Nacional: 09 de septiembre, 2024

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Francesco Tabacchi busca conectar con el elector más joven 3

Glas movía los hilos de la bancada correísta

Al caso Plaga se suman los archivos encontrados en los dispositivos del exvicepresidente de la República, Jorge Glas. Las computadoras incautadas en la detención a la Embajada de México y la laptop de su exasesora Soledad Padillla, muestran las reuniones de Glas con la bancada de la Revolución Ciudadana. 5

ECONOMÍA Renovación llega gota a gota a los partidos políticos 4

Las reservas del fondo de jubilación del IESS están en riesgo 6

Maduro cierra más el puño y manda a Edmundo González al exilio 9 GLOBAL

MANUEL CASTRO M. manuelcastromurillo@hotmail.com

Locuras y resignación

Algunos

consideran que el problema electoral es que hay demasiados candidatos presidenciales que son subvencionados. Otros, niegan algún valor a los candidatos porque no son ellos los candidatos. Los más sesudos porque tienen arreglados sus problemas económicos. Los jóvenes porque tienen otras distracciones; los viejos porque se apenan de no ser jóvenes. El análisis lleva a lo que sostenía Voltaire: “Toda secta (o partido político) es una bandera de error. No hay sectas en la geometría”.

En un artículo escrito para la prensa, en 2001, por Bernard Fougeres (1934-2018), con humor comenta que cuando sucedió el diluvio universal también se ahogaron los que sabían nadar y que los que terminan en la hoguera no son los herejes sino aquellos que prenden las llamas. Con mucha sal dice que en el Ecuador no se puede creer en la derecha, ni en la izquierda, pues los políticos se volvieron hemipléjicos; y que sembramos burócratas y cosechamos impuestos.

Siguiendo esa forma divertida de pensamiento ¿Cuál sería la peor desgracia? ¿Qué nos quiten la próstata o que nos quiten el celular? Fougeres recordó que Regan ya viejo, en 1988, dijo: “Envejecer supone dos cosas: la primera es perder la memoria; la segunda…no me acuerdo”. Con su clásico humor francés afirma que, en cambio, le espanta lo que confesó el Duque de Morny al cumplir 80 años: “Tenía cuatro miembros flexibles y uno rígido. Ahora tengo cuatro rígidos y uno flexible”.

Fougeres ve un Ecuador de comedia y parece que sigue igual, pues el entusiasmo por exigir cambios sin aportar nada sigue en auge, lo que prospera es la deshonestidad y el oportunismo, acompañados de quejas al Estado. Ahora las dictaduras son dictaduras no dictablandas (Maduro, Ortega, Díaz-Canel, y un aspirante prontuariado, casi belga). El comentario es que si se acaban las dictaduras ¿cómo van a subsistir los paraísos fiscales?, antes los bancos suizos. No queda más que resignarnos, aunque aquello dicen que es un suicidio cotidiano.

¿Cuál democracia?

Libertad, igualdad y confraternidad, fue la consigna de la Francia ilustrada para proclamar la revolución. Había llegado la hora de poner fin al Estado absolutista despótico y arbitrario. Los pueblos debían romper el yugo monár-

EDITORIAL

La pugna de poderes solo los beneficia a ellos

La separación de poderes en Ecuador se ha vuelto letra muerta. A tal punto, que en los últimos días, asambleístas del partido de gobierno, impusieron un recurso constitucional y ahora una denuncia penal, para que la Asamblea Nacional no intente tumbar a su ministra de Gobierno y a la Fiscal General primero, sin antes pasar por tres ministros del gobierno anterior. Todos contra todos.

Esto, a pesar de que existe una sentencia de la Corte Constitucional que la impide de pronunciarse en asuntos de orden legislativo. La lógica política, entonces, los llevó al ámbito penal y al Contencioso Electoral, alegando “violencia política de género”.

Mientras, la Fiscalía continúa recabando testimonios anticipados que cada vez empañan más a la Justicia. Se ve, entonces, que no son solo los narcotraficantes, los “grandes” políticos, ni los cri-

minales los que pagan jueces para salirse con la suya, sino ciudadanos con posiciones económicas varias -no son tampoco solo los ricos-, con grandes y pequeños intereses, los que -por medio de sus abogados- han aprendido a jugar con las reglas chuecas de una Justicia que se ganó la fama de venderse al mejor postor, y en toda materia: alimenticia, herencias, abuso de menores, por mencionar algunas. Haya o no Consejo de Participación Ciudadana ; nombre o demore el nombramiento de autoridades de control, este escenario muestra la incapacidad de cada institución de cuidarse a sí misma. Como el acertijo del huevo y la gallina, queda la inquietud de si el causante es quien nombra a sus integrantes o son aquellos los que no hacen su trabajo una vez allí. ¿Qué ve la ciudadanía poco entendida e interesada? Que ninguno de los anteriores, trabaja para ella.

quico para vivir en democracia; esto es con: mandatarios electos, elecciones libres e imparciales, sufragio inclusivo, libertad de expresión, libertad de información y asociatividad respetada. Sin embargo, la libertad sin igualdad, impide todavía la confraternidad tan anhelada. La democracia es un sistema que puede perfeccionarse, no así los totalitarismos o las autocracias. Por esta razón, desde inicios de este siglo, se comenzó a impulsar una democracia de participación ciudadana. Quito expidió su Ordenanza

el año 2000 y florecieron los observatorios, las veedurías, los cabildos, el presupuesto con participación ciudadana, el Consejo Metropolitano de Planificación, presupuestos con enfoque de género, un sistema de rendición de cuentas, ‘Quito Honesto’, como instituciones de una democracia local mejorada. En 2008, el pueblo aprobó mayoritariamente la nueva Constitución, entre otros aspectos porque incluía similares conceptos: “El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

El debate político

Fernando Cepeda Ulloa (Bogotá, 1938), maestro de la Ciencia Política en teoría y práctica, catedrático, doctor en Derecho, escritor, fue embajador en Reino Unido, Francia, Canadá, Plenipotenciario en Washington, Representante Permanente ante la ONU y la OEA, ministro de Gobierno, autor de exitosos libros, consejero de varios mandatarios.

Expongo este breve perfil de quien, además, es un gran conversador, para referirme a uno de sus últimos artículos periodísticos, que lleva por título “Degradación” y que comienza recordando las cerriles expresiones de Daniel Ortega, el autócrata de Nicaragua, en contra de Gustavo Petro, el mandatario de la hermana y vecina nación, por haber solicitado exhibición de las actas desglosadas por mesas de votación para conocer los resultados reales de las elecciones del 28 de julio en Venezuela, donde quieren -los chavistas- que prevalezca el descarado fraude electoral.

Cepeda Ulloa es muy tajante cuando asevera que su intención no es responder improperios de semejante bajeza sino exponer reflexiones en torno al acontecer político en donde el buen trato se manifiesta en palabras, críticas y gestos. Recuerda la importancia de ello: “Cuando el buen trato desaparece llegamos a una situación en la cual todo se va degradando”; añade que incluso en declaración de estado de guerra, “todo se dice en un lenguaje muy protocolario, las personas se siguen guardando, hasta el día de su armisticio y ahí todavía las formalidades son aún más notorias”.

En Ecuador, donde las palabras destempladas e injuriosas no faltan especialmente en época de elecciones y en boca de politiqueros, en contraste a la casi inexistencia de discursos medulares, respetuosos, ilustrativos para las masas que chapotean en el vituperio y la desilusión, el debate político no debe descender a las cloacas del rudo agravio sino elevarse a niveles propios del avance de la civilización.

su derecho a la participación”; la Función de Transparencia y control Social debería “Formular políticas públicas de transparencia, control, rendición de cuentas, promoción de la participación ciudadana y prevención y lucha contra la corrupción” Se creó el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, para promover la participación ciudadana y luchar contra la corrupción y para designar a los titulares de la Contraloría , el Consejo de la Judicatura , el Consejo

Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. Pero, se apoderó de este Consejo el Partido de gobierno y con procesos de selección amañados, nombraron a contralores, y otros funcionarios que han avergonzado al país con escándalos épicos de corrupción. Hoy mismo, ya sin asombro, conocemos del caso ‘Pantalla’ y se destituye a cuatro vocales del CPCCS por infracciones electorales. Es un deber, pues, de los ecuatorianos rescatar el verdadero sentido de la democracia de participación ciudadana.

‘Represento a todos los que queremos un mejor país’: Francesco Tabacchi

El agricultor y ganadero guayaquileño Francesco Tabacchi, es la carta de CREO para las elecciones presidenciales de 2025. En una entrevista exclusiva con LA HORA, indicó que es la vía para dar respuesta al problema del empleo en Ecuador, a través del sector agroproductor.

El Movimiento Creando Oportunidades (CREO), del expresidente Guillermo Lasso, no participó en el proceso surgido por la muerte cruzada, que terminó con su mandato, pero ahora vuelve a la carrera presidencial con importantes cambios en sus estructuras y objetivos.

En las elecciones presidenciales del 2025, por primera vez, CREO no tendrá como su carta principal al exmandatario Guillermo Lasso, quien, a pesar de ser el líder histórico, tras su salida de la Presidencia ha asumido un rol de embajador internacional del partido.

Este duro desafío será asumido por el agricultor y ganadero guayaquileño Francesco Tabacchi, quien deberá superar importantes obstáculos para convertirse en una opción que evite la reelección del presidente Daniel Noboa o el regreso al poder de la Revolución Ciudadana, de la mano de su candidata Luisa González

Durante una conversación con LA HORA, Tabacchi re-

conoció que antes de ingresar en la política era de las personas que mostraba sus críticas y rechazo a todo: “el paquetazo de Lucio, las sabatinas de Correa”, pero ante las dificultades de la población sintió el llamado a hacer algo para cambiar al país, hecho que le llevó a asumir la presidencia de la Asociación de Ganaderos del Litoral y Galápagos

Afirma que su paso por esta presidencia le permitió acercarse aún más a las carencias y necesidades del sector ganadero y agricultor, sobre todo a la población más vulnerable, que día a día trabaja en el campo y la ruralidad.

Reveló que aspira a convertirse en el presidente de los ecuatorianos para transformar el país, dar oportunidades para que los ciudadanos, pero sobre todo a los jóvenes, tengan la opción de negarse a participar en la delincuencia.

‘Soy el candidato de sombrero y botas’ Durante una breve conversación con este diario, Tabacchi

Tabacchi: ‘Nada es más poderoso que una familia con dinero en los bolsillos’

° El candidato de CREO también fue consultado sobre sus propuestas para la juventud y cómo se acercará a este importante sector del electorado, que en este momento no se identifica con los partidos y la clase política del país. “Tienes que dar un buen ejemplo a la juventud y, lo más importante, decirle la verdad. Habrá candidatos que van a querer parecerse a los jóvenes y hablar como los jóvenes, y quién sabe qué maromas tendrán que hacer. Yo no, yo vengo a ser Francesco Tabacchi, a decir la verdad”, dijo Tabacchi, quien es padre de tres hijos.

Precisó que no solo se preocupa por los jóvenes, “sino también por sus preocupaciones, entre esas por sus padres, todos los jóvenes tienen padres que están pasando por malos momentos y necesitamos un presidente de verdad, que no solo piense en los jóvenes, sino en los no tan jóvenes también”. Reiteró que su objetivo será generar empleo: “La mitad de los problemas de un país se acaban cuando sus ciudadanos tienen suficientes ofertas de empleo. No hay nada más poderoso que una familia que tiene dinero en sus bolsillos, producto de un empleo digno”.

se auto definió como el candidato “no político” de la próxima contienda electoral, que recién inicia, manifestando que su principal objetivo será movilizarse por el país para que los ecuatorianos puedan escuchar y comprender su propuesta de gobierno.

“Soy el candidato no político, el del sombrero y las botas, el que anda en el campo. Represento a los agricultores, ganaderos, productores, emprendedores, transportistas, a los comerciantes, a las mujeres, a las madres solteras y a todos los que queremos un país mejor”, remarcó.

Admitió que entiende que uno de los principales obstáculos que presenta su candidatura es la falta de conocimiento de su figura. “No me conocen , pero hay tiempo

Perfil presidencial

° Francesco Tabacchi

° Agricultor y ganadero

° Guayaquileño

° 53 años

° Casado (26 años)

° 3 hijos

° Movimiento CREO Lista 21

° Vicepresidenta: Blanca Sacancela

° Experiencia política: Fue presidente de la Asociación de Ganaderos del Litoral y Galápagos. Fue gobernador del Guayas durante el gobierno del expresidente Guillermo Lasso. Participó en las elecciones seccionales del 2023, como candidato a la Prefectura del Guayas por CREO lista 21.

suficiente, no solo para que me conozcan a mí y al resto de candidatos, sino para que nos comparen y tomen su de-

cisión”.

Al consultarle sobre los graves problemas que presenta Ecuador, puntualizó que el país se encuentra resquebrajado y desilusionado por la falta de respuestas eficaces por parte de la clase política. “Los políticos nos han desunido, han sembrado el odio. Se acabaron los discursos de odio”. Para Tabacchi, el punto de partida para la transformación del país es a través de “generar empleo, educación, seguridad y, por supuesto, atender con servicios a todos los ecuatorianos”.

La propuesta es regresar a la agricultura Francesco Tabacchi, como todos los candidatos a la Presidencia de Ecuador, sostiene que la generación de empleo debe ser uno de los puntos centrales para solucionar los problemas de los ciudadanos. Al ser cuestionado sobre cuál es la diferencia de su propuesta con respecto al Plan de Empleo Joven de Noboa o de otras candidaturas, el representante de CREO fue tajante al señalar que Ecuador debe volver a mirar a la agricultura y la ganadería como una opción para dar empleo a los ciudadanos.

“Mi propuesta es distinta a la del resto de los candidatos y seguramente a la mayoría de los presidentes, especialmente los que han pasado en los últimos años por Ecuador. La solución está aquí a la vuelta de la esquina en el sector agroproductor y es una solución que está desde hace 200 años”, expresó.

Recordó que, durante 200 años a través de productos como el cacao, el café y el maíz, Ecuador fue una potencia. “Todavía lo somos. Luego vino el banano, el café, el camarón, las flores tropicales, las rosas, las flotas pesqueras. Recién en los años 70 vino el petróleo”.

