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SALUD Y MEDICACIÓN SALUD Y MEDICACIÓN SITUACIONES DE CUIDADO

En caso de que el alumno/a presentara síntomas de enfermedad o sufriera algún accidente, la escuela se comunicará con la familia en forma inmediata para que puedan venir a retirarlo y en caso de ser necesario, se llamará a la emergencia médica.

Solicitamos tenernos informados de los teléfonos donde efectivamente podamos comunicarnos con un familiar responsable.

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Inasistencias

Ante cualquier inasistencia a la escuela por motivos médicos, solicitamos informarnos en forma inmediata, particularmente si se trata de enfermedades infecto-contagiosas.

Si la enfermedad se prolongara por tres días o más deberán presentar un certificado de alta médica, sin excepción.

Medicaci N

De acuerdo a la normativa vigente, no nos está permitido administrar medicación a los alumnos. Por eso, solicitamos a las familias y a los profesionales tratantes reprogramar los horarios de suministro para que no coincidan con la jornada escolar. Si esto no fuese posible, los padres tendrán que comunicarse con la Dirección de la escuela para acordar una forma factible de suministrarla.

Por ningún motivo los alumnos podrán portar medicación de ningún tipo, ni en la escuela ni en el transporte escolar. Recordamos informarnos por escrito si se realizan cambios de la medicación habitual

Para poder asegurar la continuidad de todas las prestaciones que reciben los alumnos y alumnas a través de la obra social o prepaga, incluida la escolaridad, es fundamental que nos mantengan al tanto de cualquier cambio de obra social, pérdida de empleo, vencimiento de certificado de discapacidad o cualquier otro inconveniente con las prestaciones.

A tal fin, deberán comunicarse con la Lic. Victoria Rinaldi, nuestra trabajadora social, que se encuentra en la institución de martes a jueves.

Aranceles

La reglamentación vigente en lo que hace al pago de aranceles es aquella comprendida en el contrato de enseñanza, que debe constar, firmado por padre, madre o tutor, en el legajo escolar de cada alumno. Recuerden que los aranceles son establecidos por el Ministerio de Salud a partir del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.

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