Esmeraldas, 13 mayo 2024

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6 de cada

10 mayores de 45 años están en la informalidad

El Gobierno de Daniel Noboa asegura que está analizando reformas para incentivar que la gente se jubile más tarde. Sin oportunidades laborales formales, esa es una quimera. 9

paraíso

Presentadora Esmeraldeña trabajará para Univisión 4

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LUNES 13 DE MAYO DE 2024
Esmeraldaslahora @ Esmeraldaslahora
PERSONAJES PLAYA
ancestral 5 TURISMO
DE ORO: Un

MANUEL CASTRO M. manuelcastromurillo@hotmail.com

Libertad de expresión y posverdad

Merced a la libertad de expresión se nos permite oír luminosas verdades, frases ingeniosas y geniales, también charlatanerías, curaciones milagrosas, banalidades, mentiras. Y actualmente algo que se le llama “posverdad”. El objetivo de esta no es que se acepten las mentiras como verdades, sino tergiversar los conceptos y los hechos hasta hacer que sea difícil distinguir la diferencia entre la verdad y la falsedad. Ejemplos:

La utiliza el populista Maduro, cuando afirma que hay democracia en Venezuela, pero que no se la puede aplicar plenamente porque el imperialismo yanqui quiere imponer los candidatos, precisamente los que han sido enjuiciados e inhabilitados por las instituciones democráticas venezolanas, por delitos atentatorios contra su pueblo. Que en Venezuela hay justicia social a pesar de las maniobras obstruccionistas y difamatorias de la oposición, pero que el pueblo sabio no les cree y soporta con estoicismo ciertas privaciones, para salvar la revolución.

Díaz-Canel y la corte de Castro proclama que Cuba es el único territorio libre en América, al que apoyan Venezuela y otros países progresistas; que sesenta años de socialismo no es por imposición sino porque el pueblo lo lleva en su corazón, tiene su eterno líder, Fidel, y sigue siendo la revolución no roja sino verde oliva. Que su amistad con China, Rusia, Corea del Norte es porque esos países se han sacudido del imperialismo norteamericano. En el Ecuador, el correísmo no cita las sentencias penales condenatorias a sus mayores líderes porque aduce que son perseguidos políticos sometidos a jueces ad-hoc. Mientras tanto aspiran a tener jueces propios que revisen tales sentencias. Su líder máximo y prófugo es el campeón de la posverdad: no conoce a los autores de los latrocinios de sus socios en el poder, únicamente busca espacios para mantenerse en el candil. Es como se dijo de Berlusconi: “estrella permanente de lo efímero”.

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com

Política y moral

La experiencia ecuatoriana imposibilita el empleo de una preposición conjuntiva entre estos dos términos. El análisis de la gestión gubernamental de las últimas décadas, en todos sus niveles, los coloca en una posición disyuntiva. En realidad, la moral y la ética aso-

EDITORIAL

El país necesita jueces

Mucho se ha hablado en los últimos años, ante la crisis de seguridad, de la necesidad de fortalecer a la fuerza pública, de desarrollar un sistema de inteligencia y de otros aspectos relacionados con la faceta militar y policial de la lucha contra el crimen organizado. Sin embargo, nada servirá si el país no cuenta con suficientes jueces competentes y honestos.

El talón de Aquiles en la política de seguridad no ha sido las fuerzas del orden ni el marco legal, sino la administración de justicia. Al tremendo golpe para el prestigio y el funcionamiento de las cortes que fueron los casos Metástasis y Purga se suman el acentuado déficit de jueces y el amplio periodo sin formar un nuevo Banco de Elegibles. Ahora, los nuevos concursos constituyen una

posibilidad de avanzar hacia el eterno anhelo de una Justicia despolitizada, proba y profesional. Esto depende de que se logre involucrar a la ciudadanía.

El país cuenta con suficiente gente honesta y competente en todos los ámbitos, y el Derecho no es excepción; sin embargo, el profundo desprestigio de la Justicia que se arrastra hace varias décadas disuade de involucrarse en ella. La grave amenaza del crimen organizado requiere que lo mejor de la sociedad ecuatoriana —en conocimiento, honorabilidad y compromiso cívico— esté representada en los juzgados. Si las autoridades logran transmitir este sentido de urgencia a la población, es plausible que una nueva generación atienda el llamado y se produzca un cambio.

man divorciadas en el manejo de lo público, con excepciones que solamente sirven para confirmar la regla. Max Weber diferenciaba la ética de la convicción de la ética de la responsabilidad, en el ejercicio del poder político. La primera, valorativa y axiomática. La pasión, el sentido de responsabilidad hacia una causa y la mesura son las virtudes cardinales que deben adornar al político: La causa da sentido a la pasión, cuando se ha convertido en el norte que orienta las acciones.

Pasión y causa requieren, para una acción efectiva, de mesura “esa capacidad de no perder el sentido de las proporciones y saber guardar la distancia con los hombres y las cosas” y, lo que es más importante: “la mesura frente a sí mismo”, para vencer cada día y cada hora a la vanidad, “enemiga mortal de toda entrega”. Esta ética es moralmente inflexible, mientras que la de la responsabilidad, obliga a tener presentes las previsibles consecuencias de cada decisión, al seleccionar los medios con que

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

Día de la

risa

Fue un médico de la India el que potenció los beneficios del humor para la salud física y mental de los seres humanos; en este propósito, fundó incluso un centro de estudios superiores cuyas actividades se han expandido a más de cien países.

A ese galeno, de nombre Madan Kataria , se le conoce como el gurú de la risa: en 1995, apoyándose en el yoga, inventó el mencionado procedimiento terapéutico ampliamente difundido. Los expertos en salud afirman que la hilaridad tiene efectos recomendables por sus propiedades curativas, partiendo del hecho que disipa el estrés, la ansiedad, la amargura: oxigena el cuerpo al máximo, desecha toxinas, brinda energía al cuerpo y a la mente, atrae la endorfina (la hormona de la felicidad), fortalece el sistema inmunitario. En aplicación de tan recomendables propiedades, recuerdo que en la revista Selecciones, de Readers Digest, la columna más leída era “la risa, remedio infalible”.

En 1998, este doctor sugirió que, por sus resultados positivos, la risa debe tener su día, lo que fue aceptado para que, anualmente, se le conmemore, mediante chistes y bromas, el primer domingo de mayo, que prácticamente pasó desapercibido por estos lares. Se refiere a la risa real y contagiosa que tiene propiedades curativas, no a esa que entraña mordacidad y odio.

En nuestro país, esta celebración todavía no ha calado, ya que aún prevalecen costumbres de similar factura en diciembre, cuando comienza la temporada de inocentes hasta el 6 de enero, aunque, en cualquier momento, la chuscada aflora, especialmente en Quito cuando se condimenta las conversaciones con su sabrosa e infaltable sal que contiene ingenio y, en no pocas ocasiones, dosis de ironía , dentro de un espíritu divertido que ayuda a vencer las desilusiones que generan los malos gobernantes que, en los últimos tiempos, han proliferado como hongos en invierno. Todavía no hay la perspectiva histórica para juzgar al actual mandatario.

alcanzar los fines deseados. Para enfrentar las grandes responsabilidades que implica tomar decisiones que van a afectar al presente y futuro de una nación, se requiere de líderes éticos, con una sólida formación académica y experiencia, la que solo se alcanza con el ejercicio de funciones cada vez más complejas. Son (deberían ser) los partidos políticos, las escuelas que forman a los futuros estadistas, los prueban en el servicio público y, solamente después de haberse demostrado técnica,

ética y moralmente confiables y eficientes, los proponen como candidatos a desempeñar la más alta autoridad del Estado. Así sucede donde las democracias funcionan mejor. Políticos que destacaron como alcaldes, gobernadores, legisladores o ministros de Estado, al ponerse frente a la máxima responsabilidad política, aseguran una correcta administración. En asuntos de esta naturaleza no cabe la improvisación, porque el resultado es la lamentable situación que hoy soportamos.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete
revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec
XXVIII No. 11998 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024
Redacción:
Año:

Llega la ayuda humanitaria para las familias damnificadas

La Dirección Distrital San Lorenzo del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), en colaboración con diversas entidades públicas y con el respaldo del sector privado, ha respondido con prontitud a la emergencia ocasionada por las recientes inundaciones en el cantón Eloy Alfaro, provincia de Esmeraldas.

El compromiso de estas instituciones se tradujo en la entrega de 80 kits de ayuda humanitaria a familias afectadas por las intensas lluvias. Carlos Javier Estacio, director distrital del MIES en San Lorenzo, destacó la rápida activación del equipo técnico para brindar asistencia y acompañamiento a las personas damnificadas. Además, subrayó la importancia de la coordinación interinstitucional para garantizar una atención integral a los afectados, enfatizando que se están llevando a cabo recorridos por la zona para recopilar información que permita planificar futuras acciones.

Las comunidades de Luz del Carmen, Playa Grande, Camarones y Chivatillo del Río González han sido algunas de las áreas atendidas hasta el momento, y se prevé continuar con las labores de ayuda en otras zonas afectadas. Los kits entregados con-

tienen alimentos no perecederos como leche, atún, sal, azúcar, arroz, fideos, aceite, así como productos de higiene como jabón, lentejas, café, mantequilla, avena y salsa de tomate, entre otros.