Tabacchi fue claro en su propuesta: “Mi propuesta concreta está en el sector agroproductivo que ya genera 3 millones de plazas de empleo de manera directa y puede generar los 5 millones de empleos que hacen falta. Por supuesto, no en un solo gobierno, no en cuatro años; hay que decir la verdad a la gente, pero desde el primer día vamos a generar empleos”. (ILS)

CANDIDATO Tabacchi es la alternativa del movimiento CREO.

CANDIDATOS. Ciertos partidos han recurrido a sus viejas cartas políticas, como Ricardo

Diego Borja (correísmo), Gustavo Larrea (Democracia Sí), Yaku

Para las elecciones presidenciales y legislativas de febrero de 2025, varios partidos y movimientos nacionales acudieron a viejas figuras de la política para conformar binomios presidenciales , así como las listas de candidatos a asambleístas.

Estos son sectores políticos que están en deuda con el cambio generacional y la renovación partidista, ya que con rostros conocidos buscan llamar la atención de los electores.

Entre ellos están exfuncionarios públicos que ocuparon altos cargos, así como otros que ya han aparecido más de una vez en las papeletas.

Por ejemplo, el expresidente de la República, Lucio Gutiérrez , del Partido Sociedad Patriótica (PSP), quien es actual asambleísta nacional por ganar una curul en las elecciones anticipadas de agosto de 2023, busca continuar en el Legislativo para el periodo 2025 - 2029. Junto a él, también conforma la lista el exasambleísta Galo Lara , de la misma tienda política. Por otra parte, la expresidenta de la Asamblea Nacional , Guadalupe Llori, destituida en 2022, consta en la lista del movimiento Creando Oportunidades (CREO), fundado por el expresidente Guillermo Lasso, para volver a ser candidata en 2025. También está Juan Zapata, exministro de Lasso censurado en un juicio político.

El cambio generacional en la política llega a cuentagotas

Para las elecciones de 2025, los partidos y movimientos acudieron a viejas figuras de la política ecuatoriana para conformar binomios y listas de asambleístas.

del expresidente de la República, Lenin Moreno, busca mantener la curul que ocupa actualmente y que obtuvo en alianza con ADN; pero ahora corre por el movimiento Pueblo Igualdad y Democracia (PID).

Anabella Azín, madre del presidente Daniel Noboa, encabeza la lista de Acción Democrática Nacional (ADN) para la Asamblea. Fue legisladora por el extinto Partido Renovador Independiente de Acción Nacional (PRIAN).

Gustavo Larrea , quien también fue colaborador en el régimen correísta, ahora encabeza la lista de asambleístas nacionales por el movimiento Democracia Sí. En

Ricardo Patiño, exministro de Defensa, Finanzas, y Canciller del expresidente Rafael Correa, también busca un puesto en la Asamblea por el movimiento Revolución Ciudadana (RC). Es la misma agrupación que apostó por Diego Borja, exministro de Finanzas, como binomio presidencial con Luisa González.

Varios criterios sobre la renovación en partidos

° Dalton Bacigalupo, ex integrante de la ID, condena la actitud de la clase política de impedir la renovación en los partidos

“En lugar de que la vieja guardia provoque la renovación partidista, hay una suerte de complicidad colectiva para que no haya relevos generacionales que pide el país”, dijo.

Subrayó que, así como el Código de la Democracia ordena que en las listas se incluya porcentajes de cuota de género y de jóvenes, también se debería obligar a los partidos a incorporar, en las candidaturas nacionales, cuadros nuevos.

Juan Carlos Rodríguez, ingeniero en Gestión

Empresarial y exdirigente del PSP, defiende la permanencia de figuras como Gutiérrez o Lara en la papeleta.

Dice que la narcopolítica y la delincuencia política, al estar infiltrada en los partidos, encubre

2020 buscó la Presidencia de la República. Por el Movimiento Amigo, la lista nacional la encabeza Yaku Pérez, exprefecto de Azuay en 2019 y excandidato presidencial en 2021 con Pachakutik. Arturo Moreno , primo

o no permite visualizar a los nuevos personajes. Cree que es momento que los jóvenes se integren a la política, pero asegura que si este sector tampoco se interesa difícilmente habrá cambios generacionales para la presentación de listas.

“En el caso de PSP, los años lo van contando solo, no hay exfuncionarios de Lucio presos, o investigados”, comentó.

En todo caso, sostiene que las organizaciones también deberían implementar departamentos de investigación para buscar elementos con capacidad moral, principios y valores. Pero esto genera costos, y los recursos de las organizaciones son limitados.

Gustavo Vallejo (PSE), por su parte, dijo que su partido comenzó un proceso de renovación generacional que se demuestra en la lista de candidatos, entre ellos Javier Veloz y Elsa Guerra, quienes encabezan listas nacionales y provinciales.

También busca repetir su presencia en la Asamblea, Alfredo Serrano , exparlamentario y presidente del Partido Social Cristiano (PSC).

Por su parte, Henry Kronfle, que transitó en la papeleta para legislador por dos periodos, ahora busca la Presidencia de la República por el PSC.

Otros políticos que quieren volver al Legislativo son Guillermo Celi, por el Movimiento Sociedad Unida Más Acción (SUMA); Javier Orti, de Avanza; y Jorge Sánchez, elegido presidente de la Izquierda Democrática (ID), quien ya fue por tres ocasiones legislador de la República.

Jorge Escala , exasambleísta constituyente y nacional, quien es uno de los fundadores del desaparecido Movimiento Popular Democrático (MPD), actual Unidad Popular (UP), ahora busca llegar a la Presidencia del Ecuador.

Patiño (correísmo), Lucio Gutiérrez (PSP), Galo Lara (PSP), Guadalupe Llori (CREO),
Pérez (Amigo), Annabella Azín (ADN), Jorge Escala (UP), Alfredo Serrano (PSC), entre otros.

Jorge Glas manejaba los hilos en la Asamblea

Jueces, fiscales, policías y abogados habrían conformado una red para beneficiar a presos – muchos de alta peligrosidad – para que salieran de la cárcel con certificados falsos o sobornando autoridades. Esto se investiga en el caso Plaga, en cuyo expediente se añadió información de la computadora de Jorge Glas.

Aunque Jorge Glas no está vinculado al caso Plaga, la información de dispositivos electrónicos del exvicepresidente forman parte del expediente de este caso que – según la teoría de Fiscalía – investiga el presunto cometimiento del delito por parte de jueces, secretarios, policías, abogados en libre ejercicio y otros funcionarios públicos, en el otorgamiento –ilegítimo – de acciones constitucionales a personas privadas de la libertad.

La red delictiva captaba a sus integrantes a través de la entrega de dinero o favores a cambio de permitir que los presos obtengan libertad, “a través de argucias y abuso del derecho, aparentando legalidad en estas acciones”, señala la Fiscalía. De hecho, uno de los testigos protegidos del caso relató que con certificados médicos falsos, con diagnósticos de enfermedades catastróficas como VIH, sicarios y gatilleros de bandas como Los Choneros y Los Lobos salieron en libertad, al pagar hasta $25.000 a jueces y abogados.

ciones de riesgo. Se estima que muchas de estas condiciones no fueron probadas en audiencia, pero que mediante hábeas corpus y pagos a jueces lograron salir libres.

Según las estadísticas, entre enero de 2022 y marzo de 2023, cerca de 241 presos salieron de las cárceles del país bajo certificados de enfermedades o condi-

Caso Plaga, Purga y

Metástasis:

¿cómo se unen?

°Un multiverso judicial ha creado la Fiscalía con los casos Metástasis, Purga y Plaga. Antes de explicar cómo se unen estas investigaciones, donde el principal delito es la delincuencia organizada, hay que entender qué pasó entre el 3 y 4 de abril de 2024.

El 3 de abril de 2024, la Fiscalía realizó 25 allanamientos que dejaron más de una decena de detenidos (lista de procesados aquí) entre ellos, jueces o exjueces, exservidores del SNAI, policías en servicio activo y abogados en libre ejercicio que ofrecían beneficios judiciales (libertad, habeas corpus) a la carta. Los jueces y exjueces son la principal unión con Metástasis y Purga. Los magistrados vinculados en el caso Plaga tienen un dudoso historial, pues habrían entregado acciones constitucionales de manera ilegal para liberar a delincuentes. Por ejemplo, Simón G., en diciembre de 2022

En la investigación del caso Plaga, la Fiscalía incluyó información de la computadora de Jorge Glas, dentro del expediente fiscal. Y es que Banny Molina, exjuez que liberó a Glas, es parte de los vinculados y, según relato del testigo protegido, Xavier Raúl A.B ., el magistrado respondía a Los Choneros.

De hecho, el juez Molina tenía arresto domiciliario en 2023, por otro caso, y aún así –según el testigo, que trabajaba en el SNAI - seguía recibiendo pagos a cambio de favorecer ilegalmente a presos.

Revelaciones sobre Jorge Glas

En el expediente liberado por Fiscalía, se lee algunos de los archivos explotados de la computadora de Jorge Glas, quien

era juez de Paján y fue quien emitió una boleta de excarcelación (libertad) para Daniel Salcedo, quien cumplía prisión por corrupción en la venta de insumos médicos y también por ingreso de objetos prohibidos a la cárcel.

Actualmente, Daniel Salcedo cumple prisión preventiva en La Roca como vinculado al caso Metástasis. Su nombre con el alias ‘Bello’ es uno de los más leídos en los chats de Metástasis y Purga, donde se descubrió la amistad que hizo con Leandro Norero y su cercanía con Mayra Salazar.

Por su parte, Byron O., juez del cantón Flavio Alfaro (Manabí), liberó a dos miembros de Los Lobos, de la cárcel de Cotopaxi. Entre ellos, Luis Arboleda, alias Gordo Luis, quien actualmente está en la cárcel La Roca junto a jueces y políticos mencionados en Metástasis y Purga.

Uno de los más nombrados en el multiverso de casos es el juez Ángel L., quien le devolvió los bienes del narcotraficante Leandro Norero mediante una acción de protección. Este juez ya está vinculado en Metástasis junto a otras 51 personas.

desde abril de 2024 está recluido en la cárcel de máxima seguridad de Guayas, La Roca.

Los documentos almacenados en la computadora del exvicepresidente de Rafael Correa muestran que Glas estaba al tanto de la agenda de los asambleístas de la Revolución Ciudadana. Incluso, el computador guarda actas de reuniones con legisladores. Un acta del 6 de marzo de 2023, redactada por la abogada de Glas, Sonia Vera, contiene los detalles de una reunión que tuvieron vía Zoom con Pamela Aguirre, Ferdinand Álvarez, Mauricio Zambrano, Esther Cuesta, Virgilio Hernández, Luisa González, Tatiana Pazmiño y Sonia Vera.

El acta revela siete temas tratados: Ley de Vincularidad, Comisión de la Verdad, reformas al Código Integral Penal, informe de Pablo Romero, casos a fiscalizar, archivos de reformas al Código Penal, y asuntos varios.

Sobre la creación de la Comisión de la Verdad, el acta detalla que: “Mauricio señaló que volverá a hablar con Saquicela para que sea él quien presente el proyecto de resolución. Insistirá con el bloque del PSC para obtener sus votos”.

El objetivo de esta comisión es revisar las sentencias de miembros del correísmo como, por ejemplo, Rafael Correa, quien solo podría retornar al Ecuador – sin ser encarcelado – bajo indulto.

De hecho, esa fue una de las propuestas de Luisa González, quien perdió las elecciones presidenciales en 2023 y quien, actualmente, es la candidata presidencial del correísmo de cara a los comicios de febrero de 2025.

Glas y la planificación del juicio político a Diana Salazar Lo encontrado en la computa-

DATOS

Los operativos y allanamientos por el caso Plaga se realizaron en El Oro, Manabí, Guayas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Azuay, Pichincha, Chimborazo y Tungurahua.

El caso Plaga arrancó en abril de 2024, con allanamientos simultáneos.

dora de Soledad Padilla, exasesora del exvicepresidente Jorge Glas, también forma parte del expediente del caso Plaga. La Fiscalía ha liberado algunos de los 139.123 documentos de este proceso.

Entre los principales hallazgos del computador está un documento PDF de nombre ‘El momento llegó’, que es una hoja de ruta para destituir a la fiscal, Diana Salazar. El documento muestra que la intención de destituir a Salazar comenzó un año antes de presentar el pedido de juicio político en la Asamblea Nacional. Ya en mayo de 2023 – según lo encontrado en el computador de Glas – Pamela Aguirre, asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), habría acordado que el correísmo tenga una vicepresidencia y una vocalía en el Consejo de Administración Legislativa (CAL).

El trato habría sido con el entonces presidente del legislativo, Virgilio Saquicela. Los acuerdos se daban en medio del juicio político contra Guillermo Lasso, lo que derivó en la muerte cruzada.

RECLUSO. Jorge Glas volvió a la cárcel en abril de 2024.

Fondo de jubilación del IESS alcanza para menos de un año de pensiones

Aunque el colapso definitivo podría demorar tres años, gracias al subsidio estatal y los aportes de los afiliados activos, se necesita una reforma urgente que sea prioridad para el próximo Presidente. Se puede aprender de la exitosa reforma de Uruguay hace dos años.

Luego de anunciar en más de una decena de veces que presentaría un proyecto de reformas para el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) , el Gobierno de Daniel Noboa desistió definitivamente de esa iniciativa el 5 de septiembre de 2024.

Eduardo Peña, actual presidente del Consejo Directivo del IESS, reconoció que los cambios estructurales para evitar un colapso de la seguridad social “quedarán para el próximo Presidente”.

La situación es muy frágil. Por ejemplo, el fondo de pensiones depende del aporte o subsidio estatal del 40%. El colapso puede venir si ese aporte, de al menos $1.000 millones al año, no se da por alguna circunstancia, como por ejemplo, que el Ecuador recibe menos ingresos por el petróleo, o si la crisis eléctrica se agrava. Sin embargo, actualmente el IESS no está en la agenda de los políticos, que están pensando más en

la campaña que en los problemas reales del país. “Es una mala noticia que nuestros políticos no se hayan puesto a discutir estos problemas, que deberían ser considerados como de alto impacto. Independientemente de quién gobierne

Aprender de la reforma de la seguridad social en Uruguay

° Teniendo consensos mínimos, el diseño de un nuevo sistema es más sencillo. Eso pasó con la reforma en Uruguay, donde estuvieron durante un año discutiendo y luego la Asamblea aprobó la ley sin problemas.

