparezcan en este trámite y presenten oposición o reclamo sobre la referida adjudicación del bien inmueble vacante o mostrenco. Lo comunico para los fines de Ley Mgs. Yuri Colorado Márquez ALCALDESA DEL GADMC MUISNE JEFATURA DE AVALUOS Y CATASTRO GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL
DEL CANTÓN MUISNE
de publicación
con Vanessa Diaz; al ESTE: 15 00m con Vía Mompiche-Portete OESTE: 15,00m. con Tania Panezo Superficie total de 297 28 m2, con un área de construcción de 0 00 m2, a favor de ROSA ALICIA ESTACIO DOMINGUEZ de estado civil oltera A fin de que en algún caso resultare afectado con la pretendida adjudicación, comparezcan en este trámite y presenten oposición o reclamo sobre la referida adjudicación del bien inmueble vacante o mostrenco. Lo comunico para los fines de Ley Mgs. Yuri Colorado Márquez ALCALDESA DEL GADMC MUISNE
MUNICIPAL
CANTÓN MUISNE El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
Extracto
De acuerdo a lo establecido en

Ceviche ‘Túmbame

Negra’: Un auténtico manjar de Atacames

¡Bienvenidos a la gastronomía de Esmeraldas! Hoy les presentamos el Ceviche Túmbame Negra, una deliciosa receta originaria de Atacames, en la costa de Esmeraldas, Ecuador. Este plato es un espectáculo culinario que combina las frescas delicias del mar con los sabores vibrantes de la tradición esmeraldeña. su frescura.

El escenario: Atacames Ubicado en Esmeraldas, Atacames es una playa que no solo es conocida por su belleza natural, sino también por su rica cultura culinaria. Aquí, en un pintoresco puesto de comidas llamado La Ramada, se prepara este plato con maestría y pasión.

Nota: Si estás en Atacames, no puedes perderte este delicioso plato que cuesta

aproximadamente USD $7.

Ingredientes

El Ceviche Túmbame Negra se prepara con ingredientes frescos y autóctonos:

° Pescado

° Camarón

° Ostiones

° Concha

° Cebolla

° Cilantro

° Limón

° Tomate

° Condimentos (kétchup, mostaza, sal y pimienta)

Preparación

° Paso 1: Preparación de los mariscos

El pescado y los camarones se cocinan previamente. Por otro lado, las conchas y los ostiones se extraen de sus caparazones en el momento del pedido para garantizar

° Paso 2: Marinado

Los mariscos se mezclan con el limón y la cebolla para curtir. Esto crea una combinación de texturas y sabores que es la esencia del Ceviche Túmbame Negra.

° Paso 3: Adición de otros ingredientes

Se añaden el cilantro, el tomate y los condimentos para completar el sabor del ceviche.

El ingrediente estrella: La concha La concha

agrega un toque único al Ceviche Túmbame Negra. Su textura suave y su sabor marítimo la convierten en un ingrediente especial que le da personalidad al plato.

El Ceviche Túmbame Negra es más que un plato, es un espectáculo de sabores y texturas que representa la riqueza de la cultura esmeraldeña. Así que si estás en Atacames, no debes dejar pasar la oportunidad de probar este manjar.DLH

DIRECCIÓN ZONAL 2 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANCIÓN ECOLÓGICA, ESMERALDAS

GASTRONOMÍA 05 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024 I

Sentenciado por el abuso sexual perpetrado contra una niña de 10 años

A trece años de prisión fue sentenciado Ángel Enrique Ch. I., como autor del abuso sexual perpetrado contra una niña.

Los hechos se habrían producido de manera continua y permanente desde noviembre de 2017 hasta enero de 2019 en la ciudad de Esmeraldas.

La madre de la niña estableció una amistad con la esposa de Ángel Enrique Ch. I., pues vivían en el mismo edificio de departamentos. Esa relación llevó a que el ya sentenciado empezara a trasladar y retirar a la niña de la escuela, además de apoyarla para que se nivele en matemáticas.

La fiscalía probó en la audiencia de juicio que el agresor atacó sexualmente a la agraviada durante las

clases. Según el testimonio anticipado de la víctima, el hombre la amenazaba con hacerle daño a su madre si contaba lo sucedido. A causa de estos actos, la infante estuvo a punto de atentar contra su propia vida y actuaba con mucha rebeldía.

La madre intuyó que algo pasaba, por lo que la interrogó en varias ocasiones, hasta que su hija le contó lo que ocurría. Entonces, el hecho fue denunciado ante las autoridades.

Durante el juicio, la Fiscal especializada en Violencia de Género que llevó el caso presentó como pruebas: el testimonio anticipado de la

víctima y los testimonios del médico legista, de los agentes que practicaron el reconocimiento del lugar de los hechos, de la psicóloga y de la trabajadora social que evaluaron a la niña, y de la madre, entre otras.

Tras el análisis de las pruebas, el Tribunal de Garantías Penales sentenció a trece años de prisión a Ángel Enrique Ch. I. y ordenó el pago de 10.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima y de cincuenta salarios básicos unificados como multa.

Fuente: Fiscalía General del Estado(FGE Nº 533-DC2024)

JEFATURA DE AVALUOS Y CATASTRO

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE

El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE

Extracto de publicación

De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA

SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. Registro Oficial No. 979 de fecha 27 de julio 2023

Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 0803510201004002000, Ubicado: Mompiche vía: Mompiche - Portete, Parroquia: Bolívar, Cantón: Muisne, Provincia: Esmeraldas, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: al NORTE: 8,50m. con Calle las iguanas, SUR: 8,50m con Chila Méndez Filten; al ESTE: 14,00m. con calle S/n, OESTE: 14,00m. con Crespín Escobar Víctor Hugo. Superficie total de 119,16 m2, con un área de construcción de 0,00 m2, a favor de Quintero Guagua Víctor Hugo de estado civil soltero

A fin de que en algún caso resultare afectado con la pretendida adjudicación, comparezcan en este trámite y presenten oposición o reclamo sobre la referida adjudicación del bien inmueble vacante o

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLICIAL 06 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024
mostrenco.
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Proyecto inmobiliario en Olón cuestiona transparencia del Gobierno

La denuncia por ecocidio abrió las puertas para solicitar la interpelación a la Ministra del Ambiente, por el otorgamiento de los permisos ambientales.

Las fguras del presidente de la República, Daniel Noboa, y la primera dama, Lavinia Valbonesi, se encuentran en el centro de las denuncias de organizaciones y activistas ambientales por el desarrollo de un proyecto inmobiliario en Olón

Denuncias de fundaciones ambientalistas como La Iguana califcan como un “ecocidio al ecosistema del manglar” los trabajos y la tala de 21 algarrobos en la zona del proyecto.

Mientras que en las redes sociales y medios de comunicación ya se muestran los documentos con los nombres de ministros, familiares y dirigentes de Acción Democrática Nacional (ADN), que estarían relacionados con esta iniciativa.

Según detalles conocidos por este Diario, ‘Echo Olón’ es un proyecto “urbanístico y arquitectónico” concebido como un conjunto de cuatro edificaciones de cuatro plantas cada

uno y 24 unidades de vivienda. Adicionalmente, contará con áreas sociales, áreas verdes, estacionamiento de visitas, vías de acceso, acceso a la playa y malecón hacia la playa.

La familia del presidente Noboa es la propietaria del terreno ubicado en el esterillo Oloncito, en las adyacencias

del Bosque Protector, y habría recibido los permisos ambientales para su desarrollo el 05 de diciembre de 2023, apenas una semana después de que Noboa asumiera el Gobierno. Con este permiso, la empresa VinAzin podría intervenir de 225 metros del estero, “rellenándolo, talando especies

DETALLES. Así se planifican las edificaciones que conformarán el proyecto ‘Echo Olón’.

Presidente de Olón asegura que sí hay ‘ecocidio’

° El presidente de la Comuna de Olón, John Reyes Reyes, reconoció a LA HORA que en el proyecto se ha producido un ecocidio a la naturaleza e indicó que la comunidad exige la socialización de la envergadura de la obra, consecuencias y beneficios que podría generar a la ciudadanía.

Reyes destacó que, si bien los representantes de la empresa hicieron una presentación del proyecto a las autoridades de la comunidad,

“siempre hemos solicitado a los representantes de la empresa que vinieran a socializar el proyecto con toda la comunidad que está siempre interesada”.

“Hacemos un llamado de alerta porque se está perjudicando al ecosistema, al medio ambiente, se talaron 21 algarrobos”, puntualizó Reyes. El presidente de la comuna reiteró su solicitud a los representantes de la empresa, “simplemente queremos que ellos, como parte del proyecto, vengan a la comunidad, es lo más viable que antes de cualquier construcción la comunidad tiene que conocer en qué consiste el proyecto”.

nativas, entre ellas manglares, afectando directamente, la biodiversidad de la zona y poniendo en riesgo la vida y los bienes de la comunidad del sector”, según la fundación La Iguana.