El MIES tiene proyectado distribuir más kits en los próximos días, con el objetivo de alcanzar a unas 600 familias damnificadas. Entre las personas beneficiadas se encuentra Lisett Castillo, quien expresó su gratitud por la ayuda recibida, destacando la importancia de la asistencia en momentos de dificultad, especialmente cuando se han perdido enseres y pertenencias debido a las inundaciones. Como parte de los Comités de Operaciones de Emergencia cantonales y provinciales, el MIES continúa desplegando esfuerzos para atender las necesidades de las familias afectadas por las inundaciones en Esmeraldas. Hasta la

fecha, se han entregado alrededor de 765 kits de ayuda humanitaria en la provincia,

evidenciando el compromiso constante de estas entidades para brindar apoyo en situa-

ciones de emergencia y contribuir a la recuperación de las comunidades afectadas.

La comunidad universitaria incentiva la salud

Este evento se ha concebido con el propósito de fortalecer la educación y promoción de la salud, así como de facilitar la detección temprana, prevención y tratamiento de enfermedades, todo ello con el fin de mejorar la calidad de vida y las expectativas de nuestros miembros.

La iniciativa, la finalidad de planificar y coordinar campañas de salud, así como desarrollar actividades educativas sobre diversos temas, incluyendo la prevención del consumo de tabaco, drogas y alcohol, además de promover la educación nutricional, ambiental, sexual, la no discriminación y la

no violencia.

El programa se ha desplegado en distintas sedes. Inició el miércoles 8 de mayo en el campus de Nuevos Horizontes, continuó el jueves 9 de mayo en La Concordia, y terminó el viernes 10 de mayo en el campus “Mutile”. Esta estrategia geográfica se ha diseñado para llegar a una amplia audiencia dentro de nuestra comunidad, abordando posibles carencias de información que podrían impactar negativamente en su rendimiento académico, laboral y relaciones interpersonales. Durante el Encuentro de Salud, se han ofrecido diversos

recursos informativos y educativos. Entre ellos se destacan stands interactivos, material impreso como rotafolios, folletos y volantes, así como recursos didácticos que facilitan el aprendizaje. Además, se han dispuesto servicios médicos, odontológicos y psicológicos de forma simultánea, garantizando así un enfoque integral hacia el bienestar de nuestra comunidad universitaria.

El componente educativo de este evento incluyó una charla sobre el cuidado odontológico, proporcionando a los asistentes información relevante y práctica sobre cómo mantener una

buena salud bucal. Esta charla se alinea con el objetivo general del Encuentro de Salud de promover

estilos de vida saludables y fomentar el autocuidado entre los miembros de la comunidad universitaria.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK SOCIEDAD 03 ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 I

Presentadora Esmeraldeña trabajará para Univisión

La aclamada presentadora Hellen Quiñónez emprende un nuevo capítulo profesional al unirse al equipo de noticias de Univisión en Houston, Estados Unidos. Después de una década enriquecedora en Teleamazonas, la periodista esmeraldeña se despide del “Lindo Canal” ecuatoriano para abrazar un emocionante desafío en la cadena internacional.

Hellen Quiñónez dejó una huella imborrable durante su trayectoria de 10 años en Teleamazonas. Sus colegas, incluyendo Milton Pérez, Ale Boada y Alberto Astudillo, rindieron homenaje a su profesionalismo y carisma en el programa “En Corto”. La periodista se ganó el cariño de los televidentes ecuatorianos, quienes apreciaron su autenticidad y compromiso con la excelencia periodística. Más allá de su labor en los noticieros, Quiñónez cautivó al público con su participación en la primera temporada de “Master Chef Celebrity”. Su pasión por resaltar la gastronomía esmeraldeña dejó una impresión duradera en los espectadores, quienes disfrutaron de su calidez y entusiasmo culinario.

Una nueva aventura en Univisión

La transición de Hellen Quiñónez a Univisión en Houston representa un hito significativo en su carrera. La cadena internacional reconoció su talento y perfil, invitándola a unirse como presentadora de noticias. Esta oportunidad le permitirá alcanzar nuevas audiencias y compartir su experiencia en un escenario global. Quiñónez no es la única ecuatoriana que ha logrado conquistar la pantalla de Univisión. Dayanna Monroy, quien también formó parte del equipo de Teleamazonas, actualmente se desempeña como presentadora de la cadena en Los Ánge-

les. Esta creciente presencia de talento ecuatoriano en la televisión hispana de Estados Unidos es motivo de orgullo nacional. En la era digital, las redes sociales han jugado un papel fundamental en la conexión entre los presentadores y su audiencia. Hellen Quiñónez ha sabido aprovechar estas plataformas para mantener un vínculo estrecho con sus seguidores, compartiendo momentos de su vida personal y profesional.

Interacción y Engagement

A través de Instagram, Facebook y otras redes, la periodista ha cultivado una comunidad comprometida que la respalda en cada nuevo desafío. Esta interacción bidireccional ha fortalecido su presencia en línea y ha contribuido a su creciente popularidad tanto dentro como fuera de las pantallas. Aunque Hellen Quiñónez emprende una nueva etapa en su carrera, su legado en Ecuador perdurará. Su dedicación al periodismo de calidad y su compromiso con la representación de la cultura esmeraldeña han dejado una huella indeleble en la industria televisiva ecuatoriana. La presencia de Hellen Quiñónez en Univisión no solo tendrá un impacto en su carrera personal, sino también en la comunidad hispana en general. Su voz y perspectiva como mujer latina contribuirán a dar forma a la narrativa mediática y a reflejar las experiencias y preocupaciones de esta creciente población.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
04 I ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024
PERSONAJES

Playa de Oro: Un paraíso ancestral

Sumérjase en la belleza natural, conoce la rica cultura ancestral y disfruta de las maravillas que este paraíso tiene para ofrecer. Playa de Oro, es una pequeña comuna ubicada en los límites fronterizos de Esmeraldas.

Este lugar es un verdadero tesoro ancestral que combina perfectamente la belleza natural con la presencia humana. Situada en los límites de la Reserva Ecológica Cotacachi – Cayapas, la reserva más grande del país, Playa de Oro es un paraíso que debes visitar. Playa de Oro es una comuna que se encuentra en el Cantón Eloy Alfaro, en la provincia de Esmeraldas. Para llegar a este lugar mágico, puedes tomar una cooperativa como la Costeñita o Del Pacífico desde la capital de Esmeraldas hasta Selva Alegre. Desde allí, embarcarás en un emocionante recorrido en lancha por el Río Santiago, que dura aproximadamente 45 minutos, hasta llegar a Playa de Oro. Este río es fundamental

para la vida de la comuna, ya que proporciona alimento y sustento económico. Un viaje a través de la historia La historia de Playa de Oro se remonta al siglo pasado, cuando empresarios ingleses llegaron a estas tierras en busca de oro. De hecho, el nombre de la comuna proviene de esta práctica, ya que encontraron una gran cantidad de este preciado metal en la zona. A lo largo de los años, Playa de Oro ha conservado su esencia ancestral y se ha convertido en un lugar lleno de encanto y tradición. Playa de Oro es una de las poblaciones más antiguas de la zona norte de Esmeraldas, conjuntamente con Wimbí o 5 de Junio y San José del Cachaví ambas poblaciones del cantón San

Naturaleza en su esplendor Playa de Oro se encuentra en un entorno natural privilegiado. Rodeado por la Reserva Ecológica Cotacachi – Cayapas, este lugar ofrece una biodiversidad única y paisajes impresionantes. Desde exuberantes selvas hasta playas vírgenes, hay mucho por descubrir en esta comuna. Quedan vestigios de la presencia de esclavos y pailas de cuatro metros de diámetros en las que lavaban y fundían el oro. Una de las principales atracciones de Playa de Oro es su hermosa playa, donde podrás disfrutar del sol, la arena y el mar. A medida que caminas por la orilla, podrás apreciar la belleza de la costa esmeraldeña y sentir la bri-

sa marina en tu rostro. Además, si eres amante de los deportes acuáticos, este es el lugar perfecto para practicar surf, buceo y kayak.

Cultura y tradiciones

La comunidad de Playa de Oro es conocida por su rica cultura y tradiciones ancestrales. Aquí, los lugareños han preservado sus raíces y celebran festividades tradicionales a lo largo del año. Una de las festividades más importantes es el Festival del Oro, donde se honra la historia minera de la comuna y se realizan diversas actividades culturales. Conservan sus creencias y mitología afrodescendientes trasmitidas oralmente por los mayores, las fiestas de Semana Santa y de la Virgen de El Carmen

se las vivencia y dramatizan como acontecimientos de la vida real con el ritmo de: el chigualo, los arrullos, alabaos, la marimba con todos sus instrumentos forman. Además, en Playa de Oro podrás disfrutar de la deliciosa gastronomía esmeraldeña. Los mariscos frescos son una especialidad en la zona, y podrás degustar platos típicos como el encocado de camarón, el ceviche y bolón. No te puedes ir sin probar el famoso viche un delicioso caldo de mariscos que es todo un manjar. Planifica visitar Playa de Oro Los habitantes de Playa de Oro se preparan, con esfuerzos propios, para celebrar el 24 de septiembre un aniversario más de parroquialización, hecho ocurrido en el año 1941. Autor: MKVQ

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 I TURISMO 05
Lorenzo del Pailón.

Policía desmanteló una red de grupos Irregulares Colombianos

El norte de Esmeraldas vive la creciente actividad de grupos armados irregulares provenientes del país vecino, quienes han encontrado refugio y abastecimiento en territorio ecuatoriano. Sin embargo, la Policía Nacional de Ecuador ha desmantelando esta peligrosa red de operaciones ilegales.

