Nacional: 28 de agosto, 2024

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El lado oculto de adquirir un crédito directo

Uno de los puntos ciegos en la economía del país son los créditos directos en las casas comerciales. Los requisitos son mínimos y las cuotas pequeñas, pero la deuda puede volverse “eterna”. En Ecuador hay personas que tienen hasta 12 créditos simultáneos. Conozca cómo manejar este tipo de deuda. 6

Arturo Félix

será el nuevo

‘escudero’ de Noboa 3

José Suing estará al frente de la CNJ indefinidamente 4

QUITO

Buscan sanear problemas del Paseo Dominical con apoyo privado 7

Trabajo de Fiscalía avanza en medio de disputas en redes 5 PAÍS

LORENA BALLESTEROS

@loballesteros

¿Qué es el terror?

Hayuna nueva narrativa escrita por mujeres que está catalogada en el subgénero del terror; fluctúa entre lo fantástico, lo gótico, lo gore e incluso lo distópico. En esta línea se encuentran autoras como Mariana Enríquez, Samantha Schweblin, Agustina Bazterrrica, también las ecuatorianas Mónica Ojeda y María Fernanda Ampuero. Esta última acaba de publicar Visceral, que reúne relatos basados en sus miedos, sus traumas y su furia.

En un ensayo titulado ‘Terror’ menciona cuatro argumentos terroríficos:

El agua de lluvia ya no es potable ni en la Antártida, o sea, ya no hay lluvia limpia, la hemos contaminado toda.

Las niñas de doce años de un colegio privado de Madrid a las que un profesor graba cambiándose de ropa.

Los universitarios de un colegio mayor gritando “putas, salid de vuestras madrigueras como conejas, sois unas putas ninfómanas”.

Ampuero asegura que de estos argumentos podría escribir relatos terroríficos. Escritoras como ella magnifican los miedos personales y colectivos para sacudirnos y alejarnos de nuestra zona de confort.

A muchos les “aterra” leer este subgénero. Pero ¿no es la realidad la que hace eso? Son nuestros miedos los que nos generan ansiedad, depresión, angustia, amargura, impotencia, frustración. Y la literatura se puede convertir en un vehículo que movilice esos miedos y nos diga “no estás sola, yo también tengo miedo”.

Haciendo el mismo ejercicio que Ampuero comparto mis argumentos, los que yo usaría para escribir mis propios relatos de terror.

A mi marido le diagnostican Alzheimer.

La juventud actual, sus valores efímeros y su irrespeto al cuerpo propio y ajeno.

Tik Tok como referente de las formas de consumo actuales.

Esta nueva narrativa demuestra que el terror existe porque apela a lo que nos irrita, a lo que tememos y a lo que nos enfurece. Son esos miedos extrapolados los que han creado una narrativa que recomiendo leer porque habla sobre lo que tú y yo tememos, pero no nos atrevemos a decir en voz alta.

DANIEL MÁRQUEZ SOARES dmarquez@lahora.com.ec

Una elección para coronar

Cuando un orden se desmorona, es inevitable que otro ocupe su lugar. El Estado ecuatoriano está sumido en una crisis estructural que conlleva un hundimiento lento, pero seguro. A estas alturas, ya

Redacción:

EDITORIAL

‘Vacuna’ política y el sector privado

El sector privado es el que muestra los nuevos caminos por donde va el mundo. El emprendedor y el empresario constantemente están en búsqueda de mejorar procesos y productos para servir, crecer y ganar.

Pero todos ellos bregan día a día. Ecuador es un país que no es amigable con los emprendedores y empresarios. Hay cargas insalvables que lastiman el crecimiento del mercado, que no permiten mejorar conocimientos y, a la final, resultamos menos competitivos.

Este escenario ha contribuido a construir parte de la élite económica compuesta por actores de brazos caídos, que buscan sobrevivir; más unos cuantos cazadores de privilegios que gustan de tener “amigos” en cada Gobierno.

Pero hay otros que apuestan por construir país. Son los que buscan una nación donde se respeten las libertades individuales y económicas; donde el empleo informal y el

público no son los que más crecen. Son aquellos que aún sueñan con educar a sus hijos para que vivan aquí, buscan soluciones y, ante todo, las empujan.

En tiempos de elecciones, los políticos aprovechan esta división. Buscan reuniones con los grandes para pedir “apoyo”, sin negativas. ¿Cómo negarse si luego los persiguen con el poder del Estado?

Sin embargo, si nada cambia, si no alzan los brazos, sus libertades terminarán comprometidas. No es exagerado: el ínfimo sector privado venezolano es una fofa amalgama de silentes militares y empresarios chavistas.

Los empresarios pueden ver experiencias como la colombiana (con Álvaro Uribe) o la española (con el Partido Popular), donde se apuesta a políticos que atesoran la democracia, la buena reputación, las libertades individuales y la transparencia. Y, así, paran la ‘vacuna’ política en cada elección.

no es ningún secreto quién lo está reemplazando paulatinamente: el crimen organizado Conforme las mafias acumulan poder, se vuelven más eficientes y menos ruidosas —como financistas, generadores de empleo y constructores de obra pública—, para terminar finalmente dando pie a un nuevo orden político, en el que dan forma incluso a la justicia y a la administración pública. Ese proceso de “blanqueamiento” y aparente pacificación del crimen organizado, de su mimetización

final con el orden constituido, es lo que se vio en Rusia o en Colombia —bajos sendos “hombres fuertes”— y que probablemente veremos en Ecuador tras las próximas elecciones En Ecuador se ha pavimentado la vía para la toma del Estado. Las autoridades electorales no tienen capacidad operativa, ni herramientas legales adecuadas, para evitar o perseguir la infiltración del dinero sucio en la política. El discurso oficial, desde hace varias administraciones, se ha encargado de que

No hay empleo. ¿Y si intentamos el trabajo por horas?

la atención pública se centre en los más bajos escalafones de la delincuencia —las bandas que prestan los servicios más primarios— en lugar de en los verdaderos tomadores de decisiones, financistas o intermediarios con el mercado global; algo así como atacar a un banco internacional enfocándose en quienes cuidan los carros en la vereda de enfrente. Además, la clase política sigue sin ofrecer una alternativa real que le devuelva las esperanzas a la gente. Es lógico y previsible que,

lástima que los ecuatorianos nos cerremos las puertas para salir de las crisis en la que estamos.

QuéLa consulta popular de meses atrás propuso el trabajo por horas. Una alternativa tanto para ese universo de desempleados como para aquellos emprendedores que están empezando y no pueden pagar un empleado. Lo irónico fue que la mayoría, de forma voluntaria e incoherente, respondió “no gracias”.

Nos dejamos llevar por los fantasmas que propusieron los socialistas, expertos en la siembra de resentimiento social y en la “cría de parásitos” que hablan del exitoso modelo cubano y que cantan a todo pulmón “comandante che Guevara”. ¿Si el socialismo es tan exitoso, cuándo empezará el retorno masivo de migrantes a Cuba o Venezuela?

Los datos hablan por sí solos:

La población en edad para trabajar a nivel nacional (PET) es de 13,2 millones de personas, la población económicamente activa (PEA) es de 8,5 millones. Sin embargo, dato real y triste es que la población económicamente inactiva a nivel nacional (PEI) es de 4,7 millones. La propuesta era buena, pues seguramente hubiera tenido un efecto positivo para formalizar el segmento de los subempleados que representan (según el INEC) una tasa que ronda el 20,5%. Hay que aplicar el modelo del trabajo por horas y reactivar al sector productivo. Incentivar a la empresa privada con un marco legal serio, quitándole cargas impositivas, otorgándoles escudos fiscales y alivianándolo para que genere empleo que es la principal herramienta de inclusión social contra la delincuencia. El país está en terapia intensiva, no podemos seguir apostando a la misma medicina que gira en función de subsidios y bonos. Hay que aplicar una nueva medicina que apunte a motivar a la producción, a la renta, al capital y al ahorro para devolverle la alegría a los menos favorecidos conjuntamente con su libertad, su autoestima y su dignidad.

¡POR MENOS ESTADO Y MÁS LIBERTAD!

bajo una fachada de “reordenamiento” o “pacificación”, el país experimente la pronta consolidación de un poder mafioso tras la próxima elección. También es probable, por ello mismo, que la campaña que se avecina sea inusualmente sangrienta La única alternativa, que sería una verdadera reestructuración del Estado ecuatoriano –con el inevitable cambio constitucional y justificado abandono de ciertos tratados internacionales—, parece ya no interesarle a nadie.

Arturo Félix será el nuevo ‘escudo’ del Presidente

El nuevo Ministro de Gobierno, Arturo Félix, debe asumir un rol de modular el discurso y transformarse en un escudo para los ataques que recibirá el presidente Daniel Noboa a medida que avance la campaña por la Presidencia.

El nombramiento de Arturo Félix Wong como ministro de Gobierno ha supuesto una transformación importante que en tan solo un par de semanas denota un cambio en la forma de conducir la política.

El 16 de agosto de 2024, el hombre de gran confianza del presidente de la República, Daniel Noboa, pasó de la Secretaría General de la Administración Pública y Gabinete a la cartera de Gobierno en sustitución de Michelle Sensi-Contugi, quien manejaba con muy bajo perfil el despacho encargado de manejar las relaciones con la Asamblea Nacional y con los movimientos sociales, además de mantenerse como director encargado del Centro de Inteligencia Estratégica (CIES).

A tan solo cuatro días de asumir el cargo, Félix celebró la sentencia de un Tribunal de Quito que concedió una medida de protección presentada por la asambleísta Inés Alarcón. En esta se determinó que el Parlamento deberá retomar los juicios políticos en contra de tres exministros de la administración de Guillermo Lasso, antes de continuar con los enjuiciamientos a los ministros de Noboa.

“Hoy es un día triste para el viejo Ecuador, es un día triste para todos aquellos que han estado acostumbrados a hacer lo que se les daba la gana con el país, pensando que no iba a haber consecuencias, o que no iba a haber quién los pare”, puntualizó el 22 de agosto.

Félix ha encabezado diferentes encuentros con pescadores en la provincia de Manabí, o con los Gobernadores de las provincias en el Palacio de Carondelet, por lo que se muestra como una pieza clave en la estrategia

comunicacional del Gobierno de cara a las próximas elecciones presidenciales de 2025. Adicionalmente, es parte del círculo más íntimo de Noboa.

Estrategia de campaña

Arturo Moscoso , director de la Escuela de Ciencias

Políticas y Relaciones Internacionales de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), indicó que este cambio obedece a una estrategia electoral . “El Presidente está en campaña y esta campaña implicará a la mayoría de los funcionarios del Gobierno, entonces tener un ministro más expresivo y elocuente, que incluso ataque a la oposición, le sirve políticamente y electoralmente”, detalló.

