Nacional: 04 de mayo, 2023

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Narcobandas se infiltran en las aulas

Se estima que un 30% de la droga incautada en el país tenía como destino el microtráfico en calles e instituciones educativas. En Ecuador, cuatro de cada 10 estudiantes aseguraron que dentro de sus colegios había algún tipo de droga. Hay estudiantes que incluso extorsionan a profesores.

ECONOMÍA

Criptomonedas seducen a los ecuatorianos

En Ecuador hay mucho apego a las monedas virtuales. El porcentaje de personas que transan con este medio es casi cuatro veces superior a la media de América Latina. ¿Por qué son tan atractivas??

CYAN MAGENTA
BLACK JUEVES 04 DE MAYO DE 2023 Ecuador Fiscalía y Judicatura chocan por nombramiento de fiscales 5 JUSTICIA Decreto pone toda la fuerza contra el terrorismo 6 SEGURIDAD CIDH habla de ‘masacre’ en protestas de Perú 8 GLOBAL
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perfila como vicealcaldesa 7 QUITO
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Hacemenos de un mes mi hija fue a un retiro. Una fue la niña que dejé el viernes y otra la que recibí el domingo. Me llamó la atención el brillo de su mirada cuando la fuimos a recoger. Un amigo me dijo que se iba a realizar otro retiro similar, pero solo con varones. Traté de excusarme, pero terminé por aceptar la invitación. Un Matías fue el que entró y otro fue el que salió.

No quiero hacer de esta columna una propaganda evangelizadora, así que voy a omitir todo lo relacionado a las manifestaciones espirituales. Prefiero hablar hoy de política. Para quienes hemos perdido la esperanza en que este país tenga una salida, por toda la podredumbre que hemos normalizado, pregunto: ¿y si tomamos el modelo del Cristo —humano— para volver a construirnos? Es decir, si dejamos de lado los milagros y utilizamos solo su referencia histórica como hombre ¿podríamos con ese modelo replantearnos un Ecuador diferente? Esta idea no es nueva; la dio un teólogo alemán luego de la Segunda Guerra Mundial. Alemania se había quedado sin hombres por las bajas. En nuestro caso, quienes deberían liderar los procesos de transformación están corroídos por la corrupción, el miedo y la violencia.

Esta no es una invitación para ir a misa, sino una propuesta política seria. Imaginémonos preguntándonos: “...frente a este problema, ¿qué haría Cristo en mi lugar?”. Normalizamos la corrupción en pequeñas cosas de la cotidianidad que, sumadas, tornan imposible al país. Ante esa pregunta, ¿seríamos capaces de robarnos el papel higiénico de la empresa en la que trabajamos? Muchos lo consideran un derecho por el paupérrimo sueldo que reciben. ¿Seríamos capaces de tener amantes y mentir a quienes un día juramos amar? No hablemos de jueces ni asambleistas ni de narcogenerales ni padrinos. Hablemos de nosotros, que nos hemos convertido en el caldo de cultivo de la gente que nos gobierna. ¿Te parece descabellada la idea? Te invito a que la pensemos.

RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com

El miedo al fracaso

Muchas veces se pierden oportunidades por el temor a enfrentar los retos que esto implica, pero no se puede renunciar a la motivación sensata de aprovechar el momento y afrontar aquello que nos puede acercar

EDITORIAL

Fuego cruzado, la nueva tónica

Los sangrientos hechos de esta semana constituyen una preocupante advertencia de lo que podría esperarle al país si la ‘lucha contra el terrorismo’ se emprende a la ligera. Por un lado, dos policías de tropa murieron acribillados en un ataque artero y atroz; por el otro, en dos episodios diferentes, tres presuntos delincuentes fueron abatidos por agentes de policía en lugares públicos en medio de asaltos. Parece que esta será la tónica, tras el anuncio de la nueva política de seguridad.

El Estado ha dicho que procederá contra el crimen organizado con implacable determinación. Es necesario tener presente, como se vio en noviembre del año pasado, que ello suele desatar una respuesta igualmente severa. El país enfrenta un hampa mejor armada que nunca, confiada en que puede torcer la Justicia a su favor e imbuida ya en

una cultura de violencia y muerte que se profundiza y perfecciona con cada día que pasa. Para chocar con ella, las fuerzas del Estado necesitan consistencia en todos los frentes.

En los últimos meses se han visto importantes reformas en el campo legal —tanto a nivel de acciones de protección como en lo penal—, valiosos logros contra el tráfico de armas y avances en la adquisición de equipos, aunque siguen pendientes acciones contra el lavado que financia este mal. Se requiere ahora también una política de comunicación acorde a la tarea. El Estado no puede abrazar una narrativa que celebra el ‘dar de baja’ a presuntos delincuentes —ciudadanos, en fin— y azuze los bajos instintos de revancha y sadismo de la muchedumbre. Aun teniendo éxito, no hay nada que celebrar en lo que estamos viviendo.

Fábricas de ciudadanía

Sabemos que buena parte de la población mundial vive en las ciudades. La relación ha cambiado drásticamente en las últimas décadas; se ha producido una urbanización acelerada y también la conformación de grandes megalópolis, de dimensiones casi inconcebibles, que siguen acumulando población.

La ruralidad ha perdido terreno. La mayor parte de los habitantes del planeta vive en las ciudades, lo que trae consigo aparejadas una serie de situaciones y problemas que se derivan de la gran congestión de personas, de la contaminación ambiental, del hacinamiento de los habitantes y la satisfacción de necesidades.

En medio de lo que describimos existe la percepción de que al urbanizarse las personas van a encontrar más facilidades para satisfacer sus aspiraciones, pero la verdad es que eso no es cierto. Debemos trabajar denodadamente por acercarnos a lo que significan los sueños de quienes nacen, crecen o se trasladan a vivir en las ciudades.

El concepto de ciudadanía también debe comprenderse como el requerimiento de seguir reglas, de participar activamente en los términos de la convivencia, de mantener relaciones positivas con los otros miembros de la comunidad, de crear espacios en los que se pueda compartir, disfrutar, aprender.

En este sentido debemos pensar en la necesidad de buscar las formas de crear nexos de ciudadanía responsable y no encontramos mejores lugares que las escuelas para conseguir estos propósitos, que los espacios en los que los niños y jóvenes aprenden a relacionarse con los demás. Por ello podemos calificar a las escuelas como esas fábricas de ciudadanía, indispensables para estimular la coexistencia pacífica entre los habitantes de las ciudades.

De ahí que la escuela es insustituible. Conforma, junto con el hogar, un binomio inseparable que debe redundar en buenas prácticas, a fin de conseguir su objetivo de relacionar, especialmente a los niños, con sus pares y con los otros seres humanos.

al triunfo, haciendo más accesible el bienestar familiar, laboral y social futuro. La diferencia entre triunfar y fracasar está en nosotros.

Las oportunidades pueden venir con cierta carga de dificultades que requieren conocimiento, experiencia y dedicación, pero ¿cuántas cosas se dejan de hacer por el miedo al fracaso? Si no se aprovechan las oportunidades que se presentan, nunca se podrá alcanzar el éxito. Las personas inician emprendimientos por alguna razón o necesidad, y por falta

de conocimiento o experiencia pueden fracasar, pero ¿no se han puesto a pensar en el porqué del fracaso? Y, si así fuese, hay que aprender la lección que luego nos llevará a tener grandes satisfacciones. Al fracaso hay que manejarlo con mucha sabiduría, razonamiento y experiencia. No podemos vivir en la cultura del miedo, tampoco se puede aceptar la derrota y sumergirse en el mundo del inconsciente. Todos quienes tenemos triunfos en la vida, en algún momento hemos pasado por alguna frustración.

Muchas veces la vida nos da lecciones con tropiezos y decepciones para luego conducirnos al éxito. La dependencia, la sumisión o el miedo que vemos con frecuencia, nos permiten observar que la gente busca liberar su ‘yo’ de quien les oprime. Se puede fallar una y otra vez, pero quien no lo vuelve a intentar, no alcanzará el éxito.

Quien alguna vez ha fracasado en su vida tiene dos opciones: dejar que el fantasma del desengaño entre en su existencia o buscar una oportunidad

para intentarlo de nuevo, tomar impulso, fortalecerse, reconocer los errores y hacer los cambios necesarios para alcanzar el éxito. Quien persiste en el miedo y no se arriesga, siempre será un perdedor. Puede parecer paradójico, pero, así como se tiene miedo a fracasar, también se tiene miedo a triunfar: aquella sensación de vértigo incómodo que muchas personas no enfrentan por ser pesimistas. Somos responsables de nuestra propia felicidad y tenemos que ser triunfadores.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
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publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13624 Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023
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Salvador Editor General: Jean
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ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net MATÍAS DÁVILA @matiasdavilau

Narcobandas están en las aulas y ‘vacunan’ a maestros

Cuatro de cada 10 estudiantes aseguran que dentro de sus colegios hay algún tipo de droga. Las autoridades están al tanto de estas realidades. ¿Qué se hace?

Ya no son secretos a voces. Estudiantes, padres de familia, autoridades y hasta el Ministerio de Educación conocen sobre pandillas que operan dentro de las instituciones educativas.

“No es que solo te roban o te tratan mal. Te obligan a comprarles droga o llevarla hasta algún sitio. Un día me hicieron dejar una funda en un basurero cerca del cole”, dice, Juan (nombre protegido), alumno de segundo de bachillerato.

Cuando la madre de Juan supo lo que pasaba decidió cambiarlo de colegio. Para su familia ese camino era el más fácil, pues no confiaban en que las autoridades hicieran algo.

Lo vivido por este joven de 17 años, lo confirman las cifras de la encuesta ‘Niñez y adolescencia desde la intergeneracionalidad’, en la que se detalla que 4 de cada 10 estudiantes en Ecuador aseguraron que dentro de sus colegios había algún tipo de droga. También que el 10� de niños y adolescentes de instituciones educativas confirma haber probado alguna vez una droga.

La entrada de drogas a instituciones se da a través de alumnos que, abiertamente, señalan ser miembros de bandas delictivas. “No dicen que son de esas bandas de las noticias (las que ahora son con-

sideradas terroristas), pero sí dicen que son Ñetas”, señala un alumno del colegio Montúfar, en Quito, quien a la salida del colegio ha sido amedrentado.

En el Colegio Mejía, en Quito, donde se ha registrado un suicidio por acoso escolar y denuncias por violencia, los alumnos señalan que hay grupos que los amedrentan. “Dicen que son de la Demencia Mejía”, cuenta un estudiante de 15 años, a LA HORA.

Por su parte, miembros de la barra ‘Demencia Mejía’ han señalado que su nombre ha sido tomado por alumnos que ni siquiera son miembros.

En una rueda de prensa, el 28 de abril de 2023, María

Brown, ministra de Educación, reconoció que tienen conocimiento sobre pandillas que operan en los colegios e hizo un llamado a la comunidad educativa a “no dejar de denunciarlo”. “Si existe una denuncia, una alerta, la responsabilidad del adulto es activar los protocolos”, dijo al agregar que cualquier persona que vea un delito flagrante en una institución educativa se debe llamar al ECU 911.

“Las denuncias pueden ser anónimas”, enfatizó la Ministra. Además, si el delito no es flagrante se debe denunciar en 1800 DELITO.

Consumo temprano

El Ministerio de Salud tiene

algunas ‘luces’ sobre esta problemática a partir de los servicios de los Centros de Tratamiento a Personas con Consumo Problemático de Alcohol y otras Drogas (Cetad).

En los últimos tres años, por ejemplo, 60.082 niños y jóvenes, entre 10 y 18 años, han sido atendidos por problemas de consumo.

En enero de 2022, Alexandra Vela, exministra de Gobierno, calificó de preocupante la temprana edad a la que está iniciando el consumo. “ En muchos casos bordea los 8 años de edad”, señaló . Desde esa institución se determi -

nó que hasta el 30� de la droga decomisada iba al microtráfico que significa el consumo interno y la venta en las calles y exteriores de colegios.

¿Pero qué drogas se consumen entre los estudiantes?

Los alumnos consultados por LA HORA concuerdan que lo que más se vende es marihuana y “la clona”, esta última es Clonazepam , un medicamento que usualmente se utiliza y es recetado para atender tratamientos de ansiedad y depresión.

Aunque es un fármaco que requiere receta, los alumnos dicen que se vende desde $10 una pastilla. También hay cocaína, “pero en menor cantidad” dicen los estudiantes.