Personajes en el proyecto Al revisar la documentación de la empresa y las contratistas vinculadas con la ejecución de la obra, no solo la primera dama se encuentra relacionada, también figuran nombres de importantes funcionarios del Gobierno como el ministro de Transporte y Obras Públicas, Roberto Luque; la ministra del Interior, Mónica Palencia; la presidenta Nacional de ADN, María Beatriz Moreno; y la ministra del Ambiente, Sade Fritschi, en cuya gestión se aprobaron los permisos. La empresa VinAzin, sería propiedad de la primera dama, Lavinia Valbonesi, quien fgura como la socia y principal accionista junto a Daniel Patricio Correia. La empresa consta en la Superintendencia de Compañías con un capital de $10.000, repartidos $9.999 de Valbonesi y $1 de Correia, quien según su perfl de Linkedin fgura como gerente administrativo de la División Naviera de la Corporación Noboa. La gerencia general de la empresa, según la Superintendencia de Compañías, es ocupada por la actual presidenta Nacional de ADN, María Beatriz Moreno, quien dirige

la empresa desde el 22 de septiembre de 2022. El proyecto fue desarrollado por la empresa Geosísmica, perteneciente al ministro de Transporte y Obras Públicas y encargado del Ministerio de Energía y Minas, Roberto Luque. Dentro de las presentaciones del proyecto, este tendría como fecha de elaboración el mes de septiembre de 2023 El proyecto estaría en la primera fase de desarrollo, ejecutándose: la recuperación del terreno, la arborización/ reforestación y el movimiento de tierras, mientras que la construcción de las edifcaciones iniciaría en el octavo mes de la obra, de los 34 meses que estipula la programación. El nombre de la ministra del Interior, Mónica Palencia, fgura en algunos documentos de la empresa en su carácter de representante legal, aunque a través de las redes sociales advirtió que no permitiría que se “ponga en tela de duda mi nombre o el de mi hija”.

Detalló que, en 2020, “recibimos autorizaciones para realizar actos societarios concretos, únicamente, y a favor de una empresa de actividad lícita y en nuestras funciones como abogadas”, sentenció Palencia.

Ministra ante la Asamblea Durante la jornada del 7 de mayo de 2024, los hechos evidenciados por las organizaciones ambientales y la denuncia ante la Fiscalía por “delitos contra la fora y la fauna silvestre”, llevó a la bancada del Movimiento Construye a solicitar una modificación en el orden del día en el Parlamento.

El objetivo de la modificación es que se incluya la comparecencia de la ministra del Ambiente, Sade Fritschi, para que se realice durante este 8 de mayo. La bancada indicó en sus redes sociales que hay “mucho que explicar”.

Apuntaron que es importante revisar las razones por las que “actuales ministros y el círculo familiar del Presidente están vinculados con el proyecto inmobiliario”, denunciado a través de las redes sociales.

Este Diario realizó contactos con la Secretaría de Comunicación de la Presidencia para consultar si habría respuesta sobre la denuncia, se conoció que, “no está prevista la emisión de ningún comunicado”. (ILS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024 P PAÍS 07
CONSERVACIÓN. El proyecto contará con acceso al cuerpo de agua. Foto: Fundación La Iguana

Funcionamiento de judicaturas especializadas se proyecta para 2025

El presidente de la Judicatura, Álvaro Román, planifica una reunión con el ministro de Finanzas, Juan Carlos Vega, para requerir un presupuesto estimado de $15 millones para gasto corriente.

La aplicación y puesta en marcha de la pregunta que se aprobó en la consulta popular del 21 de abril de 2024 para el funcionamiento de judicaturas especializadas en materia constitucional se proyecta para mediados de 2025.

En el Consejo de la Judicatura (CJ), brazo ejecutor de la iniciativa del presidente de la República, Daniel Noboa, todavía faltan certezas sobre la aplicabilidad inmediata y la disponibilidad de recursos para organizar la nueva justicia constitucional. También falta infraestructura para albergar a los 91 jueces que deberán elegirse.

Los actuales vocales de la Judicatura no alcanzarán a organizar el concurso para la designación de los jueces constitucionales que ocuparán las judicaturas especializadas.

La función de seis años para el que fueron electos los actuales vocales del CJ concluye en enero de 2025 y serían sus reemplazos -quienes serán designados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs)- los que nombrarán, por concurso, a los 91 nuevos jueces.

“Tendríamos que hacer la convocatoria a un nuevo concurso para jueces

VOCALES. Autoridades del Consejo de la Judicatura adelantan el trabajo para la implementación de salas especializadas en materia constitucional. Foto: Judicatura.

constitucionales, pero creo que para los jueces constitucionales, la Corte Constitucional debería asumir la competencia; pero veamos si en el diálogo llegamos a un acuerdo, caso contrario tendríamos que seguir como Consejo de la Judicatura enfrentando este nuevo reto”, señaló Álvaro Román, presidente de la Judicatura.

Solicitud de recursos al Ministerio de Finanzas

Este 9 de mayo de 2024, Román planifca reunirse con el ministro de Finanzas, Juan Carlos Vega, para requerir un presupuesto, estimado por la Dirección Nacional de Innovación del CJ, en $15 millones para gasto corriente.

Este rubro implica la instalación física de las judicaturas especializadas con mobiliario, equipos de computación, etc; y ubicar en los despachos a 230 nuevos funcionarios que deberán apoyar a los jueces constitucionales que sean designados. Al problema presupuestario, se añade el de la infraestructura judicial. Álvaro Román admitió que en el Complejo Judicial Norte de Quito ya no hay espacio para ubicar a más jueces. “El edifcio está lleno”, afrmó.

Tampoco existe infraestructura adecuada en las provincias de Azuay, Guayas, Manabí, Tungurahua y Pichincha para la ubicación de los nuevos jueces en

unidades judiciales, como en cortes provinciales y salas de corte provincial. Otra posibilidad es que se done, vía comodato, un edificio ubicado en el centro de Guayaquil y, aunque el inconveniente es que tiene fallas estructurales, la Judicatura podría generar una inversión económica para la recuperación de la infraestructura.

¿Cómo se estimó un presupuesto de $15 millones?

En su estudio, la Dirección de Innovación del CJ analizó la cantidad de causas que han ingresado. En 2024, por ejemplo, se calcula que existen 24.872 causas distribuidas en varias provincias.

La Judicatura calcula que habrá 43 jueces de unidad judicial y 48 jueces para tribunales de sala de corte provincial.

Esta cifra da una dimensión de 2 causas por día, 40 por mes, 480 al año. “Hay que ver si Finanzas aprueba la propuesta, porque también tendremos que esperar el cambio normativo en la Asamblea Nacional (en un plazo de 60 días)”, agregó el presidente del CJ.

La nueva justicia constitucional se organizará en las unidades judiciales, según el análisis de la carga procesal en los distritos Azuay (con 10 jueces), en Guayas (12), en Manabí (6), en Tungurahua (4) y Pichincha (11).

Mientras que los tribunales de salas de Corte Provincial estarán distribuidos así: En Azuay (12 jueces), Guayas (12), Manabí (6), Tungurahua (6) y Pichincha (12).

A esto debe sumarse el personal de apoyo indispensable para el funcionamiento de una judicatura como secretarios, ayudantes judiciales, y gestores de archivo.

“Teníamos que crear judicaturas en los distritos; no se podían crear en los 224 cantones con cada juez porque sería un desperdicio de recursos fnancieros para sueldos, porque habrá jueces que no tendrán mucha carga procesal”, aclaró Román. (SC)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO JUSTICIA 08 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024
EL DATO

Gremios empresariales se distancian en medio de la crisis

La Cámara de Comercio de Quito decidió desvincularse del Comité Empresarial Ecuatoriano. Existen visiones enfrentadas sobre el país y sobre el Gobierno de Noboa. Esta es una muestra de un país sin proyecto de desarrollo conjunto, sin liderazgos claros, ni estrategia, advierte especialista.

EMPRESARIA.

Mónica Heller, presidenta de la Cámara de Comercio de Quito, considera que es tiempo de apoyar al Gobierno de Daniel Noboa ante la crisis.

“Desde febrero (2024), por primera vez en la historia del sector productivo ha habido diferencias profundas, de fondo y de forma, que nos han llevado a retirarnos del Comité Empresarial Ecuatoriano”.

Con esta declaración, hecha durante un desayuno con

la prensa, Mónica Heller , presidenta de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), puso en evidencia la fractura profunda de los gremios empresariales del Ecuador en medio de la actual crisis económica, social y productiva.

Heller reconoció que la decisión fue “dolorosa y difícil”;

Sin consensos sobre el modelo de país

° Para justificar la ruptura de la unión empresarial, Mónica Heller, presidenta de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), dijo: “sabemos que seríamos mejor como un sector productivo unido como un solo frente; pero hay cosas que no podíamos sacrificar”.

Sin embargo, de acuerdo con Carla Morillo, economista y socióloga, la actual disputa entre gremios productivos refleja la realidad de un país sin proyecto de desarrollo conjunto, sin liderazgos claros ni una estrategia sobre cómo destrabar el problema de la falta de empleo e inversión.