Para Moscoso, el ministro Félix también llevará la vocería en temas importantes como la seguridad y la persecución al crimen organizado

Por el contrario, el exministro de Gobierno, Francisco Jiménez, comentó que dentro del actual Gobierno no existe la comprensión suficiente sobre la importancia y el rol que debe tener el Ministro de Gobierno.

Para Jiménez, “no se trata de tener un ministro absolutamente silencioso que no pueda afrontar las decisiones que toma el Gobierno, ni un ministro excesivamente exuberante y peor aún descarnado a la hora de hacer afirmaciones”.

El exministro puntualizó que la cartera de Gobierno requiere de un “portavoz del Gobierno para los temas álgidos y difíciles, que tiene que saber modular el discurso, para que los puentes que se busca construir no se terminen rompiendo”.

Un protector del Presidente Al ser consultado sobre la misión que deberá afrontar el nuevo Ministro, de cara a una campaña en la que el candidato-presidente será fuertemente atacado, Jiménez manifestó que Félix debe tener claro que “su obligación es modular los tonos y servir de escudo al Presidente. Asesorar al presidente y matizar cuando el Presidente exagera”.

Por su parte, Moscoso reiteró que Noboa, por no ser un gran comunicador, “necesita una especie de escudero”. Recordó que el mandatario es un vocero “muy

lahora.com.ec

parco en lo que declara y quizá han visto la necesidad de tener a alguien que comunique más y sea más directo en lo que comunica”.

Al evaluar lo sucedido con la Asamblea Nacional, la semana pasada, el académico de la UIDE apuntó que desde su punto de vista la relación entre el Gobierno y el Parlamento “está totalmente rota”.

Acotó que, durante la campaña, la Asamblea tiene la obligación de aprobar las leyes para implementar las preguntas de la consulta popular. “Y para eso el Gobierno no necesita acuerdos”.

Agregó que en este momento “lo que hará el Gobierno es distanciarse cada vez más de esos grupos opositores”.

Objetivos claves Francisco Jiménez, exministro de Gobierno de Guillermo Lasso y responsable de avanzar en los diálogos con los movimientos sociales e indígenas tras el paro nacional de julio de 2022, identificó tres objetivos claves para la cartera.

1

Identificar cuáles son los temas más relevantes que debe afrontar el Gobierno antes de que se produzca el escenario electoral, es decir, el tema energético, la inseguridad, la economía y el panorama de gobernabilidad

2

Identificar los problemas y entender la coyuntura del juego político en estas circunstancias de un año electoral en el que los actores van a atacar a la Presidencia.

3

Aportar soluciones creativas a la coyuntura y a los problemas. Además, tendrá un trabajo de asesoría al resto de ministros para que no desaparezcan de la escena. (ILS)

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ELOCUENTE. El ministro Arturo Félix se ha mostrado duro en sus declaraciones ante quienes atacan al mandatario. Foto: Ministerio de Gobierno

Encargo de la presidencia de la CNJ a José Suing sigue extendiéndose

La subrogación de José Suing al frente de la CNJ podría tornarse indefinida. Esto luego de que el Pleno de la Judicatura declaró la nulidad parcial del concurso a jueces y conjueces.

La subrogación del presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), José Suing, podría tornarse indefinida. Esto porque el 26 de agosto de 2024 el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) declaró la nulidad parcial del concurso a jueces y conjueces de este tribunal de justicia. Suing asumió como presidente temporal de la CNJ el 8 de febrero de 2024. El encargo de sus 17 colegas magistrados (11 jueces titulares y 6 conjueces) era que él los representará hasta ser reemplazado legalmente cuando la CNJ esté integrada por 21 jueces nacionales. Diez de ellos deben ser designados por el CJ a través de un concurso público. El concurso debía concluir en octubre de 2024, pero el proceso de designación fue anulado por presuntas irregularidades en la contratación de la empresa Métricas-Web SAS, encargada de elaborar los insumos para realizar el examen de confianza, el cual incluyó un formulario de declaración de conflicto de intereses, una prueba de competencias laborales y una prueba de honestidad.

La dirección nacional de Talento Humano del CJ tiene hasta el 5 de septiembre para proponer al Pleno una nueva normativa metodológica que permita retomar el concurso a partir de las pruebas de confianza.

Entre la reorganización, la realización y la entrega de resultados, esta fase podría tomar hasta dos meses (hasta noviembre). Luego, los postulantes (cerca de 100) deberán rendir una prueba escrita. Posteriormente deberá cumplirse la etapa de audiencia pública donde expondrán casos sobre la administración de Justicia. Los aspirantes a jueces también deberán enfrentar una impugnación ciudadana y demostrar probidad, trayectoria personal éticamente irreprochable, entre otros temas.

Los plazos también dependerán del número de postulantes que continúen en el concurso. Sin embargo, el proceso debería concluir hasta el 23 de enero de 2025, pues en ese mes culmina el periodo de seis años de gestión de los vocales de la Judicatura.

Evaluación del presidente de la CNJ

En ese contexto, la ampliación de la subrogación de José Suing sería in minente. Su gestión, en menos de cinco meses, no está libre de críticas.

En mayo de 2024 (tres meses después de asumir el cargo), envió al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) una polémica terna de candidatos para ocupar la vocalía principal del CJ entre ellos Hugo Landívar, militante del movimiento gobiernista Acción Democrática Nacional (ADN).

Pero los cuestionamientos a sus decisiones escalaron al Pleno de la CNJ, cuando en julio, el Cpccs designó a Mario Godoy, identificado como cercano al noboísmo y correísmo, como presidente del CJ.

Para bajar las tensiones entre sus colegas, Suing deslindó responsabilidades por su designación, y afirmó que esta competencia era del Cpccs.

Inestabilidad del sistema

Para Xavier Buendía, presidente de la Plataforma Na-

del juez Iván Saquicela, actualmente la CNJ está conformada por 10 de los 21 jueces titulares. Esto le imposibilita a la Corte tomar decisiones, como designar un presidente titular.

cional ‘Somos Ciudadanos’ y promotor del proyecto de reforma a la administración de Justicia, la anulación parcial del concurso también deriva en problemas y conlleva a la inestabilidad del sistema, así como las condiciones de vida de los usuarios que buscan soluciones a conflictos judiciales (juicios por herencias, alimentos, etc).

Recordó que con la renuncia

Otro tema de fondo es el retraso y la acumulación de la carga procesal. Según cifras de la Plataforma Nacional, en la CNJ existen 11.000 causas en casación pendientes. Las salas de lo penal están integradas por jueces titulares y conjueces. “¿Qué tipo de calidad de sentencias en casación y recursos de revisión se están resolviendo?”, cuestionó Buendía.

Este es el “preocupante” mensaje que se envía a los 32 mil servidores judiciales de las instancias superiores e inferiores; jueces, fiscales, defensores públicos y notarios, alertó Buendía. (SC)

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: MARIETA YOLANDA PIEDRA AGUIRRE

DEMANDADO: JOSE LIONCIO CUEVA MORENO

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2024-00406

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

TRAMITE: SUMARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora MARIETA YOLANDA PIEDRA AGUIRRE, en calidad de ACTORA., Presentó una DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL, cuyo extracto es como sigue: Tena, lunes 19 de agosto del 2024, las 16h28. VISTOS: “…Conozco de la demanda de divorcio contencioso presentada por la señora MARIETA YOLANDA PIEDRA AGUIRRE en contra del señor CUEVA MORENO JOSE LIONCIO, por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP, en consecuencia, se la admite a trámite SUMARIO conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 332 COGEP. CITACIÓN. - Por cuanto se ha justificado que no se ha podido determinar con la individualidad o residencia del demandado; Cítese al señor CUEVA MORENO JOSE LIONCIO, mediante tres publicaciones en días distintos, en un medio de comunicación impreso de amplia circulación, esto es por el Diario “La Hora”; conforme lo determina el artículo 56 del Código General de Procesos; publicaciones que se realizarán con observancia del numeral 1 del referido artículo; para lo cual la señora Secretaria de esta Judicatura elaborará los extractos correspondientes; se le advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y para que presente sus anuncios probatorios de conformidad con el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones de tramitarse la causa en rebeldía y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 87 del referido cuerpo legal. La actora adjuntara publicaciones íntegras (PDF), la certificación del representante legal del medio de comunicación donde se acredite las fechas en que se realizaron las publicaciones, como también se adjuntara el comprobante de pago. PRUEBAS. - En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la actora, constantes en su escrito de demanda, en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte, esto es: a) La partida de matrimonio de la actora; b) La declaración testimonial de los señores: ISRAEL MISAEL TOMALA CAUGUA y DANIEL EFRAIN CARRANCO MENDOZA, como también las Declaraciones de Parte de los intervinientes, se la realizará el día de la Audiencia Única debiendo notificárseles de su comparecencia en el casillero electrónico señalado por la actora y c) Ofíciese como lo solicita la parte actora, esto es al IESS-Napo. CURADOR AD LITEM.- Por existir un hijo menor de edad, se considerará la designación del ciudadano ENRIQUE PATRICIO PIEDRA AGUIRRE, para cuyo efecto en la audiencia respectiva se escuchara a los testigos de abono señores: ZULEMA KATERINE PIÑALOZA NARVAEZ y LISETH ROSA VEGA CHIMBO. Agréguese al proceso la documentación adjunta y tómese en cuenta la autorización conferida por el compareciente a la señorita Abogada Ginger Averos, para que le represente a la actora en esta causa, así como también tómese nota del correo electrónico, señalado por la compareciente, para recibir futuras notificaciones. DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-

FUNCIONARIO. José Suing, presidente temporal de la CNJ (Foto archivo).

Fiscalía trabaja en medio de escándalos en redes y mediáticos

La Fiscalía es observada por sus acciones que generan aplausos o rechazo. Sin embargo, los escándalos mediáticos podrían afectarla. ¿Cómo?

Pasar de héroes a villanos toma poco tiempo. Un ejemplo es la Fiscalía General del Estado que constantemente es blanco de elogios y ataques provocados por casos emblemáticos como Metástasis que, por primera vez, reveló las vinculaciones del narcotráfico con la Justicia. Pero, más allá de lo que causen las investigaciones, la institución, dirigida actualmente por Diana Salazar, tiene un manejo comunicacional que tiene seguidores y detractores. Ha levantado pasiones. Al punto que sus seguidores la veían como presidenciable. En las marchas de apoyo coreaban el deseo de que ella sea mandataria para 2025.

