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SUBTEMA 3.2.2
3.2.1- SISTEMA CONFLICTUAL TRADICIONAL
El sistema conflictual tradicional es un método de solución de problemas que nos sirve para dirimir controversias que se susciten cuando dos sistemas jurídicos choquen o se puedan ocupar para llegar a una solución, este método se ocupa en el Derecho Internacional Privado.
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La técnica jurídica denominada sistema conflictual tradicional es un proceso con el que, de manera indirecta, se trata de solucionar un problema derivado del tráfico jurídico internacional o interestatal en el ámbito nacional con la aplicación del derecho que le dará la respuesta directa.
UNIDAD 3.2-2 SOLUCION MEDIANTE UNA NORMA DE APLICACIÓN INMEDIATA


Normas de derecho sustantivo que, establecen de manera directa criterios de solución para una controversia que guarde puntos de contacto con dos o más sistemas jurídicos y que, debido a su naturaleza excluye cualquier otro recurso que implique la aplicación de normas jurídicas sustantivas extranjeras.
Las normas de aplicación inmediata son métodos sencillos y directos de solución de conflictos y se logran 2encontrar como • Normas materiales • Derecho uniforme • Lex mercatoria Características de las normas de aplicación inmediata. • Busca resolver de forma interna y directa problemas derivados del tráfico jurídico internacional con la aplicación de ciertas normas del sistema que excluyen otros recursos. • Deben ser aplicadas por los tribunales locales como cuestión de orden público sin tomar en cuenta si el contrato se encuentra regulado por una ley extranjera.
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3-2.3- APLICACIÓN DE UNA NORMA MATERIAL

Constituyen una alternativa tanto a la generalidad de la norma del conflicto. Tiene efecto nacionalizador o desinternacionalizador. La norma material no está condicionada por una obligatoriedad determinada. Se toma a través de la decisión del legislador, pues son vocaciones internacionales. Resultan aplicables de manera directa para resolver un problema privado derivado del tráfico internacional..

UNIDAD 3.2-4- APLICACIÓN DE UNA NORMA DE VOCACION INTERNACIONAL



Dispone de una flexibilidad muy superior a la de los Estados y de una gran capacidad de adaptación de sus organizaciones a las nuevas realidades mundiales. • Regulan los elementos extranjeros. • Reconocen y aceptan relaciones con el extranjero. Regulan los elementos extranjeros, reconocen y aceptan las relaciones con el extranjero. La ley de inversión extranjera y la ley de migración; están dirigidas a las personas, bienes o conductas que solo aplican a los extranjeros.
3.2.5- APLICACIÓN DE UNA LEY UNIFORME


(Derecho Internacional Privado) Se designa así una legislación impuesta por una convención internacional y que realiza, entre los Estados signatarios de ella, una unificación del derecho en las materias contempladas por el tratado. Ej., ley uniforme en materia de títulos-valores (Convención de Ginebra de 1930).
• La ley uniforme remplaza a las leyes nacionales; pero no completamente, por el contrario, este subordinado a dos condiciones muy desiguales. • Regulan la venta internacional de objetos muebles, corporales regula una determinada serie de materiales.