Hallazgos Alarmantes en Esmeraldas

En una operación realizada el 11 de mayo de 2024, los equipos de investigación e inteligencia policial allanaron varios inmuebles en la zona de Carondelet, en el cantón San Lorenzo de Esmeraldas. Lo que encontraron allí fue sumamente preocupante: un centro de acopio de municiones, precursores químicos, armas de fuego, sustancias ilícitas y vehículos de dudosa procedencia. Según el coronel Diego Velasteguí, comandante subrogante de la subzona Esmeraldas, estos bienes estaban siendo utilizados por grupos armados

irregulares provenientes de Colombia. Tal como lo expuso el general César Zapata, comandante de la Policía Nacional, el lugar desmantelado en Esmeraldas presuntamente servía como un espacio de abastecimiento para integrantes de estructuras armadas del país vecino. Estas organizaciones delictivas han encontrado en la frontera norte de Ecuador un terreno fértil para sus actividades ilícitas, como el tráfico de armas y drogas. En el operativo, los agentes policiales lograron incautar 415 cartuchos de diferentes calibres, 9 radios y otros indicios que apuntaban a la presencia de grupos irregulares colombianos. Además,

se detuvo a un ciudadano extranjero, quien quedó a disposición de las autoridades competentes para definir su situación legal.

Operativos recientes en la zona

Esta no fue la única acción llevada a cabo por las fuerzas de seguridad ecuatorianas en la región fronteriza. En un operativo reciente en la provincia de Sucumbíos, en la zona de Cascales, las Fuerzas Armadas localizaron una vivienda donde también se hallaron armas y municiones, incluyendo un revólver, una subametralladora, 3 pistolas traumáticas y 24 municiones de distintos calibres.(DLH)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 POLICIAL 06

Caso Olón golpeó la imagen de la primera dama

Las redes sociales de Ecuador fueron convulsionadas tras las denuncias de delito ambiental en donde estuvo involucrada la primera dama, Lavinia Valbonesi, y varios ministros del actual Gobierno. El caso Olón puso en tela de juicio la transparencia de una presidencia que se prepara para competir por la reelección.

PERSONAJE. La figura de la primera dama recibió una avalancha de mensajes negativos, tras la paralización del proyecto Echo Olón. (Foto: Presidencia)

El universo de las redes sociales en Ecuador fue convulsionado buena parte de la semana pasada por el denominado caso Olón, donde la figura de la primera dama, Lavinia Valbonesi, fue el centro de atención de una presunta trama de tráfico de influencias y delitos ambientales.

Esto dejó una mancha sobre la transparencia del Gobierno de Daniel Noboa, aunque la mayor parte de los reflectores y de los ‘post’ estuvieron ligados a la esposa del presidente. Valbonesi recibió un sentimiento negativo en las redes sociales, por primera vez desde que inició la campaña electoral adelantada y desde el comienzo de la gestión del Noboa en Carondelet. Tanto el Presidente como la primera dama han tratado de mantenerse al margen. Las pocas declaraciones emitidas han tenido como objetivo señalar que debe ser la Justicia la encargada de revisar si se registraron hechos fuera de la ley, en un proyecto personal de la familia Noboa, que según los

involucrados comenzó antes del llamado a muerte cruzada por parte del expresidente Guillermo Lasso.

Negatividad en las redes sociales

Según un informe de la consultora Content Manager Ecuador, entre el pasado 25 de abril y el 09 de mayo de 2024, la imagen de la primera dama se deterioró rápidamente.

Desde el 04 de mayo se dio a conocer por las redes sociales que la empresa VinAzin era de su propiedad y que estaba siendo denunciada por presuntos “delitos contra el ambiente”.

Hasta ese momento la imagen de Valbonesi navegaba con un importante sentimiento positivo que superaba incluso el 90% de aceptación en los mensajes que contenían su nombre o se referían a ella.

A partir del 06 de mayo el sentimiento se transformó en negativo y una oleada de mensajes comenzaron a relacionarse con la primera dama. El último día con sen-

timiento positivo se registró precisamente el 04 de mayo, con un sentimiento positivo del 98%, con una media de publicaciones cercanas a las 2.000 diarias.

A partir del 05 de mayo la tendencia cambió, así como la cantidad de publicaciones. De 2.000 menciones diarias se escaló a más de 10.000 ‘post’ diarios, pico que se registró el 08 de mayo. En ese momento la imagen de la primera dama pasó a un 53% de sentimiento negativo.

No puede haber una salida parche

Para la comunicadora y académica Saudia Levoyer, la situación que se registraba con la imagen de la primera dama, Lavinia Valbonesi, con el gobierno del presidente Noboa, requería una respuesta contundente, a diferencia de otros momentos en los que la comunicación del primer mandatario había optado por dejar que los temas se “desinflen”.

Para Levoyer, las reacciones de la comunidad digital al proyecto inmobiliario

Las redes sociales influyeron en la paralización del proyecto

denominado Echo Olón, en lo que afirma es algo “altamente sensible para el grupo etario que revisa el tema ambiental”, se transformaron en caricaturas y vídeos en la lógica de la red social.

Puntualizó que ante la posición de las redes sociales y de la comunidad, el Gobierno de Noboa no puede esperar a que el tema se “desinfle”, como lo ha hecho en otros momentos.

“Si van a optar por dejar que esto se desinfle de alguna manera, puede ocurrir que esto se convierta en una bola de nieve, especialmente cuando tú ya estás perfilado para la campaña electoral, porque le van a golpear por ahí”, alertó.

La académica fue tajante al señalar que “tienen que darle una salida real, no una salida parche”.

Levoyer destacó el trabajo que han venido desarrollando en el manejo de las audiencias y las redes sociales, que ha permitido un trabajo complementario de Valbonesi para favorecer la labor del presidente Noboa y en este momento para apoyarla a ella.

Detalló que se debe tener presente que Lavinia Valbonesi “es un influencer , que ha logrado constituirse como tal, empezó desde antes de la campaña de Noboa a la Presidencia y ha seguido y causa simpatía, sabe cómo sintonizar con su audiencia específica, entonces cuando se le necesita, trabajan muy en equipo”.

Desde su punto de vista, hay una alta coordinación “entre la parte comunicativa en redes de lo que el Gobierno hace y el apuntalamiento que necesita de una persona que arrastra mucho, como lo es la primera dama”. (ILS)

°El académico y estratega digital Andrés Jaramillo, al revisar la situación de la figura de la primera dama, Lavinia Valbonesi, tras la caída de su imagen en la comunidad digital, indicó que en principio deberá disminuir su presencia en las redes sociales. Jaramillo advirtió que, aunque ya se viene recuperando su imagen, “resultó muy afectada y dejó de ser ese activo digital poderoso en la comunicación del Gobierno, en momentos de tensión”. Recordó que la imagen de Valbonesi en las redes sociales había sido utilizada como un apoyo al Presidente en momentos de tensión, por lo que desde su punto de vista este podría ser “un bajón importante, sobre todo de cara a la campaña electoral”.

Tras la decisión de la empresa VinAzin de paralizar el proyecto inmobiliario Echo Olón, supuestamente para que no se politice su desarrollo, Jaramillo indicó que esta decisión fue influenciada por las redes sociales. Al consultarse si esto podría considerarse una victoria, el académico destacó que “más que triunfo de las redes sociales, que evidentemente influyeron para que tomen la decisión, creo que nos demuestra que esto se pudo haber hecho antes”.

Para Jaramillo, el Gobierno pudo evitar la controversia surgida: “El momento en que se registró el tema y aún era una conversación más del montón, pudieron parar los trabajos y dialogar, hacer la consulta previa, hacer las cosas correctas, o como se debe. Eso les hubiera evitado todos los dolores de cabeza de estos días”. Indicó que el comunicado de VinAzin permite poner un punto y seguido al tema. “Permite cerrar el capítulo, porque finalmente lo que motivó o lo que motivaba las reacciones era el avance del proyecto. Al no existir avances del proyecto, ya no hay movilizador y muy seguramente el tema ya quedará ahí”. Finalizó indicando que la imagen de Valbonesi ya se está recuperando paulatinamente: “Al ser una persona tan querida, ese músculo digital le permitirá asumir el golpe a su imagen. Podrá recuperarse en la medida en qué salga del bracero digital y baje su perfil”.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK POLÍTICA 07 ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 I

Un concurso para designar 10 jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ); otro para conformar un banco de elegibles para cubrir 586 vacantes de jueces en todo el país; y un tercero para nombrar 91 magistrados para integrar las judicaturas especializadas en cinco provincias , está en la planificación de los actuales vocales del Consejo de la Judicatura (CJ), quienes culminarán en enero de 2025 el periodo de seis años para el que fueron electos.

En una entrevista con LA HORA, Yolanda Yupangui, vocal del CJ, habló de la importancia de conformar el banco de elegibles porque, tras los embates de la corrupción, a raíz de casos como Metástasis y Purga, la función judicial está quedándose sin jueces, o está disminuyendo.

P. Después de que el 21 de marzo de 2024 se dio inicio al concurso de jueces de la CNJ, ¿cuál es la siguiente prioridad de la Judicatura?

El concurso para conformar el banco de elegibles para jueces de Cortes Provinciales, de Tribunales de lo Contencioso Administrativo, de lo Contencioso Tributario, de Tribunales Penales, y unidades judiciales, prácticamente ha iniciado. El jueves 9 de abril de 2024, en la sesión del pleno de la Judicatura, aprobamos el inicio del concurso y el cronograma para las postulaciones de pruebas prácticas, examen sicológico, etc.

