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from ECOVOZ - Revista
by Jesxs
El aviso de la Seguridad Social

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Esto es lo que hay que pagar por tener una empleada de hogar en el país de España -Es una obligación de los empleadores: no hacerlo conlleva multas -Las cotizaciones se han visto modificadas en materia de desempleo
Las nuevas medidas que afectan a las empleadas de hogar tienen el objetivo de aumentar la protección de este sistema especial de la Seguridad Social, en el que están registradas más de 374.000 personas (datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social). Todas estas trabajadoras tienen derecho a paro y subsidios por desempleo tras la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, pero para ello es indispensable que sus empleadores abonen las respectivas cuotas.
El alta en la Seguridad Social es una obligación de los empleadores de hogar y es clave para que las trabajadoras tengan derecho a futuras prestaciones contributivas como las pensiones o el paro, además de otras situaciones en las que es necesaria la acción protectora del organismo. No pagar cuotas a la Seguridad Social por una empleada de hogar es una falta grave que conlleva multas de entre 3.750 y 12.000 euros. Por todo esto, el organismo ha recordado en su perfil de atención a la ciudadanía de la red social Twitter la obligación de los empleadores de hogar de pagar a la Seguridad Social por esa contratación.
Las bases de cotización de las empleadas de hogar
La propia Seguridad Social lo explica en su página web. Para calcular la cuota que hay que pagar por una empleada de hogar es necesario conocer la base de cotización de esa empleada, a la cual se accede a través de la retribución mensual, compuesta de "la suma del salario mensual, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otros complementos salariales como pernocta, horas de guardia o presencia y el salario en especie si los hay". Sabiendo la retribución mensual será necesario acudir a la tabla de tramos de cotización vigente para 2022, en la que existen bases de cotización para cada tramo de ingresos mensuales. Son las siguientes: -Para remuneraciones de menos de 269 euros mensuales la base de cotización es de 231 euros mensuales.
-Para remuneraciones de menos de 269 euros mensuales la base de cotización es de 231 euros mensuales.
-Para remuneraciones de entre 269,01 y 418 euros mensuales la base de cotización es de 379 euros mensuales.
-Para remuneraciones de entre 418,01 y 568 euros mensuales la base de cotización es de 428 euros mensuales.
Estas son las cuotas de las empleadas de hogar
Estas son las cuotas de las empleadas de hogar Con todo, será a la base de cotización correspondiente a la que hay que aplicar las cuotas a la Seguridad Social. Todas ellas, sumando las aportaciones del empleado y la empleada, suponen un 36,05% de la base de cotización:
-Un 28,3% por contingencias comunes (un 23,6% a cargo del empleador y un 4,7% a cargo del empleado). -Un 6,05% por desempleo (un 5% a cargo del empleador y un 1,05% a cargo del empleado). -Un 1,5% por contingencias profesionales abonado por el empleador. -Un 0,2% por FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) abonado por el empleador. En caso de dudas, el empleador puede recurrir al simulador de cuotas por empleadas de hogar, disponible en este enlace de la página web de la Seguridad Social. Para usarlo de forma correcta habrá que aportar información sobre la identidad de la persona que realiza el alta, las horas trabajadas, la distribución de las mismas, el salario...
