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Subjetivo
by joel.chavez
1.1.4. Prevalencia Entre Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo
Una discusión generalizada en la doctrina es la que se ha dado para establecer la primacía, es decir la prevalencia entre estos dos aspectos del derecho se discute pues, se está corresponde al Derecho como norma (Derecho objetivo) o el derecho como facultad (derecho subjetivo).
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Los iusnaturalistas sostienen la existencia de un derecho inmutable y absoluto, así los liberales del siglo XVIII dan prevalencia a la persona humana y sus atributos esenciales, dando lugar al surgimiento de la teoría que sostiene que el derecho subjetivo es temporal y lógicamente anterior al Derecho objetivo. Primero y como una consecuencia de una aptitud connatural del hombre se adquieren determinados derechos subjetivos en forma de modos de vida social, más tarde, cuando estos modos de vida se estabilizan; son consagrados y garantizados por el Derecho objetivo. Los historicistas reafirman en este sentido que los derechos subjetivos existieron y fueron reconocidos como tales muchos antes que el Estado los consagrara.
En contrario los positivistas de los cuales Hans Kelsen, es uno de los representantes más influyentes mostraron su rechazo a dicha concepción subordinando la noción de derechos subjetivos a la preexistencia lógica y temporal del Derecho objetivo. Afirmando que ningún derecho subjetivo se manifiesta como tal, sólo cuando lo prescribe una norma, tal derecho no es sino la resultante de la aplicación del Derecho objetivo a los individuos.