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SABADO 19 DE ENERO 2019 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Aviso de venta pública subasta de mueble

En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcios y sus modificaciones se hace del público conocimiento: Que en fecha dieciocho (18) del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018), la Quinta Sala para Asuntos de Familia del Distrito Judicial de Santiago, dicto la Sentencia No. 1450-2018-SSEN-01423, cuyo dispositivo dice textualmente lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de José Agustín Reyes Cabreja, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado y emplazado. SEGUNDO: Admite el divorcio por incompatibilidad de caracteres y ordena la disolución del matrimonio entre los señores Marcia Anyelina Jiménez Díaz y José Agustín Reyes Cabreja, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al Ministerial Ricardo Marte Checo, Alguacil de estrado para la notificación de la presente Sentencia. Firmada por: el Magistrado Filoset Núñez Polanco, y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria ad hoc que certifico y doy fe que es copia fiel a su original. La Sentencia que antecede previa formalidad de la ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de Los Caballeros, en fecha diecisiete (17) del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019), en el Libro No. 01, de Registro de Divorcio Folio No.70, Acta No. 70, del año 2019. Publicación requerida y autorizada por el firmante abogado y apoderado especial de la parte demandante. En la ciudad y Municipio de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019.)

De conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace de general conocimiento que en fecha 24 de enero del año 2019, a las 9:00 horas de la mañana por ante el mercado público de Villa Consuelo, ubicado en la intersección de las calles Juan Evangelista Jiménez esquina Arzobispo Valera, en sus instalaciones se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador del bien mueble siguiente: Yipeta marca Ford Explorer, placa G256574, dicho mueble ha sido embargado en perjuicio del señor Osmin Alcides González, deudor del pagaré notarial con el No. de Acto 17/2018 emitido por la Notario Licda. Dulce María Betances Muñoz, Matrícula 4933, a diligencia y persecución de la señora Milly Julissa Veras Suero, quien tiene como abogado constituido al Lic. Darwin Manuel Santana Núñez, Dominicano, mayor de edad, Casado, abogado de los tribunales de la República, Portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1147226-2, con estudio profesional abierto en la Ave. San Vicente de Paul No.69, segundo piso, esquina Presidente Vásquez, sector Alma Rosa, segundo Santo Dgo Este. Actos notificados 1- acto 307-18 de fecha 2 del mes de noviembre del 2018, instrumentado por el ministerial Iván Alexander García Fernández, contentivo de mandamiento de pago tendente a embargo al deudor para fines de embargo ejecutivo. 2- Acto 131/2018 de fecha 6 de noviembre del 2018 contentivo de proceso verbal de embargo ejecutivo instrumentado por la Notario Licda. Cibeles Martínez Alcántara, Matrícula 3063, el precio de la primera puja será de trescientos diez y ocho mil pesos dominicanos (RD$318,000.00) Moneda de curso legal, a que asciende la deuda del embargado frente al persiguiente sin perjuicios de los intereses legales y honorarios de abogados debiendo todo subastador depositar en las manos del ministerial, el 10% del valor de la primera puja en efectivo. Dado en el Distrito Nacional, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año 2019.

LIC. MARCOS CONTRERAS Abogado Apoderado 031-0401870-4

Licdo. Darwin Manuel Santana Núñez, Abogado de la parte persiguiente. FC 365958

829-421-4994

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

Para dar cumplimiento con el art. 42 de ley 1306 de divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintiséis (26) del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018), la Séptima sea del asuntos de familia de la Camara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dicto la sentencia No. 532-2018-SSEN-02981, expediente No. 532-2017-ECON-02762, cuyo dispositivo falla: “ PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento, intentada por los señores Rafael Humberto Minervino Vargas y Deborah Jansen Perdomo, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos: declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre Rafael Humberto Minervino Vargas y Deborah Jansen Perdomo, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 3 instrumentado en fecha 20 de junio del año dos mil dieciocho, por el Sr. Milton Bolivar Peña Medina Notario publico de los del numero del Distrito Nacional por motivos que preceden. TERCERO: Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de costas. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así firma y ordena Pedro Marcial Ramirez Salcé, por ante La Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Camara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, registrado en Ayuntamiento del Distrito Nacional con el No. 2019-00071. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los diez días del mes de Enero.

En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la ley 1306-BIS sobre Divorcio, se hace saber que en fecha Dieciséis (16) del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018) la Sexta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago, dictó la Sentencia Civil Número 1451-2018-SSEN-01375, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: “FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de RAMON NICOLAS MALDONADO HERNANDEZ por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado y emplazado; SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores ANA ALTAGRACIA PEÑA y RAMON NICOLAS MALDONADO HERNANDEZ, por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al Ministerial Ricardo Marte Checo, Alguacil de estrados de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. ASI SE PRONUNCIA, ORDENA Y FIRMA. (Miguelina Díaz Paulino, Juez; Heidy Núñez), Secretaria General. Dicha sentencia fue pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Santiago, en fecha Dieciséis (16) del mes de Enero del año dos mil Diecinueve (2019), Libro No.00001, del Registro de DIVORCIO, Folio No.0199, bajo el Acta No. 000100 del año 2019. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de Enero del año dos mil diecinueve (2019).