Profesores ‘vacunados’ Los alcances de las pandillas estudiantiles llegan incluso a los docentes. Así lo relata María (nombre protegido), docente de una institución particular, ubicada en el norte de Quito.

“Hay un grupo de alumnos que exige desde buenas notas, hasta plata. A algunos compañeros les han pedido entre $25 y $50. Cuando no han querido darles les rayan el carro, les rompen los vidrios, les siguen, les intimidad”, dice.

Ante esto, no ha existido denuncia porque “al ser menores de edad es más complejo”. Por eso, la medida es que los estudiantes terminen el año lectivo y, después, se les niegue la matrícula. “Yo les pongo buenas notas, no me quiero pelear con ellos”, dice la profesora. (AVV)

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OPERATIVO. Cuando los estudiantes son implicados en un delito tienen medidas socioeducativas, para garantizar que continúen sus estudios.

FMI y Banco Mundial evaluaron sistema bancario ecuatoriano

El Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial culminaron el Programa de Evaluación al Sistema Financiero. Esta evaluación era, además, uno de los compromisos pendientes tras el acuerdo de crédito que el Gobierno del presidente de la República, Guillermo Lasso, firmó con el FMI y que finalizó en diciembre de

2022. Aunque el sistema financiero se encuentra solvente, existen problemas por el menor dinamismo del crédito. Los multilaterales emitirán recomendaciones de políticas y estrategias que se deberían implementar. El Gobierno recibirá los resultados de la evaluación y decidirá si hace pública esta información. (JS)

Transacciones con criptomonedas van seduciendo a los ecuatorianos

Según el más reciente informe de Minsait Payments, realizado con la colaboración de Analistas Financieros Internacionales (AFI), tres de cada diez ecuatorianos con una cuenta bancaria activa han comprado criptomonedas.

Solo República Dominicana, dentro de América Latina, tiene un porcentaje similar al ecuatoriano. La media regional de compra de criptomonedas es del 8� de los adultos bancarizados.

Asimismo, en Europa, la adquisición de este tipo de activos digitales llega al 4% de las personas con cuenta bancaria

Así, Ecuador tiene un porcentaje que casi cuadriplica el movimiento de otras economías latinoamericanas; y supera en siete veces a la media europea.

Si alrededor de 8,2 millones de ecuatorianos tienen una cuenta bancaria, eso quiere decir que 2,4 millones han hecho alguna transacción relacionada con criptomonedas.

Sebastián Rodríguez, economista y miembro de un pequeño grupo organizado de inversionistas en el mundo cripto, explicó que, en la mayoría de los casos, los ecuatorianos ven a las criptomonedas como una vía alternativa de inversión a mediano y largo plazos.

“Se han dicho muchas cosas en contra de este tipo de activos digitales, pero dejando de lado los esquemas de estafas que no tiene nada que ver con la inversión formal, las criptomonedas son un nicho de mercado todavía pequeño, pero creciente”, dijo.

De acuerdo con el estu-

FINANZAS. Las criptomonedas tienen creciente aprobación entre los ecuatorianos.

dio de Minsait Payments, alrededor del 54� de los tenedores de criptomonedas tienen menos de 35 años. Además, están dentro de los estratos de ingreso medio y alto.

“Tanto bancos como otro tipo de negocios deben ver que existe una gran oportunidad de expandir servicios a segmentos de la población que buscan cada vez más soluciones tecnológicas para consumo e inversión. Las criptomonedas tienen el atractivo de que están fuera del alcance de los políticos y el afán recaudador de los Gobiernos”, añadió Rodríguez.

Pagos y uso de aplicaciones

En el último año, un 15� de adultos en Ecuador realizaron pagos con criptomonedas a través de aplicaciones móviles ; un 16,3% lo hicieron mediante páginas web; mientras un 16,3% realizaron pagos de manera presencial.

Así, en promedio, los pagos con criptomonedas llegan al 15,8� en la economía ecuatoriana . Esto se contrapone con el 5% en México o el 8% en Colombia y Perú.

Las transacciones con criptomonedas están al alza en un país como Ecuador con poca confianza en las instituciones. Según Minsait Payments, parte de los que ya las utilizan, un 20% de los adultos bancarizados aseguran que con seguridad lo harán en el futuro y otro 10,3% están contemplando la posibilidad.

“La predisposición a realizar pagos utilizando criptomonedas es especialmente alta en República Dominicana y Ecuador. El volumen actual de pagos procede mayoritariamente de temas como los juegos en línea, el entretenimiento y los servicios digitales . La aceptación de pagos con criptomonedas en comercios convencionales es todavía incipiente”,

aseguró Minsait Payments.

Sin legislación

La dificultad de crear una red de aceptación global en la que los consumidores puedan intercambiar criptomonedas por bienes y servicios ha llevado a proveedores y billeteras cripto a apoyarse en los mecanismos de pago actuales de Visa y Mastercard.

Vincular las criptomonedas a una forma de pago convencional y mayoritariamente aceptada como las tarjetas permite a los titulares de los activos digitales realizar transacciones como harían con cualquier otro instrumento de pago digital.

La mayor tenencia de este tipo de tarjetas se concentra actualmente entre la población más joven (menor de 35 años), anticipando un incipiente aumento en el grado de adopción. Tres de cada diez cripto compradores ya poseen una tarjeta cripto , con la excepción de Argentina donde casi la mitad de cripto compradores dispone de una.

En Ecuador, el porcentaje de población adulta bancarizada llega al 64%; pero el porcentaje de población adulta internauta supera el 70%.

El 93% de la población bancarizada en Ecuador ha hecho pagos en línea o a través de tarjetas de débito y crédito. Esto incluye las transacciones con criptomonedas.

Como en todo el mundo, la criptomoneda más utilizada en Ecuador es el bitcoin. Se estima que el mundo cripto mueve $400 millones en el país.

A pesar de esta realidad, en el caso de Ecuador, no existe una normativa que establezca claramente los usos y limitaciones de las criptomonedas.

En febrero de 2022, el gerente del Banco Central, Guillermo Avellán, habló sobre la posibilidad de analizar una normativa de ese tipo, no con el fin de convertir las criptomonedas en monedas de curso legal como en El Salvador; pero sí para determinar claramente qué se puede hacer y qué no con ellas en la economía nacional.

Pero, ante consulta de LA HORA, desde el Banco Central se aclaró que no se trabaja en un proyecto de ley ni nada que se parezca respecto al tema de las criptomonedas. Las declaraciones de Avellán solo eran en términos generales y constituían un compromiso del Gobierno. (JS)

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En Ecuador, el porcentaje de personas en contacto con las criptomonedas es casi cuatro veces superior a la media de América Latina.
EL
DATO

Evaluación de fiscales enfrenta a la Judicatura y la Fiscalía

En la agenda de la Judicatura también está la evaluación a notarios y jueces. También la implementación del expediente electrónico.

Una pugna de poder se evidencia entre el Consejo de la Judicatura y la Fiscalía por un proceso de evaluación que debe hacerse a 845 fiscales del país.

El sistema judicial tiene a cargo este proceso. Además, debe convocar a un concurso de oposición y méritos para llenar seis vacantes de jueces y 13 conjueces para la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Esa es la deuda que Consejo de la Judicatura (CJ) tiene pendiente desde 2021.

Desde febrero de 2023, en la gestión iniciada por Wilman Terán se ha intentado avanzar en el proceso de evaluación y desempeño, no solo de agentes fiscales, sino de fiscales provinciales y fiscales de adolescentes infractores.

El 28 de abril de 2023, Terán exhortó a la Fiscalía General del Estado (FGE) a trabajar, de manera conjunta, en un proyecto de reglamento y metodología para la evaluación de la carrera fiscal.

Además se busca impulsar mesas de trabajo interinstitucionales para construir los instrumentos y establecer la variables cualitativas y cuantitativas para la evaluación.

Déficit de fiscales

En su informe de rendición de cuentas de marzo de 2022, la Fiscal Diana Salazar, dijo que Ecuador requiere incorporar 577 fiscales con sus respectivos

equipos para cubrir el déficit.

Actualmente hay 845 agentes fiscales y cada uno cuenta con asistentes y secretarios. Según la Fiscalía, el promedio general del país es de 4,8 fiscales por cada 100.000 habitantes, mientras el estándar internacional es de 12.

A pesar de la necesidad para cubrir el déficit, el 26 de abril de 2023, la Fiscalía comunicó su decisión de

‘Afecta la tutela judicial’

° Con corte a agosto de 2022, según el documento de los anexos con el que el Gobierno defendió la propuesta de crear el Consejo Fiscal, el Consejo de la Judicatura tiene pendiente de sustanciación y resolución 205 sumarios disciplinarios en contra de servidores de la Fiscalía. Tampoco ha realizado un proceso de selección de postulantes para la carrera fiscal en nueve años. Existe un déficit de 602 fiscales; debería haber 1.448 fiscales, pero solo hay 845 a escala nacional. Esto afecta la tutela judicial efectiva de la ciudadanía que permite el desarrollo del debido proceso, con el cual se regula las etapas del procedimiento; es decir, el acceso a la administración de justicia, el acceso a una defensa técnica, derecho a ser oído, derecho a la prueba, sentencia motivada, derecho a la interposición de recursos, etc.

no continuar con las mesas de trabajo hasta que la Judicatura no brinde las condiciones técnicas necesarias para desarrollar la evaluación y que garantice la participación de todos los agentes fiscales en los concursos convocados.

La Fiscal cree que la Judicatura busca aplicar una “evaluación apresurada, carente de criterios técnicos y alejados de la realidad del servidor evaluado lo cual vicia de subjetividad y discrecionalidad al proceso, que además carece de transparencia, pues solo se consideraría a un grupo limitado de agentes fiscales”, resaltó Salazar en un comunicado del 26 de abril.

Consejo Fiscal

En su momento, Salazar también se opuso a la creación del Consejo Fiscal que se incluyó en la pregunta 3 de la consulta popular que promovió el Gobierno.

El Consejo Fiscal iba a

ser designado por la máxima autoridad de este organismo y pretendía garantizar la autonomía de gestión de la Fiscalía para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores. Además, apuntaba a que la Fiscalía cubra las facultades que actualmente tiene la Judicatura.

En septiembre de 2022, la Fiscal señaló que la institución necesita contar con verdadera autonomía que permita seleccionar, evaluar, capacitar y sancionar a los fiscales y sus equipos, por lo que la creación del consejo es innecesaria y obstaculizaría el trabajo. Además, argumentó que la Fiscalía cuenta con unidades técnicas que podrían asumir estos procesos.

Se consultó a la Fiscalía si existen acercamientos con la Judicatura que permitan superar el impasse, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta. (SC)

EL DATO

Actualmente hay 845 agentes fiscales y cada uno cuenta con asistentes y secretarios.

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AUTORIDADES. Diana Salazar y Wilman Terán no logran llegar a consensos sobre el proceso para evaluar a los fiscales.

Amenaza terrorista ‘se combatirá con todo’

El Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas y la Policía Nacional tienen luz verde para iniciar acciones para identificar y neutralizar a los grupos terroristas.

Tras la promulgación, este 03 de mayo de 2023, del Decreto Ejecutivo 730, que ordena al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional iniciar de “manera inmediata” las acciones necesarias para combatir al terrorismo y recuperar la soberanía y la seguridad integral de la nación, se espera que las acciones militares sigan la línea de “mano dura” dispuesta por el presidente de la República, Guillermo Lasso.

En una conversación con LA HORA, el secretario de Seguridad Ciudadana, Wagner Bravo, explicó que desde su despacho están desarrollando un trabajo a nivel “político- estratégico” para coordinar con todas las funciones del Estado la lucha contra el terrorismo.

Bravo destacó que luego de la Reunión del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) de la pasada semana, queda claro que hay buena predisposición de todos. “Han sido muy propositivos y claros en la responsabilidad que tiene cada uno”.

Mano dura

Bravo indicó que la decisión del Presidente Guillermo Lasso es actuar con “mano dura” contra aquellos que pretenden hacer uso de estrategias terroristas para amedrentar al pueblo ecuatoriano.

“La idea del señor Presidente es poner mano dura,

porque no es posible que aquellas personas que han cometido un delito quieran hacer y deshacer en la vida de los ecuatorianos”, sentenció Bravo.

Apuntó que dentro del Decreto Ejecutivo se establece la necesidad de recuperar el control y respeto de la soberanía nacional a través de las Fuerzas Armadas y los cuerpos de seguridad del Estado.