Óscar García, abogado,

dice que una institución como la Fiscalía siempre será criticada. “Siempre va a haber opiniones distintas, pero es innegable el trabajo de la Fiscal. Ha tenido que trabajar pese a lo infiltrado que está el narcotráfico en todo el sistema”.

“Tiene un enfoque mediático, en el que ellos manejan, muchas veces, los elementos que quieren que la opinión pública conozca y dan un discurso que muchas veces es sesgado y que, en las diferentes etapas, evidencian una premura en las investigaciones”, dice, por su parte, la abogada penalista Marcela Estrella Bucheli.

Como señala LA HORA en su editorial del 27 de agosto de 2024: “Como ha

sucedido con fiscales anteriores, será la historia y la Justicia las que determinen su verdadero aporte”.

Los escándalos

No solo los casos como Metástasis y Purga y Plaga han sido blanco de críticas, pese al éxito por haber revelado la unión del sistema judicial con el narcotráfico.

La institución ha enfrentado las amenazas de juicio político e incluso los señalamientos por la falta de celeridad y el manejo de casos como el asesinato de Fernando Villavicencio.

Andrea Rivadeneira, experta en marketing digital, señala que la estrategia de la Fiscalía se ha enfocado en hacer productos comunicacionales en los que se im-

Fiscal

desmiente la acusación de desvanecer el caso de la mafia Albanesa

° Diana Salazar negó las acusaciones sobre un presunto interés de desvanecer y dilatar el caso de la mafia Albanesa.

Salazar indicó que hay estrategias para debilitar el trabajo de la Fiscalía pero que las acusaciones “no se sostienen más allá de los dichos” y resaltó que en conjunto con la Policía de España se investiga los nexos de esta mafia en el país.

Este caso se encuentra en espera de audiencia preparatoria de juicio.

pulsa el discurso que dicha institución quiere instaurar a nivel social y que los pro-

ductos comunicacionales se centran en “resaltar la imagen de la Fiscal”. (AVV)

Lentitud en la investigación del asesinato de Fernando

Villavicencio

° Si bien cinco personas ya fueron sentenciadas por el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio, ninguno es el autor intelectual.

Verónica Sarauz, viuda de Villavicencio, ha señalado que la Fiscalía no ha explotado el celular del periodista y político. Tampoco incluyó las versiones tomadas por el FBI de los sicarios asesinados.  Según la Fiscalía, hay una investigación reservada para hallar a los autores intelectuales; así como otra diligencia contra la cápsula de seguridad del candidato asesinado el 9 de agosto de 2023. Sarauz ha criticado la actuación de la fiscal Ana Hidalgo, quien es experta en lavado de activos y no en asesinatos. En Ecuavisa, la fiscal Diana Salazar defendió a Hidalgo señalando que, por muchos años, estuvo en la unidad de delincuencia organizada y dijo que “todos los fiscales están especializados” y que Hidalgo es la idónea para este caso.

Por su parte, Sarauz dice que la Fiscal ha buscado resaltar su imagen con declaraciones que pueden afectar el l de Villavicencio. Un ejemplo de esto es el video en el que la Fiscal dijo que el contrato para matar al candidato presidencial, también contemplaba matarla a ella por un costo de $2 millones; lo cual, según la familia del candidato asesinado, riñe con lo expresado por el testigo protegido de la Fiscalía, quien dijo que el pago fue de $200.000.

Juezas allanadas tras habeas corpus a favor de Wilman Terán

° El allanamiento a las juezas de la Corte Nacional de Justicia, Enma Tapia y Katherine Muñoz, ha sido blanco de críticas por juristas que consideran se ha vulnerado la independencia judicial. Si bien la Fiscalía tiene la potestad de iniciar investigaciones y hacer allanamientos, el abogado Omar Acosta indica que el malestar en el ámbito jurídico es porque el mensaje de la Fiscalía es que: “si hay sentencias desfavorables, en contra de ciudadanos que investiga la Fiscalía, se verán inmersos (lo jueces) en operativos de dicha institución, lo que se ve como una presión de esta entidad ante determinados fallos”.

Las magistradas aceptaron el quinto habeas corpus presentado por Wilman Terán para salir de La Roca. “Más allá de que nos guste o no (el fallo a favor de Terán) es un tema de discrecionalidad e independencia judicial”, señala Estrella. La Jueza Tapia ha detallado que ni el SNAI ni el Ministerio de Salud presentaron elementos suficientes para que Terán continúe en La Roca.

INSTITUCIÓN. La Fiscalía General del Estado cambiará de titular en febrero de 2025.

El crédito directo puede volverse una pesadilla financiera

Uno de los puntos ciegos del endeudamiento en Ecuador son los créditos directos en las casas comerciales. Los requisitos son mínimos, pero la deuda se vuelve una bola de nieve.

Los créditos directos de los ecuatorianos en las casas comerciales son uno de los puntos ciegos del endeudamiento en el país.

A pesar de que estas casas comerciales, que incluyen concesionarias de vehículos , almacenes de electrodomésticos, tiendas retail, entre otros, sí tienen obligación de reportar sus operaciones de crédito directo, menos del 5% lo hace, por ejemplo, a los burós de crédito.

Hasta julio de 2024, la Superintendencia de Compa-

ñías tenía registradas 6.740 empresas autorizadas para hacer ventas con crédito directo en Ecuador (financiamiento con tarjeta de crédito propia del local).

Así, de acuerdo con Carla Baldeón, economista y consultora en finanzas personales, el nivel de endeudamiento de los ecuatorianos, más allá de bancos y cooperativas, es mayor de lo que se cree.

“La Superintendenta de Economía Popular y Solidaria dijo hace un par de semanas que existen ecuato-

Cifras del impacto del crédito directo en Ecuador

° Más del 80% de las casas comerciales se concentra en las provincias de Manabí (428), Guayas (2.100), Pichincha (2.700) y Azuay (225).

° Según el reporte Barómetro del Crédito, elaborado por Equifax y la Universidad Andina Simón Bolívar, las casas comerciales concentran el 41% de los créditos aprobados en el país; mientras los bancos representan el 29% y las cooperativas llegan al 30%.

°El 52% de las operaciones de los créditos directos de las casas comerciales va para personas con ingresos menores a $801, según el Barómetro del Crédito. Un 10% más va para personas con ingresos de menos de $301.

° Uno de los principales clientes de los créditos directos de las casas comerciales son jóvenes, sin experiencia ni historial crediticio.

rianos con hasta 12 créditos simultáneos. Si a eso le sumas la crisis y la poca educación financiera, la situación se puede volver explosiva”, apuntó.

El crédito directo engancha a gran parte de la población, que ha visto reducidos sus ingresos y sus oportunidades laborales , porque ofrece financiamiento con requisitos mínimos (en muchos casos solo con la presentación de la cédula) y con “cuotas pequeñitas” a plazo. Sin embargo, el costo es mayor de lo que parece a simple vista.

Una deuda que crece sin control Como ya ha analizado LA HORA en una entrevista con Jens Thobo-Carlsen, emprendedor tecnológico ecuatoriano, en el país “hay una espiral de deuda, donde las personas cada vez van reemplazando deuda buena por deuda más cara”

Un tipo de deuda cara es precisamente la que se obtiene a través del crédito directo de las casas comerciales. Así, por ejemplo, si una

¿Es más barato financiarse con tarjeta de crédito que con crédito directo?

° Dependiendo de la tarjeta de crédito se puede acceder a pagos de hasta 12 meses sin intereses. En esos casos, se terminará pagando el mismo valor original y no hasta 2,33 veces más como en el crédito directo de las casas comerciales.

Sin embargo, no siempre ni en todo establecimiento se puede diferir sin intereses. Así, cuando se financia con intereses a través de la tarjeta de crédito, el costo aumenta de la siguiente manera:

1Si se financia una refrigeradora de $513 a 12 meses con intereses, se terminará pagando $559,32. Cuotas de $46,61. Esto es 2,1 veces menos que con crédito directo.

2Si se financia una refrigeradora de $513 a 24 meses con intereses, se terminará pagando $604,32. Cuotas de $25,18. Esto es 2,9 veces menos que con crédito directo.

refrigeradora al contado puede costar $513; pero si se la financia a crédito directo, el costo sube cada vez entre más plazo se tenga para pagar:

1

Si se financia a 12 meses, se terminará pagando $1.200, es decir, 2,33 veces más que el valor original. Cuotas de $100 al mes

2

Si se financia a 24 meses, se terminará pagando $1.800, es decir, 3,5 veces más que el valor original. Cuotas de $75 al mes

3

Si se financia a 36 meses, se terminará pagando $2.200, es decir, 4,2 veces más que el valor original. Cuotas de $80 al mes

4

Si se financia a 48 meses, se terminará pagando $2.400, es decir, alrededor de 5 veces más que el valor original. Cuotas de $50 al mes.

Además de una tasa de interés del 16,77%, el crédito directo de las casas comerciales incluye multas por retraso en el pago de entre $3 y $18; y otros cargos como garantías que hacen que el

3Si se financia una refrigeradora de $513 a 36 meses con intereses, se terminará pagando $762,85. Cuotas de $21,19. Esto es 2,8 veces menos que con crédito directo.

El problema radica en que buena parte de los consumidores no acceden a una tarjeta de crédito; pero tienen muchas facilidades para acceder a un crédito directo en casas comerciales.

consumidor termine pagando hasta cinco veces más que el valor al contado.

“Al final se puede crear una bola de nieve que muchas personas no pueden manejar y se complican las finanzas personales y familiares”, puntualizó Baldeón.

En este contexto, Ruth Paspuel, madre de familia, contó que “se dejó enganchar por las cuotitas pequeñitas” y se vio en una situación en la que llegó a tener hasta cinco créditos directos distintos. “Los pagos se me complicaron porque se me juntó con otras deudas”, apuntó. Para las casas comerciales es un buen negocio porque se garantizan un flujo creciente de recursos de todas las cuotitas; pero para el comprador se puede convertir en una pesadilla financiera (JS)

COMERCIO. En Ecuador existen más de 6.000 casas comerciales que dan crédito directo.

Administración del ciclopaseo cambia ante descuido municipal

El ciclopaseo en Quito, a pesar de ser una de las actividades favoritas de más de 15.000 quiteños, tiene grandes fallas. El Municipio lo reconoce. Hay cambios en la administración.

Cada domingo Quito tiene un ritual inevitable al que asisten miles: el ‘Paseo Dominical’ más conocido como ciclopaseo. Un recorrido de 22,5 kilómetros, desde el Parque de Los Recuerdos, en el norte, hasta la terminal terrestre de Quitumbe, en el sur. De 08:00 a 16:00, algunas vías se transforman en una pasarela de bicicletas , patines y caminantes , donde padres enseñan a sus hijos a pedalear, parejas comparten el día y personas mayores salen a ejercitarse.