Licda. Grissel Mieses Abogada

LIC. GLENIS JOSELYN ROSARIO Abogada Apoderada

FC365980

AVISO DE CONSTITUCION DE COMPAÑIA “SHAGGY’S SHAWARMA Y MAS“

PUBLICACION DE DIVORCIO

De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales, Empresas Individuales y de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de Constitución de la empresa SHAGGY’S SHAWARMA Y MAS Dicho proyecto establece: Que la empresa se denominará SHAGGY’S SHAWARMA Y MAS, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana; la sociedad tendrá como objeto social: CAFETERIA Y PREPARACIONES DE COMIDAS EN GENERAL; el domicilio de la sociedad estará ubicado en la calle Gustavo Mejía Ricart No. 7, esquina calle Sócrates Nolasco, Ensanche Naco, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana; tendrá un Capital de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$100,000.00); la sociedad será administrada por el señor JOSE EMILIO YEARA JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1260207-3, domiciliado y residente en la Calle Roldan No.10, Edificio Claudia Alexandra III, Apto. D-201, Sector El Cacique, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, quien fungirá como Gerente de la empresa, designado al efecto por un período de seis (06) años; la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente Aviso, se hace de público conocimiento que la constitución se llevará a cabo en el local de la sociedad el día cuatro (4) del mes de febrero del año dos mil Diecinueve (2019), a las diez (10:00) A. M., en virtud de las disposiciones contenidas en el Párrafo II, Art. 110 de la ley 31-11, que su vez modifico Ley No. 479-08, donde en agenda se conocerá todo lo relativo a la Constitución de la sociedad SHAGGY’S SHAWARMA Y MAS. En la cuidad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional. A los Dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil Diecinueve (2019).

Para general conocimiento y cumplimiento de lo que dispone el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: A.- Que la SEXTA Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Primera Sala, en sus atribuciones civiles, en fecha 12 del mes de enero del año 2017, dictó la sentencia de Divorcio No.531-2017-SSEN-0242, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Que declara regular y válida en cuanto a la forma de la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores MARIANDY FRANCISCO PAULINO PAULINO Y JULISSA CUELLO FRICA, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 12/2007. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio. (FIRMADOS) SCARLET R. VARGAS ROSSIS, Juez Suplente; MIRTHA M. DE LA CRUZ DÍAZ, Secretaria. La sentencia que antecede ha sido leída y publicada por el juez de este tribunal el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es opiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. El mismo ha sido Registrada en Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en la fecha del día 07 del mes de Noviembre del año 2017, bajo el libro letra B No.25348. Que el presente divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 15ta Circunscripción de Santo Domingo Oeste en fecha 6 de Julio del año 2018, inscrito en el Libro No. 00002, Folio No. 0050, Acta No. 000250 del año 2018, en Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los seis (06) días del mes de julio de año Dos Mil Dieciocho (2018).

SR. JOSE EMILIO YEARA JIMENEZ Gerente

LICDA. MARIA F. ACOSTA SERRANO, Abogada.

Fc395983

FC 365954

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad NO.230 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 1HA, 67AS, 53.70CAS en el ámbito de parcela NO. 99 del distrito catastral NO. 3, libro No. 59 y Folio No. 108-A, del Municipio COTUI Provincia de SANCHEZ RAMIREZ a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de COTUI a nombre de FRANCISCO JIMENEZ, Propietario. En la ciudad, municipio de COTUI y provincia de Sánchez Ramírez, Rep. Dominicana a los 19 días del mes de ENERO del año 2019.

FRANCISCO JIMENEZ Propietario (PAG-RCDEP-7242-WP)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 6622018072680 Se avisa que el día 8 de febrero 2019 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de una porción de terreno en la parcela No. 381-B del D.C. 03 ubicada en la calle 3 solar 28 manzana A Lotificación Don Fausto a 330m de Ave. José Martí Altos de Hatico municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 16/11/2018 propiedad de MARIA ELENA ADAMES ALMONTE quedan citados los colindantes y demás interesados. PABLO ANT. BURGOS HERNANDEZ Agrimensor Contratista CODIA 9944 (AC-14721-RDT)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 6622019005146 Se avisa que el día 5 de febrero 2019 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de una porción de terreno de 314m2 en la parcela No. 176 del D.C. 03 ubicada en una calle a 96m al suroeste de la Escuela Básica María Teresa Ulerio García, Río Seco, municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 15/01/2019 propiedad de RICHARD VLADIMIR CONCEPCION SUAREZ quedan citados los colindantes y demás interesados. ELADIO RAMON MARTE TRINIDAD Agrimensor Contratista CODIA 4080 (ACFF-B0238-PC)


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