P. ¿Cuáles son los plazos para esta designación?

La convocatoria a este proceso se realizará este lunes 13 de mayo de 2024. Mientras que la fase de postulación se cumplirá del 3 al 18 de junio del año en curso. Se prevé que todo el proceso finalice en enero de 2025.

P. ¿Qué es el banco de elegibles?

Es un sistema que se utiliza para seleccionar a los jueces en Ecuador. Este banco está compuesto por candidatos que han pasado por un proceso de selección riguroso y que están calificados para ocupar vacantes de jueces en el país, previo a la disponibilidad de las partidas presupuestarias. El proceso de

YUPANGUI: ‘LA FUNCIÓN JUDICIAL SE ESTÁ QUEDANDO CON MENOS JUECES’

Los concursos que organiza la Judicatura buscan abastecer las necesidades de la función judicial. La vocal de este organismo, Yolanda Yupangui, dice que por las investigaciones de los casos Metástasis y Purga, la disminución de jueces es notoria.

conformación incluye varias fases, como la convocatoria, postulación, méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social, y busca garantizar la transparencia y la idoneidad en la selección de jueces. Esto es fundamental para el buen funcionamiento del sistema judicial del país.

P. ¿Cuántos jueces se elegirán?

El banco de elegibles tiene una duración de seis años. La institución determinó un total de 1.090 cupos para el curso de formación inicial, requisito que se debe cumplir para continuar con la conformación del banco. Al momento se requiere cubrir 586 vacantes de jueces en todo el país.

P. ¿Cree que habrá más salidas de jueces?

Al parecer todavía están en investigación los casos Metástasis, Purga y Plaga. Esto podría llevar a pensar en la posibilidad de que hubiera más involucrados.

P. ¿Hay antecedentes en la historia del país de que están disminuyendo los jueces?

Lo que ocurre es que en el periodo 2014 - 2017 fue el último concurso que se realizó. Desde allí no ha sido llamado a ningún otro concurso.

EL DATO

P.  ¿Cómo se hizo el cálculo para llegar a este requerimiento?

Se ha realizado un cálculo actuarial para ver qué puede pasar en seis años, y en este tiempo puede ocurrir que haya jueces que ya deban jubilarse, que se den renuncias o nuevos despidos.

P. ¿Cuándo se vio la necesidad de elegir un número tan alto de jueces?

Después de 2017 (gestión del expresidente de la Judicatura, Gustavo Jalkh) ya no hay banco de elegibles. A esto se sumó el problema por las investigaciones de los casos Metástasis y Purga. Como Consejo de la Judicatura, por ética y honradez, tuvimos que suspender algunos jueces y destituir a otros.

Los candidatos al banco de elegibles deben cumplir con requisitos como tener un título de tercer nivel emitido por la Senescyt, certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias del SRI, no tener impedimento para ejercer cargo público, entre otros.

Al parecer van a seguir saliendo. Y está pasando que la función judicial se está quedando con menos jueces. Casi no tenemos jueces, la disminución es notoria. Esto perjudica al sistema, por lo tanto, necesitamos tener un banco de elegibles suficiente para poder abastecer las necesidades de la función.

Por ejemplo, en el reglamento para el concurso se incluye aspectos muy exigentes, especialmente en materia de probidad, honestidad. No vamos a permitir que nuevamente disminuyan los jueces por los problemas de corrupción. No permitiremos que los postulantes nos envíen certificados de sicólogos comprados.

P. ¿Sicólogos comprados?

Antes decían que con 50 dólares podían conseguir los certificados. Ahora, por ejemplo, el Consejo va a contratar personal para que realice una evaluación sicológica y la prueba de confianza.

P. ¿Cuánto le va costar este concurso de jueces al Estado?

Dada la urgencia de este concurso, el presupuesto está listo. Está estimado entre 3 millones y 3,5 millones de dólares.

P. ¿Cómo avanza el concurso para designar a los 10 jueces de la CNJ?

A partir de entonces, se ha dado la salida de jueces por jubilación, renuncias o destituciones. Cuando nosotros asumimos la función no había banco de elegibles, pero ahora la situación se agravó por los casos penales de Metástasis, etc., que ha restado el número de jueces. Y, por temas disciplinarios, a nosotros nos ha tocado suspenderlos o destituirlos.

P. ¿Cómo afecta la falta de jueces al servicio de Justicia?

Mientras menos jueces, las causas se siguen acumulando. Sin jueces, ¿quién va a resolver los casos? Necesitamos que haya más jueces; y que sean honorables y honrados. Precisamente, casos como Metástasis se han dado por la corrupción que existe. Por eso estamos siendo bastante estrictos para la designación.

P. ¿Qué tipo de rugosidades se aplican?

Aspiramos que el concurso para la selección y designación concluya en octubre de 2024. El 7 de mayo empezó la etapa de concurso de méritos y oposición, con 173 aspirantes, de un total de 266 postulantes iniciales. En este concurso, la Judicatura aprobó una resolución con la que se conformó el Comité de Expertos, la Comisión de Calificación y los Tribunales de Recalificación que actuarán en la fase de méritos.

P. ¿Esta Judicatura realizará el concurso para nombrar a los 91 jueces constitucionales para ocupar las judicaturas especializadas, según el mandato de la consulta popular del 21 de abril de 2024?

Eso no lo sabemos, pero estamos adelantando el trabajo. Es una urgencia porque a nosotros (los vocales) ya no nos queda mucho tiempo (en funciones). Se analiza cómo viabilizar la designación de jueces  constitucionales, para cumplir con el mandato de la consulta popular. En un análisis preliminar, se estableció que la implementación costaría alrededor de $15 millones para judicaturas en Azuay, Guayas, Manabí, Tungurahua y Pichincha. (SC)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 PAÍS 08
AUTORIDAD. Yolanda Yupangui, vocal del Consejo de la Judicatura.

6 de cada 10 mayores de 45 años están en la informalidad

El Gobierno de Daniel Noboa asegura que está analizando reformas para incentivar que la gente se jubile más tarde. Sin oportunidades laborales formales, esa es una quimera.

El presidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) , Eduardo Peña, ha dicho que el Gobierno de Daniel Noboa está trabajando en una reforma del fondo de pensiones, que estaría lista en cuatro a cinco meses. Una de las medidas estrella de esa reforma, de acuerdo con Peña, serían los incentivos para que los afiliados se jubilen más tarde. En otras palabras, que se trabaje “voluntariamente más años” a cambio de recibir mayor jubilación.

“Mi intención es que la gente se jubile más tarde y, para eso, lo que tiene la reforma es que: si te jubilas con 360 aportaciones (30 años) recibes el 80% de la pensión, pero si te jubilas a las 400 aportaciones (33 años) te pago más, el 85%. Y si te jubilas con 460 aportaciones (38 años) te pago el 105% y más adelante te pongo otro premio”, afirmó Peña.

Esta idea, sin embargo, choca con la realidad de un mercado laboral en el que la participación en el sector informal crece mientras más edad se tiene.

Así, según la encuesta anual de empleo, subempleo y desempleo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), el 55,2% de los ecuatorianos, entre 45 y 64 años, están en el sector informal de la economía.

En los mayores de 65 años, la situación incluso empeora porque, según el INEC, el

79,3% está en el sector informal.

“En los países con una gran proporción de economía informal, como lo es Ecuador , donde las personas trabajan, pero no tienen un salario o beneficios garantizados, las desigualdades en base a la edad se amplifican aún más. De todos los grupos etarios, las personas de más de 65 son las que presentan un mayor porcentaje de empleo informal”, apuntó un reciente estudio de Adecco Ecuador.

Crisis para mayores de 45 años

Verónica López, economista y consultora empresarial, explicó que, cualquier reforma sostenible del IESS, y su fondo de pensiones, no será viable sin cambios estructurales en el mercado, la cultura y la legislación laboral.

“La edad, y las normas anticuadas como la jubilación patronal , no puede ser la razón para que expulsemos a personas de 45 años o más a la informalidad, cuando todavía tienen capacidad y habilidades para contribuir”, aseveró.

En la reciente entrevista con LA HORA, el empresario y exalcalde de Quito, Roque Sevilla , apuntó a que como país debemos llegar a consensos para reducir sustancialmente el costo de despido, y eliminar temas como la jubilación patronal, para así lograr que sea más fácil encontrar un nuevo empleo (aumentar la movi-

OCUPACIÓN. Si se quiere jubilaciones más tarde, el mercado laboral formal no debe expulsar a los de más edad.

lidad laboral).

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha estimado que una empresa con un 10% más de empleados de más de 45 años es un 1,1% más productiva.

Por eso, López recalcó que está bien impulsar el empleo joven; pero no se puede descuidar el aporte de la experiencia de los de más edad.

“La tendencia mundial, incluido Ecuador, es que la población está envejeciendo. Debemos pensar en formas de mantener productivos y empleados, durante el mayor tiempo posible y en las mejores condiciones, a los mayores de 45 años. De lo contrario, no habrá sostenibilidad para el sistema de pensiones y la economía en su conjunto”, dijo.

La economía ecuatoriana necesita cambios es -

Ejemplos internacionales de creación de empleo para mayores de 45 años

° Japón: El Gobierno y las empresas han implementado medidas como la flexibilización de las leyes laborales para permitir la contratación a tiempo parcial para los trabajadores mayores, la promoción de programas de capacitación y reciclaje laboral y la sensibilización sobre los beneficios de la diversidad generacional en el lugar de trabajo.