Para Bravo, “el terrorismo está atentando contra a uno de los intereses fundamentales del Ecuador, que es su soberanía y su integridad territorial . Y ante la amenaza, las FF.AA tendrán que realizar operaciones militares para poder identificar, localizar, detener, neutralizar o eliminar a estos grupos”.

Inteligencia es clave

Al precisar los límites de las acciones militares, el funcionario explicó que los cuerpos de Inteligencia tendrán una función importante para detectar e identificar a los grupos que usan acciones terroristas en los territorios urbanos.

“No vayan a pensar que mañana a la delincuencia común le vamos a aplicar técnicas contraterroristas”, advirtió. Bravo precisó que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas seguirán trabajando para la contención de la delincuencia común.

Adelantó que “quienes

tuvieron o tienen un nexo directo con el crimen internacional organizado y con esos grupos están utilizando técnicas de terroristas”, serán identificados y localizados. “No es simplemente una acción de reacción, es una operación militar”, remarcó.

Detalló que el ataque a los dos policías, la colocación de bombas en una gasolinera, atacar a un hospital, el mandar mensajes a través de las redes sociales para generar temor en la población son acciones terroristas que recibirán respuesta a través del uso progresivo de la fuerza.

Sobre el asesinato de los dos funcionarios policiales registrado el 2 de mayo de 2023 en la provincia de Cañar, Bravo dejó claro que es una acción que requiere el uso de las armas letales para poder contrarrestar esa amenaza.

Dejó claro que “los ciudadanos que observamos las normas de convivencia y las leyes, no tenemos que temer. No se vaya a pensar que

Decreto Ejecutivo

la FF.AA. y la Policía Nacional vamos a ver a todos como terroristas, no es así”.

Cooperación interinstitucional

El General Wagner Bravo destacó que el Decreto 730 hace un exhortó a todas las instituciones del Estado para trabajar en conjunto en el combate del terrorismo, respetando la independencia de los poderes.

“ En el Decreto se está exhortando a las otras funciones del Estado para que apoyen el combate a esta amenaza y lo que yo pude observar en el Cosepe es que todos fueron muy propositivos, están claros y conscientes de la realidad que se vive en cuanto delincuencia”, apuntó.

Para el Secretario de Seguridad Ciudadana, si pueden articularse todas las funciones del Estado, los cuerpos de seguridad tendrán las herramientas para vencer a los grupos terroristas y a la delincuencia. (ILS)

° El 27 de abril de 2023, el Presidente de la República recibió la recomendación por parte del Cosepe para emitir un Decreto Ejecutivo que detallara las líneas de acción para el combate del terrorismo y hacer uso de armas letales, en caso de ser necesario. Ante esto, el presidente Guillermo Lasso ordenó a las FF.AA. iniciar las acciones y medidas pertinentes para combatir la amenaza del terrorismo y recuperar la soberanía integral y la seguridad de los ecuatorianos.

A través del Decreto 730, el mandatario ordenó al Comando Conjunto activar “de manera inmediata” las acciones correspondientes para “reprimir la amenaza terrorista, con todos los medios a su disposición” y en coordinación con la Policía Nacional.

Lasso solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas disponer de los recursos necesarios para atender todos los requerimientos, tanto de las Fuerzas Armadas como de la Policía Nacional, para el cumplimiento de este.

lahora.com.ec

EN LA WEB QUITO

SEGURIDAD

Perú y Ecuador combatirán el narco en la frontera común

ECONOMÍA

Cuatro bloques de la ronda

Intracampos II recibieron propuestas de inversión privada

PAÍS

Planta de gas de Bajo Alto será clausurada

TUNGURAHUA Programa de nivelación para interesados en carreras técnicas

ESMERALDAS

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SEGURIDAD 06 I QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023
SEGURIDAD. El Primer Mandatario ordenó a la FF.AA. recuperar la soberanía y la seguridad integral de la nación. Foto: EFE
En el sur de Quito, nuevamente, el Metro generó caos
Choferes de Las Palmas realizaron plantón por desacuerdos con agentes de Esvial

La Alianza Revolución Ciudadana Imparables apunta a la Vicealcaldía

María Fernanda Racines se posiciona como la principal opción para ocupar el cargo.

Faltan alrededor de 10 días para posesionar a los concejales y Alcalde electo en Quito . Decisiones importantes, como quién ocupará la Vicealcaldía de Quito, quedan aún pendientes.

Según el Código de la Democracia, por el principio de paridad de género, una mujer debe ocupar ese puesto desde la posesión del Concejo Metropolitano, este 14 de mayo de 2023. Las autoridades electas ejercerán estas funciones por dos años.

¿Qué nombres se manejan para dirigir el Concejo Metropolitano?

En el próximo Concejo Metropolitano , ocho mujeres serán posesionadas como concejalas. Todas ellas podrían participar para asumir la Vicealcaldía.

Entre los nombres que formarán parte del Concejo Metropolitano están María Fernanda Racines (Revolución Ciudadana),

Blanca Paucar (Revolución Ciudadana), Diana Cruz (Revolución Ciudadana), Estefanía Grunauer (Juntos por la Gente), Joselyn Mayorga (Juntos por la Gente), Sandra Hidalgo (Alianza UIO), María Cristina López (Alianza UIO) y Analía Ledesma (Izquierda Democrática).

Entre todas hay una que se posiciona como la principal opción para ocupar el puesto.

El alcalde electo Pabel Muñoz, aclaró la necesidad de generar un sistema de gobernabilidad en el Concejo. Por eso, propuso que sea el bloque de la Alianza Revolución Ciudadana Imparables quien ocupe la Vicealcaldía.

El nombre que maneja ese bloque, desde la alianza entre el correísmo y el partido Imparables, es María Fernanda Racines Corredores . Esto, según la petición de Muñoz.

Según Adrián Ibarra ,

sión. Asegura que el nombre de Racines será el que promueva la primera minoría del Concejo para ocupar la Vicealcaldía. Agrega que ya se han tenido acercamientos con las diferentes bancadas para marcar una agenda de ciudad y promover la gobernabilidad desde el inicio de las funciones del nuevo Concejo.

“Estoy casi seguro de que María Fernanda Racines ganará como vicealcaldesa por unanimidad, o por una gran mayoría. Hemos tenido acercamientos y los concejales se han sensibilizado para dar gobernabilidad a Pabel”, explica.

Acuerdos avanzan

se plasmará una clara mayoría en el Concejo que apoyará al alcalde electo Pabel Muñoz y que brindará un mejor escenario de toma de decisiones en el Cabildo “No queremos que se repita lo que ha pasado con anteriores administraciones, para lo que estamos bien encaminados apoyando a Pabel”, dice.

¿Qué debe saber sobre Racines?

Infórmese sobre el avance, desarrollo, cierres viales y rutas alternas en:

quien se desempeñaría como coordinador de bancada de la alianza durante los dos primeros años de gestión, esta petición del Alcalde electo se tomará en su totalidad. Confirma que la bancada postulará tras su posesión a Racines para ocupar la Vicealcaldía.

Cercana a Muñoz “Ella ha trabajado ya con el alcalde Pabel Muñoz, lo que aportará a darle tranquilidad al Alcalde en el Concejo. Así se podrá empezar cuanto antes, y sin preocupaciones políticas, a trabajar por Quito”, explica. Wilson Merino , concejal electo y miembro de la alianza, confirma esta deci-

Por su parte, Andrés Campaña , concejal electo del Partido Socialista Ecuatoriano , explica que ya ha tenido reuniones con diferentes partidos para tratar el tema. Asegura que tomará la postura de su agrupación política al tomar una decisión sobre quién presidirá el Concejo durante los dos primeros años de gestión.

Explica que durante las reuniones también se ha intentado exponer una agenda de ciudad compartida entre los nombres que formarán parte del Concejo.

De esta manera, si se alcanzan los votos de los que ya hablan desde el bloque de la Alianza Revolución Ciudadana Imparables, María Fernanda Racines sería la próxima vicealcaldesa de Quito

Por otro lado, Merino explica que con esta decisión

María Fernanda Racines Corredores ha participado de la política en diferentes espacios. Fue asesora legal en la Asamblea Nacional y fungió también como Prosecretaria de la Comisión de Régimen Tributario . Esto, entre los años 2017 y 2019. Trabajó también en el Servicio de Rentas Internas como especialista tributaria.

La concejala electa se graduó en Derecho de la Universidad Central del Ecuador en 2008. Además, estudió para ser especialista tributaria en la Universidad Andina Simón Bolívar . Tiene una maestría en Derecho Tributario y en Fiscalidad Internacional, por la Universidad de la Rioja. Racines, además, habría trabajado de forma cercana con el hoy alcalde electo Pabel Muñoz. (ECV)

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CONCEJO. El Cabildo de Quito deberá elegir una vicealcaldesa para que presida el Concejo hasta 2025.
AV. RUMICHACA ÑAN - TRAMO 1 LONGITUD TEA S.A. 0.55 km EPMMOP PLAZO CONTRATISTA FISCALIZADOR 60 días MEDIDAS TEMPORALES
FUERZA. María Fernanda Racines es la primera opción para ocupar el cargo.
www.epmmop.gob.ec @ObrasQuito 1800 510 510 opc. 3 REHABILITACIÓN VIAL USD. 235.735,50 + IVA INVERSIÓN Cierre vial total desde Av. Guayanay Ñan hasta vía a la Ecuatoriana
El Concejo Metropolitano se posesionará el 14 de mayo de 2023.
EL DATO

La ONU pone a Colombia de ejemplo en el uso de la justicia y los DD.HH. para la paz

NACIONES UNIDAS. La ONU destacó este 3 de mayo de 2023 a Colombia como ejemplo a la hora de integrar los derechos humanos y la justicia en los procesos de paz para garantizar la reconciliación y evitar un nuevo conflicto. El alto comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, se refirió al caso de

CIDH señala ejecuciones extrajudiciales en Perú

El organismo pidió investigar la violencia con la que actuaron los agentes del Estado durante las protestas.

Colombia durante un debate especial del Consejo de Seguridad dedicado a la promoción de la paz. Türk recordó que el proceso de paz colombiano tuvo sólidos elementos de diálogo e inclusión que permitieron que los acuerdos de 2016 entre el Estado y las FARC se convirtiesen en la base para una paz duradera. EFE

CONVULSIÓN. Las protestas registradas en diciembre de 2022 dejaron ocho muertos en Ayacucho.

WASHINGTON. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó este 3 de mayo de 2023 la violencia policial registrada en Perú durante las manifestaciones tras el fallido autogolpe del expresidente Pedro Castillo, y aseguró que ha encontrado casos de “ejecuciones extrajudiciales” en Ayacucho.

“Al ser perpetradas por agentes del Estado, las muertes podrían constituir ejecuciones extrajudiciales”, aseguró el organismo, con sede en Washington, en un extenso informe sobre la situación de los derechos humanos en el país.

Añadió que la violencia en la localidad debe ser investigada “con un enfoque étnico-racial”, y consideró que la situación podría ser considerada como “una masacre”.

Recuento

Ayacucho fue escenario el pasado diciembre de una mortal protesta en la que va-

rios manifestantes trataron de tomar el aeropuerto, lo que provocó que militares abrieran fuego contra ellos, según puede verse en numerosos videos difundidos en redes sociales. Ocho personas murieron y 26 fueron heridas.

El organismo se refirió también a los sucesos de Juliaca, donde 17 manifestantes murieron el pasado enero en enfrentamientos con la Policía. “En esa ciudad se habrían presentado situaciones de uso excesivo e indiscriminado de la

EL DATO

fuerza por parte de agentes del Estado, que habrían resultado en graves violaciones de derechos humanos en contra, tanto de participantes en las protestas, como de terceras personas”, aseguró la CIDH en su informe.

Con todo, el organismo detalló que durante su investigación, que cubre el período entre el 7 de diciembre y el 23 de enero, “la respuesta de las fuerzas estatales (a las protestas) no fue uniforme en todo el territorio nacional y que hubo graves episodios de uso excesivo de la fuerza en casos concretos”.

“De la información recibida en Lima, Ica, Arequipa y Cusco, se desprende que la respuesta del Estado estuvo caracterizada por el uso desproporcionado, indiscriminado y letal de la fuerza. Esto se confirma por factores como el alto número de personas fallecidas y heridas con lesiones en la parte superior del cuerpo”, añadió. EFE

GINEBRA. La Orga nización Meteo rológica Mundial (OMM) alertó este 3 de mayo de 2023 que existen crecientes posibilidades de que el fenómeno de El Niño, tradicionalmente asociado a un aumento de las temperaturas, se registre en los próximos meses y produzca al menos dos años de mayor calor, después de haber sufrido el planeta ya entre 2015 y 2022 los ocho años más cálidos desde que se tiene registro.