Las claves de la reforma uruguaya fueron:

AEl aumento gradual de la edad de jubilación: se elevó la edad de jubilación de los 60 a los 65 años, de manera progresiva. El aumento es gradual, comenzando en 2027 y finalizando en 2035. Esta medida se aplicará a personas nacidas a partir de 1973.

BModificación del cálculo de la pensión: se revisó el cálculo de la pensión para hacerlo más representativo del promedio de los ingresos a lo largo de toda la vida laboral. Antes se consideraban los mejores 10 años de ingresos, pero la reforma extiende este cálculo a un promedio basado en la mayor cantidad de años cotizados.

CIncentivos para prolongar la vida laboral: se incluyeron incentivos para que los trabajadores se mantengan en el mercado laboral más allá de la edad mínima de jubilación, permitiendo que quienes posterguen su retiro reciban una mayor pensión. (Para revisar los otros puntos clave de la reforma uruguaya, haga clic en www.lahora.com.ec)

deberíamos llegar a ciertos consensos”, explicó Rodrigo Ibarra, actuario y presidente ejecutivo de Actuaria Consultores.

Así, el próximo Presidente deberá tener un plan claro de reforma al IESS, incluso con plazos y metas,ya que este problema no se puede seguir aplazando más.

Pero primero se debe sincerar la situación. “No es cuestión simplemente de decir que el sistema está bien porque el Biess tiene $20.000 millones en sus cuentas. Ahí le están engañando a la población. El Biess puede tener esos $20.000 millones, pero el fondo de pensiones tiene la cuarta parte, es decir, $5.000 millones”, apuntó Ibarra

Esos $5.000 millones representan, sin las aportaciones de los afiliados y del Estado, menos de un año de pensiones.

Como ejemplo para explicar la situación, se puede imaginar a una empresa, o a un individuo, que tiene gastos en el año por $6.000 y solamente $5.000 en su

manejarse de manera técnica y sin que exista corrupción, sobre todo en el seguro de salud.

“Si la gente no tiene confianza en el IESS, porque seguiría aportando o apoyaría una reforma integral. Se tiene que atraer a más abogados, médicos y artesanos que trabajan por su cuenta”, aseguró Andrea Hurtado, economista e investigadora de temas de la seguridad social.

Alerta desde el FMI Desde Actuaria se han hecho estudios actuariales a los tres institutos de seguridad social del país (IESS, Issfa e Isspol). Los tres institutos tienen sus peculiaridades, pero al mismo tiempo atraviesan situaciones similares.

“En ninguno de los tres está garantizado el pago de pensiones a futuro. Hay una amenaza cada vez más cierta de que el fondo de pensiones del IESS colapse”, añadió Ibarra.

Eso significaría que nuestros abuelos, nuestros padres o las personas que están ya por los 50 años y se jubilarán a mediano plazo, posiblemente tengan que recibir pensiones más bajas que las que hay ahora.

En el caso de los jóvenes, posiblemente no tengan jubilación de la seguridad social.

Según el Fondo Monetario Internacional (FMI), uno de los factores que más agrava la crisis fiscal del Ecuador es el aporte del 40% al IESS que cada vez irá creciendo con respecto al PIB.

Ahora ese gasto está cerca del 3% del PIB, pero con el tiempo escalará al 4%, al 5% y hasta llegar al 10%. Eso es insostenible y en algún momento, si no se hace nada, un Gobierno tendrá que salir a decir que ya no puede pagar.

¿Qué debe hacer el próximo Presidente? Desde el día uno del próximo Gobierno, es decir desde el 24 de mayo de 2025, se debe tener listo un plan, desde varios frentes, para que, en un plazo máximo de un año, se concrete la reforma estructural al IESS.

1 Se necesita hacer una reingeniería de la institución para demostrar que puede

2 Hay que hacer un esfuerzo de pedagogía para explicar a los trabajadores y a los empleadores la real situación del IESS y qué se necesita hacer.

“ Si no hacemos nada en tres años esto colapsa. Existen entre 10 y 15 parámetros, incluido la edad de jubilación y las aportaciones, con los que se puede trabajar para establecer el modelo más equilibrado posible y proyectar tres escenarios”, acotó Ibarra.

Con esos tres escenarios se debería ir a reuniones con trabajadores, empleadores y otros sectores y buscar una propuesta donde el esfuerzo sea compartido, es decir, donde no todo se cargue al trabajador y al empresario, sino que también tenga parte el Estado.

3 No ayudan a generar consenso declaraciones como las del actual presidente del Consejo Directivo del IESS sobre, por ejemplo, buscar que se trabaje hasta los 70 años antes de la jubilación o sobre aumentar el aporte al 30%.

“No se puede lanzar este tipo de propuesta sin antes comunicar, sin tener un diagnóstico y cifras claras para llegar a un consenso”, recalcó Hurtado.

Ecuador es uno de los pocos países en Latinoamérica que no han hecho todavía una reforma a la seguridad social.

La reforma previsional en todo el mundo es una tarea muy compleja porque hay muchos intereses de por medio.

Francia es un mal ejemplo de cómo impulsar una reforma. Se quiso subir la edad de jubilación a través de una disposición presidencial sin consultar con nadie. Por eso se incendió París. (JS) cuenta.

CRISIS. El IESS lleva años profundizando su crisis sin cambios estructurales.

Quito ofrece piscinas y otras actividades para mascotas y sus dueños

En Quito existen varias actividades para realizar con tu mascota. Entre las nuevas están las piscinas para nadar con ellos. Además de ser divertido, es una actividad saludable para ambos.

La tendencia ‘ pet friendly ’ ha dado un nuevo salto en los últimos años en Ecuador. Ya no solo existen sitios donde las mascotas son bienvenidas, sino que se han creado espacios específicamente diseñados para los animales, pero que también son amigables con las personas.

Últimamente están de moda espacios recreacionales con piscina para las mascotas. En este tipo de espacios, la recreación y el entretenimiento canino son los ejes principales. El objetivo es proporcionar un lugar seguro donde los perros, sin importar su raza, edad o tamaño, puedan socializar y divertirse.

La natación es una actividad altamente recomendada para los perros, ya que ofrece múltiples beneficios tanto para su salud física como mental. Al ser un ejercicio de bajo impacto, reduce el riesgo de lesiones en las articulaciones, especialmente en perros mayores o aquellos que sufren de problemas articulares como la displasia de cadera.

Además, mejora la circulación sanguínea y fortalece el sistema cardiovascular , ayudando a mantener un peso saludable.

Nadar también es una excelente forma de liberar energía acumulada, lo que contribuye a reducir el estrés y la ansiedad en los perros. Este ejercicio mejora su bienestar emocional al permitirles disfrutar de una actividad lúdica y refrescante. Por último, para perros con exceso de peso o en proceso de rehabilitación tras una cirugía, la natación ofrece una manera segura de mantenerse activos sin ejercer demasiada presión en sus articulaciones.

Una de las grandes ventajas de estos espacios, y de los parques municipales con zonas caninas, es la oportunidad de socialización para los perros. Esta interacción es crucial para garantizar una convivencia armónica entre personas y animales. Desde el momento en que ingresan, los perros corren libremente, juegan en la piscina y disfrutan de las actividades, incluso aquellos que no son amantes del agua.

Lugares en Quito Pet Club es un resort canino ubicado en Tumbaco, sector del Arenal. Ofrece servicios como una piscina en forma de huella, una pista de agility, peluquería, tienda de mascotas y adiestramiento.

Además, los domingos, organiza caminatas grupales por circuitos como El Chaquiñán , donde los especialistas ofrecen consejos sobre el manejo adecuado de la traílla, cómo evitar peleas y fomentar buenas prácticas de convivencia.

Para participar en las actividades de Pet Club, los perros deben tener sus vacunas al día, estar desparasitados y contar con antipulgas. Además, se recomienda

AVISO

Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA

Del que en vida fue: SGOS. AGILA CURICHO DIEGO FERNANDO

Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DIAS a contarse de la presente publicación.

JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL

evitar asistir con hembras en celo para garantizar un ambiente seguro para todos. El Centro Recreacional Canino Blanquita, por otra parte, ofrece una experiencia para mascotas y sus dueños en Puembo , a solo 30 metros del redondel de la Ruta Viva, en la vía Interoceánica

Este parque de diversiones tiene un costo de $10 por mascota, que incluye la entrada para dos humanos. Dentro de ese valor, se puede disfrutar de todas las instalaciones, como la piscina y las áreas verdes, con uso ilimitado. Además, los dueños pue-

den nadar junto a sus perros. Para garantizar un ambiente seguro, el parque no admite el ingreso de mascotas agresivas o perritas en celo. El horario de atención es los sábados , con uso exclusivo del parque por una hora bajo previa reserva, de 11:00 a 16:00. Los domingos se atiende al público en general, de 11:00 a 16:00. Para quienes prefieren un ambiente más privado y cerca de Quito, DogFitness ofrece una opción ideal. Cuenta con una piscina privada que se reserva con anticipación y se limpia tras cada uso, asegurando un espacio higiénico y exclusivo. Los dueños pueden dis-

frutar de la experiencia junto a sus perros, ya que cada grupo puede llevar a su mascota y disfrutar del lugar de manera personalizada. Después de nadar, los perros son llevados a la peluquería , mientras que los dueños pueden relajarse en el sauna. El costo por persona y perro es de $20. Además, DogFitness cuenta con otros servicios como veterinaria y guardería, brindando atención integral para las mascotas. Está ubicado en la Av. Coruña , entre Valladolid y Julio Zaldumbide. Atiende de lunes a viernes, de 07:30 a 17:30, y los sábados y domingos de 09:00 a 17:30. (EC)

ACTIVIDAD. Para las mascotas el nado es un ejercicio perfecto.

Congreso Eucarístico en Quito se inauguró con un mensaje del papa

El papa Francisco envió un mensaje a quienes llegaron al 53 Congreso Eucarístico Internacional en Quito, que se convierte en la capital del catolicismo con actividades que van del 8 al 15 de septiembre de 2024.

El cielo despejado, el cálido sol y la brisa se juntaron para recibir a los miles de fieles que llegaron a Quito, ciudad sede del 53 Congreso Eucarístico Internacional, cuya inauguración arrancó el domingo 8 de septiembre de 2024, con una multitudinaria misa.

El parque Bicentenario fue la sede de este evento religio-

so que, por primera vez en 20 años, se celebra en América Latina y que convierte a Quito en la capital del catolicismo mundial.

Conozca

Fue el papa Francisco quien designó a la capital de los ecuatorianos como sede de este encuentro de fe , ya que se cumplen 150 años de

la consagración de Quito al Sagrado Corazón de Jesús.

La misa inaugural fue una muestra de la unión de la Iglesia católica pese a la diversidad, pues, aunque la palabra de Dios se promulgó en español, también hubo partes de la eucaristía mencionadas en otros idiomas,

participar de este evento religioso, “aunque sea desde la distancia”, recalcando el lema del encuentro: “Fraternidad para sanar el mundo”.

ya que al congreso eucarístico han llegado personas de todo el mundo.

Es el caso de Rosaura Castañeda , quien llegó desde México, con alegría de estar en Quito para este encuentro. También Rita Párraga, de Puerto Rico, quien destacó la organización y el orden de la ciudad.

Mensaje del papa Francisco para Quito Mediante un mensaje grabado en video, el papa Francisco dijo estar contento por

El santo pontífice invitó a los fieles a “caminar juntos”, afirmando que es “así como crecemos como hermanos, es así como crecemos como Iglesia , unidos por el agua del bautismo y acrisolados por el fuego del Espíritu Santo”.

La imagen del papa Francisco en las pantallas del evento conmovió a los más de 4.000 seguidores de la Iglesia católica que, con gorros y paraguas, se protegían del sol mientras escuchaban la palabra de Dios.

Además, la misa campal con la que arrancó este encuentro de devoción y fe fue el espacio donde cerca de 1.600 niños y niñas hicieron su primera comunión. (AVV)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUERTO QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL

CAUSA No. 17232-2024-00198

ACTOR: BENALCAZAR ZAMBRANO ANA KAREN.

DEMANDADOS: ALISSON MAYTTE AYO REINA y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ AYO BAQUE JEAN CARLOS.

ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO.

DILIGENCIA: CITACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ AYO BAQUE JEAN CARLOS.

DEFENSOR: Abg. Cesar Erazo y Nilo Veloz.

Fecha: 20/08/2024.

PUBLICACIÓN POR LA PRENSA DILIGENCIA DE CITACION A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ AYO BAQUE JEAN CARLOS.

Juicio No. 17232-2024-00198

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUERTO QUITO. Puerto Quito, miércoles 26 de junio del 2024, a las 09h50. VISTOS: Dr. Edwin Germán Gallo Colcha, en calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Puerto Quito, provincia de Pichincha, mediante acción de personal No. 03740-DP17-2024-CC, que rigue desde el 20 de junio del 2024 hasta el 28 de junio del 2024, avoco conocimiento de la presente causa.- [1] CALIFICACIÓN: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley contenidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en tal virtud, se la acepta al PROCEDIMIENTO ORDINARIO previsto en los Art. 289 y siguientes Ibídem. [2] CITACIÓN: I Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada señor ALISSON MAYTTE AYO REINA, a través de su representante legal la señora MARIA GABRIELA REINA MORALES, en la dirección señalada para el efecto, citación que se la efectuará a través de la oficina de citaciones de esta judicatura, remítase boletas suficientes, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común todos los procesos (Art. 107.4 Ib.). II PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 56 numeral 1 IBIDEM, una vez que la accionante ha rendido su juramento respecto al desconocimiento de los presuntos y desconocidos herederos del causante señor AYO BAQUE JEAN CARLOS, CÍTESE a los mismos, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito.- Para el cumplimiento de esta diligencia, remítase el EXTRACTO respectivo. [2.1].-Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se le previene al demandado de la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el término de TREINTA DÍAS contados a partir de la citación, así como de anunciar los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151 y siguientes Ibídem. [3] ANUNCIO DE PRUEBAS: [3.1] En cuanto al anuncio de prueba realizado por la parte actora, esta se tendrá en cuenta en el momento procesal oportuno y de ser procedente. [3.2] A los testigos nominados con fundamento en los Arts. 18, 19 y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, a fin de hacer efectivos los principios de concentración, economía procesal y celeridad, se les notificará mediante boleta depositada en el casillero judicial del defensor técnico de la parte actora, para de que comparezcan de manera obligatoria a la 235186258-DFE audiencia única que se señalará oportunamente, con la asistencia de un defensor técnico. [3.3] Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda. [4] A fin de garantizar la seguridad jurídica y el debido proceso, la convocatoria audiencia preliminar, se realizará una vez que conste de autos las publicaciones dispuestas, y se haya agotado el término concedido para contestar la demanda, conforme lo disponen los Arts. 291, 292 y penúltimo inciso del Art. 56 del COGEP. [5] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la parte actora para notificaciones que le correspondan, así como la autorización conferida a su abogado defensor. - NOTIFÍQUESE Particular que comunico para los fines de ley.

