Plan maestro Reserva de la Biosfera Maya 2001 2006

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Consejo Nacional de Areas Protegidas, CONAP

6.

Plan Maestro de la Reserva de la Biosfera Maya 2001 – 2006

ZONIFICACIÓN DE LA RBM

Para ordenar el manejo de la RBM, el Decreto 5-90 ha establecido tres tipos de zonas que cuentan, cada una, con sus propios lineamientos legales, bajo los cuales se ha manejado la Reserva desde su creación. Los tipos de zonas en que se divide la RBM (ver mapa adjunto) son: a) Zonas Núcleo (Parques Nacionales y Biotopos Protegidos; 767,000 has.; 36% de la RBM) b) Zona de Usos Múltiple (848,440 has.; 40% de la RBM) c) Zona de Amortiguamiento (497,500 has.; 24% de la RBM). Este plan ha sido diseñado de forma que: a)

cada zona cumpla su función específica, en términos de la conservación del conjunto de elementos de conservación que contiene toda la RBM; b) exista más interacción y trabajo coordinado entre las distintas zonas, principalmente cuando los elementos de conservación se encuentran distribuidos en más de una de ellas; c) se entienda a la RBM como el conjunto de las tres zonas, y no sólo de parques nacionales y biotopos protegidos (zonas núcleo). A continuación se presenta una descripción de los tres tipos de zonas de la RBM, así como de su función dentro de la Reserva.

6.1. ZONAS NÚCLEO Las Zonas Núcleo (ZN) son el corazón de la Reserva de la Biosfera Maya. De acuerdo a la Ley, las Zonas Núcleo son áreas silvestres y arqueológicas protegidas, en donde los procesos naturales, incluyendo la evolución biológica, continúan sin perturbación, y donde, por razones ecológicas científicas y culturales, no deben existir asentamientos humanos perennes ni desarrollo agrícola y ganadero. Protegen depósitos genéticos importantes para uso en la restauración de especies en áreas donde ya se han extinguido y contienen lugares de interés científico excepcional para la conservación de la vida silvestre y los procesos ecológicos. La RBM cuenta con siete Zonas Núcleo, a saber: • • • • • • • •

Biotopo Protegido Cerro Cahuí (650 has) Biotopo Protegido Laguna del Tigre Río Escondido (45,168 has) Biotopo Protegido Naachtún-Dos Lagunas (30,719 has) Biotopo Protegido San Miguel-La Palotada (El Zotz) (34,934 has) Parque Nacional Mirador-Río Azul (116,911 has) Parque Nacional Laguna del Tigre (289,912 has) Parque Nacional Sierra del Lacandón (202,865 has) Parque Nacional Tikal (55,005 has)

Siguiendo criterios técnicos de manejo, y dentro del marco legal que provee el Artículo 7, Capítulo I, Título II del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas8, dos de estas zonas núcleo (PNSL y PNLT) cuentan con su propia zonificación interna. Dicha zonificación interna obedece a la necesidad de conciliar la presencia de asentamientos humanos anteriores a la creación de la RBM con los objetivos de conservación de la misma, a hacer frente a las principales amenazas sobre los elementos de conservación y a recuperar zonas que han sido degradadas. Es necesario hacer notar que la zonificación interna se justifica solamente para

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Dicho artículo reza textualmente: “Zonificación y Disposiciones de Uso: Cada área protegida podrá ser zonificada para su mejor manejo; adicionalmente a lo descrito para cada categoría de manejo, el CONAP podrá emitir disposiciones específicas sobre los usos permitidos, restringidos y prohibiciones en cada una de esas”.

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