Esmeraldas 07 agosto 2024

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MIÉRCOLES 07 DE AGOSTO DE 2024

Una justicia corrupta impide que se generan más de 250.000 empleos al año

La inversión en Ecuador, tanto nacional como extranjera, se espanta porque el principal factor de inseguridad jurídica es una justicia corrupta e ineficiente. Con esto, los ecuatorianos pierden dinero y oportunidades de empleo. 6

Proponen una cumbre regional de presidentes para abordar la crisis de Venezuela 7

El juez Saquicela hace críticas antes de dejar la Corte 3

Esmeraldaslahora
@ Esmeraldaslahora

DANIEL MÁRQUEZ SOARES dmarquez@lahora.com.ec

El plazo para desmontar

el ITT se agota

Seaproxima el vencimiento del plazo que, tras la consulta popular del 20 de agosto de 2023, tiene el Estado para poner fin a las operaciones en el bloque 43, ITT. El dictamen de la Corte Constitucional ordena el “retiro progresivo y ordenado de toda actividad relacionada a la extracción de petróleo en un término no mayor a un año”. A estas alturas ya está claro que, por motivos técnicos y financieros, es imposible cumplirlo. Sin embargo, el mismo fanatismo que condujo a la realización de la consulta puede empujar al país a otros escenarios peligrosos. Pronto, va a crecer la presión, de parte de los mismos sectores que impulsaron la consulta, para que la Corte Constitucional tome cartas en el asunto. Resulta escalofriante pensar en lo que podría suceder si es que la Corte Constitucional intenta proceder con la destitución del presidente Daniel Noboa. Ojalá ni se les ocurra.

Por otro lado, sería igualmente lamentable que no se haga nada. Ese apelo a la inercia y la inacción no puede continuar en un país que, más que nunca, necesita definiciones. Tampoco estaría bien resolver todo con alguna leguleyada; sería una picardía de mal gusto.

Lo correcto sería que la Corte reconozca su error, que acepte que, por lavarse las manos, permitió que se le consultara a la ciudadanía acerca de un tema técnico y estratégico. Se le permitió al electorado expresar un deseo romántico que, en última instancia, resulta irrealizable. No existe el dinero ni la tecnología necesaria para llevar a cabo el consabido retiro. El costo sería absurdo —al menos $2.000 millones—, inútil en lo ambiental —mientras el Ecuador sacrifica esas pocas decenas de miles de barriles, el mundo solo aumenta la producción— y el daño a las finanzas, innecesario. Ahora, le corresponde a la Corte dejar en claro que hasta el pueblo, “la voz de Dios”, se equivoca cuando se mete a opinar sobre aquello que desconoce.

*Lea la columna completa aquí.

GONZALO ORDÓÑEZ @yah_ordez

El difícil arte de ser insoportables

Hace un calor miserable que oprime el tórax, me animo a subirme a un bus de la línea Colón Camal en Quito. A la altura de la gasolinera, cerca de la Avenida Amazonas, el chofer decide competir con otro retardado mental

EDITORIAL

Un país sin Justicia es inviable

La falta de Justicia oportuna, incorruptible e imparcial está alterando la vida cotidiana de los ecuatorianos. Las consecuencias de que ciertos funcionarios judiciales y jueces colaboren con las mafias, del narcotráfico o de la corrupción política, y por cualquier motivo, causa enorme desconfianza entre los usuarios del sistema de Justicia. De hecho, la aprobación de la Justicia es la más baja de todas las instituciones: nueve de cada 10 personas la desaprueban, según la última medición de Click.

Pero hay más. La evidencia de la venta de sentencias y de las liberaciones o traslados de presos fortaleció al crimen organizado al crear una casta de seres intocables. Los casos Metástasis

y Purga muestran cómo opera el negocio de la venta de conciencias de los jueces, que llegó hasta lo más alto de la Justicia, en la Corte Nacional y en el Consejo de la Judicatura. Entonces, no sorprende que desde afuera se vea al Ecuador con recelo. El Índice de Estado de Derecho 2023, elaborado por World Justice Project, muestra la profunda corrupción de la Justicia en comparación con otros países. El resultado: la falta de inversión extranjera y pérdida de empleos, pues Ecuador no ofrece seguridad jurídica.

En un principio, la solución para rescatar a la Justicia debe venir de los mismos jueces y abogados. De lo contrario, vendrá una nueva “metida de mano”.

(para Cantinflas es un señor que tarda en comerse unas pastillas de menta), en algún momento se acercan al punto de golpear los retrovisores. Algunos pasajeros gritan reclamando el fin de la competencia, me acerco a la ventana y hago señas a un agente de tránsito, en la acera, que aparentemente no se percata de lo que sucede en sus narices, está demasiado ensimismado cuidando el semáforo.

Aunque mi reclamo es para el chofer, por el exceso de velocidad, quien se interpone con muecas

horropitufantes es el asistente: “bájate si no te gusta hdp”. Trompudo decía mi abuela para caracterizar esa curiosa postura de la boca para insultar al prójimo. Bajo entre los insultos del “longo direccional”. La palabra longo proviene del kichwa “lungu” que significa muchacho, junto a direccional sería: joven que hace señales de tránsito desde el estribo del bus a otros conductores. También tiene como función cobrar los pasajes. Longo suele utilizarse como un insulto racista, que no tiene

La crisis climática supera la capacidad de respuesta

BRIDGETOWN

– A principios de julio, el huracán Beryl arrasó el Caribe, destruyendo islas enteras y causando una destrucción semejante a un “Armagedón” y marcando el inicio de lo que se pronostica será la temporada de huracanes más activa registrada en la historia.

Este es, sin duda, un desastre climático. Las lluvias torrenciales y vientos de 150 millas por hora que devastaron las islas de Carriacou, Petit Martinique y el archipiélago de las Granadinas, junto con la marejada que golpeó las costas de Barbados y Jamaica, fueron hasta un 30% más intensas.

El impacto del huracán Beryl debería preocupar a las instituciones financieras y a los científicos del clima, ya que revela cómo nuestro sistema de financiamiento para el desarrollo, diseñado cuando los eventos climáticos extremos eran menos catastróficos, está fallando ante la creciente frecuencia e intensidad de tormentas, inundaciones e incendios forestales

Estos desastres se repetirán, aunque estos pequeños países recibirán menos del 2% del financiamiento climático prometido a los países en desarrollo.

Para proteger a las regiones vulnerables de los riesgos del cambio climático, la comunidad internacional debe ayudar a construir resiliencia. Esto requiere un enfoque integral para brindar apoyo financiero antes, durante y después de los eventos climáticos extremos.

La prioridad más importante es la liquidez de emergencia tras una crisis, para que los gobiernos puedan satisfacer las necesidades urgentes de sus poblaciones y comenzar la respuesta ante desastres.

La resiliencia también se construye. Por ejemplo, el plan de inversión de Barbados para prosperidad y resiliencia asignará $11.6 mil millones a salud, educación, vivienda e infraestructura, incluyendo protección costera, durante la próxima década.

Una mayor parte de los recursos concesionales de los bancos de desarrollo multilaterales y donantes bilaterales debe dirigirse hacia la adaptación climática.

*Asesora sobre Resiliencia Climática del Primer Ministro de Barbados. ©️Project Syndicate, 2024. www.project-syndicate.org

sentido, porque si se considera al longo como un indígena urbanizado, se puede considerar al mestizo como un español indigenizado. Las personas pueden ser idiotas independientemente de cualquier característica que las identifique, puede ser el color de piel, la forma de los ojos, con quien te gusta tener sexo o tu filiación política, cualquier cosa puede ser un pretexto para agredir a otro ser humano.

Existe una tercera posibilidad, como dirían los mexicanos: naco, es decir, una persona sin

modales, descortés y grosero en el trato. Según Le Bretón el “cuerpo reproduce en pequeña escala los poderes y los peligros que se atribuyen a la estructura social” y ese es el problema, la impunidad forma cultura: ¿cómo pueden circular con esas estelas espesas de humo negro por la ciudad? ¿Cuántas sanciones recibieron este año por invadir vía, exceso de velocidad, llantas lisas, falta de mantenimiento entre otras contravenciones? ¿Qué utilidad tienen los agentes de tránsito en los semáforos?