° Alemania: Se han introducido programas de jubilación gradual que permiten a los trabajadores reducir sus horas de trabajo antes de retirarse por completo. Además, se han promovido campañas de sensibilización para combatir el estigma asociado con el envejecimiento.

° Singapur: Se han establecido programas de reciclaje laboral y formación continua para los trabajadores mayores, así como incentivos fiscales para las empresas que contratan y retienen a empleados mayores. Existe la Agencia Nacional del Envejecimiento Activo (Active Aging Agency).

tructurales de manera urgente. De lo contrario, como ya alertó LA HORA, se estarán incubando al menos dos generaciones que podrían quedarse sin pensiones o con una jubilación minúscula. (JS)

° Países Bajos: Se han aplicado políticas de flexibilización de las leyes laborales para permitir la transición gradual a la jubilación, la promoción de la formación y el desarrollo profesional a lo largo de toda la vida laboral.

No todo está perdido

°Según el estudio de Adecco, el mercado laboral ecuatoriano, más allá de sus inconvenientes, genera también algunas oportunidades. Está emergiendo una nueva tribu constituida por profesionales mayores, que vivieron su carrera laboral en distintos sectores. Esta vez no son solo Juniors, son Juniors +40. Están comenzando a estudiar y a incorporarse al mundo de la tecnología y no vienen con las mochilas vacías, vienen con esos 40 años llenos de experiencias.

“Este grupo de personas vienen con un bagaje de experiencias únicas que solo el tiempo es capaz de alcanzar. Además, su madurez emocional es otra de sus virtudes, y garantiza que pueden resolver conflictos de manera adecuada. De igual manera, podrían convertirse en grandes mentores para las nuevas generaciones, es decir, una capacitación gratuita”, asegura Addeco.

Esto quiere decir que el Ecuador debe buscar las formas de que este potencial no se desperdicie.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ECONOMÍA 09 ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 I

Tres sectores de Quito concentran la mayoría de robos de carros

El robo de carros en Quito ha aumentado en un 81%. Hay tres sectores que concentran la mayor cantidad de este tipo de delitos. En 2024, la Policía ha recuperado más de 200 vehículos. Conozca cómo prevenir ser víctima.

En la capital los robos de vehículos han crecido alarmantemente. El comandante general de la Policía en Quito, Wilson Pavón , señala que existe un aumento del 81% en este delito, si se compara con el año pasado.

En 2023, de enero a mayo hubo 466 robos de vehículos; mientras que en 2024, en el mismo periodo de tiempo, se contabilizan 842 casos.

De igual manera, el robo de autopartes también va en aumento. En 2023 se registraron 756 robos de partes ( espejos, llantas, tableros y más); mientras que en 2024 se registran 834 casos, lo que significa un aumento del 10%.

En la motos, los casos pasaron de 276, en 2023; a 336, en 2024. Es decir, un incremento del 22%.

Sectores y horarios de robos de carros

El general Pavón señala que el incremento de estos

delitos se debe a que muchos vehículos son usados para venderlos por partes o ser utilizados en otros delitos. Sin embargo, destaca que este año 2024, más de 200 fueron recuperados.

El 55% de los robos sucedieron en tres sectores: la Kennedy (norte), el sector del aeropuerto e Iñaquito (hipocentro).

Mientras que por división de distritos policiales, Eugenio Espejo, La Delicia y Eloy Alfaro acumulan el 60% de estos robos.

La Policía Nacional ha identificado que hay dos franjas horarias donde se cometen estos delitos, empezando de 13:00 a 15:00, pero se incrementan a partir de las 20:00 hasta las 22:00.

Prevención para evitar robos de vehículos

El general Pavón señala que trabajan en la prevención situacional con las cifras recopiladas

por la Policía Nacional. El oficial señala que se debe registrar y controlar a los cuidadores de autos en determinados lugares, como pasa en la zona azul. De lo contrario, quienes lo hacen de manera informal no son culpables.

Hace un llamado a quienes salen a bares o restaurantes para priorizar el transporte público, haciendo hincapié en la seguridad que hay en el metro de Quito.

También agrega que las personas deben evitar dejar cosas a la vista, dentro del vehículo, como chompas, maletas, celulares.

Por otro lado, es mejor pagar un estacionamiento seguro y caminar hacia el destino, que dejar el vehículo en la calle.

Y otra alternativa es no comprar cosas robadas , pues se mantiene el círculo de robo y venta. (AVV)

NOTARIA SÉPTIMA DEL CANTON LOJA

EXTRACTO

Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que mediante escritura pública, otorgada ante el Dr. Pablo Fernando Punín Castillo, Notario Séptimo Cantonal de Loja, el día ocho de mayo de dos mil veinticuatro, los ex - cónyuges, señores: CÉSAR AUGUSTO QUINCHE PEREIRA y MARÍA TEODORA TANDAZO CALVA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que mantuvieron formada, en mérito al matrimonio celebrado el veintinueve de julio de mil novecientos noventa y tres.- Mediante Acta Notarial de Divorcio por Mutuo Consentimiento celebrada el nueve de octubre de dos mil quince, ante la Notaria Tercera del cantón Loja, e inscrita en el Registro Civil del cantón Loja con fecha: seis de enero de dos mil dieciséis, los prenombrados ex cónyuges, disolvieron el vínculo matrimonial que los unía.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad de Bienes, por lo que en aplicación del numeral 23 del Art. 18 de la Ley Notarial que faculta al Notario disponer la inscripción en los registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, previo al trámite previsto en la norma invocada, pongo en conocimiento del público, mediante una sola publicación por la prensa, el presente extracto anunciando que se procederá a emitir el Acta Notarial de Aprobación de la liquidación del patrimonio de la sociedad de bienes que mantuvieron formada los ex - cónyuges, señores: CÉSAR AUGUSTO QUINCHE PEREIRA y MARÍA TEODORA TANDAZO CALVA, por lo que a partir de la fecha de esta publicación, decurrirá veinte días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada.- Particular que pongo en conocimiento para los fines pertinentes.- Loja, diez de mayo de dos mil veinticuatro.-

Dr Pablo Fernando Punin Castillo

Notaria séptima del canton loja

HAY FIRMA Y SELLO

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 SOCIEDAD 10
Fuente: Policía Nacional
Automóviles Camionetas Jeeps y otros
56% 15% 29%
Los vehículos más robados son

Brasil suma más de 140 muertos por temporales lluviosos

En Brasil se supera los 2,1 millones de damnificados por las fuertes lluvias en el sur del país.

BRASIL.- Las inundaciones causadas por las fuertes lluvias en el sur de Brasil ya dejan 144 muertos y más de 2,1 millones de damnificados, en momentos en que nuevos temporales amenazan con afectar aún más a la región, informaron este domingo 11 de mayo de 2024 las autoridades regionales.

El número de fallecidos subió con siete víctimas adicionales a las 137 registradas la víspera, mientras los desaparecidos continúan en 125.

Según los datos del último reporte de la Defensa Civil, el número de personas desplazadas ahora se acerca a las 620.000, de las cuales más de 81.000 tuvieron que buscar refugio en albergues improvisados por las autoridades.

Asimismo, el balance dice que los equipos de rescate han evacuado las zonas de riesgo a 76.399 personas y 10.555 animales.

La situación más dramática se vive en Rio Grande do Sul, estado fronterizo con Argentina y Uruguay, donde se han reportado al

menos 146 muertos y 806 heridos y donde 446 de los municipios están afectados, siendo el 90% del total.

El otro fallecido fue notificado en el vecino estado de Santa Catarina, también afectado por la catástrofe, pero en menor grado.

Las situación en casi todo el estado permanece en alerta máxima por las previsiones meteorológicas y los cuerpos de rescate aprovechan los pocos espacios que dejan los temporales para continuar con las búsquedas.

Además de torrenciales aguaceros se esperan fuertes vientos y bajas temperaturas que pueden extenderse hasta el martes.

El Centro Nacional de Vigilancia y Alerta de Desastres (CEMADEN) emitió este domingo una alerta de alto riesgo por deslizamientos de tierra en prácticamente todo el estado y en la región metropolitana de Porto Alegre, con especial atención en la Sierra Gaúcha.

Las alarmas por lluvias se enfatizan en el munici-

INUNDACIONES. Miembros de la Policía realizan un operativo este fin de semana en las calles inundadas en la región del centro de Porto Alegre (Brasil).

pio de Uruguaiana, en la frontera con Argentina, donde las aguas del Río Uruguaya sobrepasaron los niveles y continúan creciendo.

En todo el estado, las acciones para llevar comida, ropa, cobertores y medicinas continúan en medio de la falta de servicios de energía y agua que se van restableciendo poco a poco, principalmente en la capital estadual.

Los daños ocasionados por las inundaciones en Rio Grande do Sul se calculan en unos 18.839 millones de reales (3.700 millones de dólares o 3.400 millones de euros), según el Gobierno regional.

Por el momento, el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, anunció un paquete de ayudas de 50.000 millones de reales (9.800 millones de dólares) para ese estado, entre créditos y medidas asistenciales directas. (EFE)

FO CUS

DAÑOS. Miles de personas están damnificadas luego de que sus viviendas fueran afectadas por las consecuencias del temporal lluvioso.

NOTARIA PRIMERA DEL CANTON LOJA AVISO DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ACTORES: NELSON EDUARDO HURTADO SANCHEZ Y JULIA ESPERANZA ZUMBA AREVALO.