“Esperamos un grave aumento de la temperatura global en los próximos dos años”, anticipó en rueda de prensa el director del departamento de servicios de predicción de la OMM, Wilfran Mufuma, quien no obstante subrayó que hay que esperar nuevos estudios

El Niño traerá un grave aumento de temperaturas Régimen de Ortega cerró una fundación de sandinistas

TEGUCIGALPA, 3 MAY (EFE).-

El Gobierno de Nicaragua canceló este miércoles la personalidad jurídica a una fundación de desmovilizados sandinistas y a otras 19 ONG, incluidas 8 que solicitaron su disolución voluntaria, entre ellas Médicos Sin Fronteras de Bélgica.

La disolución de la Fundación de Desmovilizados y Víctimas de Guerra de los 80s SMP -Servicio Militar Patriótico-, inscrita desde 2006, fue aprobada por la ministra de Gobernación, María Amelia Coronel,

para cuantificar este mayor calentamiento. Según el informe presentado en Ginebra, el fenómeno de El Niño, que en unas regiones del planeta s uele acompañarse de inundaciones y en otras de sequías , tiene un 60% de posibilidades de desencadenarse antes de julio, y la probabilidad aumenta al 80% hacia septiembre.

El anterior ciclo de El Niño (2014-2015) contribuyó a que un año después, en 2016, las temperaturas del planeta fuesen las más elevadas desde que se tienen registros, por lo que en esta ocasión también podría causar sus peores efectos con cierto retraso, por lo que la OMM prevé que lleguen en 2024. EFE

según el acuerdo ministerial publicado en el Diario Oficial La Gaceta de Nicaragua.

Según el Ministerio de Gobernación, esa fundación de fue ilegalizada por “incumplimiento”, debido a que “no reportaron estados financieros del periodo 2010 al 2022”, y su junta directiva estaba vencida desde mayo de 2013.

Con el cierre de esas 20 ONG, suman al menos 3.400 las organizaciones de este tipo disueltas tras las protestas que estallaron en abril de 2018. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 08 I QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023
El informe de la CIDH destaca que el descontento social tiene sus raíces en la desigualdad estructural y la discriminación histórica hacia indígenas y campesinos.

Alcalde de Antonio Ante renuncia tras amenazas y extorsiones

Con un oficio, puso su renuncia irrevocable al cargo, confirmando que actualmente se encuentra fuera del país.

Pronunciamiento de autoridades electas

° Este 2 de mayo de 2023 también hubo un pronunciamiento público por parte del Alcalde y los concejales electos, quienes asumirán sus cargos el 15 de mayo de 2023 , sobre la situación que atraviesa el Municipio de Antonio Ante. Entre líneas, se promueve analizar no solo la renuncia puesta por el alcalde, Rolando López, sino removerlo de su cargo por no asistir a la Alcaldía una vez finalizado su periodo de vacaciones, que fue el 27 de abril de 2023.

IMBABURA.- A través de un oficio dirigido al Concejo Municipal, el alcalde de Antonio Ante, Rolando López, puso la renuncia irrevocable al cargo que tenía que ocupar hasta el 14 de mayo de 2023, una vez cumplidos sus cuatro años de administración.

“Como es de conocimiento público, vengo sufriendo varios atentados de gente que quiere extorsionarme. El último ocurrió el viernes en la madrugada, en la cual se perpetraron disparos con la intención de asesinar a los guardias que custodiaban mi domicilio y así ingresar a mi domicilio, hechos que fueron denunciados a Fiscalía, quienes están realizando las investigaciones pertinentes”, se señala en parte del oficio firmado por López , enviado con código Nº 108-GADMAA-A-2023-RL, con fecha 2 de mayo de 2023.

Salió del país

En la misiva también se confirma que López abandonó el país junto a su familia, situación que hasta la fecha se mantenía en in-

certidumbre, incluso en la Municipalidad de Antonio Ante, donde, desde el 28 de abril de 2023, tampoco tenían información de dónde se encontraba el Alcalde.

“Lamentablemente, por razones ajenas a mi voluntad he tenido que abandonar el país en búsqueda de salvaguardar la integridad de mi familia y más”, expone López, al señalar que por ello solicitó al Concejo Muni-

cipal se le permita extender sus vacaciones hasta el 14 de mayo, último día que tenía que ocupar el cargo.

“Se convocó a sesión extraordinaria de Concejo, misma que se realizó el 27 de abril, a las 18:00, en el salón máximo de la Alcaldía de Antonio Ante. En esta sesión el único punto a tratar era la prórroga de mi licencia con cargo a vacaciones,

Vicealcalde asumiría el cargo

° José Luis Yamberla, vicealcalde de Antonio Ante, señaló que tras recibir la carta de renuncia a la Alcaldía por parte de Rolando López, se convocó a una sesión extraordinaria del Concejo Municipal, para tratar el tema.

Expuso que por el momento ya se hicieron las consultas jurídicas y al Consejo Nacional Electoral (CNE) para ver cómo se procede, agregando que una vez que tengan toda la documentación, en los plazos que corresponde, indicarán a la ciudadanía la situación municipal. Sobre el rechazo a la ampliación del tiempo de vacaciones de López por parte del Concejo Municipal, dijo que los concejales no la aprobaron porque consideraron pertinente que el Alcalde diera más información sobre el pedido y por qué se lo iba a hacer hasta el fin de su mandato.

Sin embargo, lo que sí adelantó Yamberla, es que tras la situación de López, él sería quien asuma el cargo de Alcalde en las dos semanas que restan de administración municipal: “La ley determina de esa manera, que en ausencia del Alcalde asumiría el Vicealcalde esos roles y responsabilidades”.

las cuales fueron negadas sin ningún fundamento legal y actuando en contra de mis derechos. Sin embargo, mi salida al extranjero era inevitable, para precautelar mi vida y la de mi familia”, relató.

Precisamente, al siguiente día, la madrugada del 28 de abril de 2023, la casa de López recibió el atentado con armas de fuego.

El oficio, con asunto de renuncia irrevocable al cargo de Alcalde de Antonio Ante , termina señalando que se espera que la Fiscalía y la Policía Nacional “logren frenar estos actos de violencia perpetrados en nuestra contra y se logre capturar a quienes buscan, a través de la violencia, conseguir sus protervos intereses”. (FV)

En febrero de 2023, Rolando López buscó la reelección en el cargo, pero fue derrotado por César Escobar.

“Exhortamos al Concejo Municipal en funciones a que actúe bajo derecho y aplique los mecanismos previstos en la ley en caso de que existiera abandono, ausencia o inasistencia por parte del Alcalde (saliente), amparados en el Cootad, que establece claramente los procesos y causales de remoción de autoridades. Además, urjo a los ediles a no ceder frente a presiones políticas y mecanismos alternos que tengan por fin perjudicar la institucionalidad del Municipio de Antonio Ante”, señala un comunicado firmado por el alcalde electo, César Escobar, así como por cinco concejales que conformarán el nuevo Concejo Municipal. “De igual manera, garantizamos a nuestra ciudadanía anteña que desde el primer momento de nuestra administración realizaremos los procesos de auditoría y fiscalización correspondientes con el fin de identificar posibles irregularidades y tomar las medidas administrativas o legales que se requieran. Reiteramos nuestra voluntad de continuar trabajando por una transición ordenada y planificada en beneficio de todos los habitantes del cantón”, expusieron.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023 I NORTE 09
CARGO. Rolando López tuvo sus últimas actividades oficiales a inicios de abril de 2023.
EL
DATO

El alza de pasajes es un tema prioritario para la nueva Alcaldesa

Diana Caiza aseguró no tener compromiso alguno con nadie más que con la ciudadanía, por lo que la decisión sobre el incremento de pasajes se basará en la decisión de la comunidad.

El alza de pasajes y el debate en torno a ello ya no será tratado por el actual Concejo Municipal, encabezado por el alcalde saliente Javier Altamirano.

tuación al punto de que los choferes recurrieron a una paralización para que tomaran en serio la situación”.

EL DATO

Alrededor de 10 cooperativas de transporte conformadas por 597 unidades, aproximadamente, participaron en la paralización de marzo del año pasado.

Este proceso ha sido dilatado al punto de que el problema ahora pasa a ser responsabilidad del nuevo cuerpo colegiado que será presidido por la alcaldesa Diana Caiza y los 13 concejales que formarán el nuevo Concejo Municipal de Ambato.

Problema heredado

En entrevista con La Hora, Caiza aseguró que “toda la ciudadanía conoce perfectamente que la petición del gremio transportistas no ha sido reciente, se presentó hace 20 meses, pero no hubo la voluntad política para resolver la si-

El lunes 8 de agosto de 2022, los transportistas decidieron cesar su servicio desde las seis de la mañana de aquel día. De ahí que se han generado un sinnúmero de situaciones en las que la ciudadanía , es la que al final del día ha resultado perjudicada.

Estos inconvenientes, a decir de Caiza, sucedieron porque la administración saliente “no ha tenido la capacidad política y ética para dejar resuelto este tema a través de una normativa que es consensuada dentro del Concejo Municipal, pero aquí tiene que ver más la Alcaldía que es quien pone un punto de orden. El tiempo

no les ha dado y han dejado dilatar meses hasta que esto pase a la nueva administración”.

Participación ciudadana

Caiza fue enfática en mencionar que “no tengo compromisos con nadie más que con la ciudadanía ambateña que me ha dado su voto de confianza y es por ello que actuaré obedeciendo lo que me mande y me dicte la ciudadanía que ha hecho una evaluación del servicio de transporte público que actualmente da un criterio fuerte y sólido en ese tema”. De ahí que la alcaldesa puntualizó que “por ahí va a ir la decisión que se adopte en su momento, que se conozca que queremos mejorar en todo sentido, la decisión que tomaremos será siempre pensando en el bien de la ciudadanía ambateña”.

Trabajo conjunto

Mesas técnicas serán consideradas por la Alcaldesa, en las que aseguró escucharán criterios tanto de la ciudadanía como del gremio de transportistas , “tenemos que oír las dos partes y tomar una decisión, pero esta obedecerá a lo que la ciudadanía ambateña nos diga, debo recalcar que no

tengo ningún compromiso con nadie y eso hace que podamos tomar decisiones pensando en el bienestar de la gente”, finalizó.

Antecedentes

Manuel Zamora, representante del Transporte Público Intercantonal Urbano y Rural de Ambato, fue quien aseguró en 2022, que llevaban más de 18 meses realizando mesas de trabajo con la Dirección de Tránsito del Municipio para que se considere el alza del pasaje que, hace siete años, lleva estancado en 30 centavos de dólar asegurando que un estudio entregado el mismo año, mostraba la justificación para el incremento que en ese entonces se planteaba 0.17 centavos más al valor actual.

Sin embargo, fueron 11 centavos de incremento los que se habrían analizado, pero solicitaban respuesta por parte de la municipalidad, que hasta ese momento no les dio respuesta y sucedió la paralización.

A partir de entonces, los inconvenientes entre la municipalidad y el gremio de transportes se fueron desencadenando ofertas e incumplimientos no se cumplieron y que motivaron a que el 13

No tengo compromisos con nadie más que con la ciudadanía”.

CIFRA

130

DÓLARES Diarios es lo que necesitarían diariamente los transportistas para mantener sus unidades en funcionamiento.

de marzo de 2023, nuevamente se paralizara el servicio de transporte, medida que duró 10 días hasta que se levantó la medida de hecho, pero se aplazó la resolución de este inconveniente.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
(MAG) TUNGURAHUA 10 I QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023
DIANA CAIZA ALCALDESA ELECTA DE AMBATO . SITUACIÓN. Al momento el proceso será retomado por el nuevo Concejo Municipal.

Padres de familia esperan más respuestas por parte de Quevial

Presentaron una acción de protección, piden que se les cancele desde octubre cuando debieron empezar a trabajar.

El sueño de ser vigilantes de Tránsito Municipal se ha complicado para 181 jóvenes que ya se graduaron y que hasta ahora no pueden salir a trabajar.

Por esta razón, un grupo de padres de familia llegó hasta la Casa Judicial de Quevedo para exponer el tema ante las autoridades y así ser respaldados de manera legal.

