deAlcoholenSangre

En este procedimiento se establecen los criterios y lineamientos a seguir para la realización de pruebas de alcohol en aliento y sangre y pruebas de drogas en orina a efecto de detectar el consumo y uso de alcohol y/o drogas durante la ejecución de sus actividades, en los trabajadores de plantilla y contratistas de ENERGUATE, con la finalidad de prevenir accidentes.
Procedimiento de Aplicación de Pruebas de Alcohol y Drogas, apartado de Prueba de Alcohol en Sangre.
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INICIO
Solicita al colaborador que se desea evaluar, que se dirija a un centro médico asistencial para realizarse la prueba de alcohol en sangre en un período no mayor de 6 horas, el costo de la misma lo asumirá ENERGUATE para personal propio (centros médicos asistenciales concertados), y para personal contratista la contrata a cargo del servicio. Esta se solicitará después de haber realizado una prueba de alcohol en aliento que dé un resultado mayor a 0.000, sin exceder los 0.020 BAC. (BAC = Concentración alcohólica en la sangre).
RESULTADOS
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Debes solicitar un certificado con los resultados de la prueba y enviarlo a Salud Laboral, estos deben ser analizados y comunicados al jefe inmediato y responsable del proceso de ENERGUATE, de ser positivo el resultado se deberán detener las actividades de la persona, si es negativa seguirá realizando sus actividades con normalidad.
PARÁMETROS
Para considerar una prueba de alcohol positiva o negativa. En sangre:
Negativa: 0.00 a 0.50 g/L
Positiva: Mayor a 0.50 g/L
COMUNICACIÓNDERESULTADOS
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Al tener un resultado positivo se debe comunicar al SYMA, CESEGUA, Administrador del Contrato Contratista y Salud Laboral para la aplicación de medidas disciplinarias. (En caso de ser colaborador propio a Relaciones Laborales, para seguir el proceso disciplinario a la persona que incumplió los Procedimientos establecidos).



Parámetros para considerar una prueba de alcohol positiva o negativa: En aliento (negativa: 0.000 a 0.020 BAC, positiva: mayor a 0.020 BAC) En sangre (negativa: 0.00 a 0.50 g/L, positiva: mayor a 0.50 g/L).