“Estamos ante una encrucijada en el país. Se necesitan consensos; pero se notan las disputas entre gremios. No tenemos un norte claro y en medio está un Estado que se ha convertido en un peso para la producción y un empleo adecuado que ha perdido continuamente espacio

pero necesaria porque la CCQ no comparte las visiones y las acciones de otros gremios del país.

La subida del IVA impulsó la ruptura empresarial

La presidenta de la CCQ aseguró que el gremio que representa “se comporta siempre

desde 2014”, aseveró Morrillo.

De acuerdo con Heller, actualmente no hay otra opción que apoyar de manera irrestricta al Gobierno de Noboa porque, desde su lectura, el triunfo de las nueve preguntas sobre seguridad en la consulta popular representa un claro mandato.

“Se ha logrado, por primera vez en muchos años, un frente común en algunos temas transversales de seguridad”, dijo la presidenta de la CCQ, quien además resaltó el apoyo de más del 87% a las Fuerzas Armadas

Pero, en el más reciente programa de Políticamente Correcto, Abelardo Pachano, economista y exgerente del Banco Central, apuntó que la sociedad ecuatoriana en su conjunto está fracturada y no tiene un objetivo común; más allá de ciertas coincidencias circunstanciales.

“Cada parte de la sociedad busca alcanzar determinados objetivos; pero no tienen la capacidad de un diálogo concertador que lleve a la acumulación de decisiones que resuelvan los problemas fundamentales”, aseveró.

atrasos, e incluso podría provocar una desdolarización forzosa.

“El país no puede confundirse de lo que realmente estaba en riesgo. Uno: la dolarización. Dos: quedar aislados de los multilaterales que son los únicos que aún nos apoyan. Tres: solventar un défcit inmenso que se dejó el año pasado”, apuntó Heller.

En su momento, Miguel Ángel González, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, cuestionó que el “Gobierno de Daniel Noboa repita la fórmula de fnanciar a un Estado deficitario vía impuestos, mientras se sigue postergando el crecimiento económico”.

Desde ese gremio se propusieron medidas alternativas para fnanciar la crisis fscal (controlar corrupción en compras públicas y subsidio a los combustibles, entre otros) y se cuestionó la forma ilegal e inconstitucional como se crearon los impuestos temporales.

a la altura de lo que el país necesita. Haciendo a veces sacrifcios propios, como haber aprobado el incremento del IVA y otros impuestos que no nos gustan, pero que entendemos son necesarios”.

En este sentido, recalcó como irresponsable lo actuado por la Cámara de Comercio de Guayaquil y la Cámara de Industrias del Guayas que interpusieron una demanda de inconstitucionalidad (ya admitida a trámite por la Corte Constitucional) contra toda la ley que permitió la subida del IVA y creó impuestos temporales, entre otras medidas para conseguir más ingresos estatales y abrir las puertas de créditos de organismos multilaterales.

“Jamás hubiéramos boicoteado la posibilidad del desembolso de los multilaterales como han hecho algunas de las otras cámaras del país”, afrmó Heller.

Desde la CCQ se considera que “boicotear” la subida del IVA equivale a cerrar la posibilidad de financiar el gasto, el déficit fiscal y los

LA HORA consultó a González y a la Cámara de Comercio de Guayaquil sobre las declaraciones últimas de Heller; pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.

‘Nos dejaron solos en la consulta popular’ De acuerdo con Heller, la CCQ fue la única que se pronunció claramente sobre las preguntas económicas de la consulta popular E incluso llegó a decir que desde este gremio se hizo una “defensa feroz” de temas como el trabajo por horas y volvió a cuestionar la posición y el accionar de otros gremios empresariales.

“Se perdió la posibilidad de modernizar el esquema laboral. A mí me sorprende que haya quienes estén celebrando. Esto no es una ganancia; sino una pérdida brutal para el Ecuador”, puntualizó Heller.

Asimismo, dijo que el país no entendió lo que le preguntaron en el tema del arbitraje internacional.

“No hay inversión extranjera ni crecimiento de la infraestructura productiva. No hay por dónde dar empleo”, acotó la presidenta de la CCQ. (JS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ECONOMÍA 09 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024 I

FLAGELO. Uno de cada dos niños en Ecuador han sufrido algún tipo de violencia.

Ecuador registra 248 homicidios contra niños menores de 5 años

La violencia del crimen organizado, en Ecuador, impacta a los niños, quienes son víctimas colaterales de la guerra entre bandas.

En Latinoamérica, 2 de cada 3 niños han sufrido algún tipo de violencia. Ecuador es parte de este desalentador panorama, pues 1 de cada 2 menores de edad han sido maltratados, ya sea física, psicológica o sexualmente.

Además de los maltratos naturalizados –como padres que castigan físicamente a sus hijos– los niños ecuatorianos se desarrollan en medio de una crisis de violencia sin precedentes. Es así que se vuelven presa fácil de las bandas narcodelictivas–que los reclutan por no ser imputables–, o son vícti-

mas colaterales de la guerra entre grupos armados que han provocado el aumento en un 700% de homicidios en adolescentes y niños, desde 2019 hasta 2023.

La violencia desatada en las calles también ha cobrado la vida de 248 niños de cero a cinco años, quienes han muerto en cruces de balas o sicariatos, incluso por equivocación. Eso ocurrió en Guayaquil cuando cuatro niños y su madre fueron asesinados por sicarios que –según la Policía– se equivocaron de casa y abrieron fuego contra la

familia.

Invertir en educación, un escudo contra la violencia Luz Ángela Melo, representante de Unicef en Ecuador, señala que la violencia impacta a los niños y niñas en todas las dimensiones: en su desarrollo cognitivo , en su facilidad de aprendizaje, en su concentración.

Ante este panorama de violencia, las escuelas –dice Melo– deben seguir siendo espacios seguros. “La mayor inversión que puede hacer un país para sus niños y niñas es, primero invertir en la primera infancia (de 0 a 5 años), y segundo invertir en educación”.

La representante de Unicef ejemplifica estas acciones con lo hecho por Corea del Sur que pasó de ser uno de los países más pobres, tras la Primera Guerra Mundial y la guerra civil a ser “uno de los países más desarrollados (…) porque invirtieron y apostaron por la educación”.

Para Unicef, ante cual

EN LA WEB

PAÍS

Un niño víctima de violencia en su casa tendrá mayores posibilidades de ser víctima de violencia en otros entornos”,

LUZ ÁNGELA MELO, REPRESENTANTE DE UNICEF EN ECUADOR.

Los niños que sufren violencia tendrán más oportunidades de ser reclutados por bandas”,

LUZ ÁNGELA MELO, REPRESENTANTE DE UNICEF EN ECUADOR

quier contexto, las escuelas deben ser lo último en cerrar y lo primero en abrir.

Construye pide comparecencia de la ministra del Ambiente por proyecto inmobiliario en Olón

TRIBUTOS

Ministerio de Economía asegura que los precios de los productos de primera necesidad no se han visto afectados a un mes de la subida del IVA al 15% lahora.com.ec

ECONOMÍA

El 72% de las emprendedoras ecuatorianas es cabeza de hogar con, en promedio, dos hijos

OCUPACIÓN 50% de ecuatorianos pensó alguna vez en renunciar a su trabajo por tener mala relación con su jefe

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SOCIEDAD 10 I ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024

ELN usa el secuestro para extorsionar a negociadores de paz en Colombia

La delegación del Gobierno de Colombia que negocia la paz en Colombia advirtió que el ELN de que ‘se equivoca gravemente’ si cree que puede seguir con los secuestros

CIUDAD DE PANAMÁ. Mientras los panameños retomaban sus actividades normales tras la jornada electoral en la que José Raúl Mulino resultó electo como nuevo presidente de Panamá, el gobernante saliente, Laurentino Cortizo, se comprometió a llevar a cabo una transición ordenada del poder.

“Me comuniqué vía telefónica con el presidente electo, José Raúl Mulino, para felicitarlo por su triunfo en las elecciones de hoy y desearle éxitos y buena salud en este nuevo periodo. Le reafrmé que cuenta con mi compromiso de llevar a cabo una transición ordenada”, escribió Cortizo en su cuenta de X.

Cortizo gobernará hasta el 30 de junio próximo, y será relevado el 1 de julio

como cabeza del Ejecutivo panameño por Mulino, que gobernará hasta mediados de 2029.

Con más del 90% de los votos escrutados, Mulino logró un 34,4% de las votos, frente al 25% del antisistema Ricardo Lombana, del Movimiento Otro Camino (Moca), el 16% del expresidente Martín Torrijos (2004-2009), del Partido Popular (PP), y el 11,2% alcanzado por Rómulo Roux, de Cambio Democrático (CD).

Mulino dice que no es ‘títere de nadie’ Mulino, de 64 años y quien aparecía a la cabeza de las pocas encuestas difundidas antes de las votaciones, fue designado a última hora por el Tribunal Electoral (TE) como candidato presiden -

cial de la alianza “Salvar Panamá”, conformada por los partidos Realizando Metas (RM) y Alianza, en sustitución del inhabilitado expresidiente Ricardo Martinelli (2009-2014).