Jorge Hanna, abogado defensor, manifestó que para formar parte del curso y obtener el certificado, los jóvenes cancelaron $5.500 y otros siete mil para ser técnicos y poder participar como agente civil.

Agregó que cuando la empresa pasó a categoría A se solicitó la partida presupues-

taria al Ministerio de Finanzas para la adquisición de patrulleros, uniformes, entre otros implementos.

‘‘Ya los agentes deberían estar trabajando, pero hasta la fecha nada que ver (…) queremos tener fecha para la audiencia de acción de protección y que se les pague el sueldo desde el mes de octubre de 2022 por haber sido engañados todo este tiempo”, indicó el jurista.

Agregó que solo 57 vigilantes son los que ‘reclaman sus derechos’, mientras que a los otros se los ‘‘habría amedrentado para no dejarlos sin trabajo y por temor no hicieron nada’’.

Represalias

Por otra parte, algunos de los

PEDIDO. Con carteles en mano, familiares de los supuestos afectados llegaron hasta la Casa Judicial. presentes dijeron que esperaban que los directivos de Quevial E.P. no tomen represalias. Sandra González, madre de familia, comentó que no estaban de acuerdo con esta situación, puesto que

desde que empezaron el curso les solicitaron valores muy altos, los cuales debieron cubrir con mucho esfuerzo. Fredy Silva, director de Control Operativo de Tránsito de Quevial, dio a conocer que se

encontraban en la recta final y que todo se ha realizado en base a una planificación. Javier Vivas, gerente de la entidad, confirmó que los agentes laborarán a partir del lunes 8 de mayo de 2023. (VV)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOS RÍOS 11 QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023 I

Antecedente

° El sábado 18 de marzo de 2023, debido a las fuertes lluvias, aumentó el caudal del río Blanco y ocasionó el colapso del puente que une al noroccidente de Pichincha con las provincias de Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.

Sector turístico y productivo afectado por la falta del puente sobre el río Blanco

Alcaldes electos de cinco cantones exigen al Gobierno agilidad en los trabajos de colocación del puente provisional.

Ante el último accidente que se presentó en el río Blanco por la falta del puente, los alcaldes electos de Santo Domingo, La Concordia, Quinindé, Puerto Quito y Pedro Vicente Maldonado, se reunieron para hacer un exhorto al presidente Guillermo Lasso, solicitando que se trabaje con mayor

rapidez en la construcción del viaducto provisional.

Sandra Ocampo, alcaldesa electa de La Concordia, explicó que esperarán un tiempo prudencial para recibir la respuesta o sino se movilizarán hasta Quito para exigir sus derechos.

Esta decisión fue apoyada por los alcaldes: Wilson

Erazo, Santo Domingo; Víctor Mieles, Puerto Quito; Ronald Moreno, Quinindé; y Roberth Arrobo, Pedro Vicente Maldonado.

El alcalde Erazo manifestó que el puente tipo Delta que se dispuso colocar, tiene un avance del 70�. El 30% restante aún es transportado desde Colimes, provincia del Guayas.

Las autoridades indicaron que han observado a personal del Ministerio de Transporte y Obras Públi-

cas (MTOP), pero no ven la infraestructura . Solicitan que se les comunique qué se ha hecho hasta el momento.

La comunidad se une Habitantes de los cantones Puerto Quito del noroccidente de Pichincha y La Concordia de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas llegaron la mañana de ayer, miércoles 3 de

mayo, hasta el sitio donde colapsó el puente con carteles en mano, pidiendo a las autoridades presentes que se gestione para que puedan contar con un paso seguro. Ellos agradecen la predisposición de los dueños de las canoas, que trabajan diariamente para trasladarlos, pero a decir de Milton Díaz, quien vive en el recinto La Abundancia del cantón Puerto Quito, es necesario contar con el puente, ya que no hay control en estos transportes, muchas veces llevan hasta 15 personas. “Hay que tener en cuenta que en ciertas ocasiones el río crece y está correntoso”, manifestó. (CT)

DATO El lunes 1 de mayo un bus de la cooperativa Reina del Camino cayó al río por falta de señalizació.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO SANTO DOMINGO 12 I QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023
AUTORIDADES. Se reunieron en el cantón La Concordia. EL DATO Han pasado 45 días desde el colapso del puente sobre el río Blanco. EL EXIGENCIA. Moradores piden que se cumpla con el puente. ALTERNATIVA. La ciudadanía busca la manera de llegar a unidades educativas, lugares de trabajo y sacar sus productos.

Denuncian irregularidades en la construcción del proyecto de alcantarillado de Zapotillo

Veedores denuncian irregularidades en la adjudicación del contrato del alcantarillado. Nueva autoridad del cantón pide el apoyo respectivo.

Los integrantes de la veeduría ciudadana del proyecto de alcantarillado sanitario del cantón Zapotillo, informaron sobre las irregularidades y la falta de información de la obra, por lo que, procederán a interponer una denuncia, por mala adjudicación del contrato. Piden transparencia, y que no se proceda al desembolso de los recursos, ya que dejaría endeudado al Municipio para la nueva administración.

alcantarillado, debido a que ha manifestado que todos los barrios serán favorecidos, cuando esto es falso, ya que, según información subida al portal de compras públicas es una, pero el informe que da a la ciudadanía es otra.

PARA RECORDAR

Actual alcalde de Zapotillo, Efrén Vidal, es denunciado por irregularidades en contratación del proyecto de alcantarillado.

Denuncia Luis Távara, coordinador de la veeduría del proyecto de alcantarillado sanitario de Zapotillo, manifestó que la actual administración municipal no le está diciendo la verdad a Zapotillo. Como veedores, han solicitado información al Alcalde, a fin de conocer las zonas beneficiarias con el

Indicó que, de acuerdo a los pliegos no todos los barrios serán beneficiados, por lo que, el Alcalde está falseando la verdad al haberles entregado un informe que, a su criterio sería falso. “A lo largo de los procesos, nosotros hemos estado presentando las denuncias por inconsistencias e inobservancias que también han sido escuchadas por Sercop, y ha procedido a recomendar al Alcalde de las inobservancias y errores encontrados en el proyecto, por lo que, el proceso de contratación del alcantari -

SITUACIÓN. Alcalde de Zapotillo es acusado de irregularidades

llado debe ser declarado desierto (vacante)”, relató.

Administración

También denunció que ahora a tan solo 10 días para que concluya la actual administración del alcalde, Efrén Vidal, este habría insistido al Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE) que

entregue el anticipo para empezar el proyecto, ya que el contrato habría sido firmado el 3 de marzo del presente año.

Revisión

Por su lado, Burner Moncayo, alcalde electo de Zapotillo, agregó que, según conoce el Sercop el 2 de marzo ya se

habría pronunciado sobre las irregularidades del proceso de contratación. Por lo tanto, aspira que en este tiempo que le queda a la administración saliente no entregue los anticipos, porque desde el 15 de mayo, una vez que asuma funciones lo primero que hará es revisar los procesos y ver la legalidad del mismo.

La línea aérea comercial de transporte de pasajeros y carga, Aeroregional, ya cuenta con vuelos internacionales hacia Panamá y, próximamente, pondrán a disposición de los ciudadanos la frecuencia LojaMéxico. El objetivo es brindar un buen servicio e inmediato en horarios fijos.

Vuelos

PARA RECORDAR

Próximamente, tendrán frecuencias desde Loja a México y también no descartan llegar a Perú, ahora están en proceso de certificación.

En el caso de los vuelos a Panamá, ya están aperturados desde hace un mes aproximadamente, empezaron dando a conocer a los ciudadanos, socializando y ahora desde este mes entraron de inmediato para que los turis-

tas puedan viajar a ese país. Según el itinerario, existen dos frecuencias, los días lunes y viernes. La salida de Loja es en la mañana hacia Quito, ciudad donde hace un descanso para temas de Migración y Aduanas, y luego sí para trasladarse a Panamá. El costo del boleto es de 580 dólares de ida y retorno.

Promociones

Silvana Guamán, gerente de Aeroregional, manifestó que los costos son módicos, hay valores que está subsidiando la empresa por inicio de este servicio. A futuro, tienen previsto tam-

bién implementar nuevas frecuencias a México, debido a que ese país es bastante concurrido y visitado por los turistas, por a su gastronomía y lugares turísticos.

Locales

En lo local, Guamán, destacó que las tarifas de Loja a Quito tienen un descuento especial, es decir, están asumiendo un valor de 20 dólares por tickets, lo que significa que el costo real es de 80 dólares, pero solo de Loja a Quito, y si la persona compra en Quito allá le costará 100 dólares. Mientras que, las personas de la tercera edad tienen un descuento del 50%, es decir, un valor de 69 dólares aproximadamente, incluidas las tasas aeroportuarias.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK LOJA 13 QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023 I
en la construcción del sistema de alcantarillado. VUELOS. Aeroregional ya cuenta con frecuencias a Panamá.
Desde Loja ya existen vuelos directos a Panamá y, próximamente, a México

Microbasurales son un problema en Esmeraldas

La acumulación de basura en Esmeraldas nuevamente está generando malestar entre los esmeraldeños. Esta problemática . ¿Hay eficiencia en el sistema de recolección de basura?

observaban más fundas de desechos, al igual que en la calle Sucre y Margarita Cortez.

Desechos en montón Montones de basura, son los que se encuentran en este sector, unos están camuflados entre la maleza, mientras que otros están a la vista de quienes transitan por este importante anillo vial.

Restos de aparatos electrónicos, plásticos, cartones de leche, envolturas de productos, cáscaras de frutas, fundas llenas con desechos, sacos y basura que con el tiempo ha sido enterrada es lo que se puede observar.

Con el pasar de los vehículos toda esa basura continúa desplazándose y formando un sendero de desechos en la vía, mientras la maleza en estos sectores no para de crecer, lo que lo convierte en el camuflaje perfecto para que los malos ciudadanos continúen arrojando desechos. Esos desechos, además, ocupan parte de la calzada principal, por donde pasan turistas.

Falta de recolección

En varios puntos existen tarimas improvisadas hechas con madera para que los moradores coloquen las fundas de desechos. Estas infraestructuras facilitan la labor de los recolectores, pero también están saturadas y se puede observar que en el piso o cerca de estas existe más basura que está dispersa.

Moradores de estos sectores indican que no tiene una recolección regular y que existen unos malos vecinos que colocan su basura en cualquier sitio sin importarle el daño que puedan ocasionar a su comunidad.

BASURALES. En la vía del complejo de puentes sector que colinda con la isla Vargas torres se pueden observar muchos micro basurales.

Los microbasurales que se han formado en la vía principal del Complejo de Puentes, en la vía que está al frente a la Isla Luis Vargas Torres y Pianguapi, se han vuelto parte del paisaje en Esmeraldas.

Los desechos están em -

tre maleza y aguas estancadas. A esto se suman los problemas que generan los animales callejeros, que se encargan de romper las fundas de los desechos en busca de algo de comer.

En diferentes sectores

El 2 de mayo de 2023, por la mañana, LA HORA pudo confirmar que calles principales del centro de la ciudad estaban sucias y que las fundas de desechos no habían sido recolectadas. Esto causó malestar entre los comerciantes de la

zona, pues tenían mucha basura frente a sus locales, dando una mala impresión a quienes transitaban por estos lugares.

Lo mismo ocurrió en la Avenida Libertad entre la parada 9 y la parada 10, en horas de la tarde donde se

“Cuando pasan las personas encargadas de la recolección de la basura solo se llevan las fundas que están enteras, y dejan las que están rotas, al igual que la basura que está regada. Luego vienen los perros callejeros y esparcen más todos los desperdicios” comentó Julio, un vecino del lugar. (DLH)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ESMERALDAS 14 I QUITO | JUEVES 04/MAYO/2023

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Detectan una estrella mientras se traga un planeta

Por primera vez, los astrónomos han detectado el momento en que una estrella, ya sin combustible, engulle a un planeta. Un destino que será el mismo que correrá, dentro de unos 5.000 millones de años, la Tierra a manos del Sol, cuando este muera. EFE

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK JUEVES 04 DE MAYO DE 2023
Ecuador

APELACIÓN EN MATERIA PENAL

Origen y evolución histórica de la apelación

Como lo sostiene VESCOVI, (en “Los recursos judiciales y demás medios de impugnación”), en España, desde el Fuero Juzgo ya se establecía la apelación con el nombre de alzada (impugnación de orden jurisdiccional). También la evolución llevó a la eliminación de los comuni remedi, apareciendo la regla proveniente del Derecho Romano y de predominio del proceso dispositivo, del “tantum devolutum quan-

tum apellatum” (apotegma latino que limita el juzgamiento del tribunal ad quem, a solo los puntos impugnados por las partes), y que guarda relación con el principio de congruencia, como se verá más adelante, es considerado en la doctrina penal como una manifestación del principio dispositivo. Asimismo, se estableció la prohibición de la reformatio in pejus, que también se desarrollará en líneas posteriores.