Atentamente

Abg. Silvia Lorena Guamán Ramírez SECRETARIA UJMPQ

EVENTO. Miles de fieles llegaron al parque Bicentenario, en Quito, para la misa campal que inauguró el 53 Congreso Eucarístico.
aquí la agenda completa del 53 Congreso Eucarístico Internacional en Quito.
TOME NOTA
PARTICIPACIÓN. El papa Francisco envió un mensaje en medio del inicio del 53 Congreso Eucarístico en Ecuador.

Edmundo González se exilia en España y evita ser detenido en Venezuela

Edmundo González, uno de los principales opositores del gobierno venezolano de Nicolás Maduro, arribó a España para conseguir asilo político, luego de estar más de un mes en una embajada en Caracas.

MADRID.- El opositor venezolano Edmundo González Urrutia llegó este domingo, 8 de septiembre de 2024, a España, donde el Gobierno le concederá asilo, después de refugiarse un tiempo en la residencia de la embajada española en Caracas y, al parecer, también en otra legación europea, la neerlandesa, para evitar ser detenido en su país.

Candidato de la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), principal agrupación antichavista en las elecciones presidenciales de julio, González Urrutia llegó a la base aérea de Torrejón (Madrid) en un avión de la Fuerza Aérea española en torno a las 16:00 (hora española) con su esposa y autoridades españolas.

“A partir de ahora, comenzarán los trámites para la petición del asilo, cuya resolución será favorable en aras del compromiso de España con los derechos políticos y la integridad física de todos los venezolanos y venezolanas, especialmente de los líderes políticos”, afirmó el Ministerio español de Asuntos Exteriores.

La vicepresidenta ejecutiva de Venezuela, Delcy Rodríguez, había informado el sábado de que el político opositor abandonó el país con un salvoconducto concedido “en aras de la tranquilidad y paz política”, después de pasar “varios días refugiado voluntariamente” en la embajada española.

En un primer momento, el jefe de la diplomacia española, el ministro José Manuel Albares, dijo en la red X de que el viaje se realizaba a petición del propio opositor.

En declaraciones posteriores a la prensa, el diplomático anunció que sería tramitado y concedido el derecho de asilo que había solicitado a España. Habló con Edmundo González, de 75 años, una vez que se encontraba en el avión español

y éste le transmitió su agradecimiento, explicó Albares a la prensa en una escala de un viaje a China acompañando al jefe del Ejecutivo español, el socialista Pedro Sánchez.

“Le he trasladado también nuestra alegría de que se encuentre bien, de que se encuentre rumbo a España, y le he vuelto a reiterar el compromiso del Gobierno con los derechos políticos, la libertad de expresión y manifestación y la integridad física de todos los venezolanos”, añadió Albares.

El ministro recalcó que la decisión se tomó a petición de González Urrutia y se ha llevado a cabo cuando él consideró oportuno, tras pasar un tiempo en la residencia de la embajada de España en Caracas, aunque dijo el ministro que no podía dar más detalles.

Sin embargo, el ministro de Asuntos Exteriores de Países Bajos, Caspar Veldkamp, informó a la Cámara de Representantes de su país de que González Urrutia estuvo alojado en secreto en la embajada neerlandesa en Caracas durante más de un mes.

Sobre la salida de Venezuela, fuentes diplomáticas españolas aseguraron que no hubo ninguna negociación entre el Gobierno español y el venezolano ni entre Pedro Sánchez y el presidente Nicolás Maduro directamente.

Sánchez afirmó este sábado en un acto político en Madrid que Edmundo González es “un héroe a quien España no va a abandonar”.

Delcy Rodríguez había dicho que los Gobiernos de Venezuela y España mantuvieron los “contactos pertinentes” y, “en apego a la legalidad internacional”, se le concedió al opositor venezolano el salvoconducto para poder abandonar la sede diplomática y viajar a España.

verificarlas y saber el resultado real porque, de lo contrario, no se puede reconocer ninguna supuesta victoria.

La determinación es que haya una solución pacífica y “genuinamente venezolana” fruto del diálogo y la negociación entre el gobierno de Maduro y la oposición, apuntó.

La salida de Edmundo González ha abierto un debate sobre si beneficia a Maduro o refuerza la resistencia de la oposición que lo sigue considerando “presidente electo”.

España pide de nuevo la publicación de las actas electorales

Primero el Consejo Nacional Electoral de Venezuela y luego el Tribunal Supremo avalaron el triunfo de Maduro, que se presentaba a la reelección, mientras que la oposición denunció un “gran fraude electoral” y defiende una clara victoria de González Urrutia.

La justicia de Venezuela había ordenado la detención del opositor después de que desatendiera tres citaciones de la Fiscalía, que lo acusa de varios delitos por la publicación de unas actas de votación en internet que le darían la victoria.

Albares reiteró que España, como otros muchos países, sigue exigiendo la presentación de las actas electorales para

“Que esto quede muy claro a todos: Edmundo luchará desde afuera junto a nuestra diáspora y yo lo seguiré haciendo aquí (Venezuela), junto a ustedes”, dijo en X la líder opositora María Corina Machado, una idea que compartió el exalcalde de Caracas Antonio

En España están exiliados varios opositores venezolanos perseguidos por el gobierno de Nicolás Maduro.

Ledezma, exiliado en España como tantos opositores. Añadió Machado que Edmundo González salió porque su “vida corría peligro” y ante “las crecientes amenazas”.

El jefe de la diplomacia de la Unión Europea, Josep Borrell, opinó que es “un día triste para la democracia” por la necesidad de Edmundo González de pedir protección en España EFE

EUCARISTÍAS POR IDIOMAS

Jueves, 12 de septiembre

Español, inglés, francés, alemán, kwichua, portugues y chino.

Lugar: Iglesias del centro histórico de Quito

Hora: 16h30

POLÍTICO. El candidato presidencial opositor Edmudo González Urrutia escucha a la líder opositora venezolana María Corina Machado, en una imagen de archivo de EFE.

Los ‘1.001 km Ecuador’ tendrán su tercera edición en Yahuarcocha

El 21 de septiembre de 2024 se desarrollará los ‘1.001 km Ecuador’ en el autódromo de Yahuarcocha, en Ibarra.

IBARRA.- La carrera más importante del automovilismo ecuatoriano tendrá su tercera edición el 21 de septiembre de 2024. El escenario para los ‘1.001 km Ecuador’ será el mítico autódromo internacional de Yahuarcocha, ubicado en la ciudad de Ibarra, capital de la provincia de Imbabura. Desde la Federación Ecuatoriana de Automovilismo y Kartismo (Fedak) informaron que serán 81 vehículos los que

estén en la grilla de partida, ya que los cupos se llenaron en dos días luego de abiertas las inscripciones. La competencia es organizada por la Fedak y el Club de Automovilismo y Turismo de Imbabura (CATI), quienes detallaron que gracias al apoyo de la empresa privada, 1001Carros.com, este año los pilotos se enfrentarán en un desafío al completar 1.001 kilómetros u ocho horas de competencia.

Más de 80 autos, entre ellos prototipos, estarán en pista este 21 de septiembre de 2024.

La Comisión Nacional de Circuitos definió que la carrera se regirá bajo la reglamentación del Campeonato Nacional de Circuitos 2024, en las siguientes categorías: TC Promocional, TC Light, TC 1.600, TC 2.000, TC Abierta, Gran Turismo y Prototipos P1 y P2. Además, al ser una competencia que demanda casi ocho horas de conducción, se especificó que cada tripulación estará conformada por un mínimo de dos y un máximo de cuatro pilotos por auto.

Cronograma de la carrera Según el cronograma expuesto por la Fedak, las revisiones técnicas y administrativas, la legalización de inscripción y clasificación se realizarán el día viernes 20 de septiembre de 2024, mientras que la competencia arrancará el día sábado 21 a las 11:30, la cual se prevé que culmine a las 19:30.

Las inscripciones se abrieron hasta el martes 17 de septiembre, con un costo de $180, sin embargo, en dos días se llenaron y completaron los 81 cupos, que es la capacidad máxima de los pits en Yahuarcocha, donde al menos 10 vehí-

culos pertenecen a escuderías de Colombia.

De acuerdo a la Fedak, la asignación de los pits se hace conforme al orden de la inscripción.

En cuanto a los costos para el ingreso del público, se refirió que la tribuna tendrá un valor de $3 y zona VIP $10. Los tickets ya se pueden adquirir en las oficinas del CATI, en Ibarra.

Adecuaciones en el autódromo de Yahuarcocha

Por parte del CATI, club organizador de la carrera, se señaló que se están realizando algunas adecuaciones al autódromo de Yahuarcocha, con la colocación de pantallas gigantes para información del público y de los equipos, así como el servicio de comida y baterías sanitarias para un mejor servicio para los asistentes, así como como la ampliación temporal de 18 cubículos en la zona de pits.

Por otra parte, se dio a conocer que gracias al compromiso del CATI y la empresa privada, está próximo el inicio de la construcción del nuevo puente peatonal en el autódromo de Yahuarcocha, que llevará el

DATOS

El año pasado, la escudería Abro, con sus prototipos, fueron los ganadores absolutos dando más de 200 vueltas al trazado de 3.7 kilómetros, con más de ocho horas de carrera.

Según el reglamento, al ser una competencia de larga duración, el tiempo máximo de conducción continua para un piloto es de dos horas con diez minutos, teniendo también un descanso obligado de 30 minutos.

nombre de Juan Espinosa, en homenaje a un gran piloto y dirigente del automovilismo. Este acceso unirá el parqueadero de la tribuna principal y la zona del helipuerto, junto al paddock, considerada una iniciativa que en pocos meses se verá cristalizada para beneficiar a deportistas, equipos y público en general. (FV)

Con
Gabriela Vivanco
COMPETENCIA.

LOS RÍOS

Fe en la Santa Muerte impulsa ventas de amuletos y figuras

La popularidad de la Santa Muerte crece junto con el comercio de artículos representativos de esta figura.

Quevedo. Llaveros y amuletos en acrílico grabados con láser, cuadros con luz LED y una amplia variedad de artículos en diferentes tonalidades son parte de los muchos objetos que se ofrecen al público con la imagen de la Santa Muerte. Esto solo evidencia el creciente aumento en la venta y veneración de la imagen, especialmente en la ciudad de Quevedo. En los negocios de artículos esotéricos, productos naturales y artesanías, la figura de la Santa Muerte se encuentra en una variedad de tamaños, colores y dimensiones. Los precios varían según el diseño y el tamaño.

Otros prefieren llevarla consigo en todo momento, especialmente cuando salen a trabajar o a realizar sus actividades, utilizándola como símbolo de protección. La portan en cadenas, pulseras, llaveros y en pequeñas imágenes miniatura.

Sandra F. comentó que hace aproximadamente ocho

meses empezó a creer en la Santa Muerte y por eso ha optado por llevar consigo artículos relacionados con esta figura, ya que, según ella, le ha traído suerte para conseguir trabajo. “A mí me ha cumplido. Le he puesto fe y hasta ahora no me ha decepcionado. Quiero aprender más sobre estas creencias, porque no la considero algo malo”, dijo la mujer, quien trabaja en una hacienda bananera de la ciudad. Sandra acudió al centro de Quevedo para comprar una imagen de la Santa Muerte, con la intención de armarle un altar en su casa.

Símbolo de protección Ángel Mora, quien tiene su negocio en la calle Bolívar de la ciudad, mencionó que también posee una imagen de “la Santa”, como muchos la llaman. Según él, esta figura le ha traído suerte, ya que, a pesar de la crítica situación económica que atraviesa el país, ha logrado mantener su clientela.

“Yo vendo joyería y bisutería, y me ha ido bien. He venerado a la Santa Muerte desde hace unos tres años, y he notado que cada vez más personas creen en ella, buscando confiarle sus problemas y usándola también como protección”, comentó el comerciante.

Johnny Salguero, quien se dedica a la venta de artículos esotéricos, comenta que desde enero de este año decidió invertir en mercancía relacionada con la Santa Muerte, ya que sus clientes y otros ciudadanos comenzaron a preguntar por la imagen. “Los creyentes aumentan con el pasar de los meses, y provienen de distintas religiones que rezan a esta figura. Además, es accesible para todos, ya que hay una amplia variedad de artículos”, señaló.

Augusto P., relató que estos artículos relacionados con la Santa Muerte los entrega por pedidos exclusivos de sus clientes. Comentó que los cultos en torno a esta

respeto la confidencialidad de mis clientes. Los devotos le hacen peticiones, y, según ellos, la Santa Muerte las cumple, por lo que le dedican altares. Este es un tema delicado, y solo quienes la usan como amuleto conocen su historia”, explicó el vendedor.

Rituales

imagen han crecido de manera considerable, al punto de que su cartera de clientes se ha duplicado.