PEPUKAYE BARDOUILLE* Columnista invitada

Iván Saquicela dio un paso al costado como juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). El 23 de julio de 2024 presentó al Consejo de la Judicatura (CJ) su renuncia “irrevocable” al cargo de juez de la Sala Penal, para participar como candidato en las elecciones de febrero de 2025.

Saquicela fue designado juez nacional en 2019 y le faltaban tres años , de los nueve para los que fue nombrado. Fue presidente de la CNJ entre febrero de 2021 y febrero de 2024.

Integró el tribunal del caso Sobornos . Su gestión estuvo atravesada por acciones polémicas, la suspensión en sus funciones, y una crisis institucional por la filtración de audios que involucraban a autoridades y jueces , videos de reuniones secretas, y controversias en medio de la designación de Wilman Terán como titular del CJ. Un día antes de conocerse su renuncia, Saquicela habló con LA HORA. Se refirió a los hechos que, el 10 de julio de 2024, desembocaron en el cuestionado nombramiento de Mario Godoy como presidente del CJ; y sobre José Suing, presidente de la CNJ, como artífice de esta designación.

P. ¿Se superaron las fricciones que se generaron en una reunión del Pleno de la CNJ el 18 de julio de 2024 tras la designación de Godoy?

Lo que (en esa ocasión) planteamos algunos jueces de la Corte fue que nos hubiese gustado, al menos de mi parte, que el presidente encargado (José Suing) explique las razones por las que incluyó a Godoy en la terna (que fue enviada al Cpccs). La máxima autoridad de la justicia es el Pleno de la CNJ y teníamos el derecho y la responsabilidad de conocer quién iba a estar al frente del ámbito administrativo de la Función Judicial.

P. En la reunión del 18 de julio se planteó como inquietud la existencia de supuestos vínculos políticos. ¿Se solventó la preocupación?

Lo expresamos, pero no afirmamos, ni aseguramos.

‘HAY QUE ESTAR EXPECTANTES DEL CONCURSO DE JUECES DE LA CNJ’

Iván Saquicela renunció al cargo de juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). En una entrevista con LA HORA, un día antes de que se oficialice su dimisión, anticipó que tiene que pensar en etapas y que su ciclo ha concluido.

Planteamos como inquietud porque muchas personas hablaron de supuestos vínculos políticos, inclusive el doctor Álvaro Román (expresidente del CJ), en su momento, manifestó que habría existido un compromiso por parte de José Suing de no enviar la terna. Y que ese había sido un ofrecimiento. Luego se produjo la designación. Lo menos que podía hacer el doctor Suing es explicarle al Pleno de la CNJ y al país respecto de esos cuestionamientos que se hacían al titular de la Judicatura.

P. ¿Tras esa reunión, hubo alguna otra respuesta de Suing? ¿A qué puede llevar esa inconformidad que hubo en la Corte?

De allí en adelante no conocemos nada más. Eso ya deberá responder, si así lo considera, el presidente encargado de la CNJ, y el presidente del CJ. Nosotros ya no tenemos más atribuciones sobre aquello, más que haber expresado nuestra preocupación. Creo que en el día a día del trabajo de la Judicatura tendrá que quedar en evidencia la independencia de la Función Judicial con la política.

P. ¿Debería haber el compromiso de que la designación de autoridades no sea política?

Si, creo que uno de los planteamientos fundamentales que debemos hacer a la interna de la Función Judicial es que debe evitarse cualquier injerencia de la política en la justicia . Esto no solo hará bien a la Función Judicial, sino al país. Si es

DECISIÓN. Iván Saquicela, expresidente de la CNJ, se postulará para un cargo en las elecciones de 2025.

que se han querido sembrar dudas respecto de la independencia de la Función, el presidente encargado de la CNJ y el presidente del CJ tienen que dar muestras al país de que se va a garantizar la independencia y el fortalecimiento de la justicia. Cuando existe independencia judicial coadyuva en la vigencia de los derechos de las personas.

P. ¿Cómo ve el proceso para la designación de 10 nuevos jueces de la CNJ? El país tiene que estar muy pendiente y expectante del concurso y las decisiones que se adopten, y a quiénes nombren. Tiene que primar la sensatez y la institucionalidad, y eso significa un concurso transparente, técnico, y seleccionar a los mejores. El país espera tener una Corte Nacional independiente y de personas preparadas.

P. ¿Considera que la administración del presidente Godoy llenará esas expectativas?

Sí, una vez nombrados los jueces se tiene que designar al presidente titular de la Corte . El encargo de José Suing terminará una vez que haya el número de votos necesarios (12 de 21) de jueces para elegir al presidente titular.

No podría hacer un juicio de valor. Yo creo que se han expresado las preocupaciones . Habrá que evaluar, no Iván Saquicela, sino el país, y la Función Judicial que evaluará y hará opinión con el paso de los días cómo son las actuaciones del señor Godoy y la Judicatura.

P. ¿Una vez que la CNJ esté conformada con 21 jueces titulares, el presidente José Suing debe llamar a sesión para elegir al presidente titular?

JEFATURA DE AVALUOS Y CATASTRO GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE

El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE

Extracto de publicación

De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA

P. ¿Usted se volverá a postular para presidir la CNJ? (Estas preguntas fueron formuladas a Saquicela un día antes de que se conociera su renuncia). No, yo no voy a postularme. En ese momento (e n enero de 2023 ) había muchos compañeros que me pedían que dé continuidad al trabajo, y no se dio. Creo que uno tiene que pensar en ciclos y en etapas, y mi ciclo ha concluido. Permítame decir, con mucho respeto, creo que las personas evaluarán la Corte que presidí, que además tenía mucha fortaleza institucional. Le dimos el sitial que corresponde al poder judicial. Los compañeros evaluarán el presente y proyectarán el futuro. (SC)

SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. Registro Oficial No. 979 de fecha 27 de julio 2023

JEFATURA

AVALUOS

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE

El GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN

Lo comunico para los fines de Ley

Extracto de

Master Yuri Colorado Márquez

ALCALDESA DEL GADMC MUISNE

Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 080350010700700800000000, Ubicado: EN LA ALDEA. Calle: S/N Parroquia: MUISNE, Cantón: MUISNE, Provincia: ESMERALDAS, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: al NORTE: 8.00m2 con ONOFRE CHILA, SUR: 8.00m2 con CESAR TENORIO, ESTE: 20.00m con MILAN CHELA EDGAR EFRAIN, OESTE: 20.00m con SOLORZANO CENTENO JOSE ENRIQUE, con una Superficie total de 160m2, a favor de SANCHEZ COLORADO CARMEN YANINA

De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES Oficial No. 979 de fecha 27 de julio 2023

Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 080350010700700800000000 . Calle: S/N Parroquia: MUISNE, Cantón: MUISNE los siguientes linderos y dimensiones: al con CESAR TENORIO, ESTE: 20.00 20.00m con SOLORZANO CENTENO JOSE ENRIQUE , a favor de SANCHEZ COLORADO CARMEN YANINA.

Lo comunico para los fines de Ley

Master Yuri Colorado Márquez ALCALDESA DEL GADMC MUISNE

En una peluquería al sur de Quito suena a todo volumen: “Aquí bebemos ron y fumamos blones. Nacimos y crecimos entre callejones. ‘Joseamos’ porque somos Tiguerones”.

En Guayllabamba, al norte, la Policía borró murales alusivos a Los Lobos . Además, el 17 de julio de 2024, durante un operativo, encontraron una vivienda, en Quitumbe, donde cinco miembros de Los Choneros tenían armas de todo tipo, incluso un lanzacohetes.

Pero estas no son las únicas organizaciones narcodelictivas que se pelean por el control de Quito, que lo hacen generando actos violentos como sicariatos. Las disputas son tan álgidas que los moradores de barrios como La Ecuatoriana piden una intervención militar.

¿Cómo se reparten Quito las bandas criminales?

Según información de la Policía Nacional, el norte y sur de Quito tiene mayor presencia de Los Lobos. Sin embargo, hay sectores con presencia de nuevas bandas.