Sería a partir de la época posterior a la Revolución Francesa, en la que se comienza a perfilar dos sistemas diferentes de apelación que van a coexistir en el De-

recho comparado hasta la actualidad. El de la revisión total de la primera instancia (apelación); y, el que solo admite que se reexamine la sentencia (casación). El primero, proveniente del Derecho Romano, es el verdaderamente puro, según se dice, y se introduce, a través del Derecho Francés, en la mayoría de los países de Europa, que por su influencia, sería posteriormente traídos a nuestra América.

En Francia, nació también la apelación incidente, considerada como aquella que es la que puede interponer el vencedor cuando la sentencia contiene pronuncia-

miento sobre diversos puntos, respecto de aquellos en los cuales no se le da (al menos totalmente) la razón. Siendo éste el origen de la hoy llamada adhesión a la apelación (la cual no opera en materia procesal penal, de acuerdo a las normas del Código Orgánico Integral Penal).

En la actualidad, se conservan las relatadas tendencias, la apelación aparece en la mayoría de los sistemas procesales, no solo como una revisión de la sentencia, sino la renovación de todo el juicio. Por otro lado, se admite por una sola vez (suprimiéndose la tercera instancia, sustituida

por la casación en la mayoría de los países). Y se proclama el principio dispositivo que lleva a la abolición de la regla de los comuni remedi, estableciéndose asimismo, el principio de la personalidad de la apelación; y, la regla de limitación de los juzgadores a resolver únicamente lo apelado por las partes (expresión de agravios, escritos de sustentación de la apelación, argumentación oral).

Empero, existen también sobre todo en los sistemas socialistas, según el cual el Tribunal Superior puede revisar de oficio las sentencias subidas en grado, con

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
JUDICIAL C00
REVISTA
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
AUTOR: DR. IVÁN GARZÓN VILLACRÉS MG.
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com JUEVES, 04 DE MAYO DE 2023 C1

amplios poderes revocatorios, independientes de la voluntad de los sujetos procesales. La misma institución aunque bajo el nombre de consulta, aparece en otros países. En el Ecuador, hasta antes de la entrada en rigor del Código Orgánico Integral Penal, eran aplicables las normas de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Sicotrópicas, en cuyo artículo 123, inciso quinto, se indicaba que la consulta de los fallos, en los juicios de drogas, era obligatoria. Lo cual inclusive, mereció criterio favorable por parte de la Corte Constitucional, la cual dijo en su momento, mediante sentencia N°028-10-SCN-CC, que:

“(…) En este sentido, tenemos que la consulta obligatoria ante las Cortes Provinciales de Justicia, respecto de las sentencias condenatorias y absolutorias que prevé el inciso quinto del artículo 123 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, necesariamente debe resolverse en “mérito de los autos”, tal cual ocurre con otras instancias y recursos que franquea el ordenamiento jurídico, como único mecanismo jurídico idóneo que garantice la transparencia y correcto manejo de los expedientes en materia de drogas; por lo tanto, mal puede existir violación a las normas del debido proceso o atentado a los principios que rigen el procedimiento penal, como infundadamente han propuesto los

Tribunales Penales de Pichincha.”

Aunque a nuestro criterio, tal actuación por parte del Juez ad quem, devenía en inconstitucional, puesto que se rompían con los principios: dispositivo, oralidad, contradicción y defensa del justiciable, pues, se resolvía en base a los méritos procesales.

Orígenes del Código de Procedimiento Penal Ecuatoriano

Procesalmente, el Ecuador desde que se separó de la Gran Colombia, para constituirse en un país soberano e independiente, se preocupó por expedir cuerpos legales que recojan y regulen la sustanciación de los procedimientos penales. Así se promulgaron las Leyes de Procedimiento Criminal de los años 1839, 1851, 1853 y 1863, en que el procedimiento penal estaba subordinado al procedimiento civil.

Pero sería en el año de 1871, en el que se da por primera vez en nombre de “Código”, al cuerpo legal que acopia normas encargadas de reglar el procedimiento penal. Y se llegó así, en base del código del General

0014050, 0007079, 0008508 de Camposanto Monteolivo.

ELOY ALFARO DELGADO, dictado en 1906, hasta el año de 1938, en que, el Gobierno del General ALBERTO ENRÍQUEZ GALLO, expidió el Código Penal y el de Procedimiento Penal, que con insustanciales reformas posteriores, estuvo vigente hasta 1971, cuando la Comisión Jurídica, realizó la correspondiente codificación, procurando no únicamente mantener la autonomía del Procedimiento Penal, sino también, mejorándolo.

En la Codificación del Código de Procedimiento Penal publicado en el Suplemento al Registro Oficial N°200, del 12 de abril de 1971, a partir del artículo 317 se trataba acerca de las reglas generales de la impugnación, siendo el artículo 324 y siguientes los que abarcaban sobre el alcance y contenido de “Los Recursos de Apelación y Tercera Instancia”.

Eran recurribles: Los autos de sobreseimiento definitivo o provisional; auto de llamamiento a plenario; autos de prescripción y abandono de la acción; sentencias absolutorias o condenatorias; sentencias dictadas en los procesos seguidos por delitos cometidos por medio de la imprenta; sentencias para liquidar

POR PERDIDA SE ANULA EL CD No. 05101DPV006636-6 A FAVOR DE LUIS PEDRO MELGAR CHAPA DE $ 8,000.00 DE BANCO BOLIVARIANO

daños y perjuicios; y, sentencias en los procedimientos especiales. Cabía el recurso de tercera instancia, solo en aquellos casos

en los que la segunda instancia al confirmar, revocar o reformar el fallo recurrido, imponía al reo una pena superior a los dos años

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TAXIS EJECUTIVOS “TERMINALNORTE S.A.” PRIMERA CONVOCATORIA

De acuerdo a los Arts.12, 13, 14 y 19 de los Estatutos Sociales y los Arts. 230 y 237 de la Ley de Compañías se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transporte en Taxis Ejecutivos TERMINAL NORTE S.A., a la Junta General Extraordinaria, de manera presencial y en primera convocatoria, que se llevará a cabo el día lunes 15 de Mayo del 2023, a las 15:00 horas en la ofcina de la compañía, ubicada en la ciudad de Quito, calle Francisco Dalmau N68-07 y calle 9, sector Marisol, Ponceano Alto para tratar los puntos del siguiente Orden del día:

1.- Informe de las gestiones efectuadas e indicaciones a los señores accionistas para sanear los problemas de suspensión de los señores accionistas que no han presentado documentos o que tienen la documentación inconclusa para que procedan a la respectiva rectifcación.

2.- Informe y análisis para contratar el servicio de GPS con una nueva empresa de servicios por haber fniquitado el servicio con la empresa anterior

3.- Presentación y análisis de los servicios fnancieros que puede prestar la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jardín Azuayo a la compañía y/o a los señores accionistas con el objeto de autorizar la suscripción de un convenio de cooperación con la misma.

4.- Presentación del cronograma de actividades y requerimientos para el saneamiento de las acciones de la compañía.

En caso de no existir quorum necesario a las hora señalada se esperará hasta treinta minutos y de no completarse el quorum, se entenderá por no realizada y secretaría dejará constancia escrita de este particular procediéndose a convocar por segunda ocasión, de conformidad con el Art. 7 del Reglamento de Juntas Generales emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Nota: Se convoca de manera especial, personal e individualmente al Señor Pablo Deciderio Barragán Valencia, con número de cédula 020147326-1, en calidad de Comisario Principal de la compañía. Se pide a los socios-accionistas puntual asistencia.

Atentamente,

JUEVES 04 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
lahora.com.ec - derechoecuador.com
001-004-3086
NORTE
001-003-3116
001-005-1722
001-003-3119
Se anula por pérdida los títulos

de prisión; y, de las sentencias que se dictaban por delitos de malversación, disposición arbitraria o desfalco de fondos públicos.

Más tarde, el Código de Procedimiento Penal (Ley N°134), publicado en el Registro Oficial N°511 del 10 de Junio de 1983, en el artículo 348°, disponía las “providencias”, en las que cabía la apelación, estos fueron: los autos de sobreseimiento provisional o definitivo; auto de apertura al plenario; autos de inhibición y prescripción de la acción; sentencias absolutorias o condenatorias; y, sentencia por liquidación y pago de daños y perjuicios.

El artículo 349 trataba acerca de los efectos del recurso, generalmente, era suspensivo, excepto cuando la ley disponía lo contrario. Los artículos 350 al 353, señalaban el trámite a darse a la causa, en tratándose de los autos, que eran resueltos por los méritos de estos. Finalmente, el artículo 354 -que se referían a las sentencias-, en cuyo caso, dentro del plazo de tres días debían fundamentar por escrito los recurrentes; hecho lo cual, se corría traslado a las otras partes para que las contesten en igual

plazo. Contestado o en rebeldía, y si ninguna de las partes solicitaba abrir la causa a prueba, la Corte resolvía dentro del plazo de quince días. Pero, si se solicitaba que se practique prueba, se concedía seis días para aquello; concluido dicho plazo, el solicitante debía fundamentarlo; y, únicamente, vencido este plazo, se pronunciaba la sentencia que corresponda. Nótese que según este cuerpo legal, podía practicarse prueba en segunda instancia; lo cual desapareció a partir del año 2001, en que entró en rigor otra normativa legal.

Posteriormente, se promulgó el Código de Procedimiento Penal (R.O.N°360-S, de fecha 13 de Enero del año 2000), y que entró en vigencia el 13 de Julio del año 2001, según lo dispuesto en la Disposición Final del mismo cuerpo de normas y sus posteriores reformas.

Con la vigencia de este nuevo cuerpo legal, se introdujo un cambio fundamental en el sistema procesal penal, con relación al adjetivo penal de 1983, pasando del sistema inquisitivo, al actual sistema acusatorio oral y adversarial que nos rige, pero para su aplicación se implementaron múltiples modificaciones,

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA

“VALLEJO ARAUJO S.A.”

De conformidad al Estatuto Social, a la Ley de Compañías y Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía VALLEJO ARAUJO S.A., a la reunión de Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día Lunes 15 de mayo de 2023, a las 9h00 am, de forma telemática mediante la plataforma zoom, para lo cual, los accionistas deberán ingresar al siguiente link https://us02web.zoom.us/j/82066646089

?pwd=Qk5CbVI3aWI2eTdzVjNVM3hFWWdNQT09, a efectos de conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día:

1. Conocimiento y autorización para que el Presidente y Representante Legal Subrogante de la compañía VALLEJO

ARAUJO S.A., proceda a negociar y enajenar toda clase de bienes de la compañía, y realizar todo tipo de gestión y actos que vayan encaminados al proceso de reducción de obligaciones de la compañía.

Los accionistas podrán conectarse personalmente o por medio de representante legal o apoderado, que deberá contar con el documento correspondiente.

Para su participación vía telemática, el accionista dejará constancia de su comparecencia y registro mediante el envío de un correo dirigido a santiago.amador@imbauto.com.ec, hasta el jueves 12 de mayo de 2023 a las 17h00, a efectos de proporcionar las claves de acceso, al cual se adjuntará su documento de identidad, y actualizará sus datos de contacto. En caso de delegación, deberá adjuntar la carta poder, el documento de identificación del accionista, el documento de identificación de la persona que lo representa, y para el caso de compañías, además adjuntará el nombramiento del representante legal.

Se informa a los señores accionistas que para efectos de solicitar información o incluir puntos en el orden del día, se estará al plazo y forma dispuesto en la Ley de Compañías.

Quito, 04 de mayo de 2023

EXTRACTO

UNIDADES JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.

JUICIO DE: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO – ALIMENTOS

CUANTIA: INDETERMINADA

TRAMITE: PROCEDIMIENTO-ESPECIAL

ACTORA: MICHELE ESTAFANIA GAHONA ARCOS

DEMANDADO: GAHONA ANDRADE FABIAN PATRICIO

CAUSA N°. - 17321-1996-0595

JUEZA. DRA. KETTY MAGALY GUZMAN MEJIA

UNIDADES JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. - Quito, 10 MARZO DEL 2023, LAS 16h04 Agréguese al proceso el escrito presentado por la actora. - En lo principal.Previo a proveer lo que en derecho corresponda.