Martinelli quedó inhabilitado por una condena a más de 10 años de prisión por blanqueo y se encuentra asilado en la Embajada de Nicaragua desde febrero pasado para evitar su detención.

“No me animan confrontaciones de ningún tipo”, dijo Mulino en su discurso del triunfo ante sus seguidores, a quienes aseveró que no es “títere de nadie”, que nadie lo puso “a dedo” y que impulsará “un gobierno pro empresa privada” pero sin olvidar a los más necesitados. EFE

TEMPORAL. Inundaciones en los alrededores del asilo Padre Cacique, en Porto Alegre (Brasil). EFE

Tragedia por lluvias

en Brasil

sigue tras casi 100 muertos

BRASILIA. El presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, alertó este 7 de mayo de 2024 de que “la tragedia climática” en la región sur del país fruto de unas históricas inundaciones “aún no ha acabado”, tras registrar al menos 90 muertos, 132 desaparecidos y cuantiosos daños materiales.

“Es una tragedia climática cuya dimensión nadie imaginaba y no acabó. El agua está bajando a otros lugares y va a llegar a otros municipios, y eso es muy grave”, advirtió el mandatario en una entrevista en la red pública EBC.

Según el último balance de la Defensa Civil, las lluvias torrenciales de la última semana en el estado de Rio Grande do Sul han causado por lo menos 90 fallecidos, 132 desaparecidos y cerca de 1,4 millones de afectados.

La histórica crecida de varios de los principales ríos de Rio Grande do Sul, fronterizo con Argentina y Uruguay, ha provocado estragos en 388 municipios , incluida Porto Alegre, la capital regional, y obligado a casi 200.000 personas a abandonar sus hogares por las inundaciones. EFE

para la Actualización de Registro de Directorio que se celebrará en la sede de Liga ubicada en la Av. Oriente y Arrayanes junto al Coliseo Municipal del cantón Baños, provincia de Tungurahua, el 23 de mayo del año 2024, a partir de las 19h00 horas, en la sede de Liga, con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA:

1. Constatación del Quórum.

2. Instalación de Segunda Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, conforme artículo 16, 17 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

3. Lectura de Acta de Asamblea General Extraordinaria de Elecciones para la Actualización de Registro de Directorio de Liga Deportiva Cantonal Baños (PRIMERA)

4. Conocimiento, Análisis y Resolución sobre renuncias presentadas por miembros del Directorio.

5. Elecciones para la Actualización de Registro de Directorio de Liga Deportiva Cantonal Baños para completar el periodo de cuatro años otorgado mediante oficio Nro. MD-CZ3-2021-0967-OF de 18 de noviembre de 2021, directorio que estará en funciones hasta el día 11 de agosto de 2025, de conformidad al artículo 13, 15, 16, 17 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación. Atentamente,

Sr. Patricio Sánchez PRESIDENTE L.D.C. BAÑOS. Cl.:1600300444 Tel.: 099 615 0309 e-mail: patricio.s.s@hotmail.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK GLOBAL 11 ESMERALDAS | MIÉRCOLES 08/MAYO/2024 I
FO CUS
UN PODCAST DE LA HORA MÍRALO Y ESCÚCHALO POR YOUTUBE O SPOTIFY ENTREVISTA A JORGE ANHALZER TEMA El
ambiente DALE CLICK
Con Gabriela Vivanco
cambio radical maligno en nuestro
SEGUNDA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PARA ACTUALIZACION DE REGISTRO DE DIRECTORIO DE LIGA DEPORTIVA CANTONAL BAÑOS DE AGUA SANTA. Baños, 8 de mayo de 2024 De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento Sustitutivo al Reglamento General vigente, se convoca a los clubes FILIALES de Liga Deportiva Cantonal Baños de Agua Santa, a la Asamblea General Extraordinaria
GRUPO Integrantes del Ejército de Liberación Nacional de Colombia. FOTO: Archivo.

MIÉRCOLES 08 DE MAYO DE 2024

Esmeraldas

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UNA MIRADA A LA CORONA DEL SOL

La misión europea Solar Orbiter, cuyo objetivo es estudiar el Sol, filmó la transición entre la baja atmósfera de nuestra estrella y la corona exterior, con imágenes que muestran el gas brillante formando patrones en forma de encaje, llamados musgo coronal. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO

EXTINCIÓN DE ALIMENTOS

Introducción

La petición de extinción de la prestación del derecho de alimentos es en muchas ocasiones un tercero interesado, que puede ser la cónyuge sobreviviente o alguno de los herede -

ros, que lo hacen con el fin de que se dé de baja a la referida deuda por concepto de pensión, y posteriormente que el actor en esa causa determine si continua solicitando dicha prestación con cualquiera de los deudores subsidiarios, que determina la norma, en tal sentido tenemos que, La

Corte Nacional de Justicia ha establecido las formas para la extinción de las obligaciones de prestación de alimentos, a lo cual en la parte pertinente señala que: La doctrina también se ha pronunciado en el sentido de que la terminación de los alimentos se puede dar de hecho, es decir, simple -

mente sucede sin necesidad de una declaración judicial, como por ejemplo cuando el hijo se casa, abandona el hogar o es autosuficiente o cuando muere el alimentario o el alimentante; lo cual también sucede, sobre todo cuando se ha fijado la pensión en sentencia para menores de edad, en

CONSULTA LABORAL

¿Sería en materia laboral procedente contar con un perito liquidador de planta?

RESPUESTA

Revisemos el Art. 371 inciso segundo del COGEP referente al inicio de la ejecución por sentencia ejecutoriada. Admitida la solicitud prevista en el artículo anterior o directamente si se trata de ejecución de sentencia ejecutoriada, la o el juzgador designará una o un perito para la liquidación de capital, interés y costas en el término concedido para el efecto. Previamente la o el actor tendrá el término de cinco días para presentar los comprobantes de respaldo de gastos conforme con las normas de costas previstas en este Código. Sin embargo, en los procesos laborales, las y los juzgadores y tribunales de instancia, cuando condenen a una de las partes al pago de indemnizaciones u obligaciones no satisfechas, están obligados a determinar en el fallo la cantidad que se debe pagar. Por lo tanto, no es posible contar con peritos para liquidar los rubros que se ordenan pagar en materia laboral; pues en los procesos anteriores a la vigencia del COGEP se aplica la Resolución obligatoria del Pleno de la Corte Suprema de Justicia publicada en el R.O. No. 138 de 1 de marzo de 1999, que dispone que es el Juez quien debe liquidar. En el COGEP el Art.371 es claro al señalar que se liquidará en la misma sentencia; por tanto ejecutoriada la sentencia no procede ningún recurso de aquella. Finalmente es necesario señalar que existe una calculadora de rubros laborales realizada por la Escuela Judicial en la página del Consejo de la Judicatura.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE
La
2008
Hora QUITO, ECUADOR
ES
08
C1
La Hora QUITO, ECUADOR
UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com MIÉRCOLES,
DE MAYO DE 2024

cuyo caso es necesario acudir al juez que fijó la pensión alimenticia, para solicitar el cese de la misma. La declaratoria de extinción del derecho de alimentos es una petición que se debe realizar ante la jueza o juez que conoce de la causa; no se trata de un incidente y la o el juzgador, luego de escuchar a la otra parte se pronunciará mediante auto interlocutorio, que de ser procedente, dispondrá el archivo del proceso. 1

De la misma forma tenemos que El artículo 169 de la Constitución (que prevalece por sobre las disposiciones tanto del CONA como del COGEP) señala claramente que “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia” y a continuación nombra algunos de los principios procesales destinados a hacer viable el fin anterior: entre otros, están los principios de simplificación, celeridad y economía procesal. 2

Una pretensión de caducidad del derecho propiamente dicha en relación al derecho de percibir pensiones alimenticias tramitada como simple petición (no demanda) cumple justamente con el principio de simplificación de las normas procesales. 3

Caducidad

De la misma forma la doctrina a establecido que en lo concerniente a la extinción de la prestación “esta extinción o caducidad del Derecho a reclamar alimentos, pone fin a la responsabilidad de titulares y obligados subsidiarios de las prestaciones alimenticias a las que está sujeto el alimentante” 4

De esta manera tenemos que el enumerado 32 de la ley reformatoria al Título IV del Código de la Niñez y la Adolescencia nos da tres numerales para la caducidad, y que la doctrina aplicable las explica de la siguiente forma.

1. Por muerte del titular del derecho: en este hecho no interviene la voluntad de las partes y la obligación ineludible es de los padres, por lo tanto, la muerte del titular acaba con la responsabilidad.

Se anula Certificado de Depósito 141DPFP00012901 a nombre de Esteban Intriago por pérdida

2. Por la muerte de todos los obligados al pago; entonces tenemos que por la muerte de los padres que son los titulares principales de la obligación alimenticia, cuya responsabilidad es definitivamente afectiva, desaparece el derecho de prestación alimenticia; (…) 5

Consecuentemente nos permitimos determinar que nos refiere la norma, y sobre qué y bajo qué concepto se puede pedir – solicitar – la extinción de prestación de este derecho.