Aunque el ciclopaseo se disfruta cada semana, existen obstáculos que desafían la experiencia de los usuarios. Esto lo confirmó LA HORAen un recorrido en el que se pudo confirmar que la falta de señalización en varios tramos deja a ciclistas y peatones sin saber por dónde continuar su recorrido. También, la presencia de motos eléctricas se ha vuelto un riesgo. Incluso circulan motos a gasolina sin control alguno de agentes de tránsito

Además, en ciertos puntos, como en la Av. Tarqui, la ausencia de semáforos y la falta de señalización causa momentos de tensión entre los usuarios.

Incluso, a pesar de la promesa de un ciclopaseo hasta las 16:00, la realidad es dife-

Se va a proceder al pago de: DEVOLUCIÓN DE APORTES

Del quien en vida fue: SARGENTO

SEGUNDO DE POLICIA PONCE

SOSA JACQUELINE ELIZABETH

Quienes se creyeren con derecho a éste beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DIAS a contarse de la presente publicación.

SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL 001-003-4751

rente. Funcionarios de la Agencia Metropolitana de Tránsito ( AMT) suelen indicar que el recorrido finaliza a las 14:00 o 15:00, cuando es hasta las 16:00. Esto sucede en sectores como La Magdalena, en el sur, donde se deja a los usuarios inconformes y a medio camino.

Propuestas de transformación El futuro del Paseo Dominical está en debate. La Secretaría de Movilidad de Quito, en cumplimiento con la Ordenanza 194 de 2017, que establece a la bicicleta y la caminata como medios prioritarios de transporte en la ciudad, lidera la Mesa Interinstitucional de Movilidad Sostenible Esta instancia, que reúne a representantes de la Secretaría y a miembros de la sociedad civil , firmó un convenio con la fundación Biciacción. Ellos tienen a su cargo la implementación de un plan de transformación y mejoramiento radical del ciclopaseo, estructurado en cinco fases. Sin embargo, los detalles de estas fases todavía no son conocidos.

Luis Iván Rodríguez, vicepresidente de la Mesa Interinstitucional , explicó que en los dos años de funcionamiento de esta mesa de trabajo han presentado informes detallados sobre el estado del ciclopaseo.

Estos informes, elaborados con la colaboración de técnicos especializados en semaforización , señalización y movilidad, subrayan la “urgencia” de abordar los problemas de infraestructura que afectan la seguridad y eficiencia del recorrido.

Problemas persistentes Karina Gallegos, directora de Movilidad Activa de la Secretaría de Movilidad de Quito, reconoció los problemas que afectan al Paseo Dominical. Entre los desafíos identificados se encuentran la falta de señalización, la invasión de vehículos motorizados en áreas destinadas al paseo y el incumplimiento

En cuanto a las quejas sobre el mal accionar de algunos funcionarios de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), quienes han permitido el ingreso de vehículos en horarios no autorizados, Gallegos señaló que, si bien la Secretaría de Movilidad es la autoridad rectora de los agentes, algunos de ellos han tomado decisiones por cuenta propia, incumpliendo las directrices establecidas.

Gallegos explicó que la Secretaría de Movilidad considera oportuno “transferir la administración y operación” del ciclopaseo a una organización de la sociedad civil.

Actividades comerciales y artísticas

Sin contar con fondos municipales, Biciacción está obligada a buscar financiamiento privado para asegurar la operación y mantenimiento del recorrido. Requiere un mínimo de $200.000 anuales, especialmente en su primer año de gestión.

Rodríguez explicó que la fundación está explorando diversas estrategias para generar ingresos, como la venta de publicidad en lonas y otros materiales durante el ciclopaseo. Además, en colaboración con la sociedad civil, se van a implementar capacitaciones en ciclismo urbano y convivencia vial.

de los horarios establecidos. Los representantes de la Mesa Interinstitucional de Movilidad Sostenible han señalado específicamente la ausencia de señalización horizontal y vertical adecuada, como las bandas de reducción de velocidad en zonas cercanas al ciclopaseo y a la ciclovía, así como la necesidad de implementar semáforos inteligentes con tiempos especiales para el recorrido.

Además, critican la falta de promoción por parte del Municipio sobre los horarios y rutas del ciclopaseo, lo que ha llevado a una confusión generalizada entre los usuarios.

Asimismo, se han establecido alianzas con el Gobierno de la Provincia de Pichincha para ofrecer servicios públicos en el ciclopaseo, como ferias de salud, eventos deportivos y clases de BMX.

Biciacción espera que para la Semana de la Movilidad, que comienza el 15 de septiembre, estos servicios estén completamente operativos.

Uno de los temas que aún está en proceso es la regulación del comercio informal dentro del espacio del ciclopaseo. Actualmente, las ventas no están autorizadas, pero tanto la Secretaría de Movilidad como Biciacción están trabajando en un proceso de reconocimiento y carnetización de los vendedores, en colaboración con la Agencia Metropolitana de Control, para fomentar también la inversión privada. (EC)

MOVILIDAD. El ciclopaseo en Quito necesita mejoras urgentes.

Antichavismo denuncia ‘acoso judicial’ a González Urrutia

La citación de la Fiscalía a Edmundo González Urrutia es “para meterlo preso”, asegura el opositor Andrés Velásquez.

CARACAS. La mayor alianza antichavista de Venezuela, Plataforma Unitaria Democrática (PUD), denunció “acoso judicial” a su abanderado, Edmundo González Urrutia , tras “la reiterada” citación de la Fiscalía, que llamÓ al opositor, por segunda vez para este 27 de agosto de 2024, para rendir declaración en el marco de una investigación en su contra.

“La Plataforma Unitaria Democrática de Venezuela denuncia ante el país y el mundo el acoso judicial al cual está sometido nuestro candidato presidencial”, expresó la PUD a través de X, sin informar si González Urrutia, que fue citado inicialmente para el 26 de agosto , acudió a la convocatoria o mantuvo comunicación con la Fiscalía.

Asimismo, manifestó que la citación “busca justificar” un “ mandato de ejecución ” para “acentuar” la “ persecución ” contra el opositor, que consideran ganó las presidenciales , pese a que el resultado oficial dio como vencedor al mandatario Nicolás Maduro , algo que la PUD considera “fraudulento” y varios Gobiernos extranjeros cuestionan.

La PUD afirma que el ganador de las presidenciales es su abanderado, según el “83,5%” de las actas electorales que dice haber reunido a través de testigos y miembros de mesa, y que fueron divulgadas en una página web, razón por la que la Fiscalía citó al opositor, ante la “presunta comisión de los delitos de usurpación de

funciones y forjamiento de documento público ”, entre otros.

‘Citación es para meterlo preso’

El opositor venezolano

Andrés Velásquez dijo s que la citación de la Fiscalía a González Urrutia, en el marco de una investigación en su contra, es “ para meterlo preso ”.

“Nadie en Venezuela puede tener duda de que la citación la están haciendo para meterlo preso. No hay otra razón ”, afirmó Velásquez durante

una entrevista con el canal digital de televisión VPI.

Agregó que el régimen de Maduro quiso “aplastar la decisión del pueblo venezolano mediante una horrorosa represión”, en referencia a las protestas poselectorales contra el resultado oficial de los comicios, que dejaron 25 muertos -de los que Maduro responsabiliza a González Urrutia-, así como unos 200 heridos y más de 2.400 detenidos , según las autoridades. (EFE)

POLÍTICO. El abanderado de la oposición venezolana, Edmundo González Urrutia. EFE

Juicio N.- 15951-2011-0181

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA. Tena, miércoles 21 de agosto del 2024, a las 16h37

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO CITACION POR LA PRENSA:

PUBLICACIÓN

JUICIO : PATERNIDAD Y ALIMENTOS

NUMERO : 15951-2011-0181

ACTOR : SIMBAÑA ALVARADO LUIS ENRIQUE

DEMANDADO : SIMBAÑA CERDA ANGEL MIGUEL

TRAMITE : SUMARIO

CUANTIA : INDETERMINADA

JUEZ (E) : DR. MARCOS GUERRERO FUENTES, JUEZ ENCARGADO

SECRETARIA : AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN

“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. VISTOS: Tena, miércoles 14 de agosto del 2024, a las 09h55. Ab. Marcos Guerrero Fuentes en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial de Familia con sede en el Cantón Tena, mediante Acción de personal Nro. 0243- UPTH-2024-MA, de fecha 14 de mayo del 2024; AVOCO CONOCIMIENTO de la causa Nro. 2011-0181, en lo principal: 1.- Agréguese al proceso el escrito que presenta el demandado, proveyendo el mismo, una vez que se ha dado cumplimiento a la providencia de fecha 16 de julio del 2024, las 09h34, en consecuencia, de conformidad con la Resolución 03- 2018 del Pleno de la Corte Nacional de Justicia; Oficio No. 1020-P-CNJ-2018 de fecha 2 de agosto de 2018, suscrito por la Dra. María Rosa Merchán Larrea, Presidenta Subrogante de la Corte Nacional de Justicia, y del acápite VII sobre las consultas al procedimiento de la extinción del derecho de alimentos, cuya conclusión dice: “El procedimiento adecuado para extinguir los alimentos en caso de caducidad por cumplir la o el alimentario la mayoría de edad o los 21 años, si ha estado cursando estudios, es una petición ante el mismo Juez, quien se pronunciara luego de escuchar a la otra parte, sin ningún otro tramite”. Por lo dicho, NOTIFÍQUESE al alimentario SIMBAÑA ALVARADO LUIS ENRIQUE con C.C. 1501266603, beneficiario que es capaz para comparecer en la presente causa; a fin de que se pronuncie si se encuentra inmerso en lo que prescribe el Art. Innumerado 4, numeral 3 del Código de la Niñez y la Adolescencia en un término de 10 días, cumplido el mismo se resolverá conforme lo manifestado por la Corte Nacional de Justicia, para la diligencia de NOTIFICACIÓN se la realizara de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, a través de TRES (3) publicaciones en el Diario “LA HORA” con amplia circulación, que se edita en la ciudad de Quito, esto en armonía con el numeral 1 del artículo 56 del COGEP, para cuyo efecto la señora secretaria de esta judicatura elaborará el extracto correspondiente, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publicación se procederá conforme indica la ley. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE....”

Tena, 21 de agosto del 2024.

POVEDA SANTILLAN ELSA MARIELA

SECRETARIA

Militares involucrados en minería ilegal en Imbabura

Cuatro militares en servicio activo fueron detenidos en Imbabura, junto a otras 10 personas, presuntamente custodiando camiones con minería ilegal. Tras la audiencia, los uniformados recibieron medidas sustitutivas a la prisión preventiva.