Se dispone lo siguiente: NOTIFIQUESE al DEMANDADO Señor GAHONA ANDRADE FABIAN PATRICIO, con el contenido de la liquidación de fecha 17 de noviembre del 2022 y al fin que se señale casilla judicial y correo electrónico y designe un defensor técnico en la presente causa, por la prensa en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de QUITO, mediante una publicación que se realizará en una sola fecha, en un periódico de amplia circulación (EL COMERCIO-EL UNIVERSO-EL TELEGRAFO). La publicación contendrá un extracto y la liquidación pertinente y de la providencia respectiva. La publicación integra se agregarán al proceso, a tal efecto remítase despacho suficiente. - Para el efecto, por secretaria confiérase el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial de la accionante. - Además se solicita a la actora presentar un certificado bancario o copia de la cuenta que este a nombre de la actora, esto es a fin de vincular dicha cta. El sistema SUPA. - Notifíquese. F)—DRA. KETTY MAGALY GUZMAN MEJIA, Jueza Liquidación PAGADURIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA

LIQUIDACION POR PENCIONES ALIMENTICIAS

Quito, 17 de noviembre del 2022 (11h02) Doctora KETTY GUZMAN DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA En atención a la petición del 15 de noviembre del 2022, a las 08h11 CAUSA 17321 1996 0596, Mediante el presente informa que luego de revisar los documentos registrados en el juicio y en el informe remitido por la oficina de pagaduría de esta unidad judicial según tarjeta SUPA numero S/T, el Señor GAHONA ANDRADE FABIAN PATRICIO se encuentra adeudando las sesiones por pensiones alimenticias que a continuación se detallan

JUEVES 04 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
PENSIONES ALIMENTICIAS VENCIDAS 1997-2004 412.29 PENSIONES ALIMENTICIAS VENCIDAS 2005-2011 2326.67 SUBTOTAL ADEUDADO 2738.96 2359.12 VALOR TOTAL ADEUDADO 5098.08 SALVO ERROR U OMISION
DEJA SALDO DE ALIMENTANTE EL INGRESO DE COMPROBANTE DE PAGO AL PROCESO 001-004-3081
SE
001-004-3082

reformándolo en unas catorce oportunidades. Este cuerpo legal, en el artículo 343 establecía los casos en los que procedía la impugnación por este recurso: (autos de nulidad, prescripción de la acción, de sobreseimiento, inhibición por causa de incompetencia; sentencias de procedimiento ordinario, simplificado y abreviado; y, del auto que concede o niega la prisión preventiva). Cabe señalar que inicialmente también era apelable el auto de llamamiento a juicio, empero, el mismo fue más tarde, en el año 2010, sustituido.

El artículo 344 preveía el tiempo dentro del cual debía interponerse la apelación, que era de tres días de notificada la providencia; y, el artículo siguiente, señalaba el procedimiento o trámite que debía darse al recurso, en observancia de los principios constitucionales de concentración, contradicción y dispositivo, y, teniendo en cuenta la vigencia del sistema acusatorio oral y adversarial.

Finalmente, mediante publicación en el Suplemento al Registro Oficial N°180, del 10 de Febrero del 2014, se expidió el Código Orgánico Integral Penal, el cual entró en vigencia luego de la vacatio legis, de 180 días, de acuerdo a la Disposición Final que dice: “El Código Orgánico Integral Penal entrará en vigencia en ciento ochenta días contados a partir de su publicación en el Registro Oficial, con excepción de las disposiciones reformatorias al Código Orgánico de la Función Judicial, que entrarán en vigencia a partir de la publicación de este Código en el Registro Oficial.”

Dicho cuerpo normativo, en su Libro Segundo, Título IX, en el Capítulo Primero, en el artículo 652 contiene las reglas generales de los recursos de impugnación (apelación, casación, revisión y hecho); y, en el Capítulo Segundo, contempla las disposiciones relativas al recurso de apelación propiamente dicho; en cuyo artículo 653 trata sobre los cinco casos en los que procede, siendo estos: auto de prescripción sea de la acción o de la pena; auto de nulidad; auto de sobreseimiento; de las sentencias; y, del auto que concede o niega la prisión preventiva. El artículo siguiente versa

sobre el trámite que debe darse al recurso y que será observado por parte de los operadores jurídicos; y, finalmente, el artículo 655, se refiere a la confirmación del sobreseimiento recurrido, si el superior

no resuelve en el plazo máximo de sesenta días.

COMPAÑIA DE TRANSPORTES SAN JOSE DE MINAS S.A.

Pedro Vicente Maldonado, 4 de Mayo 2023

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley de Compañías; el artículo 1 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas; y el articulo Décimo tercero de los Estatutos de la compañía, se convoca a los Señores Accionistas de la compañía de Transportes San José de Minas S.A., a la Junta General Ordinaria, de manera presencial, la misma que se llevará a cabo el día 17 de mayo del 2023, a las 09:00 horas, en el domicilio principal y legal de la compañía, ubicada en la calle 27, numero 72 e intersección 22 del barrio Kennedy Baja, referencia a la entrada a La Celica, junto al Mercado Central del cantón Pedro Vicente Maldonado, provincia de Pichincha, en la que se tratará el siguiente orden del día:

1. Constatación del quorum e instalación de la junta

2. Presentación del Balance ejercicio económico del año 2022

3. Lectura del informe de la señora Comisario

4. Aprobación del Balance ejercicio económico del año 2022

5. Informe de Presidencia

6. Informe de Gerencia

7. Clausura

NOTA:

En cumplimiento con el Art.242 de la Ley de compañías y Art.3 literal b) del Reglamento de Junta de Accionistas, se comunica y convoca de manera especial e individual a la Sra. Tania Rodríguez, como Comisario de la empresa.

Se comunica a los señores accionistas que el balance general, estado de pérdidas y ganancias se encuentran a disposición en las oficinas de la contadora de la empresa Atentamente,

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CLEANING CORP. S.A.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y en el Estatuto de Compañía, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía CLEANING CORP. S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se realizará el día miércoles 17 de mayo del 2023, a las 10H00, en el edifcio ubicado en la Av. 12 de octubre N24-80 y calle Madrid, de la ciudad de Quito DM, cantón Quito, provincia de Pichincha; con el objeto de tratar el punto único detallado a continuación:

1. Autorización negociación y venta de la empresa CLEANING CORP. PERU SAC al Sr. Martin Muñoz

CONVOCATORIA

El Centro Agrícola Cantonal de Rumiñahui, convoca a sus afiliados a la Asamblea General Extraordinaria, que tendrá lugar en el día Viernes 12 de Mayo de 2023, en su local ubicado en la Avda. Selva Alegre s/n y Calderón a las 13:00 p.m., para tratar el siguiente orden del día.

1.- lnforme de Actividades

2.- Elección de Directorio

3.- Asuntos Varios

Los asistentes a la Asamblea, para tener derecho a voz y voto, deberán tener la cédula de agricultor actualizada.

Por ser la segunda convocatoria, la misma se instalará con el número de miembros presentes.

La Asamblea, se constituirá y cumplirá los puntos de la convocatoria de conformidad con el Art 14 de los Estatutos vigentes.

Sin perjuicio que la Junta de Accionistas será efectuada de manera presencial en las instalaciones de la Compañía, se brindarán las facilidades necesarias para la comparecencia por medios telemáticos a los accionistas que así lo consideren pertinente. De conformidad con el artículo 233 de Ley de Compañías y el artículo 19 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones, de Economía Mixta y Sociedades por Acciones Simplifcadas, solicitamos que los accionistas que requieran comparecer por medios telemáticos (plataforma ZOOM) envíen un correo electrónico a la siguiente dirección: supersec-ec@hotmail.com, a fn de dejar constancia de su comparecencia por esta vía y por motivos de confdencialidad hacerle llegar directamente las claves de acceso respectivas.

El derecho a incluir información e incluir puntos en el orden del día se ejercerá en los plazos de conformidad con el artículo 13 de Reglamento antes mencionado.

Si aplicare la emisión del voto a distancia el mismo será consignado al correo electrónico siguiente: supersec-ec@hotmail.com

Los instrumentos de representación por medio del cual se encargue a otra persona que represente al accionista en la Junta General podrá ser remitido al correo electrónico siguiente: supersec-ec@hotmail.com

Quito, 04 de mayo del 2023

JUEVES 04 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
001-004-3083
001-004-3087 POR PERDIDA
CD No.
8 A FAVOR DE FIALLOS CORDOVA HECTOR IVAN DE $ 250,001.00 DE BANCO BOLIVARIANO 001-005-1722
SE ANULA EL
05501DPV007043-
001-004-3089 001-004-3091
Ing. Luis Alejandro Emmanouilidis Salas PRESIDENTE AUTOR: DR. IVÁN GARZÓN VILLACRÉS MG.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA,

PROVINCIA DE PICHINCHA

No. proceso: 17315-2022-01064

No. de Ingreso: 1

Acción/Infracción: DIVORCIO POR CAUSAL

Actor(es)/Ofendido(s): SALAZAR ZABALA CECILIA INES

Demandado(s)/Procesado(s): PALLARES LUIS ALBERTO

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Mejía, miércoles 15 de marzo del 2023, a las 16h32. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, según Resolución No. 137-2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el 18 de mayo del 2015, publicada en el Suplemento 1 del Registro Oficial No. 532, el 29 de junio del 2015 y en virtud del sorteo electrónico correspondiente; agréguese al proceso. El Escrito presentado por la señora CECILIA INES SALAZAR ZABALA. En lo principal se dispone: PRIMERO. CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda de divorcio por causal presentada por la señora CECILIA INES SALAZAR ZABALA, por clara y completa reúne los requisitos exigidos por los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, razón por lo que se la acepta al trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme lo determina el Art. 333.332 numeral 4 del cuerpo legal antes invocado. SEGUNDO. CITACIÓN: En mérito al juramento rendido por la accionante CECILIA INES SALAZAR ZABALA; mediante diligencia realizada el día 25 de octubre del 2022, esta autoridad, con fundamento en lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, dispone citar a LUIS ALBERTO PALLARES; a través de TRES publicaciones por la prensa en uno de los mayores diarios de la ciudad de Quito, por carecer de este medio de comunicación en esta ciudad, a quienes se les advierten de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial, ubicada en las calles Cristóbal Colón y Princesa Toa, así como el de señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente a la parte demandante. Advirtiéndole de la obligación que tiene de contestar la demanda con los presupuestos establecidos en los Arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, en el término máximo de QUICE (15) días una vez citado, tal como lo ordena el Art. 333 numeral 3 ibídem, y que en caso de no comparecer se procederá en rebeldía. TERCERO. CONTESTACION A LA DEMANDA: Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP, se concede al demandado LUIS ALBERTO PALLARES, el término QUINCE (15) días de una vez citado, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso. CUARTO. ANUNCIO PROBATORIO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la demandante en su demanda, que tiene que ver con prueba documental y testimonial a quienes se les notificaran en el correo electrónico en uso del defensor técnico facultado en la presente causa, cuya admisibilidad y práctica será considerada en la audiencia única, según lo previsto en los artículos 160 y 161 del COGEP. QUINTO. CUANTIA. NOTIFICACIONES Y AUTORIZACION: Téngase en cuenta la cuantía fijada, correo electrónico señalado por la compareciente para recibir posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico, para que intervenga en esta causa. Actué el MSc. Ab. Danny Pérez Jácome, en calidad de secretario de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE. - f). Dr. José Luis Ayora Mata. JUEZ. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley. Atentamente,

CASO 1751-15-EP

LEY PROCESAL EN EL TIEMPO EN JUICIOS DE EXPROPIACIÓN

En este fallo la Corte Constitucional desestimó la acción extraordinaria de protección explicando que la aplicación del reformado inciso séptimo del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP no vulneró los derechos a la motivación y seguridad jurídica porque si bien la norma entró en vigencia posteriormente a la declaratoria de utilidad pública y la interposición de la demanda de expropiación las leyes procesales están sujetas a la legislación vigente al momento de su aplicación, salvo el caso de términos diligencias o etapas procesales, en cuyo caso debe aplicarse la ley anterior.