Derecho de alimentos

El alimento es un derecho imprescriptible, surgiendo de los progenitores, donde el aporte económico de ellos actúa como una colaboración garantizando el derecho a la vida, fijando el propósito en brindarle una vida prospera, abarcando satisfacer todas sus necesidades generales.

La obligación de este derecho se origina desde la concepción, precisamente este punto es discutible porque varias personas alegan la consideración de la existencia de la vida o no, la vida de un embrión no fecundado es vida humana o no, sin embargo, la ley considera vida humana desde la concepción.

Los alimentantes son el padre, la madre o los obligados subsidiarios designados por un juzgador, debemos derivar estas situaciones para aclarar que la responsabilidad no solo ejerce a través de sus progenitores, sino también de los abuelos, hermanos mayores

de edad, cuando cuentan con un sueldo fijo y los alimentados son los hijos menores o mayores de edad hasta los 21 años, cursando estudios.

Las cargas familiares divergen según la estructura, infiriendo aportes pecuniarios, según la remuneración adquirida acorde a su trabajo, existen casos donde la madre e hijos dependen de la pensión alimenticia del padre, es evidente la desigualdad en la manutención de los hijos, puesto que en muchas ocasiones la suma a percibir no llega a cubrir con las necesidades básicas – esto en los casos donde la pensión fijada es la mínima y ante ello se debe de ponderar o garantizar el derecho de otros menores – de ahí el análisis que nos permitimos realizar.

Extinción de alimentos por la muerte de uno de los progenitores

Cuando fallece uno de los progenitores es irrefutable la afectación directa que causa en la organización familiar, incurriendo en una desestabilidad económica, porque la obligación de alimentar no se extingue, sino que la pensión de la misma es incluida como un pasivo en la masa sucesora, sin embargo, se considera su extinción cuando no ha dejado una masa hereditaria. En base a estas circunstancias de fallecimiento de uno de los progenitores, surge imperativamente una reorganización con la finalidad de abordar todas las actividades entorno al cambio radical.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS

FECHA: En la ciudad de Quito a los 8 días del mes de mayo del año 2024.

Se convoca a todos los socios, representantes, herederos de los socios de la SOCIEDAD DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN LAFEE Visual Business a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo el día viernes 17 de mayo de 2024, a las 17:00 horas en la siguiente dirección: calle Ramón Moya Oe3 - 23 de la ciudad de Quito.

ORDEN DEL DÍA:

PRIMERO.- Nombramiento de Gerente General. Representante Legal.

SEGUNDO.- Asuntos varios.

Atentamente,

LA GERENCIA

En familias con un estatus económico bajo, al perecer uno de sus progenitores, conseguir el alimento se transforma en un acto de supervivencia, la desesperación por hallarlo implica riesgos emergiendo retos, a pesar de considerarlo casi imposible de obtenerlo por la lentitud en hallar una economía fija y un equilibrio emocional, estas circunstancias presiden en fortalezas obteniendo características positivas, para alimentar a sus descendientes. Sin embargo, la doctrina considera las situaciones económicas en las que ha dejado a sus progenitores, de manera en que si el estudio del mismo resulta paupérrimo, los familiares del fallecido según la ley, contribuyen con un aporte mínimo para el sustento económico de esa familia hasta que se extinga a obligación del derecho de percibir alimentos, mayormente si ha dejado hijos menores de edad o mayores de edad hasta los 21 años que se encuentren estudiando o tengan una discapacidad , de esta manera no queden totalmente desamparados ,en caso en el cual no haya otorgado una masa hereditaria, se analiza el estado laboral del primogénito que se encuentra vivo, porque también hay que reflexionar el caso en el que el fallecido queda debiendo pensiones alimenticias estas no pueden ser pagadas por el alimentante vivo. Si fallece uno de los alimentantes se descontará directamente de la masa hereditaria, si debe pensiones alimenti -

cias, concretándose en que la muerte del alimentante no lo exonera de la responsabilidad del alimento adeudado hasta antes de su defunción, quedando exentos de obligación los herederos.

La norma como tal no establece tácitamente la extinción del derecho de alimentos cuando fallece uno de los progenitores, sino cuando fallecen todos los obligados al pago, es decir da paso a que continúe el derecho de percibir alimentos aun cuando uno de los progenitores halla fallecido, porque el alimentado subsiste, siendo congruente, en cuanto el Estado garantiza el derecho a la alimentación mientras el fallecimiento alude la continuación del cumplimiento del mismo por parte de una obligación secuencial, al aportar a la familia, cuando sus hijos se benefician de ese derecho de alimentarse, como causa de derecho fundamental para vivir, no se extingue la obligación cuando existe una masa hereditaria u obligados subsidiarios en la cual el alimentario puede reclamarlo como bienes por ley de sus hijos . Al no extinguirse el derecho de alimentos por uno de los progenitores, depende en gran parte en la decisión del alimentante vivo en reclamar alimentos, cuando no realiza acciones judiciales donde solicita el cumplimiento del derecho de alimentos, deja a los hijos en una incertidumbre relativa a su desarrollo profesional, laboral, económico, en la sociedad, encontrándose

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CENTRO DE SERVICIO TÉCNICO AUTOMOTRIZ DEL VALLE AUTOVAL S.A.

De conformidad con el artículo 119 de la Ley de Compañías y el Artículo Vigésimo Tercero del estatuto social de la Compañía se CONVOCA a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía CENTRO DE SERVICIO TÉCNICO AUTOMOTRIZ DEL VALLE AUTOVAL S.A., el 20 de mayo de 2024, a las 16:00 p.m. en las oficinas de la empresa ubicada en la Calle Venezuela LC-2 y Av. Mariana de Jesús, barrio La Delicia de la parroquia de San Pedro de Taboada, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha.

ORDEN DEL DÍA.

1.- Relección del Gerente General y elección del presidente. Sangolquí, 8 de mayo de 2024

Ing. Edwin Giovanny Puente Moromenacho GERENTE GENERAL

MIÉRCOLES 08 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C2
GENERAL 001-004-4441
001-004-4449
001-004-4445

con posibilidades y probabilidades donde pueden surgir o no oportunidades, incurriendo en ellos características de independencia.

Derecho de alimentos para personas con discapacidad Existe rotundamente una discusión, implícitamente en el derecho de alimentos, cuando uno de sus hijos es una persona con discapacidad es dependiente toda la vida, por eso continúa la pensión alimenticia por no hallar esa independencia, sin embargo, cuando fallece uno de los progenitores, aquella persona no va ser independiente, claro es según el tipo de discapacidad que tenga, por esa razón se debería otorgar una mayor masa hereditaria para el sustento de una vida apropiada.

Art. 26.-Derecho a una vida digna. - Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una vida digna, que les permita disfrutar de las condiciones socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral. Este derecho incluye aquellas prestaciones que aseguren una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, recreación y juego, acceso a los servicios de salud, a educación de calidad, vestuario adecuado, vivienda segura, higiénica y dotada de los servicios básicos. Código Orgánico de la Niñez y adolescencia. 6 Se vulnera el derecho mencionado con anterioridad porque los hijos que tienen un padre o madre fallecida, pueden llegar a sufrir desnutrición porque no cuentan con el insumo adecuado para la sobrevivencia de esta persona, como resultado encontramos este déficit alimenticio, acarreando otras enfermedades adherentes a ellas, es aquí donde se discute la calidad del alimento porque pueden tenerlo pero no contribuye de manera beneficiosa al individuo implicando la vulneración al derecho de la salud , sin embargo la existencia del alimento es concurrente a la aplicación de hábitos alimenticios.

La Convención Sobre los Derechos del Niño se reconoce en su Preámbulo la protección del niño antes y después del nacimiento, y que en su artículo 6 dispone lo siguiente:

1. Los Estados parte reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.

2. Los Estados partes garantizan en la máxima medi-

da posible la supervivencia y el desarrollo del niño. 7 Es ineludible la afectación psicológica al enfrentar la realidad tras la muerte de uno de sus padres, originándose un contraste de acuerdo a sus ideales, repercutiendo en el estado de ánimo, así las actitudes alteran la celeridad de alcanzar un equilibrio econó -

mico en el avance de todos los integrantes de la familia, por consiguiente, el alimento. En caso de la existencia de obligados principal y subsidiario, cuando fallece el primero, el juez se encarga de resolver si le corresponde el pago total o parcial de la pensión alimenticia porque su responsabilidad continúa se -

Quito, 07 de mayo del 2024.

