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ACUERDO DE ESCAZÚ
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IMPLICACIONES ACTUALES EN LA GESTIÓN CORPORATIVA Y SOCIAL ¿Debe esperar su Compañía a la reglamentación? A continuación presentamos recomendaciones prácticas para la implementación del Acuerdo de Escazú.
1. ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL
1.1 1.2
Identificar qué información de su Compañía puede ser clasificada como información ambiental y cuál de ella está sujeta a reserva.
2. PARTICIPACIÓN
2.1
Identificar los sujetos con quienes se realizará la participación. No solo comunidades étnicas.
Publicar información ambiental para garantizar el acceso a la misma. ¿Cuáles son los medios de publicación idóneos?
1.4 1.3
Establecer protocolos de respuesta a peticiones de carácter ambiental.
2.2
Establecer e implementar mecanismos periódicos de socialización (brochures/ manuales) ¿Cuál debe ser la periodicidad?
2.3
Construir protocolos estratégicos de participación a efectos de garantizar la participación efectiva y en doble vía.
Implementar mecanismos que permitan evidenciar las actividades realizadas en aras de garantizar el acceso a la información ambiental. Importancia del archivo documental.
2.4
Implementar mecanismos que permitan evidenciar las actividades realizadas en aras de garantizar la participación.
3.1
Elaborar protocolos de respuesta a peticiones formuladas por autoridades judiciales y administrativas.
3.2
Realizar seguimiento permanente a pronunciamientos judiciales en materia de información ambiental y participación pública. Los criterios y estándares de cumplimiento en materia de democracia ambiental está mayor medida en la jurisprudencia.
3.3
Actualizar periódicamente los protocolos de información y participación pública con base en los nuevos precedentes judiciales.

3.4
Realizar seguimiento permanente a proyectos de ley y nuevas reglamentaciones que amplíen los derechos a la información y participación. Asimismo, a los proyectos de ley que busquen crear una jurisdicción ambiental especializada.