DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR PROYECTO DE AULA: PRESUPUESTO IV SEMESTRE DE 2022
KAROL JULIANA CARVAJALINO ROJAS CÓDIGO. 231213
LAURA FERNANDA URIBE FLOREZ CÓDIGO. 231215 UNIVERSIDAD
Municipio la Gaviota 26 de octubre de 2022

Doctor
CAMILO ANDRÉS ORTIZ VEGA
Alcalde del municipio la Gaviota
Asunto: Propuesta económica para la compra de artículos deportivos a la empresa JL Power Dynamic para la adecuación de un salón deportivo en las instalaciones de la alcaldía.
Cordial saludo, por medio de la presente de manera formal y respetuosa me dirijo a ustedes para dar a conocer la necesidad que presenta la Alcaldía La Gaviota la cual requiere adquirir nuevos artículos deportivos con el fin de adecuar un salón deportivo en las instalaciones de la alcaldía para hacer de él un ambiente más agradable para los empleados.
Esperamos su aprobación y pronta respuesta.
Atentamente,
CAMILO ANDRÉS ORTIZ VEGA
Alcalde del Municipio La Gaviota NIT 900.567.938-2


CERTIFICADO DE PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
(KAROL JULIANA CARVAJALINO ROJAS), identificado (a) con cédula de ciudadanía No 1.000.517.779 expedida en Bogotá D.C, en calidad de Representante Legal de la sociedad JL POWER DYNAMIC S.A.S identificada con NIT 867.325.671 0, CERTIFICO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, que ha cumplido con las obligaciones derivadas de afiliación y pago con los sistemas de Salud, Pensión y Riesgos Profesionales, y los correspondientes a aportes parafiscales con Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y Caja de Compensación Familiar, dentro de los términos de ley de conformidad con las normas vigentes, según Ley 789 de 2002 Artículo 50 y Ley 828 de 2005 Artículo 1. Del mismo modo certifico que he realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria. Certifico además que A LA FECHA no hay saldos a mi cargo derivados a los aportes parafiscales y seguridad social a que estoy obligado de conformidad con las normas vigentes. Expedido en Ocaña a los (27) días del mes de noviembre de 2022 LAURA FERNANDA URIBE FLOREZ Revisor Fiscal EMPRESA JL POWER DYNAMIC S.A.S NIT 867.325.671-0





MUNICIPIO LA GAVIOTA NIT 900.567.938-2

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No 001 FECHA: 28 11 2022
CODIGO RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR COMPRA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS 78.873.893 $ TOTAL A PAGAR 78.873.893 $
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS JL POWER DYNAMIC
MUNICIPIO LA GAVIOTA