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTES INTRACANTONAL EXPRESS SIMON BOLÍVAR INTRAEXPRESS S. A

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA TRANSPORTES INTRACANTONAL EXPRESS SIMON BOLÍVAR INTRAEXPRESS S. A., a Junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día jueves 23 de mayo del 2024 a las 09h00 horas en las oficinas ubicada en la Oe1N y Av. Ñusta barrio Muyullacta del cantón Quito, Distrito Metropolitano, para tratar el siguiente Orden Del Día:

1. Constatación del quórum.

2. Conocimiento y resolución sobre el Informe Anual del Comisario del ejercicio económico 2020, 2021,2022,2023

3. Conocimiento y Resolución sobre el Informe Anual del Gerente General del año 2020,2021,2022, 2023

4. Conocimiento y Resolución de las cuentas, balances y estados financieros del ejercicio económico 2020, 2021,2022, 2023.

5. Resolución sobre el destino de las utilidades de los ejercicios económicos 2020,2021,2022,2023

Se convoca de manera especial e individual al señor Marcelo Guamushig, Comisario de la Compañía Transportes Intracantonal Express Simon Bolívar Intraexpress S. A, domiciliado en sector de Carapungo, Av. Virgen del Carmen.

Se reitera que considerando el Artículo 292 de la Ley de Compañías que los balances, estados financieros, informes de comisario y de gerente general del año 2020,2021,2022,2023, se encuentran a disposición de los señores accionistas para su revisión en la oficina de la compañía. Se deja expresa constancia que los documentos señalados, se exhiben en la dirección antes indicada con cinco (5) días de anticipación a la celebración de la junta general convocada.

La Junta General Extraordinaria de Accionistas se celebrará aplicando las normativas vigentes que se establecen en los Artículos 233, 236 y 292 de la Ley de Compañías y según los Artículos 2, 3, 19, 24, 25, 26, 27, 28 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, En Comandita por Acciones y De Economía Mixta emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; para cuyo efecto, la conexión telemática será la plataforma zoom, el correo electrónico al cual los accionistas deben enviar, sea la forma que serán representados o para consignar su voto en la junta general es el de la compañía intra31express@gmail.com. El link de la plataforma zoom será dado a conocer al correo electrónico de los accionistas 48 horas antes de la fecha de celebración de la junta general extraordinaria de accionistas.

Adicionalmente, se indica que la presente convocatoria dará cumplimiento al Artículo 3, literal g) del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, En Comandita por Acciones y De Economía Mixta emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que textualmente dice:

Artículo 3.Literal g).- Una descripción clara y exacta de los procedimientos que los accionistas deben cumplir para poder participar y emitir su voto en la junta general o asamblea de accionistas, incluyendo lo siguiente: g. (i) El derecho a solicitar información y a incluir puntos en el orden del día, así como el plazo de ejercicio de estas facultades; g. (ii) Los procedimientos establecidos para la emisión del voto a distancia, señalando el correo electrónico al cual se consignará la forma de votación por cada moción, en el caso de comparecencia de los accionistas por medios telemáticos; y,

g. (iii) La indicación del correo electrónico al cual se puede enviar el instrumento de representación por medio del cual el socio encargue a otra persona que lo represente en junta general o asamblea de accionistas.

Atentamente, Sr. Celso Anibal Yánez Analuisa GERENTE GENERAL

PRIMERA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CERVECERÍA PARAMOBRAUHAUS S.A.

Conforme lo establecido en la Ley de Compañías, Estatutos Sociales y Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionista de compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía CERVECERÍA PARAMOBRAUHAUS S.A. y de manera especial a la Señora Amparo Elizabeth Terán Guzmán, en el Distrito Metropolitano de Quito en calidad de Comisario, a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la compañía que se realizará el día 17 de mayo de 2024 a las 10h00 (diez de la mañana) en el domicilio de la Compañía ubicado en el Barrio Rosa Blanca, calle Santa Rosa, en la parroquia de Puembo- Pasaje y Vía Interoceánica km 22- Junto a Quinta Alcázar, para tratar el siguiente orden del día:

1.- Conocimiento y resolución del informe de Gerente correspondiente al ejercicio económico 2023.

2.- Ratificación del contrato de servicios profesionales suscrito con la actual Gerente General de la compañía.

2.- Conocimiento y resolución del informe de Comisario de la Compañía correspondiente al ejercicio económico 2023.

3.- Conocimiento y resolución del Balance General, los Estados de Pérdidas y Ganancias (resultados) y notas al estado financiero correspondientes al ejercicio económico 2023.

3.- Conocer y resolver sobre el Resultado del ejercicio económico 2023.

4.- Designación de Comisario de la Compañía para el ejercicio económico 2024.

El Informe del Gerente, informe de Comisario, así como el Balance General, Estados de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, notas de los estados financieros, correspondientes al ejercicio económico 2023 y contrato de prestación de servicios suscrito con la actual Gerente de la compañía, se encuentran a disposición de los señores accionistas, en las oficinas de la compañía ubicadas en el Barrio Rosa Blanca, calle Santa Rosa, en la parroquia de Puembo- Pasaje y Vía Interoceánica km 22- Junto a Quinta Alcázar la Provincia de Pichincha; asimismo, la documentación arriba detallada se pone a disposición de los accionistas a través de sus correos electrónicos junto con esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 292 de la Ley de Compañías.

La verificación del quórum de instalación se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 237 de la Ley de Compañía en concordancia con el Estatuto Social de la Compañía en su Artículo Octavo y lo establecido el art. 7 y 14 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías.

En aplicación a los dispuesto es el Artículo 233 de la Ley de Compañías y en el Artículo 19 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, los accionistas podrán comparecer a esta Junta de manera telemática, mediante videoconferencia a través de la plataforma Zoom, conforme lo establecido en la Ley de Compañía y Reglamento. Los datos correspondiente para la conexión telemática de los accionistas que desearen comparecer a la sesión de manera telemática mediante videoconferencia en la plataforma zoom será:

Judith Bauer is inviting you to a scheduled Zoom meeting.

Topic: Junta General Accionistas Paramo Time: May 17, 2024 10:00 AM America/Guayaquil

Join Zoom Meeting https://us05web.zoom.us/j/82331367301? pwd=drKJWsYmtFbq8Cg8bUJuEP5Z8ayeVG.1

Meeting ID: 823 3136 7301

Passcode: 1SeggW

Los accionistas podrán solicitar información o aclaraciones sobre los puntos del orden del día hasta tres días antes de la celebración de la Junta General Ordinaria conforme lo establecido en la Ley de Compañías.

Los accionistas minoritarios que tengan al menos un 5% del capital dentro del plazo podrán incluir un punto en el orden del día cada uno, sin que se superen cinco puntos adicionales en su totalidad, conforme lo establecido en la Ley de Compañías. Dicha solicitud de inclusión de puntos se deberá hacer dentro del plazo improrrogable de 72 horas desde el llamamiento a junta general.

Los accionistas que comparecieren a esta Junta a través de medios telemáticos deberán remitir su voto por casa uno de los puntos a tratar mediante un correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: marisol@paramo.beer , donde se consigne su forma de votación por cada moción.

En caso de que los accionistas fueren a comparecer a la Junta General Ordinaria a través de un representante mediante carta poder o mandato, deberán enviar dicho documento de representación al siguiente correo electrónico: marisol@paramo.beer, en conformidad con la Ley.

D.M. Quito, 06 de mayo de 2024.

001-004-4446

MIÉRCOLES 08 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C3
001-004-4450

gún como lo menciona el artículo 32 numeral 2 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, donde menciona “el derecho para percibir alimentos se extingue en su totalidad por la muerte de todos los obligados al pago”.

Cuando se extingue el alimento por la muerte de uno de los padres, las características relevantes son la capacidad económica, física, mental, emocional en la que se encuentra el progenitor para conseguir el alimento, implicando la accesibilidad en obtenerlo, es un requisito sine qua non contar con dinero suficiente con el propósito de alcanzar alimentos de buena calidad.

Eliminar la desnutrición Por estos motivos mencionados con anterioridad el Estado tiene la responsabilidad de adoptar medidas para disminuir la tasa de desnutrición en el Ecuador mientras se encarga de garantizar el derecho a la alimentación a través de políticas públicas, plasmadas en el segundo objetivo de la Organización de las Naciones Unidas, estableciendo “Hambre Cero”, brindando campañas globales, generando acciones para combatir con la desnutrición de manera generalizada.

Cuando disminuye el alimento, se refleja en indicios de pobreza donde no solo implica la falta de recursos sino también otros aspectos como son la inaccesibilidad a la educación, la discriminación social, la desnutrición, entre otros.

La muerte de uno de sus progenitores, al estar a cargo de su progenitor vivo, el cual no cuenta con una condición laboral digna, constituye una de las causas del aumento de trabajo infantil, donde el niño es obligado a trabajar evadiendo el derecho a la educación, privándolo de otros derechos inherentes a él, a la vez se evidencia en actos de mendicidad realizada tanto por progenitores como por niños, exponiéndose a peligros constantes, todo esto por conseguir el alimento diario. El art. 45 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura,

al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar”. 8

El desarrollo del ser humano es una fase importante que está estrechamente relacionada con la familia, puesto que, son la base del aprendizaje, evolución y de la persona como tal, los vínculos familiares son esenciales para la proyección de un modelo ante el niño, donde interfieren los valores, enseñanzas, carácter y adaptación de cada uno de los miembros de la familia, sin embargo cuando interfiere la pérdida de uno de los progenitores , se presenta disfuncionalidad familiar ocasionando trastornos psíquicos al sujeto y teniendo como resultado persecuciones dañinas para este mismo.