En el sector La Bota, Pisulí y Comité del Pueblo hay presencia de Los Tiguerones.

En el sur de Quito, en los barrios de La Ecuatoriana, Solanda, Nueva Aurora y Quitumbe, están Los Lobos, Tiguerones y Choneros. Además, el líder de los sicarios denominados Los Pps, alias ‘Trompudo Guillo’, se escondía en Turubamba.

Los barrios de La Ferroviaria, La Magdalena (sur) y Calderón (norte) tendrían presencia de las bandas antes mencionadas, pero también de Latin Kings.

Hay indicios de que organizaciones criminales como Los Lagartos, El Cuartel de las Feas, R7 y hasta Las Chicas Veneno han llegado a la capital, quienes buscan – al igual que Los Choneros – espacios en el centro y sur de la ciudad.

En parroquias como Guayllabamba la presencia más fuerte es la de Los Lobos, al igual que en Conocoto, donde también hay Latin Kings. Por ejemplo, Laura Castillo, sentenciada como coutora del asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio, ha sido ligada a Los

Así se reparten las bandas delictivas los distintos sectores de Quito

Lobos, Choneros, Tiguerones y más se disputan el control de Quito, a tal punto que la Policía ha encontrado casas en el sur de la capital con arsenales de armas y hasta lanzacohetes.

Lobos y vívía en el Valle de Los Chillos.

Si bien en lo que va del año hay una reducción del 10% en muertes violentas en la capital, existen distritos donde los sicariatos y enfrentamientos de bandas preocupan.

Datos de la Policía Nacional detallan que en lo que va de 2024 se registran 37 muertes violentas en el Distrito Quitumbe, cuando en todo el 2023 hubo 44 muertes violentas en esta zona, entre esas, la masacre en una peluquería

Otro indicador de la presencia de bandas delictivas en la capital es el aumento de otros delitos. En todo el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ) se registran 50 denuncias por secuestros de todo tipo, en lo que va de 2024. La cifra es superior a 2022, cuando hubo 12 casos;

mientras que en 2023 fueron 60.

La motivación de las bandas para estar en Quito es controlar el mercado de la venta de drogas. El auge llegó desde 2021 donde – si bien no hay cifras oficiales de consumo – las incautaciones muestran que en la capital cada vez hay más ‘clientes’ que buscan cocaína sobre la marihuana.

Según datos de la Policía Nacional, solo en 2022, en Quito, se incautaron 4.361,28 kg de drogas, de las cuales un 70% era cocaína.

La administración zonal Tumbaco es donde más se ha decomisado cocaína: en total 2.241,48 kg. Le siguen las administraciones de La Delicia, Calderón, y Manuela Sáenz

¿Cuándo llegaron las bandas criminales a Quito?

JUICIO No. 08332-2024-00561 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE QUININDE, Quinindè, miércoles 31 de julio del 2024 a las 15h58

CITACIÓN - EXTRACTO JUICIO: ORDINARIO (PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITVA DE DOMINIO), ACTOR: ZAMBRANO PAZMIÑO FE MARIA.

DEMANDADO: SIDNEY MARGARITA MENDOZA VERDESOTO, FREDY OSWALDO MENDOZA VERDESOTO, WILLIAM FERNANDO MENDOZA VERDESOTO, YASMIN JAQUELINE MENDOZA VELEZ, ROQUE RODRIGO MENDOZA VELEZ, JANETH INDELIRA MENDOZA VELEZ, CARMEN AMARILI MENDOZA VELEZ, OSTIN ESTALIN MENDOZA BARAHONA, DEGNI SHERLOK MENDOZA BARAHONA, AMAGALI ARACELY MENDOZA BARAHONA. JUEZ DE LA CAUSA: DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA.

La delincuencia en Quito –como en el resto del país – ha mutado y evolucionado. Pero los primeros registros de grupos organizados son de 1992, con la llegada de Latin Kings, banda originada en Chicago (Estados Unidos). Tres años después de ganar territorio en la capital, se extendieron a Guayaquil. Para ese entonces, en Manabí ya se consolidaban Los Choneros, quienes se convirtieron en la primera banda con vínculos a carteles de droga y de donde nacieron sus ahora bandas enemigas. Permitir que más bandas se asienten en Quito, según un excomandante de la Policía, que prefiere mantener su nombre en reserva, hará que en menos de cinco años exista una ola de violencia incontenible en la capital. (DLH)

OBJETO DE LA DEMANDA.- La demanda que antecede presentada por la señora Zambrano Pazmiño Fe Maria, quien solicita la Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, en contra del señor Sidney Margarita Mendoza Verdesoto, Fredy Oswaldo Mendoza Verdesoto, William Fernando Mendoza Verdesoto, Yasmin Jaqueline Mendoza Velez, Roque Rodrigo Mendoza Velez, Janeth Indelira Mendoza Velez, Carmen Amarili Mendoza Velez, Ostin Estalin Mendoza Barahona, Degni Sherlok Mendoza Barahona, Amagali Aracely Mendoza Barahona y, del señor Ronald Moreno Anángono y Dr. Jorge Torres Jimenez, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipalidad Quinindé, por ser clara, precisa y reunir los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP, se califica de completa y se admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO al tenor de lo determinado en los artículos 290 y siguientes Ibídem. 3.- CITACIÓN: Se dispone CITAR a los demandados, por cuanto la accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en fs. 22, y por parte del Registro Civil se da desvirtuado el analfabetismo de los demandados conforme lo señala la sentencia emitida por la Corte Constitucional N.- 2791-17-EP/23, por intermedio de uno de los periódicos que se editan en ésta Provincia de Esmeraldas, de conformidad con lo que señala el Art. 56 del Cogep; para el efecto la interesada proporcionará las copias necesarias de la demanda, copias de los documentos adjuntos y este auto inicial, a fin de que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, en forma extractada mediante publicaciones a través de uno de los periódicos de mayor circulación de esta provincia, en tres fechas distintas;(...). Por haber comparecido la demandante a dar cumplimiento con lo ordenado de fecha 10 de julio de 2024, a las 08h35, esto es, declarar bajo juramento en este despacho, en legal y debida forma, confiérase el respectivo extracto para citación por la prensa. FDO. POR EL DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA EN CALIDAD DE JUEZ. Lo que pongo en su conocimiento para que se sirva comparecer a juicio dentro de los veinte días contados desde la última publicación, comenzará el término de 30 días para contestar su demanda, de conformidad al Art.56 numeral 2 del COGEP. Caso contrario será declarado en rebeldía.

PELIGRO- En los últimos años, en los barrios de Quito se ha detectado murales de bandas como Los Lobos. (Foto: Archivo)

El CNE deberá decidir pedido de revocatoria del alcalde Pabel Muñoz

El alcalde de Quito, Pabel Muñoz, enfrenta un nuevo pedido de revocatoria de su mandato. Pero, según un especialista, el sustento sería insuficiente. Por su parte, el burgomaestre capitalino cuestiona la iniciativa y pide que “no hagan perder el tiempo a los ciudadanos”.

Este lunes 6 de agosto de 2024, el abogado Néstor Marroquín ingresó un pedido de entrega de formularios de recolección de firmas en el Consejo Nacional Electoral (CNE), para pedir la revocatoria del alcalde de Quito, Pabel Muñoz.

Este sería el segundo método con el que intentan destituir al alcalde capitalino. El primero se dio en noviembre del 2023, cuando Juan Esteban Guarderas, actual vocal del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs), denunció ante el Tribunal Contencioso Electoral el proselitismo político realizado por Muñoz en campaña electoral por la excandidata presidencial del correísmo Luisa González. Ahora, según Marroquín, el pedido para iniciar el nuevo proceso de revocatoria consta de dos normas. El primero, basándose en el artículo 61 de la Constitución, que afirma que las ecuatorianas y ecuatorianos gozan, como uno de sus derechos, el “revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección popular”. Y, por otro lado, expone que la Ley de Participación Ciudadana , en su artículo 25, permite a los ciudadanos “revocar el mandato de autoridades electas por incumplimiento de su plan de trabajo o de sus obligaciones legales”.