IMBABURA.- De 16 a 22 años de prisión podrían recibir como sentencia los involucrados en un caso de minería ilegal ocurrido el 26 de agosto de 2024 en Imbabura en la zona de Buenos Aires, cantón Urcuquí.

Los 14 detenidos por la Policía, entre ellos cuatro militares en servicio activo (un teniente coronel y tres cabos) podrían ser sancionados por el delito de actividad ilícita de recursos mineros, tipificado en el artículo 260, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal, con pena privativa de libertad de 16 a 22 años.

“En la madrugada del 26 de agosto, agentes de Policía detuvieron la marcha de tres camiones que transportaban material mineralizado. En su interior se encontraban 14 personas, entre ellas cuatro militares en servicio activo, uniformados y con sus armas de dotación, por esa razón fueron aprehendidos y puestos a órdenes de la Institución para

el inicio de las investigaciones”, afirmaron desde la Fiscalía.

Sin embargo, los militares se defenderán en libertad, ya que en la audiencia, que concluyó la mañana del 27 de agosto, el juez que conoció la causa dictó prisión preventiva para los 10 civiles procesados , mientras para los cuatro integrantes de las Fuerzas Armadas dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.

Respuesta del Ejército

En un comunicado, el Ejército Ecuatoriano afirmó que continuará proporcionando todas las facilidades a las autoridades competentes para las investigaciones de este caso, resaltando que “la institución militar tiene cero tolerancia con todo lo que está al margen de ley, por lo que acciones que van en contra de los valores y principios institucionales y que transgredan el honor y la disciplina, serán sancionadas radicalmente en estricto

cumplimiento a las normativas administrativas disciplinarias vigentes, como las judiciales correspondientes”.

Por su parte, la Fiscalía agregó que se formularon cargos contra todos los involucrados, sobre la base de los elementos de convicción recabados, entre ellos: el reconocimiento de lugar de los hechos (en la parroquia La Merced de Buenos Aires), el reconocimiento de evidencias, el análisis macroscópico preliminar del presunto material aurífero (realizado por la Policía Nacional), el parte policial de aprehensión, las versiones de los agentes que participaron en el procedimiento y las versiones

de los procesados.

Custodiaban el material minero

La Policía detuvo a las 14 personas en medio de un operativo ejecutado la madrugada del 26 de agosto, cuando hizo parar la marcha de tres camiones que viajaban presuntamente custodiados por una camioneta sin placas, ocupada por el teniente coronel Mauricio G. y tres subalternos.

Según la Policía, al parar la marcha de los vehículos, los militares afirmaron que los camiones llevaban material aurífero retenido por ellos Sin embargo, también habrían dicho que el resto de personas que estaban en los vehículos no

Grupos delictivos organizados como los Lobos, según la Policía, están detrás de la minería ilegal en esta zona.

estaban en calidad de detenidos, por lo que levantaron las sospechas de los uniformados.

En total, se encontraron 600 sacos de material minero en los tres camiones, los cuales, afirmó la Fiscalía, ya se encontraba triturado, es decir, que tenía un procesamiento inicial, por lo cual tendría un mayor valor. El oficial detenido, según el portal Código Vidrio, es comandante del Grupo Especial de Comandos GEK-9 de la Brigada de Fuerzas Especiales Patria, destacando que también fue director de Planificación y Gestión Estratégica en la Casa Militar de la Presidencia de la República en 2022, y que estaba asignado a cumplir funciones en Esmeraldas, por lo que Imbabura no era su jurisdicción. (FV)

Con Gabriela Vivanco
DETENIDOS. De los 14 involucrados, hay cuatro militares que recibieron medidas sustitutivas a la prisión preventiva.
LUGAR. La zona de Buenos Aires, en Urcuquí, hace más de cinco años es el epicentro de la minería ilegal en Imbabura. (Foto: Archivo)

Afectados por deslave exigen que se entreguen donaciones embodegadas

Los moradores de Quilloturo afirman que no han recibido donaciones de parte de la Gobernación de Tungurahua.

Afectados por el deslave en Quilloturo aseguran que no recibieron ninguna donación de la Gobernación de Tungurahua por el deslave ocurrido el 16 de junio que dejó 14 personas fallecidas.

Moradores de la zona cero que perdieron todas sus pertenencias durante la emergencia aseguraron que, dos meses después de la tragedi a, aún necesitan ayuda de las autoridades.

Afectados

“Señora Gobernadora, si ha habido cosas para nosotros, deben ser justamente para nosotros para los que perdimos todo, no se va a embodegar”, dijo Gustavo Altamirano, morador de Quilloturo y afectado por el deslave, a propósito de la nota publicada por La Hora Tungurahua el pasado 20 de agosto.

En aquella publicación el denunciante indicó que varios artículos donados por instituciones públicas y empresas privadas permanecían guardados en una oficina de la Gobernación de Tungurahua.

En fotografías y videos tomados por un dron se logró identificar cocinetas, botas de caucho, colas, aguas, entre otros productos empaquetados en fundas y costales.

El denunciante indicó también que algunas de las aguas

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Señora Gobernadora, si ha habido cosas para nosotros, deben ser justamente para nosotros para los que perdimos todo”.

GUSTAVO ALTAMIRANO, MORADOR DE QUILLOTURO Y AFECTADO POR EL DESLAVE.

No hemos recibido nada de la Gobernación de Tungurahua”.

VERÓNICA ROBALINO, AFECTADA POR EL DESLAVE.

y colas donadas para las familias damnificadas son utilizadas durante las ruedas de prensa y reuniones con autoridades provinciales.

“De parte de la Gobernación de Tungurahua nunca se han hecho presentes con las cosas que hemos sabido que han llegado a manos de ellos, no hemos recibido nada”, dijo también Verónica Robalino, afectada por el deslave.

Además, indicó que la mayor parte de ayuda fue recibida desde la Gobernación de Pastaza a quien agradeció por las acciones realizadas.

“Yo quisiera que ella venga y vea la realidad de Qui -

lloturo, mis padres son de la tercera edad y no tienen nada ni un lugar para regresar a ver”, mencionó la mujer entre lágrimas.

Piedad Paredes, también afectada, mencionó que nunca vio ni recibió ninguna donación ni visita de alguna autoridad de Gobernación en zona cero, asimismo, solicitó que las donaciones sean entregadas a las personas que realmente necesitan.

Respuestas Este medio de comunicación solicitó a personal de comunicación de la Gobernación de Tungurahua una entrevista con la Gobernadora, Liliana Trávez, para contrastar la información otor-

sectores de Ambato con disminución de agua este miércoles

La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado comunicó que hoy se procederá con la di sminución programada de l servicio de agua  en 18 sectores de Ambato.

Los sectores afectados por esta disminución del

servicio son: el casco central de Santa Rosa, Yaculoma, sector El Globo, Parque Industrial. Casco central de Huachi Grande, La Libertad, Sagrado Corazón, La Palestina, La Florida, Nueva Vida. El casco central de Montalvo, Amazonas, Camino Real,

Yanahurco, tanque Casigana, Las Orquideas, El Belen, El Bosque y zonas aledañas. Según Emapa el motivo de la disminución del servicio se debe al mantenimiento de los floculadores hidráulicos de la planta de tratamiento Apatug. Esta disminución progra-

EL DATO

El deslave se registró la mañana del 16 de junio de 2024.

gada por los moradores de Quilloturo. Ante esta petición la respuesta fue un documento impreso en el que se menciona que “el 95% de las donaciones recibidas desde algunas gobernaciones del país fueron y están siendo entregadas progresivamente por la primera autoridad de la provincia y el equipo político de Baños de forma directa a las familias afectadas”.

mada será de 08:00 a 18:00, el servicio de agua potable se restablecerá paulatinamente. Se recomienda a los moradores de los sectores tomar las precauciones necesarias para evitar inconvenientes. Los usuarios podrán comunicar  cualquier novedad al 032 99 77 00 opción 2 o al 09 82 35 99 48, números de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ambato (Emapa). (AVI)

Acciones del Municipio de Baños

° Marlon Guevara, alcalde de Baños de Agua Santa, junto a su equipo de trabajo viajaron a Guayaquil para mantener una reunión con Fabián Valdivieso, gerente general de Creamos Infraestructura EP, una de las líneas que tiene el Gobierno Nacional para generar soluciones habitacionales. Guevara pretende buscar mecanismos de solución para garantizar que el Gobierno aplique alternativas viables para la entrega de viviendas de emergencia a las familias que fueron afectadas por los deslaves registrados en la parroquia de Río Verde el pasado 16 de junio del 2024. “Desde el inicio de esta emergencia, estamos presentes en territorio para apoyar a nuestros ciudadanos de las zonas de riesgos, las mismas que no han sido desprotegidas, seguiremos trabajando en beneficio de su seguridad” recalcó el Alcalde.

De igual manera, se menciona que la Gobernadora coordinó acciones con varias instituciones del Estado para la movilización de recursos con el fin de atender la emergencia.

Este documento fue acompañado con un CD que contiene fotografías de las entregas de donaciones en las que no se identifica fecha, hora, ni lugar exacto en las fueron tomadas. (DLH)

SERVICIO. La disminución del servicio se debe a mantenimientos programados.

HECHOS. El deslave dejó 14 personas fallecidas en Quilloturo y El Placer.

Babahoyo recibe seis nuevas maquinarias para obras

Este nuevo equipo caminero va a aportar un mejoramiento a la rehabilitación de varias vías de las zonas de la capital fluminense.

BABAHOYO. La alcaldía de Babahoyo recibió seis nuevas maquinarias para continuar ejecutando obras en la ciudad, entre estas máquinas recibidas por el Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE) están cuatro volquetes para una carga de 16 m3 cada uno, una motoniveladora de 193 HP y una retroexcavadora de 165HP.

La entrega del equipo camionero se llevó a cabo en los bajos del Municipio de Babahoyo, evento que contó con la presencia de habitantes de varios sectores de la localidad y autoridades municipales.

La Eco. Viviana Borja, Gerente de la Sucursal Zonal Litoral del BDE, quien realizó la entrega oficial al Alcalde Gustavo Barquet, manifestó que este nuevo equipo caminero va a aportar un mejoramiento a la rehabilitación de varias vías de las zonas de la capital fluminense.

Por su parte, el burgomaestre Gustavo Barquet, agradeció a las diferentes autoridades que actualmente administran el BDE por haber hecho posible la adquisición de las nuevas maquinarias, que serán de mucha ayuda para continuar ejecutando obras en Babahoyo y en sus diferentes parroquias.