El problema de conseguir alimento se incrementa según la cantidad de hijos que el difunto progenitor haya dejado , empleando mayor trabajo para el progenitor responsable de la manutención de sus hijos, en Ecuador existe un déficit donde claramente

podemos notar que la mayor cantidad de hijos los tienen familias de estratos sociales bajos, es que el problema no es tener tantos hijos sino la irresponsabilidad de tenerlos cuando no existe una economía equilibrada, porque con un déficit económico es difícil brindarle una vida digna . Al realizar analogías, anteriormente nuestros ancestros tenían mayor cantidad de hijos, sin embargo estos encontraban una independencia con mayor celeridad que la actual porque antes, el requisito para conseguir un trabajo era estar saludable, porque podía trabajar en la agricultura, sin embargo en la actualidad la independización en los jóvenes es lenta porque para conseguir un trabajo se necesita un título, aun así para encontrar una plaza de trabajo en la competencia laboral no es suficiente.

La responsabilidad de establecer seguros de vida a los hijos es innata de los progenitores cuando velan por la seguridad de sus hijos, en caso del fallecimiento de uno de ellos, cubriendo fehacientemente la calidad de vida de sus descendientes, contribuyendo a la economía familiar, sin dejar desamparado a sus hijos, respaldando el derecho de alimentos.

Derecho al Buen Vivir

El buen vivir se enmarca en una calidad de vida digna incurriendo los derechos a la

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES

CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO “MILLONARIOS ECUADOR FÚTBOL CLUB ” PERÍODO 2024 -2028

Se convoca a los señores socios del Club, a la Asamblea de elecciones para elegir el directorio del CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO “MILLONARIOS ECUADOR FÚTBOL CLUB” período 2024-2028, a efectuarse el día 23 de mayo de 2024, desde las 19:00.

El voto será telemático y los detalles pertinentes serán enviados a los correos electrónicos registrados de los socios/as

Quito, 07 de mayo de 2024

alimentación, salud, educación entre otros, sin embargo, no se torna completamente efectivo solo por encontrarse garantizado en la Constitución de la República del Ecuador, cuando al morir uno de los progenitores se extingue el derecho para percibir alimentos, se ve afectada la familia en el ámbito económicos, social, educativo, etc.

La pérdida de uno de sus padres altera el desarrollo integral del menor, porque se modifica la forma de vivir habitualmente o normalmente, aquí el Estado se encarga de proteger el interés superior del niño el cual le garantiza una vida digna, es imprescindible la presencia del progenitor en el desarrollo del menor para su formación en valores de respeto , solidaridad en base a estas actitudes en las que asimilan un efecto espejo es decir es la fase de aprendizaje del menor acogiendo la

perspectiva de lo que observa. El progenitor que queda a cargo de los hijos cuando son menores de edad, son representantes para defender los derechos objetivos o lo que le corresponda por ley, amparándolos por medio de su protección y apoyo de manera general en satisfacer sus necesidades una de ellas el alimento.

El desafío de la crianza de los hijos del progenitor fallecido, se transforma en desventaja para el menor, cuando la desesperación de no contar con los recursos suficientes para conseguirle alimento a su hijo, toma la decisión de darlos en adopción para brindarles una buena calidad de vida.

El abandono de menores los ubica en riesgo al abandonarlos en lugares públicos dejándolos, sin referentes familiares, sin embargo, a veces el proceso de adopción es un

Atentamente

CHRISTIAN GERMAN

GRANJA CUNAS

Firmado digitalmente por CHRISTIAN GERMAN

GRANJA CUNAS

Fecha: 2024.05.07 09:56:28 -05'00'

Tnlgo. Christian Granja

PRESIDENTE MILLONARIOS ECUADOR F.C.

MIÉRCOLES 08 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C4 001-004-4448
001-004-4442

proceso con una celeridad relentecida, no en todos los casos se logra obtener una adopción porque es más complejo encontrarle un hogar donde tanto la familia adoptiva como el adoptado se puedan adaptar.

El Estado y la familia son los encargados de hacer prevalecer los derechos de los niños o mayores de edad hasta los 21 años que se encuentran cursando estudios, para tutelar el derecho de alimentos, sin dejarlos sin ellos porque es un derecho fundamental, adquiriendo un modo de vida que les permita tener un desarrollo de vida integral precautelando los demás derechos que se derivan del derecho mencionado con anterioridad.

Conclusiones

• El derecho de alimentos respectivamente extingue cuando el menor ha alcanzado la mayoría relativa, en lo que respecta a percibir este derecho esto es hasta los 21 años de edad.

• Cuando fallece el progenitor obligado a prestar alimentos devienen dos generalidades, la primera el que se mantenga dicho derecho siempre y cuando los obligados subsidiarios estén obligados – mediante demanda o acto procesal – o a interponer acción nueva contra los obligados subsidiarios.

• En el Estado ecuatoriano se regulan las acciones a seguir en cuanto a los obligados subsidiarios.

Contacto: yandrylooryl_97@hotmail.com

1 Absolución De Consultas, De La Corte Nacional De Justicia, Mediante Oficio: 223-P-Cpjp-2017 De Fecha: 08 De agosto De 2017 Correspondiente Al Tema Procedimiento Para La Extinción De Alimentos.

2 Jorge Luis Mazón, de las formas de extinción y los modos de solicitarla.

3 Rodríguez Cano, Rodrigo Bercovitz, and Manuel Jesús Marín López. “Manual de derecho civil.” Derecho de familia. Madrid: Bercal (2007).

4 Parra Díaz, Cesar Ramiro. Análisis Jurídico del Derecho de Alimentos en los menores de edad y su aplicación en las Unidades Judiciales de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito. BS thesis. Quito: UCE, 2016.

5 Gaitán Gil, Alejandra. “La obligación de alimentos.” (2015).

6 Adolescencia, C. D. L. N. Y., LOS NIÑOS, N.

Y. A. C., & DE DERECHOS, S. U. J. E. T. O. S, Código de la Niñez y Adolescencia, (Quito: Ediciones legales, 2003)5.

7 Unicef., Convención sobre los Derechos del Niño, (Madrid: Rex Media, 2006)11.

8 Del Ecuador, A. C, Constitución de la República del Ecuador. (Quito: Editorial Nacional, 2008), 13.

Juicio N.-  15951-2020-00609

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, martes 30 de abril del 2024, a las 11h36.

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER,  NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO

CITACION POR LA PRENSA: PUBLICACIÓN

JUICIO                :  ALIMENTOS-EXTINCIÓN DEL PAGO DE PENSIÓN ALIMENTICIA

NUMERO            :  15951-2020-00609

ACTOR               :  NEY MARIANO BUSTOS FRANCO

DEMANDADO     : PATRICIA DANIELA BUSTOS MOYANO

TRAMITE             :  SUMARIO

CUANTIA             :   INDETERMINADA

JUEZ   (E)           :  DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA      :  AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN

“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, lunes 15 de abril del 2024, a las 14h55. VISTOS: En mi calidad de Juez Encargado de esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, AVOCO CONOCIMIENTO de la presente causa Nro. 15951-2020-00609, en lo principal: 1.- Agréguese al proceso el escrito que presenta el demandado, proveyendo el mismo, de conformidad con la Resolución 03-2018 del Pleno de la Corte Nacional de Justicia; Oficio No. 1020-P-CNJ-2018 de fecha 2 de agosto de 2018, suscrito por la Dra. María Rosa Merchán Larrea, Presidenta Subrogante de la Corte Nacional de Justicia, y del acápite VII sobre las consultas al procedimiento de la extinción del derecho de alimentos, cuya conclusión dice: “El procedimiento adecuado para extinguir los alimentos en caso de caducidad por cumplir la o el alimentario la mayoría de edad o los 21 años, si ha estado cursando estudios, es una petición ante el mismo Juez, quien se pronunciara luego de escuchar a la otra parte, sin ningún otro tramite”. Por lo dicho, NOTIFÍQUESE a la demandada PATRICIA DANIELA BUSTOS MOYANO, beneficiaria que es capaz para comparecer en la presente causa, de conformidad al Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, a través de TRES (3) publicaciones en el Diario “LA HORA” con amplia circulación, que se edita en la ciudad de Quito, esto en armonía con el numeral 1 del artículo 56 del COGEP, para cuyo efecto la señora secretaria de esta judicatura elaborará el extracto correspondiente, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publicación se procederá conforme indica la ley, para cuyo efecto entréguese el extracto respectivo. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.…”

MIÉRCOLES 08 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C5
001-003-4458

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA  LUZ MARIA VIZCARRA

ACTORA: ADALINDA ELSA ORDOÑEZ BENAVIDES

DEMANDADOS: GUIDO MISAEL VELASCO LÓPEZ,  GUIDO PAUL VELASCO VIZCARRA, ENNY PAOLA VELASCO VIZCARRA, Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA  LUZ MARIA VIZCARRA . JUICIO No. 17230-2017-16618