La normativa agrega que esta solicitud de revocatoria puede presentarse después del primer año de gestión y antes del último, pero solo una vez durante todo el periodo de mandato.

Procesos para la revocatoria

Fausto Camacho , especialista en temas electorales, explicó los pasos para pedir la revocatoria de una autoridad.

Aseguró que luego de realizar el pedido de entrega de formularios de recolección de firmas en el CNE , para iniciar la revocatoria al alcalde Muñoz, tal como ya lo hizo Marroquín, “el CNE debe calificar la pertinencia o no”.

Sin embargo, dijo que esto podría demorar de 15 a 30 días , donde el CNE puede aceptar o no el pedido.

Detalló que esta decisión se tomará dependiendo de la valoración que haga el CNE, analizando si es que las causales propuestas se ajustan a la Constitución y a la ley.

Si es que el CNE da luz verde, explicó Camacho, recurrirán al Tribunal Contencioso Electoral, quien será el que tome una decisión final. Esto, por otra parte, podría demorar un par de meses adicionales. Es decir, sucedería en noviembre próximo, de ser el caso, cuando recién se iniciaría la recolección de firmas.

Luego tendrían un periodo de 180 días para recoger decenas de miles de firmas y presentarlas. Después viene, según Camacho, un proceso de validación del Consejo Nacional Electoral. Ahí se decidirá si se cumple

o no con el número de firmas válidas.

Entonces, si los solicitantes han superado todos los pasos, se realizaría una consulta popular.

Camacho aseguró que este es un proceso complejo, largo, que podría demorar de “ocho a nueve meses”. Es decir, hasta mayo del 2025.

Firmas necesarias para la revocatoria

Con respecto al número de firmas , Camacho explicó que, según el Código de la Democracia, se necesita recolectar el 10% de las firmas del padrón electoral del Distrito Metropolitano de Quito. Es decir, Quito urbano más sus 33 parroquias rurales. Por lo tanto, necesitarán recolectar 267.972 firmas.

Para hacer esto, Marroquín aseguró que realizarán todas las campañas necesarias, visitarán todas las parroquias de Quito e informarán dónde están los puntos para recolectar las firmas y que las personas se puedan acercar.

Demanda sin sustento, según Camacho

Marroquín, en una entrevista con LA HORA, aseguró

mandato.

Reacciones del alcalde

Pabel Muñoz

que la razón para pedir esta revocatoria es que el alcalde Muñoz ya fue sentenciado por “incumplir la ley y hacer proselitismo político”

Explicó que ese incumplimiento de la ley es su instrumento, el insumo que les permite pedir la revocatoria por presunto incumplimiento de funciones legales.

Sin embargo, según Camacho, la demanda no tiene suficiente sustento, ya que se sostiene de una infracción electoral por la que ya fue sancionado.

Asegura que no se puede basar la demanda en un incumplimiento de la Constitución y la ley, porque pasar un semáforo en rojo también es un incumpliendo a la ley y no cree que eso pueda ser una causal de revocatoria del

Por otro lado, el alcalde Pabel Muñoz dio sus impresiones frente a un nuevo intento de revocatoria de su mandato: “Mientras nosotros estamos enfocados en hacer más grande a esta ciudad, en que renazca, en recuperar su dinamismo, otros quieren perder su tiempo de esa forma”. Con respecto a la sanción que le impuso el Tribunal Contencioso Electoral, señaló que fue una medida injusta. “La acaté, hice las disculpas del caso y pagué la multa que se me había impuesto. Mantendremos la misma actitud que siempre hemos tenido: respetuosos con el proceso. Esto no tiene que ver con el ámbito administrativo. Nosotros nos dedicaremos a seguir trabajando por la ciudad”. “Que sigan con sus intentos. Nosotros estamos trabajando por la ciudad. Queremos recuperar todo: la seguridad, el empleo, la tranquilidad, las oportunidades de desarrollo. Los otros solo tienen amargura en su corazón”, agregó. (EC)

Convocatoria para Servicio de Transporte Escolar – EMDI School

Introducción:

EMDI School, institución líder en la educación y de jóvenes y niños, se complace en invitar a empresas de transporte especializado a presentar sus propuestas para proveer servicio de transporte escolar. Buscamos asegurar un entorno seguro, confiable y tecnológicamente avanzado para nuestros estudiantes.

Objetivo del Servicio:

El objetivo es contratar un servicio de transporte escolar que garantice la seguridad, el confort y la eficiencia en el traslado de nuestros estudiantes entre sus hogares y la institución, así como para actividades extracurriculares.

Requisitos del Servicio:

Vehículos Seguros y Confiables: La flota debe estar compuesta por vehículos que no superen los 5 años de antigüedad, en excelente estado mecánico y con todos los permisos y revisiones al día.

Tecnología de Comunicación: Todos los vehículos deberán estar equipados con sistemas de GPS activo, sistemas de comunicación en tiempo real y tecnología que permita a los padres monitorear la ubicación del transporte.

Personal Capacitado: Todos los choferes deben poseer licencia profesional, récord de conducción impecable y estar capacitados en primeros auxilios y manejo defensivo. Se valorará experiencia previa en transporte escolar.

Cumplimiento de Normativas: El servicio debe cumplir con todas las normativas locales e internacionales aplicables al transporte escolar, incluyendo seguros y medidas de seguridad específicas.

Propuesta de Valor: Se espera que las propuestas incluyan iniciativas adicionales que aporten valor al servicio básico, tales como programas de formación continua para el personal o mejoras tecnológicas progresivas.

Proceso de Selección:

Las empresas interesadas deberán presentar su propuesta documentada antes del Lunes 12 de agosto de 2024 la cual será evaluada según los criterios de seguridad, fiabilidad, innovación tecnológica y costo. Las propuestas deben enviarse a secretaria@emdischool.edu.ec con el asunto “Propuesta de Servicio de Transporte Escolar”.

Condiciones de Contrato:

El contrato tendrá una duración de 2 años , con posibilidad de renovación sujeta a evaluación de desempeño. EMDI School se reserva el derecho de terminar el contrato en caso de incumplimiento de los estándares acordados.

Contacto:

Para más información, por favor contactar al 0993597826 por correo electrónico

secretaria@emdischool.edu.ec

ALCALDE. Inician, nuevamente, proceso para revocar al alcalde Pabel Muñoz.

Una justicia corrupta impide que se generan más de 250.000 empleos al año

La inversión en Ecuador, tanto nacional como extranjera, se espanta porque el principal factor de inseguridad jurídica es una justicia corrupta e ineficiente. Con esto, los ecuatorianos pierden dinero y oportunidades de empleo.

Se estima que la ineficiencia y la corrupción judicial pueden reducir el crecimiento económico en un rango de 0,5% a 2% anual, dependiendo de la gravedad de estos problemas.

“Un país sin crecimiento económico no crea empleo. A veces, por ejemplo, se habla mucho de la creación de empleo , los políticos hablan de que van a generar empleo, pero sin un crecimiento económico fruto de la inversión, no hay empleo aquí ni en ninguna parte del mundo”, dijo Miguel González, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil a LA HORA.

Según el Índice de Estado de Derecho 2023, elaborado por World Justice Project (Proyecto de Justicia Mundial, o WJP, por sus siglas en inglés), Ecuador está entre los países con peores sistemas de justicia del mundo

De un total de 142 países analizados, Ecuador está en el puesto 96. Desde 2015, se ha retrocedido del puesto 78 a estar cada vez más cerca del 100. En la región, ese nivel de retroceso es similar al de países como El Salvador, México, Bolivia y Venezuela.

Uno de los aspectos en donde Ecuador reprueba de manera más evidente es en el llamado ‘Ausencia de corrupción’, donde el WJP considera tres formas de corrupción: soborno, influencia indebida por parte de intereses públicos o privados, y apropiación indebida de fondos públicos. El país está en el lugar 105, lo que significa altísima corrupción , lo que acerca a la justicia ecuatoriana a las realidades que viven Colombia, Moldavia, Irán, Zambia y Albania.