Además, enfatizó que al asumir su administración se encontró con un equipo caminero en mal estado, por lo que de a poco junto a su equipo empezaron a repararlos para trabajar

por la ciudad.

“Hoy me siento muy contento porque hemos logrado lastrar con el equipo caminero antiguo algunos sectores”, expresó Barquet.

También comentó que, con la entrega de este nuevo equipo caminero ayudará a los habitantes de Babahoyo, pero sobre todo a los ciudadanos de las zonas rurales.

“Estamos trabajando y avanzando de a poco ya que nadie puede solucionar los problemas de un cantón en cuatro años, ni siendo el mejor alcalde”, expresó el burgomaestre

Obras

Asimismo, mientras se dirigía hacia los presentes reveló que en los próximos días se iniciarán los traba-

jos de regeneración en la Av, General Barohona, trabajos que se ejecutarán desde la calle Flores hasta la Roldos. Otros sectores que también serán intervenidos por la alcaldía son San Vicente, El Guayabo, Las Cañitas, La Fortuna, Limonal,

entre otros.

La alcaldía ciudadana con los trabajos de lastrado ha beneficiado a cientos de familias de 12 sectores de la ciudad y algunas calles de las parroquias como La Unión, Caracol y Pimocha. (KAT)

Fortalecen medidas contra la Viruela del Mono

El lunes 26 de agosto, en el marco de la sesión de la Mesa Técnica de Salud del COE cantonal de Valencia, las autoridades locales se dieron cita para analizar y reforzar las estrategias de prevención y control de la Viruela del Mono. El encuentro, liderado por el alcalde y presidente del COE cantonal, Ing. Daniel Macías López, reunió a representantes de diversas instituciones, incluyendo el Ministerio de Salud Pública (MSP), las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, el Cuerpo de Bomberos, y las áreas de Gestión Ambiental, Gestión de Riesgos y Desarrollo Social. La reunión estuvo enfocada en la necesidad de implementar acciones preventivas ante la amenaza de la Viruela del Mono, a pesar de que no se han detectado casos en el cantón hasta el momento. Además, se destacó la importancia de la colaboración entre las distintas entidades para asegurar una respuesta rápida y efectiva ante cualquier eventualidad relacionada con la salud pública. (IC)

SALUD. Mesa Técnica de Salud del COE cantonal de Valencia.
EQUIPO. Las seis nuevas maquinarias de Babahoyo entregadas por el Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE).

RESULTADO.

EL DATO

Se investiga la procedencia y destino del alcaloide decomisado, que estaba membretado con la leyenda ‘2 fast 2 furicus’

En lo que va del año, en el país se han decomisado más de 190.000 toneladas de droga, un 23% más que en el mismo periodo de 2023.

Narco, nuevamente golpeado en Santo Domingo de los Tsáchilas

En la provincia Tsáchila, se han decomisado más de seis millones de dosis de drogas y detenido a tres personas en la última semana.

Por segunda semana consecutiva, la Policía Nacional arremete contra el narcotráfico en Santo Domingo de los Tsáchilas

Durante la madrugada de ayer, martes 27 de agosto, se descubrió una fuerte cantidad de droga encaletada en el doble fondo de una camioneta.

El operativo ‘impacto 036’

inició a las 02:40 en el baipás de La Concordia, donde los uniformados interceptaron la narcocamioneta.

En total, se decomisaron 125 paquetes, cuyo embalaje estaba membretado con la leyenda ‘2 fast 2 furicus’. Ahora se investiga qué cartel está identificado con este texto.

Beatriz Benavides, co -

mandante en la subzona de Santo Domingo de los Tsáchilas, indicó que se realizó la prueba preliminar de campo para determinar que la sustancia decomisada era clorhidrato de cocaína Todavía no se ha determinado el lugar de destino, pero si esta droga salía al extranjero, podría alcanzar un valor económico de 3 millones 750 mil dólares.

La persona que la transportaba fue identificada como Fausto Guillermo C., quien no registra antecedentes y ahora quedó a órdenes

Hallan sin vida a Jonathan Carbo en El Carmen

Jonathan Alcides Carbo Cedeño fue encontrado en avanzado estado de descomposición en el costado de la vía que conduce a la zona rural de Santa María, en el cantón El Carmen, provincia de Manabí.

La familia de la víctima lo había reportado como desaparecido porque hace varios días no tenían noticias sobre su paradero, y se conmocionaron al enterarse del deceso.

Los restos de Jonathan, de 32 años, estaban en medio de la maleza, aproximadamente

a cuatro metros de la carretera y ya emanaba olores nauseabundos

Procedimiento

Personal de la Policía Nacional acudió al lugar para verificar el caso e inmediatamente solicitó la presencia del personal especializado en estas emergencias.

Los agentes realizaron el levantamiento del cadáver para que fuera trasladado al Centro Forense de Santo Domingo , donde se realizó la autopsia correspondiente.

DATO

No hay una hipótesis clara sobre lo acontecido, pero tampoco se descarta que se haya tratado de una muerte violenta . Los uniformados recabaron indicios para comenzar los trabajos que permitan esclarecer este lamentable acontecimiento. (JD)

de las autoridades judiciales para afrontar el procedimiento legal.

Golpes continuos

En lo transcurrido del 2024 ya se contabilizan alrededor de cuatro golpes fuertes en contra del narcotráfico que opera en la provincia. Se ha comprobado que en esta localidad hay puntos de acopio para la distribución interna y que las redes estatales son utilizadas como rutas por los narcos para transportar estupefacientes hacia los puertos

costeros de Ecuador, donde contaminan contenedores con el objetivo de sacarlos al extranjero.

Investigación

La semana anterior, también se hizo un allanamiento en la comuna San Gabriel del Baba, donde decomisaron cinco millones de dosis de droga.

Se llevan a cabo investigaciones para determinar si los casos están relacionados con un mismo cartel, pero hasta el momento no hay resultados. (JD)

PROCEDIMIENTO. El cuerpo fue ingresado al Centro Forense de Santo Domingo.

Jonathan Carbo Cedeño, tenía tres días desaparecido.
La última droga estaba encaletada en la camioneta.

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NACIMIENTO DE BISONTE AMERICANO DA ESPERANZA A SU ESPECIE

En medio de la lucha por preservar al bisonte americano, una de las especies en peligro de extinción, en el norteño estado mexicano de Nuevo León nació una cría de este animal en el Bioparque Estrella, una reserva natural de más de 300 hectáreas, donde también habitan otras especies como cebras y jirafas. EFE

REVISTA JUDICIAL

EFECTOS DE LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Introducción Han transcurrido 12 años desde que la Constitución de Montecristi entró en vigencia y considero que todavía seguimos “en pañales” respecto a la teoría del precedente, o como lo denomina erróneamente nuestra Constitución, jurisprudencia vinculante.

De la lectura de diferentes

sentencias de las distintas Cortes Constitucionales del Ecuador, se verifican bastantes contradicciones tanto en la obiter dicta como en la ratio decidendi. En Ecuador, pese a que una de sus fuentes del derecho más importantes es la jurisprudencia, no nos hemos dedicado mayormente al desarrollo de una teoría sólida ni al estudio serio de la misma. Quizás se deba a que aún estemos intelectual -

mente abrazados al imperio de la ley, y no al constitucionalismo contemporáneo.

En consecuencia, como ya lo sostuve en un artículo anterior publicado en Derecho Ecuador, continúa la confusión sobre el carácter y alcance del precedente constitucional, a tal punto que algunas personas afirman que, por ejemplo, una sentencia de primer grado de una acción de protección ya constituye ju-

risprudencia vinculante. El propósito de este breve artículo es desmitificar dichos criterios infundados, que incluso ha sido enseñados en Facultades de Derecho.

Carácter y alcance de la jurisprudencia de la Corte Constitucional

¿Qué significa que la jurisprudencia es vinculante? Significa simplemente que es de cumpli-

CONSULTA CIVIL

¿Cuándo no cabe el auto definitivo de prescripción en el caso que existan dos períodos de labores?

RESPUESTA

En estos casos, evidentemente la excepción de prescripción es parcial en la medida que solo afecta al reclamo de determinados derechos, y la o el juzgador debería resolverlo de esa manera, pero aquello no significa que todas las pretensiones puedan ser rechazadas a la luz de esa excepción de prescripción, debiendo entonces pronunciarse respecto de los demás reclamos.

Por tanto no cabe que el juzgador dicte un auto definitivo de prescripción en relación a la totalidad de las pretensiones, sin entrar a considerar aquellas que no están prescritas, ya que aquello constituiría una violación del derecho de acceder a la justicia y obtener de la misma una tutela efectiva de los derechos, conforme lo dispone el Art. 75 de la Constitución.

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008
La Hora QUITO, ECUADOR
Autor: Ab. Paolo Vega López
La Hora QUITO, ECUADOR

miento obligatorio. En sentido amplio, toda sentencia es vinculante, ya que su acatamiento es de obligatorio acatamiento; no obstante, las diferencias de las sentencias de un juez ordinario o constitucional a quo o ad quem con las de la Corte Constitucional versan en sus efectos o alcances; es decir, ¿para quién o quiénes es vinculante?

Para contestar dicha pregunta, es necesario aclarar lo que es un precedente. Afirmaré que no es lo mismo precedente que jurisprudencia, pese a que nuestra Constitución en el artículo 436, numeral 6, señala que una de las atribuciones de la Corte Constitucional es expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante. Sin embargo, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en el artículo 2, numeral 3, “corrige” y no habla de jurisprudencia, sino de precedente.

Al respecto, Michelle Taruffo explica lo siguiente:

“En efecto, el verdadero precedente se encuentra constituido o puede encontrarse constituido, por una decisión que posteriormente es considerada como una regla que también se aplica a los casos siguientes. En cambio, la jurisprudencia se encuentra constituida por un conjunto de decisiones que incluso puede ser numeroso y pueden incluir cientos o miles de sentencias sobre las mismas cuestiones de derecho”.

Álvaro Núñez, en cambio, amplía la definición del precedente:

“(…) por «precedente» entenderé aquellas decisiones jurisdiccionales que resuelven algún caso genérico o individual, y a las que se les reconoce eficacia no únicamente inter partes”.