“La mayoría participa en rituales en grupos de entre 10 y 20 personas. Muchos me contactan para consultar sobre artículos relacionados con la ‘niña blanca’ o la ‘huesuda’, como también se le conoce, especialmente para adquirir imágenes de diversos tamaños. Siempre

La santera Carmen Z., explicó que la veneración a la Santa Muerte se acompaña de promesas y rituales por parte de sus devotos. Resaltó que la adoración suele realizarse el 31 de octubre, y el 1 y 2 de noviembre, fechas en las que también se le colocan ofrendas como licor y cigarros, elementos que, según la creencia, son del agrado de la “Santa Muerte”. “Es cierto que el número de seguidores está creciendo. Ahora hay más artículos con su imagen; antes, solo se vendía la figura”, comentó la santera. La mujer también mencionó que la veneración a la “Niña Blanca” es realizada principalmente por católicos, aunque resaltó que esta “santa” no está reconocida por la Iglesia Católica. Explicó que este tipo de culto acoge a quienes deseen venerarla, y su creciente popularidad en Ecuador se debe, en parte, a la crítica situación de inseguridad. Muchas personas recurren a ella como un método de protección, especialmente aquellas involucradas en actividades ilícitas. “En algunos operativos de la Policía y militares se han encontrado altares dedicados a la Santa Muerte, pero todo tiene consecuencias, y los devotos son conscientes de ello”, señaló. (LL)

CREENCIA. Altares dedicados a la Santa Muerte son comúnmente encontrados en operativos.

ExpoQuevedo 2024: La feria más importante arranca en días

La feria contará con aproximadamente 167 stands, ofreciendo una rica variedad de productos, servicios y opciones gastronómicas.

QUEVEDO. se prepara para recibir uno de los eventos más destacados del año: La ExpoQuevedo 2024, organizada por la Cámara de Comercio de Quevedo, la cual se celebrará del 13 al 15 de septiembre en el centro de exposiciones y eventos Quevexpo ubicado en el kilómetro 21/2 de la vía a Buena Fe, frente al complejo Agrilsa.

Este evento promete ser una experiencia vibrante, combinando comercio, gastronomía, arte y cultura, con un fuerte enfoque en revitalizar la economía local y a los pequeños, medianos y grandes emprendedores.

La ExpoQuevedo 2024 se distingue por su compromiso con la comunidad y la responsabilidad social. Según el Ing. Marcos Franco Cortés, presidente de la Cámara de Comercio de Quevedo, la feria tiene como objetivo no solo impulsar el comercio y la industria local, sino también promover la participación de jóvenes, niños y niñas a través de iniciativas como “Mi Voz Quevedo” y “Pintando el Quevedo de tus Sueños”. Estos proyectos buscan involucrar a la juventud en actividades creativas y sociales, fortaleciendo el tejido comunitario de la ciudad.

Colaboraciones

El éxito de la ExpoQuevedo 2024 ha sido impulsado por

una colaboración destacada entre la Cámara de Comercio y diversas entidades públicas y privadas.

La coordinación con la Alcaldía de Quevedo, la Prefectura de Los Ríos, el MIESS, y el distrito de Educación, entre otros, ha sido crucial para la realización de este evento que ofrecerá una amplia gama de actividades artísticas, comerciales y gastronómicas, consolidando la feria como un evento clave para la región.

La feria contará con aproximadamente 167 stands, ofreciendo una rica variedad de productos, servicios y opciones gastronómicas, muchos de los cuales tendrán varias ofertas y descuentos. Los

asistentes podrán disfrutar de espacios diseñados para todos los gustos.

Cronograma y actividades Además la ExpoQuevedo ofrecerá una programación dinámica que incluye el proyecto gastronómico “Locos por la Jama”, con platos típicos locales, y una serie de espectáculos artísticos gratuitos.

El 13 de septiembre, el escenario recibirá a D’ Franklin Band y Van Mozart; el 14 de septiembre, Gerardo Morán y Las Musas del Vallenato (con un costo de entrada de 3 dólares); y el 15 de septiembre, Cuarto Grado, Juan Gabriel de “Yo me Llamo”, y otros ar-

tistas locales, además en este día se realizará la gran final del concurso “Mi Voz Quevedo”.

Este importante concurso, “Mi Voz Quevedo” , contará con tres categorías: Junior, Infantil y Juvenil. Los ganadores recibirán becas para formación musical en la Academia de Música DEUS y en Estudio Musical A. Vivaldi, además de becas para estudios en un segundo idioma. Este concurso, que involucra a aproximadamente 8 instituciones educativas, refleja el compromiso de la feria con el desarrollo educativo y cultural de los jóvenes.

EL DATO

La entrada a la feria tendrá un costo de 1 dólar, mientras que los niños y las personas con capacidades especiales podrán disfrutar de acceso gratuito.

Seguridad

La seguridad del evento estará garantizada mediante una sólida coordinación con las fuerzas militares, la policía municipal y el Cuerpo de Bomberos, asegurando una experiencia segura y placentera para todos los asistentes.

La ExpoQuevedo 2024 se perfila una vez más como un evento imprescindible que no sólo dinamiza la economía local, sino que también celebra la riqueza cultural y el espíritu comunitario de Quevedo y la Provincia. (MB)

FERIA. La ExpoQuevedo se celebrará del 13 al 15 de septiembre, en el centro de exposiciones y eventos Quevexpo.

Loja vivió una jornada inolvidable con la celebración de la Natividad de María

El domingo 8 de septiembre, Loja se llenó de devoción y festividad en la celebración de la Natividad de María, destacando por su importancia cultural y religiosa con eventos vibrantes a lo largo del día.

El domingo 8 de septiembre, Loja vibró con intensidad durante la celebración de la Natividad de María, un día marcado por la profunda devoción y el fervor cultural que caracteriza a esta festividad en honor a la Virgen del Cisne. Desde las primeras horas de la mañana, la ciudad se transformó en un escenario de alegría y espiritualidad, con actividades que reflejaron la importancia de esta tradición para la comunidad lojana.

Historia

La celebración de la Natividad de María en Loja tiene sus raíces en una profunda tradición religiosa y cultural que se remonta a la época colonial. La historia de la Virgen del Cisne comienza en el siglo XVI, cuando una imagen tallada de la Virgen María, conocida por sus atributos milagrosos, llegó a la región. Desde entonces, cada 8 de septiembre, la comunidad lojana celebra la Natividad de María con una serie de actos religiosos y culturales.

Celebración

El pasado domingo, la jorna-

DEVOCIÓN. La imagen de la Virgen del Cisne durante su recorrido por las calles de Loja, en un día lleno de devoción y festividades en honor a la Natividad de María. Foto: Diócesis de Loja.

da comenzó a las 08h00 con las tradicionales mañanitas a la Virgen del Cisne. La Iglesia Catedral se llenó de música y color mientras artistas locales y nacionales, como Máximo Escaleras, Iván e Ivanna Peralta, Karla Espinoza y el mariachi Sol Azteca, ofrecieron un repertorio especial

para celebrar el cumpleaños de la ‘Churona’. Las melodías resonaron en el aire, creando un ambiente de júbilo y gratitud que dio inicio a un día lleno de actividades.

A las 10h00, la festividad continuó con una solemne eucaristía campal en los ex-

teriores de la catedral, presidida por Monseñor Walter Heras, obispo de Loja.

La misa congregó a miles de fieles, quienes se unieron en oración y alabanza, demostrando una vez más la profunda devoción hacia la Virgen del Cisne. La ceremonia litúrgica fue un momento

de reflexión y unión para la comunidad, subrayando el carácter espiritual y sagrado de la celebración.

El punto culminante del día llegó con el recorrido de la Sagrada Imagen por las cal les céntricas de Loja. A mediodía, la Virgen del Cisne, adornada con flores y escoltada por una multitud de devotos, desfiló por las principales arterias de la ciudad. Este acto no solo es una manifestación de fe, sino también una expresión cultural que une a la comunidad en un vínculo común de veneración y tradición.

La jornada concluyó con la última Noche del Peregrino, un evento esperado con entusiasmo por los lojanos. La plaza central se convirtió en el epicentro de la celebración nocturna, con la quema de castillos como el acto principal. El cielo se iluminó con explosiones de color mientras se ofrecían danzas, música y actuaciones en vivo, culminando así una festividad que celebra tanto la devoción religiosa como la identidad cultural de Loja. (YP)

Motos eléctricas: el punto de la discordia en Santo Domingo

El concejo municipal elabora una ordenanza para regularlas; sin embargo, desde la empresa de Transporte se anuncia que se decomisarán y chatarrizarán.

Desconcertados, así se encuentra un porcentaje de ciudadanos que habitan en Santo Domingo ante el anuncio de decomisar y chatarrizar las motocicletas eléctricas que circulan en esta jurisdicción.

Esto ha generado una nueva pugna entre las personas que las utilizan y autoridades cantonales, ya que cada parte defiende sus propias teorías.

¿Vulneración de derechos?

Algunos juristas consideran que sí habrá vulneraciones y advierten que los usuarios tienen la facultad de iniciar acciones legales cuando se intenta arrebatarles su vehículo eléctrico en la vía pública.

Otros reconocen que existe un vacío legal. Sin embargo, aseguran que no se puede emitir un video, catalogado como amenazante cuando no existe una ordenanza municipal que regule su uso Los propietarios de las motos también muestran su preocupación, y algunos ya empezaron a reunirse para socializar acciones de defensa, porque consideran que la medida vulnera sus derechos.

“Nos están amenazando

PREOCUPACIÓN. Los santodomingueños temen perder sus medios de transportes eléctricos.

con la difusión de este vídeo, parece que estamos en un territorio de guerra. Ni siquiera han tratado de socializar el tema. Deben comprender que este tipo de transporte no contamina el medio ambiente y que usamos personas de bajos recursos económicos”, expresó Sebastián Castillo.

Defensores del medio ambiente también rechazan la postura de las autoridades municipales, y a esta lista de inconformidad se suman personas que comercializan las motos eléctricas, quienes temen que el negocio decaiga a consecuencia de la restricción anunciada.

Postura

Héctor Fiallo, gerente de la empresa pública municipal de

EL DATO

No se ha realizado un censo oficial para conocer qué porcentaje de la ciudadanía usa motos eléctricas o scooters en Santo Domingo.

Transporte (EPMT) , dijo que hay mucho irrespeto a bordo de estos vehículos y que, incluso, en reiteradas ocasiones son manejados por menores de edad. El funcionario señaló que deben ser regulados de

acuerdo a lo establecido en la Ley de Tránsito , porque son motos de motor con propulsión eléctrica, y esto hace necesario un proceso de matriculación.

Todavía no hay fecha de -

finida, pero adelantó que a través de la ordenanza municipal se buscarán tres cosas importantes: matriculación, placa de identificación y licencia para conducir este tipo de transporte. (JD)

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UNA REPRESENTACIÓN HIPERREALISTA DEL CUERPO DE CRISTO

La Basílica de Santa María del Pi, situada en el centro histórico de Barcelona, acoge hasta diciembre de 2024 la exposición ‘The Mystery Man: el hombre de la Sábana Santa’, una representación hiperrealista del cuerpo de Cristo.EFE

REVISTA JUDICIAL

ESTÁNDARES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN RELACIÓN AL DERECHO A

Master en Derechos Fundamentales 1

Pandemia y visibilización de la problemática sanitaria

Con la llegada de pandemia de COVID 19 se visibilizó en América Latina la extrema fragilidad de las estructuras sanitarias para la atención de sus ciudadanos. En el caso de Ecuador un pequeño país de la región cuya economía principalmente es sustentada por la exportación de petróleo salieron a la luz un conjunto de problemas y denuncias derivados del acceso a la estructura sanitaria, medicinas y personal sanitario calificado(médicos y enfermeras). El punto G de la pandemia ha sido la ciudad de Guayaquil. La ciudad más populosa del Ecuador experimentó una tasa de contagios y de mortalidad sin precedentes que la catapultaron como ejemplo de acciones estatales equivocadas y omisivas. Hay situaciones que incluso han merecido la preocupación de la comunidad internacional: indebido tratamiento de cadáveres, falta de acceso a medicamentos esenciales, falta de acceso a la información real sobre el número de contagios y de fallecidos, estructura sanitaria precaria y denuncias del personal sanitario sobre condiciones inadecuadas para el ejercicio de su trabajo. Pese a que el Ecuador tiene en su pasivo varias sentencias relacionadas con la violación al Derecho a la Salud, al parecer los estándares desarrollados por el SISTEMA INTERAMERICANO no han sido debidamente implementados

causando consecuencias graves en la vida e integridad física de sus ciudadanos.- En el presente artículo analizamos brevemente la jurisprudencia desarrollada por la CORTE IDH en relación al Derecho a la Salud para el Estado ecuatoriano.-

Los estándares para Ecuador sobre la garantia del derecho a la salud.

Hasta la fecha actual Ecuador ha sido sentenciado ante la CORTE IDH cuatro veces por hechos que se relacionan a la violación al Derecho a la Salud, a la integridad física y al Derecho a la Vida. En muchos casos el objeto de las denuncias presentadas giraban sobre la deficiente atención sanitaria, la falta de supervisión del Estado de la actividad médica privada y la mala práctica médica.

El Derecho a la Salud como tal no se encuentra en el articulado de la CADH. Lo encontramos en el PROTOCOLO DE SAN SALVADOR ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS en su artículo 10. El “protocolo” en materia de DESC solo le otor-

ga competencia a la CORTE IDH en los casos de violaciones al Derecho a la Educación y a la Libertad Sindical. Es por ello que el desarrollo de este derecho dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos es bastante difuso pues la Corte IDH no tiene expresa competencia para sentenciar a los Estados sobre alegaciones expresas del artículo 10 del Protocolo. No obstante lo dicho, la Corte IDH ha podido referirse expresamente a la “salud” a través de la Obligación General de los Estados de respetar los derechos protegidos en la CADH, del Derecho a la Integridad Física y a la Vida contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos(artículos 1,1, 4 y 5 de la Convención Americana) y en una última sentencia contra Chile(Caso Poblete Vilches)bajo la protección del artículo 26 de la CADH(Progresividad) declarando la autonomía del Derecho a la Salud. Bajo el fundamento de la interdependencia e indivisibilidad de los Derechos Humanos la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha podido desarrollar

lineamientos importantes sobre el Derecho a la Salud con fundamento a la afectación de los denominados Derechos Civiles y Políticos(primera generación).-La Corte interamericana de Derechos Humanos al respecto ha dicho lo siguiente:

“117. La Corte ha reiterado que el derecho a la vida es un derecho humano fundamental cuyo goce pleno constituye una condición para el ejercicio de todos los derechos. La integridad personal es esencial para el disfrute de la vida humana. A su vez, los derechos a la vida y a la integridad personal se hallan directa e inmediatamente vinculados con la atención de la salud humana. Asimismo, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece que toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social, e indica que la salud es un bien público (artículo 10)2 ” Albán Cornejo y otros. El primer caso contra Ecuador que involucra el desarrollo del derecho a la SA-

CONSULTA LABORAL

¿Cuándo cabe el pago de triple de recargo de las remuneraciones determinado en el Art.94 del Código de Trabajo?