JL POWER DYNAMIC S.A.S REPRESENTANTE LEGAL KAROL JULIANA CARVAJALINO ROJAS CEDULA DE CIUDADANÍA 1.000.517.779
CONTRATISTA
OBJETO
VALOR DEL CONTRATO NO. DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA LA ADECUACIÓN DE SALÓN DEPORTIVO EN LAS INSTALACIONES DE LA ALCALDÍA
100 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2022 DURACIÓN DEL CONTRATO
TREINTA (30) DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100% DEL OBJETO POR CONTRATAR, LO QUE OCURRA PRIMERO. DOMICILIO CONTRACTUAL MUNICIPIO LA GAVIOTA
Que el artículo 32 de la Ley 80 de 1993 señala que son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el citado Estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad. así como los que, titulo enunciativo define la norma: 2) Que se hace necesario la Contratación para la compra de ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA LA ADECUACIÓN DE SALÓN EN LAS INSTALACIONES DE LA ALCALDÍA; 3) Que existe disponibilidad Presupuestal No. 0361 de fecha 08 de octubre de 2019, expedida por el área de presupuesto adscrita a Ya Secretaria de Hacienda Municipal; 4) Que de conformidad con los artículos 84 y 94 de la Ley 1474 de 2011 y El articula 2.2.1.2.1.5.2 del decreto 1082 de 2015 bajo la modalidad de mínima cuantía, se realiza invitación Publica No. SOH MIN 0 006 de 2019, para el objeto del presente contrato. Y previamente agolada la etapa pre Contractual y presentado una propuesta JL POWER DYNAMIC S.A.S. Con NIT 867.325.671, Representado legalmente por KAROL JULIANA CARVAJALINO ROJAS "con CC. 1.091.672.184, cumplió con los requisitos establecidos en la invitación pública, como se establece en el decreto 1082 de 2015. (5) EL CONTRATISTA presento propuesta por el valor de: SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($78.873.893). Para el objeto Del Presente contrato. Por cuanto precede, convenimos en los términos siguientes:
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO COMPRA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS
CLAUSULA SEGUNDA. VALOR FORMA DE PAGO. El valor del contrato a celebrar es de SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($78.873.89): INCLUIDO IVA, Los cuales se pagarán en un pago total previa ejecución a satisfacción del contratista del objeto Contratado, informe de actividades, evidencias fotografías. Resolución de pago y demos soportes legales. Las demoras que se presenten par estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA y no tendrá por ello derecho el pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. El pago estará sujeto a la suscripción de los correspondientes actos de liquidación. PARÁGRAFO PRIMERO. El término para el pago solo empezare a contarse desde la fecha en que se presente en debida forma la totalidad de los documentos exigidos para el efecto. Las demoras que se presenten por estos conceptos las responsabilidades del CONTRATISTA y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
CLAUSULA TERCERA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, Las erogaciones presupuestales que deban hacerse con cargo al presente contrato se derivaran de la disponibilidad presupuestal No CD 0361/de fecha 13 de febrero de 2020 con cargo al rubro presupuestal 236080312 Material Programas y Proyectos Propios del Sector Correspondiente at presupuesto actual
CLAUSULA CUARTA, PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Termino de ejecución contractual será de treinta (30) días a partir del perfeccionamiento del contrato a celebrar en los términos establecidos paren tal efecto por la normatividad vigente.
CLAUSULA QUINTA, OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATISTA EI CONTRATISTA se obliga a además de los inherentes a la ejecución contractual el contratista deberá: 1 Cumplir con las condiciones técnicas establecidas y cumplir su totalidad con el objeto contratado: 2) Cumplir a cabalidad todos los ofrecimientos, condiciones y términos de la propuesta presentada, la cual hace parte integral del presente contrato: 3) Acatar las instrucciones impartidas por el supervisor durante la ejecución del objeto contractual y de manera general obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en trabamientos en la ejecución contractual: 4) El contratista deberá garantizar la calidad de lo que se va a entregar: Garantizar la confidencian dad y privacidad de la información que por ratán del presente contrato deba manejar. 6) Pagar los impuestos, tasas y tributes etc. a que hubiere lugar en razón del contrato; 7) Estar inscrito en el Registro Única Tributario RUT 8) EL CONTRATISTA deberá acreditar durante la ejecución del objeto contractual, el pago delos aportes frente al régimen de seguridad social integral, en los términos y condiciones establecidas en las leyes y normas sobre la materia en especial de lo contenido en el artículo 50 de la Ley 769 de 2002 y demos normas complementarias: 9) El contratista se compromete a Ejecutar el
presente contrato dentro de los parámetros legales establecidos para el desarrollo del objeto contractual: 10) No acceder a peticiones o amenazas de quienes acaben por fuera de la ley que tengan por finalidad obligarlo a realizar u omitir acto o hecho. En tales eventos, EL CONTRATISTA deberá informar inmediatamente a la Alcaldía del MUNICIPIO LA GAVIOTA y demás autoridades competentes sobre el crecimiento de tales sucesos y 11) Las demás que surjan en desarrollo del objeto contractual.
OBLIGACIONES DE LA ALCALDÍA DE LA GAVIOTA. La alcaldía del municipio de La Gaviota se obliga a:
1) Pagar al CONTRATISTA la contraprestación contenida en la forma CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MINIMACUANTIA No $78.873.89 SDH MIN0006 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2022 CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO LA GAVIOTA Y JL POWER DYNAMIC S.A.S Representado legalmente por KAROL JULIANA CARVAJALINO ROJAS establecida en el presente contrato.
2) Facilitar oportunamente al CONTRATISTA los documentos, datos e informar necesarios para el eficiente y eficaz cumplimento del objeto contractual
3) Ejecutar en general las obligaciones que surjan de la naturaleza del presente contrato.
CLAUSULA SEXTA GARANTÍA FI CONTRATISTA deberá constituir garantía única expedida por una de seguros legalmente autorizados para funcionar en Colombia, que cubra el siguiente riesgo: CUMPLIMIENTO, para el 10% del valor total del contrato y CALIDAD DEL SERVICIO AL 10% del valor del contrato y su vigencia será igual a la del contrato de seis (6) meses más
CLAUSULA SÉPTIMA, SUPERVISOR LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA vigilara el cumplimiento en la ejecución del objeto del presente contrato a través de La Profesional Universitaria del Área de Población en Desventaja, o quien el Ordenador del Gasto designe para tal efecto quien deberá adelantar todas las acciones necesarias pare velar par la idónea y eficaz ejecución contractual para lo que deberá cumplir con las obligaciones establecidas en el Manual de Contratación.
