

Cambios al PEC en Colombia
Recientemente, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) publicó para comentarios un proyecto de Circular Externa (CE) que incorpora modificaciones relevantes para las figuras de emisor conocido y recurrente, así como los requisitos que se deben tener en cuenta para que un emisor de valores pueda contar con un programa de emisión y colocación de valores (PEC). Teniendo en cuenta la relevancia e interés que esto implica para el mercado de capitales, hemos preparado un resumen de los principales cambios y novedades que trae el proyecto de CE.
Emisores conocidos
Requisitos mínimos:

Beneficios de los emisores conocidos:
• Inscripción de manera automática en el RNVE de los valores emitidos por emisores de valores que hayan sido catalogados como emisores conocidos.
• Los emisores conocidos pueden realizar ofertas públicas de sus valores después de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de radicación ante la SFC de los documentos legamente requeridos para realizar la inscripción de los valores en el RNVE y su oferta pública.

Emisores recurrentes
Requisitos mínimos:

Beneficios:
• Los valores emitidos por emisores de valores que hayan sido catalogados como emisores conocidos se entenderán inscritos de manera automática en el RNVE.
• los emisores conocidos pueden realizar ofertas públicas de sus valores después de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de radicación ante la SFC de los documentos legamente requeridos para realizar la inscripción de los valores en el RNVE y su oferta pública.

Programas de emisión y colocación
Requisitos para PECs:

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