RESPUESTA

El Art.94 del Código del Trabajo contempla una sanción para el empleador moroso que hubiere dejado de pagar las remuneraciones que le corresponde al trabajador. Para que proceda este pago se requiere que el empleador estuviese en mora, conforme los plazos que establece la ley, para el pago de remuneraciones haya sido necesario el ejercicio de la acción judicial. La ley no establece como condición para reclamar el pago de remuneraciones atrasadas que la relación laboral hubiere concluido, por tanto, cabe perfectamente que el trabajador demande sus haberes y esté vigente la relación de trabajo. Distinto es el caso en que el trabajador hubiere optado por el visto bueno por la causal del Art.173.2 del Código del Trabajo, pues declarado el mismo hay lugar a reclamar el despido intempestivo y también las remuneraciones atrasadas, pero en este caso en juicio sumario y no monitorio.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

LUD fue denominado ALBAN CORNEJO Y OTROS3 . De acuerdo a los hechos invocados y constantes en la sentencia la señorita Laura Albán Cornejo ingresó al Hospital Metropolitano, institución de salud de ca-

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008
La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR

rácter privado, situada en Quito, Ecuador, debido a un cuadro clínico de meningitis bacteriana. El médico residente le prescribió una inyección de diez miligramos de morfina debido a un fuerte dolor y mientras permanecía bajo tratamiento médico, la señorita Albán Cornejo murió, presuntamente por el suministro del medicamento. Con posterioridad a su muerte, sus padres, Carmen Cornejo de Albán y Bismarck Albán Sánchez acudieron ante el Juzgado Octavo de lo Civil de Pichincha para obtener el expediente médico de su hija, y ante el Tribunal de Honor del Colegio Médico de Pichincha. Después los padres presentaron una denuncia penal ante las autoridades estatales para que investigaran la muerte de su hija. Como consecuencia de lo anterior, dos médicos fueron investigados por negligencia en la práctica médica, y el proceso seguido en contra de uno de ellos fue sobreseído el 13 de diciembre de 1999, al declararse prescrita la acción penal4 Podríamos decir que ALBAN CORNEJO es el primer caso en el cual se aborda el Derecho a la Salud desde la responsabilidad del Estado en la supervisión de las actuaciones de las instituciones privadas de Salud. Si bien es cierto que la “Corte” no condenó

al Estado Ecuatoriano por la violación al Derecho a la Vida y a la Integridad física de LAURA ALBAN CORNEJO, termina desarrollando la garantía del Derecho a la Salud a través del articulo 1.1. de la CADH(Obligación General de los Estados). La sentencia en su desarrollo indica elementos importantes de la práctica médica que claramente pueden constituirse en estándares del Derecho a la Salud. Por ejemplo en los párrafos 67 y 68, la “Corte” indica algunos requisitos que deben contener los expedientes médicos. En la sentencia se hace énfasis en su carácter reservado para el público y la debida custodia por parte del personal médico y centros de salud y recalcando la garantía de acceso a dicha información por parte de familiares directos y terceros responsables. La importancia del expediente médico es ser fuente del conocimiento acerca de la situación del enfermo y de esa manera poder examinar si razonablemente el paciente fue atendido tomando las medidas necesarias para controlar la enfermedad. En ese contexto la omisión(la falta) en la elaboración del expediente o la deficiente integración del mismo pueden acarrear responsabilidad al Estado por omisión o falta de actuación en su deber de supervisión5 . Otro de los aspectos importantes que desarrolla la sentencia son las sanciones

disciplinarias y el papel de los Colegios Médicos en la observancia de las normas éticas y de cuidado por parte del personal sanitario. Aunque inicialmente en esta sentencia la Corte Interamericana de Derechos Humanos no cree necesaria la modificación del sistema penal para el establecimiento de un delito específico (Mala Práctica Médica), más adelante en otra sentencia contra Ecuador (MELBA SUAREZ PERALTA) este organismo se torna más especifico en cuanto a la modificación del sistema penal para que permita impedir la impunidad asociada a la omisión y negligencia de los profesionales de la salud en el tratamiento de sus pacientes6 .-

Ya en “ALBAN CORNEJO”, se traza una línea doctrinaria que será desarrollada con más fuerza en futuras sentencias de la Corte: La responsabilidad del Estado deriva tanto de actuaciones directas en el marco de la garantía del Derecho a la Salud en su red de instituciones de Salud Pública y también deriva de la omisión o falta de supervisión del Estado sobre las instituciones de salud privada7. Aunque en esta sentencia el estándar que fija la “Corte” lo deriva de la obligación general de los Estados de hacer respetar los derechos contenidos en la Convención Americana y de su responsabilidad en establecer mecanismos internos y normativos que permitan la ejecución del

derecho a la SALUD constantes en los artículos 1.1. y 2 de la CADH más adelante veremos en los casos Melba Suarez, Vera Vera y Gonzales Lluy cómo evoluciona esta línea jurisprudencial para ligarla ya directamente con el articulo 4 y 5 de la CADH8 .Caso Vera Vera contra Ecuador9 . En el CASO VERA VERA CONTRA ECUADOR la línea jurisprudencial se enfoca en la responsabilidad de cuidado y custodia del Estado a las personas detenidas que están a su cargo y sobre ello la Corte IDH desarrolla el Derecho a la atención de salud que poseen los ciudadanos detenidos por cualquier concepto. Es importante indicar que ya la Corte en esta sentencia se refiere explícitamente al tratamiento general y especializado que debe tener cualquier

ANULACION DE CHEQUE

Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 173 al 173 presentado por el girador SR. MARIO ALBERTO TOALA DE LA CRUZ Cta Cte No.1635019373 DE BANCO BOLIVARIANO. 001-005-2264

ANULACION DE CHEQUE

Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 214 al 214 presentado por el girador SR. MARIO ALBERTO TOALA DE LA CRUZ Cta Cte No.1635019373 DE BANCO BOLIVARIANO. 001-005-2264

persona que necesite atención médica incluso si se encuentra detenido. En este punto la Corte sostiene que el Estado podría ser responsable de tratos crueles e inhumanos y por ende de la violación al artículo 5 de la CADH (integridad física)cuando dicha atención médica podría haber

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000230000213001 Cliente BRAVO CEDEÑO GLORIA ALEXANDRA Cédula de Ciudadanía Nro. 1305987347 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

QUEDA ANULADO POR PERDIDA, EL TITULO DE UNIDAD DE SEPULTAMIENTO N° 0010510

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000090002839001 Cliente PAREDES BARRERA JULIO CESAR Cédula de Ciudadanía Nro. 1705128500 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-004-4785

SE ANULA certificado de depósito a plazo fijo No 010POL00152594 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco de Asís por pérdida

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LEYENDAS NOCTURNAS TURISMO CULTURAL NOCTURNO CIA.LTDA.

De acuerdo con los Artículos 119 y 236 de la Ley de Compañías, así como el Artículo 7 de nuestros estatutos sociales, se extiende una cordial invitación a todos los SOCIOS de LEYENDAS NOCTURNAS TURISMOCULTURALNOCTURNO CIA.LTDA. a participar en la Junta General Extraordinaria de Accionistas. Este importante encuentro se realizará el jueves, 19 de septiembre de 2024, a las 10:00 a.m., la junta se realizará en la siguiente dirección Buga N12-44 y Haití. Durante esta reunión, abordaremos los puntos establecidos en el orden del día:

1.Constatación del Quorum.

2. Lectura y aprobación el acta anterior.

3. Conocer y resolver sobre el nombramiento de gerente y presidente de la compañía por el periodo de cinco años.

4. Elección y posicionamiento de gerente y presidente de la compañía para el periodo 2024-2029.

QUITO 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2024

LCDA. KARINA MARCELA JAYA JIMENEZ

GERENTE GENERAL C.C.: 1718813932

DESC del Sistema Universal para establecer parámetros claros que debe cumplir la estructura sanitaria a efectos de garantizar el acceso al Derecho a la Salud y su efectiva vigencia: “173. Por otra parte, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha señalado que todos los servicios, artículos e instalaciones de salud deben cumplir con requisitos de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad14”.

Sobre el concepto de disponibilidad la sentencia de la CORTE IDH ha indicado claramente que cada Estado Parte deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención, así como de programas, incluyendo los factores básicos de la salud, como hospitales, clínicas, personal médico y profesional capacitado y de medicamentos esenciales.

En cuanto a la accesibilidad se mencionan cuatro elementos que deben ser tomados en cuenta por la estructura sanitaria general: No discriminación: es decir la cobertura a los sectores más vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna por cualquiera de los motivos prohibidos; Accesibilidad física: la estructura sanitaria debe estar al alcance geográfico de todos los sectores de la población, en especial los grupos vulnerables o marginados, como las mujeres, los niños, los adolescentes y las personas con VIH/SIDA; Accesibilidad económica (asequibilidad) : Los pagos por servicios de atención de la salud y servicios relacionados deberán basarse en el principio de la equidad, a fin de asegurar que esos servicios, sean públicos o privados, estén al alcance de todos, incluidos los grupos socialmente desfavorecidos. La equidad exige que sobre los hogares más pobres no recaiga una carga desproporcionada, en lo que se refiere a los gastos de salud, en comparación con los hogares más ricos; Acceso a la información: ese acceso comprende el derecho de solicitar, recibir y difundir información e ideas acerca de las cuestiones relacionadas con la salud sin menoscabar el derecho de que los datos personales sean tratados con confidencialidad. En cuanto a la aceptabilidad la sentencia de la Corte Idh indica que toda la estructura sanitaria deberá ser respetuosa de la ética médica y culturalmente apropiada, es decir respetuosa

de la cultura de las personas, las minorías, los pueblos y las comunidades, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida. Por último en relación a la Calidad de la estructura sanitaria la Corte IDH estableció que los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser también apropiados desde el punto de vista científico, médico y ser de buena calidad. Ello requiere personal médico capacitado, medicamentos y equipo hospitalario científicamente aprobados y en buen estado, agua limpia potable y condiciones sanitarias adecuadas

En segundo lugar esta sentencia también aporta características importantes para delinear el derecho al acceso de medicamentos y al acceso a la información en el contexto del derecho a la Salud.- En ese sentido la Corte IDH recalca que el acceso a la medicación en el contexto de pandemias es uno de los elementos fundamentales para alcanzar gradualmente el ejercicio pleno del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental15. Mientras que al abordar el acceso a la información la Corte IDH le concede la relevancia de que dicho derecho permite sobrellevar en mejor forma la enfermedad y poder tomar decisiones planificadas y libres de injerencia16 .

En la interrelación del Derecho a la Salud con el resto de DESC en este caso concreto la Corte IDH analiza el impacto de su afectación en relación con el Derecho a la Educación de la víctima(niña con Vih) y en ese sentido le traslada tres responsabilidades inherentes a personas con VIH: el derecho a disponer de información oportuna y libre de prejuicios sobre el VIH/SIDA; la prohibición de impedir el acceso a los centros educativos a las personas con VIH/SIDA, y el derecho a que la educación promueva su inclusión y no discriminación dentro del entorno social17

Caso Poblete Vilches Contra Chile

Por último cabe mencionar el novedoso caso en materia del Derecho a la Salud denominado caso POBLETE

VILCHES CONTRA CHI -

LE18 sobre los hechos de un adulto mayor que ingresó en dos oportunidades al hospital público Sótero del Río, donde falleció. En dicho caso se probó que el personal médico del hospital se abstuvo de obtener el consentimiento informa-

do para la toma de decisiones en materia de salud. La Corte concluyó que existieron suficientes elementos para considerar que la decisión de dar de alta a Vinicio Antonio Poblete Vilches y la manera en que la misma se realizó, pudo tener incidencia en el rápido deterioro que sufrió en los días inmediatamente posteriores a su salida del hospital y su posterior muerte cuando ingresó nuevamente en grave estado de salud. Asimismo, determinó la responsabilidad estatal por no haberle brindado el tratamiento intensivo al no proporcionarle de un respirador mecánico y que las investigaciones a nivel interno no fueron realizadas con la debida diligencia y en un plazo razonable. En este caso la Corte IDH desarrolló un concepto autónomo del Derecho a la Salud sobre el fundamento del artículo 26 de la Convención Americana(progresividad) reconociendo la existencia de un CORPUS IURIS del Derecho a la Salud: “114. Asimismo, el derecho a la salud está consagrado por un vasto corpus iuris internacional; inter alia: el artículo 25.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el artículo 10 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Además, el derecho a la salud se reconoce en el artículo 5 apartado e) de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial; el artículo 12.1 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; el artículo 24.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño; el artículo 28 de la Convención sobre la Protección de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, y el artículo 25 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Este derecho también se encuentra plasmado en varios instrumentos regionales de derechos humanos, como en el artículo 17 de la Carta Social de las Américas; el artículo 11 de la Carta Social Europea de 1961, en su forma revisada; el artículo 16 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y recientemente en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (cabe señalar que, sobre esta última, por razones de temporalidad, no resulta exigible en relación con los hechos del caso en análisis). Además, el derecho a la salud ha

sido reconocido en la sección II, apartado 41, de la Declaración y Programa de Acción de Viena, y en otros instrumentos y decisiones internacionales”. Las sentencias de la Corte IDH contra el Estado Ecuatoriano son vinculantes en un aspecto concreto en cuanto individualizan obligaciones a favor de las victimas y familiares pero también acarrean un contenido general en relación al cumplimiento de los estándares que imponen en materia de Derechos y Garantías. En la garantía del Derecho a la Salud el Ecuador está ahora en el ojo de la tormenta producto de sus decisiones y omisiones para prevenir y mitigar la pandemia de Covid 19. Hay estándares claros bajo los cuales debemos empezar un examen prolijo sobre la conducta y responsabilidad del Estado ecuatoriano y las consecuencias para sus administrados y ciudadanos.

