SABADO 03 DE NOVIEMBRE 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 11
AVISOS LEGALES AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento del art. 22 ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor ELIAS VASQUEZ DE LEON, dominicano, mayor de edad, casado, plomero, domiciliado y residente en la carretera principal de Soto casa no. 37 en este municipio de La Vega, R.D. cédula no.047-0193807-0; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. CARLOS RAFAEL SALDIVAR SIME, cedula no. 047-0157202-8, debidamente matriculado C.A.R.D., con estudio profesional abierto en el Apto.2012do. Nivel Edif. Mabrajons ubicado en la Calle Duarte Esq. Manuel Ubaldo Gómez de la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora ANDREA STEPHANIE DAVIS, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la carretera principal no.37 de Soto, municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 08 del mes de noviembre del año 2018 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 26 del mes de noviembre del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 01 días del mes de noviembre del año 2018.
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor FERMIN ANTONIO MORALES TAVERAS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de Jarabacoa provincia de La Vega, cedula no.031-0119700-6, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. PEDRO CEPEDA NUÑEZ, cédula No.050-0028848-9, con estudio profesional abierto en el NO.46-Altos de la calle Duarte, de esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, Rep. Dominicana , lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora FELICIA DEL CARMEN UREÑA VARGAS, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la Calle Pelegrina Herrera s/n de la ciudad de Jarabacoa, Prov. La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 08 del mes de noviembre del año 2018 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 26 del mes de noviembre del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., a los 01 días del mes de NOVIEMBRE del año 2018.
LIC. CARLOS RAFAEL SALDIVAR SIME Abogado apoderado de la parte Demandante
LIC. PEDRO CEPEDA NUÑEZ Abogado apoderado de la parte Demandante
(RC-7144-RD-01-02-03/11/2018)
(AC-14259-PT-01-02-03/11/2018)
PUBLICACION DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento: Que en fecha cuatro (04 del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, dictó en sus atribuciones civiles la sentencia marcada con el número 454-2018-SSEN-00414, la cual admite el divorcio entre los señores JOSE ROSA y RUTH ESTHER THEN RODRIGUEZ, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, JOSE ROSA, por falta de comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre RUTH ESTHER THEN RODRIGUEZ y JOSE ROSA. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento. CUARTO: Comisiona al Ministerial RAMON ANTONIO CONDE CABRERA, Alguacil de Estrados de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, para la notificación de la sentencia a intervenir. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, y firma: (Firmado) MAG: NIURKA DE LA CRUZ LEON, Juez y LIBERLINA RAMIREZ VILLAR, Secretaria. Haciéndose constar asimismo que la referida sentencia fue pronunciada por la Oficial del Estado Civil del municipio de El Factor, siendo transcrita en el Libro Registro de Divorcio No. 00003, Folio 0117, bajo el Acta No. 000417, del año dos mil dieciocho (2018), en fecha treinta y uno (31) del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018). La presente publicación fue autorizada por el infrascrito abogado en el municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018).
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 0300199986 del BANCO DE RESERVAS, de fecha 31/3/14, por valor de RD$41,000.00, a nombre de: ZOILA SANCHEZ ZABALA, cédula 001-0570754-1. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 363365
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de Público conocimiento la Pérdida del Certificado Financiero Número 820922, por un monto de Cuarenta y un Mil Pesos Dominicanos (RD$ 41,000.00), de fecha de apertura Diez (10) del Mes de Agosto del año Dos Mil Dieciséis (2016), emitido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, Sucursal Jimaní a nombre de la señora FELICITA CECILIA MARTINEZ, Cédula No. 077-0004029-3. La presente Publicación se hace para los fines de Ley correspondiente. FC363414
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DEL DUEÑO De conformidad con lo que dispone el Art. 92, párrafo 3 de la Ley No.10805, sobre Registro Inmobiliario y del artículo 86 del reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título s/n, que ampara una porción de terreno, con una superficie de 326,918.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No.86, del Distrito Catastral No. 9, del Municipio de Maimón, provincia Monseñor Nouel, propiedad del BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
LIC. MICHEL ROSARIO BRITO, Abogado de la demandante. FC 10041
FC 363472
PUBLICACION DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento: Que en fecha veinte (20) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, dictó en sus atribuciones civiles la sentencia marcada con el número 454-2018-SSEN-00592, la cual admite el divorcio entre los señores NELSON FRANCISCO CARBAJAL HERNANDEZ y JUANA ESTERLINA LAURENO HERNANDEZ, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, NELSON FRANCISCO CARVAJAL HERNANDEZ, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre JUANA ESTERLINA LAUREANO HERNANDEZ y NELSON FRANCISCO CARVAJAL HERNANDEZ. TERCERO: Otorga la guarda de los menores STANLEY RODOLFO CARBAJAL LAUREANO, nacido en fecha 09 de febrero del año 2001, NELSON JUNIOR CARBAJAL LAUREANO, nacido en fecha 10 de noviembre del año 2003 y ESTARLIN CARBAJAL LAUREANO, nacido en fecha 28 de febrero del año 2006, a favor de su madre la señora JUANA ESTERLINA LAURENO HERNANDEZ, por ser de hecho. CUARTO: Comisiona al Ministerial RAMON ANTONIO CONDE CABRERA, de Estrados de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, para la notificación de la sentencia a intervenir. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma: (Firmado) Mag. NIURCA DE LA CRUZ LEON, Juez y LIBELINA RAMIREZ VILLAR, Secretaria. Haciéndose constar asimismo que la referida sentencia fue pronunciada por la Oficial del Estado Civil del municipio de El Factor, siendo transcrita en el Libro Registro de Divorcio No. 00003, Folio 0115, bajo el Acta No. 000415, del año dos mil dieciocho (2018), en fecha treinta y uno (31) del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018). La presente publicación fue autorizada por el infrascrito abogado en el municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018).
LIC. MICHEL ROSARIO BRITO, Abogado de la demandante. FC 363472
LIC. JORGE LUIS MARTINEZ BIDO, Director Jurídico.