Y Pamela Aguirre, lo conceptualiza de la siguiente manera:

“Por precedente constitucional se alude a la ratio decidendi, constituida como el razonamiento fundante que sustenta la resolución del caso concreto (…)”. De la transcripción realizada, se colige claramente que el precedente se constituye dentro una sentencia, mientras que la jurisprudencia es la conformación varias sentencias. Por eso podría afirmarse que es contradictorio hablar de jurisprudencia (varios fallos) vinculante de la Corte Constitucional, cuando en realidad debería denominarse precedente, ya que una sola sentencia es suficiente para que el precedente constituido sea observado obligatoriamente. Asimismo, de acuerdo a la

definición de Álvaro Núñez, la decisión judicial no sólo afecta de manera positiva o negativa a las partes involucradas en el proceso, sino que tiene otros alcances.

La Corte Constitucional del Ecuador, en la sentencia No. 031-09-SEP-CC, explica los distintos tipos de alcances que la jurisprudencia vinculante que expiden, pueden tener:

“ a) Efectos inter partes: es decir, que vinculan, fundamentalmente a las partes del proceso.

b) Efectos inter pares: una sentencia de esta naturaleza supone que la regla que ella define debe aplicarse en el futuro, a todos los casos similares.

c) Efectos inter comunis: es decir, que alcanzan y benefician a terceros que no habiendo sido parte del proceso, comparten circunstancias comunes con los peticionarios de la acción.

d) Estado de cosas inconstitucionales, por la cual ordena la adopción de políticas o programas que benefician a personas que no interpusieron la acción de tutela”.

La Corte Constitucional omitió referirse al efecto erga onmes; es decir, que su eficacia es general, frente a todos, y esta puede ser de manera pasiva o activa.

A continuación, realizaré un breve análisis de cada uno de los efectos precitados.

Efectos inter partes

Es menester aclarar que los efectos inter partes se correlacionan a la decisum de la sentencia. La decisum es la resolución que dicta el juez o tribunal con afectación para las partes procesales: legitimado activo, legitimado pasivo, y de ser el caso, terceros interesados. Entonces, no es lo mismo la decisum que el precedente.

También existe confusión sobre el precedente y la sentencia. La sentencia es el documento íntegro expedido por el juez; el

HABIÉNDOSE PUESTO EN NUESTRO CONOCIMIENTO EL EXTRAVÍO DEL CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO N° 05001DPV055620-5 EMITIDO POR EL BANCO BOLIVARIANO

C.A. CON VENCIMIENTO 21/08/2024

001-005-2253

precedente, no. Álvaro Núñez lo expresa de la siguiente manera: “En síntesis, aquello que sería vinculante de la decisión jurisdiccional sería la ratio deciden-di, considerándose el resto obiter dicta sin valor vinculante”.

Un criterio similar mantiene Michelle Taruffo:

“A propósito, la doctrina del precedente distingue entre ratio decidendi, es decir la regla de derecho que constituye el fundamento directo de la decisión sobre los hechos específicos del caso, y obiter dictum, o sea todas aquellas afirmaciones y argumentaciones que se encuentran en la motivación de la sentencia pero que, no obstante su utilidad para la comprensión de la decisión y de sus motivos, no constituyen parte integrante del fundamento jurídico de la decisión”.

Pero va más allá y afirma que:

“(…) la ratio que solamente puede tener eficacia de precedente. Los obiter dicta no tienen ninguna eficacia y no pueden ser invocados como precedente en la decisión de casos sucesivos, ya que no han condicionado la decisión del caso anterior”.

Es de similar criterio Pamela Aguirre:

“Sobre esta conceptualización, se asimila a la ratio decidendi con el precedente, dado que lo que obligatorio y vinculante es el criterio principal que sustenta la resolución del caso, y no aquellos argumentos de apoyo, o dicho de paso –obiter dicta- que simplemente son indicativos y no revisten de tal obligatoriedad”.

Entonces, si tratamos de sintetizar a Aguirre, Taruffo y Núñez, podemos aseverar que el precedente únicamente constituye la ratio decidendi, siendo eso lo vinculante para casos fu-

TÍTULO EXTRAVIADO

Queda anulado el titulo de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 2585 No. de acciones: 2 Propietario:

MARY ISABEL IGUARAN MARTINEZ

El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 26 de agosto del 2024

turos análogos. Con eso, queda claro que el precedente no es toda la sentencia, ni todo el análisis jurídico, sino el fundamento vertebral de ella; es decir, la ratio decidendi.

Una vez que ha sido aclarado el tema del precedente con el de la sentencia, vale señalar cuáles son las sentencias que tienen efectos inter partes.

Por regla general, todas las decisiones expedidas mediante control concreto de constitucionalidad son vinculantes inter partes; estas decisiones son las que se toman a través de las garantías jurisdiccionales prescritas desde el artículo 86 hasta el 94 de la Constitución, y la detallada en el artículo 436, numeral 9 de la referida norma.

No obstante, se debe tener en cuenta que, si bien es cierto que la decisum es para las partes procesales, se sobreentiende que también es para casos análogos futuros (efectos inter pares), ya que, si el caso A (anterior) es similar al B (posterior), se deduce que debe ser resuelto (decisum) de igual manera.

Finalmente, cuando la Corte Constitucional conoce una acción extraordinaria de protección, no significa que no pueda

emitir reglas con efectos erga omnes, inter comunis o estado de cosas inconstitucionales; por disposición legal, también tendrán efectos inter pares, de acuerdo al artículo 143, numeral 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Efectos erga omnes Los efectos erga omnes, por regla general, surten a través de las decisiones expedidas mediante control abstracto de constitucionalidad, de conformidad a lo reglado por el artículo 96, numeral 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Las acciones objeto de control abstracto son, por ejemplo, acciones de inconstitucionalidad, control constitucional de enmiendas, reformas y cambios constitucionales, control constitucional de estados de excepción, control constitucional de omisiones normativas, entre otras.

No obstante, mediante una acción extraordinaria de protección, la Corte Constitucional puede desarrollar reglas jurisprudenciales de carácter

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erga omnes. Para ello, pueden remitirse a la sentencia No. 001-10-PJO-CC, para que tengan una idea.

A diferencia de los efectos inter partes, los precedentes con efectos erga omnes no se limitan a regular la situación fáctica de las contrapartes, sino que tienen un alcance universal. Es necesario aclarar también que no es lo mismo la regla jurisprudencial que la ratio decidendi. La regla jurisprudencial es desarrollada de manera expresa por la Corte Constitucional con los efectos que esta considere que deban contener. La ratio decidendi, en cambio, es un constructo infaltable en una decisión jurisdiccional; es el argumento medular, y siempre es de efectos inter pares.

Cabe resaltar también que los efectos erga omnes naturalmente se aplicarán para “(…) todas las situaciones jurídicas que se presentan sobre ese punto de Derecho”. Cabe preguntarse: si los efectos erga omnes son para “todos”, ¿qué se entiende por “todos”? Entendería que es para todos aquellos que se encuentren en una situación similar, existiendo nuevamente una confusión sobre el mar-

co diferenciador de los efectos erga omnes con los inter pares. Efectos inter pares

El efecto que encaja a la perfección dentro de la teoría del precedente es el inter pares, ya que la aplicación del precedente, tal como lo explicaron Taruffo y Núñez, es para casos futuros análogos. Ese es el espíritu del precedente, el cual está fundamentado en el principio stare decisis, el cual, de acuerdo a la sentencia No. 139-15-SEP-CC:

“(…) constituye un elemento conductor para la decisión del venidero caso análogo, pues, las decisiones anteriormente adoptadas por la misma Corte Constitucional, como regla, obliga a respetar sus propios precedentes para mantener la coherencia en las argumentaciones y soluciones enunciadas en aras de la uniformidad”.

Esto tiene su razón de ser: si en el caso A se resuelve X, y el caso B es similar al caso A, se concluye que en el caso B se debería resolver también X. Esto, además, constituye un candado para que se ratifique el respeto al derecho a la seguridad jurídica, y produzca confianza en el ciudadano para que sepa que su

caso, que es similar a uno que antecedió, se deberá resolver de igual manera.

Al respecto, cabe destacar tres cosas: primero, el precedente a cumplir es la ratio decidendi; segundo, los casos deben ser análogos en materia de hechos, y; tercero, si la Corte Constitucional considera que el precedente se encuentra por alguna razón errado, de manera fundamentada podrá alejarse de ese y construir uno nuevo, pues así lo permite el artículo 2, numeral 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Asimismo, la precitada Corte puede expedir reglas jurisprudenciales con efectos inter pares dentro de las sentencias que expida mediante control concreto de constitucionalidad. Para este caso, véase la sentencia No. 030-18-SEP-CC.

Ahora, cabe preguntarse, ¿tiene sentido haber desarrollado los efectos inter pares?

sí se podría ver afectado directamente por el fallo dictaminado.

• El amicus curiae no puede aportar prueba, mientras que el tercero coadyuvante, sí.

• El amicus curiae puede intervenir en favor del accionante o accionado, mientras que el tercero coadyuvante sólo a favor del accionado.

Queda claro que el amicus curiae no es parte procesal, pero, ¿al tercero coadyuvante sí podría catalogárselo como tal?, ¿la Corte Constitucional puede dictar algún tipo de reparación integral para que el tercero coadyuvante cumpla?

La Corte Constitucional de Colombia, en cambio, sí se ha preocupado por desarrollar el efecto inter comunis, la cual, mediante sentencia T-149/16, la cual explica y advierte:

Si el espíritu del precedente es que este se aplique para casos futuros análogos, ¿cuál es la razón de ser del efecto inter pares? Sigue una suerte de redundancia, ya que, por la naturaleza del precedente, éste automáticamente es aplicable para casos análogos.

Efectos inter comunis

Señala la Corte Constitucional ecuatoriana que el efecto inter comunis alcanzan y benefician a terceros que, no habiendo sido parte del proceso, comparten circunstancias comunes con los peticionarios de la acción. Esto quiere decir que, a diferencia del efecto inter pares, el cual debe ser alegado mediante la deducción de una acción constitucional, el inter comunis puede ser aplicado de oficio por el juzgador.

Ahora, cabe preguntarse, ¿a qué terceros alcanza esta clase de efecto? La Corte no ha sido clara, pero la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en su artículo 12 desarrolla dos clases de terceros dentro de una causa constitucional: el amicus curiae y el tercero coadyuvante.

La legislación y la Corte Constitucional no han desarrollado mayor cuestión respecto a estas dos figuras procesales, pero de la lectura del artículo mencionado, se puede concluir lo siguiente:

• El amicus curiae mantiene un interés indirecto, ya que sólo puede aportar fundamentos jurídicos para ayudar a resolver al juez, el tercero coadyuvante

tos excepcionales en los cuales los límites de la vulneración deben fijarse en consideración tanto del derecho fundamental del tutelante como del derecho fundamental de quienes no han acudido a la tutela, siempre y cuando se evidencie la necesidad de evitar que la protección de derechos fundamentales del accionante se realice paradójicamente en detrimento de derechos igualmente fundamentales de terceros que se encuentran en condiciones comunes a las de aquel frente a la autoridad o particular accionado.