Todo este panorama, de acuerdo con Ismael Huerta, economista y consultor en

temas de inversión, es una de las principales trabas para generar crecimiento y riqueza en el Ecuador.

“Una de las primeras cosas que pregunta un inversionista es si su dinero y sus inversiones serán respetadas, con reglas claras y sin cambios imprevistos, antes de ir a un país. En el caso de Ecuador, con jueces corruptos reuniéndose hasta con narcos, y donde se han descubierto hasta tarifas por sentencias, se vuelve cuesta arriba la atracción de inversiones”, puntualizó.

Se pierden 240.000 empleos

Según informes como “Leyes y Finanzas”, del Banco Mundial; “Independencia judicial y desarrollo económico”, del Foro Económico Mundial; e “Instituciones y Crecimiento: el rol de la corrupción”, de la Universidad de Stanford, el impacto de una justicia corrupta e ineficiente hace que en países como Ecuador se pierdan entre $2.000 millones y más de $2.400 millones de Producto Interno Bruto (PIB) al año.

Si se toma en cuenta que un empleo formal y de calidad cuesta, de acuerdo con cálculos de la Cámara de Comercio de Guayaquil, $7.000 al año como mínimo, el resultado es que la economía ecuatoriana deja de generar más de 240.000 de esos empleos por tener unos de los peores sistemas de justicia del mundo.

En otras palabras, al día se dejan de generar, en promedio, más de 650 empleos formales. Por eso, el Ecuador, con corte a junio de 2024, entre el subempleo, otras categorías de la informalidad y el desempleo, suma más del 61% de la Población Econó-

micamente Activa (PEA). Esto quiere decir que, en el mejor de los casos, más de 5,8 millones de personas tienen un trabajo precario con un ingreso promedio que oscila entre $198 y $268 al mes.

Ecuador solo produce $500 por habitante, cuando debería estar produciendo el doble o el triple.

Destino riesgoso para inversionistas

Además, la justicia corrupta genera que, por lo bajo, se pierda entre el 20% y el 40% de la Inversión Extranjera Directa (IED) que podría venir al país, según el informe titulado “Efectos económicos de la corrupción judicial”.

Por eso, la economía ecuatoriana recibe más remesas (de migrantes que salen del país en busca de oportunidades) que los capitales extranjeros para inversiones y producción.

“Esta es la receta para el desastre, porque nos financiamos de la exportación (precaria en muchos casos) de talento, debido a que es muy riesgoso invertir y hacer empresa en el Ecuador”, apuntó Huerta.

El presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil ha explicado que “aquí y en cualquier parte del mundo, solamente existen dos maneras de crear empleo: o las empresas actuales crecen y así van contratando gente, o tienen perspectivas de crecimiento e invierten para crecer porque ven que hay oportunidades; o la otra vía es cuando se crean nuevas empresas, nuevas actividades productivas o nuevos negocios, donde se contrata gente”.

En esas dos vías el país reprueba. Así, por ejemplo, la inversión societaria en Ecuador apenas sumó $243 millo-

nes en el primer trimestre de 2024. Mientras la IED solo registró $78 millones, o $26 millones al mes, entre enero y marzo de este año.

Asimismo, el monto de contratos de inversión aprobados ha pasado de $509 millones en el primer trimestre de 2018 a $190 millones en el primer trimestre de 2024. (JS)

DIRECCIÓN ZONAL 2 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, ECOLÓGICA, ESMERALDAS

CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DEL RIO ESMERALDAS, UBICADA EN LA PARROQUIA VICHE, CANTÓN QUINENDE, EL CAUDAL SOLICITADO SERÁ DE 45 L/S, PARA UN TOTAL DE 1622 BENEFICIARIOS.

DIRECCIÓN ZONAL 2 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, ESMERALDAS CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DEL RIO ESMERALDAS, UBICADA EN LA PARROQUIA

DICHAS AGUAS ESTÁN UBICADAS EN LA PARROQUIA VICHE, CANTÓN QUININDE, PROVINCIA DE ESMERALDAS.

EXTRACTO:

ACTOR.: ING. JOSE JACINTO MUÑOZ VILLAVICENCIO en calidad de GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICAMUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO AMBIENTAL, OBRAS Y SERVICIOS PARA EL CANTÓN QUININDE EMAPASOSQ DEMANDADO: OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización de Uso del Esmeraldas, ubicada en la parroquia Viche, cantón Quininde, el caudal solicitado será de 45 l/s, para un total de 1622 beneficiarios. Dichas aguas están ubicadas en la parroquia Viche, cantón Quininde, provincia PROCESO No. 023-2024 Autorización de Uso HIO DIRECCIÓN ZONAL 2 DEL MINISTERIO TRANSICIÓN ECOLÓGICA, ESMERALDAS. 2024, a las 08H15- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Director Zonal 2 Esmeraldas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en virtud de la Acción Personal Nro. 365 2023-DZ2-MAATE de fecha 27 de diciembre de 2023. Que medi Ejecutivo Nro. 1007 de 04 de marzo de 2020, República decreta la fusión del Ministerio del Ambiente (MAE) y la Secretaría del Agua (Senagua) en una sola institución denominada Ministerio de Ambiente y Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial No. MAAE 2023, se aprueba el La Reforma al Estatuto Orgánico del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica - En lo principal la solicitud de AUTORIZACIÓN DE USO DE AGUA, presentada en esta Dirección zonal 2 Esmeraldas, por el señor ING. JOSE JACINTO MUÑOZ VILLAVICENCIO en calidad de GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICAMUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO AMBIENTAL, PARA EL CANTÓN QUININDE EMAPASOSQ requisitos de Ley, por lo que se la acepta para su trámite.

ZONAL 2 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, ESMERALDAS CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DEL RIO ESMERALDAS, UBICADA EN LA PARROQUIA VICHE, CANTÓN QUINENDE, EL CAUDAL SOLICITADO SERÁ DE 45 L/S, PARA UN TOTAL DE 1622 BENEFICIARIOS. DICHAS AGUAS ESTÁN UBICADAS EN LA PARROQUIA VICHE, CANTÓN QUININDE, PROVINCIA DE ESMERALDAS.

EXTRACTO: ACTOR.: ING. JOSE JACINTO MUÑOZ VILLAVICENCIO en calidad de GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICAMUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO AMBIENTAL, OBRAS Y SERVICIOS PARA EL CANTÓN QUININDE EMAPASOSQ-EP DEMANDADO: OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización de Uso del Agua que proviene del Rio Esmeraldas, ubicada en la parroquia Viche, cantón Quininde, el caudal solicitado será de 45 l/s, para un total de 1622 beneficiarios. Dichas aguas están ubicadas en la parroquia Viche, cantón Quininde, provincia de Esmeraldas. PROCESO No. 023-2024 Autorización de Uso del Agua HIO DIRECCIÓN ZONAL 2 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, ESMERALDAS. - Esmeraldas, 10 de julio de 2024, a las 08H15- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo

HECHO. Casos como Metástasis, en donde se involucró hasta al presidente de la Judicatura, desnuda la justicia corrupta en Ecuador.

Proponen una cumbre regional de presidentes para abordar la crisis de Venezuela

Se propone que al menos 17 presidentes de la región acudan a la cumbre que se plantea en Panamá.

El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, propuso este 6 de agosto de 2024 la celebración en su país de una cumbre regional de presidentes para abordar la crisis de Venezuela tras las elecciones presidenciales del 28 de julio y las denuncias de fraude ante la proclamación de Nicolás Maduro como jefe de Estado reelecto.

“He solicitado al Canciller (panameño Javier) Martínez Acha que converse con sus homólogos del área respecto a invitar a una reunión de Presidentes (17) en Panamá para abordar tema de Vzla (Venezuela) y ensayar más acciones que apoyen la democracia y voluntad popular del hermano país. Espero y confío que sea acogida la propuesta próximamente”, dijo Mulino en un mensaje en su cuenta de X.