CLAUSULA OCTAVA. MULTAS. En caso de mora a incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas par EL CONTRATISTA, LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA cobrara multas diarias y sucesivas equivalentes al 10% del valor total de este contrato, por cada día hábil de regir incumplimiento, si a juicio de LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA de ella se derivan perjuicios pare la misma: sin duda al monto total de la multa exceda el veinte por ciento (20%) del valor total de este contrato, cantidad a la que se sumará los perjuicios padecidos par LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA a causa del incumplimiento,
CLAUSULA NOVENA. PENAL PECUMARIA. En casa de incumplimiento de las obligaciones a de dedicatoria de caducidad de este contrato, EL CONTRATISTA pagare a la Alcaldía del MUNICIPIO LA GAVIOTA a título paga, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de este contrato, confidencialidad que se tendrá coma page parcial de los perjuicios sufridos por LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GAVIOTA para el incumplimiento.
CLAUSULA DECIMA. CAPTACIÓN DE LAS MULTAS Y DE LA PENA EL valor de las mulles y de la pena se tomará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiese, a de la garantía constituida para lo cual. EL CONTRATISTA manifiesta con la suscripción del presente contrato. Su aceptación de manera clara, expresa e inequívoca en tal sentido, teniendo en cuenta lo establecido en at Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 en tal sentido.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL. Conforme a Ley y presto que el CONTRATISTA ejecutara el objeto del presente contrato con plena autonomía Técnica y administrativa, queda entendido que no existe vinculación laboral alguna entre EL CONTRATISTA y LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA RÉGIMEN DE SEGURIDAD INTEGRAL. EL CONTRATISTA deberá acreditar durante la ejecución del objeto contractual El pago de los aportes frente al régimen de segundad social integral, en los términos y condiciones establecidas a las leyes y más sobre la materia en especial de lo contenido en el artículo 50 de la Ley 189 de 2002 y demás normas complementarias.
CLAUSULA DECIMA TERCERA NORMATIVIDAD ESPECIAL. Además de la posibilidad de terminación de este contrato por uno mutuo acuerdo de los contratantes, o par parte de LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA en caso de vindicarse que EL CONTRATISTA presente antecedentes judiciales, disciplinarios o fiscales El presente contrato estará sujeto a las cláusulas excepcionales previstas en La Ley 80 de 1999, igualmente en cuanto a su liquidación, adición, modificaciones, sesión y responsabilidad del contratista, este contrato se rige por la citada Ley en lo pertinente, en le Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto '1082 de 2015, y en las materias no reguladas par tales. Para las disposiciones de la legislación civil y comercial colombiana y este sometido a la jurisdicción del contencioso administrativo El incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA darán lugar a la aplicación por parte de LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LA GAVIOTA de las sanciones previstas en la Ley 80 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen que la complementen.
CLAUSULA DECIMA CUARTA INHABILIDAD O INCOMPATIBILIDAD. El CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramenta que no se encuentra incurso encáusales legales de inhabilidad o incompatibilidad para suscribir este contrato. PARÁGRAFO 1: EL CONTRATISTA manifiesta baja la gravedad del juramento que no se encuentra en el Boletín de responsables fiscales de la
Contraloría General de la República, de acuerdo con lo establecido en Ley 810 de 2000.
CLAUSULA DECIMA QUINTA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El Presente Contrato se liquidará de acuerdo entre las partes al Cumplimiento de su objeto. O en su defecto dentro del MES SIGUIENTE a la fecha de terminación del contrato por cualquier causa. En esta etapa las partes acordaran los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación contaran los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que le den las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo.
CLAUSULA DECIMA SEXTA TERMINACIÓN ANTICIPADA. De conformidad con la establecido en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993, y en desarrollo de la autonomía de la voluntad, las partes acuerdan la posibilidad de dar por terminado en forma anticipada y acuerdo el presente previo visor al CONTRATISTA a la Alcaldía del MUNICIPIO LA GAVIOTA si fuese el caso, Las partes deberán estar de acuerdo por tales efectos.
CLAUSULA DECIMA SÉPTIMA. DOCUMENTOS: Los documentos que a continuación se relacionan Para todos los efectos hacen parte integral del presente contrato y en consecuencia. producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales a) Estudio de Necesidad Oportunidad y Conveniencia; b) feria presentada para el contratista
CLAUSULA DECIMA OCTAVA: SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO Se podrá de común acuerdo entre los pagos, suspender temporalmente la ejecución del objeto contractual, Rediente un acta de la suspensión temporal y se derivaran los actores administrativos correspondientes PARÁGRAFO EL CONTRATISTA prorrogara la vigencia de la garantía Única para la tierrita que dime la suspensión cuando a ello hubiere lugar.
CLAUSULA DECIMA NOVENA. PARTICIPACIÓN COMUNITARIA. EI Presente contrato estar sujeto a la vigilancia y control ciudadano previsto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y damas normas que lo reglamenten.
CLAUSULA VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquier divergencia o controversia que suja entre los pagos, con ocasión de la ejecución del presente contrato, se deberá solucionar preferiblemente acudiendo a los mecanismos de solución previstos en la Ley 80 de 1993 a través de la conciliación, amigable composición y transacción.
CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA, INDEMNIDAD. El Contratista mantendrá indemne al MUNICIPIO LA GAVIOTA contra todo reclamo, demanda. Actino legal y costa que pueda causarse a surgir por danos a terceros, ocasionados por el Contratista, durante la ejecución de las actividades, objeto del contrato y durante la permanencia en el lugar y hasta la liquidación definitiva del contrato.
CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES ADICIONES Y PRORROGAS, Cualquier modificación adición a prorroga deberé ungir per escrito parte integral del contrato principal
CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA. DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos los efectos regates, el domicilio contractual será el Municipio LA GAVIOTA

CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. Este contrato queda perfeccionado con la firma de las partes. PARÁGRAFO El presente contrato que clara legalizado una vez efectuado el registro presupuestal. Dado en el Municipio LA GAVIOTA, a los 29 días del mes de Noviembre de 2021




Ocaña, Norte de Santander
ACTA DE ENTREGA
Noviembre 30, 2022.
Cordial saludo. Alcaldía municipal “LA GAVIOTA”
En el municipio “La Gaviota” a los 30 días del mes de Noviembre del 2022, se suscribe la presente acta de entrega de SETECIENTOS SESENTA Y UNO (761) artículos deportivos, los cuales incluyen cada una de sus piezas y componentes para su uso en perfectas condiciones (maquinas totalmente nuevas). Karol Juliana Carvajalino Rojas, con cedula de ciudadanía N.º 1.000.517.779, representante de la empresa JL POWER DYNAMIC S.A.S, al señor Camilo Andrés Ortiz Vega identificado con cédula de ciudadanía N.º 1.091.672.184, actual alcalde del municipio, hace entrega, con el fin de mejorar las instalaciones para la recreación de los empleados

Por tal motivo, se realiza la original presente ACTA DE ENTREGA ARTÍCULOS
JL POWER DYNAMIC S.A.S

CAMILO ANDRÉS ORTIZ VEGA NIT. 867.325.671
alcalde del Municipio La Gaviota NIT 900.567.938-2
MUNICIPIO LA GAVIOTA
NIT 900.567.938 2