Argumentos relevantes

Las argumentaciones jurídicas que considero más relevantes de este fallo son:

“La principal alegación de los legitimados activos dentro de la presente acción extraordinaria de protección gira en torno a una supuesta vulneración del derecho a la seguridad jurídica por haberse aplicado en su decisión una disposición jurídica de manera retroactiva; emitida con posterioridad a la iniciación del proceso. Así, ellos aducen que se aplicó una modificatoria al inciso séptimo del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública de manera posterior a los hechos que motivaron el proceso de expropiación.

En este punto cabe mencionar que dicho inciso, según su redacción original conforme su publicación en el Registro Oficial 395 de 4 de agosto de 2008 disponía en su parte pertinente que “En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo se procederá al juicio de expropiación conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de recibir a cuenta del precio final que se disponga a pagar el valor que preliminarmente ha propuesto la institución pública respectiva. El Juez en su resolución no está obligado a sujetarse al avalúo establecido por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad”. La modificación al precepto fue introducida mediante la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, publicada en el Registro Oficial No. 100 de 14 de octubre de 2013, sufriendo la siguiente variación:

“En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo se procederá al juicio de expropiación conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil. El juez en su resolución está obligado a sujetarse al avalúo establecido por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad, sin perjuicio de que el propietario inicie las acciones que le franquea la Ley respecto de un eventual daño emergente”. En primer lugar, cabe destacar que la disposición –tanto en su versión original como en su modificatoria– comporta una regla procesal sobre la actuación del juez ante el acervo probatorio en estos casos. La modificación de regla jurídica adjetiva consistió en que el avalúo realizado por el órgano competente del gobierno municipal se convirtió en obligatorio y vinculante para el juez que conocía la causa de expropiación, postura distinta a la redacción original del precepto. En efecto, tanto la sentencia de primera instancia como la de segunda instancia dentro del analizado proceso expropiatorio han invocado la disposición modificada del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, norma que entró en vigencia el día 14 de octubre de 2013, es decir, con posterioridad a la declaratoria de utilidad pública y con una diferencia de pocos días de haberse propuesto la demanda de expropiación. A ello, cabe añadirse que en la parte dispositiva de la sentencia de segundo nivel se dejó a salvo los derechos de los accionantes por un eventual juicio por daño emergente, tal y como expresa la disposición legal modificada. Como hemos comentado anteriormente, las reglas de juego protegidas por el derecho a la seguridad jurídica también incluyen una serie de preceptos para resolver problemas jurídicos provenientes del alcance temporal de las disposiciones legales. En el presente caso se discute el supuesto carácter retroactivo otorgado a un precepto legal, por lo que será necesario analizar la vigencia temporal del artículo 58 modificado de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

En primer lugar, el artículo 82 de la Constitución de la República establece como parte del derecho a la seguridad jurídica el respeto de las normas previamente establecidas. Ello en concordancia con la regla general indicada por el artículo 7 del Código Civil, al decir que “La ley no dispone sino para lo venidero: no tiene efecto retroactivo…”. Empero, dicha norma legal contiene a continuación una serie de reglas para resolver posibles conflictos entre una norma posterior y anterior. Como comentamos en el párr. 30, la disposición contenida en el artículo 58 modificado de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública es una norma procesal probatoria, cuyo destinatario es el juez que – al momento de resolver – deberá sujetarse al informe de avalúo otorgado por la municipali-

dad correspondiente. Ante reformas o cambios legislativos de naturaleza procesal, generalmente el legislador procura establecer reglas concretas, mediante disposiciones transitorias, para lograr resolver los distintos conflictos de su aplicación en el tiempo. No obstante, en el presente caso no existen disposiciones de dicha naturaleza, razón por la cual se impone como necesario atender a la regulación general de conflictos entre una ley anterior con una posterior, cuya regla concreta se encuentra en el numeral 208 del artículo 7 del Código Civil. En este contexto, la disposición analizada refiere a una cuestión de carácter procesal, por lo que, a diferencia de lo argumentado por los legitimados activos, el supuesto de hecho en el que se debió aplicar no está relacionado con una actuación administrativa previa como la declaratoria de utilidad pública, sino con el proceso jurisdiccional de expropiación, y concretamente, con la valoración que el juez realice en dicho proceso antes de resolver. (...) Es decir, las leyes procesales están sujetas a la legislación vigente al momento de su utilización, salvo en el caso de términos, diligencias o etapas procesales que hayan iniciado, en cuyo caso deberá aplicarse la ley anterior. En ese contexto, la reforma al referido artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si bien se publicó de manera posterior a la proposición de la demanda, ello no afecta su vigencia y aplicación dentro del proceso de expropiación en análisis, dado que la regla establecida en el número 20 del artículo 7 del Código Civil únicamente exceptúa la aplicación del precepto posterior en caso de un término que esté discurriendo o una diligencia que ya haya iniciado. En el presente caso, la disposición jurídica reformada entró en vigencia cinco días después de la proposición de la demanda, incluso de manera anterior a la calificación de la misma. Como puede observarse, al momento de la entrada en vigencia de la disposición reformada, el proceso judicial apenas se encontraba en etapa de calificación, por lo que no existía ninguna diligencia o término discurriendo en el que el juez –destinatario de la disposición reformada– deba valorar la prueba presentada en el proceso (...)”.

La ratio decidendi de la sentencia pone de relieve la regla contemplada en el número 20 del artículo 7 del Código Civil, cuyo texto es: “La ley no dispone sino para lo venidero: no tiene efecto retroactivo y en conflicto de una ley posterior con otra anterior se observarán las siguientes reglas (….) 20.- Las leyes concernientes a la sustanciación y ritualidad de los juicios, prevalecen sobre las anteriores desde el momento en que deben comenzar a regir. Pero los términos que hubieren comenzado a correr y las actuaciones y diligencias que ya estuvieren comenzadas, se regirán por la ley que estuvo entonces vigente”. En conclusión, las normas procesales nuevas prevalecen sobre las anteriores desde que comienzan a regir, salvo los términos que hayan empezado a correr y actuaciones judiciales comenzadas que se rigen por la ley anterior.

Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. vjaramillo@jclegales.com

JUEVES 04 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
001-003-3126
MSc. AB. DANNY PEREZ JACOME. SECRETARIO.

EXTRACTO JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA

IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: Herederos Desconocidos de la señora JIMENA DEL ROCÍO CHAVISNAN TIRIRA

JUICIO No. 17204-2023-01050

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- VISTOS: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad dc Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud del sorteo de ley; conforme la Resolución No. 199-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 195, de 05 de marzo de 2014. Agréguense al proceso el escrito que antecede, puesto en mi conocimiento en esta fecha. En lo principal, por cuanto el compareciente ha cumplido lo ordenado en auto inicial, la solicitud que precede reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al procedimiento voluntario previsto en el artículo 334, numeral 6, del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).

En consecuencia, se dispone: 1) Cítese a las señoritas JENNIFER

ALEXANDRA TUCANEZ CHAVISNAN y ALISSON DAYANA

TUCANEZ CHAVISNAN, en el domicilio señalado por el peticionario. Para efectos de la citación la parte interesada, de forma inmediata, provea las copias necesarias para la misma, hecho lo cual por Secretaría se remitirá suficiente despacho a la oficina de citaciones. 2) En mérito al juramento rendido por el solicitante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 en concordancia con el artículo 56 numeral uno del COGEP, cítese por la prensa a los herederos desconocidos de la señora JIMENA DEL ROCÍO CHAVISNAN TIRIRA; para el efecto, por Secretaría entréguese el extracto correspondiente. 3) Con fundamento en el último inciso del artículo 335 del COGEP, la audiencia se convocará cumplidas las citaciones ordenadas en los numerales anteriores. 4) Con relación a la prueba anunciada: 4.1 De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la documentación que acompaña a la demanda; 4.2 De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba testimonial que ofrece para acreditar los hechos, de conformidad con el artículo 177 del COGEP. Los testigos llamados a declarar serán notificados con base en el artículo 191 ibídem, y comparecerán el día y hora de la audiencia única, bajo prevenciones legales portando sus documentos de identidad; 4.3 De ser procedente y conforme a derecho corresponda, se tendrá en cuenta la declaración de parte que solicita, de conformidad con los artículos 187 y 188 del COGEP. 5) Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico que señala para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor.- Actúe la Ab. Lourdes Idrobo como Secretaria encargada de esta Unidad Judicial.- CíTESE y

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE PICHINCHA CON SEDE EN CALDERON

EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL A PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL CAUSANTE JAIME DAVID GALINDO NARVAEZ

JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA

NÚMERO: 17986-2023-00340

ACTOR: MADRIL LAVERDE NELLY ALEXANDRA

TRAMITE: VOLUNTARIO

ABOGADO PATROCINADOR: DR. KLEVER TELMO MAZA NARVAEZ

AUTO DE CALIFICACION.-

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CALDERON DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 6 de abril del 2023, a las 14h38 VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal: 1.- Calificación.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior, dentro del término de Ley, la demanda de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA, presentada por la señora NELLY ALEXANDRA MADRIL LAVERDE, se la considera clara, precisa y reúne los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en consecuencia se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.6 IBÍDEM. 2.- Citación a presuntos herederos.- Atento el juramento rendido por la parte actora, sobre el desconocimiento de la individualidad o residencia de los presuntos y desconocidos herederos del causante JAIME DAVID GALINDO NARVAEZ, en tal virtud, de conformidad con lo determinado en los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE por la prensa a los presuntos y desconocidos herederos del difunto JAIME DAVID GALINDO NARVAEZ, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los periódicos de amplia circulación nacional; advirtiéndoles a los demandados que deben comparecer a juicio, señalar domicilio judicial en la ciudad de Quito para recibir notificaciones, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía, para el efecto, por secretaría, entréguese el extracto correspondiente. 3.- Citación a terceros con interés.- CÍTESE, con la demanda inicial y este auto a los demandados y coherederos señores DAVID ALEJANDRO GALINDO SUSCAL, JENNIFER VANESSA GALINDO SUSCAL y DANIELA ALEXANDRA GALINDO MADRIL, en la dirección especificada en la demanda, a fin de que comparezcan a juicio y en caso de oposición a la demanda, podrán hacerlo hasta antes de la convocatoria a la audiencia de ley, cumpliendo con los requisitos contemplados en los arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, advirtiéndole además de su obligación de señalar casillero judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, para su cumplimiento, de conformidad con la Resolución 16-2017, dictada por la Corte Nacional de Justicia, líbrese la correspondiente COMISIÓN al Señor Teniente Político de la parroquia de Calderón, quien cumplido el encargo remitirá de manera inmediata la respectiva razón, previo a lo cual, la parte actora comparezca al archivo de esta Unidad y facilite copias suficientes. 4.- Audiencia.- Una vez que de autos se justifique haber citado legalmente a la parte demandada, se procederá a señalar la audiencia de ley, diligencia a la cual la parte actora, demandados y terceros interesados deberán comparecer en forma personal o por intermedio de Procurador Judicial con Poder Especial que contenga cláusula especial para transigir y actuar las pruebas anunciada y admitidas en legal y debida forma. 5.- Prueba: 5.1.- Téngase en cuenta la documentación incorporada al proceso, conforme en derecho corresponda en el momento procesal oportuno. 5.2.- La prueba testimonial anunciada, será recibida al momento de llevarse a cabo la Audiencia correspondiente de conformidad con el art. 178 del COGEP. 6.- Curador Ad Litem.- En atención a la insinuación de Curador Ad-Litem, y una vez que ha sido justificada su idoneidad, con fundamento en el Art. 32 inciso tercero del COGEP, se nombra Curador Ad-Litem, al señor SANTIAGO JAVIER SANCHEZ LAVERDE, quien representará al adolescente Isaac Mateo Galindo Madril, en el presente juicio, para el efecto deberá posesionarse y discernir de su cargo al momento mismo de la audiencia. 7.- Audiencia Reservada.- Con fundamento en el Art. 45 de la Constitución de la República, Art. 31 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, el día de la audiencia, serán escuchados de manera reservada el adolescente Isaac Mateo Galindo Madril, de 13 años de edad. 8.- Notificaciones.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor. Hágase del proceso la documentación aparejada a la demanda. Actúa en la presente causa la Ab. Andrea Caycedo, Secretaria de este Despacho. NOTIFÍQUESE.-.-F) DR. ANGEL SANTILLAN. JUEZ

Lo que notifico para los fines legales pertinentes.

001-003-3114
001-003-3122 JUEVES 04 DE MAYO DE 2023 La Hora, ECUADOR C6

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