CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DE LAS TARJETAS CAJASUR: “CAJASUR VERANO 2022”
1.- Definición: CAJASUR BANCO S.A.U. va a llevar a cabo una acción comercial, de Promoción de tarjetas emitidas por Cajasur, de ámbito nacional, en la que podrán participar todas las personas físicas mayores de edad, clientes de Cajasur, que cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases. El sorteo se realiza única y exclusivamente con fines publicitarios y promocionales sin sobreprecio ni tarificación adicional para los participantes. 2.- La presente promoción contará con los siguientes premios: • 100 premios consistentes (en el regalo) de un Cheque Regalo de Carburante para usar en las estaciones adheridas a la red de estaciones de servicio de Repsol, Campsa y Petronor por importe de 100 euros. Cheque canjeable en Península y Baleares (no válido en Islas Canarias). Consultar Estaciones de Servicio adheridas en: www.chequecarburante.es.
3.- La campaña se extiende desde el 15 de junio de 2022 hasta el 15 de septiembre de 2022, ambos días inclusive, celebrándose el sorteo el 13 de octubre de 2022. En casos de fuerza mayor, Cajasur podrá suspender el sorteo, comunicando tal circunstancia a los participantes. 4.- Participan en esta promoción todas las personas físicas, mayores de edad, que siendo clientes de Cajasur, a la fecha del sorteo cumplan con todos los requisitos siguientes: •Ser titular de al menos una tarjeta financiera activa, entre las siguientes tarjetas de particulares detalladas a continuación: Visa Debit, Visa Debit Red, Visa Dual Debit, Visa Dual Debit Red, Visa Debit Profesional, Visa Classic, Visa Oro, Visa Oro Dual, Visa Oro Profesional, Visa Dual, Visa Dual Profesional, Visa Dual Red, Sticker Debit, Sticker Dual/Crédito, Visa Solidaria, Visa colectivos, T. Platinum y Vía T. •Haber realizado compras, no anuladas, desde el 15 de junio de 2022 hasta el 15 de septiembre de 2022, por importe mínimo acumulado de 50 euros con la tarjeta referenciada en la opción premiada, de la que sea titular. • Cajasur podrá excluir a aquellas personas físicas que tengan saldos deudores vencidos en la entidad o a fecha de sorteo estén incluidos en los ficheros de prevención de blanqueo de capitales, y excluirá a aquellas que conforme a la normativa de protección de datos hayan solicitado la exclusión publicitaria o pertenezcan a algún fichero común de exclusión de envío de comunicaciones comerciales.