REGISTRO PRESUPUESTAL No. 001
FECHA: 01 DE DICIEMBRE DE 2022
A FAVOR DE: JL POWER DYNAMIC S.A.S
COMPROMISO: COMPRA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS
DISPONIBILIDAD No 100 DEL 26 DE OCTUBRE DE 2022
CON CARGO A LOS SIGUIENTES RUBROS:
CODIGO RUBRO
DESCRIPCIÓN VALOR COMPRA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS 78.873.893 $
VIGENCIA: 2022
VALOR: SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/C
JEFE DE PRESUPUESTO MUNICIPIO LA GAVIOTA NIT 900.567.938 2
MUNICIPIO LA GAVIOTA NIT 900.567.938-2
OBLIGACIÓN PRESUPUESTAL Y ORDEN DE PAGO No. 001 FECHA: 02 DE DICIEMBRE DE 2022 A FAVOR DE: JL POWER DYNAMIC S.A.S

COMPROBANTE DE EGRESO No. 89097
CIUDAD: Ocaña Norte de Santander FECHA: 03/12/2022 Valor $ 78.873.893 PAGADO A: JL POWER DYNAMIC Por Concepto: COMPRA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA ADECUACIÓN DE SALÓN EN LA ALCALDÍA La suma de: (en letras) SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/C

FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO BANCO. BANCOLOM BIA CUENTA No. 3186801489 2 SUCURSAL. OCAÑA OBSERVACIONES C.C. / NIT. 867.325.671 PREPARADO REVISADO APROBADO LAURA FERNANDA URIBE KAROL CAMILO ORTIZ VEGA
CHEQUE No. 890348 EFECTIVO
PRESUPUESTODEINGRESOS
MUNICIPIOLAGAVIOTA cuarta "4"CATEGORÍA
CONCEPTO
INGRESOSCORRIENTES 2.522.400.000 109.000.000 9.280.000.000 4.044.600.000 15.956.000.000
INGRESOSTRIBUTARIOS 1.237.600.000 87.000.000 479.400.000 1.804.000.000
INGRESOSTRIBUTARIOSDIRECTOS 724.800.000 56.000.000 - 181.200.000 962.000.000
ImpuestoPredialUnificado 528.000.000 132.000.000 660.000.000 InpuestodeCirculaciónyTánsito 196.800.000 49.200.000 246.000.000 SobretasaAmbiental"CORPONOR" 56.000.000 56.000.000
INGRESOSTRIBUTARIOSINDIRECTOS 512.800.000 31.000.000 - 298.200.000 842.000.000
ImpuestodeIndustriayComercio 279.200.000 69.800.000 349.000.000 SobterasaBomberil 15.000.000 15.000.000 EstampillaProancianos 16.000.000 16.000.000 DeguellodeGanadoMenor ImpuestodeDelineaciónUrbana 7.200.000 1.800.000 9.000.000 EstampillaPro.Cultura 14.000.000 14.000.000 ImpuestodeAvisosyTableros 26.400.000 6.600.000 33.000.000 ImpuestodeJuegosdesuerteyazar 2.000.000 2.000.000 Sobretasaalagasolina 182.400.000 45.600.000 228.000.000 Impuestodealumbradopublico 122.000.000 122.000.000 Impuestosdeespectaculospublicos 17.600.000 4.400.000 22.000.000 EstampillaPro-Deporte 32.000.000 32.000.000
INGRESOSNOTRIBUTARIOS
1.284.800.000 22.000.000 9.280.000.000 3.565.200.000 14.152.000.000
MULTASDETRÁNSITO - 22.000.000 - 22.000.000 44.000.000 MultasLocales 22.000.000 22.000.000 44.000.000 MultasNacionales
OtrasMultasySanciones
RENTASCONTRACTUALES 52.800.000 13.200.000 66.000.000 ArrendamientodeActivos 52.800.000 13.200.000 66.000.000
CONTRIBUCIONES
ContribuciónContratodeObraPública TRANSFERENCIAS 1.232.000.000 - 9.280.000.000 3.530.000.000 14.042.000.000 DEPARTAMENTALES 168.000.000 168.000.000 DeguellodeGanadoMayor 168.000.000 168.000.000 NACIONALES 1.232.000.000 - 9.280.000.000 3.362.000.000 13.874.000.000 TRANSFERENCIASDELSGP 1.232.000.000 9.280.000.000 132.000.000 10.644.000.000 Educación 1.020.000.000 1.020.000.000 AlimentaciónEscolar 132.000.000 132.000.000 AguaPotableySaneamientoBásico 980.000.000 980.000.000 SaludRegimenSubsidiado 6.600.000.000 6.600.000.000 SaludPública 220.000.000 220.000.000 Deporte 88.000.000 88.000.000 Cultura 64.000.000 64.000.000 LibreDestinación 528.000.000 132.000.000 660.000.000 PropósitoGeneral-LibreInverión 704.000.000 176.000.000 880.000.000
OTRASTRANSFERENCIAS - - - 3.230.000.000 3.230.000.000
RecursosETESA 110.000.000 110.000.000
RecursosFOSYGA 2.200.000.000 2.200.000.000 Recursosderegalias-Vias 120.000.000 120.000.000 RecursosdeCofinanciación-Vías 800.000.000 800.000.000
RENTASDECAPITAL 24.000.000 1.188.000.000 1.212.000.000
FINANCIERAS - - 24.000.000 1.188.000.000 1.212.000.000
RecursosdeCréditoPúblico-Educacion 1.100.000.000 1.100.000.000
RendimientosFinancierosLD
RecursosdeSuperavitFiscal-Educacion 88.000.000
RendimientosFinancierosSGPAguapotable 24.000.000 24.000.000
TOTALPRESUPUESTODEINGRESOS 2.522.400.000 109.000.000 9.304.000.000 5.232.600.000 17.168.000.000
MUNICIPIO LA GAVIOTA NIT 900.567.938-2 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE PERSONAL $ 275.100.000 nomina $ 180.000.000 auxilio de transporte $ 16.500.000 carga prestacional $ 39.300.000 censantias $ 15.000.000 vacaciones $ 7.500.000 intereses cesantias $ 1.800.000 prima navidad $ 15.000.000
SEGURIDAD SOCIAL $ 51.300.000 salud 12,5% $ 22.500.000 pension 16% 28.800.000 $
APORTES PARAFISCALES $ 16.200.000 caja 4% 7.200.000 $ icbf 3% 5.400.000 $ sena 0,5% 900.000 $ esap 0,5% 900.000 $ ministerio 1% 1.800.000 $
SERVICIOS PERSONALES INDIREC 1.193.248.307 $ Honorarios 850.000.000 $ Remuneraciones a técnicos 10.000.000 $ Jornales 158.248.307 $ Personal supermunerario 105.000.000 $ Aprendices SENA 70.000.000 $ GASTOS GENERALES 361.112.793 $
Adquisicion suministros JL POWER DYNAMIC 78.873.893 $
Compra de equipos de computo 70.000.000 $ Dotacion de personal 129.700.000 $ Mantenimiento 12.100.000 $ Capacitacion 35.438.900 $ Papeleria 12.000.000 $ Comisiones 23.000.000 $
TRANSFERERENCIAS CORRIENTES 625.438.900 $ Personeria 280.000.000 $ Concejo 345.438.900 $
TOTAL DEL GASTO DE FUNCIO 2.522.400.000 $
$ 2.247.300.000 2.179.800.000 $
2.196.000.000 $
INGRESO LIMITE DE FUNCIONAMIENTO 2.522.400.000 $ 625.438.900 $
$ 986.551.693 $
REGISTRO DE BIEN DE LA ALCALDÍA
CUENTA DETALLE DEBE HABER
165506 Equipo de recreación y deporte 66.280.583 $ 244505 IVA generado 12.593.310 $ 240101 Cuentas por pagar a JL POWER 78.873.893 $ Saldos Iguales 78.873.893 $ 78.873.893 $
PAGO DE LA ALCALDÍA
CUENTA DETALLE DEBE HABER
240101 Cuentas por pagar 78.873.893 $ 243608 Retención en la fuente 1.971.847 $ 243627 Industria y comercio 331.403 $ 244035 Estampilla de pro-cultura 3% 2.366.217 $ 11100501 Bancos 74.204.426 $ Saldos Iguales 78.873.893 $ 78.873.893 $
REGISTRO JL POWER DYNAMIC
CUENTA
DETALLE DEBE HABER 429502 Ingreso 66.280.583 $ 244580 iva generado 12.593.310 $ 133510 Industria y comercio 331.403 $ 133515 Retencion en la fuente 1.971.847 $ 244035 Estampilla de pro-cultura 3% 2.366.217 $ 11100501 Bancos 74.204.426 $ Saldos Iguales 78.873.893 $ 78.873.893 $