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Tercera escuela método comparativo
La norma conflictual debe elaborarse de manera que prevea la aplicación de cualquier derecho, ya sea nacional o extranjero desvinculando las categorías previstas en la norma conflictual de las naciones de los derechos internos.
El científico y el profesional del Derecho Internacional privado han de emplear la metodología comparada para dar una respuesta satisfactoria a las situaciones privadas internacionales en el campo del Derecho de la persona y familia, en el ámbito de las obligaciones contractuales o no contractuales, así como de los derechos reales, bienes inmateriales o en el marco del Derecho del proceso.
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No cabe considerar una solución que realmente tome en cuenta los intereses en presencia y, por ello, pueda ajustarse a las expectativas de las partes y dote de coherencia a la regulación final, que prescinda de una adecuada comprensión del Derecho extranjero, pero no sólo sino, adicionalmente, su adecuado tratamiento por el operador jurídico, acostumbrado a manejarse con las categorías internas (de su ordenamiento material).