Mulino se sumó el pasado 2 de agosto al reconocimiento del candidato opositor Edmundo González Urrutia como el legítimo presidente electo de Venezuela, después de que el Centro Nacional Electoral (CNE)

CRISIS. Miles de venezolanos han organizado protestas contra los resultados de las elecciones presidenciales, donde se proclamó ganador y reelegido a Nicolás Maduro.

de la nación suramericana diera como vencedor a Nicolás Maduro en unas elecciones que Panamá considera “fraudulentas”.

Apoyo de Argentina

Este mismo martes, el Gobierno del presidente argentino, Javier Milei, consideró “interesante” la posible celebración de una cumbre latinoamericana sobre la situación en Venezuela tras las elecciones del 28 de julio, según indicó el portavoz presidencial, Manuel Adorni. Con el conteo del 96,87% de las actas transmitidas, se-

gún el balance presentado el viernes pasado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela, Maduro fue reelegido con el 51,95% de los votos, mientras que González Urrutia obtuvo el 43,18 % de los apoyos.

Sin embargo, la oposición mayoritaria, agrupada en la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), publicó en una página web las actas de los testigos de votación en “más del 80% de las mesas” que demuestran, según el antichavismo, que su candidato ganó los comicios por amplio margen , un resultado

DATOS

Al menos siete países de la Unión Europea también se han pronunciado para pedir la publicación de las actas de votaciones presidenciales en Venezuela.

En la última reunión de la OEA (Organización de Estados Americanos), la abstención de Colombia hizo que no se alcanzara una resolución para pedir a Venezuela revelar las actas de votación de las elecciones presidenciales.

reconocido por países como Argentina, Estados Unidos o Perú, entre otros.

El chavismo, que también tuvo testigos en las mesas pero no ha divulgado actas, desestima esos documentos presentados por la oposición y no los considera válidos.

El lunes, el CNE entregó las actas de escrutinio al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que hará una revisión del resultado por el que Maduro fue proclamado ganador.

El ente electoral no ha publicado las actas que certifican la victoria de Maduro, como indica la normativa legal y cuyo tiempo para hacerlo ya venció.

En las manifestaciones civiles contra el “fraude” electoral denunciado por la oposición han muerto al menos 13 personas y más de 2.000 han sido detenidas. EFE

Tim Walz, la apuesta de Harris como vicepresidente

La vicepresidenta de Estados Unidos, Kamala Harris, formalizó este 6 de agosto de 2024 su candidatura demócrata a la Casa Blanca con la elección del gobernador de Minnesota, Tim Walz, como compañero de fórmula electoral para la vicepresidencia en caso de ganar en noviembre al republicano Donald Trump.

Harris y Walz eligieron a Filadelfia para su primera vez en público, en un mitin en la gran ciudad del estado clave de Pensilvania , tras haber construido una candidatura en tiempo récord, apenas dos semanas después de que el presidente, Joe Biden, renunciara a presentarse a la reelección.

Kamala Harris eligió como compañero de fórmula a Walz, de 60 años, considerado el favorito del ala más progresista del partido Demócrata.

Walz se impuso así al gobernador de Pensilvania, Josh Shapiro , y al senador de Arizona Mark Kelly, que estuvieron en la lista de finalistas. EFE

El tráfico de niños: ¿cómo estar alertas y ayudar en la prevención?

Con Gabriela Vivanco
CANDIDATO. Tim Walz (centro), en una foto de archivo de EFE.

Da clic para estar siempre informado

Jornadas de oración para pedir lluvias mientras afecta la sequía prolongada Fieles musulmanes asisten a un servicio de oración masiva ‘Istisqa’ para pedir lluvia en la aldea de Lhok Nga, Aceh Besar, en Indonesia, este 6 de agosto de 2024, mientras una larga sequía afecta varias áreas de esa zona.-EFE/ Hotli Simanjuntak

MIÉRCOLES 07 DE AGOSTO DE 2024
Esmeraldas
Esmeraldaslahora
@ Esmeraldaslahora

REVISTA JUDICIAL

AUTORES:

EXTINCIÓN DE ALIMENTOS

Introducción

La petición de extinción de la prestación del derecho de alimentos es en muchas ocasiones un tercero interesado, que puede ser la cónyuge sobreviviente o alguno de los herederos, que lo hacen con el fin de que se dé de baja a la referida deuda por concepto de pensión, y posteriormente que el actor en esa causa determine si continua solicitando dicha prestación con cualquiera de los deudores subsidiarios, que determina la norma, en tal sentido tenemos que, La Corte Nacional de Justicia ha establecido las formas para la extinción de las obligaciones de prestación de alimentos, a lo cual en la parte pertinente señala que: La doctrina también se ha pronunciado en el sentido de que la terminación de los alimentos se puede dar de hecho, es decir, simplemente sucede sin necesidad de una declaración judicial, como por ejemplo cuando el hijo se casa, abandona el hogar o es autosuficiente o cuando muere el alimentario o el alimentante; lo cual también sucede, sobre todo cuando se ha fijado la pensión en sentencia para menores de edad, en cuyo caso es necesario acudir al juez que fijó la pensión alimenticia, para solicitar el cese de la misma. La declaratoria de extinción del derecho de alimentos es una petición que se debe realizar ante la jueza o juez que conoce de la causa; no se trata de un incidente y la o el juzgador, luego de escuchar a la otra parte se pronunciará mediante auto interlocutorio, que de ser procedente, dispondrá el archivo del proceso.1

De la misma forma tenemos que El artículo 169 de la Constitución (que prevalece por sobre las disposiciones tanto del CONA como del COGEP) señala claramente que “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia” y a continuación nombra algunos de los principios procesales destinados a hacer viable el fin anterior: entre otros, están los principios de simplificación, celeridad y economía

procesal.2

Una pretensión de caducidad del derecho propiamente dicha en relación al derecho de percibir pensiones alimenticias tramitada como simple petición (no demanda) cumple justamente con el principio de simplificación de las normas procesales.3

Caducidad

De la misma forma la doctrina a establecido que en lo concerniente a la extinción de la prestación “esta extinción o caducidad del Derecho a reclamar alimentos, pone fin a la responsabilidad de titulares y obligados subsidiarios de las prestaciones alimenticias a las que está sujeto el alimentante”4

De esta manera tenemos que el enumerado 32 de la ley reformatoria al Título IV del Código de la Niñez y la Adolescencia nos da tres numerales para la caducidad, y que la doctrina aplicable las explica de la siguiente forma.

Por muerte del titular del derecho: en este hecho no interviene la voluntad de las partes y la obligación ineludible es de los padres, por lo tanto, la muerte del titular acaba con la responsabilidad.

Por la muerte de todos los obligados al pago; entonces tenemos que por la muerte de los padres que son los titulares principales de

la obligación alimenticia, cuya responsabilidad es definitivamente afectiva, desaparece el derecho de prestación alimenticia; (…)5

Consecuentemente nos permitimos determinar que nos refiere la norma, y sobre qué y bajo qué concepto se puede pedir – solicitar – la extinción de prestación de este derecho.

Derecho de alimentos

El alimento es un derecho imprescriptible, surgiendo de los progenitores, donde el aporte económico de ellos actúa como una colaboración garantizando el derecho a la vida, fijando el propósito en brindarle una vida prospera, abarcando satisfacer todas sus necesidades generales.

La obligación de este derecho se origina desde la concepción, precisamente este punto es discutible porque varias personas alegan la consideración de la existencia de la vida o no, la vida de un embrión no fecundado es vida humana o no, sin embargo, la ley considera vida humana desde la concepción.

Los alimentantes son el padre, la madre o los obligados subsidiarios designados por un juzgador, debemos derivar estas situaciones para aclarar que la responsabilidad no solo ejerce a través de sus proge-

nitores, sino también de los abuelos, hermanos mayores de edad, cuando cuentan con un sueldo fijo y los alimentados son los hijos menores o mayores de edad hasta los 21 años, cursando estudios.

Las cargas familiares divergen según la estructura, infiriendo aportes pecuniarios, según la remuneración adquirida acorde a su trabajo, existen casos donde la madre e hijos dependen de la pensión alimenticia del padre, es evidente la desigualdad en la manutención de los hijos, puesto que en muchas ocasiones la suma a percibir no llega a cubrir con las necesidades básicas – esto en los casos donde la pensión fijada es la mínima y ante ello se debe de ponderar o garantizar el derecho de otros menores – de ahí el análisis que nos permitimos realizar.