TRAMITE: ORDINARIO –PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIOFECHA DE INICIO: 30-11-2017

CUANTIA: INDETERMINADA

JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITOMETROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de enero del 2018, las 15h08. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. 1) En virtud de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial, se califica la demanda de clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2) Se dispone las siguientes citaciones: 2.1.Cítese al demandado: Christian Marlon Velasco Vizcarra, en el lugar que se indica; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia. 2.2. En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art.56 del Código Orgánico General de Procesos, en el Ecuador es una evidente consagración constitucional que está supeditado a las normas y principios que emanan de la Constitución, toda vez que la Constitución 2008 que rige, señala taxativamente que ésta es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico y que las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales ya que en caso contrario carecerán de eficacia jurídica ( Art. 424, inciso primero). Además el Art. 425 puntualiza que la Constitución está en primer lugar en el orden jerárquico de aplicación de las normas, por lo que las leyes penales, sustantivas y de procedimiento, están debajo de la Constitución, e incluso debajo de los tratados y convenios internacionales, indicándose también que en caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional. Las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, los resolverán mediante la aplicación de las norma jerárquica superior, en concordancia con el Código Orgánico Función Judicial Art. 4, Art. 5, Art. 6, Art. 8, Art. 17, Art. 18,Art. 23, Art. 25 y Art. 29, los Tratados Internacionales, a los cuales el Ecuador es suscriptor, lo establecido en el Art. 1.1, 8.1, 24 del Pacto de San José de Costa Rica, El derecho a de ser oída con las debidas garantías en la sustanciación para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil, como regla de derecho se encuentra descrita en el Art. 14 numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La constitución en el Art. 76 numeral 7 literal a),establece “..Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento...”, así también, La corte Constitucional del Ecuador en la SENTENCIA N.° 016 17SEPCC, CASO N.° 050314EP, de fecha 18 de enero de 2017, en cuanto a la citación se ha pronunciado: “Conforme las disposiciones constitucionales y de derecho internacional antes citadas y conforme la línea jurisprudencial de esta Corte Constitucional, la debida citación se constituye en una obligación que debe asegurar la autoridad jurisdiccional dentro del inicio de un proceso judicial para poder hacer efectivo el derecho a la defensa de las partes procesales, ya que sin esta, no se podría asegurar una verdadera administración de justicia que pregona nuestra nueva realidad jurídica y sociedad.”, de igual manera en la SENTENCIA No. 00714SISCC CASO No. 154112EP, de fecha09 de enero del2014, La corte Constitucional del Ecuador, se ha pronunciado: “..La Constitución, en su artículo 76, establece que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso, indicando una serie de garantías, entre las cuales encontramos el derecho a la defensa, el mismo que implica la oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al juez. Este derecho en el ámbito constitucional tiene como objetivo que nadie pueda ser privado de los medios necesarios para hacer respetar sus derechos en el desarrollo de un proceso legal, a fin de que exista igualdad de condiciones para las partes procesales...”. El Código Orgánico General de Procesos en su Art. 56 inciso segundo y tercero establece: “..La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso o mediante de precatorio a la o al juzgador del domicilio o residencia de la o del actor. Para el caso anterior se adjuntará además la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores que indique si la persona salió del país o consta en el registro consular. Si se verifica que esas í, se citará mediante carteles fijados en el consulado en el que se encuentra registrado...”. Sobre esta disposición se ha realizado una consulta a la Corte Nacional de Justicia, en el siguiente sentido: “..De acuerdo al Art. 56 se debe citar mediante carteles fijados en el consulado cuando se sabe que el citado está registrado, pero ¿qué sucede si estando en el exterior no consta en el registro consular?..”, en el Oficio No. 493CNJDAJPAM, de fecha 15 de mayo de 2017, la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, se ha pronunciado: “..Pero si no se conoce la dirección del demandado en el extranjero, como tampoco se tiene constancia en el registro consular, pero existe el movimiento migratorio que salió del País, se procederá a citarlo así: a) En un periódico de amplia circulación del lugar donde se presenta la demanda; b) Por fijación de carteles en todos los consulados del País de destino, de acuerdo al movimiento migratorio; y, c) Por la radio, sólo a criterio del juzgador cuando éste sea el principal medio de comunicación del lugar...”. La parte actora solicita citaciones por publicaciones por la prensa, por desconocer el domicilio de la demandada, incluso lo solicita bajo juramento, el Art.56 inciso 4 del COGEP, establece: “...La o el juzgador no admitirá la solicitud sin el cumplimiento de esta condición. De admitirla, deberá motivar su decisión...”. Al constar del proceso a fojas 15,16, 17, los certificados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de fecha 5de julio del 2017, en la cual consta que los demandados GUIDO MISAEL VELASCO LÓPEZ, con cedula 10200491397, registra salida del Ecuador con Destino a ESPAÑA, GUIDO PAULVELASCO VIZCARRA, con cedula 1713401204, registra salida del Ecuador con Destino a COLOMBIA Y JENNY PAOLA VELASCO VIZCARRA, con cedula 1713787586, registra salida del Ecuador con Destino a ESPAÑA, y no constan en los registros consulares, con la finalidad de no vulnerar los derechos a la defensa como garantía del debido proceso establecido en el Art. 76 numeral 7 literal a) de la constitución en relación con los Tratados Internacionales, a los cual es el Ecuador es suscriptor, lo establecido en el Art. 1.1, 8.1, 24 del Pacto de San José de Costa Rica, El derecho a de ser oída con las debidas garantías en la sustanciación para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil, como regla de derecho se encuentra descrita en el Art. 14numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se dispone su citación a través de carteles fijados en todos los consulados del País de destino que en el presente caso es ESPAÑA, para la práctica de esta diligencia conforme lo establece el acuerdo Ministerial 85, publicado en el Registro Oficial 636 de 26 de noviembre de 2015, que expide el INSTRUCTIVO PARA CERTIFICACION Y CITACIÓN CONFORME ART 56 DEL COGEP, en cuyo Art. 3, dice: “.. Citación en oficinas consulares: Recibida la orden de citación emitida por autoridad competente las Coordinaciones Zonales, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, remitirán, por cualquier medio, la citación a la Oficina Consular correspondiente o a la Oficina Consular que tenga jurisdicción en la ciudad donde se habrían trasladado los ciudadanos al salir del Ecuador. Las Oficinas Consulares deben publicar la citación en sus carteleras o paneles de difusión ubicados en un lugar visible de sus instalaciones. En caso de que la Oficina Consular cuente} con información de contacto como correo electrónico o número de teléfono del ciudadano demandado, se procederá a informarlo de la existencia de esta citación. El Jefe de la Oficina Consular o Cónsul dejarán constancia de lo actuado con un registro fotográfico y remitirá en el término de 3 días una certificación de la diligencia a la Coordinación Zonal respectiva, para que la misma sea entregada a la autoridad competente. Se creará un archivo virtual y físico en las oficinas Consulares o Consulados de las citaciones, la constancia de su publicación y la comunicación enviada al Ecuador....”, Ofíciese con este auto para la citación a la Coordinación Zonal No. 9 Quito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para remitirán, por cualquier medio, la citación a la o las Oficinas Consulares de Ecuador en el país de ESPAÑA y COLOMBIA, para que procedan a fijar la citación en sus carteleras o paneles de difusión ubicados en un lugar visible de sus instalaciones. Luego de lo cual el Jefe de la Oficina Consular o Cónsul dejarán constancia de lo actuado con un registro fotográfico y remitirá en el término de 3 días una certificación de la diligencia a la Coordinación Zonal No. 9 Quito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para que sea devuelta a esta judicatura. De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a GUIDO MISAEL VELASCO LÓPEZ, con cedula 10200491397, GUIDO PAUL VELASCOVIZCARRA, con cedula 1713401204 Y JENNY PAOLA VELASCO VIZCARRA, con cedula1713787586, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. 2.3. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se les notificará en el lugar señalado; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, en el término de tres días, proveer de las copias necesarias para elaborar el despacho correspondiente.3) Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 4) Previamente a la citación, con fundamento en los incisos quinto y sexto del Art. 146 del Código Procesal vigente, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual remítase el oficio correspondiente. 5) Considérese el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora, anotando que no se ha justificado que dicha parte no tenga acceso a la prueba pericial anunciada en su postulación inicial. 6) Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa. Notifíquese y Cúmplase.- f) DRA. LIZBETH RON CADENA.- JUEZA.

UNIDAD JUDICIALCIVILCON SEDE EN LAPARROQUIAIÑAQUITO DELDISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIADE PICHINCHA.Quito, jueves 10 de diciembre del 2020, a las 14h15.Atento el juramento rendido y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de le LUZ MARIA VIZCARRA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.-

F) DRA. LIZBETH RON CADENA.- JUEZA.

Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 13 de septiembre del 2023.-  Certifico.-

CASILLERO 765
001-003-4466 MIÉRCOLES 08 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C6
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