Se pone en conocimiento del público en general, que se va a proceder a la inscripción de la escritura pública que contiene la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL habida entre los señores NELSON EDUARDO HURTADO SANCHEZ Y JULIA ESPERANZA ZUMBA AREVALO, convenio celebrado mediante escritura pública otorgada en la Notaría Primera del Cantón Loja, el día nueve de mayo de dos mil veinticuatro, y que comprende un bien inmueble ubicado dentro de la ciudad de Loja. Los interesados podrán oponerse en el término de veinte días, contados desde esta publicación. Loja 09 de mayo de 2024.

DRA. GINA MAROTH CALVA TAPIA NOTARIA PRIMERA DEL CANTON LOJA HAY FIRMA Y SELLO

ENTREVISTA A RAFAEL VITOLA

TEMA

Recordar el pasado para sanar traumas y vivir el ahora con potencia y paz

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK GLOBAL 11 ESMERALDAS | LUNES 13/MAYO/2024 I
UN PODCAST DE LA HORA

Esmeraldas

Aurora boreal en Suiza

Vista de la aurora boreal ocurrida durante la noche del 10 de mayo de 2024 en Daillens, Suiza. La Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica de EE.UU. (NOAA, en inglés), antes Servicio Meteorológico Nacional, reportó “condiciones geomagnéticas extremas” por primera vez desde octubre de 2003. Es este fenómeno el responsable de que las auroras boreales puedan vislumbrarse en lugares donde normalmente no se ven. EFE / Laurent Gillieron

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LUNES 13 DE MAYO DE 2024
Esmeraldaslahora @ Esmeraldaslahora

REVISTA JUDICIAL

REIVINDICACIÓN

LA ACCIÓN REAL

Dentro del estado constitucional de derechos y justicia social establecido en el Ecuador, la Carta Magna marca el sendero por el cual transitan los derechos de los ciudadanos; así, dentro de los derechos de libertad consagrados en el Art. 66 de la Constitución de la República del Ecuador, se garantiza el derecho a la propiedad en todas sus formas, es decir la Constitución reconoce y garantiza, la propiedad como un derecho de los ciudadanos, más en el contexto surge una interrogante que empezaremos respondiendo, ¿qué es la propiedad?

Para entender el significado y alcance del derecho de propiedad, es necesario remontarnos a un concepto anterior que permite la formación del derecho de propiedad, nos referimos a los derechos reales, y precisamente un derecho real es la facultad que tenemos las personas sobre determinadas cosas, la doctrina ha definido a los derechos reales manifestando:

“Derecho real es aquel en que ninguna persona es individualmente sujeto pasivo del derecho. O en términos más sencillos (…) Un derecho real es aquel que le da la facultad de sacar de una cosa cualquiera un beneficio mayor o menor.”1

En consecuencia cuando la facultad establecida permite obligar a una persona a una obligación de dar, hacer o no hacer algo será un derecho personal; volviendo a los derechos reales, es importante aclarar que esta interacción jurídica, siempre la persona –sujetoocupará una posición dominante respecto de la cosa –bien-, por lo que comencemos por decir que el más amplio de los derechos reales es el “dominio” o propiedad, así el Código Civil, en su Art. 599 lo define como:

“un derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella…”

En esta interacción jurídicomaterial que relaciona personas y bienes, se pueden destacar tres

DE

DOMINIO Y SUS ELEMENTOS

facultades que le dan su razón de ser a la propiedad o dominio; en primer lugar, el uso –ius utendi-, que no es más que la facultad de la persona –propietario- para poder utilizar o habitar una cosa, luego viene la facultad del goce –ius fruendi-, es decir el derecho que le asiste al dueño para beneficiarse de los frutos que la cosa produce, bien sean naturales o civiles, finalmente encontramos la facultad de disposición –ius abbutendi- la cual permite al propietario, disponer del bien y darle el destino que su voluntad desee, pudiendo enajenarlo, donarlo, etc.

Las tres facultades descritas, serán las que le otorguen al propietario el ejercicio pleno del dominio sobre la cosa; y, a su vez le puedan dar la calidad de dueño; ahora bien, hay que entender que no siempre estas tres facultades se establecen perfectamente en cabeza del propietario, pudiendo separarse unas de otras, lo que tendrá un impacto directo en la relación jurídica del sujeto frente a la cosa, así quien goza de las tres facultades, uso, goce y disposición jurídicamente ejerce dominio sobre la cosa y se denomina propietario o dueño, pues ejerce un señorío formal; consecuentemente la separación de la facultad de uso fragmenta el dominio como tal y

concede a la persona otro derecho real distinto denominado uso y habitación, lo mismo sucede con la facultad de goce, de donde emana el derecho real de usufructo. Hemos afirmado que la persona quien respecto de la cosa tenga las facultades de usar, gozar y disponer, consolidadas en un justo título de “propiedad” pues consecuentemente tendrá la calidad de propietario, o coloquialmente será el dueño, más en la esfera jurídica estas relaciones entre personas y cosas también pueden darse sin la presencia de un justo título de propiedad, es decir una situación de hecho en donde no hay un propietario jurídicamente hablando, sin embargo si existe una persona que puede encontrarse en uso y goce de la cosa –sin calidad de propietario- es decir dicha interacción de facto le da a la persona la calidad de poseedor con respecto al bien, con la aclaración de que dicha tenencia –uso y goce- debe contener además de la tenencia material un elemento esencial que es el que precisamente diferencia conceptualmente la mera tenencia de la posesión, y es que cundo nos referimos al término posesión, está implícito entender que la tenencia será con ánimo de señorío, es decir con intención de dueño. Así el Código Civil en su Art.

715 define a la posesión como:

“…la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor y dueño”

Concepto muy importante en materia de la acción reivindicatoria o Reivindicación ya que es precisamente la posesión en manos de un tercero la causa de la acción real de dominio, cuya pretensión fundamental consistirá en recuperar la posesión del bien a manos del dueño.

Cuando la tenencia no es bajo ánimo de señor y dueño, es decir el tenedor carente del elemento anímico, reconoce la existencia de dominio ajeno, por consecuencia la relación jurídica de la persona respecto al bien, será la de un mero tenedor.

Brevemente explicada la interacción jurídica del derecho real de dominio, y las diferentes calidades que puede ostentar el sujeto ene esta relación jurídica con respecto al bien, sea propietario, poseedor o mero tenedor, debemos abordar la acción que en derecho se establece como acción de dominio y se denomina Reivindicación, que en síntesis de lo dicho en líneas anteriores no es más que la búsqueda del propietario, por recuperar o entrar en posesión de la cosa sobre la cual ejerce dominio.

El Dr. Juan Larrea Holguín respecto de la Reivindicación afirma:

“Estamos ante una acción real, dirigida a proteger los derechos reales. Acción que el titular del derecho puede dirigir en principio, contra cualquier persona que esté actualmente usurpando, negando o impidiendo el ejercicio de su derecho (…)” 2

El texto citado deja ver que doctrinariamente se mira a la reivindicación como la más común defensa de los derechos reales, los cuales dicho sea de paso constituyen la respuesta jurídica al problema económico de la carencia de bienes suficientes para satisfacer las ilimitadas necesidades de las personas.

No hay suficientes bienes para todos, pero todos tienen interés en apropiarse de ellos y explo-

CONSULTA CIVIL

¿Cuándo no cabe el auto definitivo de prescripción en el caso que existan dos períodos de labores?

RESPUESTA

En el caso propuesto en la consulta la persona trabajadora reclama en su demanda el cumplimiento de derechos que corresponden a dos períodos distintos de trabajo aun cuando sea respecto del mismo empleador. La parte demandada entre sus excepciones propone la de prescripción de la acción, lo que efectivamente ocurre con respecto al reclamo relativo al primer período de trabajo. En estos casos, evidentemente la excepción de prescripción es parcial en la medida que solo afecta al reclamo de determinados derechos, y la o el juzgador debería resolverlo de esa manera, pero aquello no significa que todas las pretensiones puedan ser rechazadas a la luz de esa excepción de prescripción, debiendo entonces pronunciarse respecto de los demás reclamos. Por tanto no cabe que el juzgador dicte un auto definitivo de prescripción en relación a la totalidad de las pretensiones, sin entrar a considerar aquellas que no están prescritas, ya que aquello constituiría una violación del derecho de acceder a la justicia y obtener de la misma una tutela efectiva de los derechos, conforme lo dispone el Art. 75 de la Constitución.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
C00
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR La Hora QUITO, ECUADOR
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ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com LUNES, 13 DE MAYO DE 2024

tarlos económicamente, precisamente, los derechos reales se estructuran como un sistema de racionalización de los intereses que las personas tienen respecto de la apropiación y la explotación o el aprovechamiento económico excluyente de los bienes a fin de satisfacer sus más diversas necesidades de subsistencia; y, es muy lógico entenderla así cuando el propósito fundamental de la reivindicación es la restitución –recuperación- del bien a su legítimo propietario, quien no se encuentra en posesión del mismo.

Esta acción de dominio tiene establecidos con claridad los elementos que le dan su característica razón de ser, los cuales han sido determinados en sendas sentencias de la Corte Nacional de Justicia, para muestra un botón: “La reivindicación o acción de dominio, conforme lo dispone el artículo 953 del Código Civil es: “la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela.”