Extinción de alimentos por la muerte de uno de los progenitores

Cuando fallece uno de los progenitores es irrefutable la afectación directa que causa en la organización familiar, incurriendo en una desestabilidad económica, porque la obligación de alimentar no se extingue, sino que la pensión de la misma es incluida como un pasivo en la masa sucesora, sin embargo, se considera su extinción

CONSULTA PENAL

¿Cuál es el procedimiento abreviado aplicable en el caso de tentativa en delitos que superen los diez años de privación de libertad, específicamente en una consulta relacionada con homicidio?

RESPUESTA

Hemos reiterado que para que se apliquen los procedimientos especiales, debemos estar a la pena en abstracto determinada en el tipo penal. Solo cabe tentativa cuando los actos tendientes al cometimiento del delito se pueden separar unos de otros. Si bien la tentativa, reduce el tiempo de la pena privativa de libertad, para determinar o no la aplicación del procedimiento especial, se debe tomar en cuenta la pena original del tipo que se pretende juzgar, es decir la pena en abstracto establecida en la descripción típica, si el delito es sancionado con una pena de 10 a 13 años como el homicidio, conforme a las reglas del procedimiento abreviado, no se puede aplicar este mecanismo en este tipo de delitos, aunque la figura de la tentativa ya en el caso concreto cause una reducción en la pena. En los delitos sancionados con pena mayor a los diez años de privación de libertad, en grado de tentativa, no cabe la aplicación del procedimiento abreviado.

NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008
La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

cuando no ha dejado una masa hereditaria.

En base a estas circunstancias de fallecimiento de uno de los progenitores, surge imperativamente una reorganización con la finalidad de abordar todas las actividades entorno al cambio radical.

En familias con un estatus económico bajo, al perecer uno de sus progenitores, conseguir el alimento se transforma en un acto de supervivencia, la desesperación por hallarlo implica riesgos emergiendo retos, a pesar de considerarlo casi imposible de obtenerlo por la lentitud en hallar una economía fija y un equilibrio emocional, estas circunstancias presiden en fortalezas obteniendo características positivas, para alimentar a sus descendientes.

Sin embargo, la doctrina considera las situaciones económicas en las que ha dejado a sus progenitores, de manera en que si el estudio del mismo resulta paupérrimo, los familiares del fallecido según la ley, contribuyen con un aporte mínimo para el sustento económico de esa familia hasta que se extinga a obligación del derecho de percibir alimentos, mayormente si ha dejado hijos menores de edad o mayores de edad hasta los 21 años que se encuentren estudiando o tengan una discapacidad , de esta manera no queden totalmente desamparados ,en caso en el cual no haya otorgado una masa hereditaria, se analiza el estado laboral del primogénito que se encuentra vivo, porque también hay que reflexionar el caso en el que el fallecido queda debiendo pensiones alimenticias estas no pueden ser

tes se descontará directamente de la masa hereditaria, si debe pensiones alimenticias, concretándose en que la muerte del alimentante no lo exonera de la responsabilidad del alimento adeudado hasta antes de su defunción, quedando exentos de obligación los herederos. La norma como tal no establece tácitamente la extinción del derecho de alimentos cuando fallece uno de los progenitores, sino cuando fallecen todos los obligados al pago, es decir da paso a que continúe el derecho de percibir alimentos aun cuando uno de los progenitores halla fallecido, porque el alimentado subsiste, siendo congruente, en cuanto el Estado garantiza el derecho a la alimentación mientras el fallecimiento alude la continuación del cumplimiento del mismo por parte de una obligación secuencial, al aportar a la familia, cuando sus hijos se benefician de ese derecho de alimentarse, como causa de derecho fundamental para vivir, no se extingue la obligación cuando existe una masa hereditaria u obligados subsidiarios en la cual el alimentario puede reclamarlo como bienes por ley de sus hijos .

Al no extinguirse el derecho de alimentos por uno de los progenitores, depende en gran parte en la decisión del alimentante vivo en reclamar alimentos, cuando no realiza acciones judiciales donde solicita el cumplimiento del derecho de alimentos, deja a los hijos en una incertidumbre relativa a su desarrollo profesional, laboral, económico, en la sociedad, encontrándose con posibilidades y probabilidades donde pueden surgir o no oportunidades, incurriendo en ellos características de independencia.

Existe rotundamente una discusión, implícitamente en el derecho de alimentos, cuando uno de sus hijos es una persona con discapacidad es dependiente toda la vida, por eso continúa la pensión alimenticia por no hallar esa independencia, sin embargo, cuando fallece uno de los progenitores, aquella persona no va ser independiente, claro es según el tipo de discapacidad que tenga, por esa razón se debería otorgar una mayor masa hereditaria para el sustento de una vida apropiada.

Art. 26.-Derecho a una vida digna. - Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una vida digna, que les permita disfrutar de las condiciones socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral. Este derecho incluye aquellas prestaciones que aseguren una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, recreación y juego, acceso a los servicios de salud, a educación de calidad, vestuario adecuado, vivienda segura, higiénica y dotada de los servicios básicos. Código Orgánico de la Niñez y adolescencia.6

Preámbulo la protección del niño antes y después del nacimiento, y que en su artículo 6 dispone lo siguiente:

1. Los Estados parte reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.

2. Los Estados partes garantizan en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.7

Es ineludible la afectación psicológica al enfrentar la realidad tras la muerte de uno de sus padres, originándose un contraste de acuerdo a sus ideales, repercutiendo en el estado de ánimo, así las actitudes alteran la celeridad de alcanzar un equilibrio económico en el avance de todos los integrantes de la familia, por consiguiente, el alimento.

En caso de la existencia de obligados principal y subsidiario, cuando fallece el primero, el juez se encarga de resolver si le corresponde el pago total o parcial de la pensión alimenticia porque su responsabilidad continúa según como lo menciona el artículo 32 numeral 2 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, donde menciona “el derecho para percibir alimentos se extingue en su totalidad por la muerte de todos los obligados al pago”.

mentos de buena calidad. Eliminar la desnutrición Por estos motivos mencionados con anterioridad el Estado tiene la responsabilidad de adoptar medidas para disminuir la tasa de desnutrición en el Ecuador mientras se encarga de garantizar el derecho a la alimentación a través de políticas públicas, plasmadas en el segundo objetivo de la Organización de las Naciones Unidas, estableciendo “Hambre Cero”, brindando campañas globales, generando acciones para combatir con la desnutrición de manera generalizada. Cuando disminuye el alimento, se refleja en indicios de pobreza donde no solo implica la falta de recursos sino también otros aspectos como son la inaccesibilidad a la educación, la discriminación social, la desnutrición, entre otros.

Se vulnera el derecho mencionado con anterioridad porque los hijos que tienen un padre o madre fallecida, pueden llegar a sufrir desnutrición porque no cuentan con el insumo adecuado para la sobrevivencia de esta persona, como resultado encontramos este déficit alimenticio, acarreando otras enfermedades adherentes a ellas, es aquí donde se discute la calidad del alimento porque pueden tenerlo pero no contribuye de manera beneficiosa al individuo implicando la vulneración al derecho de la salud , sin embargo la existencia del alimento es concurrente a la aplicación de hábitos alimenticios.

Cuando se extingue el alimento por la muerte de uno de los padres, las características relevantes son la capacidad económica, física, mental, emocional en la que se encuentra el progenitor para conseguir el alimento, implicando la accesibilidad en obtenerlo, es un requisito sine qua non contar con dinero suficiente con el propósito de alcanzar ali-

La muerte de uno de sus progenitores, al estar a cargo de su progenitor vivo, el cual no cuenta con una condición laboral digna, constituye una de las causas del aumento de trabajo infantil, donde el niño es obligado a trabajar evadiendo el derecho a la educación, privándolo de otros derechos inherentes a él, a la vez se evidencia en actos de mendicidad realizada tanto por progenitores como por niños, exponiéndose a peligros constantes, todo esto por conseguir el alimento diario.

