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10 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento con el artículo 42 de la ley No. 1306-bis, sobre divorcios en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia No. 00768-2018-NCI, No. 4962018-00825, en nombre de la República, en materia de divorcio en fecha 12 del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: SE PRONUNCIE EL DEFECTO contra el esposo demandado ANDERSON AMANCIO MENDEZ, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: SE ADMITE EL DIVORCIO entre los señores MARÍA ISABEL TEJEDA HERRERA y ANDERSON AMANCIO MENDEZ, por la causa determinada de incompatibilidad de Caracteres y en consecuencia autoriza al esposo demandante a obtener de la Oficialía Civil correspondiente el pronunciamiento del divorcio y a cumplir con las demás formalidades exigidas por la ley. TERCERO: SE COMISIONA a DOMINGO E. DIAZ PUJOLS, alguacil ordinario del juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, para notificar la presente sentencia. CUARTO: SE COMPENSAN, pura y simple las costas por tratarse de una litis entre esposos. ASÍ LO ORDENA Y FIRMA (FIRMADOS: Lic. Richard Darío Encarnación Soto), juez y Mirta María Sánchez Ciprián, secretaria, auxiliar, el presente divorcio ah asido pronunciado y transcrita en al Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Sabana Larga, registrado el diecisiete (17) del mes de Enero del año dos mil diecinueve (2019), se encuentra inscrito en el libro No. 00001, de Registro de Divorcio, folio No. 0041, acta No. 000021, del año 2019. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año dos mil diecinueve (2019).
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por Ley 2153 de 1949, el sr. MARIO CESAR GONZALEZ TIBURCIO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la sección de Burende en este municipio de La Vega, R.D. cedula no.047-00046584-4, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS, cedula no. 047-0109674-7, con estudio profesional abierto en el NO.38 (altos) de la Calle Manuel Ubaldo Gómez esq. Núñez de Cáceres Apto.200 Edif. Pascal de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora JULIA ALTAGRACIA DISLA, cuyo último domicilio conocido por su esposo lo fue en la sección de Burende, municipio La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 29 del mes de ENERO del año 2019 a las 9:00 a.m. Asi como en la Secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 18 del mes de FEBRERO del año 2019 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 24 días del mes de ENERO del año 2019.
LIC. CARLOS MANUEL GONZÁLEZ POLANCO ABOGADO APODERADO.
LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS Abogado apoderado de la parte Demandante
FC366182
(AC-14738-OEA-DEV-24-25-26/01/2019)
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Para general conocimiento se hace saber que La Ira. Sala de la Cámara Civil y Comercial, Juzgado de Ira. Instancia de la Provincia Santo Domingo, Municipio Este, dictó la Sentencia Civil No.3215 relativa al Exp. No.549-11-01037, de fecha Cuatro (04) del mes de Noviembre del año Dos Mil Once (2011), cuya parte dispositiva copiada textualmente dice: FALLA: Primero: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada CARMEN ANDREA FANDUIZ VIDAL, por no haber comparecido, no obstante citación legal; Segundo: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres los señores JAMES WELINGTON ANDERSON y CARMEN ANDREA FANDUIZ VIDAL, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, con todas sus consecuencias legales; Tercero: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; Cuarto: ORDENA el pronunciamiento del Divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio; Quinto: Comisiona al Ministerial ARIEL PAULINO, Alguacil de Estrados de la Cuarta Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para la notificación de la presente sentencia. “Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: RAFAEL DELFIN PEREZ Y PEREZ, JUEZ; NANCY UBALDO CRUZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Certifica: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. El Quince (15) de Enero, 2019, la DR. JORGE LUIS LORENZO PAULINO, Oficial del Estado Civil de la DOCEAVA (12VA) Circunscripción del Municipio Santo Domingo ESTE, PRONUNCIO el Divorcio entre los señores: JAMES WELINGTON ANDERSON Y CARMEN ANDREA PANDUIZ VIDAL, por la causa de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Admitido por Sentencia No.3215 de fecha 04 de NOVIEMBRE de 2011, cuya parte dispositiva fue copiada anteriormente. Inscrito de conformidad con la ley, en el LIBRO No.00001 de registro de DIVORCIO, FOLIO No.0015, BAJO EL ACTA No.000008 del año dos mil diecinueve (2019). Asimismo dicho funcionario transcribió la Sentencia de que se trata.
En cumplimiento del art. 22 ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor VICTOR SALVADOR LUNA SORIANO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A y de tránsito en este municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D. cédula No.050-0042127-0; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. SANDRA DEL ROSARIO GARCIA DE ALCANTARA, cedula no. 050-0036922-2, con estudio profesional abierto en la calle No.7 esq. Calle 5, La Colonia Agricola Plaza Tateyama, 2do. nivel modulo 201, municipio Jarabacoa, provincia La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora FRANCHESCA GONZALEZ ALMONTE, cuyo último domicilio conocido lo fue en el Sector de Pinar Quemado, Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 30 del mes de enero del año 2019 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 18 del mes de febrero del año 2019 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 24 días del mes de enero del año 2019.
DR. LUIS E. FLORENTINO LORENZO, Abogado.