1.El abogado Jorge Sosa Meza fue el patrocinador en el Caso denominado Melba Suarez Peralta contra Ecuador que se relaciona directamente con el desarrollo del Derecho a la Salud. 2.Corte IDH. Caso Albán Cornejo y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2007. Serie C No. 171 párrafo 117.

3.Corte IDH. Caso Albán Cornejo y Otros Vs. Ecuador. Interpretación de la Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C No. 183

4.Corte IDH. Caso Albán Cornejo contra Ecuador; sentencia de 22 de noviembre de 2007; Fondo, Reparaciones y Costas, párrafo 2.-

5.Cfr Caso Albán Cornejo, párrafo 67 y 68

6.Cfr, Caso Albán Cornejo, párrafo 76

7.Cfr, Caso Albán Cornejo párrafo 119

8.Cfr Caso Albán Cornejo párrafo 118.

9.Corte IDH. Caso Vera Vera y otra Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 19 de mayo de 2011. Serie C No. 226

10.Cfr Caso Vera Vera párrafo 44. 11. Cfr Caso Vera Vera párrafo 76

12. Cfr Caso Vera Vera párrafo 77 y 79

13.Corte IDH. Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 01 de septiembre de 2015. Serie C No. 298

14.Cfr Gonzales Lluy y otros párrafo 173

15.Caso Gonzales Lluy parrafo 194

16.Caso Gonzales Lluy párrafo 198

17.Caso Gonzales Lluy párrafo 241

18.Corte IDH, Caso Poblete Vilches y otros vs. Chile, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 8 de marzo de 2018. Serie C, núm. 349.

NOTARIA CUARTA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI: Cumplo en poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública, otorgada ante mi Doctora Pamela Bautista Robalino. Notaria Cuarta del Cantón Rumiñahui, el nueve de julio de dos mil veinte y cuatro, los señores RUTH NATALIA MURGUEYTIO AVILES y ERWIN PATRICIO HERNANDEZ SAMANIEGO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que existió en el vínculo matrimonial que mantenían los comparecientes; de conformidad con el numeral trece del artículo dieciocho de la Ley Notarial reformada, expedida el cinco de noviembre de 1996.- Documento archivado con el número 2014-1421- Quito, 20 de Octubre del 2014./fr. Especie N° 0076389.

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Ofcial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante la presente publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores RUTH NATALIA MURGUEYTIO AVILES y ERWIN PATRICIO HERNANDEZ SAMANIEGO, otorgada mediante escritura pública el nueve de julio de dos mil veinte y cuatro, ante mi Doctora Pamela Bautista Robalino, Notaria Cuarta del Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fn de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fnes legales correspondientes.

causado sufrimiento, humillación o degradación a la salud del paciente teniendo en cuenta el tipo de dolencia que padece, el lapso transcurrido sin atención, sus efectos físicos y mentales acumulativos y, en algunos casos, el sexo y la edad de la misma, entre otros10. Es importante señalar que en este caso la Corte IDH se remite a la jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos que tiene similares estándares en torno a la justiciabilidad de los DESC incluyendo el Derecho a la Salud. La Convención Europea de Derechos Humanos le otorga competencia al TEDH solamente sobre el instrumento principal(Convención) y sus protocolos por lo que el resto de instrumentos europeos tienen la calidad de interpretativos y coadyuvantes pero no de principales. En ese aspecto en la Convención Europea y sus protocolos no se encuentra incluido el Derecho a la Salud por lo que el TEDH no tiene competencia sobre este derecho por lo que todo el desarrollo jurisprudencial del TEDH también se deriva a partir de derechos conexos como el Derecho a la Vida. El caso citado por la CORTE IDH es el Sarban Vs. Moldova, (No. 3456/05), Sentencia de 4 de octubre de 2005. Final, 4 de enero de 2006, párrs. 75 y 76 que se refiere al tratamiento médico negligente o deficiente y lo homologa como un trato inhumano y degradante(artículo 3 del CADH) siempre y cuando se reúnan algunas condiciones para considerar la gravedad de la omisión o deficiencia en la atención médica11. La Corte Europea ha tomado en cuenta factores tales como la falta de asistencia médica de emergencia y especializada pertinente, deterioro excesivo de la salud física y mental de la persona privada de la libertad y exposición a dolor severo o prolongado a consecuencia de la falta de atención médica oportuna y diligente, las condiciones excesivas de seguridad a las que se ha sometido a la persona a pesar de su evidente estado de salud grave y sin existir fundamentos o evidencias que las hicieran necesarias, entre otros, para valorar si se ha dado un tratamiento inhumano o degradante a la persona privada de la libertad12 . Caso Melba Suarez Peral-

ta El tercer caso contra el Estado Ecuatoriano es el de Melba Suarez Peralta. Si bien es un caso de mala práctica médica en un centro privado de salud la Corte IDH condenó al Estado Ecuatoriano por violación al artículo 5 del CADH por omisión en la supervisión y control de la actividad médica no autorizada(médicos cubanos) y por alentar a través de entidades públicas la atención en un centro médico que no cumplía con los estándares mínimos de atención al paciente violentando el deber de cuidado que tenía sobre las entidades de salud referidas. A diferencia del caso Vera Vera en el que la responsabilidad es directa del Estado por la custodia del detenido, en el caso Suarez Peralta la Corte IDH termina dando un giro(distinto al de Albán Cornejo) condenado al Estado Ecuatoriano por la omisión y falta de supervisión en la actividad privada médica. En la sentencia la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció lo siguiente:

“(…)154. La Corte concluye que, si bien la regulación ecuatoriana en la materia contemplaba mecanismos de control y vigilancia de la atención médica, dicha supervisión y fiscalización no fue efectuada en el presente caso, tanto en lo que refiere al control de las prestaciones brindadas en la entidad estatal, Policlínico de la Comisión de Tránsito de Guayas, como en lo que respec-

Sangolquí, 09 de Septiembre del 2024

ta a la institución privada, Clínica Minchala. La Corte estima que ello generó una situación de riesgo, conocida por el Estado, que se materializó en afectaciones en la salud de Melba Suárez Peralta. Por tanto, el Estado de Ecuador incurrió en responsabilidad internacional por la falta de garantía y prevención del derecho a la integridad personal de Melba Suárez Peralta, en contravención del artículo 5.1 de la Convención Americana, en conexión con el artículo 1.1 del mismo instrumento(…)”. Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador13

La última sentencia contra el Estado Ecuatoriano relacionada al Derecho a la salud es el Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador.

El caso se relaciona con la presunta responsabilidad internacional del Estado por la afectación a la vida digna e integridad personal de Talía Gabriela Gonzales Lluy “como consecuencia del contagio con VIH tras una transfusión de sangre que se le realizó […] cuando tenía tres años de edad”. De acuerdo con la Comisión, el Estado no cumplió adecuadamente el deber de garantía, específicamente “su rol de supervisión y fiscalización frente a entidades privadas que prestan servicios de salud”. Asimismo, la Comisión concluyó que la falta de respuesta adecuada por parte del Estado, principalmente la omisión en la prestación de atención médica

CONVOCATORIA

En cumplimiento a lo determinado en el literal b) del Art. 22, Art. 23 y Art. 24 del Estatuto de la Federación de Ligas Deportivas Parroquiales y Barriales del Cantón Rumiñahui y en merito a lo dispuesto en el Art. 15, Art. 16, Art. 18 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación con ampliación de los lineamientos específicos establecidos en el literal b) numerales 1,3,4 que hacen referencia a la convocatoria y literal c) numeral 3 que refiere al Quórum contenidos en el memorando N°MD-DAD-2024-0488-MEM, de fecha 26 de Marzo de 2024 suscrito por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Director de Asuntos Deportivos del Ministerio del Deporte, Cultura Física y Recreación:

SE CONVOCA

A Asamblea General de Elecciones, para el día viernes 27 de Septiembre del 2024 a las 19h00, misma que se efectuará en el salón principal de la FELIRUM, ubicado en la Av. Juan Salinas (frente a la Unidad Educativa Juan de Salinas) de la Parroquia Sangolquí, Cantón Rumiñahui, en la que se renovará el Directorio de la Federación de Ligas Deportivas Parroquiales y Barriales del Cantón Rumiñahui, para el período comprendido del año 2024 al 2026, con el siguiente orden del día.

1.- Constatación del Quórum.

2.- Calificación de acreditaciones.

3.- Elecciones.

Atentamente, “UNIDOS PARA EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN”

Dr. Fernando Espinosa Sr. Omar Tipanta PRESIDENTE SECRETARIO

especializada, continuó afectando el ejercicio de los derechos de la presunta víctima; y consideró que la investigación y proceso penal interno no cumplieron con los estándares mínimos de debida diligencia para ofrecer un recurso efectivo a la presunta víctima y sus familiares, Teresa e Iván Lluy,

incumpliendo además con el deber de especial protección frente a Talía Gonzales Lluy en su calidad de niña. Dos temas son de vital importancia en este caso para adelantar la jurisprudencia en materia de Derecho a la Salud. Por un lado la Corte IDH acoge la recomendación del Comité de

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “INFORMACIÓN TECNOLÓGICA DEL ECUADOR LUXEINFORM S.A.”

De conformidad con las normas legales y estatutarias pertinentes, convocase a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía INFORMACIÓN TECNOLÓGICA DEL ECUADOR LUXEINFORM S.A., que tendrá lugar el día viernes 27 de septiembre de 2024, a las 10h00, en las oficinas ubicadas en la Avenida Amazonas E4-387 y Colón, Business Center Torre de Oficinas del Edificio Amazonas Park, mismas que conforme dispone el artículo 233 de la Ley de Compañías y el Reglamento General de Juntas Generales de Accionistas se encuentran ubicadas en el cantón del domicilio principal de la compañía, esto es en la ciudad de Quito. La convocatoria se la hace con el objeto de conocer los siguientes asuntos, y resolver sobre ellos:

1. Reforma de estatutos de la compañía “INFORMACIÓN TECNOLÓGICA DEL ECUADOR LUXEINFORM S.A.”

2. Elaboración de Manual de Funciones y Procedimientos y Reglamento Orgánico Funcional de la compañía “INFORMACIÓN TECNOLÓGICA DEL ECUADOR LUXEINFORM S.A.”

3. Resolver sobre la elección de comisario y fijar su remuneración.

4. Establecer políticas de firma de responsabilidad en la elaboración, revisión y aprobación en las transacciones financieras, comprobantes de pago, asientos y registros contables.

5. Información de detalles de pagos y asesorías a empresas externas.

6. Conocimiento y resolución respecto a la propuesta de honorarios y gastos relativos a la reforma de estatuto social de la compañía.

7. Conocimiento y resolución respecto a la propuesta de elaboración de Manual de Funciones y Procedimientos y Reglamento Orgánico Funcional de la compañía “INFORMACIÓN TECNOLÓGICA DEL ECUADOR LUXEINFORM S.A.”

8. Análisis y resolución respecto a la remuneración y beneficios que percibe el Presidente Ejecutivo de la compañía.

9. Conocimiento respecto a las garantías que debe presentar la compañía para la suscripción de nuevos contratos.

Se deja expresa constancia que de conformidad al artículo 213 de la Ley de Compañías, los puntos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente convocatoria se lo hacen por pedido de la accionista Damaris Irene Alarcón Vallejo, a través de su procurador judicial, abogado Ramiro Fernando Cueva Granja, según solicitud enviada mediante correo electrónico de viernes 23 de agosto de 2024.

La documentación que será conocida respecto de los puntos del orden del día de la presente convocatoria, se encuentra a disposición de los señores accionistas, en las oficinas de la compañía, ubicada en Avenida Amazonas E4-387 y Colón, Edificio Amazonas Park, oficina noventa y cinco, conforme lo indica el literal f del artículo 3 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías; y, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, será remitida adjunta al correo electrónico de notificación de la convocatoria. Esto, con excepción de los documentos relacionados a los puntos 1, 2, 4 y 5 de la presente convocatoria que no se envían adjuntos al presente correo ni se encuentran a disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía, por cuanto no hemos recibido la información de respaldo de los temas a tratar o las propuestas del abogado Ramiro Fernando Cueva Granja, en su calidad de procurador judicial de la accionista Damaris Irene Alarcón Vallejo, sin perjuicio de que en el punto 3 del orden del día se remite una cotización de servicios de comisario que recibimos.

Se deja constancia que no se convoca en forma especial e individual a los comisarios de la compañía, por cuanto a la presente fecha no existe comisarios principal y suplente legalmente designados.

Para los accionistas que desearen conectarse por vía telemática se les indica que se habilitará la conexión por este medio a través de la plataforma zoom; y, se les hará llegar las credenciales para el acceso a la reunión a través del correo electrónico de convocatoria. Se les informa a los accionistas las siguientes normas de procedimiento para el correcto desenvolvimiento de la Junta General Extraordinaria:

a) Hasta tres días antes de la Junta General los accionistas podrán solicitar del Presidente Ejecutivo la información o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por cualquier medio las preguntas que consideren necesarias.

b) Los accionistas que participen por vía telemática deberán enviar un correo electrónico al secretario de Junta a la dirección de correo que se informará al inicio de la reunión, indicando que se encuentran presentes y asisten a la Junta General.

c) Los accionistas que participen presencialmente deberán firmar el registro físico de asistencia a la Junta General.

d) Los accionistas que participen telemáticamente deberán consignar su voto en cada moción enviando un correo electrónico al secretario de junta a la dirección de correo que se informará al inicio de la reunión.

e) En caso que alguno de los accionistas fuere a ser representado en la junta general por un tercero, podrá hacer llegar el instrumento público o privado de representación a la dirección de correo electrónico que se detalla a continuación marco.muzo@itdelecuador.com

f) Dentro del plazo improrrogable de 72 horas desde la publicación y envío de la presente convocatoria, los accionistas que representen al menos el 5% del capital social, podrán solicitar la inclusión de puntos adicionales a los ya referidos en la convocatoria; o, que se efectúen correcciones formales a la misma.