“(…) esta Corte ha proferido numerosas sentencias de tutela a las que ha dotado de efectos que tienen un alcance mucho mayor al meramente inter partes, cuando advierte, en un determinado asunto, que amparar exclusivamente los derechos invocados por quien promueve la acción, sin considerar los efectos que tal decisión tendría respecto de quienes en circunstancias comunes no acudieron a dicho mecanismo, podría implicar el desconocimiento de otras garantías fundamentales. (…)

Existen circunstancias especialísimas en las cuales la acción de tutela no se limita a ser un mecanismo judicial subsidiario para evitar la vulneración o amenaza de derechos fundamentales solamente de los accionantes. Este supuesto se presenta cuando la protección de derechos fundamentales de los peticionarios atente contra derechos fundamentales de los no tutelantes. Como la tutela no puede contrariar su naturaleza y razón de ser y transformarse en mecanismo de vulneración de derechos fundamentales, dispone también de la fuerza vinculante suficiente para proteger derechos igualmente fundamentales de quienes no han acudido directamente a este medio judicial, siempre que frente al accionado se encuentren en condiciones comunes a las de quienes sí hicieron uso de ella y cuando la orden de protección dada por el juez de tutela repercuta, de manera directa e inmediata, en la vulneración de derechos fundamentales de aquellos no tutelantes.

En otras palabras, hay even-

(…) los efectos inter comunis pueden definirse como aquellos efectos de un fallo de tutela que, de manera excepcional, se extienden a situaciones concretas de personas que, aun cuando no promovieron el amparo constitucional, se encuentran igualmente afectadas por la situación de hecho o de derecho que lo motivó, producto del actuar de una misma autoridad o particular, justificado en la necesidad de dar a todos los miembros de una misma comunidad un trato igualitario y uniforme que asegure el goce efectivo de sus derechos fundamentales”. Además, concluye la Corte Constitucional colombiana que la no aplicación es esta clase de efecto, acarrearía vulneración del principio a la seguridad jurídica.

Para que puedan observar la actuación de estas dos clases de terceros y la aplicación tácita de efectos inter comunis en un caso ecuatoriano, revisen la causa No. 09332-2019-13916.

Estado de cosas inconstitucionales

Quizás sea este el efecto menos desarrollado por esta Corte. Este implica la adopción de políticas o programas que benefician a personas que no interpusieron la acción de tutela. La pregunta obvia que nos formularíamos sería: ¿cuál es la diferencia entonces, entre el efecto inter comunis y el estado de cosas inconstitucionales?

Tal vez sea el objeto de alcance: este último se concentra exclusivamente en la implementación de políticas, mientras que el inter comunis en la persona. Un ejemplo puede ser las políticas ordenadas a desarrollar en la sentencia No. 3-9-JP/20 y acumulados, mediante la cual la Corte Constitucional ecuatoriana dispone una serie de medias y programas a implementar en aras de la protección de los derechos de las embarazadas y

lactantes:

“Disponer que todas las instituciones públicas, donde trabajen mujeres en edad fértil, implementen lactarios y, donde existan más de veinte (20) personas que ejercen el cuidado, hombres o mujeres, implementen centros de cuidado infantil, guarderías o garanticen la disponibilidad del servicio de cuidado infantil cercano al lugar de trabajo, en el plazo de un año a partir de la emisión de esta sentencia. Para lo cual, contarán con la orientación del ministerio encargado de la salud, el de inclusión, de relaciones laborales y el Consejo Nacional para la Igualdad de Género. En el plazo de 6 meses se informará a esta Corte el plan para la ejecución de esta medida”.

Esta medida beneficiará no solamente a las accionantes, sino a aquellas que nunca demandaron, pero que, en caso de ser lactantes, podrán amamantar a sus hijos en uno de estos centros.

Como se puede observar, el enfoque es la política pública, el medio institucional que se desarrollará para la tutela de derechos.

Regla especial de vinculatoriedad

La Corte Constitucional del Ecuador expidió en marzo de 2020 la sentencia No. 1035-12EP-/20, donde explica la excepcionalidad de la vinculatoriedad de las sentencias de primer y segundo nivel en materia constitucional:

“17. Los precedentes pueden ser, o bien, verticales, cuando provienen de una decisión judicial adoptada por un órgano jerárquicamente superior al de referencia, o bien, horizontales, cuando provienen de una decisión adoptada por un órgano del mismo nivel jerárquico que el de referencia. El argumento del accionante, entonces, invoca la aplicación de un supuesto precedente horizontal.

19. En opinión de la Corte, en cambio, el precedente horizontal auto-vinculante es una necesidad racional y jurídica. Dicha auto-vinculatoriedad quiere decir que el fundamento (centralmente, la ratio decidendi) en cuya virtud una decisión judicial ha sido tomada por los jueces que componen un cierto tribunal obliga a esos mismos jueces cuando, en el futuro, tuvieren que resolver un caso análogo; de manera que dichos jueces pueden apartarse de su propio precedente solo si lo justifican suficientemente. Esto es

así porque, si bien un juez resuelve casos singulares, debe universalizar el fundamento de sus decisiones para casos análogos futuros: resultaría irracional y contrario al derecho fundamental a la igualdad formal si un juez que, en el caso A, ha dicho que debe hacerse X por darse las circunstancias 1, 2 y 3, posteriormente, en el caso B, sostuviera lo contrario ante esas mismas circunstancias y sin justificar su cambio de opinión”.

Si bien es cierto que, en materia constitucional, el único órgano que puede expedir jurisprudencia vinculante (precedente) es la Corte Constitucional, el extracto de la sentencia transcrita es claro: constituye precedente la ratio decidendi de las sentencias de primer y segundo nivel únicamente para el juez o tribunal que la emitió, y deberá aplicarla para casos análogos futuros.

Conclusiones

Es evidente que a la actualidad no existen reglas claras respecto a los efectos ya analizados. Asimismo, es claro que, pese a los 12 años de vigencia de la Constitución de Montecristi, no se ha desarrollado mayor doctrina referente al precedente, cuando este ha cobrado inclusive mayor importancia que la ley.

También es necesario señalar que, debido a la poca importancia o falta de comprensión del precedente, se ha generado una inseguridad jurídica incalculable, ya que existen cientos de fallos y muchos de esos contradictorios, creando confusión y caos al momento de querer aplicarlos. Por suerte, la Corte Constitucional vigente se ha preocupado por expedir mensualmente boletines de los fallos que resuelven, lo cual se constituye en ventaja, porque se puede revisar de manera hilvanada los precedentes que expiden.

Como aún mantenemos el chip del positivismo puro, tal vez por eso los abogados ni los jueces saben aplicar los precedentes, creyendo, por ejemplo, que la obiter dicta constituye el precedente; ese es un error muy común que he podido observar en los juicios.

Son pocos los juristas que se han tomado muy en serio este tema; no obstante, ese interés debe irradiarse dentro de la cultura jurídica ecuatoriana. Todos los abogados y servidores públicos debemos conocer los precedentes y saber aplicarlos, ya que la Corte Constitucional a diario toma decisiones para la sociedad y su inaplicación, pue-

de afectar derechos y podría acarrear sanciones y destituciones. Finalmente, Xavier Rodas en su obra “Estrategia Metodológica para la aplicación de la Jurisprudencia Constitucional”, condensa de manera asertiva recomendaciones que, si bien es cierto, están dirigidas a los jueces, considero que todos deberíamos observar al momento de querer aplicar el precedente constitucional; procederé a citar algunas:

• Argumentar no ya desde las normas, sino desde los hechos relevantes.

• No basta con citar mecánicamente la jurisprudencia, es indispensable, además, conocer su estructura casuística y de la relativa indeterminación de la regla jurisprudencial, así como de su ámbito de aplicación concreto, puesto que los preceptos jurisprudenciales no tienen la misma estructura que las reglas legales, y de ahí su dificultad.

• Identificar la ratio decidendi,

el argumento principal, verificando el nexo que este argumento central tiene con lo resuelto.

• Citar la jurisprudencia aplicable al caso previo análisis de la estructura casuística y evaluando la relativa indeterminación de la regla jurisprudencial y ámbito de aplicación concreto”.

1 Taruffo, Michelle. Consideraciones sobre el Precedente, en Revista Ius Set Veritas, núm. 56, año 2016, pág. 332.

2 Núñez Vaquero, Álvaro. Sin Precedentes: Una Mirada Escéptica la Regla del Stare Decisis, en Revista Doxa, núm. 39, año 2016, pág. 130.

3 Aguirre, Pamela. El Precedente Constitucional: La Transformación de las fuentes del ordenamiento jurídico, pág. 185.

4 Ibid, pág. 131.

5 Ibid, pág. 91.

6 Ibid, pág. 91.

7 Ibid, pág. 185-186.

8 Oyarte, Rafael. Derecho Constitucional, pág. 1001.

9 Rodas, Xavier. Estrategia Metodológica para la Aplicación de la Jurisprudencia Constitucional, págs. 156-163.

D.M. Quito 27 de agosto del 2024

CONVOCATORIA

Se convoca a los accionistas de la OPERADORA DE TRANSPORTE PUBLICO RUTA VIVA RUTVITRANSA S.A., a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se realizará el día 09 de septiembre 2024 a las 10:30 AM, en la sede de la compañía ubicada en la calle Vicente Rocafuerte y Álava.

Para la conexión telemática el enlace en la plataforma zoom. https://us04web.zoom.us/j/3074397211?pwd=bdNEnmaVopSgxRu6VbbM lUegScga1k.1&omn=78067633124

ID de reunión 307 439 7211

Código de acceso 1234

Para la votación de los asistentes a la reunión por vía telemática lo deben hacer al correo electrónico ciaruvitransa2017@hotmail.com nombres, apellidos, número de cedula y su votación, hasta dos horas después de finalizada la junta general.

Con la finalidad de tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quorum

2. Conocimiento y Aprobación de la renuncia presentada por el sr. Presidente

3. Nombramiento de Presidente

4. Nombramiento de Jefe de Operación

5. Análisis y Resolución sobre la situación actual de la operación y prestación del servicio de transporte público.

6. Nombramiento de Comisiones

Nota. - Convocatoria que se la realiza bajo las prevenciones legales contempladas en el art. 14 del Estatuto Social, en concordancia con el art. 237 de la Ley de Compañías, en tal razón, la Junta se instalará puntualmente a la fecha y hora señalada.

ATENTAMENTE,

Beatriz Marlene Cuascota Hipo

Gerente General RUTVITRANSA S.A.

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