En consecuencia, existen cuatro elementos básicos para que esta acción pueda ser ejercitada: 1) que se trate de una cosa singular o una cuota determinada de una cosa singular que esté claramente identificada (artículos 953 y 956); 2) que el actor o demandante tenga la propiedad plena o nuda, absoluta o fiduciaria de la cosa cuya reivindicación se pretende (artículo 957); 3) que el demandado tenga la actual posesión material de la cosa que se reivindica (artículo 959); y 4) que exista plena identidad entre la cosa que reivindica el actor y la que posee el demandado (artículo 953).” 3

El Código Civil, en el texto de su Art. 933 por su parte aporta a definir la reivindicación o acción de dominio al decir en lo pertinente:

“…es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela”

Del texto citado, se puede encontrar el primer elemento de la acción, se debe observar que la propia norma hace referencia a “una cosa singular”, dicha singularidad debe entenderse como un evento único, que aplicado a la figura de la Reivindicación significa determinar, distinguir con todo

ANULACIÓN DE PÓLIZA

QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000160001153006 Cliente

HERRERA JAIME ENRIQUE Cédula de Ciudadanía Nro. 1704082104 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

001-003-4472

detalle la cosa sobre la cual recae el derecho de dominio.

En este contexto abordaremos singularización como elemento constitutivo de la acción reivindicatoria, para lo cual es importante destacar que la eficiencia de la acción reivindicatoria dependerá directamente de una adecuada determinación o individualización de lo que se pretende reivindicar; pues esta identificación, permite conocer a ciencia cierta el objeto sobre el cual recae la pretensión central de la acción –restitución-, y sobre la cual el juzgador debe tomar una decisión, sin perjuicio de que se trate de una reivindicación de un cuerpo cierto o de una cuota.

En tal sentido, para cumplir con este requisito sin equa non, no basta con la exposición de hechos en la demanda y una ubicación referencial en la misma, sino que es indispensable que se identifique la cosa, si se trata de un predio, se deberá identificar en todo su contorno y área superficial y que además dicha situación coincida con los datos del Registro de la propiedad.

El Dr. Luis Parraguez en su obra Régimen Jurídico de los Bienes sobre la necesidad de singularizar explica: “…No es que se ponga en duda la fe pública del registro, sino que sus menciones no aseguran que el bien allí descrito sea el mismo que posee el demandado y que reclama el demandante (…) Así pues, es menester que la demanda contenga un señalamiento preciso de la ubicación, cabida y linderos de lo demandado y en ese sentido se ha pronunciado invariablemente nuestra jurisprudencia. Si la determinación de las tierras que se pretende reivindicar es vaga e imprecisa, resolvió la Corte Suprema en la sentencia de 27 de octubre de 1987, y, además, incompleta, vuelve inepta la demanda reivindicatoria, la cual debe referirse siempre a cosas singularizadas, de acuerdo con la definición del artículo 880 (actual 953) del Código civil y porque el Juez no sabría lo que manda a restituir…”4

En cuanto a la cosa singular, Luis Claro Solar la entiende bajo el concepto de cosas particulares, determinadas o cuerpos ciertos, más el criterio se queda corto en cuanto a la identifica-

TÍTULO EXTRAVIADO

Queda anulado el titulo de la compañía Tecocel Zona Franca Hospital de los Valles S.A.

No. 930 No. de acciones: 1

Propietaria: ANITA ELIZABETH PADILLA LUNA

El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 13 de mayo del 2024

001-003-4486

ción única –singular- de la cosa, es decir bien puede tratarse de un vehículo determinado, asignado un color y características específicas, pero serán elementos más de fondo como el número de motor y chasis asignados únicamente a ese vehículo el que lo separe del resto de vehículos de similares y yo diría hasta idénticas características, entonces la singularización de la cosa que se pretende reivindicar significa en síntesis, demostrar que la cosa es única y apartada de su género y especie; es decir, está identificada bajo sus características únicas e irrepetibles, no basta con mencionar de que cosa se trata.

Cuando hablamos de singularización, debemos volver la mirada hacia el concepto de la “cuota” que puede tener una cosa singular, de tal manera que se pueda determinar con claridad lo que se pretende reivindicar, por ejemplo la mitad, o el 50% de un bien determinado, lo que pone en la mesa la posibilidad de que un copartícipe –dueño de una cuota- pueda por sí mismo pedir la restitución de la totalidad o de la cosa como cuerpo cierto, porque la acción reivindicatoria per se no es un acto dispositivo, sino un acto de administración, lo que permitiría a cada copropietario la posibilidad de reivindicar la cosa común. El mismo autor –Parraguezcontinúa esta idea refiriéndose a la actividad probatoria, con una cita de la Corte Nacional de Justicia, en sentencia de 13 de abril de 2011 y de la sentencia de la Corte Suprema, de fecha 29 de mayo de 2008, con el siguiente texto:

“…actúen pruebas y establezcan con claridad y precisión que el bien inmueble cuya reivindicación se demanda sea o corresponda al mismo bien que es de su propiedad y que está en posesión de los demandados; aquello para evitar equivocaciones que lesionen derechos cuando se ordene restituir una heredad que no corresponde a aquella objeto de la demanda y para ello pueden utilizar todos los medios de prueba que franquea la ley, dentro de los cuales la pericial “resulta ser la preferente para este tipo de pleitos, debido a la objetividad y tecnicismo con la que puede ser expuesta”.5

Lo dicho en la cita precedente, deja ver que uno de los elementos de procedencia de la acción reivindicatoria, la singularización, es a su vez causa de otro de los elementos de la acción como es la identidad del objeto de propiedad del actor y de posesión de un tercero, que necesariamente será el demandado en la causa, pues será esta determinación la que permita al juzgador conocer lo que debe restituir y consecuentemente la acción podrá prosperar, con legitimaciones adecuadas tanto activa como pasivamente.

Esta relación de pertinencia entre lo que el propietario posee jurídicamente y el demandado posee materialmente, es la que permite una contradicción en derecho y a su vez permite tanto legitimación en la causa como legitimación en proceso, pues, esta acción tiene en cuanto a los sujetos dos características importantísimas, sin las cuales la acción no puede prosperar, en primer lugar

Quito, 13 de mayo del 2024

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES

La Federación de Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales del Cantón Quito, con la finalidad de dar cumplimiento a la Ley de Deporte Educación Física y Recreación y su Reglamento, CONVOCA a todos los representantes de los clubes filiales de la LIGA

DEPORTIVA BARRIAL “COCHAPAMBA SUR” a la Asamblea General de Elecciones, para el día miércoles 29 de mayo del 2024, a las 19h00, en la sede de la institución, ubicada en la calle Francisco de la Pita y 18va transversal, barrio Cochapamba Sur, parroquia Cochapamba, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, con el siguiente orden del día

1. Constatación del quórum

2. Apertura de la Asamblea General de Elecciones, lectura de la convocatoria,

3. Elecciones generales del Directorio de la Liga Deportiva Barrial Cochapamba Sur para el período 2024-2028; y,

4. Posesión y toma de juramento a la nueva directiva

Atentamente,

al tratarse de una acción real de dominio, quien ostenta el derecho de acción y tiene la legitimación en la causa como actor será el o los propietarios, y en segundo contra quien se dirige la acción deberá necesariamente quien tenga la calidad de poseedor del bien, que en última será indispensable que el poseedor tenga materialmente la cosa determinada y singular sobre la cual el propietario ejerce dominio, de esta forma se cumplen los elementos de procedencia de la acción citados supra, pues es una acción para el propietario absoluto o nudo de una cosa singular y va dirigida contra el poseedor de la misma cosa, lo que permite jurídicamente la interacción necesaria para que la acción pueda prosperar.

Finalmente, evidenciándose que el punto de partida de todos los elementos técnicos que caracterizan la acción ordinaria de reivindicación, se puede concluir que la acción reivindicatoria o de dominio, le es inherente al propietario o copropietarios que ejercen dominio sobre una cosa determinada, lo que les da su característica legitimación activa –procesalmente hablando-, quien en su acto propositivo y a lo largo del proceso debe identificar a plenitud la cosa o la cuota que pretende reivindicar y establecer la relación jurídica directa con la posesión ajena o de un tercero, quien por antonomasia corresponderá ser el legitimado pasivo de la acción, de esta manera el propietario que se encuentra separado de la posesión de una cosa, puede mediante esta acción solicitar al Juez la restitución de dicha posesión que se encuentre ejercida por un tercero; recuperando así todas las facultades que le corresponden al ser el titular del derecho de dominio, dicho sea de paso en este tipo de acciones reivindicatorias, la reconvención jurídicamente opuesta que tendría el demandado como defensa, lo constituye la prescripción adquisitiva de dominio, la cual a la postre tendrá por objetivo en base de la posesión mantenida en términos de ley conseguir el dominio del bien por efectos del tiempo y así despojar el su propietario anterior de dicho dominio por no haber ejercido señorío.

1 Marina Mariani de Vidal, derechos reales (7ma edición, Buenos Aires, 2004, 20)

2 Juan Larrea Holguín; Derecho Civil del Ecuador, (Volumen VIII; Derechos Reales Quito 2009, 30).

3 Gaceta Judicial. Año CV. Serie XVII. No. 15. Página 5007. (Quito, 17 de febrero de 2004).

4 Luis Parraguez Ruiz, régimen jurídico de los bienes (Cevallos editora jurídica, Quito, 2020, 742-743)

5 Ibid., 743

LUNES 13 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C2
001-003-4490

Juicio No. 17230-2022-17801

Juicio  No.17230-2022-17801

227321204-DFE

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2024, a las 14h58.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2024, a las 14h58.

EXTRACTO DE CITACIÓN

Casilla No.

CITESE A: MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA

EXTRACTO DE CITACIÓN

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio No.17230-2022-17801, seguido por Carlos Enrique Lemos Orti

Casilla No.