NOTA: Conforme lo dispuesto en el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, la convocatoria por correo electrónico se la hará a aquellos accionistas que hubieren registrado su información en la compañía.

Quito, 9 de septiembre de 2024

ALEXIS ALARCON ALVARADO PRESIDENTE

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑIA DISTRIBUIDORA DE PLASTICOS SALGADO DISPLASAL CIA. LTDA.

De conformidad con lo previsto en el artículo 118 y siguientes de la Ley de Compañías, concordante con el Estatuto Social desde el artículo Decimo Segundo al Décimo Sexto; se convoca a los señores Socios de la compañía DISTRIBUIDORA DE PLASTICOS SALGADO DISPLASAL CIA. LTDA. a Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día miércoles 25 de septiembre del 2.024, a las 11H00 horas, en la Oficina Matriz de la Compañía en el inmueble de propiedad de la Compañía, ubicadas en las calles Miguel E. Terán e Isidro Ayora s/n junto al conjunto habitacional de la empresa Eléctrica Quito, parroquia Conocoto cantón Quito provincia de Pichincha del Distrito Metropolitano de Quito; para tratar respecto de los siguientes asuntos:

1. Renuncia de Presidente, y 2. Renuncia de Gerente

Se comunica a los señores Socios, que se procederá de conformidad a lo estipulado en el artículo Décimo Quinto de los Estatutos Sociales.

El Socio deberá confirmar su presencia física, o, a través de videoconferencia siendo responsable de que su presencia se perfeccione.

Se procederá conforme al artículo 121 de la Ley de Compañías concordante con el artículo 21 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, En Comandita por Acciones y de Economía Mixta.

Quito, a 09 de septiembre del 2.024

Sr. Carlos Manuel Torres Altamirano Gerente General

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SISTEMA NACIONAL DE PRODUCCION INDUSTRIAL SINAINSA S.A, EN LIQUIDACIÓN.

De conformidad con lo previsto en el artículo Octavo del Estatuto Social de la compañía, en mi calidad de liquidador, convoco a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía SISTEMA NACIONAL DE PRODUCION INDUSTRIAL DEL ECUARDOR S.A., EN LIQUIDACION, a efectuarse el día 20 de septiembre de 2024, a las 10H00, en la siguiente dirección: Naciones Unidas 1084 y Amazonas, edificio La Previsora, torre B, piso 8 oficina 812, de esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día:

1. Conocimiento y resolución de los informes de Presidente y Representante Legal de la compañía correspondiente al ejercicio económico del año 2022.

2. Conocimiento y resolución de los estados financieros y el balance de la compañía correspondiente del ejercicio económico del año 2022.

3. Conocimiento y resolución de los informes de Presidente y Representante Legal de la compañía correspondiente al ejercicio económico del añ0 2023.

4. Conocimiento y resolución de los estados financieros y el balance de la compañía correspondiente del ejercicio económico del año 2023.

5. Conocimiento y resolución sobre el destino de los bienes de la compañía Autorización al liquidador de la compañía para ejecutar todo lo resuelto en esta junta general de accionistas.

6. Lectura y aprobación del Acta.

Se convoca de manera personal e individual, a la Comisaria, señora Sonia Ramos. Quito, 6 de septiembre de 2024.

MARIO VICENTE BERMEO ROSALES

REPRESENTANTE LEGAL – LIQUIDADOR DE LA COMPAÑÍA SISTEMA NACIONAL DE PRODUCCIÓN SINAINSA S.A, EN LIQUIDACIÓN.

Nota: De conformidad con la ley se comunica a los accionistas que los documentos que serán conocidos en la Junta están a disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía. Además, se advierte que esta convocatoria también ha sido enviada a los correos electrónicos consignados por los accionistas de la compañía.

Quito D.M., a 04 de septiembre del 2024. DV

EXTRACTOS, OFICIOS, CARTELES PREVISTOS EN LA LEY CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL GREENVIEW S.C.C. OTORGADA POR:

ROBERTO CHUJON SAM Y JORGE RAMIRO BURBANO MEDINA

En conformidad con el artículo 18 numeral 29 de la Ley Notarial, para los fines legales consiguientes, en mi calidad de Notario Septuagésimo Séptimo del cantón Quito, DOY AVISO y hago conocer, que el día VIERNES VEINTITRES (23) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), el señor ROBERTO CHUJON SAM, casado, por sus propios y personales derechos; y, el señor JORGE RAMIRO BURBANO MEDINA, casado, por sus propios y personales derechos, otorgaron en esta notaría una escritura pública, que contiene la CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL GREENVIEW S.C.C., cuya parte pertinente dice: ESTATUTOS:

“ARTICULO SEGUNDO.- DOMICILIO: El domicilio principal de la Sociedad Civil y Comercial, será la ciudad de Quito y podrá abrir agencias y sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país.

ARTICULO TERCERO.- DURACIÓN: La Sociedad tendrá un tiempo de duración de cincuenta años contados desde la fecha de inscripción realizada por el Registrador Mercantil del cantón Quito, sin embargo, de acuerdo con la Ley y con estos Estatutos podrá prorrogarse o disolverse antes de su vencimiento.

ARTICULO CUARTO. - EL OBJETO: EI objeto de la Sociedad Civil y Comercial será: A) Las actividades de construcción, planificación, diseño, decoración, comercialización, compra, venta y arrendamientos de inmuebles para habitación, comerciales, edificaciones, departamentos, oficinas, casas, condominios, urbanizaciones, conjuntos, y construcciones afines.- B) La comercialización, compra, venta y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, materias primas y maquinaria para la consecución de su objeto principal; d igual manera podrá intervenir en cualquier contratación estatal, nacional e internacional en aspectos de la construcción a las que la firma interviene, aceptar y ejercer agencias y representaciones de sociedades afines nacionales extranjeras, o de personas naturales nacionales o extranjeras que tengan relación con su objeto social.- C) A efectos de cumplir con este objeto, podrá celebrar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o de otra naturaleza permitidos por las leyes ecuatorianas, por tanto la sociedad podrá contratar o convenir con otra u otras Sociedades, Asociaciones o Compañías cuyo objeto social sea análogo, similar o conexo con su propio objeto.- D) Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad tendrá capacidad amplia y suficiente como sujeto de derechos y obligaciones y podrá ejercitar cualquier operación, acto o negocio jurídico, y celebrar toda clase de contratos, civiles, mercantiles y laborales o de cualquier otra naturaleza. La Sociedad no podrá dedicarse a ninguna actividad incompatible con su objeto social, o prohibidas por la ley”. El capital social de esta sociedad es de mil dólares, ha sido suscrito en su totalidad y pagado por los socios comparecientes de la siguiente forma:

Conforme con la norma IBÍDEM, los interesados tienen el término de CINCO (05) DÍAS, contados a partir de la última publicación en la prensa del presente aviso, para presentar la

1) ROBERTO CHUJON SAM 2) RAMIRO BURBANO

Juicio No. 17267-2024-00225

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, lunes 29 de julio del 2024, a las 11h04.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDROVICENTE MALDONADO PROVINCIA DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL

EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS PERSONAS FALLECIDAS MANUEL AVELINO MORALES BARRETO Y MANUELA ABELINA BARRETO MONTERO;

SE LE HACE CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN LA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO 17267-2245-00225, SEGUIDO POR LILIA MARIA SANCHEZ SANCHEZ, en contra de ZOILA MARIA MORALES BARRETO, MERCEDES NARCISA MORALES BARRETO, VERONICA DOLORES MORALES BARRETO y MARCELO JAVIER MORALES BARRETO. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de las personas fallecidas MANUEL AVELINO MORALES BARRETO y MANUELA ABELINA BARRETO MONTERO; mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de la Provincia o a nivel nacional, en tres días distintos, conforme lo estable los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.

CAUSA No. 17267-2245-00225,

MATERIA: CIVIL

TIPO DE SUMARIO

ASUNTO: DEMARCACION DE LINDEROS.

DEFENSOR: Dra. MARÍA JUDITH PANATA COLOMA

JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO

CANTON: PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA

Juicio No. 17267-2024-00225

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, lunes 15 de julio del 2024, a las 16h50. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto inmediato anterior. 1) CALIFICACION.- La demanda que antecede presentada por la señora LILIA MARIA SANCHEZ SANCHEZ, es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario de Demarcación de Linderos.- 2) CITACION: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a los demandados señores: a) ZOILA MARIA MORALES BARRETO, MERCEDES NARCISA MORALES BARRETO, VERONICA DOLORES MORALES BARRETO y MARCELO JAVIER MORALES BARRETO, en el domicilio señalado por la parte actora, de acuerdo con lo dispuesto en los Arts. 54, 55 y 63 del citado Código, a través de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial; b) JOSE RAMÓN MORALES BARRETO, MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO Y SANTIAGO ANDRÉS MORALES BARRETO, mediante Deprecatorio Virtual dirigido a la Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha; conforme a la directriz sobre uso del deprecatorio virtual, emitido mediante Memorando circular-CJ-DNGP- 2018-0159-MC de fecha 11 de mayo del 2018, por la Abg. Connie Frías Mendoza, Dirección Nacional de Gestión Procesal, para que las partes estén en condiciones de ejercer sus derechos conforme lo dispone el Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; c) En base al juramento rendido por la parte accionante de la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio residencia de los herederos presuntos y desconocidos de las personas fallecidas MANUEL AVELINO MORALES BARRETO y MANUELA ABELINA BARRETO MONTERO; cítese mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de la Provincia o a nivel nacional, en tres días distintos, conforme lo estable los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, para esto por secretaría elabórese el extracto correspondiente. Para las citaciones a los demandados dentro de esta jurisdicción, de acuerdo a la última Reglamentación respecto de las citaciones emitida por el Consejo de la Judicatura y en aplicación al Memorando Circular CJ-DNGP-2018-0289-MC suscrito por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera Director Nacional de Gestión Procesal de la Dirección General del Consejo de la Judicatura la parte accionante deberá acercarse al archivo de esta dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares de las piezas procesales pertinentes para los fines de Ley- 3) TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: Con fundamento en lo previsto en el Art. 333 numeral 3 del citado Código, se concede a los demandados el TÉRMINO DE QUINCE días, contados a partir de la fecha en que sean legalmente citados, a fin que contesten la demanda (acto de proposición), quienes deberán observar lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 del enunciado Código.- 4) AUDIENCIA ÚNICA: La audiencia única se señalará una vez que sea citado el demandado conforme lo dispuesto en el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, diligencia que a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir de conformidad a lo que establece el numeral 1 del artículo 86 del COGEP.- 5) De conformidad al inciso quinto del Art. 146 ibídem, al tratarse la presente causa, de un proceso que versa sobre dominio, inscríbase de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, para lo cual, notifíquese a la mencionada Autoridad a fin de que tome nota de la presente en los libros a su cargo.- 6) ANUNCIO DE PRUEBA: (a) DOCUMENTAL: Agréguese al proceso la documentación adjunta a la demanda que hace mención en el acápite VI (VI.I), la misma que de ser pertinente, útil y conducente será valorada en el momento procesal oportuno, según las reglas del citado Código; (b) TESTIMONIAL: Conforme lo previsto en los Arts. 188 y 333 numeral 4 ut supra y de ser pertinente en el momento procesal oportuno se receptará la declaración de parte de los señores: ZOILA MARIA MORALES BARRETO; MERCEDES NARCISA MORALES BARRETO; VERONICA DOLORES MORALES BARRETO, MARCELO JAVIER MORALES BARRETO; JOSE RAMÓN MORALES BARRETO; MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO y SANTIAGO ANDRÉS MORALES BARRETO.- (c) PERICIAL.- Citada la parte demandada, se señalará día y hora para que tenga lugar la inspección judicial solicitada por la parte actora en su demanda; y, se designará perito.- 7) Téngase en cuenta como prueba de su parte el informe que adjunta, el mismo que ser procedente será considerado en el momento oportuno; así como certificado de gravámenes que adjunta.- 8) DOMICILIO JUDICIAL: Tómese en cuenta los correos electrónicos señalados por el actor para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogada defensora Dra. Judith Panata Coloma.- Actúe el Dr. José Bejarano Galarza en calidad de Secretario de este Despacho.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- CHULDE OBANDO FREDY BOANERGES JUEZ (PONENTE)

Lo que comunico para los fines legales pertinentes

Juicio N° 17230-2024-10766

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de agosto del 2024, a las 11h51. EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL A: SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA

JUICIO N° : EJECUTIVO – PAGARE A LA ORDEN – 17230-2024-10766

ACTOR : PABLO ANDRES MORALES ANDRADE

DEMANDADO : SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA

CUANTÍA : USD. $ 18.448,88

DOMICILIO JUDICIAL: AB. EDISSON MORALES PAZMIÑO

OBJETO: Que en Sentencia a la demandada el pago del titulo ejecutivo y sus componentes esto es capital adeudado mas los intereses adeudados y costas.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 6 de junio del 2024, a las 14h49. VISTOS.- Agreguese a los autos el escrito precedente. Por haberse dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación que antecede, el suscrito Juzgador considera lo siguiente: PRIMERO-CALIFICACION Y ADMISION A TRAMITE.- La demanda presentada por PABLO ANDRES MORALES ANDRADE; conforme lo acreditan con la documentación que adjuntan, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347, 348 y 354del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.- CITACIÓN: A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, precautelando el derecho constitucional de defensa de la parte demandada, de conformidad con el artículo 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CITESE a la parte demandada SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA en la dirección que señala en el escrito que antecede; para tal fin Remítase atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Pedernales, provincia Manabi, a fin de cumplir con dicha diligencia. En virtud del Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial con las copias proporcionadas por la parte actora. TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en el artículos 352 y articulo 62 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos; se concede el término de QUINCE (15) días a fin de que la parte demandada SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA, cumplan con la obligación o propongan excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f.: LEMOS TRUJILLO GABRIELA ESTEFANIA JUEZ (PONENTE)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de agosto del 2024, a las 15h33. Avoco conocimiento, en virtud al juramento rendido y de conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA, C.C: 1756811509, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.-NOTIFÍQUESE LEMOS TRUJILLO GABRIELA ESTEFANIA JUEZ (PONENTE)

Lo que comunico a Ud., para los fines legales pertinentes, previniéndole con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones.

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