LICDA. SANDRA DEL ROSARIO GARCIA DE ALCANTARA Abogada apoderada de la parte Demandante
FC 366154
(AC-14755-PC-24-25-26/01/2019)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la ley 1306-Bis Sobre divorcio el señor: JULIO CESAR BUNTIN, Dominicano, mayor de edad, Casado, portador del Pasaporte No. 585502363, domiciliado y residente en la Ciudad de San Thomas y accidentalmente en esta ciudad de Hato Mayor del Rey, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. ANA MARIA MOTA RIVERA, Dominicana, mayor de edad, casada, abogada da los Tribunales de la República Dominicana, Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.023-0001434-3, con estudio profesional abierto de manera permanente en la Calle padre Las Casas No.55, sector Buenos Aires, de la ciudad de San Pedro de Macorís, y ad-hoc en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de 1ra Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente Instancia, hace de público conocimiento que el último domicilio conocido de su legítima esposa la señora ARGENTINA ESPINAL MARTINEZ, fue en la calle Antonio Guzmán No.104, de esta ciudad de Hato Mayor del Rey, y que procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Hato Mayor, para que comparezca a la audiencia Civil que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, en sus atribuciones civiles, Palacio de Justicia Dr. Bienvenido Canto y Rosario (Machito) sito en la Carretera Hato Mayor-Yerba Buena, el día Veintinueve (29) del mes de Enero del Presente año 2019, a las (9:00) horas de la mañana. En la ciudad de Hato Mayor del Rey, Rep. Dom., a los ocho (08) días del mes de Enero del año 2019.
LICDA. ANA MARIA MOTA RIVERA, Abogada. FC 366080
AVISOS DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, la señora DOLORES ALEXANDRA GRACÍA REYES, dominicana, mayor de edad, casada, abogada, portadora de la Cédula de identidad y electoral Núm. 023-0122799, domiciliada y residente en la Calle San José Obrero, Núm. 37, del Sector la China de la Ciudad de Hato Mayor del Rey, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al SR. LUCAS EVANGELISTA FAMILIA RIVERA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 027-0021901-3, con estudio profesional abierto de manera permanente en la calle Quintino Peguero, Núm.12, esquina Santiago Silvestre, segundo nivel, de la ciudad de Hato Mayor del Rey, lugar donde mi requeriente hace formal elección de Domicilio procesal para todos los fines y consecuencias legales de la presente instancia, hace de público conocimiento que el último domicilio conocido de su legítimo esposo, el señor THEMA LAPLANTE, fue en la calle San José Obrero, núm 37, del sector las Chinas, de la ciudad de Hato Mayor del Rey, y que procederá a emplazarlo en acción de Divorcio por la Causa Determinada de incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Hato Mayor, para que comparezca a la audiencia civil que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, en sus atribuciones civiles, palacio de Justicia Dr. Bienvenido Canto y Rosario (Machito), sito en la Carretera Hato Mayor – Yerba Buena, el día doce (12) del mes de Febrero del presente año 2019, alas (9:00) horas de la mañana. En la ciudad de Hato Mayor del Rey, Rep. Dom, a los veintidós (22) días del mes de enero del año 2019.
DR. LUCAS E. FAMILIA RIVERA ABOGADO FC366062
AVISO DE MENSURA Expediente No. 6642018080404 Se avisa que el día 06 de febrero del 2019, a las 5:00 p.m., daremos inicio a los trabajos de Mensura para Deslinde, de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 783 del Distrito Catastral No. 7, del municipio de Baní, provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 26 de diciembre del 2019, Expediente No. 6642018080404, propiedad de: MARINO ANTONIO MELO BAEZ. Muy atentamente,
RAFAEL BIENVENIDO MARIÑEZ AMADOR, Agrim. Contratista. Codia 13956. Tel. (809) 522-3119 y (809) 462-6099. FC 366187
AVISO DE MENSURA Expediente No. 6642018072002 Se avisa que el día 06 de febrero del 2019, a las 3:00 p.m., daremos inicio a los trabajos de Mensura para Deslinde, de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 46 del Distrito Catastral No. 8, del municipio de Baní, provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 15 de noviembre del 2019, Expediente No. 6642018072002, propiedad de: HECTOR VINICIO LARA BOBADILLA. Muy atentamente,
RAFAEL BIENVENIDO MARIÑEZ AMADOR, Agrim. Contratista. Codia 13956. Tel. (809) 522-3119 y (809) 462-6099. FC 366187
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Exp. 6642019003659 En virtud de la autorización de fecha 16 de enero del 2019. Se hace de público conocimiento que el día cinco (05) del mes de febrero del 2019, a las 09:00 A.M., se dará inicio a la Mensura de una (01) porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 2324, del Distrito Catastral No. 07, del municipio de Baní, provincia Peravia, con una extensión superficial de: 509.11 Mts.2, propiedad de la SRA. ANA CECILIA MONTERO ACOSTA, ubicada en el Residencial Palo Blanco, del Distrito Municipal Baní, provincia Peravia.
SANDRA A. MENDEZ DIAZ, Agrimensora-Contratista. Codia 35808. Telf. (809) 380-3360/(809) 366-3804. FC 366188