El art. 45 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador establece que:

“Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud

Derecho de alimentos para personas con discapacidad

La Convención Sobre los Derechos del Niño se reconoce en su

SEGUNDA CONVOCATORIA

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente y Art 22 del estatuto de Federación de Ligas Barriales y Parroquiales del Cantón Quito, se convoca por segunda ocasión a las Ligas filiales a la Asamblea Extraordinaria 001, para la reforma del reglamento del Fondo De Ayuda Médica que se realizará en la sede de la Institución ubicada en el barrio La Alameda calle Gran Colombia N14-27 y Sodiro esquina Parroquia Santa Prisca Cantón Quito, Provincia de Pichincha el día 26 de agosto del 2024 a partir de las 19 horas en la sala de reuniones.

En caso de no haber quorum se procederá a realizar una segunda convocatoria bajo las mismas formalidades de la primera. Si en la segunda no existiera el quorum, se esperará una hora y de persistir esta situación, se realizará la asamblea con los miembros presentes. con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:

1.-Constatación del quórum.

2.- Lectura de la convocatoria

3- Lectura y aprobación del reglamento del Fondo de Ayuda Médica

Quito,07 de agosto de 2024

integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar”.8

El desarrollo del ser humano es una fase importante que está estrechamente relacionada con la familia, puesto que, son la base del aprendizaje, evolución y de la persona como tal, los vínculos familiares son esenciales para la proyección de un modelo ante el niño, donde interfieren los valores, enseñanzas, carácter y adaptación de cada uno de los miembros de la familia, sin embargo cuando interfiere la pérdida de uno de los progenitores , se presenta disfuncionalidad familiar ocasionando trastornos psíquicos al sujeto y teniendo como resultado persecuciones dañinas para este mismo.

El problema de conseguir alimento se incrementa según la cantidad de hijos que el difunto progenitor haya dejado , empleando mayor trabajo para el progenitor responsable de la manutención de sus hijos, en Ecuador existe un déficit donde claramente podemos notar que la mayor cantidad de hijos los tienen familias de estratos sociales bajos, es que el problema no es tener tantos hijos sino la irresponsabilidad de tenerlos cuando no existe una economía equilibrada, porque con un déficit económico es difícil brindarle una vida digna .

Al realizar analogías, anteriormente nuestros ancestros tenían mayor cantidad de hijos, sin embargo estos encontraban una independencia con mayor celeridad que la actual porque antes, el requisito para conseguir un trabajo era estar saludable, porque podía trabajar en la agricultura, sin embargo en la actualidad la independización en los jóvenes es lenta porque para conseguir un trabajo se necesita un título, aun así para encontrar una plaza de trabajo en la competencia laboral no es suficiente.

La responsabilidad de establecer seguros de vida a los hijos es innata de los progenitores cuando velan por la seguridad de sus hijos, en caso del fallecimiento de uno de ellos, cubriendo fehacientemente la calidad de vida de sus descendientes, contribuyendo

a la economía familiar, sin dejar desamparado a sus hijos, respaldando el derecho de alimentos.

Derecho al Buen Vivir

El buen vivir se enmarca en una calidad de vida digna incurriendo los derechos a la alimentación, salud, educación entre otros, sin embargo, no se torna completamente efectivo solo por encontrarse garantizado en la Constitución de la República del Ecuador, cuando al morir uno de los progenitores se extingue el derecho para percibir alimentos, se ve afectada la familia en el ámbito económicos, social, educativo, etc.

La pérdida de uno de sus padres altera el desarrollo integral del menor, porque se modifica la forma de vivir habitualmente o normalmente, aquí el Estado se encarga de proteger el interés superior del niño el cual le garantiza una vida digna, es imprescindible la presencia del progenitor en el desarrollo del menor para su formación en valores de respeto , solidaridad en base a estas actitudes en las que asimilan un efecto espejo es decir es la fase de aprendizaje del menor acogiendo la perspectiva de lo que observa.

El progenitor que queda a cargo de los hijos cuando son menores de edad, son representantes para defender los derechos obje-

tivos o lo que le corresponda por ley, amparándolos por medio de su protección y apoyo de manera general en satisfacer sus necesidades una de ellas el alimento.

El desafío de la crianza de los hijos del progenitor fallecido, se transforma en desventaja para el menor, cuando la desesperación de no contar con los recursos suficientes para conseguirle alimento a su hijo, toma la decisión de darlos en adopción para brindarles una buena calidad de vida.

El abandono de menores los ubica en riesgo al abandonarlos en lugares públicos dejándolos, sin referentes familiares, sin embargo, a veces el proceso de adopción es un proceso con una celeridad relentecida, no en todos los casos se logra obtener una adopción porque es más complejo encontrarle un hogar donde tanto la familia adoptiva como el adoptado se puedan adaptar.

El Estado y la familia son los encargados de hacer prevalecer los derechos de los niños o mayores de edad hasta los 21 años que se encuentran cursando estudios, para tutelar el derecho de alimentos, sin dejarlos sin ellos porque es un derecho fundamental, adquiriendo un modo de vida que les permita tener un desarrollo de vida integral precautelando los demás derechos que se deri-

CONVOCATORIA

Quito, miércoles 07 de agosto de 2024

Señores. PRESIDENTES DE LOS EQUIPOS FILIALES A LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL “SAN ENRIQUE DE VELASCO ” Presente.

Por medio de la presente y amparados en lo que dispone el Capítulo II del directorio en los artículos 28 y 29 del estatuto de la Asamblea General ,artículo 26 del estatuto, art 16 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General a la Ley de Deporte, Educación Física y Recreación .Se convoca a elecciones de Liga Deportiva Barrial “SAN ENRIQUE DE VELASCO ”, y en la cual se elegirá al nuevo directorio para el período 2024-2028 el día sábado 23 de agosto del 2024 a las 19h30 en la sede barrial ubicada en las calles Yanacona N74 barrio San Enrique de Velasco de la ciudad de Quito con el siguiente orden del día:

1. Recepción de credenciales y constatación del Quorum.

2. Lectura de la convocatoria y aprobación del orden del día.

3. Elecciones de la nueva directiva periodo 2024-2028.

4. Posesión y juramento de la nueva directiva.

Atentamente,

van del derecho mencionado con anterioridad. Conclusiones El derecho de alimentos respectivamente extingue cuando el menor ha alcanzado la mayoría relativa, en lo que respecta a percibir este derecho esto es hasta los 21 años de edad.

Cuando fallece el progenitor obligado a prestar alimentos devienen dos generalidades, la primera el que se mantenga dicho derecho siempre y cuando los obligados subsidiarios estén obligados – mediante demanda o acto procesal – o a interponer acción nueva contra los obligados subsidiarios.

En el Estado ecuatoriano se regulan las acciones a seguir en cuanto a los obligados subsidiarios.

Contacto: yandrylooryl_97@hotmail.com

1.Absolución De Consultas, De La Corte Nacional De Justicia, Mediante Oficio: 223-P-Cpjp-2017 De Fecha: 08 De agosto De 2017 Correspondiente Al Tema Procedimiento Para La Extinción De Alimentos.

2.Jorge Luis Mazón, de las formas de extinción y los modos de solicitarla.

3.Rodríguez Cano, Rodrigo Bercovitz, and Manuel Jesús Marín López. “Manual de derecho civil.” Derecho de familia. Madrid: Bercal (2007).

4.Parra Díaz, Cesar Ramiro. Análisis Jurídico del Derecho de Alimentos en los menores de edad y su aplicación en las Unidades Judiciales de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito. BS thesis. Quito: UCE, 2016.

5.Gaitán Gil, Alejandra. “La obligación de alimentos.” (2015).

6.Adolescencia, C. D. L. N. Y., LOS NIÑOS, N. Y. A. C., & DE DERECHOS, S. U. J. E. T. O. S, Código de la Niñez y Adolescencia, (Quito: Ediciones legales, 2003)5.

7.Unicef., Convención sobre los Derechos del Niño, (Madrid: Rex Media, 2006)11.

8.Del Ecuador, A. C, Constitución de la República del Ecuador. (Quito: Editorial Nacional, 2008), 13.

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