Juicio No. 11331-2022-00368

Juicio No. 17230-2022-17801

TRÁMITE: EJECUTIVO

ACCION: COBRO DE LETRA DE CAMBIO

CITESE A: MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA

CUANTIA: USD 9.000,00 (NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS CON 00/100 CENTAVOS)

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio  No.17230-202217801, seguido por  Carlos Enrique Lemos Orti

TRÁMITE: EJECUTIVO

OBJETO DE LA DEMANDA: “Que en sentencia se le conmine al pago del capital adeudado USD 14.074,19 intereses máximos convencional y de mora, costas procesales y honorarios profesionales.- f) El actor

ACCION: COBRO DE LETRA DE CAMBIO

CUANTIA: USD 9.000,00 (NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS  CON 00/100 CENTAVOS)

OBJETO DE LA DEMANDA: “Que en sentencia se le conmine al pago del capital adeudado USD 14.074,19 intereses máximos convencional y de mora, costas procesales y honorarios profesionales.- f) El actor

En virtud del juramento rendido y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar con un extracto de la demanda, providencia inicial y esta providencia a la parte demandada MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación a nivel nacional, para el efecto por secretaria elabórese el respectivo extracto y remítaselo a la casilla judicial de la parte demandante, dejando constancia de este particular en el proceso y en él SATJE. Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. NOTIFÍQUESE.

MOGRO PEREZ CARLOS ALFREDO JUEZ(PONENTE)

VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal se considera: La demanda presentada por el señor Carlos Lemos Orti, conforme lo acreditan con el documento

En virtud del juramento rendido y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar con un extracto de la demanda, providencia inicial y esta providencia a la parte demandada MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación a nivel nacional, para el efecto por secretaria elabórese el respectivo extracto y remítaselo a la casilla judicial de la parte demandante, dejando constancia de este particular en el proceso y en él SATJE. Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. NOTIFÍQUESE. MOGRO PEREZ CARLOS ALFREDO

Firmado por LOURDES PATRICIA

JUEZ(PONENTE)

VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal se considera: La demanda presentada por el señor Carlos Lemos Orti, conforme lo acreditan con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de la letra de cambio constante a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 4 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA en la dirección indicada, para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el canto Ibarra, provincia de Imbabura; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Téngase en cuenta el correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Actúe la Abg. Lourdes Gonzalez en calidad de secretaria designada por el Consejo de la Judicatura. Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- MOGRO PEREZ CARLOS ALFREDO JUEZ(PONENTE)

Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa.

GONZALEZ GALARRAGA LOURDES PATRICIA SECRETARIA

001-003-4482

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO, PROVINCIA DE LOJA. Catamayo, miércoles 1 de mayo del 2024 a las 17h17.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2024, a las 14h58.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO

EXTRACTO DE CITACIÓN

CITACIÒN JUDICIAL

Casilla No.

Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.- CITO: Al demandado señor: SOCIEDAD ARIDOS Y ASFALTOS DEL ECUADOR ARASFAL S.A,   el mismo que en extracto comprende lo siguiente:

CITESE A: MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA

ACTORA: CONSTRUCCIONES ASFALTOS Y HORMIGONES ASFALCONS CIA LTDA.

DEMANDADO: SOCIEDAD ARIDOS Y ASFALTOS DEL ECUADOR ARASFAL S.A.

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio No.17230-2022-17801, seguido por Carlos Enrique Lemos Orti

OBJETO DE LA DEMANDA: Tercería Excluyente.

TRÁMITE: EJECUTIVO

TRÀMITE: Ordinario.

ACCION: COBRO DE LETRA DE CAMBIO

JUICIO Nro. 11331-2022-00368.

CUANTÌA: Indeterminada.

CUANTIA: USD 9.000,00 (NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS CON 00/100 CENTAVOS)

JUEZ: Dr. Franco Astudillo Montalván.

OBJETO DE LA DEMANDA: “Que en sentencia se le conmine al pago del capital adeudado USD 14.074,19 intereses máximos convencional y de mora, costas procesales y honorarios profesionales.- f) El actor

En virtud del juramento rendido y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar con un extracto de la demanda, providencia inicial y esta providencia a la parte demandada MIGUEL OVIDIO ORBES CARAGOLLA, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación a nivel nacional, para el efecto por secretaria elabórese el respectivo extracto y remítaselo a la casilla judicial de la parte demandante, dejando constancia de este particular en el proceso y en él SATJE. Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. NOTIFÍQUESE. MOGRO PEREZ CARLOS ALFREDO JUEZ(PONENTE)

VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal se considera: La demanda presentada por el señor Carlos Lemos Orti, conforme lo acreditan con el documento

Firmado por LOURDES

GONZALEZ

GALARRAGA

C=EC

L=QUITO

CI 0906613781

AUTO DE ACEPTACIÓN.- VISTOS.- Por estimarse que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el auto de sustanciación inicial, en lo principal se dispone: [I]: La demanda presentada por la señora GABRIELA EUGENIA JIJÓN ANDRADE, EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA “CONSTRUCCIONES, ASFALTOS, Y HORMIGONES ASFALCONS CIA LTDA, en contra de los señores: FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SOLORZANO; Y, ARIDOS Y ASFALTOS DEL ECUADOR ARASFAL S.A, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL MARTHA SOFIA ANDRADE ZURITA, por Tercería Excluyente, la misma que por cumplir los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado, y en virtud de lo prescrito en el artículo 289 ibídem. [II]: Cítese a los demandados, ya mencionados en el siguiente sentido:  a) Al señor FRANCISCO JAVIER AGUIRRE SOLORZANO, en esta ciudad de Catamayo y en dirección que se indica, diligencia que la cumplirá el señor Analista de Citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial, debiendo la parte actora facilitar los juegos de copias, para que se pueda cumplir la citación; b)  Para la citación a la empresa: ARIDOS Y ASFALTOS DEL ECUADOR ARASFAL S.A, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL MARTHA SOFIA ANDRADE ZURITA, a quién se la citará en Quito y en la dirección que se indica, para dicho efecto remítase el correspondiente deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de Quito, con competencia en la dirección que se indica para la citación, ofreciéndole reciprocidad de servicios en casos similares.- [III]: Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a los  demandados, el término de 30 (TREINTA DÍAS) días una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP. [IV]: Tómese en cuenta los medios probatorios anunciados por la parte actora. Se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. [V]: En virtud de la presente acción, se suspende la vía de apremio, en lo relativo al bien materia de la tercería, que se tramita en el juicio ejecutivo No. 11331-2019-00603, de esta misma Unidad Judicial; disponiéndose agregar copia de la demanda y este auto al mencionado proceso, para los fines pertinentes. [VI] Agréguese al expediente la documentación presentada. Téngase en cuenta la cuantía, dirección de correo electrónico y la autorización que la demandante le confiere a su defensor técnico. Notifíquese y cúmplase.OTRA PROVIDENCIA: Una vez que se ha rendido el juramento de ley, en el que la parte actora afirma bajo juramento que le es imposible determinar la residencia y domicilio exacto de la demandada Compañía CONSTRUCCIONES, ASFALTOS Y HORMIGONES ASFALCONS CIA. LTDA. En consecuencia en virtud de las constancias procesales y juramento rendido se dispone citar a la demandada Compañía CONSTRUCCIONES, ASFALTOS Y HORMIGONES ASFALCONS CIA. LTDA, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la capital provincial de Loja, en razón que en este cantón no existe, que contendrán un extracto de la demanda y providencias respectivas, puesto que a criterio del suscrito Juzgador este es el principal medio de comunicación del lugar, en la forma prevista en el Art. 56 numeral 1, o a su vez por mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, conforme al Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos. Por Secretaría emítase el extracto para la citación por la prensa correspondiente. A la Compañía CONSTRUCCIONES, ASFALTOS Y HORMIGONES ASFALCONS CIA. LTDA, se le previene la obligación de determinar el lugar donde recibirá las notificaciones, que no pueden ser otros que los lugares indicados en el Art. 66 del COGEP. Notifíquese y Cúmplase. OTRA PROVIDENCIA: De oficio con la finalidad de evitar nulidades posteriores, se dispone: Amparado en lo que dispone el Art.130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el auto de sustanciación  de fecha lunes 8 de abril del 2024, a las 15h03 en el cual se dispuso la citación a la demandada compañía CONSTRUCCIONES ASFALTOS Y HORMIGONES ASFALCONS CIA. LTDA, cuando lo correcto es que solo se ha procedido a citar a la demandada SOCIEDAD ARIDOS Y ASFALTOS DEL ECUADOR ARASFAL S.A, quedando los demás datos inalterables. Hágase saber.- F) Astudillo F, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo. Particular que pongo en conocimiento del demandado para los fines de Ley.- OTRO AUTO.- En atención al escrito que antecede presentado por la parte accionante, se dispone: Se amplía el auto de sustanciación de fecha lunes 8 de abril del 2024, en el sentido de que también se realizará la citación a la demandada SOCIEDAD ARIDOS Y ASFALTOS DEL ECUADOR ARASFAL S.A, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, en la forma prevista en el Art. 56 numeral 1, o a su vez por mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la mencionada localidad de Quito, conforme al Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos. Por Secretaría emítase el extracto para la citación por la prensa correspondiente.-Hágase saber.- Catamayo, 1 de mayo del 2024.-

LUNES 13 DE MAYO DE 2024 La Hora, ECUADOR C3
GONZALEZ GALARRAGA C=EC L=QUITO CI 0906613781
001-004-4456
227321204-DFE
PATRICIA
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